Compraventa chile

1fib.- REPERTORIO NÚMERO: 2 3 4 5 6 COMPRAVENTA 7 8 9 10 RIVERA ESPINOZA, HUMBERTO ALEJANDRO 11 12 13 14 -A- 15

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1fib.-

REPERTORIO NÚMERO:

2 3 4 5 6

COMPRAVENTA

7 8 9 10

RIVERA ESPINOZA, HUMBERTO ALEJANDRO

11 12 13 14

-A-

15 16 17 18 19

RIVERA ESPINOZA, FERNANDO ENRIQUE

20 21 22 23************************************************************** 24Comparecen: 25HUMBERTO

por

una

ALEJANDRO

parte,

RIVERA

como

VENDEDOR,

ESPINOZA,

chileno,

don

don

soltero

26(anulado según se acrediara)cédula de identidad número 27once millones doscientos cuarenta y un mil novecientos 28cincuenta guion cero, soltero, Domiciliado en calle Los 29Andes número mil cuatrocientos treinta y uno, Población 30Ciudades de Chile, Los Angeles .; y por la otra parte,

1como

comprador, don

2cedula

de

identidad

FERNANDO número

ENRIQUE once

RIVERA

millones

ESPINOZA

quinientos

3setenta y ocho mil tres guion cuatro chileno, casado, 4Domiciliado en calle Lientur número ______ de la ciudad 5de

Los

Angeles;

6quienes

los

acreditan

7respectivas

y

comparecientes su

mayores

identidad

exponen:

PRIMERO:

con

de

sus

Según

edad,

cédulas

inscripción

de

8dominio de fojas mil ciento quince numero ochocientos 9noventa y ocho del año mil novecientos noventa y cinco 10en el Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles, don 11HUMBERTO

ALEJANDRO

12inmueble

ubicado

13corresponde

a

en

RIVERA la

ESPINOZA,

ciudad

departamento

de

es

LOS

número

dueño

del

Angeles

que

trecientos

dos,

14tercer piso, block número uno, del edificio situado con 15frente a calle Santiago Barrera numero doscientos dos 16A, de la comuna de Los Angeles , región octava según el 17plano

de

venta

por

pisos,

del

conjunto

habitacional

18“RODRIGO DE QUIROGA” aprobado por la Dirección de Obras 19Municipales

de

Los

Angeles,

y

que

se

encuentra

20archivado al final del Registro de Propiedad del año 21mil

novecientos

22Bienes

Raíces

23cuatrocientos 24derechos

de

noventa de

cuatro

Los

dieciocho Dominio,

y

Angeles

se

uso

del

bajo

comprende y

goce

Conservador

que

en

el la

de

número

venta

los

correspondan

al

25departamento , en el terreno y los demás bienes que se 26reputan comunes conforme a la ley seis mil setenta y 27uno y su Reglamento y posteriores modificaciones

y el

28Reglamento de copropiedad aprobado por Decreto Supremo 29seiscientos noventa y cinco de ocho de noviembre de mil 30novecientos setenta y uno.- se deja constancia que los

1planos

de

2archivados

la

planta

bajo

los

3Conservador

de

de

Edificio

números

Bienes

se

dos

Raíces

y

encuentran

tres

de

en

Los

el

Angeles,

4correspondientes al año mil novecientos noventa y cinco 5y

deslinda:

6metros 7catorce

NORTE ,

con

otro

metros

en

cuarenta

propietario

y

en

y

y

sesenta

y

tres

en

coma

noventa

veintinueve

siete

coma

coma

cuarenta

y

8seis metros con lote uno B de la subdivisión ; SUR , en 9ciento

cuarenta

10Sanhueza;

coma

ORIENTE ,

cincuenta

en

sesenta

metros coma

con

calle

noventa

y

B

cinco

11metros con franja de sesión gratuita de la subdivisión 12y en 16 coma cero cinco metros con lote uno B de la 13Subdivisión 14cincuenta

y

PONIENTE ,

metros

con

en

calle

cincuenta Santiago

y

tres

Barrera

coma y

en

15veintitrés coma cincuenta metros con otro propietario.16Adquirió

el

17protocolizada

dominio con

fecha

mediante

escritura

privada,

diez

abril

año

de

del

mil

18novecientos noventa y cinco ante el Notario de Santiago 19quien autoriza las firmas bajo el Repertorio trecientos 20cuarenta

y

21novecientos

seis

del

noventa

nueve y

de

cinco

febrero

por

el

22Eduardo Pinto Peralta.- La propiedad

del

año

Notario

mil

Público

figura con el rol

23de avalúo número mil quinientos treinta y ocho guion 24veinte,

de

la

comuna

de

Los

Ángeles,

y

se

encuentra

25exento al pago de contribuciones a los bienes raíces, 26según consta de certificado de avalúo fiscal, tenido a 27la

vista.-

28presente

SEGUNDO:

instrumento,

En don

este

acto

HUMBERTO

y

por

medio

ALEJANDRO

el

RIVERA

29ESPINOZA, declara que vende, cede y transfiere a favor 30de FERNANDO ENRIQUE RIVERA ESPINOZA, quien declara que

1compra,

acepta

2consistente 3trecientos 4edificio

y

en

adquiere

para

Departamento,

dos,

tercer

situado

con

piso,

frente

sí,

el

inmueble

departamento

número

block

número

calle

Santiago

a

uno,

del

Barrera

5número doscientos dos A, de la comuna de Los Angeles , 6debidamente

singularizado

7precedente.-

TERCERO:

8total

de

$

9veintinueve 10comprador

El

en precio

2.329.064, mil

paga

y

cláusula

de

(dos

sesenta al

la

venta

contado

y

es

millones

cuatro en

primera la

trecientos

pesos),

dinero

suma

que

el

efectivo

al

11vendedor, quien declara, recibirlo a su entera y total 12conformidad,

forma

13enteramente

pagado

mediante el

la

cual

precio

se

de

tiene

por

compraventa,

14renunciando desde ya la parte vendedora a las acciones 15resolutorias y rescisorias emanadas del pago del precio 16de

compraventa.-

CUARTO:

La

entrega

material

de

la

17propiedad materia de la presente escritura se realiza 18es este acto libre de ocupantes, a entera conformidad 19de la compradora.- QUINTO: La venta se hace como cuerpo 20cierto, en el estado en que actualmente se encuentra lo 21vendido,

con

todas

sus

22servidumbres

activas

y

23gravámenes,

litigios,

24obligándose

la

25evicción

conformidad

26efectos

de de

lo

construcciones, pasivas,

parte

dispuesto

libre

embargos vendedora a en

la el

de

o al

ley.-

plantaciones, hipotecas

y

prohibiciones, saneamiento SEXTO:

artículo

Para

sexto

de

de los la

27ley dieciocho mil seiscientos treinta, las partes dejan 28constancia que la propiedad que por este acto se vende 29se

encuentra

exenta

del

impuesto

al

valor

agregado.-

30SEPTIMO: Las partes dan recíprocamente por cumplido a

1cabalidad, todo contrato de promesa de compraventa que 2se

hubiere

3amplio,

celebrado

completo,

al

efecto,

definitivo

y

otorgándose reciproco

el

mas

finiquito,

4declarando que a su respecto, nada se deben uno a otro 5encontrándose según consta en documentos pertinentes a 6la vista que las boletas de luz y agua se encuentran 7pagadas al día de este contrato .- OCTAVO: se acredita 8mediante

certificado

de

hipotecas

y

gravámenes

de

9interdicciones y prohibiciones de enajenar emitido el 10veinte de diciembre del año dos mil dieciséis que el 11inmueble antes descrito no tiene ligios ni Hipotecas ni 12gravámenes inscritos en el Conservador de bienes Raíces 13De don Daniel Garreton Rodríguez de la ciudad de Los 14Angeles, certificado folio número treinta y cuatro mil 15cuatrocientos 16certificado 17Alejandro

veintinueve.tenido

Rivera

18compradora,

a

vista,

Espinoza

emitido

19identificación,

la

NOVENO:

y

conocido

por

folio

que

el

Consta don por

veinticinco

Humberto la

registro

en

parte

civil

millones

e

ciento

20veintiún mil trecientos cuarenta y cuatro (25121344)de 21circunscripción Los Angeles, Numero inscripción ciento 22cincuenta

y

seis,

que



por

sentencia

Judicial

23ejecutoriada de fecha treinta de mayo del año dos mil 24uno, del primer juzgado civil de Chillan, aprobada el 25veintisiete

de

mayo

del

año

dos

mil

uno.

Se

declara

26nulo el matrimonio de los titulares de esta partida, 27fecha de subinscripcion catorce de marzo del año dos 28mil dos”.- DECIMO: Los 29al

abogado

30Manriquez,

con

don

comparecientes otorgan mandato

Christian

domicilio

en

Guillermito

Pasaje

Penacho

Villegas Rojo

Casa

11280

Los

Angeles,

para

2representaciones 3rectificatorias 4sean

que

firme

las o

5complementarias

que

sus

nombres

escrituras

complementarias

necesarias,

en

a

la

suscribiendo

públicas presente

las

correspondan

al

y

que

escrituras

efecto

y

para

6gestionar judicial o extrajudicialmente la inscripción 7o anotación marginal de la presente escritura de venta. 8En el desempeño del mandato, el mandatario tendrá las 9facultades

ordinarias

y

extraordinarias

contenidas

en

10el artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil, 11las cuales se dan por reproducidas expresamente en esta 12escritura,

destinadas

a

mantener

la bondad

de

los

13títulos del inmueble a que ésta se refiere y obtener la 14inscripción

a

su

15comparecientes 16Angeles

y

17Tribunales

nombre.- DECIMO

fijan

se

domicilio

someten

de

Justicia

a para

la los

18este contrato.- DECIMO SEGUNDO: 19y

derechos

notariales

y

PRIMERO:

en

la

Las

ciudad

jurisdicción efectos Los

de

Los

de

sus

derivados

gastos,

conservatorios

partes

de

impuestos

derivados

del

20presente contrato serán de cargo del comprador .- DECIMO 21SEGUNDO: Se faculta al portador de copia autorizada de 22la

presente

23anotaciones,

escritura

para

inscripciones

que y

requiera

y

firme

subinscripciones

las que

24correspondan, en los Registros Conservatorios.- DECIMO 25TERCERO: Se deja constancia que la propiedad materia de 26este contrato, figura en el Rol de la Comuna de Los 27Angels

bajo

el

número

mil

quinientos

treinta

y

ocho

28guion veinte acredita exenta la contribución de bienes 29raíces a la fecha de este contrato, según aviso recibo 30que se ha tenido a la vista..- La minuta del presente

1contrato

fue

redactada

por

el

Abogado

Christian

2Villegas Manríquez.- Así lo otorgan y en comprobante, 3previa

lectura,

firman

los

comparecientes

con

el

4Notario que autoriza.- Se da copia.- REPERTORIO NÚMERO: 5.- DOY FE.6 7 8 9 10

HUMBERTO ALEJANDRO RIVERA ESPINOZA C.I Nº:

11 12 13 14 15 16 17 18 19 20

FERNANDO ENRIQUE RIVERA ESPINOZA C.I. N°: