1fib.- REPERTORIO NÚMERO: 2 3 4 5 6 COMPRAVENTA 7 8 9 10 RIVERA ESPINOZA, HUMBERTO ALEJANDRO 11 12 13 14 -A- 15
Views 193 Downloads 2 File size 91KB
1fib.-
REPERTORIO NÚMERO:
2 3 4 5 6
COMPRAVENTA
7 8 9 10
RIVERA ESPINOZA, HUMBERTO ALEJANDRO
11 12 13 14
-A-
15 16 17 18 19
RIVERA ESPINOZA, FERNANDO ENRIQUE
20 21 22 23************************************************************** 24Comparecen: 25HUMBERTO
por
una
ALEJANDRO
parte,
RIVERA
como
VENDEDOR,
ESPINOZA,
chileno,
don
don
soltero
26(anulado según se acrediara)cédula de identidad número 27once millones doscientos cuarenta y un mil novecientos 28cincuenta guion cero, soltero, Domiciliado en calle Los 29Andes número mil cuatrocientos treinta y uno, Población 30Ciudades de Chile, Los Angeles .; y por la otra parte,
1como
comprador, don
2cedula
de
identidad
FERNANDO número
ENRIQUE once
RIVERA
millones
ESPINOZA
quinientos
3setenta y ocho mil tres guion cuatro chileno, casado, 4Domiciliado en calle Lientur número ______ de la ciudad 5de
Los
Angeles;
6quienes
los
acreditan
7respectivas
y
comparecientes su
mayores
identidad
exponen:
PRIMERO:
con
de
sus
Según
edad,
cédulas
inscripción
de
8dominio de fojas mil ciento quince numero ochocientos 9noventa y ocho del año mil novecientos noventa y cinco 10en el Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles, don 11HUMBERTO
ALEJANDRO
12inmueble
ubicado
13corresponde
a
en
RIVERA la
ESPINOZA,
ciudad
departamento
de
es
LOS
número
dueño
del
Angeles
que
trecientos
dos,
14tercer piso, block número uno, del edificio situado con 15frente a calle Santiago Barrera numero doscientos dos 16A, de la comuna de Los Angeles , región octava según el 17plano
de
venta
por
pisos,
del
conjunto
habitacional
18“RODRIGO DE QUIROGA” aprobado por la Dirección de Obras 19Municipales
de
Los
Angeles,
y
que
se
encuentra
20archivado al final del Registro de Propiedad del año 21mil
novecientos
22Bienes
Raíces
23cuatrocientos 24derechos
de
noventa de
cuatro
Los
dieciocho Dominio,
y
Angeles
se
uso
del
bajo
comprende y
goce
Conservador
que
en
el la
de
número
venta
los
correspondan
al
25departamento , en el terreno y los demás bienes que se 26reputan comunes conforme a la ley seis mil setenta y 27uno y su Reglamento y posteriores modificaciones
y el
28Reglamento de copropiedad aprobado por Decreto Supremo 29seiscientos noventa y cinco de ocho de noviembre de mil 30novecientos setenta y uno.- se deja constancia que los
1planos
de
2archivados
la
planta
bajo
los
3Conservador
de
de
Edificio
números
Bienes
se
dos
Raíces
y
encuentran
tres
de
en
Los
el
Angeles,
4correspondientes al año mil novecientos noventa y cinco 5y
deslinda:
6metros 7catorce
NORTE ,
con
otro
metros
en
cuarenta
propietario
y
en
y
y
sesenta
y
tres
en
coma
noventa
veintinueve
siete
coma
coma
cuarenta
y
8seis metros con lote uno B de la subdivisión ; SUR , en 9ciento
cuarenta
10Sanhueza;
coma
ORIENTE ,
cincuenta
en
sesenta
metros coma
con
calle
noventa
y
B
cinco
11metros con franja de sesión gratuita de la subdivisión 12y en 16 coma cero cinco metros con lote uno B de la 13Subdivisión 14cincuenta
y
PONIENTE ,
metros
con
en
calle
cincuenta Santiago
y
tres
Barrera
coma y
en
15veintitrés coma cincuenta metros con otro propietario.16Adquirió
el
17protocolizada
dominio con
fecha
mediante
escritura
privada,
diez
abril
año
de
del
mil
18novecientos noventa y cinco ante el Notario de Santiago 19quien autoriza las firmas bajo el Repertorio trecientos 20cuarenta
y
21novecientos
seis
del
noventa
nueve y
de
cinco
febrero
por
el
22Eduardo Pinto Peralta.- La propiedad
del
año
Notario
mil
Público
figura con el rol
23de avalúo número mil quinientos treinta y ocho guion 24veinte,
de
la
comuna
de
Los
Ángeles,
y
se
encuentra
25exento al pago de contribuciones a los bienes raíces, 26según consta de certificado de avalúo fiscal, tenido a 27la
vista.-
28presente
SEGUNDO:
instrumento,
En don
este
acto
HUMBERTO
y
por
medio
ALEJANDRO
el
RIVERA
29ESPINOZA, declara que vende, cede y transfiere a favor 30de FERNANDO ENRIQUE RIVERA ESPINOZA, quien declara que
1compra,
acepta
2consistente 3trecientos 4edificio
y
en
adquiere
para
Departamento,
dos,
tercer
situado
con
piso,
frente
sí,
el
inmueble
departamento
número
block
número
calle
Santiago
a
uno,
del
Barrera
5número doscientos dos A, de la comuna de Los Angeles , 6debidamente
singularizado
7precedente.-
TERCERO:
8total
de
$
9veintinueve 10comprador
El
en precio
2.329.064, mil
paga
y
cláusula
de
(dos
sesenta al
la
venta
contado
y
es
millones
cuatro en
primera la
trecientos
pesos),
dinero
suma
que
el
efectivo
al
11vendedor, quien declara, recibirlo a su entera y total 12conformidad,
forma
13enteramente
pagado
mediante el
la
cual
precio
se
de
tiene
por
compraventa,
14renunciando desde ya la parte vendedora a las acciones 15resolutorias y rescisorias emanadas del pago del precio 16de
compraventa.-
CUARTO:
La
entrega
material
de
la
17propiedad materia de la presente escritura se realiza 18es este acto libre de ocupantes, a entera conformidad 19de la compradora.- QUINTO: La venta se hace como cuerpo 20cierto, en el estado en que actualmente se encuentra lo 21vendido,
con
todas
sus
22servidumbres
activas
y
23gravámenes,
litigios,
24obligándose
la
25evicción
conformidad
26efectos
de de
lo
construcciones, pasivas,
parte
dispuesto
libre
embargos vendedora a en
la el
de
o al
ley.-
plantaciones, hipotecas
y
prohibiciones, saneamiento SEXTO:
artículo
Para
sexto
de
de los la
27ley dieciocho mil seiscientos treinta, las partes dejan 28constancia que la propiedad que por este acto se vende 29se
encuentra
exenta
del
impuesto
al
valor
agregado.-
30SEPTIMO: Las partes dan recíprocamente por cumplido a
1cabalidad, todo contrato de promesa de compraventa que 2se
hubiere
3amplio,
celebrado
completo,
al
efecto,
definitivo
y
otorgándose reciproco
el
mas
finiquito,
4declarando que a su respecto, nada se deben uno a otro 5encontrándose según consta en documentos pertinentes a 6la vista que las boletas de luz y agua se encuentran 7pagadas al día de este contrato .- OCTAVO: se acredita 8mediante
certificado
de
hipotecas
y
gravámenes
de
9interdicciones y prohibiciones de enajenar emitido el 10veinte de diciembre del año dos mil dieciséis que el 11inmueble antes descrito no tiene ligios ni Hipotecas ni 12gravámenes inscritos en el Conservador de bienes Raíces 13De don Daniel Garreton Rodríguez de la ciudad de Los 14Angeles, certificado folio número treinta y cuatro mil 15cuatrocientos 16certificado 17Alejandro
veintinueve.tenido
Rivera
18compradora,
a
vista,
Espinoza
emitido
19identificación,
la
NOVENO:
y
conocido
por
folio
que
el
Consta don por
veinticinco
Humberto la
registro
en
parte
civil
millones
e
ciento
20veintiún mil trecientos cuarenta y cuatro (25121344)de 21circunscripción Los Angeles, Numero inscripción ciento 22cincuenta
y
seis,
que
“
por
sentencia
Judicial
23ejecutoriada de fecha treinta de mayo del año dos mil 24uno, del primer juzgado civil de Chillan, aprobada el 25veintisiete
de
mayo
del
año
dos
mil
uno.
Se
declara
26nulo el matrimonio de los titulares de esta partida, 27fecha de subinscripcion catorce de marzo del año dos 28mil dos”.- DECIMO: Los 29al
abogado
30Manriquez,
con
don
comparecientes otorgan mandato
Christian
domicilio
en
Guillermito
Pasaje
Penacho
Villegas Rojo
Casa
11280
Los
Angeles,
para
2representaciones 3rectificatorias 4sean
que
firme
las o
5complementarias
que
sus
nombres
escrituras
complementarias
necesarias,
en
a
la
suscribiendo
públicas presente
las
correspondan
al
y
que
escrituras
efecto
y
para
6gestionar judicial o extrajudicialmente la inscripción 7o anotación marginal de la presente escritura de venta. 8En el desempeño del mandato, el mandatario tendrá las 9facultades
ordinarias
y
extraordinarias
contenidas
en
10el artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil, 11las cuales se dan por reproducidas expresamente en esta 12escritura,
destinadas
a
mantener
la bondad
de
los
13títulos del inmueble a que ésta se refiere y obtener la 14inscripción
a
su
15comparecientes 16Angeles
y
17Tribunales
nombre.- DECIMO
fijan
se
domicilio
someten
de
Justicia
a para
la los
18este contrato.- DECIMO SEGUNDO: 19y
derechos
notariales
y
PRIMERO:
en
la
Las
ciudad
jurisdicción efectos Los
de
Los
de
sus
derivados
gastos,
conservatorios
partes
de
impuestos
derivados
del
20presente contrato serán de cargo del comprador .- DECIMO 21SEGUNDO: Se faculta al portador de copia autorizada de 22la
presente
23anotaciones,
escritura
para
inscripciones
que y
requiera
y
firme
subinscripciones
las que
24correspondan, en los Registros Conservatorios.- DECIMO 25TERCERO: Se deja constancia que la propiedad materia de 26este contrato, figura en el Rol de la Comuna de Los 27Angels
bajo
el
número
mil
quinientos
treinta
y
ocho
28guion veinte acredita exenta la contribución de bienes 29raíces a la fecha de este contrato, según aviso recibo 30que se ha tenido a la vista..- La minuta del presente
1contrato
fue
redactada
por
el
Abogado
Christian
2Villegas Manríquez.- Así lo otorgan y en comprobante, 3previa
lectura,
firman
los
comparecientes
con
el
4Notario que autoriza.- Se da copia.- REPERTORIO NÚMERO: 5.- DOY FE.6 7 8 9 10
HUMBERTO ALEJANDRO RIVERA ESPINOZA C.I Nº:
11 12 13 14 15 16 17 18 19 20
FERNANDO ENRIQUE RIVERA ESPINOZA C.I. N°: