Clases de Impuestos en Guatemala

CLASES DE IMPUESTOS EN GUATEMALA Impuesto Sobre Distribución de Petróleo y Derivados Impuesto gravado a la distribución

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CLASES DE IMPUESTOS EN GUATEMALA Impuesto Sobre Distribución de Petróleo y Derivados Impuesto gravado a la distribución del petróleo crudo y los combustibles que se derivan del mismo, importados o producidos en el territorio nacional, procesados en el país. Se produce al momento en que los productos salgan de los depósitos de las compañías distribuidoras y plantas procesadoras para su distribución, consumo o venta.

Impuesto para el Funcionamiento de INTECAP Este impuesto se establece con la justificación de que es necesario un bienestar económico y social de la población guatemalteca, por tanto se hace necesario la creación de un instituto de capacitación donde se desarrolle recurso humano competente para aumentar la productividad de las empresas. La forma de pago de este impuesto lo establece el mismo artículo de la siguiente manera: 1.00% del valor de las planillas mensuales de sueldos y salarios, para las empresas del sector industrial, comercial, de servicios y agropecuario.

Impuesto Sobre Transporte y Comunicaciones Impuesto a los transportes y comunicaciones. El tipo impositivo es del 5% que se aplica a: 1. Actividades de transporte internacional de carga y pasajeros: 1. i. El valor de los pasajes vendidos en el país o en el extranjero para ser extendidos en Guatemala, independientemente del origen o destino del pasajero. Impuesto Sobre la Renta (ISR) Impuesto que grava a las rentas que provienen de la inversión de capital, del trabajo y de la combinación de ambos. Su base legal se encuentra en Decreto 26-92 del Congreso de la República de Guatemala. El monto para las personas jurídicas es de 31% sobre la utilidad o el 6% sobre las ventas. Para las personas individuales la tarifa se aplica en escala progresiva y fluctúa entre el 15% y el 31%.

Impuesto Sobre la Renta de Personas no Domiciliadas en Guatemala Los residentes que se encuentren en el extranjero están obligados al pago del ISR por los ingresos que obtengan de fuente de riqueza ubicada en el país. Las tasas de retención son entre el 5% y 31%. Impuesto Sobre Productos Financieros Impuesto específico que grava los ingresos por intereses, no importando su naturaleza. Se incluyen los provenientes de títulos valores, públicos o privados, que se paguen o acrediten en cuenta a personas individuales o jurídicas, domiciliadas en Guatemala, no sujetas a la fiscalización de la superintendencia de bancos. La tasa es 10%.

Impuesto a Agropecuarias

Empresas

Mercantiles

y

El tipo impositivo será del 3.5% de la cuarta parte del monto del activo neto total que resulte de restar del total de activos, las depreciaciones y amortizaciones

acumuladas, la reserva para cuentas incobrables, así como el total de créditos fiscales pendientes de reintegro por parte del fisco. O 2.25% sobre la base del valor de los ingresos brutos del período de liquidación definitiva anual del Impuesto Sobre la Renta.

Impuesto Extraordinario y Temporal de Apoyo a los Acuerdos de Paz (IETAAP) Impuesto a las personas individuales o jurídicas que realicen actividades mercantiles o agropecuarias, a través de sus empresas, en el territorio nacional y obtengan un margen bruto superior al 4% de sus ingresos brutos. Su base legal se encuentra en Decreto 19-04 del Congreso de la República de Guatemala. El tipo impositivo es el siguiente: –

Del 1 de julio al 1 de diciembre de 2004, la tasa es 2.5%.



Del 1 de enero de 2005 al 30 de junio de 2006, la tasa es 1.25%.



Del 1 de julio de 2006 al 1 de diciembre de 2007, la tasa es 1%.

Impuesto de Solidaridad (ISO) Impuesto a las personas individuales o jurídicas que dispongan de patrimonio propio y realicen actividades mercantiles y agropecuarias en el territorio nacional y su margen bruto sea superior al 4% de sus ingresos brutos.

Impuesto sobre Transferencia del Patrimonio Impuesto pagado en el momento de realizar la transferencia de un bien de una persona a otra. La primera venta o permuta de un bien inmueble está afecta al Impuesto al Valor Agregado (IVA), cuya tarifa es el 12% sobre el valor de la venta. Las segundas y subsiguientes ventas o permutas de bienes inmuebles están afectas al Impuesto de Timbres Fiscales, cuya tarifa es del 3%.

Impuesto al Valor Agregado (IVA) El monto es del 12% del bien o servicio. Este porcentaje ya está incluido en el precio de venta. Existen algunos productos y actividades que no pagan IVA, entre ellos están: la venta al consumidor final al menudeo de carnes, pescado, mariscos, frutas y verduras frescas, cereales, legumbres y granos básicos en mercados cantonales y municipales.

Derechos Arancelarios de Importaciones Guatemala, ahora, está suscrita a siete tratados comerciales, pero para ministerio de finanzas esto no es deseable ya que estos derechos arancelarios representan el 13% del total de impuestos indirectos.

Impuesto Sobre Primera Matrícula Es el impuesto específico a la primera matrícula de vehículos automotores terrestres que sean nacionalizados, se ensamblen o produzcan en el territorio nacional. En la tabla No. 2 se muestra la descripción de los vehículos y el porcentaje del tipo impositivo.

Impuesto Sobre el Tabaco y sus Productos Impuesto a la venta del tabaco. La tarifa es del 100% del precio de venta en fabricante cada paquete de diez cajetillas de veinte cigarrillos. Asimismo, en las importaciones la tarifa es del 100%. Su base legal está contenida en el Decreto 61-77 la Ley de Tabacos y sus Productos.

Impuestos Sobre Distribución de Bebidas Alcohólicas Destiladas, Cerveza, y Otras Bebidas Fermentadas Impuesto cobrado a la distribución de bebidas en el país. La tasa queda dividida de la siguiente manera:        

Cervezas y otras bebidas de cereales fermentados 6% Vinos 7.5% Vino “Vermouth” 7.5% Vino espumoso 7.5% Sidras 7.5% Bebidas alcohólicas destiladas 8.5% Bebidas alcohólicas mezcladas 7.5% Otras bebidas fermentadas 7.5%

Impuesto Sobre Circulación de Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos Este es un tipo de impuesto que se paga anualmente sobre la circulación de todo vehículo terrestre, marítimo y aéreo que se desplace dentro de todo el territorio nacional. Su regulación está en el Decreto 70-94 del Congreso de la República de Guatemala. Los vehículos se clasifican en tres categorías:   

Terrestres Marítimos Aéreos Las tarifas se determinarán de la siguiente manera: 1. Hasta un año (modelo del año) 1.0%. 2. De un año un día a dos años 0.9%. 3. De dos años un día a tres años 0.8%. 4. De tres años un día a cuatro años 0.7%. 5. De cuatro años un día a cinco años 0.6%. 6. De cinco años un día a seis años 0.5%. 7. De seis años un día a siete años 0.4%. 8. De siete años un día a ocho años 0.3%. 9. De ocho años un día a nueve años 0.2%. 10. De nueve años un día y más años 0.1%. Impuesto Sobre Distribución de Cemento La base para determinar el impuesto está constituido por la bolsa 42.5 kilogramos de peso, o ya sea su equivalente en otro sistema de medición. Al distribuirse en bolsas de mayor o menor peso, se hará una equivalencia respectiva a la bolsa de 42.5 kilogramos. La tarifa será de Q. 1.50 por cada bolsa de 42.5 kilogramos.

LAS ADUANAS La SAT es también la encargada de administrar el sistema aduanero de Guatemala, para eso se ha creado una sección especial en materia de aduanas para los diferentes auxiliares y usuarios de las Aduanas de Guatemala.

Intendencia de Aduanas Hoy en día le corresponde a la Intendencia de Aduanas, ser la responsable de tener el control de las Aduanas de Guatemala, y de conformidad con el Acuerdo número 5-99 de fecha 9 de febrero de 1999, emitido por el Superintendente de Administración Tributaria (SAT), asume las funciones, atribuciones y competencias del órgano administrativo. Antes llamado Dirección General de Aduanas y sus dependencias, empezó labores el 21 de febrero del año 1999. Todo avalado por el artículo 31 de la Ley Orgánica de la SAT, la cual en el primer párrafo dicta: “La intendencia de Aduanas, es la dependencia encargada de desarrollar y aplicar las competencias que la Superintendencia de Administración Tributaria tiene en materia aduanera, como tal, será responsable de administrar el Sistema Aduanero guatemalteco, debe velar por el cumplimiento de la legislación aduanera vigente, así como, de los convenios y tratados internacionales suscritos y ratificados por Guatemala”. Aduanas existentes en el Territorio Nacional Actualmente en el territorio aduanero guatemalteco existen varias aduanas, que se catalogan sin menospreciar cualquier otro tipo de clasificación en formas más sencilla de la siguiente manera: 1. Aduanas terrestres 2. Aduanas marítimas 3. Aduanas aéreas