IMPUESTOS DE GUATEMALA

TODOS LOS IMPUESTOS QUE SE PAGAN EN GUATEMALA IVA El IVA, “impuesto al valor agregado”, es un impuesto a la venta de bie

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TODOS LOS IMPUESTOS QUE SE PAGAN EN GUATEMALA IVA El IVA, “impuesto al valor agregado”, es un impuesto a la venta de bienes de consumo. Para entender mejor su significado, hay que analizar sus características: Es un impuesto al gasto: Puesto que el IVA se cobra como un porcentaje del valor de una mercancía o servicio, y los consumidores deben pagarlo al momento de comprar la mercancía o servicio, el IVA es un impuesto que castiga el consumo, es decir, es un |impuesto al gasto de las personas. IUSI En Guatemala, IUSI significa Impuesto Único Sobre Inmuebles, se paga sobre el valor de la propiedad registrada un porcentaje, que varía según el valor, es el equivalente al antiguo 3 por millar. ISR ISR significa Impuesto Único sobre Inmuebles, lo pagas al mismo tiempo que el iva, equivale al 5% de lo facturado, o sea, quien factura con una imposición del 12%, a la larga declara para pagar un 17%. Haly que recordar que en lo referente al IVA pues puedes presentar facturas que te descuentan un porcentaje de tu pago IETAAP El Impuesto Extraordinario y Temporal de los Acuerdos de Paz (IETAAP), el cual grava las actividades mercantiles y agropecuarias, inicia un nuevo ciclo por doce meses más a partir del uno de enero del 2008, a pesar del desacuerdo de los sectores empresariales que se oponen a la medida. El impuesto, que fue negociado con la administración de í“scar Berger, fijó el plazo de vida para el 31 de diciembre de este año, no obstante fue objeto de una ampliación por un período de doce meses con el objetivo de cubrir el déficit económico que sufriría la administración que asumirá el 14 de enero de no contar con el mencionado tributo.

IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS CIRCULACIÓN La circulación de vehículos en territorio, espacio aéreo y aguas nacionales genera un impuesto que deben pagar los propietarios de los mismos, cuyos fondos en buena parte tienen como destino las municipalidades del país, lo que está regido por la Ley del Impuesto a la Circulación de Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos, Decreto No. 70-94. El impuesto debe ser pagado por todos los vehículos terrestres (carros, camionetas, camiones, motocicletas, etc.), aéreos (aviones, avionetas, helicópteros y otros) y los marítimos (lanchas, botes, veleros, barcos, etc.). IMPUESTO AL TABACO Y SUS PRODUCTOS: Rige todo lo relacionado con la siembra, cultivo, tránsito, manufactura, comercio, consumo, importación y exportación del tabaco y sus productos, además de fijar un impuesto para los cigarrillos fabricados a máquina, nacionales e importados, así como a los puros y mixturas. El monto del impuesto recaudado se destina a financiar el presupuesto del sector salud. Esta normado por el Decreto 61-77. IMPUESTO A LA DISTRIBUCIÓN DE CEMENTO: La distribución de cemento en el territorio nacional, lo deben pagar los fabricantes y los importadores de este producto, se genera al momento de la salida del producto de las bodegas de almacenamiento de los fabricantes o bien al internarse al país. Esta normado por el Decreto 79-2000. IMPUESTO A LA DISTRIBUCIÓN DE PETRÓLEO CRUDO Y COMBUSTIBLES DERIVADOS DEL PETRÓLEO La distribución de petróleo y sus combustibles es hecho generador de un gravamen, según el Decreto 38-92, que surge en el momento del despacho de dichos productos.

IMPUESTO DE SOLIDARIDAD: El pago de este impuesto, lo realizan las personas o empresas, afiliadas al Régimen Sobre Utilidades del ISR, que dispongan de patrimonio propio, realicen actividades mercantiles y agropecuarias y obtengan un margen bruto superior al cuatro por ciento (4%) de sus ingresos brutos. Esta normado por el Decreto 73-2008. El pago se realiza trimestralmente. GRAVAN EL CONSUMO DE BIENES Y SERVICIOS. Se denominan indirectos porque los mismos son trasladados en cada eslabón de la cadena productiva (de importador a productos, de este a distribuidor y de este al consumidor final que será el auténtico contribuyente).