CASOS PRACTICOS procesal civil y comercial.

CASOS PRACTICOS --------------------------------------------------------------------------------------------------------

Views 66 Downloads 3 File size 59KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

CASOS PRACTICOS -------------------------------------------------------------------------------------------------------------*Notificación por nota CALENDARIO Mes de Marzo LU MA MI JU VI SA DO – LU MA MI JU VI SA DO 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 (en resaltado se indican los días declarados inhábiles por Decreto: “feriado puente turístico”) CONSIGNA: Responder en todos los casos: 1) Qué día queda notifico/a Ud. de la resolución dictada en la fecha que se indica en los Supuestos. 2) Qué día comienza el cómputo del plazo. 3) Cuando vence el plazo para interponer recurso de revocatoria Ayuda: Ver artículos 124, 133, 152, 156, 238 del Código Procesal; Supuesto A: Se dicta una providencia el día Lunes 5. Supuesto B: Se dicta una providencia el día Martes 6. Supuesto C: Se dicta una providencia el día Jueves 8. El Viernes 9 en la mesa de entradas del juzgado le informaron a Ud. que: “El expediente no está en la letra. Está a despacho”. Supuesto D: Se dicta una providencia el día Jueves 8. El Viernes 9 el expediente está en la letra del juzgado disponible para ser consultado. Supuesto E: Se dicta una providencia el día Viernes 9. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------*Notificación por cédula Un colega amigo suyo presento una demanda por cumplimiento de contrato y el juzgado le proveyó –en lo pertinente para la consulta que le realiza -, “De la demanda presentada, traslado a la contraria. Notifíquese. Su amigo le confiesa que hace mucho que cursó la materia Derecho Procesal Civil en la facultad y no recuerda nada. Por ello le pregunta a Ud. lo siguiente: 1)Con qué medio corresponde notificar el traslado de la demanda. Qué recaudos debe incluir el instrumento. 2)Sólo por curiosidad, también le pregunta cuál es el procedimiento que debe seguir el Oficial Notificador y si para acelerar los tiempos puede remitirle una Carta Documento a la contraria para notificarle la demanda. -Para responderle a su colega, Ud. consulta previamente el modelo de Expediente que le entregaron sus profesores de Derecho Procesal en la Facultad y los artículos 135, 136 y 339 del Código Procesal. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------

*Rebeldía/Falta de contestación de la demanda. CASO. Su cliente promueve demanda contra el Señor P., a fin de anular el contrato de compraventa que firmaran, por haber mediado vicio de lesión. Ud. notifica en debida forma la demanda. El plazo para contestarla venció el día 1º de agosto, sin que nadie se haya presentado a contestar la demanda. Responda (ver arts. 40, 41, 59 a 67 y 409 del Código Procesal y bibliografía): 1.¿Puede Ud. solicitar la rebeldía? ¿La puede el juez decretar de oficio? 2.¿Debe Ud. necesariamente requerir la rebeldía? Si la requiere, qué efectos genera, sobre todo, en cuanto a los hechos alegados en la demanda, a las notificaciones y a las medidas cautelares. 3.Qué efectos genera la falta de contestación de la demanda pero sin la declaración de rebeldía. 4.Qué ocurriría si el Señor P. contestara la demanda en término, pero sin negar ningún hecho ni ofrecer prueba, sino simplemente constituyendo domicilio y tomando intervención en el expediente. 5.Ya sea que se haya requerido la rebeldía o no, qué efectos trae la ulterior presentación del demando en el expediente. Qué actos puede realizar.