CASO PRACTICO POLITICA COMERCIAL U2

CASO PRACTICO UNIDAD 2 POLITICA COMERCIAL PRESENTADO POR: LINA PAOLA LOPEZ AMADO PRESENTADO A: LUYFER DAVID OSORIO CAS

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CASO PRACTICO UNIDAD 2

POLITICA COMERCIAL

PRESENTADO POR: LINA PAOLA LOPEZ AMADO PRESENTADO A: LUYFER DAVID OSORIO CASTAÑEDA

CORPORACIÓN UNIVERSITARIA DE ASTURIAS NEGOCIOS INTERNACIONALES ENERO 8 2020 BOGOTÁ, D.C.

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TABLA DE CONTENIDO Objetivos……………………………………………………………………………………………………………………..……3 Introducción………………………………………………………………………………………………………………..……3 Enunciado…..……………………………………………………………………………………………………….…………4-5 Pregunta …………………………………………………………………………………………………………………..………6 Conclusiones…………………………………………………………………………………………………………..….……..7 Bibliografía………………………………………………………………………………………………………..…….……..…7

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OBJETIVOS ➢ Analizar las medidas proteccionistas. ➢ Comprender teóricamente las medidas proteccionistas.

INTRODUCCION En la historia del Comercio Internacional no se conoce o no ha existido un régimen comercial entre diferentes países en el que no esté presente algún tipo de regulación, pues los gobiernos siempre han puesto en práctica ciertas medidas de política comercial que responden a los intereses de cada país. Por ende, podemos definir la política comercial como el conjunto de principios, instrumentos y normas que utiliza un país para regular sus relaciones comerciales con el exterior.

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Enunciado

Antidumping como medida proteccionista En Estados Unidos, y en otros países, se considera el dumping como una práctica competitiva desleal. Las empresas que afirman haber sido perjudicadas por empresas extranjeras que practican el dumping vendiendo a un precio reducido sus productos en el mercado nacional pueden apelar, mediante un procedimiento cuasi judicial, al Departamento de Comercio, para poner remedio. Si su queja es considerada válida (y desde 1980 a 1989 el 54% de las empresas extranjeras acusadas de dumping fueron consideradas culpables), se impone un «derecho antidumping», igual a la diferencia calculada entre el precio efectivo de las importaciones y el «justo». En la práctica, el Departamento de Comercio acepta la gran mayoría de las quejas de las empresas estadounidenses sobre fijación de precios injustos por parte de las empresas extranjeras. Sin embargo, el decidir si esta fijación de precios injustos ha dañado, de hecho, a las empresas, está en manos de otra agencia distinta, la Comisión del Comercio Internacional, que rechaza aproximadamente la mitad de los casos.

Los economistas nunca han estado muy contentos con la idea de considerar el dumping como una práctica prohibida. La discriminación de precios entre mercados puede ser una estrategia empresarial perfectamente legítima (como los descuentos que las compañías aéreas ofrecen a los estudiantes, personas mayores y viajeros que están dispuestos a pasar fuera un fin de semana). Además, la definición legal de dumping se desvía sustancialmente de la definición económica. Dado que, a menudo, resulta difícil demostrar que las empresas extranjeras cobran precios más altos a sus clientes nacionales que a los de exportación, Estados Unidos, y otros países, suelen intentar calcular un supuesto precio justo, basado en estimaciones de los costes de producción extranjeros. Esta regla del «precio justo» puede interferir con prácticas empresariales perfectamente normales: una empresa puede estar dispuesta a vender un producto experimentando pérdidas mientras está reduciendo sus costes mediante la experiencia o abriendo un nuevo mercado.

Sin embargo, a pesar de las valoraciones negativas casi universales de los economistas, las quejas formales de dumping se han ido presentando con creciente frecuencia desde aproximadamente 1970. China ha atraído un número particularmente elevado de demandas antidumping, por dos motivos. Primero, que el rápido crecimiento de las exportaciones de China ha planteado muchas quejas. El otro es el hecho de que sigue siendo, teóricamente, un país comunista y los funcionarios estadounidenses lo consideran como una «economía de no mercado». Un artículo de Business Week describía la diferencia que marca el estatus de China: «Esto significa que Estados Unidos puede, sencillamente, ignorar los datos de China sobre los costes por la presunción de que están distorsionados por los préstamos subsidiados, los mercados intervenidos, y el yuan controlado. Por el contrario, el Gobierno utiliza datos de otros paí- ses en desarrollo considerados como economías 4

de mercado. En los casos de los televisores y el mobiliario, Estados Unidos utiliza los datos de India, aunque no sea un gran exportador de estos bienes. Puesto que los costes de producción de India eran superiores, se dictaminó que China era culpable de practicar el dumping». Como sugiere esta cita, China ha sido sometida a los impuestos antidumping sobre sus televisores y muebles, junto con otra serie de productos, incluyendo papel, camiones de juguete, gambas, mesas para planchar, bolsas de plástico, postes de acero, tuberías de hierro y sacarina. Estos impuestos son elevados: hasta el 78% para un televisor en color y 330% para la sacarina. Caso tomado del libro: Krungman, P, Obstfeld, M & Melitz, M. Economía Internacional, Editorial Mc Graw Hill, 9ª Edición, 2012. Pág: 181 – 182.

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PREGUNTA ¿Cómo podríamos teorizar la afirmación de que el antidumping es una medida proteccionista? Se podría teorizar teniendo en cuenta que es una medida de defensa comercial que toma un país para proteger la producción local de un sector determinado. Lo que busca el Dumping es vender un producto por debajo de su precio normal o por debajo del costo de fabricación. El antidumping es una herramienta delicada y controvertida ya que la demanda doméstica es relativamente inelástica respecto al precio, mientras que la demanda exterior muestra una elasticidad precio elevada debido a que en el mercado mundial la competencia en el mercado nacional es más intensa. Es por esto que una empresa que opera en ambos mercados busca optimizar su beneficio si diferencia geográficamente su precio de venta de un producto con respecto a otro país.

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CONCLUSIONES ➢ En la historia del comercio internacional se identifican dos tipos de Política Comercial que son contrapuestas: la proteccionista y la aperturista o librecambista. ➢ La política Antidumping son regulaciones diseñadas para castigar a las firmas extranjeras que se dedican a inundar el mercado con productos a bajo precio (dumping) y proteger, por lo tanto, a los productores nacionales de una competencia extranjera desventajosa.

REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS ➢ Pueyo, Abardía, Silvia, and Mier, Miguel Ángel Díaz. Política comercial y política de competencia en el sistema comercial mundial, Red Agrociencia, 2006.

➢ https://www.abc.es/economia/20130617/abci-juergen-donges-tribuna201306142139.html

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