Casinos y Tragamonedas Mono

AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN E IMPUNIDAD CARRERA PROFESIONAL: Contabilidad y Finanzas IV SEMESTRE. CURSO: PLANEA

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AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN E IMPUNIDAD CARRERA PROFESIONAL: Contabilidad y Finanzas IV SEMESTRE. CURSO: PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO PROFESOR: CPC. EDILBERTO VILCA ANCHANTE TEMA : SALAS DE JUEGO DE CASINO Y MAQUINAS TRAGAMONEDAS ESTUDIANTES:  Jodie Maytahuari Pongo  Thalía Huayllahuamán Flores  Luz Nayda Castro Apaza

2019

INDICE

INDICE .................................................................................................................... 2 INTRODUCCIÓN .................................................................................................... 1 LOS JUEGOS DE CASINO Y MÁQUINAS TRAGAMONEDAS .............................. 2 1. BASE LEGAL: ................................................................................................... 2 2. NATURALEZA

DE

LOS

JUEGOS

DE

CASINO

Y

MÁQUINAS

TRAGAMONEDAS .................................................................................................. 2 3. IMPUESTO A LOS JUEGOS DE CASINO Y MÁQUINAS TRAGAMONEDAS 3 3.1

Ámbito de aplicación .................................................................................. 3

3.2

Sujetos del impuesto .................................................................................. 3

3.3

Base imponible ........................................................................................... 3

3.4

Tasa ........................................................................................................... 4

3.5

Situaciones importantes de considerar: ..................................................... 5

3.6

Deducción del Impuesto ............................................................................. 5

3.7

Medios para declarar.................................................................................. 5

3.8

Plazo para el pago del Impuesto ................................................................ 6

3.9

Plazo para el pago del Impuesto ................................................................ 6

3.10

Lugar para efectuar la Declaración ......................................................... 6

3.11

Sistema Unificado de Control en Tiempo Real ....................................... 7

4. TRATAMIENTO PARA EFECTOS DEL IMPUESTO A LA RENTA .................. 9 4.1

Régimen tributario ...................................................................................... 9

4.2

Porcentaje máximo de deducción de gastos .............................................. 9

4.3

Porcentaje de Depreciación de las máquinas tragamonedas .................. 10

4.4

Definición de Ingreso para efectos del Impuesto ..................................... 10

4.5

Gastos por Premios.................................................................................. 11

5. TRATAMIENTO PARA EFECTOS DEL IGV .................................................. 11 6. TRATAMIENTO DEL ISC ............................................................................... 12 7. CASOS PRACTICOS ..................................................................................... 14

INTRODUCCIÓN Los Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas son considerados juegos de azar, los cuales dependen absolutamente de la suerte y no de la habilidad y destreza del jugador. En ese sentido, al ser una actividad especial y compleja, la legislación le ha otorgado un tratamiento igualmente particular. En efecto, a través de la Ley Nº 27153 de fecha 09.07.1999 se le ha otorgado un marco regulatorio propio, estableciéndose por ejemplo, las condiciones que deben cumplir las empresas que se dedican a esta actividad. Asimismo, en la citada ley, también se dispuso la aplicación de un impuesto, denominado Impuesto a los Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas, el cual es equivalente al 12% sobre la Base imponible. En relación a este tema, debemos recordar que para efectos del Impuesto a la Renta, el tratamiento que merecen las empresas que se dedican a esta actividad, no implica mayor particularidad, pues es el procedimiento para determinar el Impuesto a la Renta del ejercicio, es decir, es el mismo que sigue cualquier entidad con fines de lucro, no obstante, se debe precisar que el Impuesto a los Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas es deducible a estos efectos. Partiendo de estas ideas, a través del presente trabajo monográfico, se desarrollarán los principales aspectos que regulan la actividad de juegos de casino y máquinas tragamonedas, los cuales deben ser tomados en cuenta por las empresas que realizan la explotación de este tipo de actividad; adicionalmente se contempla el desarrollo de un caso práctico respecto al cálculo del Impuesto a los Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas con el respectivo llenado del PDT 0693.

1

LOS JUEGOS DE CASINO Y MÁQUINAS TRAGAMONEDAS 1. BASE LEGAL:  LEY 27153 Ley que regula la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas  Reglamento de la Ley N° 27153  Ley Nº 27796 Ley que modifica artículos de la Ley Nº 27153  Resolución de Superintendencia N.° 024-2019/SUNAT (31-01-19) Establecen el medio para efectuar la declaración y el pago del Impuesto Selectivo al Consumo aplicable a los juegos de casino y máquinas tragamonedas y se aprueba nueva versión y denominación del PDTFormulario Virtual N.° 693.  D.S. 055-99-EF TUO DE LA LEY DEL IGV e ISC que exonera del pago de IGV a estos servicios.  Decreto Legislativo N° 1419 que modifica La Ley Del impuesto general a Las ventas e impuesto selectivo al consumo  Decreto Supremo N° 341-2018-EF

2. NATURALEZA DE LOS JUEGOS DE CASINO Y MÁQUINAS TRAGAMONEDAS Como se ha señalado en la parte introductoria de este capítulo, los juegos de casino y máquinas tragamonedas son considerados juegos de azar, en los que se depende absolutamente de la suerte y no de la habilidad y destreza del jugador De lo anterior, podemos concluir que la misma o implica sustancialmente la prestación de un servicio, sino que por el contrario, implica una transferencia de fondos, en la medida en que se transfiere una bolsa de dinero generada por las apuestas efectuadas, hacia el ganador del juego.

2

3. IMPUESTO A LOS JUEGOS DE CASINO Y MÁQUINAS TRAGAMONEDAS 3.1

Ámbito de aplicación

Tal como lo señala la Ley Nº 27153, el Impuesto a los Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas es un tributo de periodicidad mensual que grava la explotación de estos juegos. Para tal efecto se entiende por: a) Juegos de Casino Todo juego de mesa en el que se utilice naipes, dados o ruletas que admita apuestas del público, cuyo resultado dependa del azar, así como otros juegos a los que se les otorgue esta calificación de conformidad con la Ley antes citada. b) Máquinas Tragamonedas Todas las máquinas de juego, electrónicas o electromecánicas, cualquiera sea su denominación, que permitan al jugador un tiempo de uso a cambio del pago del precio de la jugada en función del azar y, eventualmente, la obtención de un premio de acuerdo con el programa de juego.

3.2

Sujetos del impuesto

El impuesto se aplicará a aquella persona natural o jurídica, que realiza la explotación de los juegos de casino o de máquinas tragamonedas.

3.3

Base imponible

La base imponible del Impuesto a la Explotación de los Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas está constituida por la diferencia entre el ingreso neto mensual y los gastos por mantenimiento de las máquinas tragamonedas y medios de juegos de casino. Para estos efectos, se considera que:

3

a) El ingreso neto mensual está constituido por la diferencia entre el monto total recibido por las apuestas o por el dinero destinado al juego y el monto total entregado por los premios otorgados en el mismo mes. b) Los gastos por mantenimiento de las máquinas tragamonedas y medios de juego de casinos serán de manera presuntiva, el dos por ciento (2%) del ingreso neto mensual. Para este efecto, el contribuyente constituirá una reserva por este monto. c) Las comisiones percibidas por el sujeto pasivo del impuesto forman parte de la base imponible. DETERMINACIÓN DE LA BASE IMPONIBLE

3.4

Tasa

La alícuota del Impuesto a los Juegos de Casinos y Máquinas Tragamonedas es doce por ciento (12%) de la base imponible.

4

3.5

Situaciones importantes de considerar:

a) Premios otorgados mayores a los ingresos percibidos No habrá ingreso neto mensual cuando el monto total recibido por las apuestas o dinero destinado al juego en el mes fuera menor al monto total entregado por los premios otorgados en el mismo mes. En ese caso, se generará un saldo pendiente que, para efectos de determinar la base imponible del mes siguiente, se deducirá del monto total recibido por las apuestas o dinero destinado al juego y así sucesivamente por los meses siguientes hasta su total extinción. b) Explotación conjunta de los Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas Cuando en un establecimiento se exploten conjuntamente Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas, la determinación de la base imponible y el pago del Impuesto se harán de manera independiente por cada una de estas actividades. Asimismo, de contar la empresa con varios establecimientos, la determinación del impuesto se hará por cada uno de ellos.

3.6

Deducción del Impuesto

El Impuesto a los Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas constituye un concepto deducible para efectos de determinar la Renta Neta de Tercera Categoría. Es decir, para efectos de la Ley del Impuesto a la Renta, el impuesto constituye un “gasto” inherente a la actividad.

3.7

Medios para declarar

Mediante Resolución de Superintendencia Nº 014-2003/SUNAT, de fecha 17.01.2003, se estableció que el Sujeto del Impuesto debe presentar la Declaración Jurada mediante el Formulario Virtual N° 693 Impuesto a los Juegos de Casinos y Máquinas Tragamonedas, en el cual deberá consignar la totalidad de la información que le sea solicitada. Cabe indicar que, en el caso que el sujeto del impuesto tenga varios establecimientos, deberá declarar en un solo Formulario Virtual, la totalidad de dichos Establecimientos y los Juegos 5

de Casino y de Máquinas tragamonedas que se realicen en cada uno de ellos, siguiendo las indicaciones de las ayudas contenidas en el PDT-Formulario Virtual mencionado en el párrafo anterior.

3.8

Plazo para el pago del Impuesto

La Declaración y el pago del impuesto deberán realizarse en los plazos señalados en el cronograma establecido por la SUNAT para el pago de las obligaciones tributarias, de periodicidad mensual, según el último dígito de RUC.

3.9

Plazo para el pago del Impuesto

La SUNAT es el órgano administrador del Impuesto a los Juegos de Casinos y Máquinas Tragamonedas; en consecuencia, respecto a dicho impuesto: a) Gozará de las facultades establecidas en el Texto Único Ordenado del Código Tributario b) Aplicará las infracciones y sanciones tributarias aplicables a la explotación de juegos de casino y máquinas tragamonedas, establecida en el Código Tributario. c) Tramitará y resolverá los procedimientos tributarios que se inicien respecto al referido impuesto. d) Resolverá los procedimientos de devolución aplicable a los pagos indebidos o en exceso que se hayan realizado referente a este impuesto, de manera que procederá a la devolución mediante la entrega de cheques, los mismos que podrán ser aplicados al pago de las deudas tributarias exigibles a cargo del deudor tributario, en cuyo caso el cheque se girará a la orden de la entidad administradora del tributo.

3.10 Lugar para efectuar la Declaración El lugar para la presentación de la Declaración, es el siguiente: a) Tratándose de Principales Contribuyentes deberá tenerse en cuenta que podrán presentar su declaración en la Oficina de Principales Contribuyentes 6

de la SUNAT que corresponda al deudor tributario o en los lugares que dicha institución hubiere designado para tal efecto. Asimismo podrán optar por presentar sus Declaraciones originales, rectificatorias o sustitutorias y realizar el pago de tributos internos a través de SUNAT Virtual, en atención a lo establecido por la Resolución de Superintendencia N° 154-2007/SUNAT. b) Tratándose de Medianos y Pequeños Contribuyentes, en las sucursales y agencias bancarias autorizadas a recibir la declaración y pago. Asimismo, podrán presentar la citada declaración a través de SUNAT Operaciones en Línea (www.sunat.gob.pe).

3.11 Sistema Unificado de Control en Tiempo Real La Primera Disposición Final de la Ley Nº 27796 Ley que modifica artículos de la Ley Nº 27153, que regula la explotación de los Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas de fecha 26.07.2002, estableció que las empresas que se encontraban, a la fecha de su entrada en vigencia, explotando juegos de casino y máquinas tragamonedas en hoteles tres (3), cuatro (4) y cinco (5) estrellas, restaurantes turísticos de cinco (5) tenedores y en bingos y discotecas debían implementar dentro de un plazo de un (1) año, contado a partir de la vigencia de dicha Ley, un sistema computarizado de interconexión en tiempo real a un computador central, interconectado a su vez con la SUNAT y el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR), en cada uno de los establecimientos donde operan de tal forma que facilitara las labores de control y fiscalización. Agrega esta disposición que dicho requisito es exigido para aquellas empresas que decidan explotar juegos de casino y máquinas tragamonedas en los lugares establecidos en el artículo 6º de la Ley Nº 27153 y sus modificatorias. Al respecto, la Novena Disposición Transitoria del Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR señala que la SUNAT en coordinación con el MINCETUR establecerá las características técnicas para 7

la implementación del Sistema Unificado de Control en Tiempo Real a que se refiere la Primera Disposición Final de la Ley Nº 27796. Sobre el particular, el artículo 2º de la Resolución de Superintendencia Nº 1452003/SUNAT menciona que el Sistema a que hace referencia la Primera Disposición Final de la Ley N° 27796, consiste en la interconexión de las máquinas tragamonedas y/o las mesas de juegos de casino a un computador central por cada Establecimiento. En los casos en que el sujeto del impuesto tuviese más de un (1) Establecimiento, el computador de cada uno de dichos Establecimientos deberá estar interconectado a su vez con un computador central ubicado en el domicilio fiscal del sujeto del impuesto. Agrega que la información de las operaciones diarias registradas en el computador central del Establecimiento o de ser el caso, en el computador central ubicado en el domicilio fiscal del sujeto del impuesto deberá quedar grabada en dicho computador o en medios magnéticos, debiendo mantenerse en condiciones de operación por el plazo de prescripción del Impuesto a los Juegos de Casino y/o Máquinas Tragamonedas. De la revisión de las normas glosadas, puede afirmarse lo siguiente: a) El Sistema Unificado de Control en Tiempo Real consiste en una interconexión de las máquinas tragamonedas y/o mesas de juegos de casino a un computador central por cada establecimiento. En los casos en que el sujeto tuviese más de un (1) establecimiento, el computador de cada uno de dichos establecimientos deberá estar interconectado a su vez con un computador central ubicado en el domicilio fiscal. La información de las operaciones diarias registradas en el computador central del Establecimiento o de ser el caso, en el computador central ubicado en el domicilio fiscal del sujeto del impuesto deberá quedar grabada en dicho computador o en medios magnéticos, debiendo mantenerse en condiciones de operación por el plazo de prescripción del Impuesto a los Juego de Casino y Máquinas Tragamonedas. 8

b) La implementación del Sistema Unificado de Control en Tiempo Real es una obligación establecida para las empresas que explotan juegos de casino y máquinas tragamonedas para facilitar el control y la fiscalización por parte de la SUNAT y el MINCETUR y no está establecida en función a si dichas empresas son sujetos pasivos del Impuesto a los Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas. c) Las empresas que explotan juegos de casino y máquinas tragamonedas se encuentran sujetas al control administrativo por parte del MINCETUR y al control de las obligaciones tributarias originadas en dicha actividad por parte de la SUNAT.

4. TRATAMIENTO PARA EFECTOS DEL IMPUESTO A LA RENTA 4.1

Régimen tributario

Las entidades que sean titulares de negocios de casinos y máquinas tragamonedas deben tributar bajo las reglas del Régimen General del Impuesto a la Renta. Ello es así, pues el artículo 118º de la Ley del Impuesto a la Renta, así como el artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 937, Ley del Nuevo RUS, la excluyen expresamente de la posibilidad de acogerse al Régimen Especial o al Nuevo RUS, respectivamente.

4.2

Porcentaje máximo de deducción de gastos

Para efectos de lo dispuesto en la Décima Disposición Transitoria de la Ley N° 27796, a fin de determinar la renta neta de tercera categoría del Impuesto a la Renta, se deducirá los gastos de alimentos, cigarrillos y bebidas alcohólicas, que de manera gratuita el Sujeto del Impuesto entregue a los clientes en las salas de Juegos de Casino y/o Máquinas Tragamonedas, en la parte que, en conjunto, no excedan del medio por ciento (0.5%) de los ingresos brutos de rentas de tercera categoría, con un límite máximo de cuarenta (40) Unidades Impositivas Tributarias (UIT).

9

4.3

Porcentaje de Depreciación de las máquinas tragamonedas

Las máquinas tragamonedas que tengan las características de ordenadores o computadores, califican como equipos de procesamiento de datos, por lo que le serán aplicables las normas respecto de estos activos. Así lo ha reconocido la propia Administración Tributaria, la cual en su Oficio Nº 004-2004-2E0000 de la SUNAT, ha tomado como criterio que “Cuando la norma reglamentaria del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta alude a “equipos de procesamiento de datos” se refiere a máquinas que califiquen como ordenadores o computadores ya que por definición, aquellos son los únicos que procesan datos. En ese sentido, a efectos de distinguir la tasa de depreciación aplicable a las máquinas tragamonedas, los contribuyentes deberán evaluar si las referidas máquinas califican como ordenadores o computadoras, atendiendo a las definiciones transcritas”. En ese sentido, en tanto califiquen como equipos de procesamiento de datos, la tasa de depreciación máxima que le corresponderá a estos bienes será del veinticinco (25%) por año.

4.4

Definición de Ingreso para efectos del Impuesto

Como es bien sabido, una de las principales interrogantes que se plantean los sujetos que realizan la explotación de juegos de casinos y máquinas tragamonedas es que debe considerarse como ingreso para el cálculo del pago a cuenta del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría, Ante esto, SUNAT a través del Informe Nº 211-2006/SUNAT ha concluido: “Como se puede apreciar, la normatividad que regula el Impuesto a la Renta establece la base de cálculo de los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría que deben realizar los contribuyentes, la cual está constituida por los ingresos netos devengados en cada mes. Para tal efecto, dicha normatividad define expresamente lo que debe entenderse por ingreso neto. En tal sentido, no corresponde aplicar el concepto de ingreso neto mensual recogido en la Ley N° 27153 para efectos de los pagos a cuenta del

10

Impuesto a la Renta, más aun si este concepto únicamente ha sido previsto para calcular la base imponible del Impuesto a los Juegos de Casino y de Máquinas Tragamonedas”. Sin perjuicio a lo señalado por la SUNAT, entendemos que se debe considerar para efectos del cálculo del pago a cuenta del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría, el monto total de las apuestas menos el total de premios entregados, de manera que éste sirva como base para el referido pago, siendo considerado ingreso neto mensual. 4.5

Gastos por Premios

El artículo 37º, inciso u) de la Ley del Impuesto a la Renta señala: “Los gastos por premios, en dinero o especie, que realicen los contribuyentes con el fin de promocionar o colocar en el mercado sus productos o servicios, siempre que dichos premios se ofrezcan con carácter general a los consumidores reales, el sorteo de los mismos se efectúe ante Notario Público y se cumpla con las normas legales vigentes sobre la materia”. Como se puede apreciar, los contribuyentes que realicen sorteos con el fin de promocionar sus productos o servicios, podrán deducir de su renta bruta los gastos por premios entregados en virtud de dichos sorteos, siempre que tales premios se ofrezcan con carácter general a consumidores reales, lo sorteos se realicen ante notario público y se cumplan con las normas legales sobre la materia. En el caso de las empresas que realizan la explotación de juegos de casino y máquinas tragamonedas, o aquellos que realizan sorteos con la finalidad de promocionar sus servicios, los gastos por premios entregados con motivo de dicho servicio serán deducibles en tanto se ofrezcan con carácter general a los consumidores reales, sea ante notario público y se cumplan con las normas legales sobre la materia.

5. TRATAMIENTO PARA EFECTOS DEL IGV Las actividades de casino y máquinas tragamonedas son actividades que no están gravadas con el IGV. Esto es así, pues se tratan de actividades que están fuera del ámbito de aplicación de este impuesto. 11

En efecto, tal como hemos señalado a lo largo de este Asesor Práctico, los juegos de casino y máquinas tragamonedas son considerados juegos de azar, en los que se depende absolutamente de la suerte y no de la habilidad y destreza del jugador. De

lo

anterior,

podemos

concluir

que

esta

actividad

no

implica

sustancialmente la prestación de un servicio, la venta de bienes o la de una operación gravada con el IGV, sino que por el contrario, implica una transferencia de fondos, en la medida en que se transfiere una bolsa de dinero generada por las apuestas efectuadas hacia el ganador del juego. Esa es la razón por la que no está gravada con el IGV; además, al no calificar como un servicio, tampoco existirá la obligación de emitir comprobante de pago. Lo antes mencionado se ve reforzado en la inafectación establecida en el inciso ll) del artículo 2º de la Ley de IGV que señala : “No están gravados con el impuesto, los juegos de azar y apuestas, tales como loterías, bingos, rifas, sorteos, máquinas tragamonedas y otros aparatos electrónicos, casinos de juego y eventos hípicos”.

6. TRATAMIENTO DEL ISC Base imponible 

Tratándose de juegos de casino, el impuesto se aplica por cada mesa de juegos de casino, según el nivel de ingreso neto promedio mensual del establecimiento donde se ubica la mesa.



Tratándose de máquinas tragamonedas, el impuesto se aplica por cada máquina, según su nivel de ingreso neto mensual.

Determinación del impuesto 

El impuesto se determina aplicando un monto fijo por cada mesa de juegos de casino y por cada máquina tragamonedas, que se encuentren en explotación. El monto fijo está establecido en el Literal B del Nuevo Apéndice IV de la Ley del IGV.

12



El impuesto a pagar por cada mesa de juegos de casino o por cada máquina tragamonedas, que se encuentre en explotación, en ningún caso es inferior al monto fijo establecido en el Literal B del Nuevo Apéndice IV de la Ley del IGV.

Declaración y pago 

La declaración será mediante el PDT – Formulario Virtual N.° 693, versión 2.0.

El pago puede efectuarse de 2 maneras: 1. Con la presentación del PDT en las dependencias de SUNAT o sucursales o agencia bancarias autorizadas, según sea el caso, o a través de SUNAT Virtual. 2. Formulario N° 1662 – Boleta de Pago o Formulario Virtual N° 1662 – Boleta de Pago.

Los códigos de pago para el ISC son los siguientes: 

2077 (ISC Juego de Casino).



2078 (ISC Máquinas tragamonedas)

DEL DL. 1419:

Artículo 5. Modificación del Literal B del Nuevo Apéndice IV de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo.

13

Establézcase en el Literal B del Nuevo Apéndice IV de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto selectivo al Consumo, como juegos de azar y apuestas afectos a la aplicación del monto fijo, los siguientes:

7. CASOS PRACTICOS CASO PRACTICO N°1 : Actividades conjuntas Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas “EL SATELITE” S.A. es una empresa que tiene una sala de juegos en el distrito de San Isidro, en donde realiza la explotación conjunta de juegos de casino y máquinas tragamonedas. Al respecto, nos piden determinar el Impuesto que corresponde al mes de Marzo del 2011, teniendo en cuenta la siguiente información:

SOLUCIÓN: De acuerdo a lo establecido por el numeral 38.5 del artículo 38º de la Ley, la base imponible del Impuesto se determina de manera independiente por cada actividad y cada establecimiento. 14

Es decir, cuando en un establecimiento se exploten conjuntamente Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas, la determinación de la base imponible y el pago del impuesto se hará de manera independiente por cada una de estas actividades. Así:

A continuación, mostramos el llenado del PDT 0693 del mes de Marzo del 2011:

15

CASO PRÁCTICO N°2 La empresa “Royal Sac” se dedica a la explotación de juegos de casino y máquinas tragamonedas, durante el mes de agosto de 2019 ha obtenido ingresos brutos por dinero destinado a los juegos de casino por un monto de S/. 132,000; por juegos de máquinas tragamonedas S/. 89,200 y el monto por premios entregados en el mismo mes por juegos de casino asciende a la suma de S/. 35,400 y por máquinas tragamonedas S/. 20,300. Se pide determinar el Impuesto a los juegos de Casino y máquinas Tragamonedas correspondiente al mes de agosto de 2019.

a.

b.

SOLUCION: Ingreso por apuestas en juegos de casino Premios otorgados Ingreso neto Gastos de mantenimiento (2% del ingreso neto) Base imponible Impuesto a pagar 12%

S/. 132,000 -35,400 96,600 -1,932 94,668 11,360

Ingreso por juegos de máquinas tragamonedas Premios otorgados Ingreso neto Gastos de mantenimiento (2% del ingreso neto) Base imponible Impuesto a pagar 12%

89,200 -20,300 68,900 -1,378 67,522 8,103

DEBE 10 70

x/x

65 10

CAJA Y BANCOS 221,200 101 Caja VENTAS 707 Prestación de servicios Por los ingresos de las máquinas tragamonedas del presente mes. CARGAS DIVERSAS GESTION 655 Premios CAJA Y BANCOS

HABER

221,200

DE 55,700 55,700 16

x/x 95 79

x/x 64 40

x/x 95 79

x/x 94 79 x/x 40

10

x/x

101 Caja Por el pago de premios del presente mes. GASTOS DE VENTA CARGAS IMPUTABLES A CUENTA DE COSTOS 707 Prestación de servicios Por el destino del gasto por entrega de premios

55,700 55,700

TRIBUTOS 19,463 649 Otros tributos TRIBUTOS POR PAGAR 19,463 401 Gobierno Central 4019 Otros tributos Por la provisión del Impuesto a los Juegos y Máquinas Tragamonedas del mes de Julio de 2019. GASTOS DE VENTA CARGAS IMPUTABLES A CUENTA DE COSTOS 707 Prestación de servicios Por el destino del gasto por entrega de premios

19,463 19,463

GASTOS DE VENTA CARGAS IMPUTABLES A CUENTA DE COSTOS Por el destino de la provisión del gasto por Impuesto los Juegos y Máquinas Tragamonedas TRIBUTOS POR PAGAR 19,463 401 Gobierno Central 4019 Otros tributos CAJA Y BANCOS 19,463 104 Cuenta corriente Por la cancelación del impuesto a los Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas

17