Caracteristicas de Las Normas

INTRODUCCIÓN AL DERECHO DOCENTE: JUAN CARLOS GARCÍA CAMPOS UNIDAD 1: NOCIÓN DEL DERECHO ACTIVIDAD 6: LAS CARACTERÍSTI

Views 211 Downloads 5 File size 34KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

INTRODUCCIÓN AL DERECHO

DOCENTE: JUAN CARLOS GARCÍA CAMPOS

UNIDAD 1: NOCIÓN DEL DERECHO

ACTIVIDAD 6: LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS NORMAS

INTRODUCCIÓN: Realiza una investigación documental sobre las diferencias entre los cuatro de tipo de normas señaladas anteriormente y escribe en un cuadro sus características, así como las similitudes que tienen con las normas jurídicas. Detallaremos a continuación el significado y las características de cada norma y posteriormente los representaremos en un cuadro comparativo: NORMAS MORALES: Son aquellas que rigen la conducta humana con la relación e interacción con la sociedad, la moral se relaciona con la ética ya que el hombre debe buscar el bien y evitar el mal, abarca la acción del hombre en todas sus manifestaciones. Es una norma autónoma, incoercible, unilateral e interna. NORMAS RELIGIOSAS: Son aquellas leyes consideradas obligatorias para que el hombre alcance la santidad y la vida eterna. Este tipo de normas plantean las exigencias que el hombre debe cumplir para agradar a Dios. A diferencia de otras normas, las religiosas no se imponen (Incoercible), es interior de cada persona, unilateral y heteronimia. NORMAS SOCIALES: Es un conjunto de reglas a las que se deben ajustar las conductas y actividades de los individuos que forman parte de una sociedad, para una sana convivencia social y haya una interacción más amena y cordial entre todos. Ésta norma no es coercible, no impone castigo, es unilateral, exterior y heteronimia. NORMAS JURÍDICAS: Son reglas que regulan el comportamiento de los individuos en la sociedad y cuyo incumplimiento se encuentra sancionado por el propio ordenamiento. Las normas jurídicas se caracterizan por los siguientes elementos: Coercible, Bilateralidad, Exterioridad, Heteronimia.

Los cuales definiremos a continuación. COERCIBLIDAD: Consiste en la posibilidad de imponer su cumplimiento. INCOERCIBLE: La norma no tiene la capacidad de castigo. BILATERALIDAD: Las normas tienen dos aspectos, en ella encontramos un derecho pero también una obligación. UNILATERALIDAD: Consiste en que la norma implica deber pero no crea derecho. Puede haber consejo, exhortación pero no obligación.

EXTERIORIDAD: Le interesan primordialmente las manifestaciones exteriores de la conducta. INTERIORIDAD: Se refiere a que le interesa lo interior, por ejemplo la conciencia. HETERONIMIA: Establece obligaciones que deben cumplir las personas aunque no estén de acuerdo. AUTONOMÍA: No es impuesta, surge de la persona misma

CUADRO COMPARATIVO COERCIBLE/ INCOERCIBL E

EXTERIORID AD/ INTERIORID AD

BILATERALID AD/ UNILATERAL IDAD

HETERONIMI A/ AUTONOMÍA

MORALES

INCOERCIBL E

INTERIORID AD

UNILATERAL IDAD

AUTONOMÍA

RELIGIOSAS

INCOERCIBL E

INTERIORID AD

UNILATERAL IDAD

HETERONIMI A

SOCIALES

INCOERCIBL E

EXTERIORID AD

UNILATERAL IDAD

HETERONIMI A

JURÍDICAS

COERCIBLE

EXTERIORID AD

BILATERALID AD

HETERONIMI A

NORMAS

CONCLUSIÓN: En conclusión podemos decir que cada norma tiene su particularidad pero que en algunas características tienen similitudes, por ejemplo: Las normas morales y religiosas se parecen en cuanto a que no son coercibles, esto quiere decir que no implican un castigo y son internas ya que se trata de uno mismo, también son unilaterales puesto que implican deber pero no obligación. Por otro lado podemos ver que entre las normas religiosas, sociales y jurídicas tienen algo en común que es la característica de heteronimia, que quiere decir que estas normas imponen obligaciones aunque no estén de acuerdo, pero esto no quiere decir que se cumpla al 100%. Y por último, la única norma que tiene su particularidad especial que ninguna otra norma tiene es la jurídica, ya que estas normas de no ser cumplidas implican un castigo; la coercibilidad es su característica especial.

FUENTES DE CONSULTA: La guía del derecho. (01 abril 2008). Diferentes tipos o clases de normas. 28 de Octubre 2014, de la guía del derecho Sitio web: http://derecho.laguia2000.com/parte-general/tipos-o-clases-de-normas