BANCA SAT

INDICE I. INTRODUCCIÓN II. SUPERINTENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA 1. DEFINCIÓN 2. PRINCIPIOS 3. FUNCIONES 4. ORGA

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INDICE I.

INTRODUCCIÓN

II.

SUPERINTENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA 1. DEFINCIÓN 2. PRINCIPIOS 3. FUNCIONES 4. ORGANOS 5. AUTORIDADES SUPERIORES

III.

SAT EN LINEA 1. COMO OBTENER USUARIO 2. USUARIO VIA PORTAL SAT 3. USUARIO VIA BANCASAT 4. CONSEJO DE SEGURIDAD

IV.

BANCA SAT 1. BREVE HISTORIA 2. DEFINICIÓN 3. ORGANIZACIÓN 4. COMPONENTES 5. CONTRATO DE ADHESIÓN 6. CLAVE DE SEGURIDAD E IDENTIFICACION PERSONAL 7. COMO SE OBTIENE 8. BENEFICIOS 9. SERVICIOS QUE SE BRINDA 10. PASOS PARA ACCEDER

V.

CONCLUSIONES

VI.

BIBLIOGRAFÍA

.

1

INTRODUCCIÓN El objeto del presente trabajo es presentarle a usted una síntesis del papel tan importante que tiene la informática en la administración tributaria. A principios del año 1998, empezó la vigencia del decreto 198 Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria. En el año 2001 por medio de la resolución 230-2001 del Directorio de la Superintendencia de Administración Tributaria de fecha dos de mayo de dos mil uno se crea BANCASAT, que es un medio electrónico el cual fue creado para que los contribuyentes realicen el pago de sus impuestos de manera fácil, segura y rápida. De lo anterior podemos decir que la informática jurídica es un auxiliar en la SAT, toda vez que facilita sus actividades y brinda un mejor servicio al usuario que anteriormente tenía que llegar hasta la sede de la SAT y esperar el turno que le correspondiere. Con esta nueva herramienta que surge le es más fácil tramitar sus formularios de declaración y pagos. En tal sentido, el trabajo se divide en tres apartados. Primero: Superintendencia de Administración Tributaria; segundo: Sat en Linea; tercero: Banca Sat. Cada uno de ellos tiene subtemas, la cual se detalla en el índice correspondiente. Por último le presentamos las conclusiones que se obtuvieron y las fuentes bibliográficas.

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I.

SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

El Gobierno de Guatemala, por medio del Ministerio de Finanzas Públicas, inició a principios de 1997 un conjunto de acciones orientadas a transformar y fortalecer el sistema tributario del país. Dentro de estas acciones se incluyó la creación de la Superintendencia de Administración Tributaria –SAT-, con el propósito de modernizar la administración tributaria y dar cumplimiento a los compromisos fiscales contenidos en los Acuerdos de Paz y el Programa de Modernización del Sector Público. El proyecto de la creación y puesta en operación de la Superintendencia de Administración Tributaria –SAT-, se inició en septiembre de 1997 con la integración de un equipo de trabajo responsable de administrarlo. El objetivo general del proyecto consistió en crear, diseñar y poner en funcionamiento una institución autónoma y descentralizada, moderna, eficiente y eficaz, que se hiciera cargo de la administración tributaria y aduanera, y que fuera capaz de incrementar los ingresos tributarios en forma sostenida, honesta y transparente. La creación de la SAT fue aprobada por el Congreso de la República, según Decreto Número 1-98, el cual entró en vigencia a partir del 21 de febrero de 1998. La Superintendencia de Administración Tributaria es una entidad estatal descentralizada, con competencia y jurisdicción en todo el territorio nacional, para ejercer con exclusividad las funciones de administración tributaria, contenidas en la legislación. La Institución goza de autonomía funcional, económica, financiera, técnica y administrativa y cuenta con personalidad jurídica, patrimonio y recursos propios. 1- DEFINICIÓN De acuerdo a los artículos 1, 2 y tres del Decreto 1-98 del Congreso de la República de Guatemala. La SAT es una entidad estatal descentralizada que tiene competencia y jurisdicción en todo el territorio nacional, con autonomía funcional, económica, financiera, técnica y administrativa, así como personalidad jurídica, patrimonio propio y recursos propios. Su objeto principal es la exclusividad de las funciones de Administración Tributaria contenidas en la legislación de la materia, con domicilio principal, para todos los efectos legales y técnicos, en su oficina central ubicada en la ciudad de Guatemala. También podrá fijar domicilio en cada una de las dependencias que establezca en cualquier lugar del territorio nacional. Su denominación podrá abreviarse SAT. 2- PRINCIPIOS

1. VERDAD 3

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HONESTIDAD: decoro, recato, decencia en el decir y el actuar. Apego a la verdad ante sí mismo y ante los demás. HONRADEZ: rectitud de ánimo e integridad en el obrar. INTEGRIDAD: Entereza, consistencia en el pensar, el creer, el decir y el actuar. CONSTANCIA: Firmeza y perseverancia del ánimo en los propósitos y las actuaciones. DIGNIDAD: Respeto de sí mismo, nobleza en los modales y decoro en la conducta. TRANSPARENCIA: Limpieza, claridad y honestidad en las formas de hacer y actuar.

2. LEGALIDAD - RESPETO: Consideración y valoración de las normas, las personas y las instituciones. Reconocimiento y acatamiento de la ley y la autoridad. Atención de los deberes y derechos, tanto propios como ajenos. - JUSITICIA: Cualidad de hacer lo que es debido por derecho o razón. - RECTITUD: Observancia de una conducta justa y correcta, apegada al deber ser de los principios éticos. - RESPONSABILIDAD: Compromiso de cumplir los deberes propios, asumiendo las consecuencias de lo que se hace o deja de hacer. - DISCIPLINA: Respeto y observancia de los valores propios, de los compromisos auto impuestos y de las normas en general. - PRUDENCIA: Buen juicio, cautela, sensatez, capacidad de prever y evitar peligros. 3. SOCIEDAD - PARTICIPACIÓN: Disposición de actuar y aportar en función de una creencia o un fin. - COOPERACIÓN: Colaboración, acción conjunta y concertada hacia un fin común. - EQUIDAD: Justicia natural, disposición de dar a cada quien lo que le corresponde. - SERVICIO: Acción de servir, disposición de actuar y de colaborar a favor de una causa o de otros. - SOLIRADIDAD: Adhesión a una causa o justa necesidad ajena, prestación de ayuda a quien la necesita. - GENEROSIDAD: Cualidad de dar o actuar con desprendimiento, sin reserva o mezquindad. - CIVISMO: Celo por la patria y sus instituciones. Comportamiento respetuoso de las normas de la convivencia pública.

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PATRIORISMO: Amor a la patria, devoción a su suelo y a su pueblo, respeto a su historia y tradiciones. Compromiso con su defensa e integridad, en función del bien común.

3- FUNCIONES De acuerdo a la Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración de Tributaria las funciones específicas de dicha entidad son las siguientes: a. Ejercer la administración del régimen tributario, aplicar la legislación tributaria, la recaudación, control y fiscalización de todos los tributos internos y todos los tributos que gravan el comercio exterior, que debe percibir el Estado, con excepción de los que por ley administran y recaudan las Municipalidades; b. Administrar el sistema aduanero de la República de conformidad con la ley, los convenios y tratados internacionales ratificados por Guatemala, y ejercer las funciones de control de naturaleza paratributaria o no arancelaria, vinculadas con el régimen aduanero; c. Establecer mecanismos de verificación de precios, origen de mercancías y denominación arancelaria, a efecto de evitar la sobrefacturación o la subfacturación y lograr la correcta y oportuna tributación. Tales mecanismos podrán incluir, pero no limitarse, a la contratación de empresas internacionales de verificación y supervisión, contratación de servicios internacionales de información de precios y otros servicios afines o complementarios; d. Organizar y administrar el sistema de recaudación, cobro, fiscalización y control de los tributos; e. Mantener y controlar los registros, promover y ejecutar las acciones administrativas y promover las acciones judiciales, que sean necesarias para cobrar a los contribuyentes y responsables los tributos que adeuden, sus intereses y, si corresponde, sus recargos y multas; f. Sancionar a los sujetos pasivos tributarios de conformidad con lo establecido en el Código Tributario y en las demás leyes tributarias y aduaneras; g. Presentar denuncia, provocar la persecución penal o adherirse a la ya iniciada por el Ministerio Público, en los casos de presunción de delitos y faltas contra el régimen tributario, de defraudación y de contrabando en el ramo aduanero. h. Establecer y operar los procedimientos y sistemas que faciliten a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. i. Realizar, con plenas facultades, por los medios y procedimientos legales, técnicos y de análisis que estime convenientes, las investigaciones necesarias para el cumplimiento de sus fines y establecer con precisión el hecho generador y el monto de los tributos. Para el ejercicio de estas facultades contará con el apoyo de las demás instituciones del Estado. 5

j. k.

l.

m.

n.

o. p. q.

r.

s.

t.

u.

Establecer normas internas que garanticen el cumplimiento de las leyes y reglamentos en materia tributaria. Asesorar al Estado en materia de política fiscal y legislación tributaria, y proponer por conducto del Organismo Ejecutivo las medidas legales necesarias para el cumplimiento de sus fines; así como, participar en la elaboración del anteproyecto del presupuesto de ingresos, en cuanto la definición de metas de recaudación. Opinar sobre los efectos fiscales y la procedencia de la concesión de incentivos, exenciones, deducciones, beneficios o exoneraciones tributarias, cuando la ley así lo disponga. Así mismo evaluar periódicamente y proponer, por conducto del Organismo Ejecutivo, las modificaciones legales pertinentes a las exenciones y los beneficios vigentes. Solicitar la colaboración de otras dependencias del Estado, entidades descentralizadas, autónomas y entidades del sector privado, para realizar los estudios necesarios para poder aplicar con equidad las normas tributarias. Promover la celebración de tratados y convenios internacionales para el intercambio de información y colaboración en materia aduanera y tributaria, cumpliendo siempre con lo establecido en el artículo 44 de esta ley. Planificar, formular, dirigir, ejecutar, evaluar y controlar la gestión de la Administración Tributaria. Administrar sus recursos humanos, materiales y financieros, con arreglo a esta ley y a sus reglamentos internos; Participar en la política de combate al contrabando y defraudación aduanera y tributaria. Para el ejercicio de esta función contará con la colaboración de las entidades del Estado que correspondan. Presentar las denuncias que procedan, incautar y consignar las mercancías que estén a la venta y que no se documenten con las facturas de compra o declaraciones de importación correspondientes. Para el ejercicio de esta función contará con el auxilio de las fuerzas de seguridad y del Ministerio Público. Realizar, con plenas facultades, por los medios y procedimientos legales, técnicos que estime convenientes, las inspecciones, investigaciones y verificaciones necesarias para el combate al contrabando, defraudación aduanera y tributaria. Para el ejercicio de estas funciones contará con el apoyo de las demás instituciones del Estado. Participar en la propuesta de estrategias apropiadas para la ampliación de la base tributaria, a través de la incorporación de sectores económicos que se encuentran fuera del sistema tributario. Actualizar y planificar anualmente las políticas para mejorar la administración, fiscalización, control y recaudación de los tributos, simplificando los procesos y procedimientos para su ejecución y cumplimiento utilizando los medios, mecanismos e instrumentos tecnológicos que contribuyan a alcanzar dichos objetivos. Para el efecto, podrá suscribir convenios de cooperación que considere procedentes. 6

v. Todas aquellas que se vinculen con la administración tributaria y los ingresos tributarios. Para el cumplimiento de estas funciones la Superintendencia de Administración Tributaria, deberá contar con unidades específicas de inspección, investigación y verificación para efectos tributarios y con la finalidad de combatir el contrabando, la defraudación aduanera, la evasión y la defraudación tributaria; para lo cual podrá inspeccionar con el auxilio de las autoridades competentes de seguridad, entre otros, contenedores, camiones y otros medios de transporte terrestre, lacustre o aéreo dentro del territorio nacional. Dichas unidades tendrán las funciones y atribuciones que el Reglamento de esta Ley establezca y no podrán tener la categoría de Intendencias. * Reformadas las literales k) y q) y adicionadas las literales r, s), t), u), v) y un último párrafo por el artículo 70 del Decreto Número 13-2013 del Congreso de la República de Guatemala. 4- ORGANOS DE LA SAT De acuerdo con el Decreto 1-98 del Congreso de la República de Guatemala en su artículo 6 se establece que el reglamento interno de la SAT establecerá y desarrollara su estructura y organización interna. En tal sentido nos remitimos al reglamento para conocer al respecto. Estas figuras organizativas a que hace referencia la ley de la materia y el reglamento interno de la SAT sus funciones principales son de dirección y asesoría, los cuales son: 1234-

Directorio Despacho del Superintendente Asesoría Técnica del Directorio Asesoría del Superintendente

5- AUTORIDADES SUPERIORES DE LA SAT II.

El Directorio El Superintendente Los Intendentes SAT EN LINEA

La Superintendencia de Administración Tributaria ha desarrollado diversos servicios y sistemas brindados por medio de Internet, entre los que destacan: a. b. c. d.

Agencia Virtual Autoconsultas Tributarias Autoconsultas Aduanas Declaraguate 7

e. Sistema SAQB’E f. “BancaSAT” Los diversos servicios y sistemas se encuentran disponibles 24 horas al día por medio de Internet, algunos pueden ser utilizados directamente, tal es el caso de Declaraguate y las Autoconsultas, mientras otros como Agencia Virtual, E-servicios y el Sistema SAQB’E requieren de usuario y contraseña para acceder a los mismos. 1- COMO OBTENER USUARIO SAT EN LÍNEA El usuario y contraseña es único para los diferentes servicios de SAT en Línea, en el caso que no tenga usuario, puede solicitarlo por medio de las opciones siguientes:  Solicitud de usuario vía portal SAT  Solicitud de usuario vía Banca SAT 2- SOLICITUD DE USUARIO VÍA PORTAL SAT Se debe Ingresar a la opción solicitud de usuario y completar la información que se le requiere. El sistema enviará un mensaje a su correo electrónico, luego ingrese al enlace que recibirá para confirmar e imprima la solicitud. Firme y presente la solicitud en cualquier Oficina o Agencia Tributaria (ver requisitos).Su usuario será activado inmediatamente, el sistema enviará un mensaje a su correo electrónico para confirmación. Para ingresar se consignara el NIT y la contraseña que fue asigna. Es importante mencionar que para utilizar esta opción debe tener actualizado su documento de identificación en los registros de la Administración Tributaria. En el caso que olvide la contraseña ingrese a la opción Cambio de Contraseña; Si desea consultar un manual detallado descargar "Guía para solicitar usuario vía portal SAT" 3- SOLICITUD DE USUARIO VÍA BANCASAT Para utilizar esta opción debe tener contrato de BancaSAT habilitado, debiendo para el efecto realizar los pasos siguientes:     

Ingresar a BancaSAT del banco de su elección Ingresar al formulario "SAT-901 Usuario de eServicios" en AsisteWeb Asignar la contraseña de su elección cumpliendo con los requisitos. Envíe el formulario por medio de BancaSAT. Luego de recibir el acuse de recibo, para ingresar se consignara el NIT y la contraseña que fue asignada 8

4- CONSEJOS DE SEGURIDAD La seguridad informática requiere de medidas y precauciones de parte del usuario, por lo que le brindamos a continuación algunos consejos:  Las contraseñas no deben contener información personal como nombres, fechas de nacimiento, números telefónicos, etc.  Utilizar como mínimo 8 caracteres utilizando letras, números y símbolos.  Recordar que su usuario y contraseña son personales, es importante memorizar y no anotarla ni dejarla almacenada en el navegador.  Nunca enviar su contraseña por correo electrónico.  No la utilice para otros servicios, cada servicio debe de tener una contraseña diferente.  Cambiar con frecuencia la contraseña, si se tiene sospecha de que la contraseña ha sido utilizada cambiarla inmediatamente. III.

BANCA SAT

1- BREVE HISTORIA La herramienta BANCASAT fue aprobada mediante resolución número 230-2001 del Directorio de la Superintendencia de Administración Tributaria, de fecha dos de mayo de dos mil uno, publicada en el Diario de Centro América el once de mayo de dos mil uno, donde se creó el Régimen Optativo de Presentación Electrónica “BANCASAT”, que permite a los sujetos pasivos de la obligación tributaria, presentar sus declaraciones juradas y de pagos, mediante un sistema de transferencia electrónica de datos, a través de los bancos del sistema con quienes la Superintendencia de Administración Tributaria suscribe el contrato correspondiente. BANCASAT desde el año en que fue aprobada estuvo en evolución, pasando por cinco etapas que a continuación se describen: -

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BancaSAT 1: Compuesta por la herramienta básica de BANCASAT en un principio, Asiste PC (ago. 2001). Fue la instalación de un programa orientador, práctico y seguro donde los contribuyentes llenaban sus declaraciones de impuestos internos. Una herramienta computarizada que explicaba, paso a paso, el llenado de las casillas que aparecen en los formularios, descubriendo el contenido de cada una de éstas y utilizando ejemplos prácticos (Fuera de funcionamiento desde noviembre de 2003). BancaSAT 2: Como cambio importante en esta etapa, surge el Asiste WEB (febrero de2002). Los contribuyentes pueden llenar sus formularios de 9

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-

declaración y pago utilizando la herramienta Asiste WEB, que posee la ventaja de no requerir que el contribuyente instale nada en su PC, sino que, a través de los sitios en Internet de los bancos autorizados, puedan llenar sus declaraciones de impuestos internos y de comercio exterior. La desventaja es que se requiere estar conectado con el banco durante el tiempo que demande el llenado de la declaración. BancaSAT 3: Implementación de los pagos aduaneros (mayo 2002). Por medio del Asiste Web con soporte de la Declaración Aduanera (póliza electrónica), los contribuyentes pueden pagar cualquiera de los formularios de declaración aduanera (SAT-8008 y SAT-8009). Estos formularios se han dejado para la etapa 3, porque los pagos de las declaraciones aduaneras presentan una complicación adicional: requieren la aprobación de la SAT antes de que el banco acepte el pago. De esta forma, el agente aduanero puede efectuar el movimiento de la mercadería de comercio exterior INMEDIATAMENTE después de haber cancelado en el banco. BancaSAT 4: Pago de impuesto a través de contadores (agosto 2002). Es el procedimiento por medio del cual los contribuyentes presentan sus declaraciones electrónicas a través de sus contadores, para facilitar a los mismos el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. También surge Asiste Light (septiembre 2002). Una herramienta que se utiliza para el llenado rápido y sencillo de formularios. Muestra el cálculo automático y presenta visualmente el formulario. En la modalidad de Asiste Light, cada uno de los formularios consiste en un programa sin necesidad de realizar ninguna instalación, solo requiere un doble clic sobre la aplicación. BancaSAT 5: En esta versión, se incluyen las siguientes: Actualización de datos del contribuyente, donde puede modificar direcciones, impuestos a los que está afiliado, etc. Este servicio se obtiene llenando el Formulario SAT-19 (por el momento se encuentra bloqueado, debido a que está pendiente su actualización según las reformas de la ley del Impuesto Sobre la Renta). El contribuyente debe registrarse por medio del Formulario SAT-0101.

2- DEFINICIÓN BancaSAT es un medio electrónico el cual fue creado para que los contribuyentes realicen el pago de sus impuestos de manera fácil, segura y rápida, y que a la vez tengan la certeza jurídica y la seguridad que da el sistema bancario. De acuerdo a la Superintendencia de Administración Tributaria, BANCASAT es un sistema de declaración y pago de impuestos que opera en internet a través de los bancos autorizados por la SAT. Por medio de Bancasat se pueden pagar tributos internos y de comercio exterior (póliza electrónica). Asimismo, los contribuyentes pueden autorizar por Internet, con el Formulario SAT-81 a su contador o contadores para que declaren en su nombre por Bancasat. 10

Funciona las 24 horas del día los 365 días del año, reduce costos y ofrece mayor confidencialidad en los trámites. Además, el banco y la SAT confirman al contribuyente a través de una notificación por e-mail la presentación y pago de su declaración. 3- ORGANIZACIÓN Según el Régimen Optativo de Presentación Electrónica Denominación. Se establece un régimen optativo de presentación de declaraciones juradas y de pagos mediante un sistema de transferencia electrónica de datos, el cual opera con la intervención de las entidades bancarias que, previa autorización de la SAT, pongan a disposición de los contribuyentes este servicio. Bancasat utiliza procedimientos orientados al auto-servicio apoyándose en sistemas informáticos basados en tecnología orientada a Internet. Contribuyentes incluidos. El régimen que se establece en el párrafo anterior es aplicable a todos los contribuyentes o responsables, quienes podrán optar por adherirse al nuevo régimen o bien continuar presentando sus declaraciones juradas y efectuando sus pagos en el modo habitual (es decir utilizando formularios en papel). 4- COMPONENTES Forman parte de dicho régimen optativo los siguientes elementos: 

El contrato de adhesión firmado por el contribuyente o su representante legal.



La clave de seguridad e identificación personal, seleccionada por el contribuyente para operar en el sistema.



Las declaraciones juradas generadas mediante los programas de software provistos o autorizados por la SAT y presentadas en el marco de esta Resolución.



Los pagos efectuados a través del envío de órdenes de débito en cuenta, generados en el marco de esta Resolución.



Los comprobantes electrónicos emitidos primero por las entidades bancarias y luego por la SAT.

5- CONTRATO DE ADHESIÓN Forma de adhesión. Todo contribuyente que opte por adherirse al régimen instrumentado por la presente Resolución, podrá actuar por sí o por medio de su representante legal. 11

Para adherir a este régimen el contribuyente deben escoger uno de los bancos autorizados por la SAT para ofrecer el servicio y suscribir el contrato que éste le suministre, conforme modelo establecido por la SAT. Generación. El contrato de adhesión es generado por el sistema informático del Banco y puesto a disposición del contribuyente vía su sitio web en Internet para que pueda ser impreso en su propio domicilio. Cantidad de ejemplares. El contrato de adhesión será presentado en tres ejemplares ante la entidad bancaria seleccionada por el contribuyente entre las que se encuentren habilitadas por la SAT para operar en el sistema. Una copia será para el contribuyente, otra para el Banco y otra para la SAT. Firma. El contrato de adhesión deberá ser firmado ante la entidad bancaria seleccionada, la que certificará la firma y se constituirá en depositaria del documento suscrito. Alcance. La firma del contrato de adhesión implica la aceptación por parte del contribuyente del régimen establecido por la presente Resolución en todos sus términos y valida la presentación de las declaraciones juradas y pagos efectuados de acuerdo a la misma. Duración. El contrato de adhesión mantendrá su vigencia mientras no sea revocado por quienes lo suscriban. No obligatoriedad. Todo contribuyente que se haya adherido al régimen BancaSAT podrá revocar el contrato de adhesión firmado con el Banco y volver al régimen actual basado en formularios de papel. Asimismo, todo contribuyente que se haya adherido al régimen BancaSAT podrá presentar una parte de sus declaraciones juradas y pagos por afuera del mencionado régimen, es decir a través de la modalidad actual basada en formularios de papel. 6- CLAVE DE SEGURIDAD E IDENTIFICACIÓN PERSONAL Obtención. Al adherirse al régimen, el contribuyente ingresará al sistema una clave de seguridad e identificación personal, la que utilizará para la presentación de las declaraciones juradas y la realización de los pagos, así como para operar en todas las transacciones que realice o consultas que formule. Responsabilidad. La clave de seguridad e identificación personal será de exclusivo conocimiento del sujeto adherido al régimen y tendrá carácter confidencial, siendo éste responsable por su uso y custodio de su confidencialidad.

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Cambio. La clave mencionada en el artículo anterior mantendrá validez hasta que el contribuyente efectúe el cambio de la misma. La modificación dará lugar a la generación de la constancia que la acredite. Certificación. Las entidades bancarias certificarán las firmas de los contribuyentes o de sus representantes legales en los contratos de adhesión. 7- ¿COMO SE OBTIENE? Como se mencionó anteriormente BANCASAT es un servicio que se provee por medio de bancos autorizados y que requiere de Internet para su utilización y de un contrato con el banco. En términos generales, el procedimiento para obtener este servicio es: 1. Verificar, en la página de BancaSAT, el listado de los bancos autorizados y hacer clic en el vínculo de su preferencia. 2. Será llevado al sitio del banco donde deberá seguir las instrucciones para llenar e imprimir el contrato de adhesión a BancaSAT. 3. Acudir a una agencia del banco y firme el contrato de adhesión en presencia del jefe de la agencia, previa identificación y fotocopia completa de cédula de vecindad o pasaporte y, cuando corresponda, representación legal. El banco le entregará su usuario y contraseña para acceso a su servicio de BancaSAT con instrucciones de como accesar el sitio. 4. Todos los formularios los puede descargar del Portal SAT 8- BENEFEICIOS Los beneficios que brinda este sistema electrónico BancaSAT es que cuenta con un sistema de codificación puesto que hay confidencialidad entre el contribuyente y la SAT por medio del banco. Este sistema se realiza de manera más directa ya que es por medio de internet y tiene mejor opción en cuanto a los horarios ya que es por medio de banca en línea. Este sistema reduce de costos, dinero y recurso humano tanto para declarar como para efectuar el pago. El sistema de comunicación que hay entre los bancos y la SAT se realiza por canales seguros los cuales son empleados para comercio electrónico, y ambos tienen estándares de seguridad en sus sistemas lo cual hacen que sea efectiva, correcta y confiable la información dada. Al ser utilizado este sistema se tiene la seguridad de que de ser citado o fiscalizado por parte de la SAT, ya que por medio de este sistema se cuenta con un alto porcentaje de no poseer errores aritméticos o de llenado por parte del contribuyente.

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El contribuyente cuenta con la certeza jurídica de que su pago si es recibido a tiempo aunque se encuentre caída o muy cargada la red por parte del banco, por lo cual no es posible que el contribuyente tenga mora, ya que tiene la seguridad de contar con la verificación del formulario electrónico y del débito que se descarga de la cuenta, esta es la información que valida la SAT ya que la misma es enviada por medio de un proceso en línea. El contribuyente recibe del banco un correo electrónico el cual garantiza su efectiva y correcta transacción, esta es una modalidad que tiene el sistema lo cual no cuenta el pago realizado en papel 9- SERVICIOS QUE BRINDA Los servicios que nos ofrece el sistema de BancaSAT son los siguientes: a. b. c. d. e. f. g.

pago obligatorio de impuestos de Q.5,000.00 en adelante, presentación de declaraciones valor 0, pago de impuestos como el ISR, IVA, ISO, impuestos especiales, etc., pago de impuestos de circulación de vehículos, pago de gestiones de vehículos, como la reposición de la tarjeta de circulación, registrarse como importador, obtener acceso a la aplicación web de la SAT denominada E-servicios para consultar su estatus tributario, h. las imprentas deben solicitar acceso a E-servicios para poder obtener las resoluciones de autorización de documentos, i. realizar todas las gestiones del registro Fiscal de impuestos, j. inscripción de imprenta en el Registro Fiscal de Imprentas RFI, k. anulación de resolución de facturas por parte de la imprenta, l. presentación obligatoria por BancaSAT del informe mensual de servicios de impresión por parte de las imprentas, 10- PASOS PARA ACCEDER A BANCASAT El procedimiento para poder ingresar a BancaSAT es el siguiente: -

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Ingresar al portal de la Superintendencia de Administración Tributaria SAT el cual es www.sat.gt y buscar el link, donde diga BancaSAT, En la opción que aparece desplegado se deberá seleccionar la opción BancaSAT, En el listado de bancos autorizados en línea, se deberá de seleccionar el nombre del banco de preferencia o donde se tenga una cuenta apertura da, El contribuyente ingresara con previa autorización del banco utilizando la clave de usuario y su contraseña respectiva, el cual se le ha entregado al contribuyente 14

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cuando ha entregado en la agencia bancaria el formulario de adhesión a BancaSAT el cual acredita el acceso de banca el línea, Ya elegido el banco, se deberá seguir ciertas instrucciones para solicitar e imprimir el contrato de adhesión a BancaSAT, Luego de llenado el formulario de adhesión se debe de acudirá una de las agencias del banco, y se deben de presentar tres copias del contrato de adhesión, el cual deben ser firmadas en presencia del jefe de la agencia bancaria, luego este le entregara al contribuyente su usuario y contraseña para poder ingresar a la banca, Gestionado este contrato, se deberá de ingresar a la opción de pagos y al ingresar se debe de seleccionar donde diga BancaSAT, Luego aparece el menú: a) contrato, b) declaración y c) consulta, Se selecciona Declaración la opción por Asistente Web, Luego el sistema desplegara el nombre y números de formularios, y se selecciona el interesado, Luego se ingresan los datos requeridos por el formulario elegido, Luego debemos de darle clic a Validar, para así: Hacer clic en el botón Confirmar declaración o imprimir declaración, Luego hay que verificar que los datos estén correctos, Si el monto del formulario que desea pagar es mayor que 0, deberá seleccionar la cuenta donde se autoriza el monto del débito y si es el valor 0 no aparece la opción de seleccionar, Si todos los datos están correctos se selecciona el botón siguiente, si existiere un error en los datos, se presiona el botón anterior para poder corregirlo, Luego aparecerá una ventana llamada Información con los datos declarados, Si la información esta correcta se selecciona Aceptar declaración, Y si la información es incorrecta se selecciona Anterior para corregir la información, Luego el sistema generar en pantalla el recibo de Declaración de Impuestos, Seguidamente se recibirá un correo electrónico en la cuenta de correo asociada al contrato de adhesión, en la cual se notifica al contribuyente la presentación del formulario y del pago respectivo.

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