Autoridad

AUTORIDAD La palabra neotestamentaria es exousia, que significa poder legítimo, real, y pleno para actuar, o para poseer

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AUTORIDAD La palabra neotestamentaria es exousia, que significa poder legítimo, real, y pleno para actuar, o para poseer, controlar, usar o disponer de algo o de alguien. Mientras que dynamis significa simplemente poder físico, el vocablo exousia significa, en rigor de verdad, poder que es, en algún sentido, legítimo. exousia puede usarse con el acento en la legitimidad del poder realmente ejercido, o en la realidad del poder que se posee legítimamente. En este último caso a menudo se traduce “potestad”. exousia a veces tiene un sentido secular general (p. ej.p. ej. por ejemplo en 1 Co. 7.37, con referencia al dominio propio; Hch. 5.4, referido a la facultad de disponer de las propias rentas), pero su significado en la generalidad de los casos es teológico. La convicción bíblica invariable es que el único poder legítimo y pleno en el seno de la creación es, en última instancia, el del Creador mismo. La autoridad que puedan ejercer los hombres es la que les delega Dios, a quien deben responder por la manera en que la ejercen. Ya que toda la autoridad es finalmente de Dios, el sometimiento a la autoridad es, en todos los órdenes de la vida, un deber religioso, que forma parte del servicio a Dios. I. La autoridad de Dios La autoridad de Dios es un aspecto de su dominio inalterable, universal y eterno sobre un mundo que le pertenece (para lo cual véase Ex. 15.18; Sal. 29.10; 93:1s; 146.10; Dn. 4.34s, etc.). Este reinado universal es distinto de (aunque básico para) la relación pactada entre él mismo e Israel, por medio de la cual Israel se convirtió en su pueblo y reino (cf.cf. confer (lat.), compárese Ex. 19.6), y consecuentemente en heredera de su bendición. Su autoridad real sobre la humanidad consiste en su inalienable derecho y potestad para disponer de los hombres como a él le plazca (lo que Pablo compara a la exousia del alfarero sobre la arcilla, Ro. 9.21; cf.cf. confer (lat.), compárese Jer. 18.6), además de su exigencia indiscutible de que los hombres le estén sujetos y vivan para su gloria. A través de toda la Biblia, la realidad de la autoridad de Dios se demuestra por el hecho de que todos aquellos que desprecian o hacen caso omiso de esta exigencia suya incurren en el juicio divino. El Juez regio tiene la última palabra, y de esta manera queda justificada su autoridad. En la época del ATAT Antiguo Testamento, Dios ejercía autoridad sobre su pueblo por intermedio de profetas, sacerdotes, y reyes, cuya respectiva misión consistía en proclamar sus mensajes (Jer. 1.7ss), hacer conocer sus leyes (Dt. 31.11; Mal. 2.7), y gobernar de acuerdo a dichas leyes (Dt. 17.18ss). Cuando cumplían dichas funciones, debían ser respetados como representantes divinos, con autoridad recibida de Dios. Del mismo modo, se aceptaba que las Escrituras procedían de Dios, y que por ello revestían autoridad, tanto para la instrucción (toÆraÆ), a fin de que los israeIitas conocieran el pensamiento de su Rey (cf.cf. confer (lat.), compárese Sal. 119), como en el sentido de constituir el cuerpo de leyes por el que este los gobernaba y juzgaba (cf.cf. confer (lat.), compárese 2 R. 22–23).

II. La autoridad de Jesucristo La autoridad de *Jesucristo es también un aspecto de la realeza. Es tanto personal como oficial, pues Jesús es, a la vez, Hijo de Dios e Hijo del hombre (e. d.e. d. es decir el hombre mesiánico). Como hombre y Mesías, su autoridad es de carácter real porque le fue delegada por el Dios por cuyo mandato lleva a cabo su obra (Cristo alabó al centurión porque se dio cuenta de esto, Mt. 8.9s). En su carácter de Hijo su autoridad es también real porque él mismo es Dios. A él se le ha dado autoridad para juzgar, a fin de que sea honrado como el Hijo de Dios (ya que el *juicio es privativo de Dios) y también porque es el Hijo del hombre (ya que el jucio es también función del Mesías) (Jn. 5.22s, 27). En resumen, su autoridad es la de un Mesías divino: la de un Dios-hombre, que hace la voluntad de su Padre en la doble capacidad de (a) siervo humano, en el que se unen los oficios salvíficos de profeta, sacerdote, y rey, y (b) Hijo divino, cocreador y partícipe en todas las obras del Padre (Jn. 5.19ss). Esta autoridad más que humana de Jesús se manifestó de varias maneras durante su ministerio, como ser la irrevocabilidad e independencia de su enseñanza (Mt. 7.28s); su poder para exorcisar (Mr. 1.27); su dominio sobre las tormentas (Lc. 8.24s); su afirmación de que tenía poder para perdonar pecados (cosa que, como señalaron acertadamente los espectadores, era prerrogativa de Dios) y, cuando lo desafiaban, dando pruebas de la verdad de lo que afirmaba (Mr. 2.5–12; cf.cf. confer (lat.), compárese Mt. 9.8). Después de su resurrección, declaró que le había sido dada “toda exousia … en el cielo y en la tierra”, dominio cósmico de carácter mesiánico que sería ejercido de tal manera que sus elegidos serían trasladados efectivamente a su reino de salvación (Mt. 28.18ss; Jn. 17.2; cf.cf. confer (lat.), compárese Jn. 12.31ss; Hch. 5.31; 18.9s). El NTNT Nuevo Testamento proclama al Jesús exaltado como “Señor y Cristo” (Hch. 2.36) (soberano divino por sobre todas las cosas), y como Rey-Salvador de su pueblo. El evangelio es en primera instancia una demanda de asentimiento a esta estimación de su autoridad. III. Autoridad apostólica La autoridad apostólica es autoridad mesiánica delegada por cuanto los *apóstoles fueron los testigos comisionados por Cristo, sus emisarios y representantes (cf.cf. confer (lat.), compárese Mt. 10.40; Jn. 17.18; 20.21; Hch. 1.8; 2 Co. 5.20), a quienes él dio exousia para fundar, edificar y administrar su iglesia universal (2 Co. 10.8; 13.10; cf.cf. confer (lat.), compárese Gá. 2.7ss). Por consiguiente, vemos que dan instrucciones y prescriben normas de disciplina en el nombre de Cristo, e. d.e. d. es decir como sus portavoces, y haciendo uso de la autoridad dada por él (1 Co. 5.4; 2 Ts 3.6). Nombraban diáconos (Hch. 6.3, 6) y presbíteros (Hch. 14.23). Presentaban su enseñanza como la de Cristo mismo, dada por el Espíritu, tanto en su contenido como en su forma de expresión (1 Co. 2.9–13; cf.cf. confer (lat.), compárese 1 Ts. 2.13), como norma de fe (2 Ts. 2.15; cf.cf. confer (lat.), compárese Gá. 1.8) y conducta (2 Ts. 3.4, 6, 14). Esperaban que sus decisiones ad hoc fuesen recibidas como “mandamientos del Señor” (1 Co. 14.37). Ya que su autoridad dependía de la comisión personal y directa de Cristo, no tuvieron, hablando con propiedad,

sucesores; pero cada generación de cristianos debe evidenciar su continuidad con la primera generación, y su lealtad a Cristo, sujetando su propia fe y conducta a la norma de enseñanza que proporcionaron y registraron los delegados nombrados por Cristo para todos los tiempos en los documentos del NTNT Nuevo Testamento, a través de los cuales la exousia apostólica sobre iglesia se ha constituido en una permamente realidad. IV. La autoridad delegada en el hombre Además de la iglesia, donde los “líderes” (presbíteros) pueden reclamar obediencia porque son siervos de Cristo, cuidando la grey en sujeción a su autoridad (He. 13.17; 1 P. 5.1s), la Biblia menciona dos esferas más de autoridad divina delegada. a. El matrimonio y la familia Los hombres tienen autoridad sobre las mujeres (1 Co. 11.3; cf.cf. confer (lat.), compárese 1 Ti. 2.12) y los padres sobre los hijos (cf: 1 Ti. 3.4, 12). Por ello las esposas deben obedecer a sus maridos (Ef. 5.22; 1 P. 3.1–6) y los hijos a sus padres (Ef. 6.1ss). Este es el orden establecido por Dios. b. El gobierno civil Los gobernantes seculares (romanos) se llaman exousiai, y se los describe como los siervos de Dios para castigar al que hace lo malo y alentar al ciudadano que respeta la ley (Ro. 13.1–6). Los cristianos deben considerar a “las autoridades constituidas” como ordenadas por Dios (véase Jn. 19.11), y sujetarse debidamente a la autoridad civil (Ro. 13.1; 1 P. 2.13s; cf.cf. confer (lat.), compárese Mt. 22.17–21) hasta donde fuere compatible con la obediencia a los mandamientos directos de Dios (Hch. 4.19; 5.29). V. El poder satánico El ejercicio del *poder por parte de Satanás y sus huestes se denomina a veces exousia (p. ej.p. ej. por ejemplo Lc. 22.53; Col. 1.13). Esto indica que, aun cuando el poder de Satanás ha sido usurpado a Dios y es hostil a él, Satanás lo retiene tan sólo con el permiso de Dios y como instrumento suyo. PODER I. En el Antiguo Testamento Diversas palabras heb.heb. hebreo se traducen “poder”; las principales son h, koµah y >oµz. El verdadero poder, la capacidad para ejercer autoridad en forma efectiva, pertenece sólo a Dios (Sal. 62.11). El poder de Dios se ve en la creación (Sal. 148.5) y en el mantenimiento del mundo (Sal. 65.5–8). Parte de su autoridad ha sido delegada en el hombre (Gn. 1.26–28; Sal. 8.5–8; 115.16), pero Dios

interviene activamente en muchas ocasiones, evidenciando su poder en hechos milagrosos de liberación. Con “mano fuerte y brazo extendido” sacó a su pueblo de Egipto (Ex. 15.6; Dt. 5.15, etc.) y demostró su poder al darles la tierra prometida (Sal. 111.6). II. En el Nuevo Testamento La palabra “poder” representa principalmente las palabras gr.gr. griego dynamis y exousia. exousia significa “autoridad” derivada o conferida, garantía para hacer algo o derecho de hacerlo (Mt. 21.23–27); de allí pasa a denotar concretamente al portador de la autoridad en la tierra (Ro. 13.1–3), o en el mundo de los espíritus (Col. 1.16). dynamis significa habilidad (2 Co. 8.3) o fuerza (Ef. 3.16), o puede significar acto poderoso (Hch. 2.22) o espíritu poderoso (Ro. 8.38). A Cristo su Padre le dio plena autoridad (Mt. 28.18), y él la usó para perdonar pecados (Mt. 9.6) y echar espíritus inmundos (Mt. 10.1). Les dio autoridad a sus discípulos para que fuesen hijos de Dios (Jn. 1.12) y para que compartiesen su obra (Mr. 3.15). Jesús inició su ministerio en el poder (dynamis) del Espíritu (Lc. 4.14), y su poder se puso de manifiesto en los milagros de curación (Lc. 5.17) y en sus muchas obras portentosas (Mt. 11.20). Esto es prueba del poder del reino de Dios como preludio del nuevo éxodo (Lc. 11.20; cf.cf. confer (lat.), compárese Ex. 8.19). Pero el reino no había venido todavía en toda la plenitud de su poder. Eso habría de ocurrir en Pentecostés (Lc. 24.49; Hch. 1.8; Mr. 9.1 [?]) y la consumación sería en ocasión de la parusía (Mt. 24.30, etc.). En Hechos vemos el poder del Espíritu en funcionamiento en la vida de la iglesia (4.7, 33; 6.8; cf.cf. confer (lat.), compárese 10.38). Pablo vuelve la mirada hacia la resurrección como la prueba principal del poder de Dios (Ro. 1.4; Ef. 1.19–20; Fil. 3.10), y ve en el evangelio el medio por el cual ese poder obra en la vida de los hombres (Ro. 1.16; 1 Co. 1.18). (* Autoridad )