ARTÍCULO 4 DE LA LEY ORGANICA DEL PODER PÚBLICO MUNICIPAL AUTONOMIA AUTONOMIA AUTONOMIA AUTONOMIA POLITICA NORMATIV
Views 65 Downloads 0 File size 215KB
ARTÍCULO 4 DE LA LEY ORGANICA DEL PODER PÚBLICO MUNICIPAL AUTONOMIA
AUTONOMIA
AUTONOMIA
AUTONOMIA
POLITICA
NORMATIVA
FINANCIERA
ADMINISTRATIVA
Elegir sus autoridades
Crear instancias, mecanismos y sujetos de descentralizació n, conforme a la Constitución de la República y la ley.
Asociarse en mancomunida des y demás formas asociativas Intergubernam entales para fines de interés público determinados
Impulsar y promover la participación ciudadana, en el ejercicio de sus actuaciones
Legislar en materia de su competencia, y sobre la organización y funcionamiento de los distintos órganos del Municipio
Controlar, vigilar y fiscalizar los ingresos, gastos y bienes municipales, así como las operaciones relativas a los mismos Crear, recaudar e invertir sus ingresos.
Las demás actuaciones relativas a los asuntos propios de la vida local Conforme a su naturaleza.
Crear parroquias y otras entidades locales
Gestionar las
materias de su competencia.