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Instituto de Estudios Superiores en Administración Pública

Campus Chihuahua

Sistema Nacional Anticorrupción Sistema Nacional de Fiscalización Sistema Nacional de Transparencia

Auditoria Gubernamental DR. Alvarado Rodríguez Ernesto

L.A. Ricardo Hernández Mendoza

Octubre 2017

INDICE

Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) ....................................................................................... 3 LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN ....................................... 3 Sistema Nacional de Fiscalización (SNF)..................................................................................... 5 Antecedentes ................................................................................................................................ 5 Metas .............................................................................................................................................. 7 Sistema Nacional de Transparencia (SNT) .................................................................................. 8 Antecedentes ................................................................................................................................ 8 Integrantes ..................................................................................................................................... 8 Conclusiones y aportaciones .......................................................................................................... 9

Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) El Sistema Nacional Anticorrupción1 coordina a actores sociales y a autoridades de los distintos órdenes de gobierno, a fin de prevenir, investigar y sancionar la corrupción Por primera vez se unen esfuerzos institucionales que apoyados por la transparencia y rendición de cuentas, buscan fortalecer la confianza de los ciudadanos en las instituciones en un marco de promoción de la legalidad y las buenas prácticas. La promulgación de la Reforma Constitucional que crea el Sistema Nacional Anticorrupción, representa un avance histórico para el país en la lucha contra la corrupción. Las reformas constitucionales en materia anticorrupción se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 27 de mayo de 2015, y son la base que da sustento a toda la legislación secundaria en la materia. El 18 de julio de 2016 fueron publicadas en el DOF las leyes secundarias que dan vida al Sistema Nacional Anticorrupción

LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL ANTICORRUPCIÓN2 Artículo 1. La presente Ley es de orden público, de observancia general en todo el territorio nacional y tiene por objeto establecer las bases de coordinación entre la Federación, las entidades federativas, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México, para el funcionamiento del Sistema Nacional previsto en el artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que las autoridades competentes prevengan, investiguen y sancionen las faltas administrativas y los hechos de corrupción. Artículo 2. Son objetivos de esta Ley: I.

Establecer mecanismos de coordinación entre los diversos órganos de combate a la corrupción en la Federación, las entidades federativas, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México;

II.

Establecer las bases mínimas para la prevención de hechos de corrupción y faltas administrativas;

III.

Establecer las bases para la emisión de políticas públicas integrales en el combate a la corrupción, así como en la fiscalización y control de los recursos públicos;

1

https://www.gob.mx/sfp/acciones-y.../sistema-nacional-anticorrupcion-64289

2

www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LGSNA.doc

IV.

Establecer las directrices básicas que definan la coordinación de las autoridades competentes para la generación de políticas públicas en materia de prevención, detección, control, sanción, disuasión y combate a la corrupción;

V.

Regular la organización y funcionamiento del Sistema Nacional, su Comité Coordinador y su Secretaría Ejecutiva, así como establecer las bases de coordinación entre sus integrantes;

VI.

Establecer las bases, principios y procedimientos para la organización y funcionamiento del Comité de Participación Ciudadana;

VII.

Establecer las bases y políticas para la promoción, fomento y difusión de la cultura de integridad en el servicio público, así como de la rendición de cuentas, de la transparencia, de la fiscalización y del control de los recursos públicos;

VIII.

Establecer las acciones permanentes que aseguren la integridad y el comportamiento ético de los Servidores públicos, así como crear las bases mínimas para que todo órgano del Estado mexicano establezca políticas eficaces de ética pública y responsabilidad en el servicio público;

IX.

Establecer las bases del Sistema Nacional de Fiscalización, y

X.

Establecer las bases mínimas para crear e implementar sistemas electrónicos para el suministro, intercambio, sistematización y actualización de la información que generen las instituciones competentes de los órdenes de gobierno.

Artículo 6. El Sistema Nacional tiene por objeto establecer principios, bases generales, políticas públicas y procedimientos para la coordinación entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno en la prevención, detección y sanción de faltas administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de recursos públicos. Es una instancia cuya finalidad es establecer, articular y evaluar la política en la materia. Las políticas públicas que establezca el Comité Coordinador del Sistema Nacional deberán ser implementadas por todos los Entes públicos. La Secretaría Ejecutiva dará seguimiento a la implementación de dichas políticas. Artículo 7. El Sistema Nacional se integra por: I.

Los integrantes del Comité Coordinador;

II.

El Comité de Participación Ciudadana;

III.

El Comité Rector del Sistema Nacional de Fiscalización, y

IV.

Los Sistemas Locales, quienes concurrirán a través de sus representantes.

Capítulo IV De la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción Sección I De su organización y funcionamiento Artículo 24. La Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional es un organismo descentralizado, no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía técnica y de gestión, mismo que tendrá su sede en la Ciudad de México. Contará con una estructura operativa para la realización de sus atribuciones, objetivos y fines. Artículo 25. La Secretaría Ejecutiva tiene por objeto fungir como órgano de apoyo técnico del Comité Coordinador del Sistema Nacional, a efecto de proveerle la asistencia técnica así como los insumos necesarios para el desempeño de sus atribuciones, conforme a lo dispuesto en la fracción III del artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la presente Ley.

Sistema Nacional de Fiscalización (SNF) Antecedentes La idea de integrar un Sistema Nacional de Fiscalización3 (SNF) surge de la necesidad de formar un frente común, en todos los órdenes de gobierno y desde todos los ámbitos de análisis, para examinar, vincular, articular y transparentar la gestión gubernamental y el uso de los recursos públicos, con el fin de mejorar sustancialmente la rendición de cuentas a nivel nacional. Se puede afirmar que, en principio, en México existe un amplio nivel de control y supervisión, tanto al interior como al exterior de los distintos órganos que desempeñan funciones de gobierno. La Secretaría de la Función Pública, las Contralorías de las entidades federativas, la Auditoría Superior de la Federación, las Entidades de Fiscalización Superiores Locales, las Contralorías Municipales y las Contralorías Internas de los órganos constitucionalmente autónomos deberían de tener la capacidad de mantener una vigilancia permanente sobre el desempeño de los entes públicos. La lucha contra la opacidad, la discrecionalidad y la corrupción es un tema central en el discurso público y en el debate nacional. Por consiguiente, se han tomado acciones orientadas a mejorar la vinculación y coordinación, considerando que la desvinculación de los órganos de fiscalización, las diferencias en cuanto a mandatos, marcos legales, planeación de revisiones, metodologías por aplicar e, inclusive, calendarios de entrega de 3

www.snf.org.mx/

resultados, limitan el alcance de sus esfuerzos y, por lo mismo, la efectividad de las labores de los órganos en materia de auditoría gubernamental. Así, el 17 de febrero de 2010, durante la presentación del Informe del Resultado de Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2008 ante la Cámara de Diputados, se mencionó por primera vez la necesidad de establecer un Sistema Nacional de Fiscalización (SNF). El SNF, integrado por la Auditoría Superior de la Federación, la Secretaría de la Función Pública, los Órganos Internos de Control de la Administración Pública Federal, las Entidades de Fiscalización Superiores Locales y los Órganos Estatales de Control, han trabajado durante seis años en los que se realizaron seis reuniones plenarias donde las partes en colaboración han llevado a cabo acciones de coordinación en materia de fiscalización. En 2012, el SNF se alineó al cumplimiento de seis grandes metas acordadas por sus integrantes en la Tercera Reunión Plenaria, con la aprobación del Plan Estratégico 20132017.

Cabe destacar que, desde 2014, se invitaron a las contralorías internas de los organismos constitucionalmente autónomos para participar en las actividades del SNF. La inclusión de estas instancias permitió asegurar que los beneficios de la fiscalización se dirigieran a una mayor cobertura. Sin embargo, no es hasta 2015 que, en el marco del proceso legislativo que daría origen al Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), se reconoció al SNF en el “Dictamen en Sentido Positivo a las Iniciativas con Proyecto de Decreto por el que se Reforman, Adicionan y Derogan diversas Disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en Materia del Sistema Nacional Anticorrupción”, que a la letra señaló: “El Sistema Nacional de Fiscalización, en términos del Proyecto. Se inscribe como un subsistema consolidado y autónomo pero funcionando como eje central y pilar fundamental del Sistema Nacional Anticorrupción, de forma tal que las acciones emprendidas por el Estado para prevenir y sancionar la corrupción, no se llevarán a cabo en forma aislada o fragmentada, sino como un sistema integral articulado para prevenir y sancionar las responsabilidades administrativas y los hechos de corrupción, sea que éstas deriven del ejercicio indebido de los recursos públicos, o bien del incumplimiento de responsabilidades públicas que no se vinculan necesariamente con la hacienda pública.” Derivado de lo anterior y, considerando la aprobación de las reformas constitucionales que dan origen al SNA, el 22 de junio de 2015 se llevó a cabo el Relanzamiento del Sistema Nacional de Fiscalización, evento donde se firmaron las “Bases Operativas para el Funcionamiento del Sistema Nacional de Fiscalización”,[3] mismas que constituyen el marco que permitió orientar el trabajo de los integrantes del SNF, durante el período de diseño, elaboración y aprobación de las leyes secundarias que establecen las bases de coordinación del SNF como subsistema consolidado y autónomo que funge como eje central y pilar fundamental del SNA. Por ello, en las bases referidas se señala la composición, objetivos y estructura del SNF, así como las atribuciones de sus integrantes. Para consolidar lo anterior, el 18 de julio de 2016 se promulgó la legislación secundaria referente al SNA, misma que incluyó la publicación de la Ley General del Sistema Nacional

Anticorrupción (LGSNA),[4] en cuyo Título Tercero se señala la definición, integración y funcionamiento del SNF. El artículo 3 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción , fracción XII establece que el Sistema Nacional de Fiscalización (SNF) es el conjunto de mecanismos interinstitucionales de coordinación entre los órganos responsables de las tareas de auditoría gubernamental en los distintos órdenes de gobierno, con el objetivo de maximizar la cobertura y el impacto de la fiscalización en todo el país, con base en una visión estratégica, la aplicación de estándares profesionales similares, la creación de capacidades y el intercambio efectivo de información, sin incurrir en duplicidades u omisiones.

Metas Para la consolidación del Sistema Nacional de Fiscalización, se estructuró un Plan Estratégico vigente para el periodo 2013-2017. Este documento, aprobado por todos los miembros durante la Tercera Reunión Plenaria del SNF, celebrada el 23 de octubre de 2012, determina seis líneas estratégicas, a saber: 1. 2. 3. 4. 5.

Normas profesionales comunes a nivel nacional. Creación de capacidades. Intercambio de información y trabajo conjunto. Mejoras en el marco legal y operativo vinculado con la fiscalización. Mayor impacto de la labor de los órganos de auditoría gubernamental en el combate a la corrupción 6. Fortalecimiento del papel de la fiscalización en la promoción, determinación y financiamiento de responsabilidades a servidores públicos. De conformidad con el artículo 37 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, son integrantes del Sistema Nacional de Fiscalización: •

La Auditoría Superior de la Federación;



La Secretaría de la Función Pública;



Las Entidades de Fiscalización Superiores Locales, y

• Las secretarías o instancias homólogas encargadas del control interno en las entidades federativas. Es importante mencionar que el artículo 41 de la referida Ley señala que el Comité Rector del SNF podrá invitar a participar en actividades específicas del propio SNF a los órganos internos de control, así como a cualquier otra instancia que realice funciones de control, auditoría y fiscalización de recursos públicos.

Sistema Nacional de Transparencia (SNT)

Antecedentes Antes de la existencia del Sistema Nacional de Transparencia4, los órganos garantes locales de transparencia y acceso a la información pública se integraron de manera voluntaria en un espacio de intercambio de experiencias, reflexión, análisis y cooperación. Este espacio fue la Conferencia Mexicana para el Acceso a la Información Pública, la cuál fue constituida el 16 de junio de 2004 con la participación del entonces IFAI (hoy INAI) y ocho órganos garantes estatales; el acta constitutiva tuvo como testigos de honor al Dr. Mauricio Merino Huerta y al Dr. Ernesto Villanueva Villanueva. A lo largo de las subsecuentes reuniones fueron integrándose los demás órganos garantes locales hasta que se tuvo a la totalidad de las 33 instituciones (32 órganos garantes locales y el, entonces, IFAI). El Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, es una instancia de coordinación y deliberación, que tiene como objetivo la organización de los esfuerzos de cooperación, colaboración, promoción, difusión y articulación permanente en materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, de conformidad con lo señalado en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y demás normatividad aplicable. El Sistema Nacional es el espacio para construir una política pública integral, ordenada y articulada, con una visión nacional, con objeto de garantizar el efectivo ejercicio y respeto de los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales, promoviendo y fomentando una educación y cultura cívica de estos dos derechos en todo el territorio nacional. Se integra por el conjunto orgánico y articulado de sus miembros, procedimientos, instrumentos y políticas, con el objeto de fortalecer la rendición de cuentas del Estado Mexicano. El Sistema Nacional se conformará a partir de la coordinación que se realice entre las distintas instancias que, en razón de sus ámbitos de competencia, contribuyen a la vigencia de la transparencia a nivel nacional, en los tres órdenes de gobierno. Este esfuerzo conjunto e integral, contribuye a un federalismo eficiente y eficaz, caracterizado por su compromiso con la transparencia y la rendición de cuentas; a la generación de información de calidad; a la gestión de la información; al procesamiento de la misma como un medio para facilitar el conocimiento y evaluación de la gestión pública; a la promoción del derecho de acceso a la información y la difusión de una cultura de la transparencia y su accesibilidad; así como a una fiscalización y rendición de cuentas efectivas

Integrantes Son parte integrante del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales: 4

www.snt.org.mx/

1. El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales. 2. Los Organismos Garantes de las Entidades Federativas. 3. La Auditoría Superior de la Federación. 4. El Archivo General de la Nación. 5. El Instituto Nacional de Estadística y Geografía.

Conclusiones y aportaciones “En la historia hay momentos que dan la impresión; que, por todo el mundo, la gente se rebela, dice que algo va mal, y exige cambios”.5 La sociedad tienen el derecho de conocer y evaluar la aplicación de los recursos públicos “fiscalización”, contar un solo sistema de unifique criterios e información pero evitar la duplicidad y la desconfianza de los ciudadanos “anticorrupción” y un portal donde la información esté disponible para la consulta ciudadana de manera clara y sencilla “Transparencia”. Los tres sistemas emprendidos por la actual administración son parte del Programa “Gobierno Cercano y Moderno”, que busca contar con un gobierno orientado a resultados, eficiente, con mecanismos de evaluación que permitan mejorar su desempeño y la calidad de los servicios; que simplifique la normatividad y trámites gubernamentales, rinda cuentas de manera clara y oportuna a la ciudadanía, que optimice el uso de los recursos públicos. Además, se institucionaliza una demanda ciudadana; Que exige un alto a la malversación de recursos, por parte de los servidores públicos y funcionarios. Los cuales únicamente hacen negocios privados con recursos públicos. Solo buscan el beneficio personal y familiar, dejando de lado uno de los principales papales del Estado que es la satisfacción de las demandas ciudadanas. Algo no está bien, no funciona como se esperaba, no es posible la acumulación de tanta riqueza y poder en manos de unos cuantos, para usarlo solo para su beneficio personal, debemos generar un cambio participar como sociedad, critica e informada, en las decisiones de gobierno. Se debe cambiarla la forma de hacer políticas. Pero ¿Como hacerlo? ¿Qué hacer?, un primer paso es la participación ciudadana en las decisiones del gobierno conocer como nos impactan, como podríamos obtener los mejores beneficios, siendo capaces de influir en el futuro decidiendo en el presente, después de ahí sería recomendable recuperar la inversión en los servicios públicos que el gobierno ha olvidado, como educación, salud, infraestructura de inversión, redistribución de la riqueza, mediante gasto de inversión. En su momento la constitución de 1917 contemplaba las demandas de una sociedad posrevolucionaria, que buscaba generar un cambio político y social, pero cada vez estaos lejos de ese cambio.

5

El precio de la desigualdad, J. Stiglitz

Surge la necesidad una clase de servidores y funcionarios públicos, profesionales y profesionistas en el desempeño de su trabajo, una sociedad interesada, en la rendición cuentas, critica y analítica. Una sociedad diferente.

“Un estado abierto es un estado transparente”