Antiplagio Borrador Tesis

UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN CRISTÓBAL DE HUAMANGA VICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN MEMORANDO MÚLTIPLE N° 014-2021-UNSCH

Views 158 Downloads 4 File size 4MB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN CRISTÓBAL DE

HUAMANGA VICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN

MEMORANDO MÚLTIPLE N° 014-2021-UNSCH-VRI SEÑORES

:

Director de la Escuela de Posgrado Decano de la Facultad de Ciencias Agrarias Decano de la Facultad de Ciencias Biológicas Decano de la Facultad de Ciencias de la Educación Decano de la Facultad de Cs. Económicas, Administrativas y Contables Decano de la Facultad de Ciencias Sociales Decano de la Facultad de Derecho y Cs. Políticas Decano de la Facultad de Ing. Minas, Geología y Civil Decano de la Facultad de Ing. Química y Metalurgia Decana de la Facultad de Ciencias de la Salud

ASUNTO FECHA

:

Implementación del Reglamento de Originalidad de Trabajos de Investigación de la UNSCH : 31 de marzo de 2021

Previo un cordial saludo, me dirijo a Uds. con la finalidad de manifestarles que algunos Decanos de Facultad, están solicitando que el Vicerrectorado de Investigación implemente el Reglamento de Originalidad de Trabajos de Investigación de la UNSCH, aprobado con Resolución del Consejo Universitario Nº 039-2021-UNSCH-CU de fecha 16 de marzo del año en curso, sobre el tema se les recuerda que de acuerdo a dicho Reglamento y especialmente a la Tercera Disposición Complementaria, las Facultades y la Escuela de Posgrado, deben implementar en coordinación con la Oficina General de Informática y Sistemas, en el plazo establecido, según el citado Reglamento. Lo que comunico a Uds. para los fines pertinente. Se anexa la Resolución y Reglamento.

Atentamente,

Dr. J. Ranulfo Cavero Carrasco Vicerrector de Investigación – UNSCH

C.C. Archivo JRCC/dmg

DIRECCIÓN: Portal Municipal N° 50 (Plaza Mayor de Ayacucho). Teléfono Fijo: 066 312381. Cel. Secretaria: 966101087. Correo Electrónico: [email protected]

1

IIIIEIIIIAI IACIIIAL IE IAI CIIIT.IAL IE IIA■AIIA RESOLUCIÓN DEL CONSEJO UNIVERSITARIO Nº

03\J

-2021-UNSCH-CU Ayacucho,

1 6 MAR 2021

VISTOS: El Proveído N° 244-2021-R del Rectorado, el Memorando Nº 070-2021UNSCH-VRI del Vicerrectorado de Investigación y la Opinión Legal Nº 047-2021OGAJ-UNSCH de la Oficina General de Asesoría Jurídica sobre aprobación del Reglamento de Originalidad de Trabajos de Investigación de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga; y CONSIDERANDO: Que, el artículo 18º de la Constitución Política del Perú establece que cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes; Que, de conformidad con el artículo 48º de la Ley Universitaria Nº 30220, la investigación constituye una función esencial y obligatoria de la universidad, que la fomenta y realiza, respondiendo a través de la producción de conocimiento y desarrollo de tecnologías a las necesidades de la sociedad, con especial énfasis en la realidad nacional. Los docentes, estudiantes y graduados participan en la actividad investigadora en su propia institución o en redes de investigación nacional o internacional, creadas por las instituciones universitarias públicas o privadas; Que, en armonía con el artículo 8°, numeral 8.2 del Reglamento del Registro Nacional de Trabajos de Investigación para optar Grados Académicos y Títulos Profesionales, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 033-2016SUNEDU/CD, las universidades, instituciones y escuelas de educación superior son responsables de implementar en sus procedimientos y normativa interna, las medidas conducentes a proteger los datos personales y la propiedad intelectual; de conformidad con el marco normativo específico vigente en el país y disponiendo para ello las medidas pertinentes, a fin de evitar el plagio, con las responsabilidades que su incumplimiento acarrea en materia administrativa, civil y penal; Que, a través del Memorando N° 070-2021-UNSCH-VRI, de fecha 10 de marzo de 2021, el Vicerrectorado de Investigación ha remitido el Reglamento de Originalidad de Trabajos de Investigación de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga; Que, resulta necesario aprobar el Reglamento de Originalidad de Trabajos de Investigación de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga, en el marco de la normatividad vigente: Estando a la Opinión Legal Nº 047-2021-OGAJ-UNSCH de la Oficina General de Asesoría Jurídica; de conformidad con lo dispuesto por el artículo 59", numeral 59.2 de la Ley Universitaria N" 30220, el articulo 270", numeral 2 del Estatuto de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga y a lo acordado por el Consejo Universitario, en sesión de fecha 12 de marzo de 2021;

1

IIIIEIIIIII IICIIIIL IE 111 CIIIT.IIL IE 11111111 RESOLUCIÓN DEL CONSEJO UNIVERSITARIO

Nº 03�

-2021-UNSCH-CU -02-

El Rector, en uso de las facultades que le confiere la ley;

RESUELVE:

Artículo 1°.- APROBAR el Reglamento de Originalidad de Trabajos de Investigación de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga, que consta de seis (06) capítulos, treinta y cuatro (34) articulas, cuatro (04) disposiciones complementarias y una (01) disposición final, el mismo que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2º.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.

�"""" .... . ,.,,._, · t�!:• �Jf.i;,'► ?.,},m NTONIÓ