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CUADRO COMPARATIVO DE LAS RESOLUCIONES SOBRE EL COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL Actividad 5 Unidad 2 Por Angie Yuraima Q

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CUADRO COMPARATIVO DE LAS RESOLUCIONES SOBRE EL COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL Actividad 5 Unidad 2

Por

Angie Yuraima Quintero Beltran ID: 708366 Edgar Nevardo Guevara Rodríguez ID 707960 Luz Helena Muñoz ID 704742 Mery Yiceth Huérfano ID 709165

Nombre del Docente Alexander Arbeláez Soto

CORPORACIÓN UNIVERSITARIA MINUTO DE DIOS FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES ADMINISTRACIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO MODALIDAD VIRTUAL Y DISTANCIA RIESGOS PSICOSOCIALES BOGOTÁ JULIO, 2020. 1

CUADRO COMPARATIVO RESOLUCIONES 652 DE 2012 Y 1356 DE 2012 SOBRE EL COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL. DIFERENCIAS RESOLUCIÓN 652 DE 2012: Por la cual se RESOLUCIÓN 1356 DE 2012: Por la establece la conformación y funcionamiento del cual se modifica parcialmente la Comité de Convivencia Laboral en entidades Resolución 652 de 2012 públicas y empresas privadas y se dictan otras disposiciones.

OBJETIVO

Definir medidas preventivas, correctivas sobre el acoso laboral. Esto aplica para empresas públicas y privadas. Si la empresa cuenta con menos de 10 trabajadores contara con un representante por parte del empleador y uno por parte de los trabajadores; si son de entre 11 y 50 servidores públicos o trabajadores, el Comité estará conformado por cuatro (4) miembros, dos (2) representantes de los trabajadores y dos (2) del empleador. Entre 51 a 500 servidores públicos o trabajadores, el Comité estará conformado por seis (6) miembros, tres (3) representantes de los trabajadores y (3) tres del empleador.

El Ministerio considera necesario ampliar el plazo a las empresas tanto públicas como privadas en donde se conforme un comité de convivencia laboral y evitar respectivas multas. En este comité se deben elegir dos representantes por parte del empleador, con sus suplentes, y por parte del grupo trabajador también debe elegirse dos representantes con sus respectivos suplentes; en dado caso de que la empresa cuente con menos de 20 trabajadores solo se elegirá un representante tanto del empleador como por los trabajadores.

El número de servidores públicos o trabajadores Se modifico el art 3. Estará compuesto que integrará el Comité, depende del tamaño de por dos (2) representantes del la entidad pública o empresa privada, así: empleador y dos (2) de los trabajadores, con sus respectivos suplentes. Las 1. Con 10 o menos servidores públicos o entidades públicas y empresas privadas NÚMERO DE trabajadores, el Comité estará conformado por podrán de acuerdo a su organización INTEGRANTES dos (2) miembros, un (1) representante de los interna designar un mayor número de DEL COMITÉ trabajadores y uno (1) del empleador. representantes, los cuales en todo caso 2. Entre 11 y 50 servidores públicos o serán iguales en ambas partes. trabajadores, el Comité estará conformado por En el caso de empresas con menos de cuatro (4) miembros, dos (2) representantes de los veinte (20) trabajadores, dicho comité trabajadores y dos (2) del empleador. estará conformado por un representante 3. Entre 51 a 500 servidores públicos o de los trabajadores y uno (1) del trabajadores, el Comité estará conformado por 2

seis (6) miembros, tres (3) representantes de los empleador, trabajadores y (3) tres del empleador. suplentes.

con

sus

respectivos

4. Con más de 501 servidores públicos o trabajadores, el Comité estará conformado por ocho (8) miembros, cuatro (4) representantes de los trabajadores y cuatro (4) del empleador.

NUMERO DE COMITÉS EN UNA EMPRESA

TIEMPO DE CADA REUNIÓN

PERIODO DE TRANSICIÓN

Las entidades públicas y las empresas privadas que posean dos (2) o más centros de trabajo, teniendo en cuenta su organización interna, deberán conformar los comités de convivencia laboral para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución, uno de nivel central y otro adicional por cada centro de trabajo.

Se modifico el art 4.

Deberán conformar un (1) comité por empresa y podrán voluntariamente integrar comités de convivencia laboral adicionales, de acuerdo a su Cada comité estará compuesto por representantes organización interna, por regiones geográficas o departamentos o del empleador y los trabajadores municipios del país. En las entidades públicas y empresas privadas con menos de diez trabajadores solamente se conformará un Comité de Convivencia Laboral de nivel central. Se reunirá ordinariamente por lo menos una (1) vez al mes, sesionará con la mitad más uno de sus integrantes y extraordinariamente cuando se presenten casos que requieran de su inmediata intervención y podrá ser convocado por cualquiera de sus integrantes.

Se modifico el art 9; El Comité de Convivencia Laboral se reunirá ordinariamente cada tres (3) meses y sesionará con la mitad más uno de sus integrantes y extraordinariamente cuando se presenten casos que requieran de su inmediata intervención En las empresas de diez (10) o menos y podrá ser convocado por cualquiera trabajadores, el Comité sesionará con los dos (2) de sus integrantes”. integrantes del mismo. Se modifico el art 14; las entidades públicas y las empresas privadas Las entidades públicas o empresas privadas dispondrán hasta el 31 de diciembre de dispondrán hasta de tres (3) meses, contados a 2012, para implementar las partir de la publicación de la presente resolución disposiciones contenidas en la presente para implementar su contenido. resolución”.

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SEMEJANZAS Es un grupo de vigilancia de conformación obligatoria por parte de los empleados públicos y DEFINICIÓN privados cuya finalidad es contribuir a la DEL COMITÉ protección de los trabajadores ayudándolos a DE mitigar los riesgos que pueden afectar a la salud CONVIVENCIA de los mismo entre ellos están el estrés LABORAL ocupacional y el acoso laboral

Contribuir con los mecanismos alternos a los establecidos en los estatutos de las organizaciones. La prevención y solución de las situaciones causadas por las conductas del acoso laboral de los trabajadores con el fin de promover unas condiciones dignas y justas

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Conclusiones

Este trabajo tenía como finalidad describir las diferencias y semejanzas de las Resoluciones 652 y 1356 de 2012, que tiene un motivo; que es crear el comité de convivencia laboral para proteger y abogar por los trabajadores que estén siendo afectados por el acoso laboral. Además, cabe resaltar que tienen un mismo objetivo en común, gracias al cuadro comparativo se puede especificar más fácilmente la información que nos quiere indicar cada una de las resoluciones para tener en cuenta en las entidades públicas o empresas privadas.

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Referencias

Referencias trabajo, M. d. (18 de JULIO de 2012). Recuperado el 12 de JULIO de 2020, de https://www.mintrabajo.gov.co/documents/20147/45107/resolucion_00001356_de_2012.pdf/1 fb4a978-0a6b-de95-2197-7ff9c0767fcc

trabajo, M. d. (30 de ABRIL de 2012). Alcaldia mayor de bogota. Recuperado el 12 de JULIO de 2020, de https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=47374

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