Actividad #5 Cuadro Comparativo

CUADRO COMPARATIVO RESOLUCIONES SOBRE EL COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL DIANA RONCANCIO I.D: 654169 YURANY BAQUERO I.

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CUADRO COMPARATIVO RESOLUCIONES SOBRE EL COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL

DIANA RONCANCIO

I.D: 654169

YURANY BAQUERO

I.D: 646526

DANIELA BASTIDAS

I.D: 669991

EMILY BERNAL

I.D: 654164

DOCENTE ALEXANDER ARBELAEZ SOTO

CORPORACIÓN UNIVERSITARIA MINUTO DE DIOS BOGOTÁ RIESGO PSICOSOCIAL JULIO 2019 RESOLUCIÓN 652 DE 2012 Y LA RESOLUCIÓN 1356 DEL 2012

DIFERENCIAS Y SEMEJANZAS

DIFERENCIAS Y SEMEJANZAS

RESOLUCIÓN 652 DE 2012

RESOLUCIÓN 1356 DE 2012

Está en la obligación de conformar el comité de

El Comité de Convivencia Laboral estará compuesto

convivencia laboral en las empresas tanto del

por dos (2) representantes del empleador y dos (2) de

sector público y como privado. En cada uno de

los trabajadores, con sus respectivos suplentes. Las

los centros de trabajo que exista debería

entidades públicas y empresas privadas podrán de

constituir un comité en cada una de ellas.

acuerdo a su organización interna designar un mayor número de representantes, los cuales en todo caso serán iguales en ambas partes. Solo se constituye un comité de convivencia.

Define la composición del comité laboral, aquí

Está en la obligación de conformar el comité de

se define las responsabilidades de cada

convivencia laboral en las empresas tanto del sector

integrante frente a las medidas de prevención y

público y como privado.

correctivas sobre el acoso laboral. El comité está compuesto por dos

El comité está compuesto por dos representantes del

representantes del empleador y dos de los

empleador, y dos trabajadores con sus respectivos

trabajadores con sus respectivos suplentes.

suplentes.

REUNIONES:

REUNIONES:

El comité de convivencia laboral se reunirá

El comité de convivencia laboral se reunirá

por lo menos una vez al mes sesionará con la

ordinariamente cada 3 meses y sesionara con la mitad

mitad más uno de sus integrantes, y cuando se

mas de uno de sus integrantes y extraordinariamente

presenten casos extraordinarios que se

cuando se presenten casos que requieran de su

requieran de su inmediata intervención

inmediata intervención y podrá ser convocado por

asimismo podrá ser convocado por cualquiera

cualquiera de sus integrantes.

de sus integrantes PERIODO DE TRANSICIÓN:

PERIODO DE TRANSICIÓN:

Las entidades públicas o empresas privadas

Las entidades públicas y empresas privadas

dispondrán hasta 3 meses, contados a partir de

dispondrán hasta el 31 de diciembre del 2012 para

la publicación del presente resolución para

implementar las disposiciones contenidas en la

implementar contenido

presente resolución.

OBJETIVOS:

OBJETIVOS:

Es definir la conformación y funcionamiento

Es ampliar el plazo máximo para que todas las

del comité de convivencia laboral en entidades

entidades públicas y empresas privadas conformen el

públicas y empresas privadas y establece la

comité de convivencia laboral, y así evitar el pago de

responsabilidad que les asiste a dichas entidades multas, este plazo va hasta el 31 de diciembre. frente al desarrollo de medidas preventivas y correctivas del acoso laboral.

CONFORMACIÓN DEL COMITÉ:

CONFORMACIÓN DEL COMITÉ:

Está compuesto por dos representantes por parte del

Si la empresa cuenta con menos de 10

empleador y sus respectivos suplentes y por parte de

trabajadores estará compuesta por un

los trabajadores escogen otros 2 con sus respectivos

representante del empleador y otro de los

suplentes , cuando las entidades cuentan con menos

trabajadores, pero sí cuenta con 11 y 50

de 20 trabajadores estará conformada tan solo por 1

trabajadores su conformación es de 2

representante de los trabajadores y 1 del empleador y

representantes por parte del trabajador y 2 por

ambos deben tener su respectivo suplente

parte del empleador, entre 51 y 500 trabajadores estará conformado por 3 representantes de los trabajadores y 3 del empleador pero si es mas de 501 trabajadores el comité estará conformado por 4 representantes de los trabajadores y 4 del empleador DEFINICIÓN DEL COMITÉ DE

DEFINICIÓN COMITÉ DE CONVIVENCIA

CONVIVENCIA LABORAL:

LABORAL:

Es un grupo de vigilancia de conformación

Contribuir con los mecanismos alternos a los

obligatoria por parte de los empleados públicos

establecidos en los estatutos de las organizaciones la

y privados cuya finalidad es contribuir a la

prevencion y solucion de las situaciones causadas por

protección de los trabajadores ayudando a

la conductas del acoso laboral de los trabajadores con

mitigar los riesgos que puede afectar a la salud

el fin de remover unas condiciones dignas y justas.

de los mismos entre ellos estamos estrés ocupacional y alcohol laboral. No podrán pertenecer al comité las personas

CALIDAD:

quienes se les haya formulado una queja de

Los integrantes del Comité preferiblemente contarán

acoso laboral o hayan sido víctimas 6 meses

con competencias actitudinales y comportamentales,

anteriores.

tales como respeto, imparcialidad, tolerancia, serenidad, confidencialidad, reserva en el manejo de

información y ética; así mismo habilidades de comunicación asertiva, liderazgo y resolución de conflictos. IMPEDIMENTO: El Comité de Convivencia Laboral de entidades públicas y empresas privadas no podrá conformarse con servidores públicos o trabajadores a los que se les haya formulado una queja de acoso laboral, o que hayan sido víctimas de acoso laboral, en los seis (6) meses anteriores a su conformación.