CUADRO COMPARATIVO RESOLUCIONES SOBRE EL COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL DIANA RONCANCIO I.D: 654169 YURANY BAQUERO I.
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CUADRO COMPARATIVO RESOLUCIONES SOBRE EL COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL
DIANA RONCANCIO
I.D: 654169
YURANY BAQUERO
I.D: 646526
DANIELA BASTIDAS
I.D: 669991
EMILY BERNAL
I.D: 654164
DOCENTE ALEXANDER ARBELAEZ SOTO
CORPORACIÓN UNIVERSITARIA MINUTO DE DIOS BOGOTÁ RIESGO PSICOSOCIAL JULIO 2019 RESOLUCIÓN 652 DE 2012 Y LA RESOLUCIÓN 1356 DEL 2012
DIFERENCIAS Y SEMEJANZAS
DIFERENCIAS Y SEMEJANZAS
RESOLUCIÓN 652 DE 2012
RESOLUCIÓN 1356 DE 2012
Está en la obligación de conformar el comité de
El Comité de Convivencia Laboral estará compuesto
convivencia laboral en las empresas tanto del
por dos (2) representantes del empleador y dos (2) de
sector público y como privado. En cada uno de
los trabajadores, con sus respectivos suplentes. Las
los centros de trabajo que exista debería
entidades públicas y empresas privadas podrán de
constituir un comité en cada una de ellas.
acuerdo a su organización interna designar un mayor número de representantes, los cuales en todo caso serán iguales en ambas partes. Solo se constituye un comité de convivencia.
Define la composición del comité laboral, aquí
Está en la obligación de conformar el comité de
se define las responsabilidades de cada
convivencia laboral en las empresas tanto del sector
integrante frente a las medidas de prevención y
público y como privado.
correctivas sobre el acoso laboral. El comité está compuesto por dos
El comité está compuesto por dos representantes del
representantes del empleador y dos de los
empleador, y dos trabajadores con sus respectivos
trabajadores con sus respectivos suplentes.
suplentes.
REUNIONES:
REUNIONES:
El comité de convivencia laboral se reunirá
El comité de convivencia laboral se reunirá
por lo menos una vez al mes sesionará con la
ordinariamente cada 3 meses y sesionara con la mitad
mitad más uno de sus integrantes, y cuando se
mas de uno de sus integrantes y extraordinariamente
presenten casos extraordinarios que se
cuando se presenten casos que requieran de su
requieran de su inmediata intervención
inmediata intervención y podrá ser convocado por
asimismo podrá ser convocado por cualquiera
cualquiera de sus integrantes.
de sus integrantes PERIODO DE TRANSICIÓN:
PERIODO DE TRANSICIÓN:
Las entidades públicas o empresas privadas
Las entidades públicas y empresas privadas
dispondrán hasta 3 meses, contados a partir de
dispondrán hasta el 31 de diciembre del 2012 para
la publicación del presente resolución para
implementar las disposiciones contenidas en la
implementar contenido
presente resolución.
OBJETIVOS:
OBJETIVOS:
Es definir la conformación y funcionamiento
Es ampliar el plazo máximo para que todas las
del comité de convivencia laboral en entidades
entidades públicas y empresas privadas conformen el
públicas y empresas privadas y establece la
comité de convivencia laboral, y así evitar el pago de
responsabilidad que les asiste a dichas entidades multas, este plazo va hasta el 31 de diciembre. frente al desarrollo de medidas preventivas y correctivas del acoso laboral.
CONFORMACIÓN DEL COMITÉ:
CONFORMACIÓN DEL COMITÉ:
Está compuesto por dos representantes por parte del
Si la empresa cuenta con menos de 10
empleador y sus respectivos suplentes y por parte de
trabajadores estará compuesta por un
los trabajadores escogen otros 2 con sus respectivos
representante del empleador y otro de los
suplentes , cuando las entidades cuentan con menos
trabajadores, pero sí cuenta con 11 y 50
de 20 trabajadores estará conformada tan solo por 1
trabajadores su conformación es de 2
representante de los trabajadores y 1 del empleador y
representantes por parte del trabajador y 2 por
ambos deben tener su respectivo suplente
parte del empleador, entre 51 y 500 trabajadores estará conformado por 3 representantes de los trabajadores y 3 del empleador pero si es mas de 501 trabajadores el comité estará conformado por 4 representantes de los trabajadores y 4 del empleador DEFINICIÓN DEL COMITÉ DE
DEFINICIÓN COMITÉ DE CONVIVENCIA
CONVIVENCIA LABORAL:
LABORAL:
Es un grupo de vigilancia de conformación
Contribuir con los mecanismos alternos a los
obligatoria por parte de los empleados públicos
establecidos en los estatutos de las organizaciones la
y privados cuya finalidad es contribuir a la
prevencion y solucion de las situaciones causadas por
protección de los trabajadores ayudando a
la conductas del acoso laboral de los trabajadores con
mitigar los riesgos que puede afectar a la salud
el fin de remover unas condiciones dignas y justas.
de los mismos entre ellos estamos estrés ocupacional y alcohol laboral. No podrán pertenecer al comité las personas
CALIDAD:
quienes se les haya formulado una queja de
Los integrantes del Comité preferiblemente contarán
acoso laboral o hayan sido víctimas 6 meses
con competencias actitudinales y comportamentales,
anteriores.
tales como respeto, imparcialidad, tolerancia, serenidad, confidencialidad, reserva en el manejo de
información y ética; así mismo habilidades de comunicación asertiva, liderazgo y resolución de conflictos. IMPEDIMENTO: El Comité de Convivencia Laboral de entidades públicas y empresas privadas no podrá conformarse con servidores públicos o trabajadores a los que se les haya formulado una queja de acoso laboral, o que hayan sido víctimas de acoso laboral, en los seis (6) meses anteriores a su conformación.