Actividad 1 Legislacion en Riesgo Psicosocial

ACTIVIDAD 1 - LEGISLACIÓN EN RIESGO PSICOSOCIAL Presentado Por: MABEL XIMENA ARTUNDUAGA MORA Presentado A: CORPORACIÓ

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ACTIVIDAD 1 - LEGISLACIÓN EN RIESGO PSICOSOCIAL

Presentado Por: MABEL XIMENA ARTUNDUAGA MORA

Presentado A:

CORPORACIÓN UNIVERSITARIA IBEROAMERICANA FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES ESPECIALIZACIÓN EN GERENCIA DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO BOGOTA D.C. 2019

GLOSARIO Entorno de trabajo saludable: Es el lugar en el cual se realizan las actividades diarias laborales, llevando a cabo procesos de mejora continua que promueven la protección de la salud y seguridad de los trabajadores. Seguridad y salud en el trabajo: Es aquella disciplina enfocada a la prevención de todas las lesiones y enfermedades que se generan por la actividad diaria en el entorno laboral sobre los trabajadores, mediante el logro del bienestar físico, mental y social de los empleados y el mejoramiento de las condiciones de su ambiente laboral. Accidente de trabajo: Es aquel suceso infortunado que se presenta durante la realización de una actividad laboral específica del cargo u otra ordenada por el empleador o actividad empresarial, generado por un acto o condición insegura en donde su consecuencia sea una lesión o la muerte del trabajador. Sistema general de riesgos laborales: Son aquellas entidades públicas y privadas, normas y procedimientos que buscan la prevención, protección y atención de todas aquellas enfermedades y accidentes a los que están expuestos los empleados en sus lugares de trabajo. Afiliación al sistema general de riesgos laborales: Es un seguro de la seguridad social, cuyo objetivo es la protección de la salud y atención de contingencias propias de la actividad laboral, otorga el derecho a los servicios de salud y reconocimiento económico según sea el caso. ¿Quiénes deben afiliarse en forma obligatoria al Sistema General de Riesgos Laborales? Se deben afiliar en forma obligatoria al SGRL: 1. Los trabajadores dependientes. 2. Los jubilados o pensionados que se reincorporen como trabajadores dependientes. 3. Los servidores públicos (incluye a los concejales y ediles) 4. Los vinculados con contrato de prestación de servicios con una duración superior a un mes. 5. Los estudiantes que deban ejecutar trabajos que signifiquen fuente de ingreso para la respectiva institución o cuyo entrenamiento o actividad formativos son requisito para la culminación de sus estudios. 6. Los trabajadores independientes que laboren en actividades de alto riesgo. 7. Los miembros de las agremiaciones o asociaciones cuyos trabajos signifiquen fuente de ingreso para la institución. 8. Los afiliados a las Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado.

9. Los miembros activos del Subsistema Nacional de primera respuesta. (Defensa Civil Colombiana, Cruz Roja Colombiana, Cuerpos de Bomberos). 10. Aprendices del Sena, fase práctica. Cobertura en riesgos laborales: Cubre los servicios de salud y reconocimiento económico según enfermedad o accidente laboral, su cobertura inicia el día siguiente de la afiliación del empleado por parte de la empresa a la administradora de riesgos laborales escogida. Cotización de seguridad social: Es la obligación a realizar aportes de recursos económicos por parte de la empresa y los trabajadores al Sistema de la Seguridad Social en virtud de su inclusión en dicho Sistema, por el ejercicio de una actividad laboral los cuales se destinan a pagar gastos como la cobertura sanitaria, las pensiones o las prestaciones por desempleo, entre otros. ¿Cuál es el monto de la cotización al Sistema General de Riesgos Laborales? Para todos los casos, el monto de las cotizaciones no podrá ser inferior al 0.348% ni superior al 8.7% del Ingreso Base de Cotización (IBC) de los trabajadores. Este porcentaje, corresponde a la clase de riesgo (de I a V) de la actividad económica sobre la cual se está cotizando. Pensión de invalidez: Es el pago que se realiza de forma regular como ayuda económica en caso de que el empleado haya perdido el 50% o más de su capacidad laboral como consecuencia de un accidente o enfermedad laboral. Portabilidad en salud: Garantía que se da a la persona afiliada al sistema general de seguridad social para acceder a los servicios de salud sin trámites excesivos e innecesarios, en cualquier parte del territorio nacional. Movilidad en el sistema general de seguridad social en salud: Es un mecanismo que permite a los afiliados continuar inscritos en la misma EPS, así: Si está afiliado al Régimen Subsidiado y consigue empleo puede permanecer en la misma EPS con su núcleo familiar, para lo cual, debe reportar a su empleador y éste, comunicar a la EPS la novedad. - Si está afiliado al Régimen Contributivo y pierde su capacidad de pago y se encuentra en los niveles I o II del SISBEN, puede continuar en la misma EPS con su núcleo familiar, para lo cual, deberá comunicar a la EPS la novedad. Resolución 2646 del 2008: Ley aprobada en el congreso en el mes de Julio del año 2008, cuya finalidad es la identificación, evaluación, prevención, intervención y

monitoreo de la exposición de los riesgos psicosociales a los que está expuesto el empleado en el lugar de trabajo. Gestión organizacional: Es aquella administración del talento humano, en términos de planeación, organización, desarrollo y coordinación de actividades, en busca del logro de objetivos en la identificación de factores de riesgo en el trabajo. Condiciones del medio ambiente del trabajo: Son los aspectos de trabajo en los que se encuentra rodeado el empleado con posibles consecuencias negativas para la salud tales como temperatura, ruido, iluminación, vibración, ventilación, factores químicos, condiciones del puesto, saneamiento, entre otros. Jornada de trabajo: Número de horas que el empleado trabaja efectivamente en una jornada u día según contrato firmado por él y la compañía. Factores psicosociales extra laborales: Son aquellos factores que se encuentran por fuera del ámbito laboral y que deben ser evaluados por los empleadores tales como: Utilización del tiempo libre de los empleados, tiempos de desplazamiento y medio de transporte utilizados por el empleado, grupos sociales o de familia, características de vivienda del empleado. Factores psicosociales individuales: Son aquellos factores o característica de cada persona y que deben ser identificadas y evaluados por el empleador tales como: Sexo, edad, escolaridad, convivencia en pareja, personas a cargo, ocupación, área de trabajo, cargo, tiempo de antigüedad en el cargo, entre otros. Acoso laboral: Trato hostil al que es sometido el empleado en el ámbito laboral de forma sistemática, que le provoca problemas psicosociales y profesionales. Modalidades de acoso laboral: Maltrato laboral, violencia física o verbal, persecución laboral, actos reiterados arbitrarios, discriminación laboral, inequidad laboral, desprotección laboral, órdenes no adecuadas, entre otros. Ley 1010 del 2006: Esta ley tiene como objeto definir, prevenir, corregir y sancionar las diversas formas de agresión, maltrato, trato desconsiderado y ofensivo sobre el empleado por parte del empleador que se ejercen sobre las actividades que este primero realiza en el contexto de su relación laboral. Aplicación y no aplicación de la Ley 1010 del 2006: Aplicable a los trabajadores del sector privado y público, no aplica a relaciones civiles y/o comerciales derivadas de contratos de prestación de servicios en los que no hay relación de jerarquía, contratación administrativa.

Bibliografía

-Cuero, D. (2014, 3 de octubre) MARCO LEGAL DE RIESGO PSICOSOCIAL COLOMBIA [Archivo de video] https://www.youtube.com/watch?v=zzIm2eFEsWY - Aseguramiento en riesgos laborales, 2012. https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/VP/DOA/RL/Asegura miento%20en%20riesgos%20laborales.pdf