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INSTITUTO TECNOLÓGICO DEL ISTMO

Especialidad: CONTADOR PÚBLICO Materia: CONTABILIDAD INTERNACIONAL Tema: CONVERSIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS EN MONEDA EXTRANJERA Profesor: C.P.CANDIDO SÁNCHEZ LOPEZ Alumno: ELISA RUIZ GARCIA YURIDIA SÁNCHEZ SOLANO CANDY MARLETH RAMIREZ MARTINEZ IBETZEIDA MARÍN MARÍN PAULINA SÁNCHEZ ADALBERTO CIPRIANO ENRIQUEZ ANA DEREYDA SÁNCHEZ GARCÍA Grupo: B Semestre: 6° Heroica Cd. De Juchitán Oaxaca a 15 DE MARZO DEL 2016

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INDICE

Pagina INTRODUCCIÓN

………………………3

III UNIDAD .CONVERSIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS EN MONEDA EXTRANJERA. 3.1 Análisis de las NIF´S

……………………..4

3.1.1 Objetivo y alcance de la NIF

……………………..4

3.1.2 Tipo de cambio

……………………..4

3.1.3 Transacciones en moneda extranjera

……………………..5

3.1.4 Operaciones extranjeras

……………………..8

3.1.4.1 Moneda funcional

……………………..8

3.1.4.2 Reconocimiento inicial y posterior

……………………..12

3.1.4.3 Entornos económicos

…………..…………13

3.1.4.4 Cambios de moneda de registros funcional y de informe 3.1.4.5 Consolidación de operaciones extranjeras

……………….……14

3.1.4.6 Impuestos a la utilidad

………………...….16

3.1.4.7 Normas de presentación

……………….……16

3.1.4.8 Normas de revelación

………………….…18

CONCLUSION

…………….………20

…………….……...15

INTRODUCCIÒN. 2

En el presente trabajo se explicara acerca de la Conversión de estados financieros en moneda extranjera ya que es un tema muy importante para aquellas empresas que realizan actividades comerciales, industriales no solamente en un país sino en varios. Dentro de este tema se abordaran puntos importantes como son Análisis, los objetivos y sus alcances de la NIF B-15 ya que esta norma provee normas para el reconocimiento de las transacciones en moneda extranjera y la conversión de los estados financieros de una operación extranjera. Así también lo que influye en estas actividades como es el tipo de cambio que se maneja en el tiempo actual. Así también se presentara los tipos de monedas que existen en las operaciones extranjeras, y la consolidación de monedas extranjeras. Una transacción en moneda extranjera es toda operación en la que se establece o exige su liquidación en una moneda extranjera cuando: Compra o venta de bienes o servicios cuyo precio se establece en ME Presta o toma prestados fondos si las cuantías correspondientes se establecen a pagar o a cobrar en ME Dispone de activos, incurre en o líquida pasivos, siempre que estén establecidos en ME. Estos temas son muy importantes ya que muchas empresas realizan actividades en el extranjero, ya que debido al gran movimiento económico que fue afectando al mundo en general, en la actualidad la mayor parte de las empresas se ven obligadas a realizar algunas operaciones en una moneda diferente a la nacional. El trato con proveedores requiere considerar el manejo específicos de cuentas dentro de la información financiera que produce la empresa. Ya que las necesidades comerciales de un negocio no siempre quedan satisfechas con la adquisición de mercancías en la plaza donde opera, si no que en algunas ocasiones es necesario por razones diferentes, comprar en mercado9s extranjeros las materias primas o diversos materiales.

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UNIDAD III. CONVERSIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS EN MONEDA EXTRANJERA

3.1 ANÁLISIS DE LA NIF B-15 La presente Norma de Información Financiera (NIF B-15). Provee normas para el reconocimiento de las transacciones en moneda extranjera y la conversión de los estados financieros de una operación extranjera, que influyen la conversión de la información financiera de cualquier entidad cuya moneda de informa sea distinta a la funcional, con base en la determinación de la moneda funcional y la moneda de informe.

3.1.1 OBJETIVO Y ALCANCE DE LA NIF Objetivo: Establecer la normatividad para el reconocimiento de las transacciones en moneda extranjera y las operaciones extranjeras en los estados financieros de la entidad informante y la conversión de su información financiera a una moneda de informa diferente a su moneda de registro o a su moneda funcional. Alcance: esta NIF es aplicable para: a) el reconocimiento de las transacciones y saldos en moneda extranjera; b) la conversión de los estados financieros de operaciones extranjeras que se incluyen en los estados financieros de la entidad, ya sea por consolidación o al aplicar el método de participación. c) la conversión de los estados financieros a la moneda de informe elegida.

3.1.2 TIPO DE CAMBIO El tipo de cambio es el precio de una unidad de moneda extranjera expresado en términos de la moneda nacional. En este sentido, el tipo de cambio es el número de unidades de moneda nacional que debe entregarse para obtener una moneda extranjera, o similarmente, el número de unidades de moneda nacional que se 4

obtienen al vender una unidad de moneda extranjera. En el caso de México es la equivalencia del peso con respecto a la moneda extranjera. Por ejemplo, si para obtener un dólar estadounidense (dólar) se deben entregar 11 pesos mexicanos (pesos), el tipo de cambio nominal entre México y Estados Unidos será de 11 pesos por dólar. Para saber cuántos pesos representan cierta cantidad en dólares se multiplican los dólares por el tipo de cambio. Siguiendo con el ejemplo anterior, 100 dólares representan 100 * 11 = 1,100 pesos. Para saber cuántos dólares representa cierta cantidad de pesos se divide entre el tipo de cambio, es decir, 1,100 pesos equivalen a 1,100/11 = 100 dólares. SE PUEDEN DISTINGUIR DOS TIPOS DE CAMBIOS:  El real: se define como la relación a la que una persona puede intercambiar los bienes y servicios de un país por los de otro.  El nominal: es la relación a la que una persona puede intercambiar la moneda de un país por las de otro. SISTEMA DE TIPO DE CAMBIO Es un conjunto de reglas que describen el comportamiento del Banco central en el mercado de divisas. Se identifican dos sistemas opuestos de tasas de cambio:  Tipo de cambio fijo: es determinado rígidamente por el Banco central.  Tipo de cambio flexible: se determina en un mercado libre, por el juego de la oferta y la demanda de divisas. En las economías con tipo de cambio flexible, los desequilibrios de la balanza de pagos se corrigen automáticamente por depreciación o apreciación del tipo de cambios. Tipo de cambio spot: es el precio que es pactado para transacciones (compraventa) de manera inmediata (contado). Tipo de cambio futuro: indica el precio de la divisa en operaciones realizadas en el presente, pero cuya fecha de liquidación es en el futuro.

3.1.3 TRANSACCIONES EN MONEDA EXTRANJERA Una transacción en moneda extranjera es toda operación en la que se establece o exige su liquidación en una moneda extranjera. Moneda extranjera: Es cualquier moneda distinta a la moneda de registro, a la funcional o a la de informe de la entidad, según las circunstancias.

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Moneda funcional: Es normalmente la moneda del entorno económico primario en el cual opera cada entidad. En el que principalmente general y aplica efectivo. SE INCLUYEN AQUELLA EN QUE LA ENTIDAD: 1. compra o vende bienes o servicios cuyo precio se denomina en una moneda extranjera. 2. presta o toma prestado fondos, si los importes correspondientes se establecen a cobrar o pagar en una moneda extranjera 3. adquiere o dispone de activos, o bien, incurre, transfiere, o liquida pasivos, siempre que estas transacciones se hayan denominada en moneda extranjera. PROCEDIMIENTO Por la conversión de monedas extranjeras se debe observar lo que sigue RECONOCIMIENTO INICIAL Toda transacción en moneda extranjera debe reconocerse inicialmente en la moneda de registro aplicando el tipo de cambio histórico. La fecha de una transacción es aquella en la cual dicha operación se devenga y cumple las condiciones para su registro para su reconocimiento de acuerdo con las NIF. EJEMPLO: La mexicana, S.A. de C.V. compra mercancías a un proveedor en Estados Unidos por un valor de 4,500 dólares. El tipo de cambio a esa fecha es de $10.25 pesos por dólar. CALCULO DE LA TRANSACCIÓN 4,500 x $10.25 pesos = $ 46, 125 pesos

REGISTRO DE LA TRANSACCIÓN Almacén

46,125

Proveedores extranjeros

46,125

RECONOCIMIENTO POSTERIOR Y NORMAS DE CONVERSIÓN Conforme a las NIF particulares relativas a estados financieros consolidados e inversiones permanentes en acciones, los estados financieros individuales de cada una de las entidades jurídicas o, en su caso de cada una de las entidades 6

generadoras de efectivo, las cuales pueden operar en diferentes entornos económicos y con diferentes monedas, se consolidan, se combinan o reconocen con base en el método de participación, los estados financieros individuales de cada operación extranjera deben: A) Primero modificarse para presentarse con base en las NIF mexicanas utilizadas por la entidad informante. B) Convertirse a la moneda de informe de la entidad económica a la que pertenecen, que en este caso es la entidad informante. Para lograr lo establecido en el inciso b, si la op. Extranjera tiene una moneda funcional diferente a su moneda de registro, debe:  primero convertir la información financiera de su moneda de registro a su moneda funcional.  Posteriormente si la moneda de informe es diferente a su moneda funcional, la información financiera debe convertirse de la moneda funcional a la de informe. CONVERSIÓN DE LA MONEDA DE REGISTRO A LA FUNCIONAL. Cuando la moneda funcional de una operación extranjera es diferente a su moneda de registro, ésta última se califica como una moneda extranjera; por lo tanto, los estados financieros deben convertirse de la moneda de registro a la funcional. Cuando la moneda funcional es igual a la de registro, no debe hacerse proceso de conversión a la moneda funcional. Los estados financieros deben convertirse de la moneda de registro a la funcional como sigue: a) Activos y pasivos monetarios, al tipo de cambio de cierre. (Es el de contado a la fecha del balance general.) b) Activos y pasivos no monetarios y el capital contable, al tipo de cambio histórico. (Contado a partir de la fecha de transacción.) 



Partidas monetarias: son el efectivo, así como los activos y pasivos que se vayan a recibir o pagar con una cantidad determinada o determinable de unidades monetarias. Se incluyen, entre otros, los préstamos y partidas a cobrar, los débitos y partidas a pagar y las inversiones en valores representativos de deuda que cumplan los requisitos anteriores. Partidas no monetarias: son los activos y pasivos que no se consideren partidas monetarias, es decir, que se vayan a recibir o pagar con una cantidad no determinada ni determinable de unidades monetarias. Se incluyen, entre otros, los inmovilizados materiales, inversiones inmobiliarias, el fondo de comercio y otros inmovilizados intangibles, las inversiones en el patrimonio de otras empresas que cumplan los requisitos anteriores, los 7

anticipos a cuenta de compras y ventas, así como los pasivos a liquidar mediante la entrega de un activo no monetario c) Las diferencias en cambios que se originan en la conversión de moneda de registro a moneda funcional deben reconocerse como ingreso o gasto en el estado de resultados, de la operación extranjera en el periodo que se originan. 3.1.4 OPERACIONES EXTRANJERAS Una operación en moneda extranjera es aquélla cuyo importe exige su liquidación en una moneda distinta de la funcional. A este respecto se considerará que la moneda funcional de las empresas domiciliadas en España es el euro. A los efectos de esta norma, los elementos patrimoniales se diferenciarán en: a) Partidas monetarias: son el efectivo, así como los activos y pasivos que se vayan a recibir o pagar con una cantidad determinada o determinable de unidades monetarias. Se incluyen, entre otros, los préstamos y partidas a cobrar, los débitos y partidas a pagar y las inversiones en valores representativos de deuda que cumplan los requisitos anteriores. EJEMPLOS Efectivo, cuentas bancarias, deudas y créditos comerciales, deudas bancarias, créditos concedidos y deudas aceptadas, bonos y obligaciones, valores de deuda pública adquiridos. b) Partidas no monetarias: forman parte de este grupo los activos y pasivos que no sean considerados partidas monetarias, es decir, que se vayan a recibir o pagar con una cantidad no determinada ni determinable de unidades monetarias. Podemos enumerar, entre otros, los inmovilizados materiales, inversiones inmobiliarias, el fondo de comercio y otros inmovilizados intangibles, las existencias, las inversiones en el patrimonio de otras empresas que cumplan los requisitos anteriores, los anticipos a cuenta de compras y ventas, así como los pasivos a liquidar mediante la entrega de un activo no monetario. Toda operación en moneda extranjera se convertirá a moneda funcional, mediante la aplicación al importe en moneda extranjera, del tipo de cambio de contado, es decir, del tipo de cambio utilizado en las operaciones con entrega inmediata.

3.1.4.1 MONEDA FUNCIONAL 8

Los activos, pasivos, y las operaciones, de una entidad extranjera deben evaluarse usando la moneda funcional de esa entidad. La moneda funcional de una entidad es la moneda del entorno económico primario en que opera la entidad; normalmente, es la moneda del entorno e que la entidad principalmente genera y gasta efectivo. La moneda funcional es aquella con la que la empresa realiza habitualmente sus operaciones, presumiéndose, salvo prueba en contrario, que para las empresas con domicilio social en España, es el euro. La moneda de presentación es aquella en la cual la empresa formula sus cuentas anuales, en el caso de España, las empresas nacionales están obligadas a utilizar como moneda de presentación el euro.

Para una entidad con operaciones que sean relativamente autosuficientes e integradas dentro de un país particular, la moneda funcional generalmente debe ser la moneda de ese país. Sin embargo, la moneda funcional de una entidad extranjera podría no ser la moneda del país en que se localiza la entidad. Por ejemplo, la moneda de la compañía matriz generalmente debe ser la moneda funcional para operaciones extranjeras que sean un componente directo e integral, o una extensión de las operaciones de la compañía matriz. Una entidad podría tener más de una operación distinta y separable, como una división o sucursal, en cuyo caso cada operación puede considerarse una entidad separada. Si esas operaciones se conducen en entornos económicos diferentes, podrían tener diferentes monedas funcionales. Para determinar su moneda funcional, la entidad considerará los siguientes factores: (a) La moneda: (i) que influya fundamentalmente en los precios de venta de los bienes y servicios (con frecuencia será la moneda en la cual se denominen y liquiden los precios de venta de sus bienes y servicios); y (ii) del país cuyas fuerzas competitivas y regulaciones fundamentalmente los precios de venta de sus bienes y servicios.

determinen

(b) La moneda que influya fundamentalmente en los costos de la mano de obra, de los materiales y de otros costos de producir los bienes o suministrar los servicios (con frecuencia será la moneda en la cual se denominen y liquiden tales costos). Información, en moneda funcional, sobre las transacciones en moneda extranjera 9

Moneda extranjera (o divisa) es cualquier otra distinta de la moneda funcional de la entidad. Tasa de cambio de contado es la tasa de cambio utilizada en las transacciones con entrega inmediata. Diferencia de cambio es la que surge al convertir un determinado número de unidades de una moneda a otra moneda, utilizando tasas de cambio diferentes. Inversión neta en un negocio en el extranjero es el importe que corresponde a la participación de la entidad que presenta sus estados financieros, en los activos netos del citado negocio. Toda transacción en moneda extranjera se registrará, en el momento de su reconocimiento inicial, utilizando la moneda funcional, mediante la aplicación al importe en moneda extranjera, de la tasa de cambio de contado a la fecha de la transacción entre la moneda funcional y la moneda extranjera. Al final de cada periodo sobre el que se informa: (a) las partidas monetarias en moneda extranjera se convertirán utilizando la tasa de cambio de cierre; (b) las partidas no monetarias en moneda extranjera, que se midan en términos de costo histórico, se convertirán utilizando la tasa de cambio en la fecha de la (c) las partidas no monetarias que se midan al valor razonable en una moneda extranjera, se convertirán utilizando las tasas de cambio de la fecha en que se determine este valor razonable. Los siguientes factores también podrán proporcionar una evidencia acerca de la moneda funcional de una entidad:

(a) la moneda en la cual se generan los fondos de las actividades de financiación (esto es, la que corresponda a los instrumentos de deuda y de patrimonio neto emitidos).

Se considerarán, además, los siguientes factores al determinar la moneda funcional de un negocio en el extranjero, así como al decidir si esta moneda funcional es la misma que la correspondiente a la entidad que informa (en este contexto, la entidad que informa es la que tiene al negocio en el extranjero como dependiente, sucursal, asociada o negocio conjunto):

(a) Si las actividades del negocio en el extranjero se llevan a cabo como una extensión de la entidad que informa, en lugar de hacerlo con un grado significativo de autonomía. Un ejemplo de la primera situación descrita será cuando el negocio en el extranjero sólo venda bienes importados de la entidad que informa, y remita 10

a la misma los importes obtenidos. Un ejemplo de la segunda situación descrita se producirá cuando el negocio acumule efectivo y otras partidas monetarias, incurra en gastos, genere ingresos y tome préstamos utilizando, sustancialmente, su moneda local.

(b) Si las transacciones con la entidad que informa constituyen una proporción elevada o reducida de las actividades del negocio en el extranjero.

(c) Si los flujos de efectivo de las actividades del negocio en el extranjero afectan directamente a los flujos de efectivo de la entidad que informa, y están disponibles para ser remitidos a la misma.

(d) Si los flujos de efectivo de las actividades del negocio en el extranjero son suficientes para atender las obligaciones por deudas actuales y esperadas, en el curso normal de la actividad, sin que la entidad que informa deba poner fondos a su disposición. Cuando los indicadores descritos en el párrafo anterior sean contradictorios, y no resulte obvio cuál es la moneda funcional, la dirección empleará su juicio para determinar la moneda funcional que más fielmente represente los efectos económicos de las transacciones, eventos y condiciones subyacentes. Como parte de este proceso, la dirección concederá prioridad a los indicadores fundamentales del párrafo 9, antes de tomar en consideración los indicadores de los párrafos 10 y 11, que han sido diseñados para proporcionar una evidencia adicional que apoye la determinación de la moneda funcional de la entidad. La moneda funcional de la entidad reflejará las transacciones, eventos y condiciones que subyacen y sean relevantes para la misma. De acuerdo con ello, una vez decidida la moneda funcional, no se cambiará, a menos que se produzca un cambio en tales transacciones, eventos o condiciones. Si la moneda funcional es la moneda de una economía hiperinflacionaria, los estados financieros de la entidad se reexpresarán de acuerdo con la NIC 29 Información financiera en economías hiperinflacionarias. La entidad no podrá evitar la reexpresión de acuerdo con la NIC 29, por ejemplo, adoptando como moneda funcional una moneda diferente de la que hubiera determinado aplicando esta Norma (tal como la moneda funcional de su dominante). Las diferencias de cambio que surjan al liquidar las partidas monetarias, o al convertir las partidas monetarias a tipos diferentes de los que se utilizaron para su reconocimiento inicial, ya se hayan producido durante el periodo o en estados 11

financieros previos, se reconocerán en los resultados del periodo en el que aparezcan. Sin embargo, las diferencias de cambio surgidas en una partida monetaria que forme parte de la inversión neta en un negocio extranjero de la entidad que informa, se reconocerán en los resultados de los estados financieros separados de la entidad que informa, o bien en los estados financieros individuales del negocio en el extranjero, según resulte apropiado. En los estados financieros que contengan al negocio en el extranjero y a la entidad que informa (por ejemplo, los estados financieros consolidados si el negocio en el extranjero es una subsidiaria), estas diferencias de cambio se reconocerán inicialmente en otro resultado integral, y reclasificadas de patrimonio a resultados cuando se realice la disposición del negocio en el extranjero.

3.1.4.2 RECONOCIMIENTOS INICIAL Y POSTERIOR. Reconocimiento inicial: Toda transacción en moneda extranjera debe reconocerse inicialmente en la moneda de registro aplicando al tipo de cambio histórico a la fecha de la transacción. La moneda de registro puede ser o no ser o no la moneda funcional. Por razones prácticas, se puede utilizar un tipo de cambio aproximado representativo de las condiciones existentes en las fechas de las operaciones, como puede ser el tipo de cambio promedio ponderado del periodo, para el reconocimiento de las partidas de ingresos, costos y gastos; sin embargo, cuando los tipos de cambio hayan variado de forma significativa, resulta inadecuada la utilización del tipo de cambio promedio ponderado del periodo. Reconocimiento posterior y normas de conversión: A la fecha de cierre de los estados financieros, los saldos de partidas monetarias que resultan de las transacciones en moneda extranjera deben convertirse al tipo de cambio de cierre. Una diferencia en cambios surge cuando se tienen partidas monetarias como consecuencia de una transacción en moneda extranjera, y se produce una variación en el tipo de cambio entre la fecha de la transacción y la fecha de 12

realización. Si la realización de la transacción ocurre en un ejercicio posterior, la diferencia en cambios reconocida en cada uno de los ejercicios hasta la fecha de realización. Las diferencias en cambios que se originan en la realización de partidas monetarias a un tipo de cambio diferente a aquel al que fueron reconocidas inicialmente o informadas en estados financieros previos deben reconocerse como ingreso o gasto en el estado de resultados en el periodo en que se originan, con excepción de las diferencias en cambios que son capitalizadas como parte del costo de un activo conforme a la NIF particular relativa a la capitalización del resultado integral de financiamiento (NIF D-6).

3.1.4.3 ENTORNOS ECONÓMICOS

Entorno económico.- Es el ambiente económico en el que opera una entidad, el cual, en determinado momento, puede ser: a).-Inflacionario. b).-No inflacionario a) Inflacionario.- Cuando los niveles de inflación provocan que la moneda local se deprecie de manera importante en su poder adquisitivo y, en el presente, puede dejarse de considerar como referente para liquidar transacciones económicas ocurridas en el pasado; además, el impacto de dicha inflación incide en el corto plazo en los indicadores económicos, tales como, tipos de cambio, tasas de interés, salarios y precios. En un entorno inflacionario 

En primer lugar , deben reconocerse los efectos de la inflación en su información financiera de conformidad con la NIF particular relativa utilizando el índice de precios del país de origen; posteriormente, el balance general y el estado de resultados de la misma deben convertirse a la moneda de informe conforme a lo siguiente:



a).- loa activos, pasivos y el capital contable deben convertirse al tipo de cambio de cierre; 13



b).- los ingresos, costos y gastos deben convertirse al tipo de cambio de cierre; y



c).-al momento de consolidar, cualquier contable de la operación extranjera y la extranjera en la entidad informante es el periodo, el cual debe reconocerse formando por conversión en el capital contable.

variación entre el capital inversión de la operación efecto por conversión del parte del efecto acumulado

b) no inflacionario.-Cuando la inflación es poco importante y sobre todo, se considera controlada en el país; por lo anterior, dicha inflación no tiene incidencia en los principales indicadores económicos del país En entorno no inflacionario   



Los activos y pasivos deben convertirse al tipo de cambio de cierre y el capital contable al tipo de cambio histórico. Los ingresos, costos y gastos deben convertirse al tipo de cambio histórico; El efecto por conversión que se produce en cada periodo como resultado de lo anterior debe reconocerse formando parte de una partida integral del capital contable denominada “efecto acumulativo por conversión” y ; Al momento de consolidar, cualquier variación entre el capital contable de la operación extranjera y la inversión de la operación extranjera en la entidad informante debe reconocerse en la misma partida integral del capital contable.

3.1.4.4 CAMBIOS DE MONEDA DE REGISTRO, FUNCIONAL Y DE INFORME  

MONEDA DE REGISTRO: Es aquella moneda, en la cual la entidad mantiene sus registros contables,

 

ya sea por fines legales o de información. MONEDA DE INFORME: Es aquella moneda utilizada por una entidad para presentar sus estados

 

financieros. MONEDA FUNCIONAL: Aquella con la que opera una entidad en su entorno económico primario, es decir, en el que principalmente genera y aplica efectivo.

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El efecto de un cambio de moneda de registro o de moneda funcional (Es la moneda del entorno económico principal en el que opera la entidad.) debe reconocerse en forma anticipada a partir de la fecha del cambio, por tratarse de un cambio de circunstancias. Para esto, la entidad debe convertir todas las partidas a la nueva moneda adoptada utilizando el tipo de cambio a la fecha en que se produce el cambio como en el caso de partidas no monetarias, las cuales varían por los efectos de la inflación. Los importes ya convertidos deben considerarse como sus correspondientes



cifras históricas. El efecto de un cambio de moneda de informe debe reconocerse con base en el método retrospectivo establecido en la NIF B-1, cambios contables y correcciones de errores, por tratarse de un cambio en la unidad monetaria de medida.

3.1.4.5



CONSOLIDACIÓN DE OPERACIONES EXTRANJERAS.

La incorporación de los resultados y la situación financiera de una operación extranjera a los de la entidad informante debe seguir los procedimientos normales de consolidación, combinación o método de participación, conforme a las NIF particulares relativos a estados financieros

 

consolidados y combinados e inversiones permanentes de acciones. Consolidación: Los procedimientos normales de consolidación requieren, entre otras cuestiones, la eliminación de los saldos y transacciones intercompañias. No obstante dicha eliminación, deben mantenerse en los estados financieros consolidados las diferencias en cambios originadas por dichos saldos y



transacciones intercompañias ya reconocidas en cada moneda funcional. Esto es así porque la partida monetaria denominada en una moneda distinta de la moneda funcional expone a la entidad a una pérdida o ganancia por las fluctuaciones del tipo de cambio entre las monedas. De

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acuerdo con esto, los estados financieros consolidados de la entidad que 

informa, debe reconocer dichas diferencias y registrar en resultados. Las diferencias en cambios surgidas que forman parte de la inversión neta de la entidad informante en una operación extranjera deben reconocerse como parte del efecto acumulado por conversión, en el capital contable de los estados financieros consolidados. No obstante, dichas diferencias en cambios deben permanecer en los resultados de los estados financieros individuales de la entidad que informa o bien, en los estados financieros individuales de la operación extranjera, según haya sido reconocidas.

3.1.4.6 IMPUESTOS A LA UTILIDAD. 

Las pérdidas y ganancias en los cambios de las transacciones en moneda extranjera, así como el efecto acumulado por conversión relacionado con las operaciones extranjeras, pueden tener efectos impositivos, cuyo reconocimiento contable debe seguir los lineamientos de la NIF particular relativa a impuestos a la utilidad. (NIF D-4) Cumplimiento con Normas de Información Financiera Si una entidad emite estados financieros con base en cualquier otro procedimiento de conversión diferente al que establece esta NIF B-15, debe considerarse que dichos estados financieros no están de acuerdo con NIF.

3.1.4.7 NORMAS DE PRESENTACIÓN. Transacciones a moneda extranjera Las diferencias en cambios que se originan en la conversión o realización de partidas monetarias a un tipo de cambio diferente de aquel al que fueron reconocidas inicialmente o informadas en estados financieros previos deben presentarse en el estado de resultados como un componente del resultado integral de financiamiento (RIF), con excepción de lo señalado en el párrafo 20. Operaciones extranjeras 16

Conversación de la moneda de registro a la funcional. La ganancia o pérdida en cambios determinada conforme a lo dispuesto en el párrafo 24, que surge al convertir las partidas en moneda de registro a la moneda funcional, debe representase en el estado de resultados como un componente del resultado integral de financiamiento (RIF) Conversión de moneda funcional a la de informe Los efectos por conversión de cada periodo que se producen al aplicar el procedimiento de los párrafos 27 y 29 deben reconocerse formado parte de una partida integral del capital contable denominada efecto acumulado por conversión. Si se dispone parcial o totalmente de una operación extranjera, el efecto acumulado por conversión y su impuesto a la utilidad que forman parte de la ganancia o pérdida derivada de la disposición parcial o total de dicha operación extranjera, deben reciclarse al estado de resultados en los rubros de otros ingresos y gastos y de impuestos a la utilidad, respectivamente. Estados financieros comparativos Al presentar estados financieros comparativos de la entidad informante, los de periodos anteriores deben presentarse sin modificar la conversión ya reconocida en el momento en que fueron emitidos de acuerdo con los párrafos 27 y 29. Si la entidad informante se encuentra en un momento inflacionario, debe entender a lo dispuesto en la NIF particular relativa al reconocimiento de los efectos de la inflación, considerando el índice de precios de la entidad informante. Si la entidad informante se encuentra en un entorno económico no in acionario, sus 49 estados financieros de periodos anteriores que se presentan en forma comparativa con los del periodo actual deben presentarse sin modificar la conversión ya reconocida en el momento en el que fueron emitidos. Si su entorno económico es in accionario, con base en la NIF B-10, dichos estados financieros deben, además, presentarse en unidades de poder adquisitivo de la fecha de cierre del estado financiero más reciente; para estos efectos debe considerar el índice de precios del entorno económico de la entidad informante. Ante la 17

circunstancia de cambio de entorno económico, la entidad debe atender a lo establecido en la NIF B-10, Efectos de la inflación. En el caso de que se presenten estados financieros consolidados, debe considerarse que 50 la única entidad informante es la entidad económica consolidada. Consecuentemente, para efectos de comparabilidad, dentro de los estados financieros consolidados de periodos anteriores que se presentan en forma comparativa con los del periodo actual, dentro de un entorno económico in accionario, sólo debe considerarse la in acción del entorno de la entidad informante y no la del entorno de las operaciones extranjeras

3.1.4.8 NORMAS DE REVELACIÓN En las notas a los estados financieros debe revelarse información acerca de lo siguiente: 

A) el importe de las fluctuaciones cambiarias reconocidas en el estado de resultados, conforme lo establece la NIF particular relativa al estado de resultados. En caso de que existan fluctuaciones cambiarias que afecten el valor razonable de los instrumento financieros, estas no deben formar parte de esta revelación ya que debe atenderse a lo dispuesto por la NIF particular relativa a instrumentos financieros derivados y operaciones de



cobertura; B) una integración del saldo al final del ejercicio del efecto acumulado por conversión, identificando el saldo inicial, el efecto por conversión del periodo, las ganancias o pérdidas de las coberturas, el importe reciclado y



los efectos de impuestos a la utilidad asociados; C) el hecho de que la moneda de informe es diferente a la moneda funcional y la razón de utilizar una moneda de informe diferente; además, la



o las monedas funcionales utilizadas; D) el hecho de que se haya producido un cambio en la moneda funcional, ya sea de la entidad que informa o de alguna operación extranjera, así como la razón de dicho cambio; 18



E) el monto de los activos y pasivos monetarios en divisas extranjeras de las transacciones en moneda extranjera y de los saldos que se deriven de



ellas, expresándolos en la moneda funcional; F) las fuentes del o los tipos de cambio utilizados y los tipo de cambio de



cierre; G) cualquier restricción cambiaria o de otro tipo en relación con las



monedas extranjeras involucradas en los estados financieros; H) el importe del instrumento que ha sido designado como cobertura



económica de la inversión neta en una operación extranjera; y I) cuando una entidad presenta sus estados financieros u otra información financiera en una moneda diferente de su moneda funcional u de su moneda informe, además de no cumplir con los requisitos de conversión

i.

establecidos en esta NIF: La mención de esta información es complementaria, con objeto de distinguirla de la información que cumple con las Normas de Información

ii. iii.

Financiera; La moneda en que se presenta esta información complementaria; y La moneda funcional de la entidad, así como el método de conversión utilizando para elaborar la información complementaria.

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CONCLUSIÓN

En la unidad tres de conversión de estados financieros en moneda extranjera concluimos que el concepto de “conversión” implica transformar, re expresar o trasladar los estados contables elaborados originalmente en una moneda. El objetivo se establece que las conversiones de datos aislados son imprescindibles cuando en una contabilidad llevada en una moneda deben reconocerse los efectos de compras, ventas, pagos y cobranzas en otras monedas; y los efectos de los cambios en los valores de activos y pasivos en esas monedas. También es necesaria la conversión cuando se desea llevar la contabilidad en más de una moneda. Así que las conversiones son de mucha importancia ya que nos ayuda a obtener información para la toma de decisiones en una moneda distinta de la loca. Así mismo la inversiones extranjeras han sido importantes en nuestro país uno de los principales inversionistas son las empresas internacionales como E.U que operan en diferentes entornos económicos con diferente moneda, estas deben presentar información financiera consolidada como una sola identidad por ello es necesario convertir a una sola moneda que informe los estados financieros que se valúan o se denominan en moneda extranjera. Para esto existen diferentes tipos de cambios que nos ayudaran a convertir la moneda las monedas extranjeras. La conversión de las monedas nos servirá para el registro de todas las trasferencias que realice una entidad económica. Para llevar un manejo correcto de los recursos económicos en el ámbito internacional. Como futuros contadores este tema nos es de gran ayuda en el ámbito tanto personal como profesional para así tomar mejores decisiones.

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