1. Naturaleza De La Conciencia

4. LA CONCIENCIA La conciencia es una realidad de experiencia: todos los hombres juzgan, al actuar, si lo que hacen está

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4. LA CONCIENCIA La conciencia es una realidad de experiencia: todos los hombres juzgan, al actuar, si lo que hacen está bien o mal. Este conocimiento intelectual de nuestros propios actos es la conciencia. La conciencia no es una potencia más unida a la inteligencia y a la voluntad. Se puede decir que es la misma inteligencia cuando juzga la moralidad de una acción. La base de ese juicio son los principios morales innatos a la naturaleza humana, ya mencionados al hablar del contenido de la ley natural (ver 3.4.). Es innegable que la inteligencia humana tiene un conocimiento de lo que con toda propiedad pueden llamarse los primeros principios del actuar: «hay que hacer el bien y evitar el mal», «no podemos hacer a los demás lo que no queremos que nos hagan a nosotros». Iluminada por esos principios de ley natural —ecos de la voz de Dios—, la inteligencia (o, propiamente, la conciencia), juzga sobre los actos concretos; el acto de la conciencia es, por tanto, el juicio en el que esos principios primeros se aplican a las acciones concretas. Un ejemplo: se me presenta la oportunidad de asistir a un espectáculo inconveniente; sé que hay un precepto divino que manda la pureza del alma; la conciencia juzga y habla interiormente;’ fio debes ir porque eso es contrario a un precepto divino. 1. NATURALEZA DE LA CONCIENCIA Desde el punto de vista psicológico, la conciencia es el conocimiento íntimo que el hombre tiene de sí mismo y de sus actos. En moral, en cambio, la conciencia es la misma inteligencia que hace un juicio práctico sobre la bondad o maldad de un acto: a) juicio: porque por la conciencia juzgamos acerca de la moralidad de nuestros actos; b) práctico: porque aplica en la práctica —es decir, en cada caso particular y concreto— lo que la ley dice; c) sobre la moralidad de un acto: es lo que la distingue de la conciencia psicológica; lo que le es propio es juzgar si una acción es buena, mala o indiferente. Este juicio de la conciencia es la norma próxima e inmediata —subjetiva— de nuestras acciones, porque ninguna norma objetiva —la ley— puede ser regla de un acto si no es a través de la aplicación que cada sujeto hace de ella al actuar. El acto de la conciencia —juicio práctico sobre la moralidad de una acción— puede intervenir de una doble forma: a) antes de la acción nos hace ver su naturaleza moral y, en consecuencia, la permite, la ordena o la prohíbe. Actúa —aunque de modo espontáneo e inmediato— a modo de un silogismo, p. ej.:  la mentira es ilícita (principio de la ley natural),  lo que vas a responder es mentira (aplicación del principio al acto concreto),  luego no puedes responder así (juicio de la conciencia propiamente dicha);

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b) después de la acción el juicio de la conciencia aprueba el acto bueno llenándonos de tranquilidad, o lo reprueba, si fue malo, con el remordimiento. Por eso señala San Agustín (cfr. De Gen. 12, 34: PL34, 482) que «la alegría de la buena conciencia es como un anticipado paraíso». Conviene aclarar que cuando la conciencia actúa después de la acción no influye en su moralidad, y si se diera el caso de que sólo después de realizado un acto el hombre se diera cuenta de su inmoralidad, no habría cometido pecado formal, a menos que hubiera habido ignorancia culpable. Sería una acción materialmente mala, pero no imputable.

2. REGLAS FUNDAMENTALES DE LA CONCIENCIA Antes de analizar los diversos tipos de conciencia que pueden darse en el hombre, señalaremos brevemente las reglas generales por las que hay que regirse: a) Nunca es lícito actuar en contra de la propia conciencia, ya que es eco de la voz de Dios y, como hemos dicho, es también la norma próxima de la moralidad de nuestros actos. Actuar en contra de lo que dicta la conciencia es, en realidad, actuar en contra de uno mismo, de las convicciones más profundas, y de los primeros principios del actuar moral. Y ¿qué pasa, podemos preguntarnos, con la conciencia errónea? Es decir, la conciencia que equivocadamente cree que un acto bueno es malo o que un acto malo es bueno. Siendo consecuentes con la regla que acabamos de dar, diremos que hay obligación de seguirla, siempre que se trate de una ignorancia que el sujeto no puede superar, porque ni siquiera se da cuenta de que está en la ignorancia. Podemos aclarar esta idea con algunos ejemplos: Como consecuencia de una educación deficiente, alguien puede pensar que tomar bebidas alcohólicas —aun moderadamente— es ilícito. Si en una fiesta le ofrecen una copa y piensa que es malo, si la bebe comete pecado, porque actuó en contra de lo que le dicta la conciencia (el acto será materialmente bueno, formalmente malo). También puede suceder lo contrario: por mala formación inculpable, pienso que tengo obligación de mentir para ayudar a una persona; en ese caso estoy obligado a mentir y peco si no lo hago, aunque ese acto sea en sí mismo malo (materialmente malo; formalmente bueno, si la ignorancia era invencible). Es preciso señalar, sin embargo, que estos casos —aunque pueden darse a veces— no son corrientes. Lo ordinario es que la conciencia errónea esté basada en un error superable y, en ese caso, la conciencia misma obliga a salir de él, poniendo la diligencia razonable que ponen las personas en los asuntos importantes. b) Actuar con duda es pecado, por lo que es necesario salir antes de la duda. De otro modo, el sujeto se expone a cometer voluntariamente un pecado. Ver el aspecto del inciso 4.3.3., in fine.

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c) Hay obligación de formar la conciencia, ya que si la conciencia se equivoca al juzgar los actos por descuidos voluntarios y culpables, el agente es responsable de ese error (cfr. Lc. 11, 34-35). De la formación de la conciencia se trata en el inciso 4.4. Es oportuno insistir en que la conciencia no crea la norma mural, sólo la aplica. Por ej., caería en error —llamado subjetivismo moral— el que dijera: «para mino es malo dejar de ir a Misa los domingos»; como sería igualmente ridícula la postura de quien pensara que por opiniones personales se puede cambiar la naturaleza de un metal, o que los ácidos se comporten como sales. Tan sólo se trata de aplicar, al caso concreto, normas objetivas.

3. DIVISION DE LA CONCIENCIA Buscando la mejor comprensión de los estados de la conciencia que pueden presentarse, los teólogos han establecido tres divisiones Fundamentales: a) por razón del objeto • Verdadera: juzga la acción en conformidad con los principios objetivos de la moralidad • Errónea: juzga la acción en desacuerdo con ellos b) por razón del modo de juzgar • Recta: juzga con fundamento y prudencia • Falsa: juzga sin base ni prudencia. Puede ser: o o o o

relajada estrecha escrupulosa perpleja

c) por razón de la firmeza del juicio • cierta: juzga sin temor de errar • dudosa: juzga con temor de errar o ni siquiera se atreve a juzgar.

a. CONCIENCIA VERDADERA Y ERRONEA Como es bien sabido, la verdad es la adecuación del entendimiento a la realidad de las cosas. Cuando esa adecuación falta, se produce el error. Por consecuencia, la conciencia verdadera será aquella que juzga en conformidad con los principios objetivos de la moral, aplicados correctamente al acto, y la conciencia errónea será la que juzga en desacuerdo con la verdad objetiva de las cosas. Actuaría con conciencia verdadera (juzga de acuerdo a la ley moral) el que dice, por ejemplo:

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«puesto que nunca es lícito mentir, no puedes negar que cometiste el hurto», «las faltas de respeto hacia tus padres contrarían un precepto divino» Serían afirmaciones procedentes de conciencia errónea las siguientes: «Por ser madre soltera, le es lícito abortar». «Como yo ya soy adulto, para mí no son pecado las películas pornográficas». Como se ve, en estos últimos casos, hay disconformidad entre lo que preceptúa la ley moral y lo que señala el juicio de la conciencia. La conciencia errónea puede serlo vencible o invenciblemente; en el primer caso la conciencia juzga mal por descuido o negligencia en informarse, y en el segundo no es posible dejar el error porque no se conoce, o porque se hizo lo posible por salir de él sin conseguirlo. Nótese que esta consideración de la conciencia es idéntica a lo dicho sobre la ignorancia vencible o invencible pues la conciencia, al fin y al cabo, es un acto de la inteligencia, la cual puede estar afectada por el obstáculo de la ignorancia. Tres principios que se deducen de lo anterior son: 1) Es necesario actuar siempre con conciencia verdadera, ya que la rectitud de nuestros actos consiste en su conformidad con la ley moral. De aquí surge la obligación —de la que hablaremos más detenidamente después— de poner todos los medios posibles para llegar a adquirir una conciencia verdadera: conocimiento de las leyes morales, petición de consejo, oración a Dios pidiendo luces, remoción de los impedimentos que afectan a la serenidad del juicio, etc. 2) No es pecado actuar con una conciencia invenciblemente errónea porque, como ya se explicó, la conciencia es la norma próxima al actuar y, en este caso, no se está en el error culpablemente. No se olvide, sin embargo, que aquí estamos hablando de error invencible, o porque no vino al entendimiento del que actúa, ni siquiera confusamente, la menor duda sobre la bondad del acto: o porque, aunque tuvo duda, hizo todo lo que pudo para salir de ella sin conseguirlo. Es posible, por ejemplo, que el campesino sin instrucción religiosa ni acceso a ella ignore invenciblemente alguno o algunos de los preceptos de la Iglesia (ver cap. 15). En el caso de un universitario o de un profesional católico, esa ignorancia sería siempre vencible de alguna forma. 3) Es pecado actuar con conciencia venciblemente errónea, puesto que en este caso hay culpabilidad personal. En la práctica se puede saber que el error era vencible si de algún modo se advirtió la ilicitud del acto, o si la conciencia indicaba que era necesario preguntar, o si no se quiso consultar para evitar complicaciones, etc.

b. CONCIENCIA RECTA Y FALSA La conciencia es recta cuando juzga de la bondad o malicia de un acto con fundamento y prudencia, a diferencia de la conciencia falsa, que juzga con ligereza y sin fundamento serio.

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No debe confundirse la conciencia recta con la verdadera. Un sujeto actúa con conciencia recta cuando ha puesto empeño en acertar, independientemente de que acierte (conciencia verdadera) o se equivoque (conciencia errónea). Se puede juzgar con rectitud aunque inculpablemente se esté en el error. Es decir, es compatible un juicio recto —hecho con ponderación, estudio, etc.— con el error invencible. Para ilustrar lo anterior con un ejemplo, sería el caso del adulto recién bautizado y aún sin completa instrucción que, después de cavilar, concluye que es obligación confesarse siempre antes de comulgar, aunque sólo tenga pecados veniales: juzga con aplomo considerando que los pecados veniales son incompatibles con la recepción del sacramento, aunque su juicio es erróneo invenciblemente, al menos de modo actual. Es claro que no puede darse conciencia recta en la conciencia venciblemente errónea, pues faltó ponderación, que es uno de los constitutivos del juicio recto. La conciencia falsa puede ser: a) Conciencia relajada. Es la que, por superficialidad y sin razones serias, niega o disminuye el pecado donde lo hay. En la práctica es fácil que los hombres lleguen a ese estado tan lamentable de conciencia que indica una gran falta de fe y de amor, y una culpable ceguera ante la realidad y gravedad del pecado. Son diversas las causas que conducen al alma a esa laxitud: la sensualidad en sus múltiples aspectos, el ambiente frívolo y superficial, el apagamiento a las cosas materiales, el descuido de la piedad personal, la falta de humildad para levantarse cuanto antes después de una caída, etc. Para salir de ella habrá que remover sus causas, procurar una sólida instrucción religiosa y fomentar el temor de Dios por medio de la oración y la frecuencia de sacramentos. b) Conciencia estrecha. Es la que con cierta facilidad y sin razones serias ve o aumenta el pecado donde no lo hay. Es necesario combatirla porque puede llevar a cometer pecados graves donde no existen, y conducir al escrúpulo. Para ello es conveniente la formación y el pedir consejo a quien nos puede ayudar a tener un criterio más recto sobre los propios actos. No debe confundirse con la conciencia delicada, que teme hasta las faltas más pequeñas y procura evitarlas, pero sin ver pecado donde evidentemente no lo hay. c) Conciencia escrupulosa. Es una exageración de la conciencia estrecha que, sin motivo, llega a ver pecado en todo o casi todo lo que hace. Esta conciencia se manifiesta en una continua inquietud por el temor de pecar en todo, principalmente en materia de pureza, y en la duda asidua sobre la validez de las confesiones pasadas, con la consecuente obstinación en repetir la acusación de los pecados en las siguientes; en el temor permanente de que el confesor no entienda la situación interior del alma y, por tanto, el deseo de repetir una y otra vez las mismas explicaciones, generalmente largas y minuciosas; en la terquedad en los puntos de vista propios ante los consejos del confesor, etc. El escrupuloso debe actuar contra sus escrúpulos porque no son sino un vano temor, que no tiene fundamentos y, sobre todo, esforzarse seriamente por obedecer al confesor, ya que el escrúpulo es una enfermedad de la conciencia que impide un recto juicio.

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d) Conciencia perpleja. Es la que ve pecado tanto en el hacer una cosa como en el no hacerla; por ej., el enfermero que piensa que peca si va a Misa dejando solo al enfermo, y que peca también por no ir a Misa. Quien tiene este tipo de conciencia debe formarse y consultar para ir saliendo de ella; cuando no le es posible hacerlo ante un acto concreto, debe escoger lo que le parezca menos mal, y si ambas cosas le parecen igualmente malas, no peca al elegir cualquiera de ellas.

c. CONCIENCIA CIERTA Y DUDOSA La conciencia cierta es la que juzga de la bondad o malicia de un acto con firmeza y sin temor de errar. Hay obligación de actuar de esta manera porque de lo contrario nos exponemos a ofender a Dios. No es necesaria la certeza absoluta, que excluya toda duda; basta la certeza moral, que excluye la duda prudente y con fundamento. Por ej., si tengo hepatitis, tengo certeza absoluta de que la Misa no me obliga; si tengo una gripe que me obligue a estar en cama o recluido en mi domicilio, puedo tener certeza moral de estar dispensado hasta que no me restablezca. La conciencia dudosa, en cambio, es la que no sabe qué pensar sobre la moralidad de un acto; su vacilación le impide emitir un juicio. Propiamente hablando no es verdadera conciencia, porque se abstiene de emitir un juicio, que es el acto esencial de la conciencia; es más bien un estado de la mente. La duda puede ser: a) negativa: cuando se apoya en motivos nimios y poco serios; b) positiva: cuando sí hay razones serias para dudar, pero no suficientes para quitar el temor a equivocarse. Podría ayudar en la profundización de estos conceptos el análisis del siguiente texto: «La duda es el estado en que el intelecto fluctúa entre la afirmación y la negación de una determinada proposición, sin inclinarse más a un extremo de la alternativa que al otro. »Se suele distinguir entre duda positiva y negativa. En esta última, la mente no admite ninguna de las dos partes de la contradicción por falta o defecto de motivos para hacerlo: no hay razones concluyentes ni a favor ni en contra. En la duda positiva, en cambio, las razones en favor de un extremo y el otro parecen tener igual peso.» Los principios morales sobre la conciencia dudosa son: 1) Las dudas negativas deben despreciarse, porque de lo contrario se haría imposible la tranquilidad interior, llenándose continuamente el alma de inquietud (p. ej., si valió la Misa porque estuve muy atrás, si es válida la confesión porque me absolvieron muy rápido, etc.). 2) No es lícito actuar con duda positiva, pues se aceptaría la posibilidad de pecar.

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En este caso, por tanto, caben dos soluciones:  Elegir la parte más segura, que es la favorable a la ley, no haciendo entonces falta ninguna consulta para salir de la duda, porque se excluye la posibilidad de pecar (si dudo positivamente si hoy obliga la Misa y no puedo salir de la duda, debo ir a Misa).  Llegar a una certeza práctica por el estudio diligente del asunto, la consulta a quienes más saben, etc.

4. LA FORMACION DE LA CONCIENCIA Como la conciencia aplica la norma objetiva —la ley moral— a las circunstancias y a los casos particulares, se deduce con facilidad la obligación indeclinable que tiene el hombre de formar su propia conciencia. La conciencia es susceptible de un mejoramiento continuo, que está en proporción al progreso de la inteligencia: si ésta puede progresar en el conocimiento de la verdad, también pueden ser más rectos los juicios morales que realice. Además, este juicio moral que realiza la inteligencia necesariamente se tiene que adecuar al progresivo desarrollo del acto humano, lo que hace que la conciencia se vaya formando también de esa misma manera progresiva: comienza con la niñez, al despertar el uso de razón; tiene especial importancia en la juventud, cuando crece el subjetivismo y falta el justo sentido de la realidad; debe continuar en la madurez, cuando el hombre afirma sus responsabilidades ante Dios, ante sí mismo y ante los demás. Además, la experiencia muestra que no todos los hombres tienen igual disposición para el juicio recto, influyendo en esto también circunstancias puramente naturales —enfermedad mental, ignorancia, prejuicios, hábitos, etc. — y sobrenaturales: la inclinación al pecado que dejan en el alma el pecado original y los pecados personales. Es necesario, por tanto, que el hombre se vaya haciendo capaz de emitir juicios morales verdaderos y ciertos: es decir, ha de adquirir, mediante la formación, una conciencia verdadera y cierta. No es lo mismo «estar seguro de algo» (conciencia cierta) que acertar o «dar en el clavo» (conciencia verdadera). Quizá nosotros mismos hemos tenido la experiencia de hacer algo con la seguridad de estar en lo cierto, y haber comprobado después nuestro error. En otras ocasiones, en cambio, además de estar totalmente convencidos de algo, acertamos, «damos en el clavo»; en el primer caso, cuando estamos seguros, hay conciencia cierta —seguridad subjetiva—, aunque luego se compruebe que no tenemos razón y no había, por tanto, conciencia verdadera sino errónea. Para tener conciencia verdadera y cierta necesitamos la formación: un conocimiento cabal y profundo de la ley —seguridad ofidia—, que nos permite luego aplicarla correctamente —seguridad subjetiva. La actitud de fundar la conducta sólo en el criterio personal, pensar que para actuar bien basta el estar seguro de que mi actuación es buena, es di hecho ponerse en el lugar de Dios, que es el único que no se equivoca nunca.

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Por eso, la necesidad de formarnos será tanto más imperativa cuanto más nos percatemos de que sin una conciencia verdadera no es posible la rectitud en la vida misma y, en consecuencia, alcanzar nuestro fin último. A esto se dirige precisamente la formación de la conciencia, que no es otra cosa que una sencilla y humilde apertura a la verdad, un ir poniendo los medios para que libremente podamos alcanzar nuestra felicidad eterna. Sin tratar de ser exhaustivos, ni de explicar cada uno de ellos, sí podemos señalar algunos de esos medios que nos ayudarán a formar la conciencia: 1) estudio de la ley moral, considerándola no como carga pesada sino como camino que conduce a Dios; 2) hábito cada día más firme de reflexionar antes de actuar; 3) deseo serio de buscar a Dios a través de la oración y de los sacramentos, pidiéndole los dones sobrenaturales que iluminan la inteligencia y fortalecen la voluntad; 4) plena sinceridad ante nosotros mismos, ante Dios y ante quienes dirigen nuestra alma; 5) petición de ayuda y de consejo a quienes tienen virtud y conocimiento, gracia de Dios para impulsar a los demás.

EJERCICIOS 1. Explicar la diferencia entre conciencia y ley natural. 2. Indicar el error de la siguiente frase: «la conciencia es mudable según la época histórica». 3. Señalar cuándo es pecado actuar conforme a la conciencia y cuándo es pecado actuar en contra de la conciencia. 4. Poner ejemplos de conciencia verdadera, errónea, relajada, estrecha, escrupulosa y perpleja. 5. Poner ejemplos de conciencia dudosa, con duda negativa y con duda positiva. 6. Explicar cómo se manifestó la conciencia en los siguientes casos: a) Adán y Eva después del pecado original: Gen. 3, 7-13. b) Caín después de la muerte de Abel: Gen. 4, 9-16. c) Los hermanos de José después de venderlo: Gen. 42, 21ss. d) David ante la reprensión de Natán: II Re. 12 e) Zaqueo: Lc. 19, 1-10 7. Comentar Sal. 18, 13 («¿Quién será capaz...»). 8. Comentar las siguientes palabras de San Agustín: «¿Quiénes son los rectos de corazón? Los que quieren lo que Dios quiere (...) No quieras torcer la voluntad de Dios para acomodarla a la tuya; corrige en cambio tu voluntad para acomodarla a la Voluntad de Dios» (Com. sobre el Salmo 93). 9. Indicar con qué tipo de conciencia —y por qué— actuaron el papá y el hijo en el siguiente relato: «Padre e hijo se encuentran en la iglesia. Dentro de poco van a distribuir la sagrada comunión. Al muchacho se le ve preocupado. —¡Papá, tengo un pecado! ¡No puedo comulgar! El padre, que conoce bien al chiquillo, pretende animarle. —¿Qué has hecho, hijo? Entre lloriqueos y pucheros, el

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