1 Clase Inaugural (1)

CARRERA DE MÉDICO ESPECIALISTA EN MEDICINA LEGAL Prof. Tit. Mag. Carlos Hugo Escudero 2012 – 2014/5 MEDICO ESPECIALI

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CARRERA DE MÉDICO ESPECIALISTA EN

MEDICINA LEGAL Prof. Tit. Mag. Carlos Hugo Escudero

2012 – 2014/5

MEDICO ESPECIALISTA EN MEDICINA LEGAL

C. H. Escudero - 2012

“Llevan bajo la túnica de Solón a la sapiencia de Hipócrates“ Félix Martí Ibañez

C. H. Escudero - 2012

MEDICINA LEGAL CIENCIAS CIENCIAS MÉDICAS

MEDICINA LEGAL

DEL DERECHO

1. Aplicación de Leyes

Amplia conexión

2. Perfeccionamiento (Mejora) 3. Evolución (Adaptación social) C. H. Escudero - 2012

MEDICINA LEGAL 1) Estudiar un tema unos cuantos años, no significa que se sepa muchos, pero si que interesa muchos.

2) Sintetizar es siempre trabajoso

3) Ser breve y preciso lleva su tiempo

C. H. Escudero - 2012

MEDICINA LEGAL • “Arte de hacer relatorios médicos para la justicia” A. Paré • “Arte de aplicar los conocimientos y los preceptos de las diversos ramas principales y accesorias de la Medicina a la composición de las leyes y a las diversas cuestiones de derecho para iluminarla e interpretarla convenientemente” Fodere • “Arte de periciar los hechos de las ciencias médicas para auxiliar la legislación y la administración de justicia” Casper C. H. Escudero - 2012

MEDICINA LEGAL • “La aplicación de los conocimientos médicos a las cuestiones que conciernen a los derechos y deberes de los hombres reunidos en sociedad” Tourdes • “La aplicación de las ciencias médicas al estudio y a la solución

de

todas

las

cuestiones

que

pueden

presentarse en la institución de las leyes y la acción de la justicia” Legrand du Saulle • “El estudio de la aplicación de la ciencia a los fines del Derecho” Matta C. H. Escudero - 2012

MEDICINA LEGAL • “La especialización médica cuyo objeto es el hombre como sujeto y objeto del Derecho, y su interacción en su medio social” Carrera Palao

• “El conjunto de conocimientos médicos y biológicos necesarios para la resolución de problemas que plantea el Derecho, tanto en la aplicación práctica de las leyes como en su perfeccionamiento y evolución” Gilbert Calabuig C. H. Escudero - 2012

MEDICINA LEGAL ARGENTINA • “La Medicina Legal es la aplicación de los conocimientos médicos a los problemas judiciales” Nerio Rojas • “Disciplina que utiliza la totalidad de las ciencias médicas para dar respuestas a cuestiones jurídicas” E.F.P. Bonnet • “Es la disciplina o especialidad médica que, encuadrada en las normas jurídicas vigentes y con métodos, técnicas y procedimientos específicos, trata de dar respuesta a las cuestiones de naturaleza médica que se plantean en el ámbito del Derecho en sus diversas vertientes” José A. Patitó C. H. Escudero - 2012

DEONTOLOGÍA MÉDICA • Del griego, déon, -ontos: deber, -ser; logos: estudio o tratado; y del latín, medicus: médico • Es el estudio de los deberes u obligaciones y derechos de los médicos. • Conocida

también

como

Derecho

Médico

o

Jurisprudencia Médica. • Diceología Médica (del griego, dikaios: derecho; logos: estudio o tratado; y del latín, medicus: médico): Es el estudio de los derechos de los médicos. C. H. Escudero - 2012

BIOÉTICA • “Estudio sistemático de la conducta humana en el ámbito de las ciencias de la vida y del cuidado de la salud, examinada a la luz de los valores y de los principios morales” Encyclopedia of Bioethics, 1978 • “La bioética es la búsqueda de soluciones a conflictos de valores en el mundo de la intervención biomédica” Durand, 1992 • “Ciencia con conciencia”

- Juan Pablo II

• Estudio interdisciplinario en torno a las consecuencias éticas de la aplicación de la ciencia y la técnica en cuestiones de la vida, la salud y el ambiente. C. H. Escudero - 2012

MEDICINA LEGAL Siguiendo a Simonin: 1) Medicina Legal Judicial 2) Medicina Legal Social (Previsional – Laboral) 3) Medicina Legal Profesional (Derecho Médico)

“La Medicina Legal comprende a toda la medicina, tanto en su visión individual (caucus) como en su perspectiva colectiva (epidemiológica y asistencial) C. H. Escudero - 2012

MEDICINA LEGAL APLICACIÓN: - Derecho Penal: Imputabilidad – Enfermedades Mentales - Estados emocionales – Homicidios – Aborto - Lesiones – Responsabilidad profesional - Derecho Civil: - Existencia y capacidad de las personas – Determinación de edad, sexo, muerte – Daños y Perjuicios - Derecho del Trabajo: AT – EP – Incapacidad - Seguridad Social: Jubilaciones – Pensiones C. H. Escudero - 2012

MEDICINA LEGAL FUNCIONES:



La función del médico es “PENSAR”



La función del legista es “COMPROBAR”



La función del auditor es “COMPARAR”

(E. Banti)

(E. Banti)

(Escudero)

C. H. Escudero - 2012

MEDICINA LEGAL 

¿Esta bien o esta mal?



¿Es correcto o incorrecto?



¿Es ético o antiético?



¿Es el momento de hacerlo



como caso de necesidad y elegir el mal menor en este caso y lugar?

sin arriesgar al paciente, sin acarrearle un mal mayor? 

o

tengo

que

consultar o derivarlo? 



¿Lo hago solo o en equipo?



¿Es legal o ilegal desde lo asistencial?

¿Estoy capacitado para esta situación ¿Hay

donde

acuerdo

a

la

derivar urgencia

estructura necesaria?

¿Debo tener que asumirlo

de o



¿Tengo recursos suficientes?



¿Cuáles son las prioridades?



¿Debo informar, denunciar, callar, amparar y guardar secreto profesional o revelar por justa causa? C. H. Escudero - 2012

CONTENIDO DE MEDICINA LEGAL •

Deontología Médica



Patología Forense



Criminalística Médico Legal



Sexología Médico Legal



Tocoginecología Médico Legal o Forense



Psiquiatría Médico Legal o Forense



Medicina Legal Social

C. H. Escudero - 2012

PERITO – PERICIA - PERITACIÓN • “Un

perito

suministrar

es

un

tercero

llamado

esclarecimiento

sobre

al

juicio

para

hechos

cuya

verificación e interpretación requieren conocimientos especiales en alguna ciencia, arte o industria” Soler • “Son las personas ajenas al objeto de un juicio que informan en él, sobre elementos probatorios sobre cuya verificación

o

valoración

requieren

conocimientos

especiales en una ciencia, arte, industria o técnica” Nuñez C. H. Escudero - 2012

PERITO – PERICIA - PERITACIÓN  “PERITO”: proviene del latín peritus, que significa, sabio, experimentado o hábil.  Es una persona versada en una ciencia, arte u oficio,  Por sus conocimientos especiales (teórico-prácticos) son utilizados por los órganos encargados de procurar y administrar justicia para que los ilustre  Esclarecer un hecho que requiere de conocimientos especiales, científicos o técnicos, sobre alguna materia C. H. Escudero - 2012

PERITOS – PERICIA - PERITACIÓN • Del latín, peritus: perito, conocedor, diestro; y éste de experior,ex -pertus: ponera prueba,exp erimentar. • Losperitos médicos sonauxiliares dela justicia. • Se llama perito a la persona que tiene conocimientos especialessobre un tema. • “La calidad mayor que debe tener el perito no es la extensión de sus conocimientos, sino la noción exacta delo quesabe yde loque ignora.” Brouardel.

C. H. Escudero - 2012

PERITOS – PERICIA - PERITACIÓN 

Es el profesional médico designado por la autoridad judicial, con el fin de asesorar sobre aspectos vinculados a los conocimientos especiales que posee, constituyéndose así, en auxiliar de la justicia.



En el proceso, el perito es un tercero ajeno al hecho que se investiga,



es convocado por el juez por aptitud e idoneidad técnica, científica y artística para emitir una opinión fundada acerca de hechos controvertidos o dudosos, cuya resolución requiere conocimientos especiales,



Es quien asesora al magistrado desde su saber específico. C. H. Escudero - 2012

PERITOS – PERICIA - PERITACIÓN • El perito de oficio es designado por el Juez de la lista anual de inscriptos en la Asociación Médica Argentina y que luego serán desinsaculados por sorteo de los anotados por cada fuero. • Los peritos oficiales, per se, son los Forenses de la Justicia y los médicos policiales. • El perito de parte, o consultor técnico, es el designado por el juez a pedido de las partes o del interesado. • Hay peritos especiales, en razón de su especialización en determinadas ramas de la medicina sin ser necesariamente legista. C. H. Escudero - 2012

CONDICIONES DE LOS PERITOS • LACASSAGNE: “Tres características perfilan al médico legista: la técnica, la sabiduría y el arte. La técnica se alcanza con la práctica; la sabiduría, con el estudio sin reposo; pero el arte requiere condiciones personales congénitas. Por eso, los que poseen y dominan este último son escaso

- Morales - Científicas - Culturales C. H. Escudero - 2012

PERITOS – CUALIDADES POSITIVAS • Cualidades naturales: objetividad, reflexión y sentido común, juicio, prudencia, imparcialidad y veracidad (diligencia, consideración,

entereza, inclinación

moderación, al

bien

franqueza, y

dignidad

profesional). • Formación básica médica, teórica y práctica, y de las demás ciencias biológicas. • Conocimientos

jurídicos

(“repensar

con

sentido

jurídico” los hechos biológicos. Palmieri). C. H. Escudero - 2012

PERITOS – CUALIDADES POSITIVAS

Las tres taras psíquicas incompatibles con la misión pericial médica de SIMONIN 

El ORGULLO que ciega.



La IGNORANCIA que hace no dudar de nada



La DESHONESTIDAD que envilece y degrada

C. H. Escudero - 2012

PERITO – PERICIA - PERITACIÓN

“PERICIA”: Es la capacidad técnico científica, o práctica, que acerca de una ciencia o arte posee el sujeto llamado perito.

C. H. Escudero - 2012

PERITO – PERICIA - PERITACIÓN • Es el informe que se presenta ante la autoridad judicial, a su requerimiento, con el objeto de responder a cuestiones extrajurídica

de

naturaleza

que,

por

su

técnica

y/o

naturaleza,

científica

escapan

al

conocimiento del juzgador. • “Las conclusiones del informe deben llegar lo más lejos posible en los límites impuestos por la ciencia, la conciencia y el sentido común” C. H. Escudero - 2012

PERITO – PERICIA - PERITACIÓN “Nunca como en Medicina Legal cada sujeto es para el perito un caso de conciencia porque no son problemas exclusivamente

médicos

los

que

resuelve,

sino

problemas morales vinculados a los primeros, pues de su informe medicolegal depende — muchas veces — el honor, la libertad y la dignidad de un hombre” José A. Patitó C. H. Escudero - 2012

MEDICINA LEGAL APLICACIÓN: - Derecho Penal: Imputabilidad – Enfermedades Mentales - Estados emocionales – Homicidios – Aborto - Lesiones – Responsabilidad profesional - Derecho Civil: - Existencia y capacidad de las personas – Determinación de edad, sexo, muerte – Daños y Perjuicios - Derecho del Trabajo: AT – EP – Incapacidad - Seguridad Social: Jubilaciones – Pensiones C. H. Escudero - 2012

MEDICINA LEGAL



En todas, el médico tiene la misma responsabilidad, aunque los resultados son absolutamente distintos de acuerdo al fuero interviniente



Mientras el médico utiliza la misma ciencia, a través de sus especialidades, el Juez tiene según el fuero,

sus

artículos

e

interpretaciones,

tratar

siempre de hacer justicia. C. H. Escudero - 2012

RELACIÓN CON OTRAS DISCIPLINAS • Anatomía • Embriología • Histología • Fisiología • Química • Física • Anatomía Patológica • Farmacología • Clínica Médica, • Pediatría • Hematología

• • • • • • • • • • • •

Infectología Toxicología Clínica Neurológica Clínica Quirúrgica Traumatología Clínica Obstétrica y Ginecológica Clínica Psiquiátrica Psicología Médica Biología Odontología Antropología Ciencias Jurídicas C. H. Escudero - 2012

MEDICINA LEGAL “La

Medicina

Legal queda

encargada de asegurar la

preparación técnica y moral de los médicos a los que son confiadas altas funciones de justicia social, sea como médicos

legistas,

profesionales,

como

dispensando

médicos

peritos,

derechos

y

como

prestaciones

otorgadas por las leyes médico-sociales de asistencia o de protección” SIMONIN C. H. Escudero - 2012

MEDICINA LEGAL - OBJETIVO

• Formar especialistas capacitados para actuar en el campo forense como

peritos y/o consultores

técnicos, en el ámbito asistencial y administrativo sanitario como asesores médicos legales

C. H. Escudero - 2012

PLAN DE ESTUDIO Primer año: • Primer cuatrimestre: Introducción al derecho. Patología forense I. Tanatología I. Antropología cultural I. Psicopatología y semiología. Psicología I. Laboratorio médico legal I. • Segundo cuatrimestre: Derecho civil I. Derecho penal I. Patología forense II. Tanatología II. Clínica psiquiátrica. Antropología cultural II. Laboratorio médico legal II. Psicología II. Segundo año: • Primer cuatrimestre: Derecho civil II. Derecho penal II. Tanatología III. Psiquiatría forense. Toxicología médico legal I. Laboratorio médico legal III. Medicina legal del trabajo I. • Segundo cuatrimestre: Medicina legal I. Toxicología médico legal II. Criminología. • Deontología médica I. Medicina legal del trabajo II. Deontología pericial. Tanatología IV. Laboratorio médico legal IV. • Tercer cuatrimestre: Medicina legal II. Penología. Medicina legal del trabajo III. Deontología médica II. Tanatología V. Antropología y arqueología médico C. H. Escudero - 2012 legal

NUESTROS OBJETIVOS 1. Desempeñar con excelencia la función de Asesor 2. Adquirir los criterios adecuados para la selección de estrategias apropiadas 3. Brindar asesoramiento médico-legal de máximo nivel 4. Compromiso

permanente

con

los

aspectos

éticos,

interdisciplinarios

pudiendo

realizar

jurídicos, humanísticos y culturales 5. Integrar

equipos

tareas relacionadas con la investigación y docencia. 6. Desarrollar actitudes éticas y responsables en todo cuanto se refiera al ejercicio de su profesión particularmente en lo que respecta al secreto profesional. C. H. Escudero - 2012

MEDICINA LEGAL • CURSADA: 1º viernes – sábado mensual (9 a 12 – 13 a 19, 8,30 – 13,30 horas) • Clases teóricas: Viernes mañana – Viernes tarde (17 a 19 horas – Sábado 8,30 a 13,30) • Práctica Pericial: Viernes 13,30 a 16,30 horas • Trabajos Prácticos Grupales: 2 por mes • Trabajos Prácticos Individuales: varios por mes • Actividades fuera de la cursada • Trabajo Final – Individual con defensa C. H. Escudero - 2012