CARRERA DE MÉDICO ESPECIALISTA EN MEDICINA LEGAL Prof. Tit. Mag. Carlos Hugo Escudero 2012 – 2014/5 MEDICO ESPECIALI
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CARRERA DE MÉDICO ESPECIALISTA EN
MEDICINA LEGAL Prof. Tit. Mag. Carlos Hugo Escudero
2012 – 2014/5
MEDICO ESPECIALISTA EN MEDICINA LEGAL
C. H. Escudero - 2012
“Llevan bajo la túnica de Solón a la sapiencia de Hipócrates“ Félix Martí Ibañez
C. H. Escudero - 2012
MEDICINA LEGAL CIENCIAS CIENCIAS MÉDICAS
MEDICINA LEGAL
DEL DERECHO
1. Aplicación de Leyes
Amplia conexión
2. Perfeccionamiento (Mejora) 3. Evolución (Adaptación social) C. H. Escudero - 2012
MEDICINA LEGAL 1) Estudiar un tema unos cuantos años, no significa que se sepa muchos, pero si que interesa muchos.
2) Sintetizar es siempre trabajoso
3) Ser breve y preciso lleva su tiempo
C. H. Escudero - 2012
MEDICINA LEGAL • “Arte de hacer relatorios médicos para la justicia” A. Paré • “Arte de aplicar los conocimientos y los preceptos de las diversos ramas principales y accesorias de la Medicina a la composición de las leyes y a las diversas cuestiones de derecho para iluminarla e interpretarla convenientemente” Fodere • “Arte de periciar los hechos de las ciencias médicas para auxiliar la legislación y la administración de justicia” Casper C. H. Escudero - 2012
MEDICINA LEGAL • “La aplicación de los conocimientos médicos a las cuestiones que conciernen a los derechos y deberes de los hombres reunidos en sociedad” Tourdes • “La aplicación de las ciencias médicas al estudio y a la solución
de
todas
las
cuestiones
que
pueden
presentarse en la institución de las leyes y la acción de la justicia” Legrand du Saulle • “El estudio de la aplicación de la ciencia a los fines del Derecho” Matta C. H. Escudero - 2012
MEDICINA LEGAL • “La especialización médica cuyo objeto es el hombre como sujeto y objeto del Derecho, y su interacción en su medio social” Carrera Palao
• “El conjunto de conocimientos médicos y biológicos necesarios para la resolución de problemas que plantea el Derecho, tanto en la aplicación práctica de las leyes como en su perfeccionamiento y evolución” Gilbert Calabuig C. H. Escudero - 2012
MEDICINA LEGAL ARGENTINA • “La Medicina Legal es la aplicación de los conocimientos médicos a los problemas judiciales” Nerio Rojas • “Disciplina que utiliza la totalidad de las ciencias médicas para dar respuestas a cuestiones jurídicas” E.F.P. Bonnet • “Es la disciplina o especialidad médica que, encuadrada en las normas jurídicas vigentes y con métodos, técnicas y procedimientos específicos, trata de dar respuesta a las cuestiones de naturaleza médica que se plantean en el ámbito del Derecho en sus diversas vertientes” José A. Patitó C. H. Escudero - 2012
DEONTOLOGÍA MÉDICA • Del griego, déon, -ontos: deber, -ser; logos: estudio o tratado; y del latín, medicus: médico • Es el estudio de los deberes u obligaciones y derechos de los médicos. • Conocida
también
como
Derecho
Médico
o
Jurisprudencia Médica. • Diceología Médica (del griego, dikaios: derecho; logos: estudio o tratado; y del latín, medicus: médico): Es el estudio de los derechos de los médicos. C. H. Escudero - 2012
BIOÉTICA • “Estudio sistemático de la conducta humana en el ámbito de las ciencias de la vida y del cuidado de la salud, examinada a la luz de los valores y de los principios morales” Encyclopedia of Bioethics, 1978 • “La bioética es la búsqueda de soluciones a conflictos de valores en el mundo de la intervención biomédica” Durand, 1992 • “Ciencia con conciencia”
- Juan Pablo II
• Estudio interdisciplinario en torno a las consecuencias éticas de la aplicación de la ciencia y la técnica en cuestiones de la vida, la salud y el ambiente. C. H. Escudero - 2012
MEDICINA LEGAL Siguiendo a Simonin: 1) Medicina Legal Judicial 2) Medicina Legal Social (Previsional – Laboral) 3) Medicina Legal Profesional (Derecho Médico)
“La Medicina Legal comprende a toda la medicina, tanto en su visión individual (caucus) como en su perspectiva colectiva (epidemiológica y asistencial) C. H. Escudero - 2012
MEDICINA LEGAL APLICACIÓN: - Derecho Penal: Imputabilidad – Enfermedades Mentales - Estados emocionales – Homicidios – Aborto - Lesiones – Responsabilidad profesional - Derecho Civil: - Existencia y capacidad de las personas – Determinación de edad, sexo, muerte – Daños y Perjuicios - Derecho del Trabajo: AT – EP – Incapacidad - Seguridad Social: Jubilaciones – Pensiones C. H. Escudero - 2012
MEDICINA LEGAL FUNCIONES:
•
La función del médico es “PENSAR”
•
La función del legista es “COMPROBAR”
•
La función del auditor es “COMPARAR”
(E. Banti)
(E. Banti)
(Escudero)
C. H. Escudero - 2012
MEDICINA LEGAL
¿Esta bien o esta mal?
¿Es correcto o incorrecto?
¿Es ético o antiético?
¿Es el momento de hacerlo
como caso de necesidad y elegir el mal menor en este caso y lugar?
sin arriesgar al paciente, sin acarrearle un mal mayor?
o
tengo
que
consultar o derivarlo?
¿Lo hago solo o en equipo?
¿Es legal o ilegal desde lo asistencial?
¿Estoy capacitado para esta situación ¿Hay
donde
acuerdo
a
la
derivar urgencia
estructura necesaria?
¿Debo tener que asumirlo
de o
¿Tengo recursos suficientes?
¿Cuáles son las prioridades?
¿Debo informar, denunciar, callar, amparar y guardar secreto profesional o revelar por justa causa? C. H. Escudero - 2012
CONTENIDO DE MEDICINA LEGAL •
Deontología Médica
•
Patología Forense
•
Criminalística Médico Legal
•
Sexología Médico Legal
•
Tocoginecología Médico Legal o Forense
•
Psiquiatría Médico Legal o Forense
•
Medicina Legal Social
C. H. Escudero - 2012
PERITO – PERICIA - PERITACIÓN • “Un
perito
suministrar
es
un
tercero
llamado
esclarecimiento
sobre
al
juicio
para
hechos
cuya
verificación e interpretación requieren conocimientos especiales en alguna ciencia, arte o industria” Soler • “Son las personas ajenas al objeto de un juicio que informan en él, sobre elementos probatorios sobre cuya verificación
o
valoración
requieren
conocimientos
especiales en una ciencia, arte, industria o técnica” Nuñez C. H. Escudero - 2012
PERITO – PERICIA - PERITACIÓN “PERITO”: proviene del latín peritus, que significa, sabio, experimentado o hábil. Es una persona versada en una ciencia, arte u oficio, Por sus conocimientos especiales (teórico-prácticos) son utilizados por los órganos encargados de procurar y administrar justicia para que los ilustre Esclarecer un hecho que requiere de conocimientos especiales, científicos o técnicos, sobre alguna materia C. H. Escudero - 2012
PERITOS – PERICIA - PERITACIÓN • Del latín, peritus: perito, conocedor, diestro; y éste de experior,ex -pertus: ponera prueba,exp erimentar. • Losperitos médicos sonauxiliares dela justicia. • Se llama perito a la persona que tiene conocimientos especialessobre un tema. • “La calidad mayor que debe tener el perito no es la extensión de sus conocimientos, sino la noción exacta delo quesabe yde loque ignora.” Brouardel.
C. H. Escudero - 2012
PERITOS – PERICIA - PERITACIÓN
Es el profesional médico designado por la autoridad judicial, con el fin de asesorar sobre aspectos vinculados a los conocimientos especiales que posee, constituyéndose así, en auxiliar de la justicia.
En el proceso, el perito es un tercero ajeno al hecho que se investiga,
es convocado por el juez por aptitud e idoneidad técnica, científica y artística para emitir una opinión fundada acerca de hechos controvertidos o dudosos, cuya resolución requiere conocimientos especiales,
Es quien asesora al magistrado desde su saber específico. C. H. Escudero - 2012
PERITOS – PERICIA - PERITACIÓN • El perito de oficio es designado por el Juez de la lista anual de inscriptos en la Asociación Médica Argentina y que luego serán desinsaculados por sorteo de los anotados por cada fuero. • Los peritos oficiales, per se, son los Forenses de la Justicia y los médicos policiales. • El perito de parte, o consultor técnico, es el designado por el juez a pedido de las partes o del interesado. • Hay peritos especiales, en razón de su especialización en determinadas ramas de la medicina sin ser necesariamente legista. C. H. Escudero - 2012
CONDICIONES DE LOS PERITOS • LACASSAGNE: “Tres características perfilan al médico legista: la técnica, la sabiduría y el arte. La técnica se alcanza con la práctica; la sabiduría, con el estudio sin reposo; pero el arte requiere condiciones personales congénitas. Por eso, los que poseen y dominan este último son escaso
- Morales - Científicas - Culturales C. H. Escudero - 2012
PERITOS – CUALIDADES POSITIVAS • Cualidades naturales: objetividad, reflexión y sentido común, juicio, prudencia, imparcialidad y veracidad (diligencia, consideración,
entereza, inclinación
moderación, al
bien
franqueza, y
dignidad
profesional). • Formación básica médica, teórica y práctica, y de las demás ciencias biológicas. • Conocimientos
jurídicos
(“repensar
con
sentido
jurídico” los hechos biológicos. Palmieri). C. H. Escudero - 2012
PERITOS – CUALIDADES POSITIVAS
Las tres taras psíquicas incompatibles con la misión pericial médica de SIMONIN
El ORGULLO que ciega.
La IGNORANCIA que hace no dudar de nada
La DESHONESTIDAD que envilece y degrada
C. H. Escudero - 2012
PERITO – PERICIA - PERITACIÓN
“PERICIA”: Es la capacidad técnico científica, o práctica, que acerca de una ciencia o arte posee el sujeto llamado perito.
C. H. Escudero - 2012
PERITO – PERICIA - PERITACIÓN • Es el informe que se presenta ante la autoridad judicial, a su requerimiento, con el objeto de responder a cuestiones extrajurídica
de
naturaleza
que,
por
su
técnica
y/o
naturaleza,
científica
escapan
al
conocimiento del juzgador. • “Las conclusiones del informe deben llegar lo más lejos posible en los límites impuestos por la ciencia, la conciencia y el sentido común” C. H. Escudero - 2012
PERITO – PERICIA - PERITACIÓN “Nunca como en Medicina Legal cada sujeto es para el perito un caso de conciencia porque no son problemas exclusivamente
médicos
los
que
resuelve,
sino
problemas morales vinculados a los primeros, pues de su informe medicolegal depende — muchas veces — el honor, la libertad y la dignidad de un hombre” José A. Patitó C. H. Escudero - 2012
MEDICINA LEGAL APLICACIÓN: - Derecho Penal: Imputabilidad – Enfermedades Mentales - Estados emocionales – Homicidios – Aborto - Lesiones – Responsabilidad profesional - Derecho Civil: - Existencia y capacidad de las personas – Determinación de edad, sexo, muerte – Daños y Perjuicios - Derecho del Trabajo: AT – EP – Incapacidad - Seguridad Social: Jubilaciones – Pensiones C. H. Escudero - 2012
MEDICINA LEGAL
En todas, el médico tiene la misma responsabilidad, aunque los resultados son absolutamente distintos de acuerdo al fuero interviniente
Mientras el médico utiliza la misma ciencia, a través de sus especialidades, el Juez tiene según el fuero,
sus
artículos
e
interpretaciones,
tratar
siempre de hacer justicia. C. H. Escudero - 2012
RELACIÓN CON OTRAS DISCIPLINAS • Anatomía • Embriología • Histología • Fisiología • Química • Física • Anatomía Patológica • Farmacología • Clínica Médica, • Pediatría • Hematología
• • • • • • • • • • • •
Infectología Toxicología Clínica Neurológica Clínica Quirúrgica Traumatología Clínica Obstétrica y Ginecológica Clínica Psiquiátrica Psicología Médica Biología Odontología Antropología Ciencias Jurídicas C. H. Escudero - 2012
MEDICINA LEGAL “La
Medicina
Legal queda
encargada de asegurar la
preparación técnica y moral de los médicos a los que son confiadas altas funciones de justicia social, sea como médicos
legistas,
profesionales,
como
dispensando
médicos
peritos,
derechos
y
como
prestaciones
otorgadas por las leyes médico-sociales de asistencia o de protección” SIMONIN C. H. Escudero - 2012
MEDICINA LEGAL - OBJETIVO
• Formar especialistas capacitados para actuar en el campo forense como
peritos y/o consultores
técnicos, en el ámbito asistencial y administrativo sanitario como asesores médicos legales
C. H. Escudero - 2012
PLAN DE ESTUDIO Primer año: • Primer cuatrimestre: Introducción al derecho. Patología forense I. Tanatología I. Antropología cultural I. Psicopatología y semiología. Psicología I. Laboratorio médico legal I. • Segundo cuatrimestre: Derecho civil I. Derecho penal I. Patología forense II. Tanatología II. Clínica psiquiátrica. Antropología cultural II. Laboratorio médico legal II. Psicología II. Segundo año: • Primer cuatrimestre: Derecho civil II. Derecho penal II. Tanatología III. Psiquiatría forense. Toxicología médico legal I. Laboratorio médico legal III. Medicina legal del trabajo I. • Segundo cuatrimestre: Medicina legal I. Toxicología médico legal II. Criminología. • Deontología médica I. Medicina legal del trabajo II. Deontología pericial. Tanatología IV. Laboratorio médico legal IV. • Tercer cuatrimestre: Medicina legal II. Penología. Medicina legal del trabajo III. Deontología médica II. Tanatología V. Antropología y arqueología médico C. H. Escudero - 2012 legal
NUESTROS OBJETIVOS 1. Desempeñar con excelencia la función de Asesor 2. Adquirir los criterios adecuados para la selección de estrategias apropiadas 3. Brindar asesoramiento médico-legal de máximo nivel 4. Compromiso
permanente
con
los
aspectos
éticos,
interdisciplinarios
pudiendo
realizar
jurídicos, humanísticos y culturales 5. Integrar
equipos
tareas relacionadas con la investigación y docencia. 6. Desarrollar actitudes éticas y responsables en todo cuanto se refiera al ejercicio de su profesión particularmente en lo que respecta al secreto profesional. C. H. Escudero - 2012
MEDICINA LEGAL • CURSADA: 1º viernes – sábado mensual (9 a 12 – 13 a 19, 8,30 – 13,30 horas) • Clases teóricas: Viernes mañana – Viernes tarde (17 a 19 horas – Sábado 8,30 a 13,30) • Práctica Pericial: Viernes 13,30 a 16,30 horas • Trabajos Prácticos Grupales: 2 por mes • Trabajos Prácticos Individuales: varios por mes • Actividades fuera de la cursada • Trabajo Final – Individual con defensa C. H. Escudero - 2012