08 Costo Mano de Obra

APUs Y FÓRMULAS POLINÓMICAS 6. El Costo de la Mano de Obra El costo de la mano de obra viene dado por los salarios que

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APUs Y FÓRMULAS POLINÓMICAS

6. El Costo de la Mano de Obra El costo de la mano de obra viene dado por los salarios que se pagan a los trabajadores más los beneficios socio económicos (tanto de trabajadores como de sus sindicatos y federaciones) y las obligaciones patronales derivados de la legislación laboral aplicable (Convenciones Colectivas de Trabajo, Ley Orgánica del Trabajo las Trabajadoras y los Trabajadores, Ley del INCES, Ley del SSO, Ley del Regimen Prestacional de vivienda, Ley del Seguro de Paro Forzoso y Ley de Alimentación de los Trabajadores, etc). Los salarios se obtienen de los pagados en el mercado, o bien de los Tabuladores de Oficios y Salarios Básicos de las Convenciones Colectivas de Trabajo. Los beneficios socio económicos y las obligaciones patronales correspondientes se estiman mediante el cálculo de lo que se conoce con los nombres de Factor de Costos Asociados al Salario o Factor de Sobrecostos de Labor o Mano de Obra (FCAS), factor en exceso del salario que se expresa en porcentaje del mismo y se calcula sobre la base de los pagos realizados a trabajadores y otros beneficiarios, expresando dichos pagos en días equivalentes. Factor de Costos Asociados a los Salarios El FCAS es el porcentaje de aumento sobre el salario básico, de los costos de la mano de obra en la construcción debido a las reivindicaciones sociales, económicas, sindicales, etc., de toda la legislación laboral existente en el país. El FCAS depende, entre otros elementos, de la Convención Colectiva aplicable, del oficio del trabajador (salario), de la duración de la obra, de la cantidad de trabajadores en obra y de su tiempo de permanencia en ella, de la ubicación de la obra, de las hipótesis utilizadas para su cálculo, etc. Su cálculo se realiza mediante el uso de alguna de las siguientes expresiones, prefiriéndose la tercera de ellas. De hecho las tres expresiones son equivalentes, sólo que provienen del desarrollo de la primera, a la cual se le resta 100% para excluir el salario, ya que el FCAS es en exceso del mismo, como ya se dijo arriba. FCAS =

FCAS =

DÍAS .TOTALES .PAGADOS x100 % − 100 % DÍAS .EFECTIVAME NTE .TRABAJADOS

DÍAS .CONTRATADO S . + .DÍAS .PAGADOS . ADICIONALE S x100 % − 100 % DÍAS .CONTRATADO S . − .DÍAS . NO .TRABAJADOS

FCAS =

DÍAS .PAGADOS . ADICIONALE S + .DÍA . NO .TRABAJADOS x100 % DÍAS .CONTRATADO S − .DÍAS . NO .TRABAJADOS

_______________________________________________________________ 34 ING° MARINO MARTÍNEZ MINIÑO, MGC, PMI, CPM, CIV 16.800

APUs Y FÓRMULAS POLINÓMICAS En la determinación del FCAS se fija lo que se conoce con el nombre de Cuadrilla Típica, término que representa al grupo de trabajadores que conforman la nómina de la obra a la que se desea realizar el cálculo en cuestión. A dicha Cuadrilla se le determinan: a) el Salario Medio Ponderado (SM), que representa el salario básico promedio de cualquier trabajador de la obra, b) el Factor de Salario Integral (FU), que representa la relación entre el salario integral de acuerdo a la LOTTT y el salario básico y c) el Factor de Antigüedad (FA), que representa la relación entre el salario integral más el pago de utilidades y el salario básico. El salario medio ponderado se utiliza para convertir los beneficios pagados en bolívares, a días equivalentes a salario básico. De acuerdo a la LOTTT el pago de utilidades se debe realizar sobre la base del salario normal o integral, por lo que el factor de salario integral se usa para el cálculo de los días equivalentes al pago de las utilidades de los trabajadores. En diversos artículos de la LOTTT se establecen los pagos de prestación de antigüedad por retiro de los trabajadores, así como la indemnización adicional de antigüedad en los casos de despido injustificado, por lo que el factor de antigüedad se utiliza para el cálculo de los días equivalentes al pago de las prestaciones de antigüedad citadas. Para calcular el FCAS se utiliza lo que se denomina Formato de las Cuatro Columnas. Dicho formato, que en realidad tiene seis columnas, se usa de la forma que se indica a continuación: a) En la primera columna se indica el N° de la cláusula legal a calcular, bien sea de la CCIC, LOTTT, LAT u otra. b) En la segunda columna se describe el alcance de la cláusula a calcular y el cálculo propiamente dicho, indicándose las hipótesis del mismo. c) En las restantes tercera a sexta columnas, que son las citadas cuatro columnas que dan nombre al formato, se indican los resultados del cálculo de la siguiente manera: 9 Días Pagados: Se indica el N° de días pagados por concepto de la aplicación de cada cláusula individual, determinados sobre la base de los beneficios indicados como días pagados, o bien sobre la base de los beneficios indicados en bolívares, transformados a días equivalentes mediante el uso del salario medio ponderado o de los factores de salario integral (FU) o de antigüedad (FA). 9 Días No Trabajados: Se indica el N° de días pagados y no trabajados, tales como días perdidos por lluvia, días feriados, sábados y domingos, días de permiso remunerado, etc., calculados sobre la base de los beneficios y obligaciones contractuales y/o legales correspondientes. 9 FCAS Parcial: Indica el FCAS correspondiente a cada cláusula individualmente. 9 % Incidencia: Indica el porcentaje que representa cada FCAS parcial del FCAS total. El costo de mano de obra para el análisis del precio unitario en elaboración se determina calculando la suma de los productos de las cantidades de trabajadores _______________________________________________________________ 35 ING° MARINO MARTÍNEZ MINIÑO, MGC, PMI, CPM, CIV 16.800

APUs Y FÓRMULAS POLINÓMICAS de cada oficio por su salario, a la que se adicionará una cantidad igual al producto de dicha suma por el porcentaje del FCAS (expresado decimalmente) y así se obtendrá el costo diario total de mano de obra para la partida, que vendrá expresado en Bs / día. [Costo Mano de Obra = Salario * (1 + FCAS)] Se dividirá el costo total diario de la mano de obra entre el rendimiento estimado para la partida analizada y el resultado será el costo unitario de mano de obra de la partida en cuestión, que vendrá dado entonces en Bs / (ud de obra). En las siguientes 12 páginas se muestran el tabulador de oficios y salarios de la Convención Colectiva de trabajo de la Industria de la Construcción, la tabla vigente para el cálculo de la indemnización por terminación de la relación de trabajo, las tablas para el cálculo del salario medio de la cuadrilla típica (SM) y de los factores de salario integral y de antigüedad (FU y FA), el cuadro en el que se relacionan los datos e hipótesis utilizados para el cálculo del Factor, así como el formato de las cuatro columnas para el cálculo del FCAS vigente a la fecha, todo ello para la industria de la construcción durante el período Mayo 2010 – Mayo 2012, período de validez para la Convención Colectiva de Trabajo actual, formalizada el 10 de Mayo de 2010 y con una duración de 24 meses, que continuará vigente hasta que se discuta, convenga y formalice una nueva que la sustituya. Como se puede ver al final de este capítulo, para el período del 6 de Febrero de 2013 en adelante, fecha en que entró en vigencia el valor de la nueva UT a 107 Bs (y hasta que entren en vigencia disposiciones transitorias de la nueva LOTTT; se produzca una nueva variación de salarios, de prestaciones y/o de beneficios contractuales: o bien se negocie y formalice una nueva Convención Colectiva de Trabajo), el FCAS tiene, para el caso de obras de edificación en área urbana, con una duración de un (1) año, una cuadrilla típica de cincuenta (50) trabajadores y sin trabajar horas nocturnas, horas extras, sábados ni días feriados o de descanso obligatorio, un valor de aproximadamente 336%, lo que significa que por cada bolívar de salario pagado a los trabajadores de una obra del tipo descrito, el costo de mano de obra correspondiente es de 3,36 bolívares adicionales, o lo que es lo mismo, por cada bolívar de salario pagado a los trabajadores, el costo de mano de obra es de 4,36 bolívares.

_______________________________________________________________ 36 ING° MARINO MARTÍNEZ MINIÑO, MGC, PMI, CPM, CIV 16.800