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Norma de Seguridad para el Equipo de Soporte de Conductos, Tubería y Cables

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AUTORIZACIÓN DE UL

7 de julio de 2009 − UL 2239

tr1

Norma UL de Seguridad del Equipo para el Soporte de Conductos, Tuberías y Cables. UL 2239. Primera edición, con fecha 16 de febrero del 2004 Revisiones: Esta Norma contiene revisiones del 7 de julio de 2009, inclusive. Resumen de Temas Las revisiones con fecha 8 de mayo de 2009 están armonizadas con CSA y se emitieron incorporando lo siguiente: 1. Revisión para actualizar las referencias normativas de la Cláusula 2. 2. Adición de la nueva definición de dispositivo de colocación. 3. Aclaración de que todos los dispositivos serán sometidos a pruebas mecánicas en la Cláusula 5.1.3. 4. Eliminación de la opción para el Método de la Prueba de Arco de Carbono en la Prueba de Resistencia a la Luz Ultravioleta y al Agua. 5. Aclaración de las Referencias del Método de la Prueba ISO en las Cláusulas 6.4.5.4 y 6.8.2. 6. Corrección editorial a la cláusula 7.2.1(c). 7. Revisión del Requisito de Marcado en la Cláusula 10.8 para adicionar la Opción de Códigos de Clasificación. Las normas UL de seguridad son desarrolladas y actualizadas en el Lenguaje de Marcas Generalizado Estándar (SGML por sus siglas en inglés). SGML – una norma internacional (ISO 88791986) – que es un lenguaje descriptivo de marcas que detalla la estructura y el propósito del documento, más que su apariencia física en una página. Por favor, tenga en cuenta que debido a la diferencia de formatos como resultado del uso del nuevo sistema de publicación electrónica de UL, las páginas adicionales (en las que no se han cambiado los requisitos) podrían incluirse en las páginas de revisión debido a la recolocación del texto existente y el reformateo de la Norma. El texto que se haya cambiado de cualquier manera se marca con una línea vertical en el margen. La siguiente tabla enumera las futuras fechas efectivas con el ítem correspondiente.

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Underwriters Laboratories Inc. (UL) 333 Pfingsten Road Northbrook, IL 600622096

7 de julio de, 2009 − UL 2239

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Próxima Fecha Efectiva 7 de julio de 2011

Referencias 5.1.3

Los nuevos requisitos y los revisados se encuentran sustancialmente de acuerdo con la(s) propuesta(s) de UL sobre este tema con fecha 26 de setiembre de 2008. Las revisiones con fecha 8 de mayo de 2009 incluyen una página con título reimpreso (página 1) para esta norma.

El prólogo de UL no se colocará más dentro de la Norma UL. Para la información concerniente al uso y aplicación de los requisitos contenidos en esta Norma, la versión actual del prólogo de UL se encuentra en ULStandardsInfoNet en: http://ulstandardsinfonet.ul.com/ulforeword.html El documento maestro de esta Norma que se encuentra en la Oficina de UL es el documento oficial en lo que se refiere al servicio de UL y a la conformidad de un producto con los requisitos de ese producto y servicio o si hubiera preguntas con respecto a la precisión de esta Norma. Las Normas UL de seguridad están sujetas a derechos de autor de UL. No se deberá alterar con ninguna modalidad ninguna copia impresa de ninguna Norma, ni el diskette de distribución de las Normas en Diskette ni el archivo de la Norma del diskette de distribución. Todas las Normas de UL y todos los derechos de autor, derechos de propiedad y derechos con respecto a dichas Normas seguirán siendo propiedad única y exclusiva de UL. Todos los derechos reservados. Ninguna parte de esta publicación se podrá reproducir, en cualquier forma o por cualquier medio, ya sea electrónico, mecánico, fotocopiado, grabado o de otro tipo, sin la autorización previa UL. Las revisiones de las Normas UL de Seguridad se emiten periódicamente. Una Norma UL de Seguridad es actual sólo si ésta incorpora las revisiones aprobadas más recientes. UL proporciona esta Norma “tal como está” sin ningún tipo de garantía, ya sea expresa o implícita, entre las que podrían encontrarse garantías de comercialización o de adaptabilidad con un fin específico, entre otras. En ningún caso se responsabilizará a UL por ningún daño especial, incidental, derivado, indirecto o similar, incluyendo pérdida de ingresos, pérdida de ahorros, pérdida de datos o cualquier otro daño como consecuencia del uso o de la incapacidad para utilizar esta Norma, inclusive si UL, o un representante autorizado de UL, hubiera sido advertido de la posibilidad de dicho daño. En ningún caso la responsabilidad de UL por algún daño excederá el precio pagado por esta Norma, independientemente de la forma que adopte el reclamo. UL intentará responder las solicitudes de soporte con respecto a las versiones electrónicas de sus Normas. Sin embargo, este servicio de soporte se ofrece sólo sobre la base de esfuerzos razonables y es posible que UL no se encuentre en condiciones de resolver todas las solicitudes de soporte. UL brinda soporte de las versiones electrónicas de sus Normas solo si se usan bajo las condiciones y sistemas operativos para las que se han destinado. Las políticas de soporte de UL pueden cambiar periódicamente sin previa notificación. UL se reserva el derecho de cambiar el formato, presentación, tipos y formatos del archivo, métodos y formatos de entrega tanto de sus Normas impresas como electrónicas sin previo aviso.

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Como se indicó en la página del título (página 1), esta Norma UL de seguridad es una Norma Nacional de los Estados Unidos. Prestar atención a la nota de la página del título de esta Norma que establece los procedimientos que se seguirán para conservar el texto aprobado de esta Norma ANSI/UL.

7 DE JULIO DE 2009 − UL 2239

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Los compradores de las versiones electrónicas de las Normas UL de seguridad acuerdan defender, indemnizar y eximir a UL de toda responsabilidad y contra cualquier pérdida, gasto, obligación, daño, demanda o juicio (incluyendo costas legales razonables) como resultado de cualquier error o anomalía provocada mientras el comprador almacena una Norma electrónica en su sistema computarizado. Si se adquiere una Norma electrónica en su versión para un único usuario, se deberá grabar una copia en el disco duro de una sola computadora personal, en un solo servidor LAN o en el dispositivo de almacenamiento permanente de una computadora multi usuario, de manera que esta Norma pueda sólo ser accesible por un usuario a la vez y para que no haya posibilidad de acceso múltiple simultáneo.

Las Normas Electrónicas están pensadas para el uso on-line, como la visualización de los requisitos de una Norma, búsqueda de palabras y acciones similares. Sólo se puede imprimir una copia de la Norma por cada versión de usuario único autorizado desde una versión multiusuario de una Norma electrónica. Debido a las diferencias en la configuración de la computadora/software/impresora utilizadas por UL y de los compradores de las Normas electrónicas, la copia impresa que obtiene un comprador posiblemente no se muestre exactamente como se visualiza en la pantalla on-line o en la Norma impresa. El empleado de una organización que adquiera una Norma UL puede hacer una copia de la página o páginas que visualiza para su propio uso y/o uso interno práctico. Los requisitos de esta Norma ya se encuentran vigentes, excepto aquellos párrafos, secciones, cuadros, gráficos y/u otros elementos de la Norma que tienen fechas de efectividad futuras como se indicó en el prefacio. El texto anterior de los requisitos que se han revisado y que tienen una fecha efectiva futura se ubican después de la Norma y están precedidas por la nota “REQUISITOS SUSTITUIDOS”. Las presentaciones de producto nuevo hechas antes de una fecha de efectividad futura específica se evaluarán bajo todos los requisitos estipulados en esta Norma incluyendo aquellos requisitos con una fecha efectiva futura específica, a menos que el solicitante pida específicamente que el producto se evalúe bajo los requisitos actuales. Sin embargo, cabe resaltar que si el solicitante elige esta opción, deberá cumplir con todos los requisitos de esta Norma, como condición para continuar recibiendo los Servicios de Reconocimiento, Listado y Seguimiento después de la fecha de efectividad, este acuerdo deberá expresarse por escrito. Copyright © 2009 Underwriters Laboratories Inc. Esta Norma consta de páginas con las fechas que se muestran en la siguiente lista de verificación: Página

Fecha

1-5.................................................................................................……….…………………………..8 de mayo de 2009 6 ............................................................................................................................................................7 de julio de 2009 7-12 ...................................................................................................................................................8 de mayo de 2009 13-18 .............................................................................................................................................16 de febrero de 2004 19........................................................................................................................................................8 de mayo de 2009 20 ...................................................................................................................................................16 de febrero de 2004 21-22 ................................................................................................................................................. 8 de mayo de 2009 23-24 .............................................................................................................................................16 de febrero de 2004 25-26 ................................................................................................................................................ 8 de mayo de 2009 27-48 .............................................................................................................................................16 de febrero de 2004

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Si se adquiere una Norma electrónica versión multi usuario, se puede guardar en un solo servidor LAN o en el dispositivo de almacenamiento permanente de una computadora multi usuario o en un servidor Intranet. El número de usuarios simultáneos no deberá exceder el número de usuarios autorizados.

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Asociación de Normas Canadienses CAN/CSA C22.2 No. 18.4-04 Primera Edición

Equipo para el soporte de conductos, tubería y cables 16 de febrero de 2004

(Página del título reimpresa: 8 de mayo de 2009)

ANSI/UL 2239-2009

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Underwriters Laboratories Inc. UL 2239 Primera Edición

Compromiso de Enmiendas

ISBN 1-55324-815-5 © 2004 Asociación de Normas Canadienses Todos los derechos reservados. Ninguna parte de esta publicación podrá ser reproducida bajo ninguna modalidad, sin previa autorización del editor. Para adquirir las Normas de la CSA y publicaciones relacionadas, visite la Tienda Online en www.ShopCSA.ca o llame gratis al 1-800-463-6727 o al 416-747-4044. Copyright © 2009 Underwriters Laboratories Inc. Las Normas UL de Seguridad están protegidas por derechos de autor. No se deberá alterar bajo ninguna modalidad ninguna copia impresa o electrónica de una Norma. Todas las normas de UL y todos los derechos de autor, propiedad y derechos con respecto a estas Normas deberán permanecer como única y exclusiv a propiedad de UL. Esta Norma ANSI/UL de Seguridad consta de la Primera Edición, que incluye las revisiones del 8 de mayo del 2009 inclusive. La más reciente designación de ANSI/UL 2239 como las Normas de Estados Unidos (ANSI) se produjo el 8 de mayo del 2009. La aprobación de una norma por parte de ANSI no incluye la página de portada, páginas de transmisión, página del título (tapa y contratapa) o el prefacio.

Los comentarios o propuestas para las revisiones de cualquier parte de la Norma se pueden enviar a UL en cualquier momento. Las propuestas se deberán enviar mediante una Solicitud de Propuesta en el Sistema de Colaboración del Desarrollo de Normas On-Line de UL (CSDS por sus siglas en inglés) en http://csds.ul.com. Para adquirir las Normas UL, visite Comm 2000 en http://www.comm-2000.com/help/how_to_order.aspx o llame gratis al 1-888-853-3503.

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Esta Norma es emitida conjuntamente por La Asociación de Normas Canadienses ( CSA por sus siglas en inglés) y Underwriters Laboratories Inc. (UL). Los compromisos o propuestas para las revisiones de cualquier parte de la norma se pueden enviar a CSA o UL en cualquier momento. Las revisiones para esta norma se efectuarán solo después del procesamiento, de acuerdo con los procedimientos de desarrollo de las normas de CSA y UL. La CSA y UL emitirán las revisiones de esta norma por medio de una nueva edición o páginas revisadas o adicionales que llev en su fecha de emisión.

8 de mayo de 2009

CAN/CSA C22.2 NO. 18.4-04

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ÍNDICE Prefacio........................................................................................................................................................ .5

ANEXO A (normativa) Prueba de liberación de calor y humo (Ver la Cláusula 6.9.1.) A.1 Alcance …………………………………………............................................................................ .0 A.2 Equipo……….……………………………………........................................................................... .0 A.2.1 Generalidades………………………………..................................................................... .34 A.2.2 Fuente de Ignición ……………………………….............................................................. .34 A.2.3 Caja con marco y quemador de prueba......................................................................... .36 A.2.4 Campana extractora y conducto de escape ................................................................. .38 A.2.5 Instrumentos para medición de velocidad .................................................................... .38 A.2.6 Equipo para muestreo y análisis de gas ....................................................................... .39 A.2.7 Equipo para la medición de humo ................................................................................ .42 A.2.8 Adquisición de datos ...................................................................................................... .42

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1 Alcance............................................................................................................................................. .9 2 Referencias normativas ……............................................................................................................ .9 3 Definiciones .................................................................................................................................. .11 4 Requisitos generales……………………………... ............................................................................12 5 Construcción……………………………………… ............................................................................ .12 5.1 Generalidades……………………………... ......................................................................... .12 5.2 Materiales …………………………………... ........................................................................ .13 5.3 Protección contra la corrosión ........................................................................................... .14 6 Prueba del producto para todos los DISPOSITIVOS DEL EQUIPO……........................................................... .0 6.1 Generalidades……………………………… ........................................................................ .14 6.2 Prueba de ensamblaje…………………………..................................................................... .15 6.3 Prueba de espesor de la cubierta metálica ……………….....................................................16 6.4 Pruebas de sistemas alternativos de protección contra la corrosión.................................. .17 6.5 Prueba de materiales ELASTOMÉRICOS …………...................................................................... .19 6.6 Prueba de atenuación de la tensión del molde…….. ......................................................... .20 6.7 Prueba de inflamabilidad…………………………................................................................. .20 6.8 Uso de recinto húmedo …………………………................................................................. .21 6.9 Prueba de liberación de calor y humo………………........................................................... .21 7 Prueba de producto para SUJETADORES, GRAPAS, y CORREAS…........................................ ………………….22 7.1 Generalidades ………………………………......................................................................... .22 7.2 Prueba de tracción………………………….. ....................................................................... .22 7.3 Prueba de impacto……………………………....................................................................... .23 8 Prueba de producto para GRAPAS DE UNIÓN DE SOPORTES.......................................................................... .0 8.1 Generalidades…………………………………...................................................................... .23 8.2 Prueba de tracción……………………………...................................................................... .23 9 Prueba de producto para SEPARADORES (sólo Canadá)…………..........................................................0 9.1 Tensión del molde………………………………......................................................................24 9.2 Resistencia de voltaje………………………………............................................................. .24 10 Señalizaciones ……………………………………........................................................................... .0 11 Instrucciones de instalación………………………………............................................................. .26

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CSA C22.2 NO. 18.4-04

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A.3 Calibración previa a la prueba .....................................................................................................0 A.3.1 Analizador de oxígeno ....................................................................................................42 A.3.2 Tasa de liberación de calor...............................................................................................43 A.3.3 Sistema fotométrico......................................................................................................... .43 A.4 Procedimiento de prueba...............................................................................................................0 A.4.1 Preparación inicial....................................................................................................................... .43 A.4.2 Procedimiento………………………………….................................................................. .44 A.5 Cálculos ....................................................................................................................................... .0 A.5.1 Constante de calibración ................................................................................................ .44 A.5.2 Tasa de liberación de calor............................................................................................. .45 A.5.3 Tasa de liberación de humo............................................................................................ .46 A.5.4 Densidad óptica normalizada........................................................................................... .47 A.6 Informe ……………………………………………..............................................................................0

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CSA C22.2 NO. 18.4-04

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Prefacio Esta es la norma armonizada de CSA y UL para el equipo de soporte de conductos, tuberías y cables. Esta es la primera edición de la norma CSA C22.2 No. 18.4 y la primera edición de UL 2239. Esta edición de CSA C22.2 No. 18.4 sustituye los requisitos de CSA C22.2 No. 18, publicada en 1998 para productos que están incluidos en esta norma, tal como se indicó en el alcance de esta norma. Este documento fue descargado por JAVIER GALVEZ para el uso de FALUMSA SCRL 61502 : 6/5/2013 - 12:48 PM

Esta norma armonizada fue elaborada por la Asociación de Normas Canadienses (CSA por sus siglas en inglés) y Underwriters Laboratories Inc. (UL). Merecen un reconocimiento especial los esfuerzos y soporte del Subcomité de Armonización Técnica para el equipo de conductos y cableado del Consejo sobre Armonización de Normas Electrotécnicas de las Américas (CANENA). Esta norma se considera adecuada para el uso en la evaluación de conformidad dentro del alcance establecido de la norma.

Esta norma fue revisada por el Subcomité de CSA encargado de la C22.2 No. 18, bajo la jurisdicción del Comité Técnico de CSA sobre productos de cableado y el Comité Directivo Estratégico de CSA sobre los requisitos de Seguridad Eléctrica, y formalmente aprobada por el Comité Técnico de CSA. Esta norma se remitirá al Consejo de Normas de Canadá (SCC) para su aprobación como Norma Nacional de Canadá.

Esta norma ha sido aprobada por el Instituto Nacional de Normalización Estadounidense (ANSI) como Norma Nacional de los Estados Unidos. Cada vez que se haga referencia a un número específico de muestras para evaluar, se deberá considerar el número especificado como una cantidad mínima. Nota: Si bien la aplicación principal prevista para esta norma está establecida en el alcance, es importante recalcar que serán los usuarios de la norma quienes asuman la responsabilidad de considerar su idoneidad para su propósito particular.

Nivel de armonización Esta norma utiliza el formato IEC pero no se basa en una norma IEC, ni se considerará equivalente.

Esta norma se publica como una norma equivalente de CSA y UL. Una norma equivalente es una norma que es sustancialmente la misma en su contenido técnico, excepto por lo siguiente : Se permiten diferencias técnicas nacionales para códigos y regulaciones gubernamentales así como también aquellas cuyo cumplimiento con el Artículo 905 del NAFTA está reconocido, por ejemplo, debido a consideraciones climáticas, geográficas, tecnológicas o factores de infraestructura , justificación científica, o el nivel de protección que el país considere apropiado. La presentación es palabra por palabra con excepción de los cambios editoriales. Razones de las diferencias con la IEC

El THSC realizó la investigación correspondiente y no se encontró ninguna norma IEC existente o programas de trabajo que cubran el alcance de los productos de esta norma .

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CSA C22.2 NO. 18.4-04

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Interpretaciones La interpretación por parte de la organización de desarrollo de normas, de una norma idéntica o equivalente, se basa en el texto literal para determinar el cumplimiento con la norma de acuerdo con las reglas de procedimiento de la organización de desarrollo de las normas. En caso que se identifique más de una interpretación del texto literal, se propondrá una revisión, tan pronto como sea posible, a cada una de las organizaciones de desarrollo de normas para reflejar con mayor precisión el propósito. Fecha de efectividad de la CSA

Fecha de efectividad de UL A partir del 7 de julio de 2009 todos los productos incluidos por UL deberán cumplir con los requisitos de esta norma, con excepción de la Cláusula 5.1.3, cuya fecha de efectividad es el 7 de julio de 2011. La fecha de efectividad de UL es la que establece Underwriters Laboratories Inc. y no es parte de la norma aprobada de ANSI.

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La fecha de efectividad de la CSA Internacional se anunciará a través de CSA Informs o de una notificación de certificación de CSA.

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CSA C22.2 NO. 18.4-04

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CSA C22.2 NO. 18.4-04

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Equipo para el soporte de conductos, tubería y cables 1 Alcance

1.2 Estos requisitos también son aplicables a los metálico y PLATOS PROTECTORES.

SEPARADORES

para cables de revestimiento no

1.3 Estos requisitos no son aplicables al equipo para uso con sistemas de conducción de superficie, cables aéreos o sistemas de conducción, sistemas de aspersión y otros sistemas de tubería que se utilizan para el servicio de protección contra incendios, equipo para el uso con accesorios de iluminación o equipos para aplicaciones de puesta a tierra y de empalme. 1.4 Estos requisitos no son aplicables a: a) Equipo destinado para cajas de soporte (ver UL 514A o CSA C22.2 No. 18.1), b) Conectores para conductores y cables (Ver UL 514B o CSA C22.2 No. 18.3), c) Arandelas de reducción (Ver UL 514B o CSA C22.2 No. 18.3), d) Empuñaduras de arrastre para cables o cuerdas (Ver UL 514B o CSA C22.2 No. 18.3), e) Abrazaderas para cables (Ver UL 1565 o CSA C22.2 No. 18.5), o f) Dispositivos de posicionamiento (Ver UL 1565 o CSA C22.2 No. 18.5). 2 Referencias normativas 2.1 Los productos que abarca esta norma deberán cumplir con los códigos de instalación de referencia y con la norma que sea apropiada para el país en el que se utilizará el producto. Cuando el producto esté destinado a utilizarse en más de un país, el producto deberá cumplir con los códigos y normas de instalación de todos los países en los que se pretenda utilizar. 2.2 Para la referencia sin fecha a las normas, dicha referencia se deberá considerar de acuerdo con la última edición y todas las enmiendas de esa edición hasta el momento en que esta norma esté aprobada. Para las referencias de las normas con fecha, dicha referencia se deberá considerar a la edición de esa fecha y todas las enmiendas publicadas hasta el momento en que esa norma fue aprobada. Normas CSA C22.1-09 Código Eléctrico Canadiense, Parte I C22.2 No. 0.15-01 Etiquetas adhesivas CAN/CSA-C22.2 No. 0.17-00 Evaluación de Propiedades de Materiales Poliméricos

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1.1 Estos requisitos son aplicables al equipo para el soporte de conductos, tuberías y cables, tales como SUJETADORES, GRAPAS y CORREAS y dispositivos similares para instalación de acuerdo con el Código Eléctrico Nacional, NFPA 70, y El Código Eléctrico Canadiense (CEC), Parte I.

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CSA C22.2 NO. 18.4-04

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C22.2 No. 18.1-04 Cajas metálicas de Tomacorrientes. C22.2 No. 18.3-04 Conexiones de Conductos, tubos y cables. C22.2 No. 18.5-02 Dispositivos de posicionamiento.

UL 94 Pruebas de inflamabilidad de materiales plásticos de las piezas en los dispositivos y artefactos. UL 514A Cajas metálicas de tomacorrientes. UL 514B Conexiones de Conductos, tubería y cables. UL 969 Sistemas de marcación y etiquetado. UL 1565 Dispositivos de posicionamiento. Normas ASTM1 ASTM B 117-97 Práctica estándar para operar el aparato de Niebla Salina (Fog) ASTM D 1654-92 (2000) Método de prueba estándar para la evaluación de muestras pintadas o recubiertas expuestas a entornos corrosivos. ASTM F 1137-00 Especificación estándar para revestimientos de protección de fosfato/aceite y fosfato/orgánico contra la corrosión para sujetadores. Norma IEC2 IEC 60695-11-10 (1999-03) Ensayos relativos a los riesgos del fuego Parte 11-10: Llamas de ensayo - Métodos de ensayo horizontal y vertical a la llama de 50W Normas ISO3 ISO 4892-1:1999 Plásticos - Métodos de exposición a las fuentes de luz del laboratorio Parte 1: Guía general. ISO 4892-2:2006 Plásticos - Métodos de exposición a las fuentes de luz del laboratorio Parte 2: Lámpara de arco de xenón.

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Normas UL

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CSA C22.2 NO. 18.4-04

UL 2239

8 DE MAYO DE 2009

Norma NFPA4 NFPA 70-2008 Código Eléctrico Nacional 1 Sociedad

Americana para el Ensayo de Materiales

2 Comisión

Electrotécnica Internacional

3Organización 4

Internacional de Normalización

Asociación Nacional de Protección contra Incendios

3 Definiciones 3.1 Para propósitos de esta norma se aplican las siguientes definiciones. Los términos utilizados en toda esta norma que se han definido en esta Cláusula están en letras roman mayúsculas pequeñas. 3.2 ESPACIOS CON CIRCULACIÓN DE AIRE: Un ducto o pleno utilizados para aire exterior y otros espacios utilizados para aire exterior, tales como espacios sobre el falso techo o espacios bajo el suelo flotante. Esto no incluye plenos que se usan para eliminación de polvo, material sobrante, vapor o para ventilación de equipo de cocina tipo comercial. 3.3

ABRAZADERA: DISPOSITIVO FÍSICO

destinado para utilizarse junto con una viga.

Nota: Para propósitos de esta norma, se considerará como viga a una brida, correa u otra superficie de montaje similar.

3.4 ELASTÓMERO: Caucho o cualquier otro polímero distinto al ELASTÓMERO termoplástico, que tenga propiedades similares a las del caucho. 3.5 SUJETADORES: DISPOSITIVOS FÍSICOS destinados a soportar conductos, cables o tubería de una estructura de un edificio u otros conjuntos de soporte estructural. 3.6 DISPOSITIVO FÍSICO: Medio para el soporte de conductos, cables o tubería o aseguramiento en el lugar de conductos, cables o tubería a la estructura de un edificio u otros conjuntos de soporte estructural. 3.7

CAPACIDAD DE CARGA:

La carga estática máxima identificada por el fabricante en Kg. (Lb), destinada a un

DISPOSITIVO FÍSICO.

3.7A DISPOSITIVO DE POSICIONAMIENTO: Para el manejo de cables y para propósitos relacionados con este tipo de trabajos, dispositivo utilizado para colocar o proporcionar soporte limitado para conductos o tubería adicionalmente a los soportes requeridos o cada vez que no se requieran soportes. Nota: Los dispositivos de colocación no se encuentran dentro del alcance de esta norma.

3.8 PLATO PROTECTOR: Medio para proteger los cables o la tubería de clavos o tornillos en instalaciones empotradas. 3.9 SEPARADORES: En Canadá, es un medio no metálico destinado para evitar el contacto directo de cables con revestimiento no metálico con vigas de metal cuando se instalan paralelamente a la viga.

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CSA C22.2 NO. 18.4-04

En Estados Unidos, los

SEPARADORES para

UL 2239

8 DE MAYO DE 2009

cables con revestimiento no metálico no están reconocidos.

3.10 GRAPA: Un DISPOSITIVO FÍSICO, distinto a la CORREA, que por lo general se coloca haciendo uso de un martillo u otra herramienta, destinado a asegurar conductos, cables o tubería a la estructura de un edificio tal como una viga de madera. 3.11 CORREA: DISPOSITIVO FÍSICO, distinto a la GRAPA, que se utiliza para asegurar conductos, cables o tubería a la estructura de un edificio u otro conjunto de soporte. 4 Requisitos Generales

4.2 Un componente no tendrá que cumplir con un requisito específico que: a) Incluya una propiedad o característica que no se requiere en la aplicación del componente del producto que se incluye en esta norma, o b) Sea sustituido por un requisito en esta norma. 4.3 El componente se usará de acuerdo con su clasificación establecida para las condiciones de uso previstas. 4.4 Los valores dados en unidades SI (métricas) son obligatorios. Cualquier otro valor dado sólo cumple propósitos informativos. 4.5 En esta norma, un requisito que se aplica sólo a uno o más tipos de equipo se identifica así mediante una referencia específica, en dicho requisito, al tipo o tipos de equipo aplicable. La falta de dicha referencia indica que el requisito se aplica a todos los tipos de equipo a menos que el contexto lo establezca de otra manera. 5 Construcción 5.1 Generalidades 5.1.1 El DISPOSITIVO FÍSICO destinado para la instalación de conductos, cables o tubería, deberá estar fabricado de modo que el dispositivo cumpla con las pruebas de montaje establecidas en la Cláusula 6.2. 5.1.2 El DISPOSITIVO FÍSICO que se vaya a utilizar con más de un tipo o medida de producto deberá cumplir con los requisitos apropiados para cada tipo o medida del producto cuando se instale de acuerdo con lo previsto. 5.1.3 El DISPOSITIVO FÍSICO deberá cumplir con los requisitos aplicables en las Cláusulas 7 – 9 y se deberá marcar según sea apropiado, de acuerdo con la Cláusula 10. 5.1.4 El DISPOSITIVO FÍSICO designado para una condición específica de instalación o para su utilización con un sistema de cableado específico deberá estar provisto de instrucciones de acuerdo con la Cláusula 11.

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4.1 Con excepción de lo que se indica en la Cláusula 4.2, el componente de un producto al que se aplique esta norma deberá cumplir con el requisito para dicho componente. El componente deberá cumplir con las normas de la Asociación de Normas Canadienses o de Underwriters Laboratories Inc. según corresponda en el país en el que se utilizará el producto.

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5.1.5 El

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que tenga algún componente no metálico y esté designado para su uso en deberá cumplir con la Cláusula 6.9.

ESPACIOS DE CIRCULACIÓN DE AIRE,

5.1.6 El DISPOSITIVO FÍSICO que se vaya a utilizar en recintos húmedos y que tenga algún componente polimérico, deberá cumplir con los requisitos pertinentes de las Cláusulas 7 y 8 tanto en la condición en la que el dispositivo se recibió como luego de la exposición a la luz ultravioleta y al acondicionamiento de agua descritos en la Cláusula 6.8.

5.2 Materiales 5.2.1 El DISPOSITIVO FÍSICO que utiliza un con la Cláusula 6.5.

ELASTÓMERO

que no sea un ELASTÓMERO termoplástico deberá cumplir

5.2.2 El DISPOSITIVO FÍSICO que utiliza un con la Cláusula 6.6.

ELASTÓMERO

que no sea un ELASTÓMERO termoplástico deberá cumplir

5.2.3 El

DISPOSITIVO FÍSICO

polimérico deberá cumplir con la Cláusula 6.7.

El DISPOSITIVO FÍSICO no requiere pruebas si es de un material clase HB, V-0, V-1, V-2, 5VA, o 5VB, cumple con la IEC 60695-11-10. El DISPOSITIVO fabricado de un material clase HB, V-0, V-1, V-2, 5VA, o 5VB de acuerdo con UL 94 o CAN/CSA-C22.2 No. 0.17 cumple con el objetivo de este requisito. La clasificación de inflamabilidad deberá considerar el espesor mínimo utilizado. El

DISPOSITIVO FÍSICO

no requiere cumplir con la Cláusula 6.7 cuando se cumplen las siguientes condiciones:

a) No ocupa un volumen mayor a 2 cm3 (0.12 pulg 3), y b) No tiene ninguna dimensión mayor a 30 mm (1.2 pulg). 5.2.4 En los Estados Unidos, la PLACA PROTECTORA deberá estar fabricada de acero con un mínimo de 1.6 mm (1/16 pulg) de espesor, y deberá estar provista de protección anti corrosión de acuerdo con la Cláusula 5.3.1. En Canadá, LA PLACA PROTECTORA deberá estar fabricada de acero con un mínimo de 1.3 mm (0.05 pulg) de espesor u otros materiales de equivalente resistencia a la penetración de clavos. La PLACA PROTECTORA de metal ferroso deberá estar provista de una protección contra la corrosión de acuerdo con la Cláusula 5.3.1. 5.2.5 En Canadá, el SEPARADOR que se utilizará con cable de revestimiento no metálico deberá estar fabricado con material no metálico y deberá cumplir con la Cláusula 9. En Estados Unidos, esta exigencia no se aplica. 5.2.6 En Canadá, la CORREA provista con un agujero o agujeros para su instalación y destinada para su utilización con un conducto de metal rígido o tubería metálica eléctrica, deberá tener un agujero de montaje mínimo según se especifica en la Tabla 1. En los Estados Unidos no se aplican estos requisitos.

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Nota: Los productos que se utilizarán en recintos húmedos son sometidos a prueba y se consideran apropiados para su utilización en exteriores.

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5.2.7 En Canadá, la GRAPA destinada para asegurar el cable del revestimiento no metálico deberá tener bordes redondeados y un radio máximo de 11 mm (0.4 pulg) sobre la superficie del cable. La GRAPA destinada para sostener el cable blindado, el conducto de metal flexible o el cable de revestimiento no metálico deberán estar provistos de topes para indicar la profundidad a la que se colocará la GRAPA. El área total mínima de la superficie de apoyo del indicador del tope deberá ser de 16 mm2 (8 mm2 por lado) [0.02 pulg2 (0.01 pulg2 por lado)]. Las dimensiones mínimas de la GRAPA deberán ser las que se especifican en la Figura 1.

5.3 Protección contra la corrosión 5.3.1 El DISPOSITIVO FÍSICO de metal ferroso deberá tener protección contra la corrosión con una cubierta de zinc. El revestimiento de zinc deberá tener el espesor indicado en la Tabla 2, tal como se determinó según la Cláusula 6.3. 5.3.2 El DISPOSITIVO FÍSICO de acero inoxidable que tenga un mínimo de 16 porciento de contenido de cromo no requiere una cubierta de protección adicional. 5.3.3 El borde de corte, el agujero perforado y la superficie roscada de un agujero con rosca de una parte formada de material galvanizado no requiere protección con recubrimiento de zinc. 5.3.4 El espesor del recubrimiento de zinc que se especifica en la Tabla 2 no se aplica al recubrimiento de un tornillo o a la superficie interior no accesible de un diámetro de 19.1 mm (3/4 pulg.). La presencia de revestimiento se deberá determinar por inspección visual. 5.3.5 Las superficies de un DISPOSITIVO FÍSICO de hierro fundido o hierro maleable deberán tener protección contra la corrosión ya sea de zinc o de un revestimiento orgánico. El espesor del revestimiento de zinc no requiere un grosor específico y su presencia se deberá determinar mediante inspección visual. Se deberá evaluar la necesidad de un recubrimiento orgánico de acuerdo con la Cláusula 6.4. 5.3.6 La superficie que tenga un sistema de protección contra la corrosión de acuerdo con la Cláusula 6.4 no requiere revestimiento de protección de zinc. 6 Prueba de producto de todos los DISPOSITIVOS DEL EQUIPO 6.1 Generalidades 6.1.1 El DISPOSITIVO FÍSICO que sea provisto con instrucciones específicas deberá montarse e instalarse de acuerdo con el método especificado por el fabricante. En caso de contar con instrucciones, se deberá realizar las pruebas pertinentes de la manera más exhaustiva probable. 6.1.2 Cuando el desempeño de un DISPOSITIVO FÍSICO dependa del tipo o espesor, o tanto del material con el que está armado como la posición de armado, el DISPOSITIVO FÍSICO deberá cumplir con todas las pruebas pertinentes con el DISPOSITIVO FÍSICO armado por cada tipo y/o espesor de la superficie de ensamblaje y en cada posición especificada por el fabricante. Ver la Cláusula 11. 6.1.3 A menos que se especifique de otro modo, se someterá a cada prueba un mínimo de seis muestras de cada tamaño comercial de un DISPOSITIVO FÍSICO. Luego que una serie de cuatro o más tamaños comerciales de un diseño particular se haya investigado, se someterá a aprueba un mínimo de tres muestras de cada tamaño comercial.

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Esta exigencia no se aplica en Estados Unidos.

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6.1.4 A menos que se especifique de otro modo, todas las pruebas se deberán realizar a 23 ± 5 °C (73 10 °F). Cuando el fabricante clasifica un DISPOSITIVO FÍSICO para su utilización a una temperatura elevada o fría, sobre 90 °C (194 °F) o por debajo de menos 5 °C (23 °F), las pruebas pertinentes se deberán realizar a dichas temperaturas a un juego separado de muestras de prueba. Esta temperatura se deberá marcar de acuerdo con la Cláusula 10.5(c).

6.1.6 El dispositivo que emplea una combinación de componentes y accesorios de fijación integral que se han sometido a prueba por separado, no requerirá de pruebas en combinación. La CAPACIDAD DE CARGA que especifica el fabricante para el dispositivo de combinación no deberá exceder la CAPACIDAD DE CARGA, cuando esté establecida, de algún componente de la combinación. Si la combinación incluye un SOPORTE COLGANTE, GRAPA, o CORREA, La combinación deberá cumplir con los requisitos mínimos de carga de las Tablas 6 y 7 u 8 y 9, según se aplique. 6.2 Pruebas de ensamblaje 6.2.1 Cuando se ensamble de acuerdo con las Cláusulas 6.2.3 – 6.2.5, ninguna parte del DISPOSITIVO FÍSICO se deberá quebrar o romper y la rosca de los tornillos no se deberá desprender. Adicionalmente, el ensamblaje deberá cumplir con la Cláusula 5.1.1. 6.2.2 Después de la prueba de las Cláusulas 6.2.3 – 6.2.5: a) El diámetro interior de un tubo o conducto no flexible no deberá reducirse más del 15 por ciento, según lo establecido por el medio apropiado descrito en UL 514B o CSA C22.2 No. 18.3, b) El conducto de metal flexible, cable blindado, y cable revestido de aluminio u otro revestimiento metálico no deberá estar deformado ya que los bordes filosos presentes en el conducto o cable podrían dañar los cables empaquetados, según se determine mediante la inspección visual, y c) La cubierta externa de un cable con revestimiento no metálico no deberá estar cortado o perforado, según se determine mediante la inspección visual. 6.2.3 El DISPOSITIVO FÍSICO deberá cumplir con la Cláusula 6.2.1 cuando el ensamblaje se realice según lo previsto para cada medida de conductos, cables o tuberías. 6.2.4 Los tornillos o pernos que se proveen para asegurar los conductos, cables o tuberías de un DISPOSITIVO FÍSICO, o se destinan para asegurar un DISPOSITIVO FÍSICO mediante soporte directo a una brida, se deberán ajustar con los valores de torque indicados en la Tabla 3. A menos que se especifique de otro modo en las instrucciones del fabricante, se deberá realizar una prueba del cabezal de combinación utilizando el torque especificado en la Tabla 3. Columna 2. 6.2.5 A menos que se indique en las instrucciones del fabricante, se deberán ajustar los tornillos con combinación de cabeza de perno y tuerca que no sean para soporte directo y no estén preparados para su ajuste con un destornillador, utilizando un torque de 18.1 N•m (160 lb-pulg).

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6.1.5 Cuando se utilice una máquina de pruebas de tracción, ésta deberá tener la capacidad de soportar una carga específica e indicar la fuerza máxima resultante con una tasa fija de extensión. La velocidad de avance que se utilice durante la prueba deberá ser de 25.4 ± 2.5 mm por min (1 ± 0.1 pulg. por min).

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6.3 Prueba de espesor de la cubierta metálica 6.3.1 La prueba descrita en las Cláusulas 6.3.2 – 6.3.9 se deberá utilizar para determinar el espesor del revestimiento de zinc en el caso que se exija un espesor mínimo. No se prohíbe el uso de un método de prueba no destructiva para determinar el espesor del revestimiento de zinc. Cuando se requiera la medición por parte de un árbitro, se deberá utilizar la prueba descrita en las Cláusulas 6.3.2 – 6.3.9.

6.3.3 La solución de la prueba deberá contenerse en un recipiente de vidrio tal como un embudo de decantación con la salida equipada con una llave de paso y un tubo capilar que tenga un borde interior de 0.64 mm (0.025 pulg) y una longitud de 140 mm (5.5 pulg). El extremo inferior del tubo capilar deberá tener forma cónica para formar una punta, de modo que las gotas que salgan de ésta tengan un aproximado de 0.05 mililitros cada una. Para mantener un nivel efectivamente constante se deberá insertar un pequeño tubo de vidrio a la parte superior del embudo de decantación mediante un tapón de caucho y se deberá ajustar su posición de manera que, al abrir la llave de paso la frecuencia del goteo sea de 100 ± 5 gotas por min. Se deberá utilizar una llave de paso adicional en el tubo de vidrio para controlar la frecuencia del goteo. 6.3.4 La prueba se deberá realizar a temperatura ambiente de 21.1 – 32.2 °C (70 – 90 °F). La muestra y la solución de prueba se deberán guardar en la sala de la prueba hasta que se alcance la temperatura de la sala que se deberá registrar. 6.3.5 Todas las muestras se deberán limpiar completamente antes de la prueba. Se deberá retirar completamente cualquier cobertura de grasa, laca, pintura y otras coberturas no metálicas con un solvente. Las muestras luego se deberán enjuagar con agua y secar con un paño limpio de algodón. Se deberá tener cuidado para evitar tocar la superficie limpia con las manos o con cualquier material extraño. 6.3.6 La muestra que se someterá a prueba se deberá colocar a 17.8 – 25.4 mm (0.7 – 1 pulg) por debajo del orificio, de manera que las gotas de la solución choquen con el punto que se pondrá a prueba y corra rápidamente. La superficie que se someterá a prueba deberá tener una inclinación de aproximadamente 45 grados desde la posición horizontal. 6.3.7 Luego de la limpieza, la muestra que se someterá a prueba se deberá colocar debajo del orificio. Se deberá abrir la llave de paso y se medirá el tiempo en segundos con un cronómetro hasta que el goteo de la solución disuelva el revestimiento protector metálico, dejando expuesto el metal de base. El punto final es la primera aparición del metal de base, que se reconoce por un cambio en el color en ese punto. 6.3.8 Todas las muestras estarán sujetas a la prueba en tres o más puntos (con excepción de las superficies cortadas, marcadas y roscadas) sobre la superficie interior y con igual número de puntos que la superficie exterior en lugares en los que el revestimiento metálico sea el más delgado. 6.3.9 El espesor del revestimiento que se someterá a prueba se deberá calcular determinando el factor correspondiente a la temperatura con la que se realizó la prueba según la Tabla 4, multiplicada por 0.0003 mm (0.00001 pulg), y luego multiplicada por el tiempo en segundos necesarios para que quede expuesto el metal base como se determinó de acuerdo con la Cláusula 6.3.7.

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6.3.2 La solución que se utilizará en la prueba deberá estar compuesta por agua destilada que contenga 200 g/L de ácido crómico grado reactivo, CrO3, y 50 g/L de ácido sulfúrico concentrado grado reactivo, H2SO4. El último es equivalente a 27 ml/L de ácido sulfúrico concentrado grado reactivo, gravedad específica 1.84, que contenga 96 por ciento de H2SO4.

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6.4 Pruebas de sistemas alternativos de protección contra la corrosión. 6.4.1 Generalidades 6.4.1.1 Las coberturas, distintas al revestimiento de zinc, que no están destinadas para el uso en recintos húmedos deberá cumplir con la Cláusula 6.4.3. La preparación de la muestra y su acondicionamiento se deberá dar de acuerdo con las Cláusulas 6.4.1.3, 6.4.1.4, y 6.4.2.

6.4.1.3 En el caso de un sistema de protección contra la corrosión que se destine para usarse en recintos húmedos se deberá proporcionar un mínimo de 50 muestras del producto terminado que sean representativas de un sistema alternativo de protección contra la corrosión y que tengan un área máxima de superficie significativa o, siempre que sea apropiado, para el sistema bajo investigación, se proporcionarán paneles de acero de 100 por 150 mm (4 por 6 pulg) de cualquier espesor. Se deberá someter a prueba un mínimo de 30 muestras. Para sistemas de protección contra la corrosión que no estén destinados para usarse en recintos húmedos, se deberán proporcionar 20 muestras. Se someterán a prueba un mínimo de 12 muestras. Las muestras adicionales se utilizarán en caso de daño de las muestras originales durante la preparación o manipulación. 6.4.1.4 Los bordes o superficies sin protección de todos los paneles o productos terminados se deberán cubrir con una cinta o compuesto resistente a la humedad. Para las coberturas pintadas se deberá separar la mitad de las muestras que se expondrán de acuerdo con ASTM D 1654. Las muestras deberán estar libres de suciedad o material extraño. Las muestras deberán estar debidamente limpias. El método de limpieza deberá ser opcional dependiendo de la naturaleza de la superficie y de los contaminantes. Se deberá tener cuidado de que las muestras no se re contaminen después de la limpieza por manipuleo descuidado o excesivo. Se deberá medir el espesor de la cobertura de cada muestra antes de exponerlas al entorno de prueba. 6.4.2 Exposición al aire caliente acondicionado. 6.4.2.1 No menos de seis muestras no separadas y, cuando sea necesario, seis muestras escogidas (ver la Cláusula 6.4.1.4) de cada sistema se deberán exponer por 240 h en un horno de circulación de aire a 87 ± 1 °C (189 ± 2 °F). Estas muestras se deberán utilizar para las Cláusulas 6.4.3 y 6.4.4.

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6.4.1.2 Las coberturas, distintas al revestimiento de zinc, que están destinadas para el uso en recintos húmedos deberán cumplir con las Cláusulas 6.4.3 – 6.4.5. La preparación de la muestra y su acondicionamiento se deberá dar de acuerdo con las Cláusulas 6.4.1.3, 6.4.1.4, y 6.4.2. La Resistencia a la exposición a la luz ultravioleta y al agua se aplica únicamente a coberturas pintadas o poliméricas.

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6.4.3 Prueba de resistencia a la niebla salina (fog) 6.4.3.1 Se deberá exponer un mínimo de seis muestras tal como se reciban y un mínimo de seis muestras tratadas con aire caliente a la niebla salina (fog) durante el tiempo que se especifica en la Tabla 5. La exposición se deberá realizar de acuerdo con ASTM B 117. Siempre que se aplique, se deberán separar tres de las muestras recibidas sin tratamiento y tres de las muestras expuestas al aire caliente acondicionado según se especifica en la Cláusula 6.4.1.4.

6.4.3.3 Para las coberturas distintas a las pintadas o poliméricas, las muestras no deberán presentar oxido rojo en más del 5 por ciento de su superficie después de la exposición durante el tiempo que se indica en la Tabla 5. En el caso de los productos destinados para su uso en recintos no húmedos, si los resultados no son concluyentes, todas las muestras deberán permanecer en la cámara de niebla salina (fog) por un periodo total de 168 h. Se considerará que la cobertura cumple con los requisitos si ninguna de las muestras presenta óxido en más del 50 por ciento de su superficie después de esta exposición adicional. Nota: Para propósitos de esta norma, en el caso de las coberturas de fosfato/aceite o fosfato/orgánico, el óxido rojo se determina según la corrosión del metal base de acuerdo con la Cláusula 8.2 de ASTM D 1654.

6.4.4 Prueba de resistencia a dióxido de carbono y dióxido de azufre en aire húmedo. 6.4.4.1 Seis muestras sin tratamiento y seis muestras tratadas con aire caliente acondicionado se deberán exponer al dióxido de carbono y dióxido de azufre en aire húmedo por 1200 h. El aparato utilizado para esta exposición deberá constar de una cámara que tenga un volumen de por lo menos 0.085 metros cúbicos (3 pies cúbicos) con un calentador de agua y controlado con termostato para mantener una temperatura de 35 ± 2 °C (95 ± 3 °F). Tres muestras sin tratamiento y tres muestras tratadas con aire caliente acondicionado se deberán seleccionar según se describe en la Cláusula 6.4.1.4. 6.4.4.2 Para las coberturas pintadas, como resultado del acondicionamiento, las muestras no separadas no deberán presentar más que una ligera corrosión debajo del sistema de cobertura, sin picaduras a la vista del sustrato y sólo el inicio de acumulación o ampollas de productos de corrosión. En el caso de las muestras escogidas, el promedio de la distancia de avance de los productos de corrosión desde el trazo no deberá ser mayor a la Tasa No. 6 [1.6 – 3.2 mm (1/16 – 1/8 pulg)] según se designó en el Procedimiento A, Método 2 de ASTM D 1654, con un punto aislado máximo que no exceda de 9.5 mm (3/8 pulg). 6.4.4.3 Para las coberturas que no sean pintadas, como resultado de la exposición, las muestras no deberán presentar evidencia de óxido rojo. Nota: Para propósitos de esta norma, el óxido rojo está determinado como corrosión del metal base de acuerdo con ASTM F 1137.

6.4.4.4 Se deberá suministrar dióxido de carbono y dióxido de sulfuro a la cámara de prueba desde cilindros comerciales que contengan los gases bajo presión. Se deberá introducir dentro de la cámara una cantidad de dióxido de carbono equivalente a 1 por ciento del volumen de la cámara de prueba y un volumen equivalente de dióxido de sulfuro en la cámara todos los días de trabajo. Antes de introducir la

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6.4.3.2 En el caso de una cobertura pintada o polimérica, como resultado de la exposición que se indica en la Tabla 5, las muestras no separadas no deberán ser mayores a la Tasa N° 5 (falla de 11 – 20 por ciento del área) según lo indicado en el Procedimiento B de ASTM D 1654. En el caso de las muestras escogidas, las distancias de avance promedio de los productos de corrosión no deberán ser mayores a la Tasa No. 5 [3 – 5 mm (1/8 – 3/16 pulg)] según lo indicado en el Procedimiento A, Método 2 de ASTM D 1654, con un punto aislado máximo que no exceda de 9.5 mm (3/8 pulg).

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nueva carga de gas cada día, se deberá purgar de la cámara la mezcla de aire y gas restante del día anterior. Se deberá mantener una pequeña cantidad de agua en el fondo de la cámara para la humedad. El agua no se deberá cambiar durante la exposición. Las muestras se deberán apoyar en estantes plásticos con un ángulo de 15 grados con respecto a la posición vertical. 6.4.5 Prueba de resistencia a la luz ultravioleta y al agua 6.4.5.1 Se deberán exponer tres muestras no escogidas y, cuando sea necesario, tres muestras escogidas (ver la Cláusula 6.4.1.4) a la luz ultravioleta y al agua mediante el método que se especifica en la Cláusula 6.4.5.4.

6.4.5.3 Eliminado el 8 de mayo de 2009 6.4.5.4 En Canadá, se deberán exponer las muestras durante 1000 h a la luz ultravioleta y al agua de acuerdo con el ISO 4892-1 y arco de xenón, Método A, Ciclo No. 2 de acuerdo con el ISO 4892-2. Se deberá utilizar una exposición continua a la luz y una exposición intermitente al agua rociada con un ciclo programado de 120 min que consiste en una exposición a la luz de 102 min y una exposición de 18 min al agua rociada con luz. El aparato deberá funcionar con 6500 W, una lámpara de arco xenón enfriada con agua, vidrio de borosilicato interior y filtros ópticos exteriores, una radiación espectral de 0.35 W/m2/nm a 340 nm y una temperatura de panel negro de 63 ± 3 °C (145 ± 5 °F). En Estados Unidos, las muestras se deberán exponer durante 500 h. 6.5 Prueba de materiales

ELASTOMÉRICOS

6.5.1 Un ELASTÓMERO distinto a un ELASTÓMERO termoplástico no se deberá quebrar o mostrar cambios en la dureza de más de 10 números después del acondicionamiento que se especifica en la Cláusula 6.5.3. 6.5.2 Tres muestras de tamaño comercial del acondicionar de acuerdo con la Cláusula 6.5.3.

DISPOSITIVO FÍSICO

que se someterá a prueba se deberán

6.5.3 La dureza del material no envejecido se determinará promediando cinco lecturas utilizando un manómetro como medidor de dureza Rex o el durómetro Shore. Luego, las muestras se deberán acondicionar durante 70 h en un horno de aire circulante a 100 ± 1 °C (212 ± 2 °F). Luego del reacondicionamiento las muestras deberán reposar a temperatura ambiente durante no menos de 4 h y luego, la dureza se deberá determinar nuevamente promediando cinco lecturas. La diferencia entre la lectura de la dureza original y la lectura tomada después del acondicionamiento corresponde al cambio de la dureza.

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6.4.5.2 Como resultado de la exposición, las muestras no escogidas, no presentarán corrosión del metal base (óxido rojo) o ampollas. En el caso de las muestras escogidas, el promedio de distancia de avance de los productos de corrosión desde la marca no deberá ser mayor a la Tasa No. 6 [1.6 – 3.2 mm (1/16 – 1/8 pulg)] como se determinó en el Procedimiento A, Método 2 de ASTM D 1654, con un punto aislado máximo que no exceda de 9.5 mm (3/8 pulg). No deberá existir evidencia visual de picaduras del sustrato y sólo el comienzo de una acumulación de productos de corrosión debajo de la cobertura elevada desde la marca.

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6.6 Prueba de atenuación de la tensión del molde 6.6.1 Los productos ELASTOMÉRICOS termoplásticos o productos metálicos con ELASTÓMEROS termoplásticos no deberán mostrar evidencia de rupturas o cambio de ninguna dimensión de más del 10 por ciento cuando se acondicionen las muestras de acuerdo con la Cláusula 6.6.2. Las partes que emplean sólo materiales termo endurecidas no requieren someterse a esta prueba.

6.7 Prueba de inflamabilidad 6.7.1 A menos que se especifique de otro modo en la Cláusula 5.2.3, un producto polimérico o producto de metal con componentes poliméricos deberá someterse a prueba de acuerdo con IEC 60695-11-10. 6.7.2 Se deberán utilizar seis muestras de placa cuadrada, 101.6 mm (4 pulg) por lado, o seis muestras de productos terminados para la prueba especificada en la Cláusula 6.7.1. Como resultado de la prueba: a) El material de la placa no deberá inflamarse por más de 30 seg. después de cualquiera de las primeras cuatro aplicaciones o más de 1 min después de la quinta aplicación de la llama de prueba, b) El material del producto terminado no deberá: 1) Tener llama abierta por más de un minuto luego de la aplicación final de la llama de prueba, o 2) Consumirse, c) No deberá haber ninguna abertura en el material que admita el paso de una vara de 6.4 mm (1/4 pulg) de diámetro luego que el material haya retornado a la temperatura ambiente. La vara se deberá aplicar sin fuerza, y d) No deberá haber una llama visible en la superficie opuesta a la que se aplicó la llama de prueba.

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6.6.2 Se deberá acondicionar un mínimo de seis muestras desensambladas durante 7 h a una temperatura de 70 ± 1 °C (158 ± 2 °F) en un horno de aire circulante. Luego de retirarlas del horno, las muestras se deberán enfriar a temperatura ambiente con aire en reposo, por no menos de 4 h antes de examinarlas. Luego de enfriarlas, todas las muestras se deberán examinar para determinar si cumplen con la Cláusula 6.6.1.

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6.8 Uso de recinto húmedo 6.8.1 Como resultado del acondicionamiento descrito en la Cláusula 6.38.2, un producto polimérico o producto metálico con un componente polimérico expuesto no deberá quebrarse o romperse. Cuando se proveen los productos en más de un color, el color que tenga la carga de pigmento orgánico más pesado y cualquier otro color (tal como el rojo o amarillo) que se conozca que tienen efectos críticos particulares, se someterá a esta prueba. Todos los juegos sometidos a prueba están determinados para ser representativos de todo el rango de colores del material.

6.8.2 Cada muestra se deberá exponer por 1000 h a una luz ultravioleta y agua de acuerdo con ISO 4892-1 y el arco de xenón, Método A, Ciclo No. 2 de acuerdo con ISO 4892-2. Se deberá emplear una exposición continua a la luz y una exposición intermitente al agua rociada, con un ciclo programado de 120 min que consiste en una exposición a la luz de 102 min y una exposición de 18 min al agua rociada. El aparato deberá funcionar a 6500 W, con una lámpara de arco de xenón enfriado por agua, vidrio de borosilicato interior y filtros óptico exteriores, una irradiancia espectral de 0.35 W/m2/nm a 340 nm, y a una temperatura de panel negro de 63 ± 3 °C (145 ± 5 °F). 6.8.3 Las muestras se deberán montar sobre el cilindro del aparato de luz ultravioleta de manera que no tengan contacto una con otra. Luego de la exposición, se deberán retirar las muestras del cilindro y se compararán visualmente con las muestras no acondicionadas. 6.8.4 No se requiere la exposición ultravioleta para un versión no revestida cumple con la Cláusula 6.3.

DISPOSITIVO FÍSICO

metálico revestido cuando la

6.9 Prueba de liberación de calor y humo 6.9.1 El DISPOSITIVO FÍSICO que tenga cualquier elemento no metálico y está destinado para su utilización en un ESPACIO DE CIRCULACIÓN DE AIRE como se definió en la Cláusula 3.2, se deberá someter a prueba de acuerdo con el Anexo A, Prueba de liberación de calor y humo. Debido a la variabilidad de los tipos de productos dentro del alcance de esta norma, se deberán determinar antes de esta prueba los medios de montaje y cantidad de muestras. Nota: Para guiarse en la determinación de la cantidad de pruebas adecuadas, ver UL 1565 o CSA C22.2 No. 18.5.

6.9.2 La prueba deberá consistir de dos juegos de muestras. Siempre que sea apropiado, se deberá establecer un cesto de malla de alambre delgado o medios similares que sean representativos del montaje del producto con uso normal. Los medios deberán contener el juego de muestras y asegurar que el material polimérico de los dispositivos se mantenga dentro del alcance de la fuente de la llama durante toda la prueba. La malla de alambre deberá ser de acero galvanizado cribado con las aberturas de aproximadamente 1.2 mm (3/64 pulg.). 6.9.3 Para determinar el cumplimiento con la Cláusula.9.1, se deberán evaluar las siguientes propiedades y deberán estar dentro de los límites especificados: a) La tasa de emisión de calor pico deberá ser menos o igual a 100 kW, b) La densidad óptica normalizada pico deberá ser menor o igual a 0.5, y c) La densidad óptica normalizada promedio deberá ser menor a 0.15.

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Esta exigencia no se aplica en los casos que el componente polimérico expuesto de un producto de metal no depende de la función destinada del producto de acuerdo con esta norma.

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7 Prueba de productos para

SUJETADORES, GRAPAS,

y

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CORREAS

7.1 Generalidades 7.1.1 Adicionalmente a los requisitos de la Cláusula 5, los con las cláusulas 7.1.2 y 7.2.1 – 7.2.8. 7.1.2 Se deberán someter a prueba las acuerdo con la Cláusula 7.3.

GRAPAS

o

SUJETADORES, GRAPAS,

CORREAS

y

CORREAS

deberán cumplir

que utilicen clavos para su instalación de

7.2.1 Como resultado de la prueba descrita en las Cláusulas 7.2.4 – 7.2.8: a) El conducto, cable o tubería no se deberá halar sin el b) La flexión u otro daño a un SUJETADOR, GRAPA, o sin fuerza del conducto, cable o tubería y

SUJETADOR, GRAPA,

CORREA no

o

CORREA,

deberá provocar el desprendimiento

c) Las GRAPAS o CORREAS provistas de clavos o las GRAPAS o CORREAS que tengan medios integrales para clavos no se deberán arrastrar fuera de la superficie de montaje. 7.2.2 A menos que las instrucciones del fabricante lo especifiquen de otro modo, las muestras que están diseñadas para ensamblarse con un destornillador se deberán ajustar con un torque de 3.96 N•m (35 lbfpulg.), y las muestras que se ensamblan sólo con una llave se deberán ajustar con un torque de 18.1 N•m (160 lbf-pulg.). 7.2.3 Para las pruebas que se especifican en las Cláusulas 7.2.5 – 7.2.8 se deberá utilizar la fuerza de tirón que se especifica en la Cláusula 7.2.4 o tres veces LA CAPACIDAD DE CARGA, que especifique el fabricante, cualquiera sea mayor, 7.2.4 Cada dispositivo ensamblado, señalado en las Cláusulas 7.2.6 y 7.2.7 deberá estar sujeto a una fuerza de tirón, y mantener esa fuerza de tirón por 5 min, aplicada a la superficie de montaje. La fuerza deber ser la que se especifica en las Tablas 6 – 9 para los SUJETADORES, GRAPAS, y CORREAS destinados para asegurar o soportar conductos y tuberías no flexibles. Para los conductos, tuberías o cables flexibles, la fuerza deberá ser de 228 N (50 lbf) para todas las medidas. 7.2.5 Adicionalmente al cumplimiento con la Cláusula 7.2.4, en los dispositivos de combinación, tales como una ABRAZADERA de suspensión íntegramente fijada a una ABRAZADERA PARA VIGA, la ABRAZADERA PARA VIGA deberá cumplir con la Cláusula 8.2. 7.2.6 Los SOPORTES y CORREAS se deberán colocar rígidamente a un dispositivo de prueba, y las CORREAS se deberán asegurar a una madera de pino o abeto de uso estructural. Cuando se especifica un rango de tamaños de cables, conductos o tuberías, se deberá realizar cada prueba a los tamaños más largos y más cortos de ese rango. Los cables, conductos o tuberías que se utilizarán para esta prueba deberán tener 152.4 mm (6 pulg) de largo. Las muestras ensambladas se deberán someter a prueba de acuerdo con los requisitos aplicables en las Cláusulas 7.2.7 y 7.2.8. 7.2.7 Todos los SUJETADORES, GRAPAS, o CORREAS de material polimérico, o que tengan un componente polimérico y todos los montajes de la Cláusula 7.2.6 se deberán someter a prueba de acuerdo con la Cláusula 6.6 antes de realizar la prueba de tracción descrita en la Cláusula 7.2.4. Las muestras se deberán enfriar a temperatura ambiente antes de someterlas a la prueba de tracción de acuerdo con la Cláusula 6.4.5.

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7.2 Prueba de tracción

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7.2.8 El aparato de prueba para un DISPOSITIVO FÍSICO que se acoplará a un cable colgante deberá garantizar que ambos extremos del cable estén asegurados y el cable esté tenso. 7.3 Prueba de impacto 7.3.1 Luego de la prueba descrita en la Cláusula 7.3.2, las muestras no se deberán quebrar o romper.

8 Prueba de Producto para GRAPAS DE UNIÓN DE SOPORTE 8.1 Generalidades 8.1.1 Adicionalmente a la Cláusula 5, Las 8.2.1 – 8.2.5.

GRAPAS DE UNIÓN DE SOPORTE

deberán cumplir con las Cláusulas

8.2 Prueba de tracción 8.2.1 Como resultado de la prueba descrita en las Cláusulas 8.2.2 – 8.2.5, las deberán permanecer en la viga, sometidas a carga, y: a) La

GRAPA DE UNIÓN DE SOPORTE no

GRAPAS DE UNIÓN DE SOPORTE

se deberá quebrar o romper,

b) La rosca del tornillo no se deberá desprender, y c) El perno roscado o ABRAZADERA PARA VIGA.

DISPOSITIVO FÍSICO que

se soportará deberá permanecer asegurado a la

8.2.2 Todos los montajes de prueba, deberán incluir la ABRAZADERA PARA VIGA, viga, pernos roscados (siempre que las ABRAZADERAS PARA VIGA estén provistos de este elemento), y el producto destinado para recibir el soporte según se especificó en las instrucciones de instalación (cuando se especificó para su uso). Todos los componentes individuales de un dispositivo de combinación, tal como COLGANTES de conductos íntegramente acoplados a una ABRAZADERA PARA VIGA, deberán cumplir con los requisitos para dicho componente. El perno roscado deberá tener un grado estándar a menos que el fabricante especifique un perno de grado con mayor dureza. 8.2.3 La ABRAZADERA PARA VIGA con tornillos para acoplar a la viga se deberá ensamblar con el torque indicado en la Tabla 3, Columna 1. Si no existe la opción de ajustar con un destornillador, se deberá ensamblar la ABRAZADERA PARA VIGA de acuerdo con la Tabla 3, Columna 2.

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7.3.2 Las muestras se deberán acondicionar por 5 h en una cámara a menos 20 ± 1 °C (menos 4 ± 2 °F). Inmediatamente después de retirar todas las muestras de la cámara de acondicionamiento, se deberán colocar sobre una placa de acero de 12.7 mm (1/2 pulg) de grosor cubierta con una lámina de espesor nominal de 12.7 mm (1/2 in) de contrachapado marino. La muestra se deberá colocar con la superficie de clavado perpendicular a la superficie del contrachapado. El tipo y tamaño mínimo del cable, conducto o tubería que especifica el fabricante se deberá colocar bajo la GRAPA o CORREA según lo planeado. Se deberá dejar caer una pesa de acero cilíndrico de 1.36 kg (3 lb), 28.6 mm (1-1/8 pulg) de diámetro que tenga una superficie plana de impacto de 25.4 mm (1 pulg) de diámetro sin bordes filosos con una distancia vertical de 279.4 mm (11 pulg). Se deberán emplear referencias de manera que la superficie de impacto de la pesa de prueba golpee el accesorio de clavado en el punto donde la cabeza del clavo sobresale, sin ningún clavo en el lugar. No deberán transcurrir más de 15 segundos entre el tiempo de retirada la muestra de la cámara de acondicionamiento y el momento de aplicación del impacto.

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8.2.4 La ABRAZADERA PARA VIGA se deberá instalar, según lo proyectado, a una viga que tenga un espesor de brida de acuerdo con los valores del fabricante. Cuando el fabricante no especifica el espesor de la brida, la ABRAZADERA PARA VIGA se deberá instalar a la sección de la viga con una brida de 3.2 mm (1/8 pulg) de grosor. Cada vez que se especifique un rango de espesor de la brida, la ABRAZADERA PARA VIGA se deberá someter a prueba con el espesor de la brida menor y mayor que la especificada.

9 Prueba de Producto para

SEPARADORES (Sólo

Canadá)

9.1 Tensión del molde 9.1.1 No se deberán producir cambios dimensionales mayores al 5 por ciento en un SEPARADOR no metálico después de haberse sometido en un horno de circulación de aire por 168 h a 112 1 °C (234 2 °F). 9.2 Resistencia de Voltaje 9.2.1 Un SEPARADOR deberá tener la capacidad de resistir un voltaje de 1.0 kV sin colapsar, por un periodo de 1 min a una temperatura de 23 ± 5 °C (73 ± 10 °F). El SEPARADOR se deberá acoplar a un perno de acero de la manera establecida. El voltaje se deberá aplicar a un mandril de metal que se mantiene en el lugar por medio del SEPARADOR. El voltaje se deberá aplicar mediante un electrodo fijado al perno de acero con un mandril conectado a tierra. 10 Señalizaciones 10.1 Las señalizaciones deberán ser permanentes, legibles y visibles después que el producto se haya instalado. Los siguientes tipos de señalizaciones o los equivalentes son permanentes: a) Grabadas, b) Moldeadas, c) Estampadas con cuño, o d) Estampadas en forma indeleble sobre una etiqueta sensible a la presión asegurada por un adhesivo y que cumpla con UL 969 o CSA C22.2 No. 0.15. 10.2 Un marcado adicional a un marcaje exigido no deberá estar en conflicto o prestarse a confusión con un marcaje exigido. 10.3 Las unidades de medición para el marcado deberá ser en SI (métrico), unidades equivalentes, o ambas.

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8.2.5 Todos los conjuntos se deberán someter a una fuerza de tracción por 5 min, aplicada desde el perno roscado o el producto que se soportará desde la ABRAZADERA PARA VIGA. En el caso de un dispositivo de combinación que incluye una ABRAZADERA PARA VIGA, la fuerza se deberá aplicar a la ABRAZADERA PARA VIGA desde el perno roscado o producto que se soportará directamente. La fuerza deberá ser tres veces la CAPACIDAD DE CARGA determinada por el fabricante. En caso que la CAPACIDAD DE CARGA no se especifique se deberá aplicar una fuerza de acuerdo con las Tablas 6 – 9 al conducto o tubería de tamaño comercial más grande para los que la abrazadera está estimada.

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10.4 Todos los DISPOSITIVOS DEL EQUIPO se deberán marcar con el nombre del fabricante u otras marcas descriptivas que identifiquen a la organización responsable del producto. 10.5 Los elementos siguientes, siempre que sea aplicable, se deberán marcar sobre el en el cartón de empaque de las unidades más pequeñas:

DISPOSITIVO FÍSICO

o

a) Número de catálogo o designación equivalente, b) Recintos húmedos de acuerdo con la Cláusula 5.1.6,

d) En Estados Unidos, adecuado para un intervalo de soporte máximo de 3.05 m (10.0 pies) o equivalente, para SOPORTES o CORREAS que se utilizan con conductos de metal rígidos e intermedios de medidas comerciales de 2-1/2 (63) y mayores, cuando se someten a pruebas como se especificó en las Tablas 6 – 9 utilizando los valores para intervalos máximos de 3.05 m (10.0 pies). Ver la nota al pie (a) en las Tablas. En Canadá, (d) no se aplica. 10.6 Los siguientes elementos, siempre que sea aplicable, se deberán marcar en la caja de envío de la unidad más pequeña o las instrucciones de instalación proporcionadas sobre o dentro de la caja de la unidad más pequeña: a) Tipos o rango de espesor de un reborde de la viga, cable colgante o barra de acuerdo con la Cláusula 6.1.2, b) Instrucciones del montaje previsto, si se restringe (por ejemplo, vertical u horizontal), c) Medidas y tipos de conductos, cables o tuberías destinadas para soportarse con GRAPAS, y CORREAS,

SOPORTES,

d) CAPACIDAD DE CARGA cuando se realizan pruebas con valores mayores a los que se especifican en las Tablas 6 – 9, o la Cláusula 7.2.4, para las aplicaciones previstas y e) El torque de ensamblaje designado por el fabricante cuando difiere del que se indica en la Tabla 3. Ver las Cláusulas 6.2.4 y 6.2.5. 10.7 En los Estados Unidos, cuando el fabricante produce un DISPOSITIVO FÍSICO en más de una fábrica, se deberá marcar con una designación distintiva que lo identifique como producto de una fábrica en particular. En Canadá, este requisito no se aplica. 10.8 La caja de envío de una unidad más pequeña o las instrucciones de instalación, si se provee, de un DISPOSITIVO FÍSICO que cumple con la Cláusula 6.9 puede marcarse como sigue: a) Para dispositivos de estructuras íntegramente metálicas “adecuados para utilizarse en ESPACIOS DE CIRCULACIÓN DE AIRE (plenos) de acuerdo con la Sección 300.22(B), (C), y (D) del Código Nacional Eléctrico y las Reglas 12-010 (3), (4), y (5), y 12-020 del Código Eléctrico Canadiense, Parte I” o un texto equivalente. La marca del código “AH-1” cumple con el objetivo de este requisito. b) Para dispositivos fabricados con materiales poliméricos, “adecuados para utilizarse en ESPACIOS DE CIRCULACIÓN DE AIRE (plenos) de acuerdo con la Sección 300.22(C) y (D) del Código Nacional Eléctrico y las Reglas 12-010 (3), (4), y (5), y 12-020 del Código Eléctrico Canadiense, Parte I”

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c) Temperaturas de aplicación de acuerdo con la Cláusula 6.1.4, y

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o un texto equivalente. La marca del código “AH-2” cumple con el objetivo de este requisito. 10.9 El DISPOSITIVO FÍSICO que cumple con los requisitos de fuerza de tracción aplicable de la Cláusula 7.2.4 deberá permitir el marcado sobre el dispositivo o sobre la caja de envío de la unidad más pequeña con la referencia CAPACIDAD DE CARGA que corresponda a la fuerza de tracción como se especificó en las Tablas 6 – 9. 11 Instrucciones de instalación.

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11.1 Con referencia a las Cláusulas 5.1.4 y 6.1.2, cuando se proveen por separado las instrucciones de instalación con un DISPOSITIVO FÍSICO, éstas deberán incluir las especificaciones definidas en las Cláusulas 10.5 y 10.6.

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Tabla 1 Diámetro mínimo del agujero de montaje para las CORREAS para conductos metálicos rígidos o tubería metálica eléctrica (Ver la Cláusula 5.2.6.) Tamaño comercial (Indicador métrico)

Diámetro Mínimo mm (pulg.) CORREA de

(16) y (21) (27) (35) a (41) (53) a (78) (91) a (155)

un agujero

CORREA

4.7 (3/16) 6.3 (1/4) 6.3 (1/4) 9.5 (3/8) 12.7 (1/2)

de dos agujeros 4.7 (3/16) 4.7 (3/16) 5.6 (7/32) 7.2 (9/32) 8.7 (11/32)

Tabla 2 Espesor del revestimiento de zinc (Ver Cláusulas 5.3.1 y 5.3.4.) Tipo de

DISPOSITIVO FÍSICO

y material

Espesor de revestimiento de zinc, mm (p) Promedioa 0.0038 (0.00015) b b

Mínimo de acero para utilizarse en recintos que no sean húmedos 0.0025 (0.0001) DISPOSITIVO FÍSICOS maleables o de hierro fundido b Tornillos b DISPOSITIVO FÍSICO de acero para su utilización en recintos húmedos 0.0127 (0.0005) 0.010 (0.0004) a El promedio de espesor se deberá determinar promediando por lo menos tres mediciones. A menos que el tamaño prohíba dichas mediciones, cada medición se deberá tomar de una superficie diferente. Cuando se tomen múltiples mediciones de una sola superficie, éstas se deberán espaciar equitativamente sobre dicha superficie. b El espesor mínimo del revestimiento de zinc sobre estos DISPOSITIVOS DEL EQUIPO y los componentes no se especifican. Se deberá verificar la evidencia de protección de zinc contra la corrosión mediante inspección visual. DISPOSITIVO FÍSICO

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1/2 y 3/4 1 1-1/4 a 1-1/2 2a3 3-1/2 a 6

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Tabla 3 Torque de ensamblaje (Ver las Cláusulas 6.2.4, 8.2.3, y 10.6.) Medida del tornillo/perno

Columna 1 Ajuste del tornillo con un destornillador

Columna 2 Ajuste de un perno con una llave

No. 6 No. 8 No. 10 1/4 5/16 3/8 7/16 1/2 9/16 5/8 3/4 7/8 1

N•m (lbf-pulg) – – 3.96 (35) 4.52 (40) 6.78 (60) 6.78 (60) 10.17 (90) 14.13 (125) 20.34 (180) 28.25 (250) 45.20 (400) 75.15 (665) 111.87 (990)

1.36 (12) 2.26 (20) 3.96 (35) 3.96 (35) 3.96 (35) 3.96 (35) 3.96 (35) 3.96 (35) 3.96 (35) 3.96 (35) 3.96 (35) – –

NOTA 1 Estas figuras de la cabeza de tornillo se muestran solo como ejemplo y no se pretende representar todas las posibles configuraciones. NOTA 2 Con referencia a la Cláusula 8.2.3, la cabeza del tornillo no se aplica.

Tabla 4 Espesor del revestimiento de zinc (Ver la Cláusula 6.3.9.) Temperatura, grados C (F) 21.1 21.7 22.2 22.8 23.3 23.9 24.4 25.0 25.6 26.1 26.7 27.2 27.8 28.3 28.9 29.4 30.0 30.6 31.1 31.7

Factores de espesor del revestimiento de zinc

(70) (71) (72) (73) (74) (75) (76) (77) (78) (79) (80) (81) (82) (83) (84) (85) (86) (87) (88) (89)

0.980 0.990 1.000 1.010 1.015 1.025 1.033 1.042 1.050 1.060 1.070 1.080 1.085 1.095 1.100 1.110 1.120 1.130 1.141 1.150

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N•m (lbf-pulg)

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Tabla 4 Continuación Temperatura, grados C (F) Factores de espesor del revestimiento de zinc 32.2 (90)

1.160

Tabla 5 Exposición a la prueba de niebla salina (fog) (Ver las Cláusulas 6.4.3.1, 6.4.3.2, y 6.4.3.3.) Recintos húmedos Productos de acero 400 h

Recintos no húmedos

Productos de hierro 80 h

Productos de acero 72 h

Productos de hierro 24 h

Tabla 6 Requisitos de fuerza de tracción y CAPACIDAD DE CARGAS para GRAPAS y CORREAS (Ver las Cláusulas 6.1.6, 7.2.4, 8.2.5, 10.5, 10.6, y 10.9.)

a

Los intervalos de soporte horizontal están limitados a un máximo de 3.05 m (10 pies). En Estados Unidos, adecuados para intervalos de soporte horizontal mayores de 3.05 m (10 pies), que no excedan de 3.7 m (12 pies) para el tamaño comercial 1 (27), 4.3 m (14 pies) para los tamaños comerciales 1-1/4 (35) y 1-1/2 (41), 4.9 m (16 pies) para tamaños comerciales 2 y 2-1/2 (63), y 6.10 m (20 ft) para el tamaño comercial 3 y más grandes. En Canadá, esto no se aplica. c En Canadá, los conductos metálicos intermedios no están reconocidos por el Código Eléctrico Canadiense. b

NOTA: Esta tabla incluye unidades (métricas) SI. Ver la Tabla 7 para ver los valores equivalentes.

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Tabla 7 Requisitos de la fuerza de tracción y CAPACIDAD DE CARGA para GRAPAS y CORREAS (Ver Cláusulas 6.1.6, 7.2.4, 8.2.5, 10.5, 10.6, y 10.9.)

(16) (21) (27) (35) (41) (53) (63)

75 100 125 150 250 300 350

25 30 40 50 80 100 110

3

(78)

400

130

3-1/2

(91)

500

160

4

(103)

600

200

5

(129)





6

(155)





100 150 190b 225b 250b 300b 375 475b 500 875b 600 1125b 700 1400b 1000 1900b 1000 1900b

30 50 60b 75b 80b 100b 125 160b 165 295b 200 375b 330 470b 330 635b 435 890b

150 150 160 175 180 200 250

50 50 50 55 60 65 80

300

100

375

125

450

150

600

200

900

300

a

Los intervalos de soporte horizontal están limitados a un máximo de 3.05 m (10 pies). En Estados Unidos, adecuados para intervalos de soporte horizontal mayores de 3.05 m (10 pies), que no excedan de 3.7 m (12 pies) para el tamaño comercial 1 (27), 4.3 m (14 pies) para los tamaños comerciales 1-1/4 (35) y 1-1/2 (41), 4.9 m (16 pies) para tamaños comerciales 2 y 2-1/2 (63), y 6.10 m (20 pies) para el tamaño comercial 3 y más grande. En Canadá, esto no se aplica. c En Canadá, el conducto de metal intermedio no está reconocido por el Código Eléctrico Canadiense. b

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1/2 3/4 1 1-1/4 1-1/2 2 2-1/2

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Tabla 8 Exigencia de fuerza de tracción para SOPORTES (Ver las Cláusulas 6.1.6, 7.2.4, 8.2.5, 10.5, 10.6, y 10.9.) Fuerza de tracción/CAPACIDAD DE CARGA Tubería Metálica Eléctrica (TME)a

Conducto de metal rígido (RMC), Conducto de metal intermedio

Conducto de PVC rígido

a, c

(IMC)

1/2 3/4 1 1-1/4 1-1/2 2 2-1/2

(16) (21) (27) (35) (41) (53) (63)

667 667 845 1001 1112 1334 1668

23 23 27 34 36 45 57

667 667 845 1001 1112 1334 1668

23 23 27 34 36 45 57

667 667 712 778 801 890 1112

23 23 23 25 27 29 36

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Tabla 8 Continuación Fuerza de tracción/CAPACIDAD DE CARGA

Tubería Metálica Eléctrica (TME)a

Conducto de PVC rígido

(Indicador métrico)

3

(78)

3-1/2

(91)

4

(103)

5

(129)

6

(155)

2224

73

2669

91

3114

150









2113b 2224 3892b 2668 5004b 3114 6228b 4448 8452b 4448 8452b

a

73b 75 134b 91 170b 150 213b 150 288b 197 404b

1334

45

1668

57

2002

68

2669

91

4003

136

Los intervalos de soporte horizontal están limitados a un máximo de 3.05 m (10 pies). En Estados Unidos, adecuados para intervalos de soporte horizontal mayores de 3.05 m (10 pies), que no excedan de 3.7 m (12 pies) para el tamaño comercial 1 (27), 4.3 m (14 pies) para tamaños comerciales 1-1/4 (35) y 1-1/2 (41), 4.9 m (16 pies) para tamaños comerciales 2 y 2-1/2 (63), y 6.10 m (20 ft) para el tamaño comercial 3 y más grande. En Canadá, esto no se aplica. c In Canada, Conducto de metal intermedio is not recognized by the Canadian Electrical Code. NOTA: Esta tabla incluye unidades (métricas) SI. Ver la Tabla 9 para ver los valores equivalentes. b

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Tamaño Commercial

Conducto de metal rígido (RMC), Conducto de metal intermedio a, c (CMI)

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Tabla 9 Requisitos de fuerza de tracción para SOPORTES (Ver las Cláusulas 6.1.6, 7.2.4, 8.2.5, 10.5, 10.6, y 10.9.)

Tubería Metálica Eléctrica (EMT)a

Tamaño Comercial

Fuerza de tracción/ DE Conducto deCAPACIDAD metal rígido CARGA (CMR), Conducto de metal intermedio a, c (CMI)

Conducto de PVC rígido

(Indicador métrico)

1/2 3/4 1 1-1/4 1-1/2 2 2-1/2

(16) (21) (27) (35) (41) (53) (63)

150 150 190 225 250 300 375

50 50 60 75 80 100 125

3

(78)

500

160

3-1/2

(91)

600

200

4

(103)

700

230

5

(129)





150 150 190 225 250 300 375 475b 500 875b 600 1125b 700 1400b 1000

50 50 60 75 80 100 125 160b 165 295b 200 375b 230 470b 330

150 150 160 175 180 200 250

50 50 50 55 60 65 80

300

100

375

125

450

150

600

200

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Tabla 9 Continuación Fuerza de tracción/CAPACIDAD DE CARGA Tubería Metálica Eléctrica (TME)a

6

(Indicador métrico)

(155)

Fuerza de tracción (lbf)

Referencia





CAPACIDAD DE CARGA (lb)

1900b 1000

635b 435

1900b

890b

Conducto de PVC rígido

Fuerza de tracción (lbf)

Referencia

900

300

CAPACIDAD DE CARGA (lb)

a

Los intervalos de soporte horizontal están limitados a un máximo de 3.05 m (10 pies). En Estados Unidos, adecuados para intervalos de soporte horizontal mayores de 3.05 m (10 pies), que no excedan de 3.7 m (12 ft) para el tamaño comercial 1 (27), 4.3 m (14 pies) para tamaños comerciales 1-1/4 (35) y 1-1/2 (41), 4.9 m (16 pies) para tamaños comerciales 2 y 2-1/2 (63), y 6.10 m (20 pies) para el tamaño comercial 3 y más grande. En Canadá, esto no se aplica. c En Canadá, el conducto de metal intermedio no está reconocido por el Código Eléctrico Canadiense. b

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Tamaño Comercial

Conducto de metal rígido (CMR), Conducto de metal intermedio a, c (CMI) Fuerza de Referencia tracción CAPACIDAD DE (lbf) CARGA (lb)

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Figura 1 Dimensiones de la GRAPA (Ver la Cláusula 5.2.7.)

A = distancia desde la parte de abajo del tope al fondo del Puente de la al eje menor del cable o al diámetro del cable) B = distancia entre las patillas de la diámetro del cable)

Cable plano, 2-conductores 14 – 2

A 5.72 (0.225)

12 – 2

6.22 (0.245)

10 – 2

6.73 (0.265)

8–2

8.64 (0.340)

6–2

10.13 (0.399)

B 11.02 (0.434) 12.12 (0.477) 13.69 (0.539) 17.63 (0.694) 21.62 (0.851)

GRAPA

(que afecta

(clavos) (que afecta al eje menor del cable o al

Dimensiones Mínimas, mm (pulg) Cable redondo, 2-conductores

Cable redondo, 3-conductores



A –

B –

14 – 3







12 – 3







10 – 3

8–2

15.14 (0.596) 18.14 (0.714)

15.14 (0.596) 18.14 (0.714)

8–3

6–2

GRAPA

6–3

A 10.03 (0.395) 11.02 (0.434) 12.32 (0.485) 16.13 (0.635) 19.23 (0.757)

B 10.03 (0.395) 11.02 (0.434) 12.32 (0.485) 16.13 (0.635) 19.23 (0.757)

Nota: El diseño de esta Figura se muestra solo como ejemplo ; No se busca representar todos los posibles diseños.

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ANEXO A (Normativo) Prueba de liberación de calor y humo (Ver Cláusula 6.9.1.) A.1 Alcance

A.1.2 El propósito de esta prueba es determinar la tasa de liberación de calor y de humo de las muestras de los productos en combustión en relación con los requisitos de resistencia al fuego y baja emisión de humo. A.1.3 Este método de prueba no proporciona información acerca del comportamiento de los productos bajo otras condiciones de calor o de prueba. Esta prueba no investiga la toxicidad de los productos de combustión. A.1.4 Esta prueba no abarca los requisitos de construcción, de electricidad o de rendimiento del producto.

A.2 Equipo A.2.1 Generalidades A.2.1.1 El equipo debe incluir los siguientes componentes principales: fuente de ignición, caja con marco angular de acero, una campana extractora y un conducto de escape, instrumentos para medición de velocidad, equipo para muestreo y análisis de gases, instrumentos de medición de humo, y un sistema de adquisición de datos. A.2.1.2 El edificio de prueba, en el que se coloque el equipo para ser sometido a prueba, deberá tener ductos de ventilación para la descarga de los productos de combustión y provisión para la entrada de aire fresco.

A.2.2 Fuente de ignición A.2.2.1 El quemador de gas propano empleado como fuente de ignición debe tener las siguientes dimensiones: 318 x 318 x 102 mm (12-1/2 x 12-1/2 x 4 pulgadas). El quemador debe estar construido de acero nominal de 6.4 mm (1/4 pulgada) con tubo de acero para entrada de gas con un diámetro nominal de 12.7 mm (1/2 pulgada). El tubo debe extenderse 127 mm (5 pulgadas) dentro del quemador, se debe colocar una placa difusora de metal nominal de 152 mm (6 pulgadas) encima de la salida del tubo de gas. Se debe colocar una fina malla metálica sobre la placa difusora. Una pieza de fibra cerámica de 76.2 mm (3 pulgadas) de ancho por 50.8 mm (2 pulgadas) de grosor debe ser colocada dentro de la periferia del quemador y debe estar nivelada con el tope del quemador. Se debe llenar el área del quemador con arena de sílice. En la Figura A.1 se muestra la fuente de ignición, quemador de gas propano.

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A.1.1 Este es un método de prueba de fuego para determinar la reacción al fuego de un DISPOSITIVO DEL EQUIPO que contenga cualquier tipo de componente no metálico, destinado a utilizarse en ESPACIOS CON CIRCULACIÓN DE AIRE, como los techos suspendidos. Se someten los productos a una llama abierta como fuente de ignición y se evalúan utilizando un calorímetro.

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Figura A.1 Quemador de gas propano

VISTA LATERAL 1. TUBO DE ACERO NOMINAL I. D. 12.7mm (1/2 pulg.) 2. PLACA DIFUSORA 3. ARENA 4. FINA MALLA METÁLICA SOBRE LA PLACA DIFUSORA 304.8 mm por 304.8 mm (12 por 12 pulgadas). 5. FIELTRO DE FIBRA CERÁMICA DE 50.8 mm (2 pulg) DE ESPESOR NOMINAL. 6. PLATILLO HONDO DE ACERO 304.8 por 304.8 por 101.6 mm (12 por 12 por 4 pulg.) GROSOR DEL ACERO 6.35 mm (1/4 pulg.) * = DIMENSIONES INTERIORES

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VISTA SUPERIOR

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A.2.3 Caja con marco y quemador de prueba A.2.3.1 Se debe emplear un marco angular de acero para sostener la muestra de prueba. El marco debe medir 914 mm (36 pulgadas) de alto x 711 mm (28 pulgadas) de ancho x 1220 mm (48 pulgadas) de largo; asimismo, debe estar compuesto por ángulos nominales de 38 x 38 mm (1-1/2 x 1-1/2 pulgadas) tal como se muestra en la Figura A.2, caja con marco y quemador de prueba. No se deben utilizar otras estructuras a menos que se haya demostrado que la estructura alternativa proporcione resultados equivalentes. A.2.3.2 Los tableros de cerámica de 12.7 mm (1/2 pulgada) de grosor nominal x 1067 mm (42 pulgadas) de ancho nominal deben ser asegurados al marco de ángulo de acero para formar un cercamiento tal como se muestra en la Figura A.2, caja con marco y quemador de prueba. Los tableros deben estar asegurados al marco de manera que se extiendan 457 mm (18 pulgadas) por encima del tope del marco angular de acero, dejando un espacio de 305 mm (12 pulgadas) en la base del marco. El tablero de cerámica para el cercamiento debe contener ventanas de cristal que permitan la observación para la documentación visual y fotográfica. A.2.3.3 La caja con marco y quemador de prueba deben estar colocados sobre una manta de fibra cerámica. El quemador de gas debe estar colocado en el centro del marco de prueba encima de un soporte inorgánico con una altura nominal de 203 mm (8 pulgadas).

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Figura A.2 Caja con marco y quemador de prueba

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VISTA FRONTAL

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A.2.4 Campana extractora y conducto de escape A.2.4.1 La campana extractora debe ser instalada en la parte central encima de la muestra de prueba. Las dimensiones de la parte frontal de la campana deben ser de por lo menos 2.4 x 2.4 m (8 x 8 pies), y la profundidad deberá ser de 1.07 m (3.5 pies). La campana debe descargar en un pleno con una sección transversal de 0.9 x 0.9 m (3 x 3 pies) (ver Figura A.3, campana extractora y conducto de escape). El borde inferior de la campana extractora debe estar colocado de manera que la campana recoja todos los productos de combustión y no debe estar a menos de 2.1 m (7 pies) encima del borde superior del cercamiento de prueba.

A.2.4.3 El sistema de escape debe tener suficiente corriente de aire como para recoger todos los productos de la combustión que se generen por la combustión de la muestra. Deberá ser posible la modificación de la corriente de escape de un mínimo de 0.47 hasta 2.4 metros cúbicos por segundo (de 1000 hasta 5000 pies cúbicos por minuto). A.2.4.4 Se puede usar un diseño de sistema de escape alternativo en caso se haya demostrado que éste proporcione resultados equivalentes. La equivalencia queda demostrada si se cumplen los requisitos especificados en la Calibración previa a la prueba, cláusula A.3.

A.2.5 Instrumentos para medición de velocidad A.2.5.1 Se debe determinar la velocidad en el conducto de escape midiendo la presión diferencial en la trayectoria del flujo empleando una sonda bidireccional tal como se muestra en la Figura A.4, sonda bidireccional, conectada a un indicador de presión electrónico o algún sistema de medición equivalente. La sonda debe tener un cilindro de acero inoxidable con un diafragma sólido en el centro que divida la sonda en dos cámaras. La sonda debe tener un cilindro con un largo nominal dos veces mayor que su diámetro exterior con un largo mínimo de 25 mm (1 pulgada) y un largo máximo de 50 mm (2 pulgadas). Las tomas de presión a cada lado del diafragma deben sostener la sonda. A.2.5.2 El eje de la sonda debe estar ubicado en la línea central del conducto, como mínimo a 4 m (131/4 pies) corriente abajo desde la última curva en el conducto. No se debe colocar la sonda en otra ubicación a menos que se haya demostrado que la ubicación alternativa proporcione resultados equivalentes. Las tomas de presión deben estar conectadas a un transductor de presión con una resolución mínima de 0.25 Pa (0.001 pulgada de agua). A.2.5.3 La temperatura del gas de escape debe medirse en la misma ubicación que la sonda, en la línea central del conducto con un termopar Tipo K Nr. 28 AWG (0.08 mm2) con una cubierta Inconel.

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A.2.4.2 El conducto de escape conectado al pleno debe ser de 406 mm (16 pulgadas) de diámetro y debe tener una abertura circular de 305 mm (12 pulgadas) en la entrada. El conducto debe correr horizontalmente a por lo menos 4.05 m (13.3 pies) corriente abajo desde de la última curva en el conducto antes de colocar los instrumentos, de manera que el flujo de gas se extienda completamente. Las paletas mezcladoras deben estar instaladas en el conducto en caso que existan gradientes de concentración. La salida del conducto de escape debe estar conectada a un pleno de escape que contenga un equipo de reducción del humo.

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A.2.6 Equipo para muestreo y análisis de gas

a

Un analizador aceptable para este propósito es el Analizador de Oxígeno Paramagnético Beckman modelo 755

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A.2.6.1 Se debe colocar un tubo para muestras de gas de acero inoxidable a 152 ± 25 mm (6 ± 1 pulgadas) corriente debajo de la sonda bidireccional para determinar la concentración de oxígeno del gas de escape en función del tiempo. Se debe colocar un filtro y una trampa de frío alineados delante del analizador para eliminar las partículas y el agua. El analizador de oxígenoa debe ser paramagnético y debe poder medir la concentración de oxígeno en un rango de 0 a 21% con una precisión de 0.2% de concentración de oxígeno. La señal del analizador de oxígeno debe estar dentro del 10% de su valor final dentro de los 30 segundos después de haber introducido un cambio significativo en la composición del flujo de gas que circula por la entrada hasta el tubo para muestras.

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Figura A.3 Campana extractora y conducto de escape

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Figura A.4 Sonda bidireccional

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A.2.7 Equipo para la medición de humo

A.2.7.2 La señal de salida de la célula fotoeléctrica debe ser procesada en un registro continuo de oscurecimiento del humo desde el cual se pueda calcular la tasa de densidad óptica y liberación de humo.

A.2.8 Adquisición de datos A.2.8.1 Se debe utilizar un sistema digital de adquisición de datos para recolectar y registrar las mediciones del analizador de oxígeno, las mediciones del indicador de presión, temperaturas, y las mediciones de humo. La velocidad y capacidad del sistema de datos debe ser suficiente para recolectar los datos cada 5 segundos o menos. A.3 Calibración previa a la prueba A.3.1 Analizador de oxígeno A.3.1.1 Se debe realizar una calibración de cero y de span (intervalo) del analizador de oxígeno. El analizador debe ser ajustado a cero introduciendo 100% de gas nitrógeno al instrumento con la misma presión y flujo empleado para el muestreo de gases. El ajuste de span (intervalo) debe realizarse introduciendo aire ambiente mediante la sonda de prueba y ajustando el intervalo a 20.95 % de oxígeno. Se debe continuar con el proceso de ajuste de cero y de span hasta lograr la precisión sin necesidad de más ajustes. A.3.1.2 Posterior al ajuste de cero y de span, se debe verificar la linealidad de la curva de respuesta del analizador introduciendo en este una botella de gas con una concentración de oxígeno de composición conocida (por ejemplo, 19% de oxígeno). A.3.1.3 Se debe determinar el tiempo de respuesta del analizador de oxígeno a una tasa nominal de flujo de salida de 0.71 metros cúbicos por segundo (1500 pies cúbicos por minuto) a través del conducto. Se enciende el quemador, se logra un estado constante, y luego se apaga. El tiempo de respuesta del analizador se determina según la diferencia entre el tiempo en el que el quemador logra un estado constante y el tiempo en el que las lecturas del analizador alcanzan el 90% de la lectura final. El tiempo de respuesta final debe ser utilizado para el cambio de hora de todas las lecturas posteriores. A.3.2 Tasa de liberación de calor MATERIAL CON DERECHOS DE AUTOR DE UL PROHIBIDA LA REPRODUCCIÓN O DISTRIBUCIÓN SIN LA AUTORIZACIÓN DE UL

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A.2.7.1 El sistema de fotómetro debe consistir en una fuente de luz y una célula fotoeléctrica que deben ser montadas en una sección horizontal del conducto en un punto donde quede precedido por un tramo recto del conducto de por lo menos 12 diámetros o 4.8 m (16 pies) para garantizar una velocidad casi uniforme del flujo a través de la sección transversal del conducto. No se debe colocar el sistema de fotómetro en otra ubicación a menos que se haya demostrado que la ubicación alternativa proporcione resultados equivalentes. El haz de luz debe estar direccionado a lo largo del diámetro del conducto. Una célula fotoeléctrica con una salida directamente proporcional a la cantidad de luz recibida debe ser montada encima de la fuente de luz. Asimismo, debe ser conectada a un dispositivo de registro cuya precisión esté dentro de ± 1% de la escala completa para indicar los cambios en la atenuación de la luz incidente debido al paso del humo, partículas y otros residuos. La distancia entre los lentes de la fuente de luz y los lentes de la fotocélula debe ser de 914 ± 51 mm (36 ± 2 pulgadas). El haz de luz cilíndrico debe pasar a través de las aberturas de 76 mm (3 pulgadas) de diámetro en la parte superior e inferior del conducto de 406 mm (16 pulgadas) de diámetro, con el haz de luz resultante centrado en la fotocélula.

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A.3.2.1 La calibración de los instrumentos de liberación de calor se debe realizar por lo menos cada tres meses; esto se logra mediante el uso de gas propano utilizando un quemador de calibración. La liberación de calor, calculada a partir del gas medido que ingresa, debe ser comparada con la liberación de calor que se calcula a partir de la cantidad de oxígeno consumido. El quemador debe ser colocado en el centro del cercamiento para la prueba.

A.3.2.3 Se debe establecer una tasa nominal de flujo de escape de 0.71 metros cúbicos por segundo (1500 pies cúbicos por minuto). El gas suministrado al quemador de calibración debe ser propano grado CP (99% puro) con un valor calorífico nominal de 93.0 mJ/m3 o 22.2 kilocalorías (termoquímico) por metros cúbicos [2500 Btu (termoquímico) por pies cúbicos]. Se debe medir el caudal de flujo del propano y mantenerse constante durante la prueba de calibración. Para la calibración se debe usar un valor de liberación de calor de 150 kilovatios. Esto es equivalente a 1805 centímetros cúbicos por segundo (230 pies cúbicos estándar por hora) de propano. La prueba debe llevarse a cabo durante 10 minutos. A.3.2.4 El consumo de oxígeno se debe medir en intervalos de 5 segundos empezando 60 segundos antes de que el quemador sea encendido. Se debe obtener una constante de calibración (C) tal como se describe en A.5.1.1. Una constante de calibración que se desvíe más del 5% de la constante previa indica un malfuncionamiento del instrumento. Cuando esto ocurra, se debe suspender la prueba hasta que las mediciones del equipo indiquen la constante de calibración correcta. A.3.3 Sistema fotométrico A.3.3.1 Se debe verificar la linealidad del sistema fotométrico interrumpiendo el haz de luz con filtros de densidad neutra calibrados múltiples veces para cubrir el rango de registro del instrumento. Los valores de transmitancia medidos por el fotómetro, utilizando filtros de densidad neutra, deben estar dentro del 3% del valor calibrado para cada filtro. A.4 Procedimiento de la prueba A.4.1 Preparación inicial A.4.1.1 Antes de iniciar cada prueba la temperatura del ambiente en el área de prueba debe estar por encima de los 16 °C (60 °F) y la humedad relativa debe ser menor de 75%. A.4.1.2 Se deben llevar a cabo los procedimientos de calibración preliminar especificados en la cláusula A.3, Calibración Preliminar. A.4.1.3 Se debe establecer una tasa nominal de flujo de salida de 0.71 metros cúbicos por segundo (1500 pies cúbicos por minuto) a través del conducto. Se debe incrementar el caudal de flujo de salida según sea necesario durante la prueba para mantener la concentración de oxígeno en el conducto por encima del 14%. A.4.2 Procedimiento A.4.2.1 El quemador y el caja con marco de prueba deben ser colocados sobre una manta de fibra cerámica tal como se describe en A.2.3.1 y A.2.3.2. MATERIAL CON DERECHOS DE AUTOR DE UL PROHIBIDA LA REPRODUCCIÓN O DISTRIBUCIÓN SIN LA AUTORIZACIÓN DE UL

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A.3.2.2 El quemador de calibración consiste en un rectángulo de 1092 x 787 mm (43 x 31 pulgadas) con un tubo de 31.8 mm (1-1/4 pulgada) de diámetro. Se deben disponer huecos en la parte superior del tubo. Los centros de los huecos deben estar separados 25.4 mm (1 pulgada) y deben estar dispuestos según el siguiente patrón repetido: un hueco de 20.64 mm (13/16-pulgada) de diámetro y dos huecos de 3.2 mm (1/8 pulgada) de diámetro. El gas propano debe ser suministrado al quemador mediante un medidor de flujo calibrado.

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A.4.2.2 La prueba se debe llevar a cabo en un ambiente relativamente libre de falsas corrientes de aire que afecten el aislamiento de la llama del quemador que se encuentra debajo de la muestra de prueba. A.4.2.3 S e debe utilizar propano comercial como combustible con un valor calorífico de aproximadamente 93.1 mJ/m3 (2500 Btu por pies cúbicos). Para empezar la prueba, se debe encender el quemador de gas y se debe incrementar el flujo de gas propano hasta 722 15 cm3/s (92 2 pies cúbicos por hora) para obtener una llama que produzca una tasa de liberación de calor de 60 kilovatios (204,740 6825 Btu/h). Se debe iniciar el equipo digital de adquisición de datos de manera simultánea.

A.4.2.5 Se debe llevar acabo la prueba durante 10 minutos, tiempo en el cual se debe apagar el quemador de gas. Se deben recolectar los datos hasta que la llama o cualquier otra señal de combustión cesen. Se deben registrar las observaciones visuales de la muestra después de la prueba.

A.5 Cálculos A.5.1 Constante de calibración A.5.1.1 La constante de calibración (C) se calcula utilizando la siguiente ecuación:

donde: HRR es la tasa de liberación de calor en kilovatios que se calcula utilizando la concentración de oxígeno y los datos del caudal de flujo obtenidos con la técnica de consumo de oxígeno; y t es tiempo en segundos

A.5.1.2 Para determinar la HRR se utiliza la siguiente ecuación:

donde: HRR es la tasa de liberación de calor en kilovatios, M1 es el caudal de flujo volumétrico en el conducto en metros cúbicos por segundo, y Y es la concentración de oxígeno (fracción de volumen). MATERIAL CON DERECHOS DE AUTOR DE UL PROHIBIDA LA REPRODUCCIÓN O DISTRIBUCIÓN SIN LA AUTORIZACIÓN DE UL

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A.4.2.4 Se debe registrar las observaciones visuales de ignición, altura de la llama y e implicación lateral, fusión y goteo, cualquier tipo de flama en la manta cerámica, y otros eventos concernientes a la muestra en combustión.

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A.5.2 Tasa de liberación de calor A.5.2.1 La tasa de liberación de calor se calcula utilizando la siguiente ecuación:

HRR es la tasa de liberación de calor en kilovatios; M1 es el caudal de flujo volumétrico en el conducto en metros cúbicos por segundo; Y es la concentración de oxígeno (fracción de volumen); A es el factor de expansión química; y B es la proporción de moles de los productos de combustión a moles de oxígeno consumido. En caso no se conozcan los valores de A y B, emplear A = 1.084 y B = 1.4 A.5.2.2 La HRR calculada para las muestras de prueba debe ser ajustada basándose en la constante de calibración determinada utilizando la siguiente ecuación:

donde: HRRc es la HRR corregida de la muestra, en kilovatios; C es la constante de calibración; y HRR es la HRR calculada en kilovatios según los datos medidos.

A.5.3 Tasa de liberación de humo A.5.3.1 La tasa de liberación de humo (SRR) se calcula utilizando la densidad óptica por la longitud de la trayectoria lineal y el caudal de flujo volumétrico. La SRR se calcula utilizando la siguiente ecuación:

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donde:

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Donde: SRR es la tasa de liberación de humo, (m2/s); OD es la densidad óptica; P es el largo de la trayectoria lineal (m); y M1 es el caudal de flujo volumétrico (m3/s) en el conducto de escape.

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A.5.4 Densidad óptica normalizada A.5.4.1 Para determinar la densidad óptica normalizada se debe utilizar la tasa de liberación de humo calculada empleando la ecuación que se especifica en A.5.3.1. El cálculo se realiza de la siguiente manera:

PROMEDIO OD NORMALIZADO =

donde: OD es la densidad óptica; SRR es la tasa de liberación de humo, m2/s; C1 es el valor constante para la SRR proporcionado por el quemador de propano, que mediante la prueba resultó ser 0.042 m2/s; y C2 es el valor constante para el caudal de flujo volumétrico de 0.170 m3/s dividido por el largo de la trayectoria lineal 0.406 m igual a 0.418 m2/s.

A.6 Informe A.6.1 El informe de la prueba debe contener la siguiente información sintetizada: a) Una descripción de cada muestra probada; es decir, el nombre y componente del ejemplar, b) Número de pruebas, c) Fecha de las pruebas, d) Operador, y e) Detalles de la preparación.

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OD NORMALIZADO

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A.6.2 Para cada muestra probada se debe incluir la siguiente información: a) Máxima HRRc, kW, b) Máxima SRR, m2/s, c) Total de humo liberado (área bajo la curva de la SRR) durante 10 minutos después de comenzada la prueba, m2, d) OD Máxima normalizada, e) OD promedio normalizada por 10 minutos después de comenzada la prueba, f) Gráfico de la HRRc versus tiempo, g) Gráfico de la SRR versus tiempo, h) Gráfico de la OD normalizada versus tiempo, y i) Observaciones registradas durante y después de cada prueba.

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