TUTELA

Bosconia Cesar, Agosto 18 de 2016. Señor: JUEZ PROMISCUO MUNICIPAL. Bosconia Cesar. REF: ACCION DE TUTELA DEMANDANTE: D

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Bosconia Cesar, Agosto 18 de 2016.

Señor: JUEZ PROMISCUO MUNICIPAL. Bosconia Cesar. REF: ACCION DE TUTELA DEMANDANTE: DEMANDADO:

DARWIN MANUEL MARTINEZ C.C. # 1.065.633.922 SECRETARIA DE TRANSITO BOSCONIA - CESAR

MUNICIAL

RESPETADO SEÑOR JUEZ: DARWIN MANUEL MARTINEZ, identificado con C.C. 1.065.633.922 de Valledupar-Cesar, ante usted respetuosamente acudo para promover ACCIÓN DE TUTELA, de conformidad con el artículo 86 de la Constitución Política y el Decreto Reglamentario 2591 de 1991, con el objeto de solicitar la protección de mi derecho constitucional fundamental al DEBIDO PROCESO, vulnerado por la Secretaria de Tránsito y Transporte Municipal de Bosconia-Cesar, tal como lo narraré a continuación, con fundamento en los siguientes: HECHOS 1. En fecha 12/01/2016, se impuso contra mi persona, orden de comparendo número 2333578. 2. Hasta la fecha de 19 de Agosto de 2016 no se me había notificado por ningún medio y en ningún momento que en contra de las órdenes de comparendo antes señaladas se había librado mandamiento de pago y que por ende ya se encuentran en caducidad

3. Por lo anterior, el día 20 de Junio de 2016, mediante derecho de petición, le solicito a la Secretaria de Tránsito y Transporte Municipal de Bosconia Cesar, que se concediera la caducidad del l comparendo 2333578 de fecha 12/01/2016, en virtud a que ya habían trascurrido ocho meses desde la fecha de la imposición del comparendo antes mencionados y no había ejercido ninguna acción dicha entidad para ejecutar la sanción.

DERECHOS VULNERADOS O VIOLADOS Considero que con el actuar de la Secretaria de Tránsito y Transporte de Bosconia Cesar, se ha vulnerado mi derecho fundamental constitucional al DEBIDO PROCESO, garantizado por la Constitución Política en su articulado número 29, el cual recita “El debido proceso se aplicará a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas.” Y lo que permite promover esta acción constitucional de protección para que se otorgue el amparo oportuno y eficaz. ARGUMENTOS JURIDICOS El artículo 159 de la ley 769 de 2002 señala: “La ejecución de las sanciones que se impongan por violación de las normas de tránsito, estará a cargo de las autoridades de tránsito de la jurisdicción donde se cometió el hecho, quienes estarán investidas de jurisdicción coactiva para el cobro, cuando ello fuere necesario y prescribirán en tres años contados a partir de la ocurrencia del hecho y se interrumpirá con la presentación de la demanda (…)”. El Articulo 161 de la ley 769 de 2002. Caducidad. La acción o contravención de las normas de tránsito caduca a los seis (6) meses, contados a partir de la ocurrencia de los hechos que dieron origen a ella y se interrumpe con la celebración efectiva de la audiencia. El no cumplimiento por parte del funcionario con este término será causal de mala conducta. PRETENSIONES El actor solicita que le sea amparado su derecho fundamental al debido proceso y, como consecuencia de ello, se ordene a la entidad accionada que declare la nulidad del procedimiento administrativo adelantado y que concluyó con el comparendo mencionado y se elimine las sanciones que le fue impuesta, así como su correspondiente registro de las bases de datos, en especial, del Simit. FUNDAMENTOS DE DERECHO Fundamento esta acción en el artículo 86 de la constitución política y sus decretos reglamentarios 2591 y 306 de 1992. Igualmente en los artículos 8 de la declaración universal de los derechos Humanos, 39 del pacto de derechos civiles y políticas y 25 de la convención de los derechos humanos.

COMPETENCIA Es usted, señor Juez, competente, para conocer del asunto, por la naturaleza de los hechos, por tener jurisdicción en el domicilio de la entidad Accionada y de conformidad con lo dispuesto en el decreto 1382 de 2000. JURAMENTO Manifiesto señor Juez, bajo la gravedad del juramento, que no he interpuesto otra acción de Tutela por los mismos hechos y derechos aquí relacionados, ni contra la misma autoridad. ANEXOS Una copia de la demanda para el archivo del juzgado, copia del derecho de petición presentado de fecha 20 de Junio de 2016. NOTIFICACIONES ACCIONANTE recibirá Notificaciones en: Cra 16 14-59 Barrio San Martin de Bosconia. Tel: 3126051153 ENTIDAD ACCIONADA recibirá Notificaciones en: Calle 13 No.18-29, Tel. # (095) 5779016 Del señor Juez Atentamente,

________________________________ DARWIN MANUEL MARTINEZ C.C. # 1.065.633.922 de Valledupar-Cesar