Trabajo sobre Doctrina

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LOS LLANOS OCCIDENTALES “EZEQUIEL ZAMORA” UNELLE

Views 49 Downloads 4 File size 120KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LOS LLANOS OCCIDENTALES “EZEQUIEL ZAMORA” UNELLEZ EXTENSIÓN BISCUCUY ESTADO PORTUGUESA

Doctrina

Profesora: Abog. Bertha Rosa Álvarez Integrantes: Artigas Araque Marianella Delgado Naybelys Granados Glenda Jiménez Milagros Oropeza Nanyerys Perdomo Emilmar

Biscucuy, Noviembre 2019

Desarrollos Históricos La doctrina jurídica romana se desarrolló a partir el siglo II antes de Cristo, alcanzando un elevado nivel de sofisticación durante el siglo III después de Cristo. Su redescubrimiento y estudio renovado en la Bolonia del siglo XI marcó el inicio de la creación de las universidades. Durante toda la Edad Media la doctrina jurídica se consideraba una “disciplina científica”. En esa época fue la “interpretación autorizada” y no la “investigación empírica”, el criterio principal para el estatus científico de una disciplina, produciéndose un cambio durante el siglo XVII. A partir del siglo XIX surge un cambio notorio. El triunfo de las ciencias positivas alteró la concepción de la “ciencia” en las sociedades occidentales. La física se convirtió en el modelo a seguir. Una combinación de datos empíricos, las matemáticas, la verificación de hipótesis, el desarrollo de teorías de validez general sin limitaciones geográficas pasó a ser el ideal para cualquier “disciplina académica”. Sin embargo, surgía una interrogante ¿en qué parte de la doctrina jurídica se podían estudiar “datos empíricos”, usando modelos matemáticos, comprobando hipótesis o construyendo teorías? El Derecho y la doctrina jurídica tienen sus limitaciones geográficas. No tienen pretensión de “validez general” más allá de las fronteras geográficas del ordenamiento jurídico en cuestión. A partir de mediados del siglo XIX, esas conclusiones han llevado repetidamente a la afirmación de que la “doctrina jurídica” pierde sus características básicas a fin de ser considerada “ciencia jurídica”, mientras que, hasta ese momento, la doctrina jurídica se consideraba en gran medida como el modelo de “ciencia”. En este sentido, recientemente, surgieron procedimientos de evaluación de la investigación y, especialmente, el reparto de recursos públicos entre “científicos” han puesto el tema en el centro de la discusión académica. Los juristas reaccionaron de distintas maneras a este tipo de presiones. La mayoría de ellos han destacado la utilidad práctica, o incluso la necesidad, de sus publicaciones para la práctica jurídica, enfatizando la importancia del Derecho en la sociedad.

Doctrina Se entiende por Doctrina, el conjunto de principios, enseñanzas o instrucciones que se consideran como válidas, las cuales pertenecen a una escuela literaria, política, filosófica, militar o dogma de religiones. También se puede relacionar con la disciplina y con el objeto de enseñanza que puede extenderse de diferentes formas, a través de la Educación, la opinión de personas reconocidas o con autoridad, etc. En el mismo orden de ideas, podemos señalar que la Doctrina es la producción científica realizada por los juristas que coadyuvan en el proceso de creación, interpretación y aplicación del Derecho. La doctrina tiene como función formular y aclarar conceptos, así como proponer categorías e instituciones jurídicas. En este sentido, podemos citar al autor que señala la Doctrina de la siguiente manera: David Dudley “compara esta ciencia con cualquier otra; con aquellas de mayor extensión y de temas más exaltados. Toma incluso la astronomía, esa noble ciencia que pesa el sol y los planetas, mide sus distancias, traza sus órbitas y penetra en los secretos de las leyes que gobiernan sus movimientos. Sublime como esta ciencia, es solamente la ciencia de la materia inanimada, y de algunas leyes naturales; mientras que la ciencia que es el tema de nuestro discurso gobierna la acción de los seres humanos, inteligente e inmortal, penetra en los secretos de sus almas, somete sus voluntades, y se adapta a la variedad infinita de sus deseos, motivos y condiciones”. Podemos señalar que la doctrina es un conjunto de estudios de carácter científico que los juristas realizan acerca del derecho, ya sea con el propósito puramente especulativo de sistematización de sus preceptos, ya con la finalidad de interpretar sus normas y señalar las reglas de su aplicación o para criticarlo y proponer nuevas normas en una labor de política legislativa. También podemos destacar que es grupo de las opiniones de los jurisconsultos o estudiosos del derecho. No es ley, pero es invocada por las partes en los jueces para avalar sus pretensiones. También la consultan los jueces para fundamentar la sentencia.

Introducción a las fuentes del Derecho Los romanos, por su prestigio, recibieron grandes honores y, entre esas dignidades, el de considerar obligatorias sus respuestas o soluciones a los casos particulares , tal fue su importancia y relieve que extractos de sus opiniones fueron recogidos como normas jurídicas en la compilación realizada por Justiniano y que ha llegado a la actualidad bajo el nombre de Corpus Como corolario se debe afirmar que, si bien los estudios científicos del Derecho no son obligatorios, sí representa una herramienta fundamental para los operadores jurídicos, pues suministra justificaciones y argumentos a las diferentes tesis que sobre las normas jurídicas se pueden extraer según el enfoque hermenéutico a que se recurra. De allí que diversos entes universidades, academias, colegios de abogados, institutos públicos, organizaciones privadas, etcétera– promuevan los estudios científicos del Derecho para el mejoramiento de la cultura jurídica y el crecimiento de la ciencia jurídica.

El Carácter de la Doctrina, como fuente del Derecho. La Doctrina es fuente formal indirecta del Derecho; su valor principal depende de la categoría del autor que la origine: tanto mayor será cuanto más acentuados tenga estos caracteres: Independencia Respecto a los intereses particulares o de los grupos de presión, siendo su única finalidad colaborar con la ley.

Autoridad Doctrinal Porque la obra jurídica no tiene otro valor que el que le hay merecido su autor a través de su propia producción doctrinal.

Responsabilidad Porque el cultivo de toda ciencia requiere una sólida formación y actuación moral y responsable en la vida privada y pública. Por encima de toda técnica jurídica existe un saber jurídico que la valora y la eleva, un saber total que abarca toda la conducta humana y que en el jurista presenta finos matices que le dan el verdadero sentido jurídico; pero esta elevación no se debe alejar de la realidad, la investigación del jurista no se puede desarrollar al margen de la vida, sino al contacto con la patología vital de la sociedad, ya que la determinación de los justo sólo puede llevarse a cabo al calor de las realidades sociales. Por otra parte, señalamos que el término fuente del derecho designa todo lo que contribuye o ha contribuido a crear el conjunto de reglas jurídicas aplicables hoy por las personas. Como regla general las principales fuentes del Derecho, fueron La Religión y Las Costumbres, de ahí emanó la moral que fuese tratada y estudiada por la Ética como ciencia y luego por el Derecho. Los más antiguos escritos religiosos en los que se plasmó moral y regularon la conducta del humano fueron todos los documentos que conforman hoy La Biblia y El Código de Hammurabi. En la cultura jurídico-académica el tema de las fuentes del Derecho no es muy apreciado; tiende a considerarse " demasiado básico" como para que resulte algo muy interesante para el alumno de Derecho el cual a su vez es una parte esencial dentro de su formación como Abogado y parte fundamental de la sociedad. En los países con derecho escrito, las principales fuentes del derecho son tanto textos como tratados internacionales, constituciones, leyes, reglamentos. Sin embargo, otras fuentes son a veces admitidas según la materia, tales como la costumbre, los principios generales del derecho consagrados por la jurisprudencia (a veces inspirados por la doctrina de juristas especializados, profesores, abogados, magistrados, etc.) o unos principios de derecho natural, universales,

escritos en la naturaleza y costumbres de los seres vivos y el ser mismo de las cosas. Las fuentes del derecho son un criterio de determinación del sistema jurídico de un país considerado según tenga antecedentes de: El derecho escrito, por ejemplo, el derecho romano, las constituciones de las polis griegas o los estados europeos. El derecho anglosajón, basado en la jurisprudencia o conjunto de sentencias precedentes (Common law). El derecho natural, o iusnaturalismo, que se distingue del derecho positivo por defender la existencia de unas reglas universales o derechos del hombre inalienables e innatos desde su misma existencia. Funciones de la Doctrina Científica Función Científica Se realiza mediante los siguientes métodos: a. El Análisis: va de los general a lo particular; consiste en estudiar los textos legales, su significado, alcance, aplicación, los principios generales que los imponen. b. La Síntesis: Va de los general a lo abstracto. Mediante ella la doctrina coordina los textos legales, los confronta, trata de indagar su evolución histórico-sociológica y resume las ideas orientadoras del pensamiento jurídico. También coordina las diferentes sentencias de los tribunales para establecer la orientación de conjunto de las mismas. c. La Sistematización: señala los principios generales y nociones superiores que explican el Derecho Positivo y los ordena haciendo de ellos un sistema. Función Práctica

Al exponer el Derecho Positivo e interpretar las leyes y la jurisprudencia facilita el estudio del Derecho y la tarea de su aplicación a los jueces, abogados y prácticos. Función Crítica. Analiza la convergencia de la norma jurídica con la justicia y los fines del derecho y examina la técnica de su creación y aplicación. Función Creadora La ciencia jurídica tiene fundamentalmente una misión cognoscitiva del Derecho; las proposiciones normativas que formula el legislador proceden en gran parte de ella, por eso la doctrina es un conocimiento anticipado del derecho. Es un factor decisivo para la conversión de su contenido en formas sociales y los conceptos jurídicos creados por ella son un poderoso factor de integración de la realidad social Influencia de la Doctrina La Doctrina científica es necesaria para la confección de las leyes; prepara la labor legislativa ofreciendo el esquema de la organización jurídica de modo que el legislador pueda conocer la situación presente y prever la eficacia futura de una norma; señala los límites y la orientación aconsejable de las leyes, conforme a las exigencias de la justicia y de la realidad política y social y muestra el modo de que las disposiciones legales consigan exactamente sus fines. En la aplicación de las normas es función de la Doctrina determinar el verdadero sentido de cada regla jurídica dentro del ordenamiento jurídico y señalar la solución más adecuada de los casos prácticos. En otro sentido, podemos mencionar los principios del Derecho.

Principios generales del Derecho Cada principio tiene su ámbito de acción y su efectividad, lo cual no afecta la contribución de todos al fin común de un orden interamericano justo, democrático y estable. Los principios generales del derecho tienen tres funciones que tienen incidencia importante en las normas del ordenamiento, estas son: la función creativa, la función interpretativa, y la función integradora. 

La función creativa establece que antes de promulgar la norma jurídica, el legislador debe conocer los principios para inspirarse en ellos y poder positivarlos.



La función interpretativa implica que, al interpretar las normas, el operador debe inspirarse en los principios, para garantizar una cabal interpretación.



La función integradora significa que quien va a colmar un vacío legal, debe inspirarse en los principios para que el derecho se convierta en un sistema hermético.

El Art 38 del estatuto de la corte internacional de justicia habla sobre cómo aplicar las convenciones, la costumbre, los principios generales de derecho reconocidos por las naciones civilizadas y decisiones judiciales para la interpretación de las normas.

Importancia de La Doctrina en el ámbito Jurisprudencial La doctrina estudia el génesis de donde nace el derecho, ya que investiga el papel histórico y las relaciones existentes entre las diversas fuentes; esclarece el significado de las normas y elabora, para entender en toda su extensión, el significado de los modelos jurídicos.

Teniendo en consideración que la jurisprudencia es un conjunto de sentencias y resoluciones judiciales emitidas en un mismo sentido por los órganos judiciales de un ordenamiento jurídico determinado, tiene un valor fundamental como fuente de conocimiento del derecho positivo, con el cual se procura evitar que una misma situación jurídica sea interpretada en forma distinta por los tribunales; esto es lo que se conoce como el principio unificador o unificado. En tal sentido, podemos destacar su importancia, ya que por jurisprudencia a la doctrina establecida por los órganos judiciales del Estado (por lo general, el Tribunal Supremo o Tribunales Superiores de Justicia) se destaca en cualquier resolución. Lo que significa que para conocer el contenido completo de las normas vigentes hay que considerar cómo han sido aplicadas en el pasado, es decir, la jurisprudencia es el entendimiento de las normas jurídicas basado en las sentencias que han resuelto casos basándose en esas normas. Y las variaciones de la jurisprudencia a lo largo del tiempo han sido la manera de conocer las evoluciones en la aplicación de las leyes, con mayor exactitud que el repaso de las distintas reformas del derecho positivo que en algunos casos no llegan a aplicarse realmente a pesar de su promulgación oficial. a, para entender en toda su extensión, el significado de los modelos jurídicos. Cabe destacar que en la aplicación de las normas es función de la Doctrina, la cual determina el verdadero sentido de cada regla jurídica dentro del ordenamiento jurídico y señala la solución más adecuada de los casos prácticos. Por lo que concluimos que es necesaria para la confección de las leyes; lo cual prepara la labor legislativa ofreciendo el esquema de la organización jurídica de modo que el legislador pueda conocer la situación presente y prever la eficacia futura de una norma; señalando de esta forma, los límites y la orientación aconsejable de las leyes, conforme a las exigencias de la justicia y de la realidad política y social que muestra el modo de que las disposiciones legales consigan exactamente sus fines ya que la función de la Doctrina es determinar el verdadero

sentido de cada regla jurídica dentro del ordenamiento jurídico y señalar la solución más adecuada de los casos prácticos.

Bibliografía Avendao Carmen (Autor), 2018 La doctrina jurídica. Definición De doctrina, Derecho Canónico, Derecho Francés, Principio Dispositivo e Inquisitivo, Múnich, GRIN Verlag, Disponible en https://www.grin.com/document/416030. Consultado el 03 de noviembre. Berrios, José (Autor) 2016, la Doctrina. Disponible en https://www.monografias.com/signup. Consultado el 02 de noviembre. Las funciones del Derecho. Recuperado de https://www.significados.com/doctrina/