Trabajo Decente

  Módulo 2 Unidad 9 Lectura 21 Trabajo Decente Materia: Principios del Derecho Laboral Profesora: Patricia J. Sansine

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Módulo 2 Unidad 9 Lectura 21

Trabajo Decente

Materia: Principios del Derecho Laboral Profesora: Patricia J. Sansinena

   

Trabajo Decente Por último y para finalizar este módulo debemos reafirmar, defender y luchar por EL TRABAJO DIGNO Y DECENTE EN TODAS LAS FORMAS Y MODALIDADES DE TRABAJO.Como se ha dicho, la primera utilización expresa y formal de la expresión trabajo decente en la OIT y en las ciencias del trabajo, se daría en la Memoria del Director General a la Conferencia Internacional del Trabajo de 1999, que lleva ese título. Allí aparece una primera definición: trabajo productivo en condiciones de libertad, equidad, seguridad y dignidad, en el cual los derechos son protegidos y que cuenta con una remuneración adecuada y protección social.

En otros documentos, el Director General de la OIT Juan de Somavía, ensayó nuevas definiciones análogas a las antes referidas, que ratifican algunos elementos, subrayan otros y añaden otros más. Así, por ejemplo, la que dice que «por trabajo decente se entiende el trabajo que se realiza en condiciones de libertad, equidad, seguridad y dignidad humana». En ella aparecen nuevos conceptos relevantes, como el de seguridad que, como se verá, ha ido cobrando cuerpo en la formulación del trabajo decente, y los de equidad y de dignidad humana, íntimamente relacionados con el ya referido contenido ético de la idea. Otra definición formulada por el mismo Director General de la OIT, es la que presenta al trabajo decente como el trabajo productivo en el cual los derechos son respetados, con seguridad y protección y con la participación en las decisiones que afectan a los trabajadores. En este caso destacan la reiteración de la idea de seguridad en el trabajo y la ratificación de la necesidad de participación. Como ya se adelantó, se cometió al Instituto Internacional de Estudios Laborales (IIEL) elaborar el paradigma de trabajo decente y formular estrategias para su difusión y promoción.

– Este

es el objetivo que se debe defender.-

“El estado social ha sustituido la utopía socialista del trabajador liberado, por el objetivo más sencillo de proporcional al trabajador, a cambio de su esfuerzo, una cantidad creciente de bienestar y unas garantías sobre su empleo. El siglo XX ya no es el siglo del trabajo, es el siglo del Empleo (...). El empleo es el trabajo entendido como estructura social, esto es, como un conjunto articulado de posiciones a las que se adscriben determinados beneficios y como una grilla de distribución de ingresos″.Méda Dominique, “El trabajo: un valor en peligro de extinción “(traducción: Francisco Ochoa Michelena), Gedisa, Barcelona, 1995, págs. 110-111. Opehnayn Martin, Repensar el Trabajo, Editorial Norma, pág.210.                                                                 Materia: Principios del Derecho Laboral  Profesora: Patricia J. Sansinena   | 2    

 

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