Tesis Reforma Laboral

INSTITUTO TECNOLÓGICO LATINOAMERICANO TESIS EL IMPACTO SOBRE LOS DERECHOS Y BENEFICIOS DE LOS TRABAJADORES POR LA APROBA

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INSTITUTO TECNOLÓGICO LATINOAMERICANO TESIS EL IMPACTO SOBRE LOS DERECHOS Y BENEFICIOS DE LOS TRABAJADORES POR LA APROBACION DE LA REFORMA LABORAL LA CUAL DEJA SIN OBLIGACIONES A LOS SINDICATOS PARA OBTENER EL TÍTULO DE LICENCIADO EN DERECHO P R E S E N T A: ANAHI ARRIETA TERAN DIRECTOR DE TESIS: LIC. ISIDRO MÁRQUEZ JIMÉNEZ

MINERAL DE LA REFORMA, HIDALGO A 15 DE DICIEMBRE DEL 2012.

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RESUMEN El presente trabajo de investigación indaga todo lo posible de la última Reforma laboral mexicana vigente, misma que ha producido polémica y hasta controversia legal; además de que hay desconocimiento preciso y puntual de cada uno de los artículos y numerales romanos que se han reformado y que eximen en algunos casos de sus obligaciones a patrones y pareciera que se vuelve cómplice de sindicatos, dejando- presuntamente-desprotegidos a los trabajadores bajo esquemas de subcontratación o contratación por horas bajo el supuesto de que brinda innovadoras alternativas laborales de medio tiempo o por hora a amas de casa y/o estudiantes. En este contexto, la presente tesis se genera a partir de una idea, investiga y analiza un fenómeno laboral con repercusiones económicas y que posiblemente tente contra garantías sociales, laborales, colectivas de trabajadores asalariado,; siendo así como en el primer capítulo se menciona que el objetivo es favorecer la creación de empleo, facilitar la contratación de personas, con esquemas laborales flexibles, es decir, mediante contratos por hora, por proyecto, en capacitación. En el segundo capítulo se mencionan los fundamentos teóricos y, principalmente el marco legal que delimita y define esta investigación y por ello se hace referencia a lo que al punto establece la constitución política de los estados unidos mexicanos en su artículo 123 apartado a, a si como la ley federal del trabajo entre otras. En el capítulo tres, metodología de la investigación, se mencionan las técnica, instrumentos, contexto, escenario sujetos de investigación la cual contiene un enfoque mixto, su diseño es transversal descriptivo, con una interpretación cualitativa y un análisis estadístico. El capítulo número cuatro como lo presento en este trabajo se realice una propuesta de intervención la cual se considera más pertinente 2

ABSTRACT The present research investigates everything from Mexican labor force last Reform, it has produced controversy and even legal dispute, to others that there is lack of accurate and timely articles each and Roman numerals have been renovated and exempt in some cases employers of their obligations and it seems that it becomes complicit unions, -allegedly-leaving workers unprotected under outsourcing or contracting schemes for hours in the course of providing innovative ways of working part-time or hourly housewives and / or students.

In this context, this thesis is generated from an idea, researches and analyzes a phenomenon with economic and employment potentially tent against social guarantees, labor, workers' collective wage; being and in the first chapter mentions that the goal is to promote job creation, facilitate the recruitment of people with flexible working schemes, ie, through contracts per hour, per project, in training.

In the second chapter mentioned the theoretical and mainly defines the legal framework and defines the research and therefore refers to what the point of the Constitution establishes the United Mexican States in paragraph to Article 123, whether as federal labor law among others. In chapter three, research methodology, identifies the technical, tools, context, scenario research subjects which contains a mixed approach is cross-sectional descriptive design with qualitative interpretation and statistical analysis. Chapter number four as presented in this paper is made an intervention proposal which is considered more relevant.

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PALABRAS CLAVE: Reforma laboral mexicana vigente. Patrón. Derechos laborales del trabajador. Sindicalismo. Outsourcing. Empleo. Subempleo. Desempleo.

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KEY WORDS: Actual labor reform Bussinessman Worker´ labor rights Unionism Outsorcing Work-job Underemployment.

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DEDICATORIAS Primero que nada quiero agradecer a Dios, por darme la oportunidad de vivir y por estar conmigo en cada paso que doy, por fortalecer mi corazón e iluminar mi mente y por haber puesto en mi camino a aquellas personas que han sido mi soporte y compañía durante todo el periodo de estudio a pesar de muchas cosas, las cuales he logrado superar a pesar de los tropiezos que uno como ser humano tiene en la vida. Esta tesis se la dedico a todas aquellas personas que ocupan un lugar muy importante dentro de mi corazón. A mi padre Aniceto Arrieta Primero que nada por creer en mí, Por los ejemplos de perseverancia y constancia que lo caracterizan y que me ha infundado siempre, por el valor mostrado para salir adelante, y por el amor que día con día me lo demuestra. A mi madre Ana Luisa Terán Por haberme apoyado en todo momento, por sus consejos, sus valores, sus regaños gracias mama por la motivación constante que me ha permitido ser una persona de bien, pero más que nada, por tu amor. A mis Hermanos Arely y Andrick Gracias por permitir estar a su lado cuando más los necesito les quiero agradecer por todo su apoyo, su amor el cual me han brindado, me siento orgullosa de ser su hermana ya que formamos una hermosa familia los amo. A mi esposo Jesús Edmar Mayorga Primero que nada te agradezco que siempre estés a mi lado ya que cuando siempre he necesitado de ti no me has fallado, amor gracias por darme ánimos, fortaleza para seguir a delante por tus consejos, tu paciencia y sobre todo por tu amor. Te amo amoriki.

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A mi hermosa hija Jesyani Josephine Hija quiero que sepas que te amo le doy gracias a dios por permitirme la dicha de ser madre, quiero que sepas que tú fuiste, eres y seguirás siendo el motor de mi vida ya que cuando más me sentía vencida siempre te miraba y recordaba que tenía que seguir adelante, ya que tuve la necesidad de viajar para realizar mis estudios y perderme de cosas que quizá realizaste en el tiempo que yo no estaba pero valió la pena, hija la promesa que te hice, hoy en día, te digo que: cumplí mi palabra y seguiré adelante en compañía tuya y de tu papá, gracias hija por tu apoyo y sabes que te amo. A mis Suegros Rosa Isela y Santiago gracias por su apoyo incondicional ya que siempre me lo han brindado, por darme un lugar dentro de su familia, por sus consejos, sus palabras de aliento, a ustedes gracias por todo los quiero. A mis Maestros Licenciados Hermogenes, flor Eugenia, Rubén, German, Edmundo, Miguel, Serrano, Alfredo por su gran apoyo y motivación para la culminación de nuestros estudios profesionales y para la elaboración de esta tesis; al Lic. Alejandra Patiño por su apoyo ofrecido en este trabajo; al Lic. ISIDRO MÁRQUEZ JIMÉNEZ por su tiempo compartido y por impulsar el desarrollo de nuestra formación profesional, por apoyarnos en su momento, a usted gracias por sus atenciones.

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ÍNDICE Página Introducción. ……………………………………………………………………………....8 CAPÍTULO 1. CONSTRUCCIÓN DEL OBJETO DE ESTUDIO……………………10 1.1 Planteamiento del problema………………………………….............................10 1.2 Importancia de la investigación……………………………………………………12 1.3 Objetivos de investigación…………………………………………………………14 1.4 Preguntas de investigación ……………………………………………………….14 1.5 Hipótesis……………………………………………………………………………..15 1.6 Variables……………………………………………………………………………..16 CAPÍTULO 2. MARCO TEÓRICO REFERENCIAL………………………………….17 2.1 La jubilación, una inquietud para todos………………………………………......17 2.1.1 Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 123 apartado A………………………………………………………………………………..18 2.2 Ley Federal del Trabajo ……………………………………………………….....28 2.3 Sector público……………………………………………………………………….31 2.4 Beneficios sindicales……………………………………………………………….34 2.5 Sindicalismo………………………………………………………………………….39 2.6 Sindicato……………………………………………………………………………...41 CAPITULO III. METODOLOGIA DE LA INVESTIGACION………………………....45 3.1 Enfoque de la investigación……………………………………………………......45 3.2 Diseño de la investigación …………………………………………………………45 3.3 Técnicas de obtención de información……………………………………………46 3.4 Técnicas de análisis de la información…………………………………………....46 3.5 Proceso de investigación ……………………………………………………….....47 CAPÍTULO 4. ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS…………………..48 CAPÍTULO 5. PROPUESTA DE INTERVENCIÓN…………………………………..51 CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES…………………………………………53 BIBLIOGRAFÍA…………………………………………………………………………..54 ANEXOS………………………………………………………………………………….55 8

INTRODUCCIÓN Algunos defendieron vehementemente la última Reforma Laboral, mientras que otros insistieron en que es deficiente y hasta grosera. En las últimas semanas, la reforma laboral en México ha sido llevada y traída más allá del Congreso del país; ha sido tema de innumerables conversaciones, y lleva irremediablemente a los interlocutores a amarla u odiarla sin posturas intermedias.

En este contexto, dicha Reforma laboral, plantea la contratación se dé por tres situaciones: Uno. “El contrato a prueba, que lo teníamos completamente prohibido por la ley y ahora se está permitiendo que se contrate a prueba no más de 30 días, en donde se tiene que analizar si el trabajador tiene la capacidad para realizar el trabajo. Dos. “El trabajo por hora, que no es como lo comentan los trabajadores, que están queriendo dividir el salario mínimo en ocho horas. Claro está que el valor hora no llega ni a ocho pesos ($0.61 dólares). Lo que dice la propuesta es que, independientemente de las horas que trabajen, tienen que ganar por lo menos el salario mínimo. Esto quiere decir que si se le va a contratar por hora y no llega a las ocho horas, de todas maneras debe cobrar el salario mínimo. Tres. “La nueva ley limita a los patrones que ahora no pueden contratar a través de estas prestadoras de servicio a puestos que sí pueden quedar contratados dentro de la empresa, sino que se tiene que justificar que su carácter es especializado, no solamente contratar por contratar". Estas modalidades de contratación derivarán en que la contratación no sea solo para la gente que tenga experiencia (pues implica un contrato de capacitación en el que se enseñará al trabajador a realizar la labor que se le va a encomendar), ni que los puestos sean dados por cuestiones de compadrazgo, sino que respondan a las exigencias de la empresa en cuestión. 9

CAPÍTULO 1. CONSTRUCCIÓN DEL OBJETO DE ESTUDIO 1.1 Planteamiento del problema

La propuesta de reforma laboral que el Congreso de la Unión Aprobó

podrá

democratizar la precarización del empleo, es decir, provocar que la ola de bajos salarios y escasas prestaciones llegue a más personas.

Este planteamiento

tiene un aspecto positivo innegable, el de buscar

transparentar el manejo de los recursos con los que cuentan sindicatos, mismos que se financian, principalmente, con las cuotas de sus agremiados.

Existe otro elemento que, no necesariamente, requiere una reforma y que también puede contribuir a clarificar el manejo financiero de algunos sindicatos, los que están vinculados con el sector público. En este punto no se necesita realizar grandes modificaciones constitucionales para hacer del conocimiento público cuánto dinero, del presupuesto federal, se transfiere a los sindicatos, así como los conceptos de gasto a los que corresponde.

El problema de fondo es, posiblemente, que esto último difícilmente ocurrirá, el manejo neo-corporativo de los sindicatos impide trastocar las redes de poder que son inherentes a los mismos. Además la intención real de la reforma es otra: reducir costos laborales, es decir sueldos y prestaciones sociales.

En principio se menciona que el objetivo es favorecer la creación de empleo, facilitar la contratación de personas, con esquemas laborales flexibles, es decir, mediante contratos por hora, por proyecto, en capacitación, por ejemplo. Bajo este esquema se indica que estudiantes, amas de casa o personas que deseen

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obtener un ingreso extra podrían desempeñar funciones laborales adicionales y obtener dinero por ello.

La cuestión es que dichos esquemas solamente son favorables para las empresas cuando implican un pago menor al que actualmente tienen por contratar a una persona de planta. Dicha reforma laboral no hace evaluación de los resultados que obtendrá, en términos de empleo, salarios y prestaciones, ni hay ninguna mención a los sectores y las regiones del país. Debe recordarse que la realidad económica difiere a lo largo y ancho de México, la naturaleza de la desocupación es distinta en Monterrey, Oaxaca, Veracruz o Hidalgo.

Una situación similar se tiene respecto a la parte sectorial, por ejemplo, las manufacturas enfrentan un problema de competitividad distinto al del sector agrícola o de servicios; nuevamente, esto es algo que no contempla la reforma.

El principio de la propuesta descansa en que los ajustes los hará el mercado, algo que en México significa mayor concentración económica, es decir, favorecerá a quienes concentran los recursos y el poder político.

Derivado de todo lo anterior, surge el planteamiento ¿Por qué los legisladores y Gobierno mexicano insisten en la implementación de una reforma laboral que, a todas luces, se manifiesta como un esquema jurídico laboral que afecta notoriamente a la clase trabajadora?

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1.2 Importancia de la investigación La última reforma de fondo de la Ley Federal del Trabajo (LFT), data de 1980, pero no en la parte procesal ni en la relación diaria obrero-patronal; como es el caso que me ocupa. La vigente Ley Federal del Trabajo determina que el salario debe de pagarse al trabajador en efectivo: Artículo 101. - El salario en efectivo debe pagarse precisamente en moneda de curso legal, no siendo permitido hacerlo en mercancías, vales, fichas o cualquier otro signo representativo con que se pretenda substituir la moneda. Este es uno de los tantos ejemplos, sencillos y prácticos que contempla la reforma laboral y que ha sido superado por la realidad del día a día de la relación obreropatronal. Y que así como se da el caso de la modalidad del pago, también surte los mismos efectos “el pago por hora”, sin embargo, en este caso específico, es la propia legislación actual, que ya preveía “el pago por hora”. La Ley Federal Trabajo contempla la modalidad de la contratación de trabajo por hora, sin necesidad de reformar la misma. Primero, el artículo 58 de dicha ley, establece: Jornada de trabajo es el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrón para prestar su trabajo. De donde se desprende que el patrón y trabajador podrán sujetar el tiempo por el cual mantendrán el vínculo laboral. Segundo, el artículo 59 establece lo siguiente: el trabajador y el patrón fijarán la duración de la jornada de trabajo, sin que pueda exceder los máximos legales.

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En tercer lugar, los máximos legales son establecidos en el caso de la jornada diurna, de ocho horas; de la nocturna de siete horas y de la mixta de siete horas y media, según el artículo 61 de la ley federal del trabajo. Como cuarto punto, es importante señalar que el artículo “353 M” de esta ley contempla lo siguiente: el trabajador académico podrá ser contratado por jornada completa

o

media

jornada.

Los

trabajadores

académicos

dedicados

exclusivamente a la docencia podrán ser contratados por hora clase. Como quinto y último punto, el artículo 83 de la ley actual, señala lo siguiente: El salario puede fijarse por unidad de tiempo, por unidad de obra, por comisión, a precio alzado o de cualquier otra manera. Pero, a pesar de que lo anterior tiene regulado el marco laboral adecuado que beneficia al patrón y al trabajador, con la última reforma laboral mexicana se perciben matices legales que desamparan al trabajador y sobreprotegen al patrón bajo un supuesto beneficio conceptual de brindar oportunidades de empleo por hora y en turnos o jornadas laborales no completas pero que no generan respaldo para las garantías sociales que protegían al trabajador y lo dotaban de servicios de salud, acceso a créditos de vivienda, beneficio de la jubilación como merecido logro por su trayectoria laboral. Cuestiones que, entre otras, se abordan en esta investigación desde un enfoque legal, sociológico, económico y sindical.

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1.3 Objetivos de investigación

Objetivo general: Investigar y fundamentar, mediante el enfoque científico, por qué la última reforma laboral afecta a la clase trabajadora y beneficia marcadamente al patrón, en implícita complicidad benéfica patrón sindicatos.

Objetivos específicos: •

Conocer y analizar las reformas laborales y su efecto nocivo al trabajador.



Fundamentar los pros y contras laborales, económicos y sindicales que pudieran derivarse de la última reforma laboral mexica.



Sustentar el impacto laboral del outsourcing.

1.4 Preguntas de investigación

¿Cómo

afecta

la

última

reforma

laboral

mexicana

a

los

trabajadores

sindicalizados? ¿Cómo impacta la última reforma laboral mexicana en la generación de empleos? ¿Qué beneficios sociales, para los trabajadores, tiene la última reforma laboral mexicana? ¿Cómo impactará el outsourcing a los trabajadores? ¿Causará la última reforma laboral mexicana una precarización del empleo ya existente?

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1.5 Hipótesis El gobierno considera que ampliando la inestabilidad laboral va a existir más inversión e interés de los patrones por crear fuentes de trabajo, la experiencia en otros países demuestra que esta suposición es falsa, ya que la creación de empleos es producto de una correcta política económica que genera condiciones para la inversión productiva La reforma laboral otro engaño más de los sindicatos. La nueva versión dos dice Facilita

el

acceso

al mercado

laboral y la

creación

de empleos.

Este punto se basa principalmente en la ayuda al patrón pues todo lo que se busca en estas reformas es la productividad y la implementación de nuevos procesos y métodos para la mejora en la organización de las empresas. Las contrataciones a prueba son una reforma perjudicial para el trabajador pues se puede obtener la realización de una trabajo y una ocupación de la plaza pero no le garantiza al trabajador su estadía en la empresa aun que durante el periodo de prueba pueda gozar de las prestaciones que da la empresa. 2.-Promover la equidad de género, la inclusión, la no discriminación en las relaciones laborales, y la protección de derechos.En esta se postula la terminación de medidas practicadas por las empresas en cuanto a la discriminación de la mujer y la mujer embarazada, es una buena reforma porque se les estaría conformando en la ley para que puedan seguir laborando y puedan tener derecho a ascender de puesto o nivel y no se les pidan pruebas antes de la contratación de no estar embarazadas. 3.-Fortalecer

la

procuración

e

impartición

de

justicia

laboral.

Con todo lo respectivo a huelgas, una mejor organización, que sea obligatorio el arbitraje se vuelve más humano y respetuoso el acto de huelgas y el control

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del aplazamiento de estas; que se revise a los sindicatos y se establezcan métodos de operación reales y obligatorios. El pleno de la Cámara de Diputados aprobó con 361 votos a favor y 129 en contra la reforma laboral y reinsertó el voto indirecto para la elección de dirigentes sindicales, eliminó la obligación de entregar a los trabajadores sindicalizados un resumen semestral sobre su patrimonio y suprimió el artículo 388 bis, así como un párrafo del 390, respecto al voto libre, directo y secreto de los contratos colectivos de trabajo. 1.6 Variables Variable independiente: Impacto que produce la actual reforma laboral mexicana en los derechos y seguridad a los trabajadores mexicanos. Variable dependiente: Impacto en los trabajadores por los nuevos sistemas de contratación o subcontratación derivados de la última reforma laboral mexicana.

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CAPÍTULO 2. MARCO TEÓRICO REFERENCIAL “Hoy en día el derecho de preferencia principal es por los conocimientos, por la productividad, por lo que sepa el trabajador. Esto también cambia el concepto que teníamos antes de cómo se podía ir subiendo en el escalafón”

2.1 La jubilación, una inquietud para todos Otro de los temas que se han asomado en las marchas en contra de la reforma laboral propuesta por Felipe Calderón, es el temor por supuestas modificaciones al tema de la jubilación, el retiro de los trabajadores con goce de un porcentaje de su salario una vez que cumplen cierta edad. Sin embargo, “Este tema ni siquiera podría estar en la reforma laboral, pues está contemplado en la ley del seguro social. No podría estar en la reforma laboral porque no lo contempla en sus artículos”. ¿Y los sindicatos? El punto malo de las modificaciones hechas a la reforma original propuesta por Calderón, se ubica en el tema de los sindicatos. Mientras la propuesta original de Calderón defendía una completa transparencia sindical, tanto en la elección de los dirigentes (a través del voto secreto) como en el uso de los recursos, “desafortunadamente (ese tema) los legisladores lo hicieron a un lado. Lo único que manejaron por lo que hace al sindicalismo es una transparencia sindical al interior del mismo sindicato con respecto a los estatutos. “Los estatutos de los sindicatos tienen que contener el procedimiento para la elección de la directiva, de número de sus miembros, tiene que haber una votación directa. Es todo lo que tocaron realmente en cuanto al tema sindical, cuando en verdad era una parte importante de la reforma”. Las huelgas debían estar también contempladas en la reforma, junto con sus implicaciones, como los salarios caídos. El sindicalismo y la huelga, definitivamente. Además también hizo falta el tema de los salarios caídos. Por ese lado sí podría ser en un momento dado que perjudicara a los trabajadores. 17

“Un juicio actualmente, en promedio, dura alrededor de tres años. Ahí procedían los salarios caídos hasta que se acabara todo el procedimiento y el patrón pagara. “Hoy en día, esos salarios caídos los están limitando a 12 meses. Pero la propuesta dice que son 12 meses de salarios caídos como tope, pero también habla de un porcentaje de interés, el dos por ciento de 15 meses del salario del trabajador. Son dos penalizaciones que tiene el patrón. “La gente dice que esto le pega terriblemente al trabajador, pero también hay que tomar en cuenta que por muchos años han acabado empresas medianas o pequeñas, donde inclusive los mismos trabajadores trataban de alargar los procedimientos para que se les acumularan más salarios caídos. “Hoy en día es claro que en este sentido les va a perjudicar esta reforma, pero yo creo que es muy justa para los dos lados”, de modo que no se afecte a ambas partes en alargar intencionalmente la solución de un conflicto laboral. Con todo y los asuntos no contemplados por esta reforma laboral –que por cierto considera que será aprobada en breve en estos términos--, la reforma solo representa una regulación de hechos que ya venían dándose a escondidas e incluso, por encima de la ley.

2.1.1 Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 123 apartado A. Toda persona tiene derecho a un trabaja digno y socialmente útil, para ello cito el apartado a del mismo artículo antes mencionado que a la letra dice: a. entre los obreros, jornaleros, empleados domésticos, artesanos y de una manera general, todo contrato de trabajo: I. la duración de la jornada máxima será de ocho horas. II. la jornada máxima de trabajo nocturno será de 7 horas. Quedan prohibidas: las labores insalubres o peligrosas, el trabajo nocturno industrial y todo otro trabajo después de las diez de la noche, de los menores de dieciséis años;

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III. queda prohibida la utilización del trabajo de los menores de catorce años. los mayores de esta edad y menores de dieciséis tendrán como jornada máxima la de seis horas. IV. por cada seis días de trabajo deberá disfrutar el operario de un día de descanso, cuando menos. V. las mujeres durante el embarazo no realizarán trabajos que exijan un esfuerzo considerable y signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación; gozarán forzosamente de un descanso de seis semanas anteriores a la fecha fijada aproximadamente para el parto y seis semanas posteriores al mismo, debiendo percibir su salario íntegro y conservar su empleo y los derechos que hubieren adquirido por la relación de trabajo. en el período de lactancia tendrán dos descansos extraordinarios por día, de media hora cada uno para alimentar a sus hijos; VI. los salarios mínimos que deberán disfrutar los trabajadores serán generales o profesionales. Los primeros regirán en las áreas geográficas que se determinen; los segundos se aplicarán en ramas determinadas de la actividad económica o en profesiones, oficios o trabajos especiales. Los salarios mínimos generales deberán ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos. los salarios mínimos profesionales se fijarán considerando, además, las condiciones de las distintas actividades económicas. Los salarios mínimos se fijarán por una comisión nacional integrada por representantes de los trabajadores, de los patrones y del gobierno, la que podrá auxiliarse de las comisiones especiales de carácter consultivo que considere indispensables para el mejor desempeño de sus funciones. 19

VII. para trabajo igual debe corresponder salario igual, sin tener en cuenta sexo ni nacionalidad. VIII. el salario mínimo quedará exceptuado de embargo, compensación o descuento. IX. los trabajadores tendrán derecho a una participación en las utilidades de las empresas, regulada de conformidad con las siguientes normas: a) una comisión nacional, integrada con representantes de los trabajadores, de los patronos y del gobierno, fijará el porcentaje de utilidades que deba repartirse entre los trabajadores; b) la comisión nacional practicará las investigaciones y realizará los estudios necesarios y apropiados para conocer las condiciones generales de la economía nacional. Tomará asimismo en consideración la necesidad de fomentar el desarrollo industrial del país, el interés razonable que debe percibir el capital y la necesaria reinversión de capitales; c) la misma comisión podrá revisar el porcentaje fijado cuando existan nuevos estudios e investigaciones que los justifiquen. d) la ley podrá exceptuar de la obligación de repartir utilidades a las empresas de nueva creación durante un número determinado y limitado de años, a los trabajos de exploración y a otras actividades cuando lo justifique su naturaleza y condiciones particulares; e) para determinar el monto de las utilidades de cada empresa se tomará como base la renta gravable de conformidad con las disposiciones de la ley del impuesto sobre la renta. los trabajadores podrán formular ante la oficina correspondiente de 20

la secretaría de hacienda y crédito público las objeciones que juzguen convenientes, ajustándose al procedimiento que determine la ley; f) el derecho de los trabajadores a participar en las utilidades no implica la facultad de intervenir en la dirección o administración de las empresas. X. el salario deberá pagarse precisamente en moneda de curso legal, no siendo permitido hacerlo efectivo con mercancías, ni con vales, fichas o cualquier otro signo representativo con que se pretenda substituir la moneda. XI. cuando, por circunstancias extraordinarias deban aumentarse las horas de jornada, se abonará como salario por el tiempo excedente un 100% más de lo fijado para las horas normales. en ningún caso el trabajo extraordinario podrá exceder de tres horas diarias, ni de tres veces consecutivas. los menores de dieciséis años no serán admitidos en esta clase de trabajos. XII. toda empresa agrícola, industrial, minera o de cualquier otra clase de trabajo, estará obligada, según lo determinen las leyes reglamentarias a proporcionar a los trabajadores habitaciones cómodas e higiénicas. esta obligación se cumplirá mediante las aportaciones que las empresas hagan a un fondo nacional de la vivienda a fin de constituir depósitos en favor de sus trabajadores y establecer un sistema de financiamiento que permita otorgar a éstos crédito barato y suficiente para que adquieran en propiedad tales habitaciones. Se considera de utilidad social la expedición de una ley para la creación de un organismo integrado por representantes del gobierno federal, de los trabajadores y de los patrones, que administre los recursos del fondo nacional de la vivienda. Dicha ley regulará las formas y procedimientos conforme a los cuales los trabajadores podrán adquirir en propiedad las habitaciones antes mencionadas.

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Las negociaciones a que se refiere el párrafo primero de esta fracción, situadas fuera de las poblaciones, están obligadas a establecer escuelas, enfermerías y demás servicios necesarios a la comunidad. Además, en esos mismos centros de trabajo, cuando su población exceda de doscientos (doscientos, sic dof 09-01-1978) habitantes, deberá reservarse un espacio de terreno, que no será menor de cinco mil metros cuadrados, para el establecimiento de mercados públicos, instalación de edificios destinados a los servicios municipales y centros recreativos. Queda prohibido en todo centro de trabajo, el establecimiento de expendios de bebidas embriagantes y de casas de juego de azar. XIII. las empresas, cualquiera que sea su actividad, estarán obligadas a proporcionar a sus trabajadores, capacitación o adiestramiento para el trabajo. la ley reglamentaria determinará los sistemas, métodos y procedimientos conforme a los cuales los patrones deberán cumplir con dicha obligación. XIV. los empresarios serán responsables de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales de los trabajadores, sufridas con motivo o en ejercicio de la profesión o trabajo que ejecuten; por lo tanto, los patronos deberán pagar la indemnización correspondiente, según que haya traído como consecuencia la muerte o simplemente incapacidad temporal o permanente para trabajar, de acuerdo con lo que las leyes determinen. esta responsabilidad subsistirá aún en el caso de que el patrono contrate el trabajo por un intermediario. XV. el patrón estará obligado a observar, de acuerdo con la naturaleza de su negociación, los preceptos legales sobre higiene y seguridad en las instalaciones de su establecimiento, y a adoptar las medidas adecuadas para prevenir accidentes en el uso de las máquinas, instrumentos y materiales de trabajo, así como a organizar de tal manera éste, que resulte la mayor garantía para la salud y 22

la vida de los trabajadores, y del producto de la concepción, cuando se trate de mujeres embarazadas. las leyes contendrán, al efecto, las sanciones procedentes en cada caso; XVI. tanto los obreros como los empresarios tendrán derecho para coaligarse en defensa de sus respectivos intereses, formando sindicatos, asociaciones profesionales, etc. XVII. las leyes reconocerán como un derecho de los obreros y de los patronos, las huelgas y los paros. XVIII. las huelgas serán lícitas cuando tengan por objeto conseguir el equilibrio entre los diversos factores de la producción, armonizando los derechos del trabajo con los del capital. en los servicios públicos será obligatorio para los trabajadores dar aviso, con diez días de anticipación, a la junta de conciliación y arbitraje, de la fecha señalada para la suspensión del trabajo. las huelgas serán consideradas como ilícitas únicamente cuando la mayoría de los huelguistas ejerciera actos violentos contra las personas o las propiedades, o en caso de guerra, cuando aquéllos pertenezcan a los establecimientos y servicios que dependan del gobierno. XIX. los paros serán lícitos únicamente cuando el exceso de producción haga necesario suspender el trabajo para mantener los precios en un límite costeable, previa aprobación de la junta de conciliación y arbitraje. XX. las diferencias o los conflictos entre el capital y el trabajo, se sujetarán a la decisión de una junta de conciliación y arbitraje, formada por igual número de representantes de los obreros y de los patronos, y uno del gobierno. XXI. si el patrono se negare a someter sus diferencias al arbitraje o a aceptar el laudo pronunciado por la junta, se dará por terminado el contrato de trabajo y 23

quedará obligado (obligado, sic dof 21-11-1962) a indemnizar al obrero con el importe de tres meses de salario, además de la responsabilidad que le resulte del conflicto. Esta disposición no será aplicable en los casos de las acciones consignadas en la fracción siguiente. si la negativa fuere de los trabajadores, se dará por terminado el contrato de trabajo. XXII. el patrono que despida a un obrero sin causa justificada o por haber ingresado a una asociación o sindicato, o por haber tomado parte en una huelga lícita, estará obligado, a elección del trabajador, a cumplir el contrato o a indemnizarlo con el importe de tres meses de salario. la ley determinará los casos en que el patrono podrá ser eximido de la obligación de cumplir el contrato, mediante el pago de una indemnización. Igualmente tendrá la obligación de indemnizar al trabajador con el importe de tres meses de salario, cuando se retire del servicio por falta de probidad del patrono o por recibir de él malos tratamientos, ya sea en su persona o en la de su cónyuge, padres, hijos o hermanos. el patrono no podrá eximirse de esta responsabilidad, cuando los malos tratamientos provengan de dependientes o familiares que obren con el consentimiento (consentimiento, sic dof 21-11-1962) o tolerancia de él. XXIII. los créditos en favor de los trabajadores por salario o sueldos devengados en el último año, y por indemnizaciones, tendrán preferencia sobre cualquiera otros en los casos de concurso o de quiebra. XXIV. de las deudas contraídas por los trabajadores a favor de sus patronos, de sus asociados, familiares o dependientes, sólo será responsable el mismo trabajador, y en ningún caso y por ningún motivo se podrá exigir a los miembros de su familia, ni serán exigibles dichas deudas por la cantidad excedente del sueldo del trabajador en un mes.

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XXV. el servicio para la colocación de los trabajadores será gratuito para éstos, ya se efectúe por oficinas municipales, bolsas de trabajo o por cualquier otra institución oficial o particular. En la prestación de este servicio se tomará en cuenta la demanda de trabajo y, en igualdad de condiciones, tendrán prioridad quienes representen la única fuente de ingresos en su familia. XXVI. todo contrato de trabajo celebrado entre un mexicano y un empresario extranjero, deberá ser legalizado por la autoridad municipal competente y visado por el cónsul de la nación a donde el trabajador tenga que ir, en el concepto de que además de las cláusulas ordinarias, se especificará claramente que los gastos de repatriación quedan a cargo del empresario contratante. XXVII. serán condiciones nulas y no obligarán a los contrayentes, aunque se expresen en el contrato: a) las que estipulen una jornada inhumana por lo notoriamente excesiva, dada la índole del trabajo. b) las que fijen un salario que no sea remunerador a juicio de las juntas de conciliación y arbitraje. c) las que estipulen un plazo mayor de una semana para la percepción del jornal. d) las que señalen un lugar de recreo, fonda, café, taberna, cantina o tienda para efectuar el pago del salario, cuando no se trate de empleados en esos establecimientos.

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e) las que entrañen obligación directa o indirecta de adquirir los artículos de consumo en tiendas o lugares determinados. f) las que permitan retener el salario en concepto de multa. g) las que constituyan renuncia hecha por el obrero de las indemnizaciones a que tenga derecho por accidente del trabajo, y enfermedades profesionales, perjuicios ocasionados por el incumplimiento del contrato o despedírsele de la obra. h) todas las demás estipulaciones que impliquen renuncia de algún derecho consagrado a favor del obrero en las leyes de protección y auxilio a los trabajadores. XXVIII. las leyes determinarán los bienes que constituyan el patrimonio de la familia, bienes que serán inalienables, no podrán sujetarse a gravámenes reales ni embargos, y serán transmisibles a título de herencia con simplificación de las formalidades de los juicios sucesorios. XXIX. es de utilidad pública la ley del seguro social, y ella comprenderá seguros de invalidez, de vejez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de enfermedades y accidentes, de servicios de guardería y cualquier otro encaminado a la protección y bienestar de los trabajadores, campesinos, no asalariados y otros sectores sociales y sus familiares. XXX. asimismo serán consideradas de utilidad social, las sociedades cooperativas para la construcción de casas baratas e higiénicas, destinadas a ser adquiridas en propiedad, por los trabajadores en plazos determinados.

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XXXI. la aplicación de las leyes del trabajo corresponde a las autoridades de los estados, en sus respectivas jurisdicciones, pero es de la competencia exclusiva de las autoridades federales en los asuntos relativos a: a) ramas industriales y servicios: 1. textil; 2. eléctrica; 3. cinematográfica; 4. hulera; 5. azucarera; 6. minera; 7. metalúrgica y siderúrgica, abarcando la explotación de los minerales básicos, el beneficio y la fundición de los mismos, así como la obtención de hierro metálico y acero a todas sus formas y ligas y los productos laminados de los mismos; 8. de hidrocarburos; 9. petroquímica; 10. cementera; 11. calera;

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16. productora de alimentos, abarcando exclusivamente la fabricación de los que sean empacados, enlatados o envasados o que se destinen a ello; 17. elaboradora de bebidas que sean envasadas o enlatadas o que se destinen a ello; 18. ferrocarrilera; 19. maderera básica, que comprende la producción de aserradero y la fabricación de triplay o aglutinados de madera; 20. vidriera, exclusivamente por lo que toca a la fabricación de vidrio plano, liso o labrado, o de envases de vidrio; y 21. tabacalera, que comprende el beneficio o fabricación de productos de tabaco; 22. servicios de banca y crédito. 2.2 Ley Federal del Trabajo Artículo 3. El trabajo es un derecho y un deber sociales. no es artículo de comercio, exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta y debe efectuarse en condiciones que aseguren la vida, la salud y un nivel económico decoroso para el trabajador y su familia. No podrán establecerse distinciones entre los trabajadores por motivo de raza, sexo, edad, credo religioso, doctrina política o condición social. Asimismo, es de interés social promover y vigilar la capacitación y el adiestramiento de los trabajadores. 28

Artículo 5. Las disposiciones de esta ley son de orden público por lo que no producirá efecto legal, ni impedirá el goce y el ejercicio de los derechos, sea escrita o verbal, la estipulación que establezca: I. trabajos para niños menores de catorce años; II. una jornada mayor que la permitida por esta ley; III. una jornada inhumana por lo notoriamente excesiva, dada la índole del trabajo, a juicio de la junta de conciliación y arbitraje; iv. horas extraordinarias de trabajo para los menores de dieciséis años v. un salario inferior al mínimo; VI. un salario que no sea remunerador, a juicio de la junta de conciliación y arbitraje; VII. un plazo mayor de una semana para el pago de los salarios a los obreros; VIII. un lugar de recreo, fonda, cantina, cafe, taberna o tienda, para efectuar el pago de los salarios, siempre que no se trate de trabajadores de esos establecimientos; IX. la obligación directa o indirecta para obtener artículos de consumo en tienda o lugar determinado; X. la facultad del patrón de retener el salario por concepto de multa; XI. un salario menor que el que se pague a otro trabajador en la misma empresa o establecimiento por trabajo de igual eficiencia, en la misma clase de trabajo o igual jornada, por consideración de edad, sexo o nacionalidad; XII. trabajo nocturno industrial o el trabajo después de las veintidós horas, para menores de dieciséis años; y 29

XIII. renuncia por parte del trabajador de cualquiera de los derechos o prerrogativas consignados en las normas de trabajo. En todos estos casos se entenderá que rigen la ley o las normas supletorias en lugar de las clausulas nulas. También se da las relaciones de trabajo de un patrón-trabajador para ello cito el siguiente artículo que emana de la misma ley federal de trabajo que a la letra dice: Artículo 20. Se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le de origen, la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario. Contrato individual de trabajo, cualquiera que sea su forma o denominación, es aquel por virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario. la prestación de un trabajo a que se refiere el párrafo primero y el contrato celebrado producen los mismos efectos. Artículo 22 Queda prohibida la utilización del trabajo de los menores de catorce años y de los mayores de esta edad y menores de dieciséis que no hayan terminado su educación obligatoria, salvo los casos de excepción que apruebe la autoridad correspondiente en que a su juicio haya compatibilidad entre los estudios y el trabajo. Artículo 25. El escrito en que consten las condiciones de trabajo deberá contener: I. nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil y domicilio del trabajador y del patrón;

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II. si la relación de trabajo es por obra o tiempo determinado o tiempo indeterminado; III. el servicio o servicios que deban prestarse, los que se determinaran con la mayor precisión posible; IV. el lugar o los lugares donde debe prestarse el trabajo; V. la duración de la jornada; VI. la forma y el monto del salario; VII. el día y el lugar de pago del salario; VIII. la indicación de que el trabajador será capacitado o adiestrado en los términos de los planes y programas establecidos o que se establezcan en la empresa, conforme a lo dispuesto en esta ley; y IX. otras condiciones de trabajo, tales como días de descanso, vacaciones y demás que convengan el trabajador y el patrón. 2.3 Sector público El sector público es el conjunto de organismos administrativos mediante los cuales el estado cumple, o hace cumplir la política o voluntad expresada en las leyes del país. esta clasificación incluye dentro del sector público: el poder legislativo, poder ejecutivo, poder judicial y organismos públicos autónomos, instituciones, empresas y personas que realizan alguna actividad económica en nombre del estado y que se encuentran representadas por el mismo, es decir, que abarca todas aquellas actividades que el estado (administración local y central) poseen o controlan. el estado son las instituciones de los diferentes poderes y el gobierno las autoridades del poder ejecutivo. el papel y el volumen del sector público dependen 31

en gran parte de lo que en cada momento se considera interés público; ello requiere definir con antelación el ámbito de ese interés general. lo normal es que el sector público constituya un elevado porcentaje de la economía de un país e influya sobre la actividad socio económica global. por ejemplo, el gobierno puede limitar el crecimiento de los salarios de los funcionarios para evitar aumentos de la inflación, realizando así una política de precios y rentas extraoficial o informal. el sector público es constituido por el ejecutivo, legislativo y el judicial y está al servicio de todos y cada uno de los ciudadanos. el sector público está compuesto por el nivel nacional que son todas las instituciones dirigidas desde el poder central para todo el país, y el nivel territorial o regional que son las ubicadas en la provincia, estado o departamento, municipio, ciudad o localidad. por ejemplo el poder ejecutivo del nivel nacional es dirigido por el jefe de estado, presidente o primer ministro, quien tiene a su cargo todas las políticas administrativas de la nación, y el compromiso de hacer cumplir el ordenamiento legal para lo cual se sirve de todos los ministerios e instituciones que de ellos dependen. en cambio en el nivel territorial los gobernadores y los alcaldes lideran las políticas regionales de las zonas que les corresponde. el poder legislativo está en el parlamento nacional constituido por el senado o cámara alta y en muchos países además por la cámara baja o de representantes de las regiones. Tienen la misión de estudiar y proferir las leyes, que deben estar sujetas a la constitución nacional. el poder judicial está constituido por la suprema corte, en algunos países por otras altas cortes como constitucional o la del estado, y todos los juzgados del país. su misión es calificar el cumplimiento de todo tipo de normas y sancionar o penalizar su incumplimiento a todos los habitantes y las personas naturales (individuos) o jurídicas (empresas).

32

Adicional a los tres poderes hacen parte del sector público las instituciones autónomas independientes que normalmente son de control de la función de los mismos funcionarios del estado. en muchos países se cuentan entre ellas las contralorías, ministerio público (procuraduría, defensoría del pueblo), fiscalía y autoridades electorales. en algunos países puede que la procuraduría y la fiscalía estén fusionadas. Una de las características de los funcionarios públicos es que están remunerados con las contribuciones tributarias o impuestos y otra es que solo pueden desempeñar las tareas que están expresamente encargadas a su labor. El sector público En este sector todas las unidades se pueden colocar en diferentes niveles de acuerdo con la naturaleza de la institución de la cual forman parte.

En el ámbito central Las instituciones que integran este nivel son las secretarias de estado o dependencias del ejecutivo federal. Como órganos asesores aparecen 3 opciones de adscripción: •

del secretario del ramo directamente



de un subsecretario.



del oficial mayor

Se excluyen 2 ubicaciones como órganos de línea •

como una dirección general de la oficialía mayor o de una subsecretaria



como una dirección de línea dependiente de esas mismas unidades

A nivel del gobierno estatal 33

Las representaciones que se encuentran en este nivel son llamadas entidades federativas o de gobierno de los estados. En su carácter de órgano asesor se le puede situar en dos instancias •

adscritas a la oficina del gobernador



subordinada a un secretario estatal

Con mando lineal se le puede colocar en dos áreas •

como soporte del gobernador al nivel de la secretaria estatal



como dirección bajo las órdenes de un secretario estatal.

A nivel paraestatal Las instituciones que forman parte de este nivel son las que se agrupan en torno a un sector administrativo. En calidad de órganos asesores se muestran 3 niveles de adscripción •

como la unidad staff del titular de la institución



como unidad de apoyo de una subdirección divisional o su equivalente



como una unidad asesora de una dirección o gerencia de área.

Con autoridad de línea se les puede encontrar en tres puntos: •

como dirección o gerencia del área



como subdirección divisional o su equivalencia

Como subgerencia o departamento 2.4 Beneficios sindicales Sindicatos Los sindicatos son un tipo de organización social que principalmente buscan defender los intereses de los trabajadores. La ley estipulada en el código del trabajo aclara los temas relacionados con esta materia. Por ejemplo hace una

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separación entre distintos tipos de sindicatos que se pueden dar dependiendo del tipo y características del trabajador. En el artículo 216 lo aclara: Tipos de sindicatos La ley establece 4 tipos de sindicatos considerando a los trabajadores que afilien, del siguiente modo: a. Sindicato de empresa: es aquel que agrupa a trabajadores de una misma empresa; b. Sindicato interpresa: es aquel que agrupa a trabajadores de dos o más empleadores distintos; c. Sindicato de trabajadores independientes: es aquel que agrupa a trabajadores que no dependen de empleador alguno, y que no tengan trabajadores a su servicio. d. Sindicato de trabajadores eventuales o transitorios: es aquel formado por trabajadores que realizan labores bajo dependencia o subordinación en períodos cíclicos o intermitentes. Finalidades de los sindicatos La ley señala que son fines principales de las organizaciones sindicales: •

Representar a los trabajadores en el ejercicio de los derechos emanados de los contratos individuales de trabajo, cuando sean requeridos por los asociados. no será necesario requerimiento de los afectados para que los representen en el ejercicio de los derechos emanados de los instrumentos colectivos de trabajadores y cuando se reclame de las infracciones legales o contractuales que afecten a la generalidad de sus socios. en ningún caso podrán percibir las remuneraciones de sus afiliados.



Representar a los afiliados en las diversas instancias de la negociación colectiva a nivel de la empresa, y, asimismo, cuando previo acuerdo de las partes, la negociación involucre a más de una empresa. suscribir los instrumentos colectivos del trabajo que corresponda, velar por su cumplimiento y hacer valer los derechos que de ellos nazcan; 35



Velar por el cumplimiento de las leyes del trabajo o de la seguridad social, denunciar sus infracciones antes las autoridades administrativas o judiciales, actuar como parte en los juicios o reclamaciones a que den lugar la aplicación de multas u otras sanciones;



Actuar como parte en los juicios o reclamaciones, de carácter judicial o administrativo, que tengan por objeto denunciar prácticas desleales. en general, asumir la representación del interés social comprometido por la inobservancia de las leyes de protección, establecidas en favor de sus afiliados, conjunta o separadamente de los servicios estatales respectivos;



Prestar ayuda a sus asociados y promover la cooperación mutua entre los mismos, estimular su convivencia humana e integral y proporcionarles recreación.



Promover la educación gremial, técnica y general de sus asociados;



Canalizar inquietudes y necesidades de integración respecto de la empresa y de su trabajo;



Propender al mejoramiento de sistemas de prevención de riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, sin perjuicio de la competencia de los comités paritarios de higiene y seguridad, pudiendo además, formular planteamientos y peticiones ante éstos y exigir su pronunciamiento;



Constituir, concurrir a la constitución o asociarse a mutualidades, fondos u servicios y participar en ellos. estos servicios pueden consistir en asesorías técnicas, jurídicas, educacionales, culturales, de promoción socio-económicas y otras; constituir, concurrir a la constitución o asociarse a instituciones de carácter previsional o de salud, cualquiera sea su naturaleza jurídica y participar en ellas;



Propender al mejoramiento del nivel del empleo y participar en funciones de colocación de trabajadores,

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En general, realizar todas aquellas actividades contempladas en los



estatutos y que no estuvieren prohibidas por ley. Los objetivos son los logros que buscan alcanzar los sindicatos, para



responder a las necesidades de quienes forman parte de él. los objetivos dejan muy claro cuáles son las finalidades para las que fue creada la organización sindical .aunque cada organización sindical puede tener objetivos muy variados, existen cinco de ellos que siempre le dan razón de ser a todo sindicato. estos objetivos orientan toda acción de las organizaciones sindicales en su lucha por dignificar las condiciones de vida de los trabajadores y trabajadoras. Estos cinco objetivos son: Un salario justo •

los sindicatos buscan que quienes trabajan tengan un salario adecuado y digno, que les permita cubrir sus necesidades y las de sus familias en alimentación, salud, vivienda, educación, vestido y recreación.

Mejores condiciones de trabajo. •

Las condiciones de trabajo son un complemento indispensable del salario. las trabajadoras y los trabajadores tienen el derecho a que las condiciones en que laboran no les afecten ni física ni mentalmente.



Todos los sindicatos deben buscar que las personas afiliadas disfruten de condiciones laborales que no les afecten en su salud y dignidad. por ejemplo, los sindicatos luchan por jornadas de trabajo justas y adecuadas al tipo de labor que se realiza, por descansos y vacaciones oportunas, por implementos de protección cuando las tareas que ejecutan las personas así lo requieran.



En una fábrica de ropa también el sindicato lucha por asientos adecuados y confortables, por aire fresco, por buena iluminación, por servicios sanitarios limpios, en buen estado y en cantidad suficiente, por agua potable, en fin, 37

por todas las condiciones que hagan a las trabajadoras y trabajadores personas dignas.

Empleo estable para toda persona •

No basta con tener trabajo, es importante que el empleo sea estable, regulado por leyes que protejan contra despidos injustos, principalmente cuando el trabajador y la trabajadora han entregado lo mejor de sus años y toda su experiencia para el desarrollo de su empresa y de su país .las mujeres han sufrido tradicionalmente muchos problemas con el empleo.



Por un lado, les cuesta más conseguirlo y, por otro, generalmente se les asignan los puestos más mal pagados o se les paga menos salario que a los varones por ejecutar las mismas labores. es de unos años para acá que se está dando una creciente incorporación de la mujer en las distintas ramas de la economía. para ellas el sindicato tiene como objetivo garantizar que su incorporación laboral no se dé en forma desventajosa y que se respeten y promuevan los derechos de su condición particular. Mejoramiento de las reivindicaciones sociales y económicas



para proteger y garantizar el mejoramiento de los sectores laborales, es necesario crear leyes y luchar para que éstas se cumplan. por esta razón el sindicalismo constantemente busca que los estados promulguen leyes y decretos que garanticen la continuidad de sus conquistas y el mejoramiento social y económico de las personas trabajadoras. para que las leyes se respeten y se cumplan, es necesario que todas las personas trabajadoras y estén unidos y organizados. La permanente democratización de la sociedad



El respeto a los derechos humanos es una de las luchas más importantes que los trabajadores pueden realizar desde sus organizaciones sindicales. el reconocimiento de los derechos de libre asociación, de pensamiento y de expresión implica luchar por la democratización de sus países. también es 38

importante que los sindicatos participen en la vida política de las naciones, para vigilar y supervisar que los gobiernos sean justos en sus políticas económicas y sociales. •

Es importante que los trabajadores y trabajadoras participen y ejerzan control sobre aquellas decisiones que les afectan directa o indirectamente, tanto a nivel de la sociedad y del estado, como también al interior de sus mismas



Organizaciones. así, la lucha por la democratización también debe darse dentro de los sindicatos. sólo practicando la democracia a lo interno de las organizaciones se fortalecerán las bases democráticas de la sociedad entera. esto es especialmente importante para las trabajadoras y los jóvenes.



Es muy importante promover y posibilitar la participación directa de las mujeres y jóvenes dentro de la organización sindical; el estímulo a esta participación democrática como delegadas, afiliadas, o formando parte de las directivas, garantiza que las decisiones del sindicato correspondan a un mayor grado de consenso.

2.5 Sindicalismo Los principios del sindicalismo: si usted así lo cree, mencione los que a su juicio sean más importantes. los principios son las reglas fundamentales que orientan el comportamiento de las organizaciones. si se rompen o no se cumplen, la organización pierde su identidad y se debilita; entonces, cada vez le es más difícil lograr sus objetivos. de esa forma, pierde credibilidad ante los trabajadores y trabajadoras y ante la sociedad. Existen al menos 9 principios fundamentales que todo sindicato y sindica-lista deben respetar. podemos enunciarlos de la siguiente manera: El sindicato debe ser: 39



libre



independiente



democrático



participativo



unitario



responsable



realista



solidario.

Libre determinación por clases Los sindicatos pueden ser de empleadores, de trabajadores o de personas que ejercen independientemente una profesión u oficio. los sindicatos de trabajadores pueden ser de empleados, de obreros o mixtos. (dd.ss. 3/5/1961, art. 5º, de 21/12/1962 y 15/1/1963). el gobierno de la revolución de la fuerza armada tiende a dar el nombre genérico de trabajadores a obreros y empleados. Edad El único límite para el ingreso a un sindicato lo da la ley. Desde que un menor de edad ingresa al trabajo tiene derechos que defender, lo cual es una buena razón para sindicalizarse. Sexo En los centros de trabajo donde laboran hombres y mujeres, el sindicato se integra con afiliados masculinos como femeninos y procura abrir los caminos propicios para los cargos directivos en manos de mujeres. Esto es muy importante, pues, a la vez que se rompen viejos prejuicios burgueses se cuenta con compañeras que hagan posible la igualdad de derechos económicos y políticos del hombre y la mujer. Raza En el sindicato caben negros, blancos, mestizos, nazis, indios, porque tiene iguales derechos que defender en el trabajo. 40

Religión En un sindicato caben todas las religiones, inclusive la falta de ella, como ateos, católicos, protestantes, mahometanos, pues ninguna de las creencias o religiones es materia de discusión sindical.

2.6 Sindicatos Funcionamiento de un sindicato constituido por una masa de afiliados, capaz de formar organismos y darles poder ejecutivo, de dirección y administración para cumplir los fines estatuarios y asumir una responsabilidad decisoria. Los órganos del sindicato: Asambleas Radica propiamente la soberanía de los sindicatos, dentro de los preceptos legales y estatuarios. Para que la asamblea sea legal debe reunir un número determinado de socios fijado por los estatutos y a eso se le llama quórum consiste: 1º lectura correspondiente 2º oír los informes de la secretaría o los que tengan que dar los asociados. 3º acuerdos referentes a reformas en el estatuto, pacto o contrato colectivo de condiciones de trabajo, afiliación al sindicato. 4º discusión de los pedidos y acuerdos sobre cada uno de ellos, sea aceptándolos o rechazándolos. los acuerdos de la asamblea se adoptan por mayoría cada afiliado tiene derecho a un solo voto; ningún afiliado puede dejar de votar sino por sanción disciplinaría. Congresos

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Su

jerarquía

corresponde

a

las

federaciones

sindicatos

nacionales

y

confederaciones que por la distribución geográfica y cantidad de afiliados recurren a la representación por delegaciones. Los congresos como asambleas, son ordinarios y extraordinarios, los primeros son aquellos que se reúnen de acuerdo con los plazos fijados por los estatutos de la entidad convocante y la segunda se convoca para solucionar problemas de carácter urgente y que el comité ejecutivo se encuentra impotente para afrontar. Los congresos son depositarios de la soberanía de los trabajadores tiene poder ilimitado tienen un orden universal de desarrollo y es el siguiente: •

nombramiento de la comisión organizadora.



elaboración del temario y reglamento.



designación de comisiones que afronten una serie de realidades.



plenaria para discutir las conclusiones sustentadas en los dictámenes de las comisiones que pueden ser ampliadas, modificadas o suprimidas en público debate.

Derechos y deberes de los afiliados a un sindicato El hecho de trabajar en una oficina, fabrica, campo, mina, buque. para ingresar a un sindicato es necesario que el solicitante conozca los estatutos y preste su conformidad. Los derechos de las personas sindicalizadas Individuales, los que invocan como hombres; Sociales, los que están consignados en los estatutos del sindicato y en las leyes del trabajo. El sindicalizado goza de los siguientes derechos sociales: •

Retiro libre del sindicato, limitado algunas veces por la cláusula de exclusión.

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Voto para elegir a los dirigentes, administradores y comisionados, representantes ante los organismos de la política social del estado.



Uso de los bienes sociales del sindicato.



Defensa de sus intereses, individuales y colectivos.



Participación de parte de la entidad.

Típicamente sindicales •

Derecho de petición a las autoridades estatales y patronales por sí mismos utilizando los delegados del sindicato.



Elegir libremente a los directivos del sindicato



Tomar parte en negociaciones de carácter colectivo



Declararse en huelga y organizar campañas que den a conocer su pensamiento



Derecho para ser elegido como miembro de la directiva sindical o para las distintas comisiones.



Inamovilidad del directivo sindical en su cargo durante el tiempo que lo desempeñe.

Implica obligaciones •

Pago de cuotas ordinarias y extraordinarias.



Observación de la disciplina social.



Cumplimiento de los estatutos.



Asistencia a las reuniones y asambleas no asistencia al trabajo en los días de huelga, préstamo de su concurso a los piquetes distribución de propaganda y otras medidas legales adoptadas por el sindicato.



Emisión de su opinión y voto.



Participación en la administración y dirección cuando haya sido electo para ellas.

La vida sindical normal debe estar garantizada contra los atentados todos los sindicatos deben estar protegidos contra aquellos elementos, contra los individuos 43

infiltrados por los partidos totalitarios. La expulsión de los sindicatos de tales elementos más que en las leyes están reconocidas y consignadas en los estatutos las causales son múltiples: 1. condena por delito contra la propiedad 2. ofensas de palabra u obra contra directivos sindicales, 3. ebriedad y toxicomanía 4. abandono de la profesión o empresa en que trabaja por un año sin permiso especial. 5. atraso crónico en el pago de las cuotas o negativas de hacerlo. 6. imposición de un número determinado de multas por faltas contra el sindicato 7. ejercicio de la violencia, no autorizada por el sindicato con motivo de una huelga. 8. fraude con los fondos sindicales 9. violación sistemática y grave de los estatutos. Importancia del sindicato El hecho sindical es un fenómeno espontáneo que deriva de la tendencia natural de agregación de los individuos condicionados a una misma socio-económica. El sindicato ostenta la importancia de ser uno de los sujetos del derecho del trabajo. La doctrina laboral destaca en la actualidad que tomado el derecho del trabajo en su conjunto, los mismos sujetos del mismo se agotan en el trabajador y el empleador individualmente considerados, sino que también incluyen a las organizaciones profesionales.

44

CAPITULO III. METODOLOGIA DE LA INVESTIGACION 3.1 Enfoque de la investigación La investigación se realizó desde el enfoque mixto, el cual se define como el proceso que recolecta, analiza y correlaciona datos cuantitativos y cualitativos en una misma investigación o conjunto de investigaciones para dar respuesta al planteamiento del problema. El enfoque cuantitativo, se vale de la recolección de datos para probar hipótesis, con base en la medición numérica y el análisis estadístico para establecer patrones de comportamiento y probar teorías. El enfoque cualitativo, emplea la recolección de datos sin medición numérica a fin de afinar o descubrir preguntas de investigación en el proceso de interpretación. A veces también es referido como investigación naturalista, fenomenológica, interpretativa o etnográfica y en este se incluye una amplia variedad de visiones, concepciones, técnicas y estudios no cuantitativos. 3.2 Diseño de la investigación El diseño aplicado en el estudio es del tipo experimental descriptivo. el término diseño se refiere al plan o estrategia que se desarrolla para obtener la información que se requiere en una investigación. Un

diseño

experimental

se

efectúa

con

la

manipulación

de

variables

independientes para conocer los efectos sobre otras variables. En este caso se observan los fenómenos como ocurren en su contexto natural y posteriormente se analizan. Dicho estudio se realizó desde la tendencia transversal o transaccional.

45

Esta modalidad de diseño de investigación consiste en recolectar datos en un monumento único. Su fin es describir variables y analizar su vinculación y ocurrencia en un momento determinado. Es descriptivo, porque el propósito de investigar es sobre la reforma laboral del 2012. 3.3 Técnicas de obtención de información Las técnicas que se aplicaron en el estudio fueron la encuesta. La encuesta es un instrumento de investigación de mercados que consisten en obtener información de las personas encuestadas mediante el uso de cuestionarios diseñados en forma previa para la obtención de información específica. Se aplicó la escala de Likert porque permite medir actitudes, o sea, la predisposición aprendida para expresar coherentemente, de una manera favorable o desfavorable, ante un objeto, una actividad, un concepto, una persona o sus símbolos. Además, facilita el análisis e interpretación cualitativa y cuantitativa de la información. 3.4 Técnicas de análisis de la información

Para el análisis de la información se aplicaron elementos de Estadística Descriptiva. Su objetivo fue la recolección, presentación, descripción, análisis e interpretación de una colección de datos, esencialmente consiste en resumir los datos con uno o dos elementos de información que caracterizan la totalidad de los mismos. Los datos son colecciones de observaciones relacionadas entre sí, para facilitar su análisis se deben organizar de la siguiente manera: seleccionar tendencias, describir relaciones, determinar sus causas y efectos para lograr conclusiones lógicas y tomar decisiones fundamentadas. 46

3.5 Proceso de investigación El desarrollo de la investigación se hizo a través de los principios de la investigación participativa, la cual está relacionada con el poder y que éste es vital para la construcción de la realidad, la lengua, los significados y los ritos de la veracidad; se infiere que el poder funciona en todo el conocimiento y en cada definición. Si el conocimiento proporciona poder, representa la realidad. Esencialmente se ha pretendido que el dialogo, como componente primario de la investigación participativa, provea un ánimo general de unidad, participación, comprensión de la diversidad de necesidades y aptitudes, libertad de expresión, desarrollo de sentido crítico con fines de crecimiento personal y colectivo y, desde luego, la corresponsabilidad de trabajo colectivo en el logro de resultados.

47

CAPÍTULO 4. ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS Procedente de los estudios de las herramientas de recopilación de información se desprenden los siguientes referentes y datos porcentuales, mismos que se interpretan objetivamente para fundamentar la propuesta de intervención que se considera más pertinente para este caso concreto. Después de haber aplicado el Cuestionario para trabajadores que tiene como objetivo recopilar opiniones y percepciones del trabajador referentes a la vigente Reforma Laboral mexicana a fin de sustentar una posible propuesta de intervención factible de llevar a cabo en corto tiempo.

Se procedió a la

interpretación sistemática de cada uno de los reactivos incluidos en este instrumento, logrando los resultados siguientes. A la pregunta 1 ¿cuál de las siguientes opciones es una de las últimas reformas laborales vigentes? Gráficamente se refleja lo siguiente

El

50% contestó de manera errónea ya que se puede apreciar en la gráfica

corresponde a la mitad estas personas carecen de información concreta ; puede comprobarse que el 50% ignora que la respuesta correcta es el inciso “a”; es decir,

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un 50% de las personas demuestran saber ciertamente y acertada la respuesta lo cual mi tesis se fortalece y de esta manera se aprueba A la pregunta 2. ¿A QUIEN BENEFICIA MAS LA REFORMA LABORAL? Gráficamente se demuestra lo siguiente

60% de los trabajadores demuestra la poca información que tienen respecto de la reforma laboral y 40% dice saber bastante de él; lo cual no es creíble porque en cierta forma la reforma laboral tiene sus lagunas.

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A la pregunta 3. ¿Considera que habrá más empleo con la reforma laboral? Gráficamente se demuestra que

20% de los trabajadores aceptan conocer poco sobre la nueva reforma y 80% dice saber bastante de él; lo cual fortalece mi tesis y de esta manera se aprueba. A la pregunta 4. ¿Cambiarán totalmente las relaciones del trabajador-patrón?

El 75% contestó de manera errónea ya que se puede apreciar en la gráfica; que ignoran que la respuesta correcta es el inciso “c”; es decir, un 25% de las personas demuestran saber ciertamente y acertada la respuesta. 50

A la pregunta 5 ¿perderán prestaciones algunos los trabajadores con antigüedad?

El 10% de los trabajadores desconocen de sus prestaciones y sus derechos como trabajador, ya que la respuesta correcta es el inciso “b” a lo que el 90% de los trabajadores contestan correctamente porque el otorgamiento de prestaciones es irrenunciable, es decir son derechos adquiridos.

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CAPÍTULO 5. PROPUESTA DE INTERVENCIÓN Después de haber realizado todo el proceso de investigación de la presente tesis y para implementar una adecuada propuesta de intervención que solvente el impacto negativo que en la clase trabajadora está generando la última reforma laboral mexicana me guía a

proponer que las autoridades correspondientes

realicen una revisión más amplia y profunda a fin de identificar aquellos puntos que atentan con lo establecido en el artículo 123 constitucional y que se convierte en un garante de los derechos de los trabajadores. A sí mismo, propongo la implementación de una masiva campaña de difusión nacional que dé a conocer los puntos reformados contractuales, outsourcing y subcontrataciones que generan ambigüedades o afectaciones a los trabajadores, a fin de buscar puntos de coincidencia para beneficio mutuos adecuados y equitativos, tanto para trabajadores como para patrones.

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CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES Concluyo que me tesis se aprueba por que se cumplió con todos los requisitos implementados por el Instituto Tecnológico Latinoamericano para desarrollar el presente proceso de investigación que terminó exitosamente con una pertinente propuesta de intervención para atender la problemática indagada y argumentada en el presente documento. Asimismo recomiendo socializar los resultados de este tesis a fin de que, quien se interese o corresponda, cuenten con un marco referencial que les brinde la posibilidad de construir juicios de opinión con fundamento legal y soporte técnico que respalden sus dichos planteamientos y solicitudes para que de ser posible, el ideal que surja una controversia en el legislativo para que la comisión de asuntos laborales de la cama de diputados y de senadores revisen y analicen modifiquen y hagan las adecuaciones necesarias para corregir las posibles lesiones que tengan contra los derechos de los trabajadores. En el supuesto caso de que no se logre lo anterior y si es inquietud de la sociedad o de un sector de los trabajadores, en un marco de respecto y con fundamento legal, fundamenten y documenten, para solicitar la intervención, para su análisis: de los magistrados de la suprema corte de justicia de la nación y que ellos, como máximos tribunos, resuelvan lo procedente.

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BIBLIOGRAFÍA.

Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos (2012). Artículo 4. Diario Oficial de la Federación, 5 de febrero de 1917, última reforma, DOF 16-10-2012. México, D.F. Hernández, Fernández & Baptista (2010,5° Ed.). Metodología de la investigación. México, D.F. Editorial Mc. Graw Hill. Información recuperada de internet, en: leer

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ANEXOS CUESTIONARIO PARA TRABAJADORES Objetivo. Recopilar opiniones y percepciones del trabajador referentes a la vigente Reforma Laboral mexicana a fin de sustentar una posible propuesta de intervención factible de llevar a cabo en corto tiempo. Instrucciones. Este cuestionario es anónimo lea y marque la opción que mejor refleje su opinión. 1. ¿cuál de las siguientes opciones es una de las últimas reformas laborales vigentes? a) Articulo 123 apartado a. b) Articulo 123 fracciones X, XVI, XXII, XXXI y XXXII. c) Artículo 123 fracción XXI, VI, XXX, XIV. 2. ¿A quién beneficia más la reforma laboral? a) patrón b) sindicato c) a la economía nacional d) a los trabajadores e) al comercio informal 3. ¿consideras que abra más empleo con la reforma laboral? a) Si totalmente b) No para nada c) Seguirá igual que siempre. 4. ¿cambiara totalmente las relaciones del trabajador-patrón? a) exactamente b) para nada c) totalmente d) no se sabe e) seguirá igual 5. ¿perderán prestaciones algunos los trabajadores con antigüedad? a) Si b) No

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