Terminacion de Contrato

Un contrato se puede terminar con o sin justa causa. En este caso considero que es una justa causa, ya que la señora obt

Views 116 Downloads 1 File size 165KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

Un contrato se puede terminar con o sin justa causa. En este caso considero que es una justa causa, ya que la señora obtuvo varias llamadas de atención. Dejándolo claro que no ha estado cumpliendo con los requisitos laborales. El próximo paso es saber si es un contrato a término fijo o a término indefinido. En el caso de un contrato a término fijo ambas partes conocen la fecha de terminación con anticipación y tiene una duración cierta y limitada en el tiempo de máximo 3 años. En el caso de un contrato a término indefinido no se pacta un tiempo de duración, no es definido cuando se terminará ni cuánto durará el contrato. Para este caso me voy enfocar en el contrato a término fijo. Si estudiamos el caso de un contrato a término fijo, se termina en los siguientes casos:   

Cuando el plaza pactado en él expire. Cuando ambas partes acuerdan la terminación voluntariamente. Una de las partes decida terminarlo uníparamente, existiendo una justa causa o no.

En este caso una de las partes decidió de terminar el contrato uníparamente, en el caso de Martha Marín se considera una justa causa. Si el contrato se termina con justa causa, la empleada puede ser despedida sin el pago de indemnizaciones. Se evidencian las siguientes pruebas que comprueban la posición de la empresa. Identificación De La Justa Causa Se detectan las incurrencias de la empleada Martha Marín a la falta de sus obligaciones como lo es la inasistencia laboral en la empresa. * Notificación Al Trabajador De La Diligencia De Descargos Se llama a la empleada Martha Marín a una diligencia de descargos, en la que se procede a notificarle los hechos que se le atribuyen, como lo son sus inasistencias injustificadas en la empresa, el no notificar con anterioridad a sus superiores, siendo esta una falta grave a la obligación que tiene para con la empresa, incumpliendo así con la normativa y cláusulas de la empresa, siendo la decisión tomada acobijada también por el Código Sustantivo del Trabajo.

* Recepción Y Evaluación De Los Descargos Presentados Por El Trabajador Se le da a la empleada Martha Marín, la oportunidad de aclarar las inasistencias injustificadas de su parte, para conocer en sí cuales fueron las razones o circunstancias en las que se vio y que afectaron su compromiso con la empresa y en la que pueda aclarar el por qué no dijo nada antes si ya se le habían hecho llamadas de atención con anterioridad. Se escucha, analiza y se evalúan las acciones de la empleada y las repercusiones que tuvieron sus inasistencias y se tomar la mejor decisión para el buen funcionamiento de la empresa, desvinculando a la señora Martha Marín de la empresa. Esta decisión se hizo en presencia de

dos testigos que estuvieron presentes desde el principio en el que se hizo la notificación del empleado de la diligencia de descargos hasta la defensa del mismo.

* Notificación De La Carta De Despido Se procede a realizar la notificación a la empleada Martha Marín por medio de una carta, en la cual estará(n) justificada(s) la(s) razón(es) y la(s) causa(s) concretas por las cuales se tomó la decisión de su desvinculación con la empresa. En dicha carta se le da a conocer hasta qué fecha estará laborando y el pago el cual es su derecho por ley.

* Liquidación Y Pago De Los Valores Adeudados Al Trabajador

· · · ·

Se procede a hacer la Liquidación correspondiente del Contrato Laboral de la señora Martha Marín por desvinculación de la empresa por despido con justa causa. Se efectúan las liquidaciones correspondientes que se le adeudan al trabajador tales como: Salario (si hay pagos pendientes). Prestaciones sociales. Aportes parafiscales (al que haya lugar). Aportes a seguridad social. Siendo esto lo último a realizarse para su completa desvinculación.

CONCLUSIÓN En el caso de la señora Martha Marín, se comprueba que la razón de la terminación de su contrato laboral hace referencia a su incumplimiento y falta repetitiva de inasistencia injustificada; y aún, siendo notificada anteriormente con llamadas de atención unas tres (3) veces de manera escrita y una de forma verbal, siguió faltando a su obligación laboral. Es por eso que la Empresa ORVIS INTERNACIONAL procede a la Terminación y Liquidación del Contrato Laboral de la empleada Martha Marín, acobijándonos bajo la Ley, en la que el empleador puede dar por terminado el contrato por Justa Causa.