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MUNICIPALIDAD DISTRIAL DE SOCOS

TÉRMINOS DE REFERENCIA CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA LA EJECUCIÓN DE INVENTARIO FÍSICO DE BIENES MUEBLES 2018 1. ENTIDAD CONTRATANTE Municipalidad Distrital de Socos 2. ANTECEDENTES El Art.121º del Reglamento de la Ley General de Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, ha establecido; “El Inventario es el procedimiento que consiste en verificar físicamente, codificar y registrar los bienes muebles con que cuenta cada entidad a una determinada fecha, con el fin de verificar la existencia de los bienes, contrastar su resultado con el registro contable, investigar las diferencias que pudieran existir y proceder a las regularizaciones que correspondan. Bajo responsabilidad del Jefe de la Oficina General de Administración o la que haga sus veces, se efectuará un inventario anual en todas las entidades, con fecha de cierre al 31 de diciembre del año inmediato anterior al de su presentación, y deberá ser remitido a la SBN entre los meses de enero y marzo de cada año. La información deberá estar acorde con el Módulo Muebles del SINABIP, la que será acompañada del Informe Final de Inventario y del Acta de Conciliación”

El literal f del numeral 11de la Directiva Nº 005-2016-EF/51.01, ha establecido; “Cada entidad debe practicar al menos con periodicidad anual inventarios físicos de los elementos de PPE y sus componentes, de haberlos, con el objeto de verificar su existencia física, estado de conservación, costo, depreciación y saldo, para lo cual elaborará una Directiva de Toma de Inventarios, mencionando como base legal la presente Directiva. Cada entidad realizará el inventario físico, preferentemente con su personal, pudiendo realizarlo con terceros “

3. FINALIDAD PÚBLICA La Municipalidad Distrital de Socos requiere contratar los servicios de un consultor Persona Natural que preste el servicio de levantamiento de inventario Físico de bienes muebles al cierre del ejercicio presupuestal 2018, que refleje el comportamiento y valor de éstos activos, dotar consistencia de los Estados Financieros al 31 de diciembre de 2018 y remisión del inventario a la SBN, conforme a lo dispuesto por el Art. 121 del Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA 4. BASE LEGAL - Ley 29151, Ley del Sistema Nacional de Bienes Estatales - Decreto Supremo Nº 007-2008-Vivienda, Reglamento de Ley Nº 29151 - Decreto Supremo Nº 013-2012-Vivienda, modifica el Reglamento de Ley Nº 29151 - Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades - Resolución de Superintendencia Nº 039-97/SBN, que aprueba el Reglamento para el Inventario Nacional de Bienes Muebles del Estado - Resolución Jefatural Nº 118-80-INAP/DNA Normas Generales y de Control Interno del Sistema de Abastecimiento. - Resolución N° 158-97/SBN, que aprueba el sistema del Catálogo Nacional de Bienes Muebles del Estado

MUNICIPALIDAD DISTRIAL DE SOCOS -

Ley Nº 28708 General del Sistema Nacional de Contabilidad Resolución de Contraloría Nº 320- 2006-CG. Normas de Control Interno. Resolución Ministerial Nº 126-2007-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento Nacional de Tasaciones - Instructivos Nº 01, 02, 04 y 06, aprobado por Resolución de Contaduría Nº 06797-EF/93.01 - Directiva Nº 003-2012-EF/51.01, Cierre Contable y presentación de información para la elaboración de la Cuenta General de la República - Directiva Nº 001-2015/SBN “Procedimiento para la gestión de los bienes muebles estatales”, aprobado por Resolución Nº 0462015/SB

5. ALCANCE DEL SERVICIO Para todos los efectos del presente documento, el Inventario de bienes muebles se ejecutará en todas las dependencias de la Municipalidad Distrital de Socos 6. METODOLOGIA, PROCEDIMIENTO Y CONDICIONES DEL SERVICIO El inventario físico se tomará en forma ordenada y cronológica, con identificación específica y al barrer en función del “Plan y Cronograma de Trabajo”, presentado por el postor en un plazo máximo de 03 días calendarios contados a partir del día siguiente a la firma de contrato, en el que se detallará las actividades a desarrollar señalando la fecha de inicio y la fecha de término del trabajo de campo, así como la entrega de información de los referidos inventarios indicando la duración del trabajo por cada dependencia, el cual deberá contar con la aprobación de la municipalidad La vigencia del contrato rige a partir del día siguiente de haberse suscrito, e incluirá los tres (03) días para la presentación del “Plan y Cronograma de Trabajo” y dos (02) días de aprobación por parte de la municipalidad, siendo requisito indispensable para el inicio de las actividades. El servicio comprenderá como mínimo las siguientes actividades: 6.1. El servicio de Inventario Físico se inicia al día siguiente hábil a la aprobación del Plan y Cronograma de Trabajo por parte de la Comisión de Inventarios 6.2 Revisión y validación de registro de Codificación de Dependencias, según órganos y unidades orgánicas del ROF de la municipalidad, registrados en el SINABIP. 6.3 Revisión y validación de Registro la Codificación de Ambientes, por local y pisos, registrados en el SINABIP. 6.4 Revisión y validación del Registro de responsable de Control Patrimonial de la municipalidad. 6.5 Toma de inventario físico, con identificación específica de cada bien, al barrer y por cada dependencia. 6.6 Entrega de los reportes por asignación de bienes inventariados por cada dependencia. 6.7 Conciliación con el inventario actual con el inventario del período anterior, determinando las diferencias de bienes. 6.8 Conciliación de bienes inventariados con documentos fuentes de asignación a uso (PECOSA, O/S, Nota de Entrada, Facturas, etc.) 6.9 Conciliación de bienes inventariados por dependencias con la hoja de cargo de bienes asignados a uso a cada funcionarios o personal, determinándose faltantes y/sobrantes.

MUNICIPALIDAD DISTRIAL DE SOCOS 6.10 Valuación de bienes, si fuera el caso con tasación, acorde a la normativa de la SBN. 6.11 Registro de bienes inventariados al SINABIP. 6.12 Conciliación inventario patrimonial 2018 con saldos contables del Activo Fijos y Bienes No Depreciables al 31 de diciembre de 2018. El día de la presentación del “Plan y Cronograma de Trabajo” el contratista sostendrá reunión de coordinación con los representantes de la municipalidad para exponer el plan y procedimientos a seguir para la ejecución del servicio; así como exponer instrucciones para el adecuado control del Inventario. 7. REQUISITOS MINIMOS DEL POSTOR 7.1 Acreditar experiencia de dos (02) años en realización o supervisión de toma de inventarios y conciliación de activos fijos o gestión del sistema de bienes estatales. 7.2 El Personal de ejecución de inventarios deberá contar con experiencia en levantamiento de la información de activos fijos y toma de Inventario de entidades del estado, no menor de dos (02) años a fin de garantizar la calidad del servicio. 7.3 Acreditar el entendimiento y planeamiento integral de la forma como se desarrollará el trabajo del inventario físico/contable en forma integral 7.4 El consultor deberá estar inscrito en el Registro Nacional de Proveedores del Estado, rubro Servicios. 7.5 El consultor desarrollará el servicio mínimo con el personal siguiente: (01) Un Supervisor de inventarios, con título profesional y colegiatura de Lic. Administración o Contador Público, con experiencia mínima de 5 años en ejecución de inventarios o de gestión patrimonial estatal. (01) Un especialista en operación y registro de inventarios en el Sistema de Información Nacional de Bienes Estatales-SINABIP, profesional Licenciado en Administración o Contador Público Colegiado, con experiencia mínima de cuatro años en gestión de patrimonio en entidades públicas (01) Un digitador, técnico en computación o informática (02) Dos técnicos en inventarios (Activos Fijos) con experiencia mínima de cuatro años en ejecución de inventarios o gestión patrimonial en entidades públicas 8. LUGAR, PLAZO DE EJECUCION DEL SERVICIO Y PENALIDADES El servicio será ejecutado en la cede la Municipalidad Distrital Sesenta (60) días calendario contados desde el día siguiente de suscrito el contrato o notificación de la Orden de Servicio, incluida las conciliaciones de saldos patrimonio y saldos contables, hasta la entrega del Informe Final. Bajo ninguna consideración y/o causal se otorgará ampliación de plazo. Toda vez que se trata de contratación directa de servicio Se considera días de demora o retraso injustificado máximo cinco días adicionales del plazo de ejecución y entrega del servicio, ocasionará la aplicación de penalidad no mayor del 10% del monto contractual, calculado en base al plazo requerido y aplicando la siguiente fórmula:

MUNICIPALIDAD DISTRIAL DE SOCOS Penalidad diaria = 0.10 x monto F x plazo en días Dónde: F tendrá los siguientes valores: Para plazo menores o iguales a 60 días: F= 0.40 Para plazo mayores a 60 días : F= 0.25 Pasado los 5 días de retraso injustificado, previa notificación escrita al consultor, se da por resuelto el contrato, iniciándose las acciones administrativas y legales del caso orientado a la recuperación de adelantos e inhabilitación del consultor como proveedor. 9. PERIODO DE GARANTÍA El postor deberá consignar el periodo de garantía que oferta, por errores que pueda presentar el informe final del Consultor, lo que no será menor de seis (06) meses, el cual se considerara a partir de la recepción de dicho informe por parte de la municipalidad. Dentro del periodo de garantía el Consultor realizará los cambios a que hubiera lugar. La Municipalidad comunicara al consultor cualquier error o deficiencia detectada, detallando cada uno de ellos y requiriendo para que inspeccione el defecto. Una vez recibida la comunicación, el consultor efectuará las correcciones en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles, sin costo adicional alguno. Si el consultor, después de haber sido comunicado, no subsana los defectos dentro del plazo especificado, la Municipalidad, dentro de un plazo de diez (10) días calendario tomará las medidas necesaria para corregir la situación por cuenta y riesgo del contratista, iniciándose las acciones administrativas y legales del caso orientado a la inhabilitación del consultor como proveedor 10. VALOR REFERENCIAL El valor referencial para la consultoría es de S/.8,000.00 (con 00/100 Nuevos Soles), incluido impuestos de Ley. Asimismo, el consultor deberá asumir la responsabilidad en cualquier tipo de accidentes que le pueda suceder al personal que contrate directamente, eximiendo a la municipalidad de cualquier tipo de relación, específicamente en este caso. 11. FUENTE DE FINANCIMIENTO Los recursos para financiar los servicios materia del presente se tiene programada en el presupuesto institucional de la entidad, afecto al siguiente cuadro. FF.FF. PPTO 07

PROGRAMA

PRODUCTO

ACTIVIDAD

FUNCION

9001

3999999

0003

ACCIONES CENTRALES

SIN PRODUCTO

GESTION ADMINISTRATIVA

3 PLANEAMIENTO GESTION Y RESERBA DE CONTINGENCIA

2019

12 SISTEMA DE CONTRATACION Contrataciones menores o iguales a 8 UIT 13. FORMA DE PAGO Los pagos se realizaran de la siguiente forma:

DIV. FUNC. GRUP. FUNC. 006

0008

GESTION

ASESORAMIENTO Y APOYO

META 0010

MUNICIPALIDAD DISTRIAL DE SOCOS 12.1 A la presentación y sustentación del Plan de Trabajo, el 30% del contrato, que se realizara a los 15 días de la firma del contrato o notificación de la Orden de Servicio. 12.2 A la aprobación del Informe Final, el 70 % del contrato. 14. RECURSOS Y FACILIDADES A SER PROVISTOS POR LA ENTIDAD Entregar al consultor: 14.1 El Inventario de bienes muebles al 31 de diciembre de 2017, en medio magnético e impreso. 14.2 El Inventario de bienes muebles por dependencias, al 31 de diciembre de 2017. 14.3 El Inventario de bienes muebles por funcionarios o asignación personal de bienes, al 31 de diciembre de 2017. 14.4 El Inventario o documento que acredite los bienes muebles en cesión de uso a otras entidades, al 31 de diciembre de 2017. 14.5 El Inventario o documento que acredite los bienes muebles en cesión de uso a otras entidades, al 31 de diciembre de 2017. 14.6 Documentos fuentes de adquisición y obtención: Órdenes de Compra, Notas de Entrada, Pedido Comprobante de Salida (PECOSA), Póliza de desplazamiento Interno de Bienes. 14.7 Copia de Oficio de remisión del inventario 2017 a la SBN. 14.8 Base de datos del SINABIP, actualizado al 31 diciembre de 2017. 14.9 Relación de bienes dados de alta al 31 de diciembre de 2017. 14.10 Relación de bienes dados de baja al 31 de diciembre de 2017. 14.11Proporcionar el listado valorado por cuentas contables de los bienes muebles inventariados al 31/12/2017. 14.12 Etiquetas impresas, según diseño de la SBN, para actualización de etiquetado de cada bien de actico fijo y los No Depreciables. Asimismo, la Municipalidad ordenará a cada funcionario y personal de la inamovilidad de los bienes, con la finalidad de no alterar el Cronograma y el tiempo de ejecución aprobado. 15. PRODUCTOS O ENTREGABLES 15.1 Reporte de bienes inventariados y asignados a cada dependencia 15.2 Reporte de bienes inventariados sobrantes para alta 15.3 Reporte e informe de bienes faltantes 15.4 Reporte de bienes en uso y no pertenecientes al municipio 15.5 Reporte de bienes del municipio en cesión de uso temporal 15.6 Reporte SINABIP de bienes muebles del municipio por cuentas contables, 2018. 15.7 Reporte SINABIP de bienes muebles del municipio por cuentas dependencias, 2018. 15.8 Reporte SINABIP de bienes muebles del municipio por asignación al personal/funcionarios, 2018. 15.9 Informe final detallado de los reportes solicitados, conclusiones y recomendaciones dentro del Informe Final. 15.10 Entrega de 03 CD ROM conteniendo la información digitalizada del inventario de la municipalidad e informe final.

MUNICIPALIDAD DISTRIAL DE SOCOS 15.11 Entrega de la base de datos del Sistema de Información Nacional de Bienes Estatales, SINABIP-Modulo Muebles. 16. RESPONSABILIDAD POR VICIO OCULTO La conformidad de recepción del servicio por parte de la entidad, no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. El Plazo de responsabilidad de El Contratista, es de un (01) año a partir de la conformidad otorgada por la Entidad. 17. RESULTADOS ESPERADOS A la conclusión de la prestación del servicio de consultoría se espera obtener lo siguiente: Contar con una base de datos actualizada, debidamente conciliada con los registros contables de los bienes de activo fijo y bienes no depreciables, enmarcada en la normatividad vigente del Sistema Nacional de Bienes Estatales, donde se pueda verificar la existencia, ubicación, estado de conservación y condición de operatividad de los bienes muebles pertenecientes al patrimonio de la Municipalidad Distrital de Socos.