Tarea Semana 5 Contabilidades Especiales

Registro de contabilidades especiales en activos y efectos en resultados: Deudas incobrables y castigo de deudores. Tani

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Registro de contabilidades especiales en activos y efectos en resultados: Deudas incobrables y castigo de deudores. Tania Nicole Asis Cartagena CONTABILIDADES ESPECIALES Instituto IACC 16-09-2020

Desarrollo

1. La empresa PAPILA Ltda. Analizó el comportamiento de sus clientes y estima que su tasa de incobrabilidad es un 5%. Por lo anterior, la administración propone constituir una estimación de deuda incobrable al cierre del periodo contable equivalente a este porcentaje, calculada sobre el total de la deuda vigente a la fecha de preparación de los estados financieros. El total de la deuda vigente es de $2.650.000 Basado en el contenido semanal, señale: ¿Es correcto hacer el registro contable y reconocer la pérdida por este concepto? Si, dado que tenemos la probabilidad de que ocurra. ¿Procede contabilizar una contingencia o una provisión? Justifique su respuesta de acuerdo a los criterios establecidos para este tipo de contingencias. Un Provisión, dado que existe la probabilidad de que el hecho ocurra como ya se mencionó en respuesta anterior, se revisó el comportamiento del pago de loes clientes y se pudo llegar a esta decisión, además también podemos determinar el método a utilizar (5% sobre el total de ventas).

2. Resuelva el ejercicio siguiente y determine el valor de los deudores incobrables: La empresa PAPILA Ltda. Realiza una venta a crédito simple a 30 días a tres de sus clientes: C1= $2.260.000 C2= $1.730.000 C3= $3.650.000 Al vencimiento, los clientes C2 y C3 hacen el pago total de sus créditos y recibe de parte de la empresa C1 una carta certificada del síndico de quiebras, indicando que esta se encuentra en cesación de pagos. Transcurridos 30 días después de recibida la notificación de C1, se recibe el pago del 35% de la deuda, producto de los fondos obtenidos en la liquidación de los activos de dicha empresa. Nota: Los valores de venta son netos.

REGISTRO LIBRO DIARIO CUENTAS FECHA

DEBE

HABER

CLIENTES

VENTAS DF

Glosa:

MONTO DEBE HABER 2.689.400 2.260.000 429.400

Venta de Mercaderias C1 2.058.700

CLIENTES

VENTAS

1.730.000 328.700

DF

Glosa:

Venta de Mercaderias C2 4.343.500

CLIENTES

VENTAS

3.650.000 693.500

DF

Glosa:

Venta de Mercaderias C3 2.058.700

BANCO

CLIENTES Glosa:

2.058.700

Pago Factura C2 4.343.500

BANCO

CLIENTES Glosa:

4.343.500

Pago Factura C3 2.689.400

PERDIDA POR CASTIGO DE CLIENTES

PROVISION DE DEUDORES INCOBRABLES Glosa:

941.290

BANCO

Glosa:

2.689.400

Estimacion Deudas Incobrables CLIENTES Recuperación de Deudas Incobrables

941.290 2.689.400

PROVISION DE DEUDORES INCOBRABLES

PERDIDA POR CASTIGO DE CLIENTES Glosa:

1.748.110

PERDIDA POR CASTIGO DE CLIENTES

Glosa:

2.689.400

Rev. Estimacion Deuda Incobrable CLIENTES Castigo Estimacion Deuda Incobrable

1.748.110 SUMAS IGUALES

23.562.000

23.562.000

Activo BANCO 2.058.700 4.343.500 941.290

7.343.490 Saldo Deudor 7.343.490 Activo CLIENTES 2.689.400 2.058.700 2.058.700 4.343.500 4.343.500 941.290 1.748.110 9.091.600 9.091.600 Saldada

RES. GANANCIA VENTAS 2.260.000 1.730.000 3.650.000

7.640.000 7.640.000 Saldo Acreedor COMP. DE ACTIVO PROV. DEUDORES INCOBRABLES

2.689.400

PASIVO DF 429.400 328.700 693.500

1.451.600 1.451.600 Saldo Acreedor GASTO PERDIDA POR CASTIGO CLIENTES

2.689.400

2.689.400 1.748.110

2.689.400

2.689.400 2.689.400 Saldada

4.437.510 Saldo Deudor

2.689.400 1.748.110

3. Haga un resumen de lo señalado en Normas Tributarias y en las normas internacionales La norma tributaria establece una serie de características respecto a los créditos de las deudas incobrables, tanto la ley de impuestos a la renta en su art. 4, así como también circular 24 del año 2008, norman el tratamiento contable para este tipo de cuentas, y su deducción. Nic N° 36: Esta Norma consiste en establecer los procedimientos que una empresa aplicará para asegurarse de que sus activos están contabilizados por un importe que no sea superior a su importe recuperable. Un activo estará contabilizado por encima de su importe recuperable cuando su importe en libros exceda del importe que se pueda recuperar del mismo a través de su utilización o de su venta. Si este fuera el caso, el activo se presentaría como deteriorado, y la Norma exige que la entidad reconozca una pérdida por deterioro del valor de ese activo. En la Norma también se especifica cuándo la entidad revertirá la pérdida por deterioro del valor, así como la información a revelar.

Nic N° 37: Esta Norma es asegurar que se utilicen las bases apropiadas para el reconocimiento y la medición de las provisiones, pasivos contingentes y activos contingentes, así como que se revele la información complementaria suficiente, por medio de las notas, como para permitir a los usuarios comprender la naturaleza, calendario de vencimiento e importes, de las anteriores partidas.

Como menciona el documento semanal las normas internacionales difieren de lo que indica la norma tributaria el Art. 31 (4) Indica las circunstancias que se acepta ciertos gastos donde se señala: Que para deducir un castigo por incobrable se debe considerar: ✓ Que provengan de operaciones relacionadas con el giro del negocio; ✓ Que el castigo de dichos créditos incobrables haya sido contabilizado oportunamente; y ✓ Que respecto de ellos se hayan agotado prudencialmente los medios de cobro. En relación al requisito señalado de agotar prudencialmente los medios de cobro, se deben considerar los siguientes tramos:  Créditos que no superan las 10 UF.  Créditos superiores a 10 UF, pero menores de 50 UF.  Créditos superiores a 50 UF.

Bibliografía Material Iacc