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Universidad Abierta Para Adulto Asignatura: Legislación Laboral Tema: Tarea 5 Facilitador: LISBELL PEÑA PERSIA. M.A.

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Universidad Abierta Para Adulto

Asignatura: Legislación Laboral

Tema: Tarea 5

Facilitador: LISBELL PEÑA PERSIA. M.A.

Participante: Yenery Messon Cruz

Matricula: 13-6511

Fecha: 02 de abril del 2019 Santiago, Rep. Dom

Introducción

Al

inicial

este

trabajo

podemos

decir

que

mas

de

alguna

vez

hemos estado frente a un contrato de trabajo, pero tal vez muchos ya conozcan la respuesta, para aquellos que no la saben, dedicamos el presente trabajo.

Partiremos diciendo que dentro de un contrato de trabajo existen normas implícitas y explícitas, es decir, al leerlo hay cosas que no aparecen pero que se dan por entendido.

Distinguido participante: Consulte

la

bibliografía

básica

de

la

unidad

y

demás

fuentes

complementarias del curso; luego realice la actividad que se describe a continuación: Código de Trabajo Elabora un diario de doble entrada con relación a las formas de terminación del contrato de trabajo, y las causas que puedan dar lugar a cada tipo. Forma de terminación del contrato de trabajo y las causas Síntesis

Opinión critica

El contrato de trabajo puede terminar El contrato de trabajo es aquel por el sin

responsabilidad

o

con cual una persona se obliga, mediante

responsabilidad.

una retribución, a prestar un servicio

En la terminación sin responsabilidad

personal a otra, bajo la dependencia y

ART.71.-la terminación del contrato de dirección inmediata o delegada de trabajo por mutuo consentimiento, esta. Dicho contrato, como se trata de para que tenga validez debe hacerse un acto jurídico donde media la ante el departamento de trabajo o la voluntad de las partes intervinientes, a autoridad

local

que

ejerza

sus saber empleador y trabajador, posee

funciones, o ante notario.

modalidades

ART.72.-los contratos para un servicio modificación o

una

determinada

terminan,

para y

su

nacimiento,

terminación.

El

sin presente artículo se encuentra dirigido

responsabilidad para las partes, con la analizar las modalidades para terminar prestación

del servicio

o

con

la los referidos contratos, los cuales

conclusión de la obra.

pueden terminar sin responsabilidad o

La duración del contrato de trabajo con responsabilidad para las partes. para servicios determinados en una obra cuya ejecución se realiza por diversos trabajadores, se fija por la naturaleza de la labor confiada al trabajador y por el tiempo necesario para concluir dicha labor.

CAUSAS Terminación

sin

responsabilidad.

Este termina sin responsabilidad para ninguna de las partes: 1ro. Por Mutuo Consentimiento, el cual para que obtenga validez, debe hacerse por ante el Departamento de Trabajo o la autoridad local que ejerza sus funciones, o ante Notario; 2do. Por la Ejecución del Contrato, en los contratos de servicio o una obra determinada con la prestación del servicio o con la conclusión de la obra; y, en los contratos por cierto tiempo terminan con la llegada del plazo convenido; 3ro. Por la Imposibilidad de Ejecución, si se produce un caso fortuito o de fuerza mayor; Por otro lado, el contrato de trabajo termina con responsabilidad para alguna de las partes, en los siguientes casos: 1ro. Por el Desahucio, acto por el cual una de las partes, trabajador o empleador, mediante aviso previo a la otra y sin alegar causa, ejerce el derecho de poner término a un contrato por tiempo definido. Este deberá ser comunicado por escrito al trabajador y dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes deberá comunicarse al Departamento de Trabajo o la autoridad local que ejerza sus funciones. Esta obligación también se impone al trabajador, pero su comunicación puede ser realizada vía oral o por escrito; 2do. Por el Despido del Empleador, resolución del contrato de trabajo por la voluntad unilateral del

empleador, el cual puede ser justificado cuando el empleador prueba la existencia de una justa causa, la cual debe estar prevista en el Código de Trabajo, y es injustificada en el caso contrario. En caso de ser justificado, el derecho a ejercerlo caduca a los quince (15) días de la fecha en que se ha generado la falta o causal prevista en la norma; 3ro. Por la Dimisión del Trabajador, resolución del contrato de trabajo por voluntad unilateral del trabajador, al igual que el despido es justificada cuando se prueba la existencia de una justa causa, la cual debe estar prevista en el Código de Trabajo, y es injustificada en el caso contrario. Al igual que el despido, el derecho a ejercer la dimisión caduca a los quince (15) días de la fecha en que se ha generado la falta o causal prevista en la norma y deberá comunicarse en las cuarenta y ocho (48) siguientes de haber ejercido el derecho a dimitir tanto al empleador, como al Departamento de Trabajo o a la autoridad local que ejerza sus funciones; En síntesis, existen diferentes modalidades

de

terminación

del

contrato de trabajo, las cuales se hace necesario conocer, pues cada una de ellas genera consecuencias jurídicas distintas. Si estamos en conocimiento de las mismas, podremos hacer un uso

correcto

correspondiente

de al

la

modalidad

momento

de

terminar la relación laboral o, en todo caso, saber si fue ejercida por el empleador norma.

en

cumplimento

a

la

Conclusión

A lo largo de este trabajo tratamos lo que es el contrato de trabajo en donde el punto interesante fue que el trabajo es un derecho y un deber social, no es un artículo de comercio, exige un respeto para la dignidad del hombre, establece las bases del derecho del trabajo; precisa que toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil para la sociedad, la duración, tiempo de jornada, etc.

La ley brinda seguridad a los menores de edad, y establece normas importantes, lo que se pacte en el contrato y que sea contrario a lo establecido no tendrá efectos legales