Tarea 5 Finanzas Publicas

UNIVERSIDA ABIERTA PARA ADULTO (UAPA) RECINTO (NAGUA) FACULTAD DE NEGOCIO: CONTABILIDAD EMPRESARIAL FINANZA PÚBLICA T

Views 233 Downloads 65 File size 242KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

UNIVERSIDA ABIERTA PARA ADULTO (UAPA) RECINTO (NAGUA)

FACULTAD DE NEGOCIO: CONTABILIDAD EMPRESARIAL

FINANZA PÚBLICA

TEMA

TAREA V

CARMEN CECILIA DE LOS SANTOS

(13-0673)

FACILITADOR: GLENNY ALTAGRACIA DE LA CRUZ MARTE

1. Presente un mapa conceptual del tema.

TEMA VI: Finanzas Municipales, Características e Importancia

- Aspectos generales sobre el origen de los municipios y su evolución.

Las primeras influencias de organización de un auténtico régimen municipal, iniciaron no más se colonizó la Isla La Hispaniola, a partir del 5 de diciembre de 1492. El 24 de abril de 1494, fue instalado el primer Ayuntamiento del Nuevo Mundo, en la Villa de La Isabela, en lo que hoy es el municipio de La Isabela, en la provincia de Puerto Plata, constituyendo el principio del desarrollo en el nuevo continente, de la vida administrativa municipal y comunitaria. Este organismo estuvo presidido por un consejo edilicio, compuesto por Diego Colón, presidente; fray Bernardo Boil, Antonio Sánchez Carvajal, Juan López de Luján y Pedro Fernández Coronel, vocales, que eran una especie de regidores.

Durante el dominio francés, que se inició con la firma del Tratado de Basilea en 1795, la Constitución Política Francesa en su artículo 3 estableció que Francia estaba dividida en 89 departamentos y estos a su vez se dividían en cantones y cada cantón en comunes. Más adelante, el artículo 6 disponía que las colonias francesas son parte integrantes de la República y estaban sometidas a la misma ley constitucional. El artículo 7 expresamente consignaba que “La Isla de Santo Domingo, cuyo cuerpo legislativo determinará la división en cuatro departamentos por lo menos y en seis a lo más”.

En la actualidad, los ayuntamientos municipales y el del Distrito Nacional, están regidos para su organización y funcionamiento por las leyes Nos. 3455 y 3456 del 1952 sobre Organización Municipal y del Distrito Nacional. Estas leyes fueron modificadas significativamente por la ley No. 5622 del 1961 sobre Autonomía Municipal.

Los ayuntamientos en República Dominicana y sus principales características.

El ayuntamiento constituye la entidad política administrativa básica del Estado dominicano, que se encuentra asentada en un territorio determinado que le es propio. Como tal es una persona jurídica descentralizada, que goza de autonomía política, fiscal, administrativa y funcional, gestora de los intereses propios de la colectividad local, con patrimonio propio y con capacidad para realizar todos los actos jurídicos que fueren necesarios y útiles para garantizar el desarrollo sostenible de sus habitantes y el cumplimiento de sus fines en la forma y con las condiciones que la Constitución y las leyes lo determinen.

El ayuntamiento como entidad de la administración pública, tiene independencia en el ejercicio de sus funciones y competencias con las restricciones y limitaciones que establezcan la Constitución, su ley orgánica y las demás leyes, cuentan con patrimonio propio, personalidad jurídica y capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones, y, en general el cumplimiento de sus fines en los términos legalmente establecidos.

Los ayuntamientos tendrán como ámbito de actuación las competencias propias, y además, las coordinadas y delegadas con los demás entes que conformen la administración pública, que le defina la Constitución, su ley, las legislaciones sectoriales y las que rijan las relaciones interadministrativas. Se considera que las competencias de los ayuntamientos recaerán sobre todos los ámbitos de la administración pública, exceptuando aquellas que la Constitución reserve para la administración central.

Técnicas y Procedimientos para el manejo Presupuestario y financiero de Los ayuntamientos.

El presupuesto es un documento legal, en el cual sistemáticamente, se calculan los ingresos y se autorizan los gastos que habrán de producirse en el Estado, en cierto periodo de tiempo.  En otro sentido, se señalan que el “presupuesto es el acto que prevé y autoriza los gastos del Estado. Así como los ingresos que permiten cubrirlo Como podemos observar el presupuesto representa el . programa financiero, que se propone realizar el gobierno en un periodo dado, que en el caso de los Gobiernos Locales, legalmente el periodo presupuestal es de un año.

Una definición general de presupuesto dice que el presupuesto es la expresión financiera de un plan o programa de desarrollo. Una de las definiciones que se adaptan a la tradición Municipal.

Ejecución presupuestaria municipal. Los ayuntamientos del Distrito Nacional, de los municipios y las juntas de distritos municipales estarán obligados, tanto en la formulación como en la ejecución de sus presupuestos, a formular, aprobar y a mantener las apropiaciones y las erogaciones destinadas a cada clase de atenciones y servicios, de conformidad con la ley.

2. Describe el rol de los ayuntamientos como promotores del desarrollo nacional y Presente ejemplos en Rep. Dom.

  

Origen de los Ayuntamientos: El primer Ayuntamiento en el mundo fue en un pequeño pueblo de Roma, Italia (tuceslun). El primer el ayuntamiento de nuestro país fue en La Isabela, Puerto Plata, el cual surgió con la llegada de los españoles, luego, ahora tenemos Ayuntamientos en todas las provincias y municipios del país. Los municipios conforman las provincias y están compuestos por familias que, establecidas en un mismo territorio se unen por costumbres, tradiciones y sentimientos comunes, luchan por unos mismos objetivos y defienden iguales intereses. La Ley determina que el gobierno municipal estará a cargo de un Ayuntamiento; es decir, el municipio es un territorio dirigido por un ayuntamiento. En nuestro país los Ayuntamientos están reglamentados por la Ley de Organización Municipal No. 3455. Composición de un Ayuntamiento Un Ayuntamiento está compuesto por: Un Síndico Suplente de Síndico Regidores y Suplentes Todos éstos son elegidos por votos en las elecciones nacionales celebradas cada Cuatro años. La cantidad de regidores elegidos será de uno por cada cinco mil habitantes o fracción menor de tres mil. Para ser miembro de un Ayuntamiento se requiere ser mayor de veintiún años, saber leer y escribir, estar domiciliado en el municipio y tener por lo menos un año residencia en él, estar en el pleno goce de los derechos civiles, y gozar de buena reputación. Funciones del Ayuntamiento en cada Municipio Planificar la urbanización de la ciudad La numeración de casas y solares Mantener en buen estado las vías públicas Construir y mantener en buen estado mataderos, mercados y cementerios, así como administrarlos. Velar por la higiene de la ciudad Nombrar los empleados necesarios para las oficinas y servicios de la administración Municipal Ayudar a la creación y mantenimiento de Cuerpos de Bomberos, bibliotecas, escuelas, Canchas deportivas, museos, parques, etc. Establecer los límites de las zonas urbanas y suburbanas de las ciudades, villas y Y modificarlos cuando hubiere lugar a ello. Económicamente, los Ayuntamientos se sostienen con los impuestos que cobran de arrendamientos de: terrenos, locales, espectáculos públicos, entierros y por un subsidio que reciben del Estado.





     

Los Ayuntamientos gozan de autonomía en el ejercicio de sus funciones y atribuciones. Esta independencia ofrece la ventaja de que permite a las autoridades municipales ocuparse directamente de solucionar todos los problemas y necesidades del municipio. En este sentido, el artículo 83 de la Constitución de la República dice: "Los Ayuntamientos, así como el ejercicio de sus funciones, con las restricciones y Limitaciones que establezcan la Constitución y las leyes, las cuales determinarán sus atribuciones facultades y deberes". Cada Ayuntamiento cuenta con un Consejo Municipal compuesto por un Presidente, un Vicepresidente, el Síndico, los Regidores un Tesorero y un Secretario. La Sala Capitular, como se le suele llamar también a ese Consejo, debe celebrar sesiones por lo menos dos veces al mes. Estas sesiones deben ser públicas y tienen como objetivo discutir todos los asuntos relacionados con el desarrollo de las actividades a realizarse en el municipio. Todas las decisiones se toman a través del voto de los Regidores. Atribuciones del Presidente del Ayuntamiento Conocer las sesiones ordinarias y extraordinarias Abrir las sesiones, dirigir los debates y declararlas concluidas Firmar correspondencias, resoluciones y actas Firmar órdenes de pago expedidas por el Síndico Funciones del Síndico El Síndico es la máxima autoridad del municipio. Tiene la responsabilidad de administrar y dirigir todos los bienes municipales. Entre sus funciones están: Hacer cumplir todas las disposiciones referentes a la administración de los bienes Municipales. Debe velar por esos bienes. Firmar en representación del Ayuntamiento los contratos que hayan sido debidamente Autorizados por la Sala Capitular. Dirigir y vigilar los trabajos municipales Velar por el buen funcionamiento de los establecimientos que dan servicio a la población Supervisar a los Alcaldes Pedáneos en el desempeño de sus funciones Dirigir las recaudaciones de las rentas Mantener el ornato y limpieza del Municipio Inspeccionar la tesorería por lo menos una vez por quincena y pedir informe de su gestión al Ayuntamiento. Los Regidores: Los regidores son hombres elegidos por el voto popular en las elecciones nacionales. Deben ser postulados por un partido político. Ellos tienen la responsabilidad, junto con el Síndico, de dirigir y administrar los bienes del municipio. Forman parte de la Sala Capitular y su voto es indispensable para la toma de decisiones.