Tangible e Intangible

TANGIBLE E INTANGIBLE El Patrimonio Cultural se puede dividir en dos tipos, tangible e intangible. El Patrimonio Cultura

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TANGIBLE E INTANGIBLE El Patrimonio Cultural se puede dividir en dos tipos, tangible e intangible. El Patrimonio Cultural Tangible o Material de un país comprende las produciones del ser humano que se consideran de gran valor cultural y que deben ser preservadas por su importancia cultural. INVERSION Inversión es un término económico, con varias acepciones relacionadas con el ahorro, la ubicación de capital, y la postergación del consumo. El término aparece en gestión empresarial, finanzas y en macroeconomía. REVALORIZACION Devolución a algo del valor o estimación que había perdido. CONCESIONES En economía y en Derecho administrativo, una concesión es el otorgamiento del derecho de explotación, por un período determinado, de bienes y servicios por parte de una Administración pública o empresa a otra, generalmente privada. COMPETENCIA Competencia, que en el ámbito de la economía implica la estructura de mercado en la cual hay suficientes oferentes y demandantes como para no influir en el precio CODIGO DE COMERCIO El Nuevo Código de Comercio de Guatemala de 1877 dio inicio a la codificación del Derecho mercantil guatemalteco y se produjo en el marco de la codificación general efectuada por el gobierno liberal de Justo Rufino Barrios. Anteriormente hubo varios proyectos, entre ellos uno elaborado por el jurista Ignacio Gómez. MINISTERIO DE ECONOMIA El Ministerio de Economía (MINECO) es el ministerio del Gobierno de Guatemala encargado de hacer cumplir el régimen jurídico relativo al desarrollo de las actividades productivas no agropecuarias, del comercio interno y externo, de la protección al consumidor REGISTRAR Registro contable es un concepto que suele emplearse como sinónimo de apunte contable o de asiento contable. Se trata de la anotación que se realiza en un libro de contabilidad para registrar un movimiento económico. CERTIFICAR

Declarar que cierta cosa es de determinada manera, [especialmente una persona con autoridad o un documento oficial]. PERSONAS INDIVIDUALES Persona Individual: Todo ser de la especie humana, es decir, todo ser nacido de una mujer. Entre algunos juristas se han suscitado polémicas en torno a la cuestión de si los seres monstruosos de deformen (los llamados abortos de la naturaleza) pueden considerarse personas para los efectos jurídicos; y se llegó a la conclusión que si, ya que no hay razón valedera que justifique tal exclusión. PERSONAS JURIDICAS Y EXTRANJEROS Las jurídicas han recibido varias denominaciones: morales, colectivas, sociales e incorporables, o simplemente entidades. Savigny es el creador del término “persona jurídica”. SOCIEDADES MERCANTILES La sociedad mercantil o sociedad comercial es aquella sociedad que tiene por objetivo la realización de uno o más actos de comercio o, en general, una actividad sujeta al derecho mercantil. LOS AUXILIARES DE COMERCIO Los auxiliares del comercio consideran su actividad independiente, puesto que prestan sus servicios al comercio en general, sin depender directamente de algún comerciante. DECLARACION JURADA Se denomina declaración jurada a la manifestación personal, verbal o escrita, donde se asegura la veracidad de esa misma declaración bajo juramento ante autoridades administrativas o judiciales. Como consecuencia se presume como cierto lo señalado por el declarante hasta que se pueda acreditar lo contrario. CERTIFICACION CONTABLE FIRMADA Y SELLADA POR UN CONTADOR Cuando el cliente, o quien sus intereses represente, tuviere conocimiento de un improvisto que ha afectado o que pudiera afectar los bienes asegurados entonces la firma del contador es vital. PATENTE DE COMERCIO Una patente es un derecho exclusivo concedido a una invención, es decir, un producto o procedimiento que aporta, en general, una nueva manera de hacer algo o una nueva solución técnica a un problema. Para que sea patentable, la invención debe satisfacer determinados requisitos (véase la respuesta a la pregunta "¿Qué tipo de invenciones pueden patentarse?").

FIRMA AUTENTICADA La otra debe ser vista y autenticada por un escribano publico o en algunos países un notario, que coteja que sea lo que se llama jurídicamente "copia fiel del original". REPRESENTANTE LEGAL La representación legal es la facultad otorgada por la ley a una persona para obrar en nombre de otra, recayendo en ésta los efectos de tales actos. El ejercicio de esa representación puede ser obligatorio para el representante. DIARIO OFICIAL El diario oficial, boletín oficial, gaceta oficial, registro oficial o periódico oficial es el medio de comunicación escrito que un Estado, o una organización internacional o regional, utiliza para publicar sus normas jurídicas, tales como constituciones, tratados, leyes, decretos y reglamentos, y otros actos de naturaleza pública. REGISTRADOR Un registrador es un funcionario público. Entre sus funciones, destacan la capacidad de «calificar bajo su responsabilidad la legalidad de los documentos de toda clase en cuya virtud se solicite la inscripción así como la validez de los actos dispositivos contenidos en las escrituras públicas».