Taller 5 cultura y paz

TALLER 5 CULTURA Y PAZ DARLENNE LINETTE OLAYA MUÑOZ SENA GESTION DE NEGOCIOS BOGOTÁ D.C 2018 TABLA DE CONTENIDO 1. P

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TALLER 5 CULTURA Y PAZ

DARLENNE LINETTE OLAYA MUÑOZ

SENA GESTION DE NEGOCIOS BOGOTÁ D.C 2018

TABLA DE CONTENIDO 1. PROFUNDIZA Y EXPONE ............................................................................... 3 2. REFLEXIÓN SOBRE LA IMPORTANCIA DE GENERAR ESPACIOS DE REFLEXIÓN SOBRE CULTURA DE PAZ .............................................................. 9 3. PROFUNDIZA Y PARTICIPA EN UNA MESA REDONDA............................ 10 4. ANEXOS......................................................................................................... 11

1. PROFUNDIZA Y EXPONE REFLEXION SOBRE LA IMPORTANCIA GENERAL CULTURA Y PAZ La construcción de una cultura de la paz es un proceso lento que supone un cambio de mentalidad individual y colectiva. En este cambio la educación tiene un papel importante en tanto que incide desde las aulas en la construcción de los valores de los que serán futuros ciudadanos y esto permite una evolución del pensamiento social. Los cambios evolutivos, aunque lentos, son los que tienen un carácter más irreversible y en este sentido la escuela ayuda con la construcción de nuevas formas de pensar. Pero la educación formal no es suficiente para que estos cambios se den en profundidad. La sociedad, desde los diferentes ámbitos implicados y desde su capacidad educadora, también deben incidir y apoyar los proyectos y programas educativos formales. Así es importante que se genere un proceso de reflexión sobre cómo se puede incidir en la construcción de la cultura de la paz, desde los medios de comunicación, desde la familia, las empresas, las unidades de producción agrícolas, desde los ayuntamientos, desde las organizaciones no gubernamentales, desde las asociaciones ciudadanas, etc.. Se trata de generar una conciencia colectiva sobre la necesidad de una cultura de la paz enraizada en la sociedad con tanta fuerza que no deje lugar a la violencia. Y se trata de que los gobiernos tomen conciencia de esta cultura de la paz y de los factores y condicionantes que la facilitarían, tal como eliminación de las situaciones de injusticia, distribución más equitativa de la riqueza, eliminación de la pobreza, derecho a la educación en igualdad de condiciones. Y por otro lado que conviertan esta conciencia en una nueva cultura de administrar el poder.

1. ¿Legalmente a quién se les considera Víctimas en nuestro país? El Estado colombiano reconoce los derechos de las víctimas. Es importante que las víctimas del conflicto armado de nuestro país estén informadas sobre las formas y rutas para acceder a las medidas de asistencia, atención y reparación. La Ley de Víctimas y Restitución de Tierras se implementa de manera gradual y progresiva durante los 10 años contemplados para su vigencia a partir del 10 de junio de 2011. Esto significa que las víctimas accederán a los programas por etapas de acuerdo a su grado de vulnerabilidad. La Ley de Víctimas y Restitución de Tierras representa un avance importante hacia la búsqueda de la paz, la protección y la garantía de los derechos de las víctimas del conflicto armado interno y un giro de las políticas del Estado colombiano que pone a las víctimas en el centro. 2 ¿Legalmente quiénes No son considerados víctimas?

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Los miembros de los grupos armados organizados al margen de la ley no serán considerados víctimas, salvo en los casos en los que los niños, niñas o adolescentes hubieren sido desvinculados del grupo armado organizado al margen de la ley siendo menores de edad; tampoco quienes hayan sufrido un daño en sus derechos como consecuencia de actos de delincuencia común. 3. Puntualice y explique los principios generales en los que se fundamenta la Ley de Víctimas (Ley 1448 del 10 de junio de 2011)

Dignidad: Las victimas deben ser tratadas con consideración y respeto se les brindará asesoría, información y acompañamiento para hacer efectiva la tutela de sus derechos junto al mandato constitucional el cual debe ser positivo. Principio de buena fe: La victima podrá dar testimonio del daño sufrido por cualquier medio legal aceptado, tiene el deber de demostrar la veracidad de lo dicho y para así proceder a la aplicación de este principio. Igualdad: Las medidas contempladas en la presente ley serán reconocidas sin distinción de género, respetando la libertad u orientación sexual, raza, la condición social, la profesión, el origen nacional o familiar, la lengua, el credo religioso, la opinión política o filosófica. Garantía del debido proceso: El Estado a través de los órganos competentes debe garantizar un proceso justo y eficaz, enmarcado en las condiciones que fija el artículo 29 de la Constitución Política. Justicia transicional: Son los procesos y mecanismos judiciales o extrajudiciales asociados con los intentos de la sociedad por garantizar que los responsables de las violaciones contempladas en el artículo 3º de la presente Ley. 4. ¿Qué derechos tienen las Víctimas? El derecho a la verdad: Es el derecho inalienable que tiene la sociedad y en especial las víctimas de conocer la realidad sobre los hechos cometidos por los grupos armados, sus autores y las causas, y a saber qué sucedió con sus familiares desaparecidos o secuestrados y el paradero de los mismos. La Sala Penal de la Corte ha precisado que tratándose de justicia transicional, la verdad no es solo un derecho individual sino que también es un derecho colectivo. La confesión es el mecanismo para garantizar el derecho a la verdad, incluso, en el Derecho Internacional Humanitario. El derecho a la justicia: Las víctimas tienen derecho a que el Estado investigue, juzgue y sancione a los responsables de los delitos cometidos. En ese sentido, el 4

Estado tiene el deber de realizar una investigación efectiva que conduzca a la identificación, captura y sanción de las personas responsables de delitos cometidos por los miembros de grupos armados organizados al margen de la Ley, asegurar a las víctimas de esas conductas el acceso a recursos eficaces que reparen el daño infligido y tomar todas las medidas destinadas a evitar la repetición de tales violaciones. El derecho a la reparación integral: Comprende las acciones que propendan por la restitución, la indemnización, la rehabilitación, la satisfacción y las garantías de no repetición de las conductas. Puede ser simbólica, real, individual o colectiva. 5. ¿Qué medidas de atención y asistencia se establece para las Víctimas? Asistencia: “Medidas, programas y recursos de orden político, económico, social, fiscal, entre otros, a cargo del Estado, orientado a restablecer la vigencia efectiva de los derechos de las víctimas, brindarles condiciones para llevar una vida digna y garantizar su incorporación a la vida social, económica y política”. Atención: “La acción de dar información, orientación y acompañamiento a la víctima, con miras a facilitar el acceso y cualificar el ejercicio de los derechos a la verdad, justicia y reparación”. Reparación: “Medidas […] que propendan por la restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición en sus dimensiones individual, colectiva, material, moral y simbólica”. Ayuda Humanitaria: Atender necesidades inmediatas de las víctimas. 6. ¿En qué consiste la Reparación de las Víctimas? La reparación es el derecho que tienen las victimas de crimen de guerra o de esa humanidad a ver compensados de daños sufridos. Esta reparación se ve contemplada de manera más amplia al tenerse en cuenta una justicia restaurativa frente a una justicia transicional, tiene un enfoque más encaminado a la reparación a la no repetición de los crímenes lo que presenta un mayor para las victimas Aun conociendo los derechos de las víctimas, se genera tensión al querer efectuarse la reparación, pues debe garantizarse un equilibrio entre los derechos de las víctimas y las condicione. 7. ¿Qué normas especiales se establece para las mujeres en los procesos de restitución? 5

Las normas para las mujeres en los procesos de restitución son: -

Atención preferencial para las mujeres en los trámites administrativos y judiciales del proceso de restitución. Atención preferencial en los procesos de restitución. Entrega de predios. Prioridad en los beneficios consagrados en la ley 731 de 2002. Titulación de la propiedad y restitución de derechos

8. ¿Qué medidas establece la ley de Víctimas para restitución en materia de vivienda? La población Víctima de Desplazamiento Forzado tiene derecho a retornar o reubicarse bajo condiciones de voluntariedad, seguridad, dignidad y sostenibilidad; el proceso de retorno o reubicación hace parte de las medidas de Restitución y busca contribuir a la estabilización socioeconómica del hogar, el mejoramiento y consolidación de su proyecto de vida, la superación de la situación de vulnerabilidad y la reconstrucción del tejido social de su comunidad, a través de tres escenarios de acompañamiento: 





Retorno: es el proceso mediante el cual la persona o el hogar víctima de desplazamiento forzado decide regresar al sitio del cual fueron desplazados, con el fin de asentarse indefinidamente. Reubicación: es el proceso mediante el cual la persona o el hogar víctima de desplazamiento forzado decide asentarse en un lugar distinto del que se vieron forzados a salir. Integración Local (Reubicación en sitio de recepción): es el proceso mediante el cual la persona o el hogar víctima de desplazamiento forzado decide asentarse definitivamente en el lugar de residencia actual.

9. ¿En qué consiste la indemnización por vía administrativa? Es un componente de la reparación integral cuyo objetivo es la compensación material de daños ocasionados por infracciones al derecho internacional humanitario o graves violaciones a los derechos humanos en el marco del conflicto armado interno. Constituciones en una serie de medidas económicas con salarios mínimos 10. ¿Qué medidas de rehabilitación se establecen? La rehabilitación como medida de reparación consiste en el conjunto de estrategias, planes, programas y acciones de carácter jurídico, médico, psicológico y social, dirigidos al restablecimiento de las condiciones físicas y psicosociales de las víctimas. 11. ¿Qué es el Registro Único de Víctimas? El ministerio de salud y protección social diseña un programa de atención y salud integral a víctimas, cuyos lineamientos deben ser adaptados por los entes 6

territoriales y debe responder a las necesidades de aplicación en el enfoque psicosocial desde una respectiva de reparación integral a nivel individual y correctivo. 12. ¿Cuál es el procedimiento para el registro único de víctimas? Es un sistema de información para la reparación integral con el objetivo de reparar a los colombianos que han sufrido en primera persona el flagelo de la guerra en Colombia, el gobierno nacional, a través de la unidad de víctimas, han liderado la creación de registro único de victimas (RUV) que reúna los casos que el estado y sociedad deben tener El propósito del proyecto es contar con un sistema de información integral, para la trazabilidad de la víctima desde su declaración hasta su reparación. De esta forma, el registro único busca visibilizar a las víctimas, brindarles una respuesta integral para que4 sean y se sientan reparadas y garantizar su participación efectiva en la implementación de mecanismos de atención y asistencia eficaz a largo plazo.

13. ¿Qué estados se establecen el Registro Único de Víctimas? INCLUIDO: Persona a la que se le reconoce la condición de víctimas. NO INCLUIDO: Persona a la que no se le reconoce la condición de victimas EN VALORACION: Estado en el registro que indica que la solicitud de la inscripción se encuentra en trámite de verificación por parte del equipo de valoración. EXCLUSIVO: Persona que pierde el conocimiento de su condición de victimas por causales contempladas en las normas vigentes NO VALORADO- DEVUELTO: Persona que pierde el conocimiento con los requisitos de ley y se devuelve a ministerio público para que dé respuesta sobre las insistencias presentadas 14. ¿Cuáles son las causales para denegar la inscripción en el registro? Se les deniega el registro a las personas que no se encuentran en las bases de datos que conforman la Red Nacional de Información para la Atención y Reparación para Víctimas. Aquellas que no cumplan los requisitos del Artículo 155, Una vez presentada la solicitud de registro ante el Ministerio Público, la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas realizarán la verificación de los hechos victimizan, consultará las bases de datos de la Red Nacional de Información para la Atención y Reparación a las Víctimas. Con la información en la solicitud de registro, y en la información recaudada en el proceso de verificación, la Unidad Administrativa Especial para la Atención y 7

Reparación Integral a las Víctimas tomará una decisión de otorgar o denegar el registro, en un término máximo de sesenta (60) días hábiles. 15. ¿Qué es la red nacional de información para la atención y reparación a las víctimas y cuáles son sus funciones? Es el instrumento que garantiza por medio del sistema nacional de atención y reparación a las victimas una rápida y eficaz información nacional y regional sobre las violaciones del artículo 3 de la siguiente ley. 16. ¿Cuáles son las principales medidas de asistencia y atención que se establece para las víctimas en el Decreto 4800 del 20 de diciembre de 2011?

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Enfoque Humanitario Enfoque en desarrollo humano y seguridad humana Enfoque de derechos Enfoque transformador Enfoque de daño o a la afectación Diálogo social y verdad Desarrollo de los principios de progresividad y gradualidad para una reparación efectiva y eficaz Información compartida y armonizada

17. ¿Qué espacios de participación se establecen para las víctimas? Las Mesas de Víctimas hacen parte de los espacios que el Estado ofrece a la población para garantizar la incidencia en las políticas que los afectan. Son también los espacios institucionales de representación de la población afectada por el conflicto para la interlocución con el Estado, en todos los niveles territoriales (municipal, departamental, distrital y nacional), y su fin es la incidencia en la construcción, ejecución y control de las políticas públicas para las víctimas .

18. ¿Qué es el procedimiento penal especial de Justicia y Paz y cómo ésta dividido? El proceso penal de justicia y paz comparte tres grandes momentos: investigación juzgamiento y post cadena. Para su ejecución, el proceso penal cuenta con la investigación de la unidad para la justicia y la paz de la fiscalía general de la nación, la procuraduría general de la nación, la defensoría del pueblo, magistrados del control de garantías, magistrados de conocimiento, la corte suprema de justicia, sala de casación penal, el fondo para la reparación de víctimas, la red nacional de atención a víctimas, el instituto nacional penitenciario y carcelario (INPEC), defensores de confianza, postulados y víctimas.

19. ¿Qué normas procesales de carácter transitorio se establecen? 8

La Corte ha señalado que una norma legal transitoria es aquella que se expide por un tiempo determinado o para un fin específico y que tiene como fundamento evitar que durante el tránsito de una normatividad a otra se presenten vacíos o una inseguridad jurídica sobre el asunto nuevamente regulado. Atendiendo el carácter temporal de la norma, sus efectos en principio se extinguen una vez se cumpla el cometido establecido o propuesto; sin embargo su carácter transitorio y el agotamiento de su contenido normativo, no impide por sí mismo un pronunciamiento de fondo por este Tribunal siempre y cuando la norma continúe produciendo efectos jurídicos. En el presente caso, el aparte legal cuestionado (parágrafo 2º, art. 16, Ley 1382 de 2010, es una norma transitoria que si bien ha agotado su vigencia temporal tiene la virtualidad de continuar produciendo efectos jurídicos, de manera que se configura una de las hipótesis previstas en la jurisprudencia constitucional para realizar el análisis material de la norma impugnada. 20. ¿En qué consiste la Reparación Integral de las Víctimas? La reparación integral es un deber del estado y es derecho de las victimas afectadas por las infracciones al derecho internacional humanitario y/o las violaciones graves y manifiestas a los derechos humanos, ocurridas con ocasión del conflicto armado interno que han sufrido con daños severos en sus vida, su integridad, su patrimonio, sus proyectos de vida personales, familiares y profesionales Por reconocer el daño causado, contribuir a la reconstrucción del proyecto de vida, devolver a las victimas su estatus y la garantía de sus derechos, dependiendo del sufrimiento particular, de la visión del entorno y del sentido de justicia que cada uno de ellas pueda tener, pero mejorando su nivel de goce efectivo de derechos.

2. REFLEXIÓN SOBRE LA IMPORTANCIA DE GENERAR ESPACIOS DE REFLEXIÓN SOBRE CULTURA DE PAZ El lugar de la educación para la paz es la cultura cotidiana. Hace muchos años que la educación no está centrada exclusivamente en el sistema escolar: los medios de comunicación masivos y alternativos, la familia, la calle, los movimientos sociales, los partidos políticos, internet, las expresiones artísticas, las costumbres locales, entre otros, son fuentes de sentido que moldean cotidianamente la manera en que comprendemos el mundo y nos relacionamos con los demás.

En consecuencia, cualquier propuesta de educación para la paz tendrá que asumir el reto de una intervención cultural en donde se desaprenden unas prácticas y se aprenden otras para construir otro tipo de sociedad, lo que significa asumir una 9

multiplicidad de escenarios cuyos lenguajes es preciso comprender para plantear nuevas maneras de ser.

3. PROFUNDIZA Y PARTICIPA EN UNA MESA REDONDA 1. ¿En qué terminaron los diferentes procesos de paz? Terminó la expectativa. Luego de casi cuatro años de que se hiciera oficial la noticia de los acercamientos del Gobierno y las Farc (el 26 de agosto de 2012) y que dieron paso a los diálogos formales de paz, este miércoles el país y el mundo reciben una noticia histórica: se cierran las negociaciones y así se les pone fin a 52 años de guerra. 2. ¿Qué acuerdos se han logrado hasta el momento en los diálogos de la Habana entre el Gobierno Nacional y las FARC? Esto es lo acordado hasta ahora: El 26 de mayo de 2013, luego de casi seis meses de negociación, se logró el primer acuerdo parcial entre las dos delegaciones: el de una reforma agraria, la cual está sostenida sobre cuatro pilares principales. El primero de estos está determinado en la distribución de la tierra para los campesinos que no poseen o tienen terrenos insuficientes, este punto está sustentado principalmente en la creación de un fondo de tierras, en el que se incluirán lugares provenientes de la extinción de dominio, predios baldíos a favor de la Nación, zonas provenientes de una actualización y delimitación de las reservas forestales, entre otros. También se pactó la creación de programas especiales para el desarrollo de la tierra, en los que se incluye un sistema de incentivos, una debida actualización de Catastro y una reconstrucción a las regiones más afectadas del país, así como planes nacionales en materia de educación, vías, riego, agua potable, salud, protección social y vivienda para los campesinos. El segundo acuerdo parcial se logró el 6 de noviembre de 2013 y fue el de la participación política para los guerrilleros. En este punto se garantiza el surgimiento de nuevas fuerzas en el escenario político colombiano. Entre sus lineamientos más importantes se encuentra la creación de las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz, las cuales buscan promover la integración territorial y la inclusión política en zonas afectadas por el conflicto armado, al tiempo que se establece un periodo de transición en el que estas poblaciones contarán con una representación especial en la Cámara de Representantes. 10

En el acuerdo sobre justicia, el Gobierno y las Farc acordaron que las sanciones que se impongan “no inhabilitarán (a los guerrilleros) la participación en política”.

El punto de drogas ilícitas en el país se logró el 16 de mayo de 2014. El tema del narcotráfico, tercero acordado en las negociaciones, está centrado en varios ejes principales.

En primer lugar, las Farc se comprometieron a poner “fin a cualquier relación que en función de la rebelión hayan establecido" con el narcotráfico.

3. ¿Es posible el fin del conflicto armado en nuestro país?

Si es posible el fin del conflicto armado, siempre y cuando el pueblo unido tome las riendas y acabe con la corrupción y la injusticia que se está viviendo en este país. Sostener ante la comunidad internacional que la “guerra” en Colombia ha terminado, es una afirmación que desconoce el largo y espinoso camino que todavía debe recorrer el pueblo colombiano para alcanzar la paz

4. ANEXOS

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