Sujeto normativo

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Clase: Jueves 14/09/17 Actividad: Sujeto normativo/Sujeto descentrado - Definir y desarrollar los principales características de la subjetividad normativa y descentrada. Señalar sus principales referentes teóricos. - Identificar en personajes de la vida pública o de ficción. Las características de la subjetividad normativa o descentrada. Desde Montaigne, con la caída del imperio medieval donde se imponían las normas, surgen los pensadores que construyen una subjetividad normativa. Distingue 3 vías para la constitución de la subjetividad normativa: 1) Constitución narrativa al modo de Montaigne: La moralidad no puede venir de una fuente externa, ya que ningún modelo de vida o sistema de creencias podían satisfacer las necesidades de los hombres. Es así como cada cual debe encontrar y conciliar su camino personal ensayando el debate y aceptación de ideas y realidades tanto con un poco de escepticismo1 como con estoicismo2. Entonces tratamos con una subjetividad fluida (identidad narrativa) tejida en acontecimientos diarios, y en las relaciones con otros seres humanos y no, en la constitución de un texto que es una colección de ensayos. Así mismo conforman la condición del hombre (auto posesión discursiva). 2) Individualismo posesivo de Hobbes y Locke Con el advenimiento de los estados nación y el auge del capitalismo surge la segunda vía de pensadores anglosajones, que tratan del individualismo posesivo. Pensando al sujeto como “átomo social” que se posee a sí mismo. Siendo capaces de sentir, conocer y desenvolverse en el mundo poseyéndose a sí mismo como sujeto de necesidades: deseos, intereses dotados de la capacidad de negociar y calcular con otros. Según Hobbes, el ser humano está sometido a la perpetua insatisfacción teniendo su origen en la búsqueda de lo llamado “felicidad”. La felicidad es un continuo progreso del deseo desde un objeto a otro, donde la obtención del anterior no es sino camino hacia el siguiente. Esta lógica del deseo permanente insatisfecho y de la preocupación por el momento siguiente es el primer principio determinante de la vida humana. Estos deseos no son buenos ni malos, sea cual sea el objeto de apetito o deseo de cualquier hombre. A esto es lo que llama “bueno”, y al objeto de su odio lo llama “malo”

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Doctrina filosófica que considera que no hay ningún saber firme, ni puede encontrarse ninguna opinión segura. Concepción ética de esta escuela según la cual el bien no está en los objetos externos, sino en la sabiduría y dominio del alma, que permite liberarse de las pasiones y deseos que perturban la vida. 2

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Entonces para Hobbes la noción de autonomía se encuentra reducida a la de auto conservación siendo con astucia la satisfacción. 3) Universalismo de la conciencia de Rousseau y Kant El sujeto normativo moderno en la etapa del universalismo de la conciencia moral o ética se rige por la creencia en la existencia de estructuras de conciencia morales común a todos los seres humanos, que posibilitan la adopción de puntos de vista morales, posibilitando la autonomía de los individuos bajo leyes racionales (individualismo ético). Es decir, sólo existen sujetos éticos individuales y ninguna entidad colectiva tiene relevancia ética. Este individualismo toma cinco ideas normativas fundamentales: a. Idea de dignididad: afirma el supremo e intrínseco valor del ser humano individual en su singularidad. La idea tiene naturaleza ética con rangos lógicos de axioma moral o religioso básico. b. Idea de autodesarrollo individual: el ser humano como haz de posibilidades, de capacidades y dotes que se actualizan en el curso de la vida como expresión de su personalidad individual hasta convertirse en un todo completo y conciente. c. Idea de autodeterminación o autodirección: libertad interna y externa. Los pensamientos y actos no están determinados por el afuera. El individuo es autónomo en el plano social. Se forma intenciones y toma decisiones como resultado de su reflexión independiente y racional. d. Idea de privacidad: existencia de una esfera donde el individuo se encuentra solo, o deberían dejarlo solo para ser capaz de hacer y pensar lo que quiera sin dar cuenta de ello a nadie. Esta idea de separación de lo público y lo privado se acompaña de la idea de separación de la justicia, siendo un asunto que nos concierne a todos. e. Idea de automodelación o cuidado de sí: intensidad de las relaciones de uno mismo, como se toma a sí mismo como objeto de conocimiento y campo de acción con el fin de conocerse, transformarse, corregirse, construir la propia salvación, modelarse, elegirse. Desde el punto de vista de la constitución del sujeto normativo nos interesa ante todo lo que Kant denomino “razón práctica”: voluntad, libertad, deber, inclinación, ley moral, fin en sí, imperativo categórico, interés. Ésta razón práctica se descompone en tres categorías principales: la universalidad, la humanidad como fin en sí o dignidad, y la autonomía de la razón misma. Toma al individuo como un sujeto capaz de desear y actuar, es decir, dotado de voluntad. Entonces, la autonomía de la voluntad será la constitución de la voluntad por la cual es ella para sí misma una ley como una voluntad de todo ser racional, legisladora universal en el sentido moral. El mundo moral se encuentra regido por leyes generales cuyo último fundamento se halla en las estructuras de nuestra conciencia.

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