Sociedad en Comandita Simple

UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO FACULTAD DE INGENIERIA GEOLÓGICA, MINAS Y METALURGIA CARRERA PROFESI

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UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO

FACULTAD DE INGENIERIA GEOLÓGICA, MINAS Y METALURGIA CARRERA PROFESIONAL DE INGENIERIA GEOLOGICA FUNDAMENTOS DE LA ADMINISTRACION TEMA: Sociedad en Comandita Simple INTEGRANTES:  Abiega Carrillo Roxana--------------------------------------101986  Alavi Condori Hilda Marleni--------------------------------131337  Caceres Gayoso Juan Gustavo-----------------------------124097  Chara Holguin Jefferson------------------------------------121300  Huanca Calla Wilson----------------------------------------113987 DOCENTE: Mgt. Lucero Valdivia CUSCO –PERÚ 2016 - II

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HISTORIA: El origen de esta sociedad se remota a la edad media y surge a partir del “contrato de comando”, “Encomienda”, por la cual un socio capitalista aportaba recursos económicos, principalmente para la realización del comercio marítimo, más que en el terrestre, a los fines de que la persona a quien se les confiaban esos recursos hiciese el comercio a su costo y riesgo, y entera responsabilidad del encomendado. A partir de la realización de la encomienda, se repartiría los beneficios entre ellos, pero en caso de que la mala fortuna acompañase tales operaciones, el socio capitalista perdería tan solo sus aportes. De este modo este tipo de sociedades se identifica y asimila con los denominados “joint venture” (empresa conjunta) de Inglaterra.

¿Qué es la Sociedad en Comandita? Es una combinación de sociedad personal y una sociedad de capital. Algunos de sus socios (Socios Colectivos) responden las obligaciones con todos sus bienes, algunos otros socios (Comanditarios) responden por las obligaciones de la sociedad solamente hasta el momento de su inversión no pagada.

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DEFINICIONES:  Se llama en comandita, la que se forma cuando dos o más personas, de las cuáles, a lo menos una es comerciante, se reúnen para objeto comercial, obligándose el uno o unos, como socios solidarios responsables, y permaneciendo el otro u otros como simples suministradores de capital, bajo la condición de no responder sino con los fondos declarados en el contrato.  Guillermo Cabanellas la define como ¨ la que se forma cuando dos o más personas, de las cuales o lo menos, una es comerciante, se reúnen para objeto comercial, obligándose el uno, o unos, como socios solidariamente responsables y permaneciendo el otro, u otros, simple administradores de capital. Comandita en tanto la sociedad contraída entre varias personas, de las cuales, una o unas, ponen su dinero y las otras, en lugar de este, su trabajo, como parte del capital que le corresponde a cada uno de los socios comanditarios. Sociedad en comandita

Sociedad en Comandita Simple

En el sentido común es cuando una persona trabaja y la otra capitalista, pone el dinero y se reparten las ganancias.

Es una sociedad de carácter personalista, en la que coexisten socios colectivos que aportan trabajo y que puedan aportar o no capital y socios comanditarios que solo aportan capital, y que se dedica a la explotación del objeto social en nombre colectivo. Los socios colectivos tienen responsabilidad ilimitada. Los socios comanditarios tienen la responsabilidad ilimitada a su aportación.

Ley General de Sociedades Ley N° 26887 LIBRO III. OTRAS FORMAS SOCIETARIAS SECCION SEGUNDA SOCIEDADES EN COMANDITA TITULO II Reglas propias de la sociedad en comandita simple Artículo 281.- Sociedad en comandita simple. Esta forma societaria debe observar, particularmente, las siguientes reglas:

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1. El pacto social debe señalar el monto del capital y la forma en que se encuentra dividido. Las participaciones en el capital no pueden estar representadas por acciones ni por cualquier otro título negociable; 2. Los aportes de los socios comanditarios sólo pueden consistir en bienes en especie o en dinero; 3. Salvo pacto en contrario, los socios comanditarios no participan en la administración; y, 4. Para la cesión de la participación del socio colectivo se requiere acuerdo unánime de los socios colectivos y mayoría absoluta de los comanditarios computada por capitales. Artículo 408.- Causal específico de disolución de sociedades colectivas o en comandita La sociedad en comandita simple se disuelve también cuando no queda ningún socio comanditario o ningún socio colectivo, salvo que dentro del plazo de seis meses haya sido sustituido el socio que falta. Si faltan todos los socios colectivos, los socios comanditarios nombran un administrador provisional para el cumplimiento de los actos de administración ordinaria durante el período referido en el párrafo anterior. El administrador provisional no asume la calidad de socio colectivo. ESTRUCTURA ADMISTRATIVA:

CLASES DE SOCIOS Comanditados o gestores: También denominados colectivos. Responden subsidiaria, pero ilimitada y solidariamente con su patrimonio particular de los compromisos sociales. En esto, las sociedades en comanditas simples se asemejan a las colectivas. Tienen, la calidad de comerciantes. Comanditarios: Tienen responsabilidad limitada. Responden únicamente con la cantidad que aportan o monto del capital que cada socio suscribe. RAZON SOCIAL La razón social de la compañía debe formarse con el nombre de uno o más socios comanditarios, indicando en un aditamento ( ¨y Compañía ¨ o “y Cía”) que hay otros socios que se mencionan expresamente, y con otro, la clase o tipo de sociedad ( ¨ sociedad en comandita simple¨), o su abreviatura ( ¨S. en C. ¨).

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EJEMPLO:

Bolaños, Chávez y Cía, S. en C.

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Tenemos a los señores Bolaños, Chávez, Ruiz y Alfaro que son socios comanditados (responsabilidad ilimitada) y a González, Hernández, Sánchez y Gómez, que son socios comanditarios (responsabilidad limitada). La razón social se forma con el nombre de uno o más de los socios gestores o colectivos de mayor significación y que más convienen a los intereses de la empresa. Por ejemplo Bolaños y Chávez, se agrega ¨y compañía, o su abreviatura ¨y Cía ¨ que representa los nombres de los socios comanditados o gestores y comanditarios que no se mencionaron. Además, se completa la razón social con la indicación de la clase de sociedad (en comandita simple), pudiéndose emplear la correspondiente abreviatura (¨S. en C. ¨).

SOCIOS ADMINSTRADORES Los únicos que tienen a su cargo la administración de la sociedad son los socios de responsabilidad ilimitada (comanditados o gestores). Entre estos se designa el gerente, gerentes o subgerente. Esta designación de administradores o gerentes será necesariamente, hecha a proposición de los socios gestores o colectivos y por voto mayoritario de los socios comanditarios, en proporción al capital aportado. La administración y representación estará a cargo de los socios colectivos o de terceros que se designen. INTERVENCION DE LOS COMANDITARIOS No pueden intervenir en la administración de la sociedad, ni incluir su nombre en la razón social de la compañía pero si pueden asistir en las juntas de socios con carácter consultivo, examinar, inspeccionar la contabilidad y los actos administrativos, efectuar contratos por cuenta propia o ajena y prestarle a ésta trabajo subordinado.

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INGRESOS POSTERIORES Las personas que en calidad de socios, posteriormente a la constitución de la sociedad de esta clase, lo mismo que a una colectiva, que ingresen a ella, asumen las mismas responsabilidades y obligaciones que tienen lo que ya existían desde la fundación. REEMPLAZO DE LA ADMISNTRACIÓN Un socio comanditario puede, a la muerte del administrador, y a falta de socios gestores, asumir interinamente, pero solo por un mes a partir de la muerte dicha, la administración de la sociedad. La responsabilidad de dicho socio queda limitada, en este caso, a la ejecución de su gestión. LIMITACIONES PARA SOCIOS COMANDITADOS Estos no pueden dedicarse, directa o por medio de otros, a negocios iguales a los que consta en el objeto de la sociedad. El que lo hiciere, pierde el derecho de examinar los libros y de enterarse de las operaciones sociales, aparte de las demás responsabilidades en que pueden incurrir. DIVIDENDOS DE LOS COMANDITARIOS. En caso de pérdidas en los negocios de la sociedad, los socios comanditarios, no pueden recibir intereses ni dividendos mientras las pérdidas no se hayan recuperado en ejercicios posteriores. Esta situación se mantiene hasta que haya sido saneado el capital, y consecuentemente se produzca nuevas ganancias para continuar haciéndoles los pagos correspondientes. TERMINACION DE LA SOCIEDAD. Aporte de las diversas causas por las cuales se terminan las sociedades en general, la comandita también se acaba por la muerte, quiebra, interdicción o imposibilidad para administrar de los socios comanditados o gestores. Sin embargo, si fueren varios los socios comanditados, podrá la sociedad continuar bajo la administración de los otros socios, debiendo entonces modificarse, si fuera el caso, la razón social, para incluir en ella el nombre del socio que toma la administración. OJO:

Esta clase de sociedad se encuentra tipificada en casi todos los países sudamericanos con excepción de Bolivia.

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PERSONA JURÍDICA DEFINICIÓN LEGISLACIÓN CAPITAL SOCIAL MÍNIMO NÚMERO DE SOCIOS PERSONALIDAD RESPONSABILIDAD DENOMINACIÓN SOCIAL CONSTITUCIÓN REGISTRO MERCANTIL RÉGIMEN FISCAL ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN

Sociedad en Comandita Simple Es una sociedad de carácter personalista, en la que coexisten socios colectivos que aportan trabajo y que puedan aportar o no capital y socios comanditarios que solo aportan capital, y que se dedica a la explotación del objeto social en nombre colectivo. Código de comercio No existe legalmente, Mínimo dos. Jurídica. Ilimitada para los socios colectivos o comanditados. Limitada para los socios comanditarios. Puede ser de todos los socios colectivos, de algunos de ellos o de uno de ellos, luego añadir las palabras “y Compañía” o “y Cía.” y “Sociedad en Comandita Simple” o “S. en C.” Escritura Publica Inscripción obligatoria Impuesto de sociedades Solo socios colectivos y administran la sociedad. Certificacion negativa del registro mercantil central

Preventivos

Firma de la escritura de la constitucion de la sociedad Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos juridicos documentados

Generales

Solicitud del codigo de identificacion fiscal

Tramites de constitución

regimen mercantil

Funcionamiento de la empresa Sociedad en Comandita Simple Tramites Fiscales

Licencia municipal de obras

Concesion de licencias Registros

Licencia municipal de apertura Registro de la propiedad inmobiliaria Registro industrial (solo para industrias)

Impuesto para bienes inmuebles Impuestos sobre actividades economicas Declaracion censal Inscripcion de la empresa en la seguridad social Afiliacion y numero de la seguridad social

Tramites laborales

Alta en el regimen general de la seguridad social Comunicacion de apertura en el centro de trabajo Llibros de visita Calendario laboral

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EJEMPLOS: En Perú:

En Sudamérica:

CONCLUSIÓN El trabajo nos sirvió para extender y darnos cuenta que además de las sociedades anónimas, que por lo general, son las que más constituyen en nuestra sociedad, o son las que suenan; existen otras maneras de poder manejar los intereses de las personas y que por su constitución, en que se conforma, no necesariamente se necesita tener un fuerte capital económica para formar parte de ella. Esto porque los socios comanditados o gestores, que en realidad vienen hacer los trabajadores, a pesar de que no aporta dinero participa en la administración de la sociedad y que sin tener mandato para la misma cuida bienes o intereses ajenos, en pro de su dueño, además se ve beneficiado económicamente de la misma

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