Sociedad de Capital Fijo y Capital Variable

Sociedades de Capital Fijo Son aquellas que, para modificarse su capital, necesitan modificar su escritura constitutiva,

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Sociedades de Capital Fijo Son aquellas que, para modificarse su capital, necesitan modificar su escritura constitutiva, por lo cual para aumentar o reducir el importe del capital social, es necesario, en términos generales, cumplir con los siguientes requisitos: 

Celebrar asamblea extraordinaria.



Levantar acta de asamblea extraordinaria correspondiente.



Protocolizar el acta.



Inscribir el acta en el registro público de comercio”. Sociedad de capital variable:

Es la que permite que el capital social sea susceptible de aumento sin alterar su instrumento constitutivo, ya sea en aportaciones posteriores de los socios, por admisión de nuevos socios o por disminución por retiro parcial o total de aportaciones. La modalidad de capital variable puede adoptarla cualquier especie de sociedad.

Constitución: La sociedad de capital variable, según el tipo de sociedad a que corresponda, se constituye bajo una razón social o denominación en la que se anotaran siempre las palabras “de capital variable”.  

En la Sociedad Anónima, en la de Responsabilidad Limitada y en la comandita por acciones se indicara un capital mínimo. En las sociedades en nombre colectiva y en comandita simple, el capital mínimo no podrá ser inferior a la quinta parte del capital inicial.

Características de la sociedad de capital variable:     

Está regulada por la Ley General de Sociedades Mercantiles. Es aquella en la que el capital social es susceptible disminución o aumento de las aportaciones del capital social. Considerada como una modalidad que pueden adoptar las sociedades mercantiles, esto al momento de su constitución o después de esta. Operan con un capital mínimo y otro máximo. El capital mínimo en ningún caso puede ser menor que el establecido por la sociedad al que se aplique.



El capital máximo es el límite superior del capital de cada sociedad.

De esta forma se desprende que la sociedad de capital variable es aquella que aunque no es considerada mercantil, se manifiesta en los preceptos de la ley mercantil, adoptándola como una modalidad u opción que pueden tener cualquiera de las numeradas como mercantiles, y de esta dependerá el aumento o disminución del capital social de la empresa que adoptare dicha modalidad, no pudiendo disminuir el monto con el que se formó el capital social, concluyendo entonces, que al constituir una sociedad mercantil, podemos adoptar ésta opción como estrategia para nuestro negocio.