SEGUROS

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República Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Popular Para la Educación Superior Universidad Nacional Experimental “Simón Rodríguez” Núcleo El Vigía Estado Mérida

UNIDAD I TEORÍA GENERAL DEL SEGURO

Participante: Carrero Carla C.I. 28.038.840 Profesora: María Hernández

Abril 2020

SEGUROS Evolución Histórica del seguro: Los seguros nacen con la búsqueda de protección por parte de las personas hacia sus intereses personales así como el interés común en la sociedad en la que se encuentra, el origen del seguro proviene de distintas culturas, tanto griega como romana, azteca y probablemente hindúes y babilonios, el desarrollo del seguro se debe a las distintas formas de organización social, un ejemplo histórico es que en la edad media las asociaciones religiosas se encargaban de colectar y distribuir fondos entre sus miembros en caso de muerte de alguno de ellos y de esta forma cubrir ciertos gastos, por otro lado antiguamente las primera civilizaciones se veían expuestas a distintas situaciones de peligro y desgracias a las que se encontraban expuestos constantemente , en busca de seguridad y tranquilidad se constituyen medidas de protección ante los riesgos sociales y naturales que agredían contra sus vidas y es allí donde se genera una de las primeras señales que dan origen al seguro. Historia del Seguro en Venezuela: Finalizando el siglo XVIII hasta julio de 1935, no hay intervención del Estado, solamente regían las disposiciones del Código de Comercio de 1919 en cuanto lo que el mismo refería sobre los actos de comercio. En 1886, se funda la "C. A. De Seguros Marítimos", con sede en Maracaibo. Posteriormente ésta suspende sus operaciones y en 1919 da origen a la "Compañía Seguros Marítimos del Zulia" registrada en 1918, a esta le seguirían Seguros La Venezolana en 1893 la cual fue fundada en Caracas más tarde Seguros La Previsora en 1914y esta se fusiona con la C. A. "La Previsora". Posteriormente se crea Seguros Fénix el cual es fusionado con seguros la previsora en 1930 mismo año en el que se establecen en el país las compañías "Pan American Life Insurance Company" (norteamericana) y "Sun Insurance Office Limited" (inglesa). En 1935 se promulga la Ley de Inspección y Vigilancia de las Empresas de Seguros, primera ley que regula la materia de seguros en Venezuela, misma que está inspirada en la ley de Suiza Súper vigilancia. A mediados de 1965 es aprobada la Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros y Reaseguros y se promulgó en la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 964 del 9 de julio de 1965 y se reimprimió en la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 970 del 26 de julio del mismo año. Esta última y el reglamento dictado en julio de 1948, constituyen el marco jurídico que regula actualmente en el país las actividades relativas a los seguros privados en Venezuela. Que es el seguro:

El seguro es un instrumento financiero que permite cubrir una contingencia pagando por ello una prima, pago que se realiza sin recibir nada a cambio a excepción de situaciones determinadas y es allí donde el seguro cubre monetariamente el valor del incidente según lo especificado en el contrato mismo que cubre al titular o a sus beneficiarios de un posible riesgo. Con este contrato se transfiere ese riesgo a la entidad aseguradora, que asume la cuantía económica necesaria para compensar los efectos de un posible suceso. Lucena V. Cranford: (Seguros Generales-Magee) “El seguro es un contrato por el cual una de las partes, en consideración a un precio, que a ella se le pagó, adecuado al riesgo, da seguridad a la otra parte de que ésta no sufrirá pérdidas, daño o perjuicio por el acaecimiento de los peligros especificados sobre ciertas cosas que pueden estar expuestas a tales peligros Importancia del seguro El seguro es una actividad de mucha importancia en el desarrollo económico de la sociedad en cualquier país, como ya se ha dicho anteriormente el seguro nace con la búsqueda de seguridad por parte del hombre y su familia y de este modo prevenir peligro y las consecuencias del mismo, las compañías de seguros se encargan de asumir los riesgos a la hora de hacer el contrato se especifica cual es el porcentaje que la persona va a cancelar en ciertas cuotas y que es lo que la empresa debe cubrir a la hora de cualquier incidente que sea explícito en el contrato en definitiva contratar un seguro nos aporta la tranquilidad de saber que si ocurre algún imprevisto la compañía se hará cargo de todo, y además estamos contribuyendo a crear una sociedad más igualitaria, justa y segura en la que vivir. Principios fundamentales del seguro: Principio de máxima buena fe (Ubérrimae Fidei): En este principio tanto el asegurador como el asegurado deben actuar con la mejor intención para la parte contraria, en este principio no se permite cometer o permitir actos malintencionados o voluntarios que lleguen afectar la integridad de la otra parte. A la hora de que se presente un inconveniente el asegurado debe declarar apegándose a la verdad, la información que se dé, de la situación debe ser cualitativa y cuantitativa de los bienes asegurados ya que no se puede permitir declaraciones fraudulentas. Principio de interés asegurable: el interés asegurable no se refiere al objeto en riesgo, los asegurados guardan una relación lícita (económica) con el objeto asegurado. El interés económico que una persona posea sobre un bien que se encuentra expuesto a cualquier tipo de riesgo, es lo que resulta asegurable

Principio de indemnización: es devolver al asegurado a la situación inicial. En otras palabras, con el pago de una prima de seguro se compra una promesa, una futura prestación, no es algo material. Solo se materializa cuando ocurre el siniestro pero la garantía de indemnización siempre ha existido, ha estado ahí desde el primer día de entrada en vigor del seguro Principio de contribución: Se aplica cuando el asegurado ha tomado más de una póliza sobre el mismo riesgo. De acuerdo con este principio, el asegurado puede reclamar la compensación solo en la medida de la pérdida real, ya sea de todas las aseguradoras o de cualquiera de las aseguradoras Principio de subrogación: Es la acción de transferir los derechos que correspondan a asegurado contra un tercero en caso de siniestro al asegurador hasta el momento de la indemnización abonada. Principio de minimización de pérdidas: El asegurado siempre debe poner su mejor esfuerzo, para minimizar los daños, en caso de un siniestro. El asegurado debe tomar todas las medidas posibles y realizar los pasos necesarios para controlar y reducir las pérdidas ante un evento, el asegurado tiene la responsabilidad de ayudar a evitar mayor a controlar el siniestro en lo que este en sus manos a la hora. Principio de causa directa (Causa Próxima) del suceso: la más cercana o causa directa se aplica cuando una pérdida es producida por más de una causa, la causa próxima se tiene en consideración para determinar la responsabilidad de la aseguradora y su obligación El objetivo principal de cada contrato de seguro es brindar al asegurado protección financiera ante un evento futuro e incierto La búsqueda del lucro al reportar ocurrencias falsas, viola los términos y condiciones de un contrato de seguro, y da como resultado un incumplimiento que invita a sanciones tanto en el ámbito civil como en el penal. Clasificación del Seguro: Seguro social: Es un programa que administra o al que aporta dinero el gobierno generalmente este dinero va dirigido a personas de bajos recursos , personas en situación de pobreza , familia numerosas, discapacitados entre otros con el fin de satisfacer las necesidades de los mismos. Los seguros sociales van dirigidos principalmente a la clase trabajadora que los protegen contra ciertos riesgos, en caso de muerte, accidentes, invalidez, enfermedades, desempleo o maternidad. Las cuotas son cubiertas por los asegurados, empleadores y el Estado como parte de sus obligaciones establecidas en la Ley, reglamentos o decretos

Seguro Privados: Son los particulares, por el cual una persona paga una prima para recibir una indemnización en caso de sufrir algún inconveniente o siniestro, en el que se crea derechos y obligaciones de ambas partes de forma recíproca. Para la aseguradora la intención es cobrar la prima mientras que para el asegurado es obtener protección económica de sus bienes o las personas que están involucradas en sufrir daños, este seguro puede ser contratado por cualquier persona siempre y cuando puedan pagar las primas por riesgo a sus familiares, bienes o su misma persona. El Reaseguro: Es un acuerdo al que llega un asegurador o mejor dicho el cedente al transferirle a otro asegurador denominado reasegurador la totalidad o una parte de sus riesgos y este recibe una parte de las primas, siempre y cuando ambos tengan los mismos riesgos o riesgos similares para que se garantice la estabilidad y de esta forma se ceden o comparten una parte de sus bienes asegurados a otras compañías. El Coaseguro: Es cuando dos o más compañías de seguros acuerdan la cobertura de determinados riesgos de esta forma a la hora de un altercado cada una de las compañías tiene el porcentaje del riesgo que debe asumir al igual que la prima. Es repartir la responsabilidad de la cobertura de un determinado riesgo. El riesgo: Se define como la exposición hacia una situación donde se está vulnerable donde hay una posibilidad de sufrir un daño o estar en peligro. Es la posibilidad de que algo desagradable acontezca y hay exposición a gran peligro. Riesgo progresivo: El riesgo progresivo es aquel que va aumentando a medida que avanza el tiempo o aumenta la duración del contrato de seguro. Riesgo catastrófico: Se considera riesgo catastrófico aquellos fenómenos de la naturaleza tales como los terremotos y maremotos, las inundaciones, entre otros, También tienen la consideración de riesgos extraordinarios los ocasionados violentamente como consecuencia de terrorismo, rebelión, motín y tumulto popular Riesgo físico: Es la posibilidad de sufrir un daño corporal, es estar a la proximidad o la inminencia o la cercanía de un daño eventual Riesgo objetivo y subjetivo: El riesgo objetivo es aquel que es real a la situación que esta sucediente mientras que es subjetivo es aquel que, al contrario del riesgo objetivo implica un conjunto de circunstancias relativas al asegurado difícilmente objetivables, por lo que son de compleja valoración para el asegurador. Son ejemplos de riesgo subjetivo la moralidad del asegurado, su estado de salud, su situación económica, su conducta más o menos despreocupada, entre otros

Riesgo moral: Corresponde al comportamiento oportunista en donde una de las partes busca su propio beneficio a costa de que la otra no pueda observar o estar informada de su conducta Prima: Es el costo del seguro o la aportación económica que se debe pagar el asegurado a una compañía aseguradora por la transferencia del riesgo bajo las coberturas que esta última ofrece a sus clientes durante un determinado período de tiempo Prima pura: Es el valor del riesgo calculado según una hipótesis estadística y una hipótesis financiera: la estadística indica los capitales necesarios que se deberán a los asegurados según la experiencia; y la financiera, el interés obtenible por su inversión prudente si las dos son exactas, Bastaran para afrontar los siniestros Prima bruta: Corresponde a la prima neta más ciertos elementos accesorios, como gastos administrativos, impuestos, comisiones y beneficio del asegurador, a todo lo cual se lo reúne en la práctica bajo el nombre de premio de póliza. Prima comercial: Es la resultante de tener en cuenta una serie de factores como son la prima pura (que cubre el riesgo), los recargos para gastos generales de gestión y administración, gastos comerciales o de adquisición, gastos para el cobro de las primas, gastos de liquidación de siniestros y el coeficiente de seguridad y beneficio industria Prima total o de tarifa: es la prima final que se aplica a un contratante, que se obtiene de la suma de una prima más los gastos que implican la apertura, adquisición y administración de una póliza de seguro Ley de los grandes números: La ley de los grandes números es proposición matemática la cual indica que si repetimos muchas veces (tendiendo al infinito) un mismo experimento, la frecuencia de que suceda un cierto evento tiende a ser una constante. Es usada ocasionalmente para referirse al principio de que la probabilidad de que cualquier evento posible (incluso uno improbable) ocurra al menos una vez en una serie aumenta con el número de eventos en la serie. Tarifa: Una tarifa es el precio o cuotas monetarias que deben ser canceladas para la adquisición de un producto o servicio que se desee adquirir, es decir tarifa es sinónimo de precio que no es más que la cantidad de dinero exigida como pago para que dicha persona goce del servicio o el producto deseado Tarifas obligatorias u oficiales: Son las que tienen igual reglamentación por estar previamente establecidas y no son competitivas. Son éstas: Tarifa de Incendio: de

Automóvil; Robo y la tarifa establecida por la Superintendencia de Seguros para los Colectivos de Vida Tarifas particulares o privadas: Son competitivas de acuerdo a estudios y experiencias de cada Compañía; de modo que pueden variar de una compañía a otra. Son todas aquellas que no estén contempladas en las oficiales, tales como: Vida Individual; Accidentes Personales; Transporte; Hospitalización, Cirugía y Maternidad; Equipo de Contratista; Responsabilidad Civil, excepto la de Automóvil, etc. Las reservas: Las reservas de una empresa son una parte de los fondos propios de la empresa y se caracterizan por ser los beneficios que han retenido, es decir, no repartidos entre los socios o propietarios de dicha empresa Clasificación de las reservas Reserva legal. La ley obligar a destinar un 10% del beneficio obtenido por la compañía a reservas durante todos los periodos contables. Reservas estatutarias. El procedimiento es el mismo que la reserva legal, pero el origen no es la ley, sino que los estatutos de la empresa obligan a constituir esta reserva. Reservas voluntarias. La sociedad en sí misma decide de forma voluntaria establecer esta reserva. Estas reservas incluyen los beneficios que la empresa ha decidido no distribuir y dejar en el balance de situación. Para constituir esta reserva primero se han de establecer la reserva legal y la estatutaria. Las reservas para riesgos en curso: Las reservas para riesgos en curso están integradas por un porcentaje sobre las utilidades líquidas de la empresa, que se carga anualmente a la cuenta de ganancias y pérdidas y se coloca como un pasivo a corto plazo. Su objetivo, es hacerle frente a riegos que responsabilizan a la empresa y para los cuales aún no se ha cumplido el tiempo contratado. Las reservas matemáticas: Las reservas matemáticas, son exclusivas de los seguros de vida y se forman por el exceso de ingresos sobre los egresos, que por concepto de prima se cobra a los asegurados. Es el capital que se forma por exceso sobre la prima natural Solicitud de Seguros: Es un documento mediante el cual el usuario solicita a la entidad aseguradora las coberturas descritas en dicho documento y, en consecuencia, la emisión de la correspondiente póliza. La solicitud de seguro no vincula al usuario solicitante, quien es libre de pedirla a varias aseguradoras para elegir la que mejor le convenga, pero sí a la aseguradora para la cual se trata de

una “propuesta de seguro” que ya no puede modificar y a la que queda obligada al menos 15 días. Contrato de Seguros: Es aquel mediante el cual el asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima y en el caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura, a indemnizar, dentro de los límites pactados, el daño producido al asegurado o a satisfacer un capital, una renta u otras prestaciones convenidas Tipos de aseguradoras: Por constitución societaria: Las compañías de seguros no dejan de ser de empresas y como tales deben elegir un modelo de constitución. La ley limita el tipo de sociedad bajo el que se pueden constituir. Éste afectará al pago de impuestos y obligaciones administrativas más que al cliente final. Sociedad anónima: Es una compañía al uso con el claro objetivo de conseguir beneficios. La relación entre el asegurado y la empresa se formaliza mediante el contrato de seguro, que es lo que les vincula. Mutua: Son aseguradoras privadas sin ánimo que cubren a sus socios asegurados. Por eso, por ejemplo, Mutua Madrileña habla de socios y no de asegurados. Cooperativas: Están sujetas a la ley de sociedades. Su objetivo es dar cobertura a sus socios cooperativistas. Las cooperativas pueden ser de prima fija o variable y se les aplicarán básicamente las mismas normas que para las mutuas de seguros. Mutualidad de previsión social: Son entidades de seguros privadas sin ánimo de lucro que operan al margen del régimen de cobertura de la Seguridad Social a prima fija o variable. Ejercen una modalidad aseguradora de carácter voluntario y tienen limitaciones en su actividad Por su fama o grado de conocimiento: Aseguradoras tradicionales: Su negocio y su fuerza de venta residen en esa red, que se supone que ofrecerá un trato más cercano y personalizado y aprovechará mejor el factor que les proporciona la reputación de sus comerciales. Aseguradoras de directo: Son compañías sin una red de ventas propia y sin oficinas comerciales, estas prescinden de los intermediarios para vender sus seguros

Por su tamaño Aseguradoras pequeñas: Son las que trabajan mediante acuerdos con bancos y corredores Aseguradoras grandes: Son en muchos casos, las de toda la vida. Disponen de grandes estructuras con una matriz, centros regionales, oficinas locales y un amplio canal de distribución que también suele incluir corredores de seguro La póliza: Es un contrato entre un asegurado y una compañía de seguros, que establece los derechos y obligaciones de ambos, en relación al seguro contratado. En el seguro de asistencia sanitaria se entiende por exclusiones aquellos servicios que no están cubiertos por la póliza o cuyo uso está limitado. Las exclusiones en seguros ayudan a mantener las primas a precios razonables, minimizando la posibilidad de que una minoría genere grandes desembolsos lo cual redunda en beneficio del conjunto de asegurados. El siniestro: En los contratos de seguros, indica el acontecimiento a que se hace referencia para la operatividad efectiva. El tipo de acontecimiento puede variar sensiblemente, en función del tipo de garantía prestada en la póliza, para la cual es oportuno referirse también a tal voz para el mayor esclarecimiento del suceso. Por ejemplo, son objeto de garantía riesgos como hurto, incendio, responsabilidad civil, autoría profesional, naufragio, accidente de aviación o ferroviario, muerte, lesión, y muchos otros azares.