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Universidad de San Carlos de Guatemala Facultad de ciencias jurídicas y sociales Escuela de estudios de postgrado Maestr

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Universidad de San Carlos de Guatemala Facultad de ciencias jurídicas y sociales Escuela de estudios de postgrado Maestría en derecho mercantil y competitividad Curso: Derecho de seguros Profesor: Billy René Méndez Dardon

Introducción • Entrega y lectura del programa • Asignación de lectura obligatoria •Asignación de trabajos de investigación.

Lectura obligatoria • Capítulo X y XI del Código de Comercio de Guatemala, Decreto 2-70 del Congreso. • Decreto 25-2010, Ley de la Actividad Aseguradora y sus reglamentos. • Tomo I y II del libro “El derecho de seguros y otros negocios vinculados”, del Dr. Emilio H. Bulló, Editorial Abaco de Rodolfo de Palma, Buenos Aires, Argentina.

Trabajos de comprobación de lectura: 1. Analizar 10 artículos. Tres del contrato, y uno de cada ramo del seguro. Comentar su interpretación. Máximo 3 hojas tamaño carta a doble espacio. Fecha de entrega, segunda clase. 3 puntos. 2. Hacer un análisis comparativo sobre la actual Ley de la Actividad Aseguradora y la Ley de Seguros anterior (Decreto-Ley 473). Identificar las diferencias de impacto legal, financiero y administrativo. Se sugiere un cuadro de matrices. Fecha de entrega, tercera clase. 5 puntos. 3. Hacer un resumen analítico de los dos tomos del libro del Dr. Emilio H. Bulló, referido, máximo 15 hojas a doble espacio. Fecha de entrega penúltima clase 10 puntos.

Trabajos de investigación 1.

2.

• •

• • •

De acuerdo con el análisis comparativo que realizó de la Ley de la Actividad Aseguradora, prepare un perfil de la constitución de una aseguradora en Guatemala, enfatizando los aspectos legales, financieros y administrativos que fueron modificados. Máximo 15 hojas a doble espacio. Fecha de entrega, cuarta clase. 10 puntos. De acuerdo con la Ley de la Actividad Aseguradora, Decreto 25-2010, la fianza fue sustituida por el seguro de caución y las afianzadoras se convirtieron en aseguradoras. Prepare un estudio de investigación que contenga puntualmente: a) Cuales son las diferencias legales, financieras y de funcionamiento de estos dos contratos. b) De acuerdo con dicha ley, las anteriores afianzadoras están trabajando como aseguradoras?. Si su respuesta es negativa o positiva, diga porqué. c) Cuales son las clases de seguro de caución que pueden otorgar o emitir las aseguradoras en Guatemala. d) Cual es la diferencia entre un contrato de fianza y un contrato de seguro. Máximo 20 hojas a doble espacio. 15 puntos. Fecha de entrega: 29/08/2012

Primas netas percibidas por las aseguradoras en Guatemala 2009, 2010 y 2011 (Cifras en miles de quetzales) No.

Aseguradora

2009

2010

2011

1 Seguros GyT, S,A,

885.9

901.2

1,154.4

2 Seguros El Roble, S.A.

725.8

848.6

1,033.4

3 Aseguradora General, S.A.

514.3

527.5

588.0

4 Seguros Universales, S.A.

225.2

264.2

267.9

5 Seguros de Occidente, S.A.

143.5

144.7

182.6

6 Chartis Seguros Guatemala, S.A. (1)

149.2

124.7

132.0

7 Compañía de Seguros Panamericana, S.A.

151.6

166.1

212.7

8 Seguros Agromercantil, S.A.

144.5

157.2

171.8

9 MAFRE, S.A. (2)

130.3

157.1

304.1

10 Aseguradora Rural, S.A.

153.7

161.4

196.0

11 Depto. De Seguros y Previsión del CHN

141.3

130.5

165.1

12 MAFRE, S.A. -Colectivos Empresariales- (3)

79.8

82.0

0.0

13 Aseguradora La Ceiba, S.A.

79.9

87.9

90.0

14 Columna, Compañía de Seguros, S.A.

69.9

73.2

81.2

1.4

0.2

15 Seguros Alianza, S.A.

(-) 2.2

(-)

16 Aseguradora Guatemalteca, S.A.

33.9

38.4

48.5

17 Aseguradora de los Trabajadores, S.A.

13.3

30.9

40.0

3,664.50

3,915.60

4,667.9

Total:

Afianzadoras que por la nueva ley de la actividad aseguradora, se convirtieron en aseguradoras (11) • • • • • • • • • • •

Afianzadora del CHN Afianzadora Guatemalteca, S.A. Afianzadora G&T, S.A. Chartis Fianzas Guatemala, S.A. Fianzas Universales, S.A. Fianzas de Occidente, S.A. Fianzas El Roble, S.A. Afianzadora General, S.A. Corporación de Fianzas, Confianza, S.A. Afianzadora Solidaria, S.A. Afianzadora de la Nación, S.A.

CONTRATO DE SEGURO • Aspectos legales Art.874/918 del Decreto 2-70 del Congreso de la República (Código de Comercio). • Definición de “Contrato de seguro” A partir del 1 de enero de 2005, las aseguradoras registradas en la IFRS, deberán aplicar el siguiente concepto de contrato de seguro:

Contrato de seguro • “El contrato bajo el que una parte (el asegurador), acepta un riesgo de seguro significativo de otra parte (el tomador), bajo el acuerdo de compensar al tomador u otro beneficiario, si un evento futuro incierto especificado (el evento asegurado), afecta adversamente al tomador u otro beneficiario”.

Características del contrato de seguro • • • • • • • •

Consensual Bilateral Aleatorio Oneroso De adhesión En la buena Fe De previsión De indemnización

Características especiales del contrato de seguro • Aleatorio: Dependiente de algún suceso fortuito. Que depende de la probabilidad de ocurrencia del riesgo cubierto. • De buena fe: Actuar con honestidad. • Indemnizatorio: Indemnizar al asegurado o beneficiario.

En la buena fe • Es el principio básico y característico de todos los contratos que obliga a las partes a actuar entre sí con las máxima honestidad, no interpretando arbitrariamente el sentido recto de los términos y recogidos en su acuerdo, ni limitando o exagerando los efectos que naturalmente se derivarían del modo en que los contratantes hayan expresado su voluntad y contraído obligaciones.

La buena fe • La buena fe tiene una especialísima condición en el contrato del seguro en cuanto al asegurado, este principio le obliga a describir total y claramente la naturaleza del riesgo que pretenda asegurar, a fin de que el asegurador tenga una completa información que le permita decidir sobre su denegación o aceptación y en este último caso, puede aplicar

En cuanto al asegurador, la buena fe le exige facilitar al asegurado una información exacta de los términos en que se formaliza el contrato, ya que muy difícilmente puede aquel conocer o interpretar correctamente las condiciones de la póliza que se le presenten en el momento de su aceptación y firma. Así mismo el asegurador debe redactar con claridad, el clausulado de las pólizas de forma que el asegurado pueda conocer por sus propios medios, el alcance de las condiciones a que se compromete.

Conclusiones del contrato de seguro • Sus características • Su finalidad • Clases de contratos de seguro: 1. De personas 2. De Daños 3. Patrimoniales o de responsabilidad civil • Leyes aplicables: Capítulo X del Código de Comercio de Guatemala y Código Civil en lo que le fuere aplicable.

Reaseguro • Efectos en la actividad aseguradora, por los siniestros catastróficos, causados por el hombre y la naturaleza.

Siniestros causados por personas

•La destrucción de las Torres Gemelas en New York el 11 de septiembre de 2001

Siniestros causados por la naturaleza • • • • • •

Terremotos Huracanes Tormentas tropicales Inundaciones Tsunamis Otros (ver videos)

Contrato de reaseguro • Art. 1020/1023 del Código de Comercio “Por el contrato de reaseguro, el asegurador traslada a otro asegurador o reasegurador, parte o la totalidad de su propio riesgo”. Clases de contratos de reaseguro: • No proporcionales (cuota-parte) • Proporcionales • Obligatorio • Facultativo • Exceso de pérdida • Catastróficos • Fronting • Pool de reaseguro

Trabajo de comprobación de lectura • Hacer un resumen de los primeros cinco capítulos del libro “Manual de reaseguro”, Editorial Mapfre, S.A., Madrid, 1976. Escribir, qué es el reaseguro y cual es su objetivo. • El material se encuentra en la biblioteca de la Escuela de estudios de postgrado de la Facultad de ciencias jurídicas y sociales de la USAC. • Máximo tres hojas tamaño carta doble espacio. 2 puntos. • Fecha de entrega: tercera clase.

Conclusión del contrato de reaseguro • La conclusión es que ninguna compañía de seguros en el mundo, puede emitir contratos de seguro, si no tiene suscritos uno o varios contratos de reaseguro. • Estos contratos de reaseguro, se negocian cada año, tomando en consideración las condiciones del mercado y los resultados de la siniestralidad.

Contenido de un contrato (póliza) de seguro • • • • • • • • •

Carátula de la póliza (3er párrafo Art.673 del C. de C. Condiciones generales Condiciones particulares (descripción del interés asegurable). Anexos (usualmente aprobados por la SIB) Endosos (pueden o no ser aprobados por SIB) Riesgos cubiertos y riesgos no cubiertos. Exclusiones (todo lo que no está excluido, está cubierto). Deducibles Cláusulas especiales

Seguro de personas • • • • • • • • •

Seguro de vida Individual Colectivo Seguro de accidentes personales Individual Colectivo Seguro de vida y gastos médicos Individual Colectivo

Seguro de vida • Individual • Con valores de rescate (ahorro) “vida universal” o universal life • Temporales, anual o a plazo fijo (solo cubre la muerte del asegurado) • Colectivo • Es un seguro temporal anual renovable

Seguro de vida universal (universal life) Características de este seguro: 1. Su transparencia • Se puede consultar en cualquier tiempo su estado de cuenta (primas pagadas, ahorro acumulado, etc.). 2. Su flexibilidad • El asegurado puede modificar en cualquier momento: La suma asegurada La frecuencia en el pago de las primas El plazo de años de pago de prima El monto de la prima El plazo de cobertura La edad de retiro La renta para el retiro Los beneficios adicionales

Seguro de vida temporal anual renovable o a plazo fijo • Cubre solo la muerte del asegurado ( no tiene valores de rescate o ahorro) • Puede tener el beneficio de doble o triple indemnización por muerte accidental • También puede tener el beneficio de exoneración de pago de primas en caso de ITP (incapacidad total y permanente). • El costo de este seguro es bajo • Al concluir el plazo contratado del seguro y el asegurado sigue con vida, no se devuelve ningún valor.

Seguro colectivo de vida 1. Ventajas para el asegurado: • Prima uniforme para todos los asegurados (promedio de todas las edades). • Costo bajo porque solo se cubre el fallecimiento del asegurado (seguro temporal). • Puede incluir otros beneficios, como doble o triple indemnización por muerte accidental. • Exoneración de primas por ITP • Si es prima participativa, descuento en planilla del porcentaje de su participación. • Puede y debe designar a sus beneficiarios.

Seguro colectivo de vida 2. Ventajas para el contratante • El costo del seguro es bajo y en el pago de la prima puede o no participar el empleado. • Es un estimulo a la producción y rendimiento. • Puede funcionar como cobertura de “pasivo laboral”. • Para que funcione como pasivo laboral, es indispensable que se cumpla lo siguiente: a) Que la prima total la pague el patrono (no participativa) b) Que se incluya en la póliza una clausula que indique que ese seguro cubre el pasivo laboral a que se refiere el artículo 85 del código de trabajo.

Seguro de accidentes personales (AP)

• Este seguro cubre únicamente muerte o lesiones por accidente, del asegurado. • Riesgos cubiertos: 1. Muerte accidental 2. Renta por incapacidad temporal 3. Gastos Médicos 4. Hospitalización • Si el pago de la indemnización al beneficiario, es por muerte accidental, no paga timbres fiscales, pero si es por gastos médicos y hospitalización (beneficiario/asegurado), sí paga timbres

Trabajo de investigación • Analizar el reglamento para la contratación del seguro obligatorio del transporte extraurbano de personas. • Acuerdo gubernativo 265-2001, del 17 de julio/2001,modificado por el acuerdo gubernativo 392-2001 del 26 de sept./2001. • Identificar las ventajas y desventajas legales y financieras. Su cumplimiento o no y las conclusiones y recomendaciones. • Evaluación: 5 puntos • Fecha de entrega: 8 de agosto/12.

Seguro de vida y gastos médicos (GM) • • • • • • • • • • • •

Beneficios Seguro de vida, solo para el titular de la póliza (temporal) Máximo vitalicio (para cada asegurado en la póliza) Reembolso en Centro América es el 80/20%. Reembolso hasta el 90% o 100% en “red de hospitales” Reembolso fuera de CA 70/30% Cuarto y alimentos diario. Cuarto intensivo (máximo x días) Deducible (año calendario) Co-pago (para hospitalización). Maternidad CCOI ó con suma máxima asegurada. Otros beneficios (ambulancia, atención al recién nacido, seguro dental) • PLANES COLECTIVOS. • Ventajas y desventajas.

Liquidación de un reclamo de seguro de vida, por muerte del asegurado. • • • • • •

De la póliza: asegurado Juan Pablo Bien Protegido Clase: Vida Universal con valores de rescate (Universal Life) Beneficios: Seguro por muerte: Q.350,000.00 Muerte accidental: Q.200,000.00 Valor efectivo (ahorro) a la fecha del fallecimiento Q.25,459.00 • Primas totalmente pagadas a la fecha del fallecimiento. • Causa del fallecimiento: infección cutánea por cortadura de cuchillo. • Beneficiarios: madre 35%, esposa 50% e hijo de 17 años 15%.

• La indemnización del seguro de vida no paga timbres fiscales

Liquidación del reclamo del seguro de vida por muerte del asegurado Juan Pablo Bien Protegido • La suma a pagar debe ser: 1. Suma principal por muerte por cualquier causa Q. 350,000.00 2. Doble indemnización por muerte accidental Q. 200,000.00 3. Valor efectivo o rescate (ahorro ) a la fecha del fallecimiento Q. 25,459.00 Total que debe pagar la aseguradora Q. 575,459.00 Distribuido de la manera siguiente: Madre (35%) Q.201,410.65 Conyugue (50%+15%) Q.374,048.35 Suman:

Q.575,459.00

Reclamo por el fallecimiento del asegurado José Jonás Jacinto Jaspar, seguro temporal anual renovable • • • • •

Prima anual pagada totalmente. El reclamo procede. Sumas aseguradas: Muerte por cualquier causa Q 175,000.00 Muerte accidental Q 150,000.00 El fallecimiento del asegurado, según el diagnóstico del médico (certificado de defunción), fue por un infarto al miocardio cuando conducía su vehículo. • Beneficiarios: padre el 30%, esposa 30%, hermana 20% y al hijo que tiene 12 años el 20%. • Haga la liquidación de lo que la aseguradora debe pagar a cada beneficiario.

Liquidación del reclamo por fallecimiento, seguro TAR • El fallecimiento es por muerte natural y solo se pagará la suma principal. • Suma principal por muerte Q 175,000 • Liquidación: • Pago al padre (30%) = Q 52,500.00 • Pago a la esposa (30%+20%) = Q 87,500.00 • Pago a la hermana (20%) = Q 35,000.00 • Total a pagar por Aseguradora: Q 175,000.00 • Deben firmar un finiquito a la aseguradora.

Reclamo del seguro de accidentes personales (AP)de Juan Mala Suerte • • • • • • •

Asegurado: Juan Mala Suerte Prima anual: pagada y la póliza está vigente. Coberturas: Muerte accidental Q 250,000.00 Hospitalización: Q 250.00 diarios (máximo 30 días) Gastos médicos: Q 25,000.00, deducible Q500.00 Reclamo: fallecimiento del asegurado por traumatismo craneal en choque de automóvil • Gastos incurridos: hospitalización 7 días Q 1,750.00; y GM Q 18,750.00 incluyendo IVA. • Hacer la liquidación del reclamo de acuerdo a la cobertura de la póliza.

Liquidación del reclamo de Juan Mala Suerte seguro de AP • • • • • • • • • • • • •

Pago por muerte accidental Q 250,000.00 Factura por hospitalización y GM. 7 días a Q 250.00 c/u = Q 1,750.00 Gastos médicos 18,750.00 Suman los gastos total: 20,500.00 Menos el 12% del IVA 2,196.43 Sub-total: 18,303.57 Menos el deducible 500.00 Sub-total: 17,803.57 Menos el 3% de timbres 534.11 Líquido a pagar: 17,269.46 Mas pago por muerte 250,000.00 Total a pagar por aseguradora: Q 267,269.46