Segunda Practica Calificada Derecho Internacional Publico

SEGUNDA PRACTICA CALIFICADA DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO TEMA: CORTE PENAL INTERAMERICANA: 1. Primera condena y orden

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SEGUNDA PRACTICA CALIFICADA DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO

TEMA: CORTE PENAL INTERAMERICANA:

1. Primera condena y orden de reparación de la CPI – República Democrática del Congo 2.- Órdenes de arresto contra un líder de Estado en ejercicio – Darfur, Sudán 3.- Primera condena por ‘responsabilidad de mando’ y violación como arma de guerra – República Centroafricana

A. ESCOJA UNA DE LOS TRES CASOS DADOS. REALICE UN ANÁLISIS Y COMENTE DICHO CASO.

NOTA:

Trabajo académico sustituye la SEGUNDA PRACTICA CALIFICADA, el trabajo académico será individual, deberá ser entregado como máximo el día miércoles 15 de JULIO del 2020, hasta las 22:00 p.m. horas.

El trabajo académico deberá ser enviado obligatoriamente A LOS DOS SIGUEINTES: 1.- Campus virtual 2.- CORREO: [email protected]

UNIVERSIDAD ALAS PERUANAS FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIA POLITICA ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO CURSO: DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO 2° PRÁCTICA CALIFICADA PRESENTADO POR:  

LUPA ASUERO FREDY REYNALDO CODIGO: 2016123136



CORREO ELECTRONICO: [email protected]

DOCENTE: Dr: MIRANDA MIRANDA PABLO FELIPE

SEMESTRE IX AREQUIPA- PERU 2020

CONTENIDO DEL ANALISIS: .- ÓRDENES DE ARRESTO CONTRA UN LÍDER DE

ESTADO EN EJERCICIO – DARFUR, SUDÁN.

Omar Hassan Al Bachir, jefe de Estado de Sudán, presidente del Partido del Congreso Nacional, y general del ejército nació en Sudán en 1944. Un presidente que ha ido subiendo peldaños de oligarquía a costa de ganarse enemistades en su país, culminando en el dantesco conflicto de Darfur, que según la ONU se ha cobrado la vida de 300.000 personas y ha provocado el desplazamiento de 2,7 millones de personas. El 30 de junio de 1989 dio un golpe de Estado junto a un grupo de militares que derrocó al presidente Sadek el Mahdi, en una acción que sólo duro unas horas y que no causó ningún muerto. Al Bachir se proclamó a si mismo jefe del Consejo Revolucionario, primer ministro, ministro de Defensa y comandante supremo de las Fuerzas Armadas. Disolvió el Parlamento y el resto de instituciones y derogó la constitución provincial que regía desde 1986. Asimimo, buscó, sin éxito, la mediación de algunos dirigentes africanos para negociar con el Ejército Popular de Liberación de Sudán (SPLA), grupo armado que lucha por una mayor autonomía y por reformas económicas y políticas. Egipto fue el primer país en reconocer el gobierno de Al Bachir, al que le ofreció su mediación el mismo año en el que se produjo el golpe militar. En marzo de 1996 Bachir, un presidente 'a la fuerza', "legitimó" su poder tras vencer en unas elecciones legislativas en las que sólo participaron candidatos independientes. NUEVA CONSTITUCIÓN Durante la celebración de unas conversaciones de paz en Nairobi (Kenia) en mayo de 1998 Bashir aceptó el derecho de los estados sureños de celebrar un referéndum sobre la autodeterminación.Y en octubre del mismo año fue elegido para presidir el Partido del Congreso Nacional, el primer partido registrado después de la entrada en vigor de la nueva Constitución en junio, que permitía, tras 10 años de prohibición, la actividad de las formaciones políticas. En 1999 Al Bachir dio un paso más en la reafirmación de su liderazgo y declaró el estado de emergencia. Prescindió de sus hasta entonces aliados y mejoró las relaciones con Egipto, que junto con Libia, apoyó a Bachir en este enfrentamiento político.En el año 2000 decretó amnistía total para los militares y civiles opuestos a su régimen y fue reelegido presidente con el 86,8% de los votos tras las elecciones, las primeras del período constitucional. En agosto de 2002 se produjo finalmente la incorporación de Al Mahdi, antiguo miembro opositor del partido Umma al Gobierno de Bachir, quien ocupó el cargo de asistente de la vicepresidencia

CONFLICTO DE DARFUR En febrero de 2003 estalló el conflicto de Darfur, región occidental fronteriza con el Chad, después de que el Movimiento de Liberación de Sudán y el Movimiento de la Justicia y la Igualdad se alzaran en armas contra el gobierno central, al que acusaban de abandonar la región y de discrimar la población negra a favor de la árabe. El 31 de marzo de 2005, el Consejo de Seguridad dictó la Resolución en la que, actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de Naciones Unidas, remitió al fiscal de la CPI la situación de Darfur, en Sudán (Estado no parte en el Estatuto de Roma), para que iniciase una investigación por entender que existía una amenaza a la paz y seguridad internacional. Dos meses después, el 6 de junio de 2005, el fiscal de la CPI abrió investigación oficial sobre la presunta comisión de crímenes internacionales en esa región. Desde entonces, la Sala de Cuestiones Preliminares I (SCP), apetición de la Fiscalía de la CPI, ha emitido órdenes de arresto contra los siguientes miembros del Gobierno de Sudán y de grupos paramilitares que actuaron en coordinación con las Fuerzas Armadas y de Policía de Sudán: el actual presidente de Sudán, Omar Hassan Ahmad Al-Bashir (2009-2010), el exministro del Interior y actual ministro de Defensa, Abdelrahim Mohamed Hussein(2012), el ex viceministro del Interior Ahmad Harun (2007)y el dirigente de las milicias Janjaweed Ali Kushayb (2007). Al no ser Sudán un Estado parte del Estatuto de Roma, su obligación de cooperar con la CPI no se deriva de ese Tratado. Por el contrario, la base jurídica de dicha obligación se encuentra en la propia Resolución 1593 del Consejo de Seguridad, que en el segundo párrafo de su parte dispositiva establece lo siguiente: Decide que el Gobierno de Sudán y todas las demás partes en el conflicto de Darfur deben cooperar plenamente con la Corte y el fiscal y prestarles toda la asistencia necesaria en la aplicación de la presente Resolución y, aunque reconoce que los Estados que no son parte en el Estatuto de Roma no tienen obligación alguna con arreglo a dicho Estatuto, exhorta a todos los Estados y las organizaciones regionales y demás organizaciones internacionales competentes a que también cooperen. Conforme a los Artículos 25 y 103 de la Carta de las Naciones Unidas, los Estados parte de esta Organización tienen la obligación de cumplir las disposiciones impuestas por las resoluciones del Consejo de Seguridad con carácter preferente a cualquier otra obligación contraída en virtud de un convenio internacional. De ahí la responsabilidad de Sudán de “cooperar plenamente con la Corte y el fiscal”, apesar de no ser un Estado parte del Estatuto de Roma.

Si bien el alcance preciso de las modalidades de cooperación de Sudán con la CPI no aparecen definidas en la Resolución 1593, se ha de entender que la referencia a “cooperar plenamente” incluye las formas de cooperación recogidas en el Estatutode Roma, puesto que la CPI ha de actuar en todo caso conforme al mismo a la hora de ejecutar sus actuaciones por los crímenes internacionales cometidos en Darfur. En cuanto al grado de cumplimiento de Sudán con sus obligaciones de cooperar con la CPI, lo cierto es que, desde que se produjo en 2009 la primera solicitud de detención y entrega del actual presidente Omar Al-Bashir, el Gobierno sudanés informó a la Fiscalía de la CPI y al propio Consejo de Seguridad que no continuaría cooperando con la CPI. Ahora bien, ha sido en el caso contra el propio presidente de Sudán, Omar AlBashir, en el que la CPI ha analizado en mayor profundidad los repetidos problemas de falta de cooperación del propio Sudán y de terceros Estados parte del Estatuto de Roma por incumplimiento con las solicitudes de la CPI de detención y entrega del señor Al-Bashir. El 12 de noviembre de 2008 Omar Hassan Al Bachir anunció un alto el fuego unilateral en la región de Darfur, comprometiéndose personalmente a suspender las operaciones militares.Tras una petición de arresto en julio de 2008 y a pesar de los "denodados intentos de paz" del presidente, el 14 de marzo de 2009 la Corte Penal Internacional (CPI) emitió una orden de arresto contra Omar Hassan Al Bashir. Entre el 2009 y el 2010, el alto tribunal de La Haya emitió una

acusación contra el exlíder sudanés por la dirección de la mortífera campaña de represión en Darfur, siendo la primera vez que un tribunal mundial acusa a un sospechoso de genocidio. Pero al-Bashir desafío la orden de arresto durante años y siguió visitando Estados extranjeros “amigos” mientras intentaba demostrar que no se había acobardado ante la orden de detención internacional. Finalmente El Gobierno de transición de Sudán y los grupos rebeldes llegaron a un acuerdo durante una reunión celebrada el martes 11 de febrero en Yuba, para que los buscados por la Corte Penal Internacional comparezcan ante el tribunal, entre ellos, el autócrata presidente derrocado Omar al-Bashir. "Hemos acordado cuatro mecanismos primarios para lograr la justicia en Darfur. En primer lugar, hemos acordado la comparecencia de los que se enfrentan a órdenes de detención ante la Corte Penal Internacional. Lo digo muy claramente”, informó Mohamed al-Hassan alTaishi, miembro del Consejo Soberano sudanés. Pero no añadió cuando serán entregados. El expresidente de Sudán, Omar al-Bashir, tendrá que comparecer ante la Corte Penal Internacional luego de que el Gobierno sudanés decidiera entregarlo al tribunal de La Haya, que lleva una década esperando que rinda cuentas por los crímenes de Darfur.

CONCLUSIÓN Tras el análisis anterior, resulta evidente que: 1. El gobierno de Sudán fue responsable de las principales atrocidades masivas cometidas contra los grupos fur, masalit y zaghawa, fundamentalmente. 2. El gobierno de Sudán tuvo la intención de destruir total o parcialmente a los grupos fur, masalit y zaghawa de Darfur, principalmente. 3. Las víctimas de las atrocidades masivas perpetradas por el gobierno de Sudán y las milicias janjawid pertenecieron a grupos étnicos identificables y, a su vez, a una categoría racial impuesta por los perpetradores. 4. Los efectos inmediatos de las atrocidades masivas perpetradas por el gobierno de Sudán y las milicias janjawid amenazaron la supervivencia de los grupos fur, masalit y zaghawa, principalmente.

Finalmente, a pesar de que el principal motivo de la campaña de destrucción llevada a cabo por los perpetradores parece ser la eliminación de la base de apoyo de sus opositores políticos, en Darfur ocurrió un genocidio debido a que las víctimas fueron seleccionadas con base en una identidad racial impuesta o atribuida a grupos étnicos específicos, y no con base en una identidad política.