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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Y MEDIO AMBIENTE DE LA EMPRESA ROCA FUERTE E.I.R.L. RISST REGLAMM

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RISST REGLAMMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO pág. 1

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO CARGO DE ENTREGA DEL REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Yo, …………………………………………………………………………………………………………………………………………………………. Hago recepción de un ejemplar del REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. Entiendo que es mi deber LEER, ESTUDIAR Y CUMPLIR estas reglas de seguridad y medio ambiente y procedimientos de trabajos (electricidad, altura, confinado y construcción).

También me comprometo voluntariamente a difundir y velar su cumplimiento entre mis compañeros.

Firma del Trabajador

Responsable

Ap. Y Nomb.:

N° DNI:

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PRESENTACIÓN

El Reglamento Interno de Trabajo de la Empresa ROCA FUERTE E.I.R.L., ha sido elaborado primordialmente para fijar las pautas que conduzcan al mantenimiento y fomento de unas relaciones laborales adecuadas y armoniosas entre el trabajador y la empresa. Por ello su normativa está inequívocamente orientada a sentar bases muy consistentes que afirmen ese ordenamiento básico e ineludible que se exige a toda empresa, que como ROCA FUERTE E.I.R.L., es consciente que su crecimiento depende, en gran medida, del desarrollo y progreso de su personal.

Consideramos al factor humano como el elemento principal de la organización, de ahí que se haya puesto especial énfasis en conservar y apoyar al servidor honesto y competente, dándole todas las facilidades para su realización personal entendiendo que con tal consideración los beneficiarios naturales serán finalmente el trabajador y la empresa. En ese sentido, el Reglamento Interno de Trabajo, en ROCA FUERTE E.I.R.L, se constituye en un importante instrumento que además de regular las relaciones de trabajo contribuirá sosteniblemente al desarrollo del personal.

ROCA FUERTE E.I.R.L., también como parte de su política empresarial ha asumido el compromiso de preservar la seguridad, la salud, conservar el medio ambiente y mejorar las condiciones de vida de sus trabajadores, contratistas, clientes y de la sociedad en general; para tal fin, ha implementado un sistema de gestión en seguridad y salud en el trabajo.

En consecuencia y en cumplimento de lo dispuesto en el artículo 34 de la ley 29783, ley de seguridad y salud en el trabajo, se aprueba la sexta versión del reglamento interno de seguridad, salud en el trabajo.

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RESUMEN EJECUTIVO

ROCA FUERTE E.I.R.L.,

es una empresa de construcción,

energía y

telecomunicaciones que desarrolla sus actividades a través de las siguientes líneas de negocio: obra civil, instalación y tendido de fibra óptica, mantenimiento de planta externa y servicio al cliente.

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INDICE PRESENTACION RESUMEN EJECUTIVO PRESENTACIÓN ............................................................................................................................... 3 RESUMEN EJECUTIVO ................................................................................................................... 4 CAPÍTULO I: OBJETIVOS ALCANCES Y TERMINOLOGÍA .................................................... 7 1.1.

Objetivo ............................................................................................................................. 7

1.2.

Alcance ............................................................................................................................. 8

1.3.

Terminología .................................................................................................................... 8

CAPITULO II: LIDERAZGO, COMPROMISO Y POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Y MEDIO AMBIENTE ........................................................................................... 11 2.1.

Liderazgo y Compromiso ........................................................................................... 11

2.2.

Política De Seguridad Y Salud En El Trabajo ....................................................... 12

CAPITULO III: ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR, DE LOS SUPERVISORES, DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES ............................................................................................................................................................. 13 3.1.

Funciones y Responsabilidades .............................................................................. 13

3.1.1.

Funciones y Responsabilidades De La Empresa .......................................... 13

3.1.2.

Funciones y Responsabilidades del Sub Gerente de Operaciones ......... 14

3.1.3.

Funciones y Responsabilidades del Coordinador de SSTMA ................... 14

3.1.4.

Funciones y Responsabilidades del Prevencionista de Riesgos ............. 16

3.1.5.

Funciones y Responsabilidades de los Supervisores y Jefes Inmediatos 17

3.1.6.

Funciones y Responsabilidades de los Trabajadores ................................. 18

3.2.

Organización interna de seguridad y salud en el trabajo .................................. 19

3.2.1. Funciones y responsabilidades del comité de seguridad y salud en el trabajo 19 3.2.2.

Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo ............................................... 20

3.2.3.

Mapa de Riesgos .................................................................................................... 20

3.3. Implementación de Registros y Documentación del Sistema de Gestión de SSTMA ......................................................................................................................................... 21 3.4. Funciones y responsabilidades de las empresas que brindan servicio para ROCA FUERTE E.I.R.L. ........................................................................................................... 21

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CAPÍTULO IV: ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO EN LAS OPERACIONES ............................................................................................................................... 22 CAPÍTULO V: ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO EN LOS SERVICIOS Y ACTIVIDADES CONEXAS .................................................................................. 23 CAPÍTULO VI: PREPARACIÓN Y RESPUESTA PARA CASOS DE EMERGENCIAS ..... 24 6.1.

Consideraciones Generales ...................................................................................... 24

6.2.

Plan de emergencia y simulacros. ........................................................................... 25

6.3 Prevención y Control de Incendios............................................................................... 25 6.4 Medidas de Seguridad en caso de Sismos............................................................... 26 6.5 Medidas de Seguridad en caso de Huaycos ............................................................ 26 6.6 Medidas de Seguridad en caso de Inundaciones ................................................... 26 6.7 Manipulación de Equipos Eléctricos en caso de Incendio .................................. 27 CAPÍTULO VII IMPLEMENTOS Y EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL ................... 28 CAPÍTULO VIII EQUIPOS DE PROTECCIÓN COLECTIVA ................................................... 29 8.1 Equipo Revelador o Detector de Tensión ................................................................... 29 8.2 Equipo de Puesta a Tierra ............................................................................................... 29 8.3 Pértigas ................................................................................................................................ 30 8.4 Señalización ........................................................................................................................ 30 CAPÍTULO IX SEGURIDAD EN OFICINAS ................................................................................ 31 9.1. Condiciones de seguridad para las actividades ejecutadas ................................ 31 9.2 Puertas y escaleras ........................................................................................................... 32 9.3 De las instalaciones eléctricas. ..................................................................................... 32 CAPÍTULO X NORMAS PARA CONDUCTORES DE VEHÍCULOS ...................................... 33 10.1. Consideraciones Generales ........................................................................................ 33 10.2. Prohibiciones para los conductores. ........................................................................ 33 CAPÍTULO XI SALUD EN EL TRABAJO ................................................................................... 34 11.1. Consideraciones Generales ........................................................................................ 34 CAPÍTULO XII PROTECCIÓN AMBIENTAL .............................................................................. 59 12.1 Política Ambiental ........................................................................................................... 59 12.2 Protección al Medio Ambiente ..................................................................................... 60 12.2.1 Protección al Aire ....................................................................................................... 60 12.2.2 Protección al Agua .................................................................................................... 61 12.2.3 Protección al Suelo.................................................................................................... 61

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12.2.4 PROTECCIÓN AL PATRIMONIO ..................................................................................... 61 12.2.5 PROTECCIÓN A LA FLORA ............................................................................................. 62 12.2.6 PROTECCIÓN A LA FAUNA ............................................................................................ 63 12.2.7 CLASIFICACIÓN Y DISPOSICIÓN DE RESIDUOS ...................................................... 64 CAPITULO XVII SEÑALIZACION DE SEGURIDAD ................................................................. 67 SIGNIFICADO GENERAL DE LOS COLORES DE SEGURIDAD.......................................... 67 COLORES DE CONTRASTE ........................................................................................................ 68 FORMA GEOMETRICA Y SIGNIFICADO ................................................................................... 68 a. Señales reglamentarias.- ......................................................................................................... 69 b. Señales de advertencia.-.......................................................................................................... 70 CAPITULO XVII INFRACCIONES, SANCIONES Y RECLAMOS ........................................... 81 1. Consideraciones Generales .............................................................................................. 81 Artículo 135.- Generalidades ....................................................................................................... 83 Artículo 136.- Responsabilidades .............................................................................................. 83 3. Estímulos ............................................................................................................................... 83 DISPOSICIONES FINALES ........................................................................................................... 84 ANEXOS ............................................................................................................................................ 84 ANEXO 02.- PAPELETAS.............................................................................................................. 86

CAPÍTULO I: OBJETIVOS ALCANCES Y TERMINOLOGÍA 1.1. Objetivo Artículo 1.- El presente reglamento interno de ROCA FUERTE E.I.R.L., tiene como objetivos: a. Garantizar las condiciones de seguridad y salvaguardar la vida, integridad física y el bienestar de los trabajadores, mediante la prevención de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales. b. Promover una cultura de prevención de riesgos laborales entre los trabajadores, contratistas, proveedores y todos aquellos que presenten servicios en relación a la empresa con el fin de garantizar las condiciones de seguridad y salud ocupacional. c. Propiciar el mejoramiento continuo de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo y medio ambiente, a fin de evitar y prevenir daños a la salud, instalaciones, procesos, así como en las diferentes actividades ejecutadas

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facilitando la identificación de los peligros existentes, la evaluación de riesgos e implementación de controles. d. Proteger las instalaciones y propiedad de la empresa con el objetivo de preservar la fuente de trabajo y mejorar la productividad. e. Estimular y fomentar un mayor desarrollo de la conciencia de prevención de los trabajadores, proveedores y contratistas en el Sistema de Gestión de Seguridad y salud en el trabajador. f. Velar por el cumplimiento de la legislación ambiental que aplica a nuestras actividades.

1.2. Alcance Artículo 2. - Este reglamento es de cumplimiento obligatorio en todas las actividades que desarrolla ROCA FUERTE E.I.R.L., así como las que desarrollen las asociaciones y/o consorcios en los que ROCA FUERTE E.I.R.L, tenga el control administrativo (previo acuerdo con el órgano directivo). Los lineamientos establecidos en este Reglamento son obligatorios para todo trabajador, contratista y terceros que ejecuten trabajos para ROCA FUERTE E.I.R.L 1.3. Terminología Artículo 3.- Para los efectos del presente reglamento se entenderá por:

 Accidente de trabajo: Suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajo una lesión orgánica, perturbación funcional, invalidez o muerte. Es también un incidente que ha dado lugar a un daño, deterioro de la salud o a una fatalidad.  Asesor en seguridad delictiva: Será externo y actuará cada vez que surjan temas fuera del ámbito laboral, se cuente con una opinión experta que asesore a las áreas de recursos humanos y gerencia de operaciones. Cualquier suceso en obra debe ser informado para la intervención del mencionado asesor.  Alta Dirección: Presidencia Ejecutiva y Gerencia General de la empresa.  Aspecto Ambiental: Elemento de las actividades, productos o servicios de una organización que puede interactuar con el medio ambiente.  A.S.T. Análisis de Seguridad en el Trabajo: Es un procedimiento que se emplea para examinar los métodos de trabajo e identificar peligros encontrados al realizar la actividad.  Comité de seguridad y Salud en el Trabajo: Órgano paritario constituido por representantes del empleador y de los trabajadores, con las facultades y obligaciones previstas por las normas vigentes, pág. 8

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destinado a la consulta regular y periódica de las condiciones de trabajo, a la promoción y vigilancia de programa de gestión en seguridad y salud en el trabajo de la empresa.  Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo en área de ejecución: Órgano constituido por lo gerentes de proyectos, gerentes de operaciones, departamento de seguridad, y departamento de recursos humanos con las facultades y obligaciones previstas por las normas vigentes, destinada a la vigilancia del programa de gestión en seguridad y salud en el trabajo de la empresa, en todo lo referido a los proyectos. Este comité debe analizar las actas de los comités paritarios en obra, y poner en marcha las acciones correctivas necesarias para prevenir accidentes.  Condiciones y ambiente de trabajo: Aquellos elementos, agentes o factores presentes en el proceso de trabajo que tienen influencia en la generación de riesgos que afectan a la seguridad y salud ocupacional de los trabajadores.  Coordinador de SSTMA: Encargado de desarrollar, implementar y mantener un sistema de gestión de calidad, prevención y medio ambiente. De acuerdo a la estructura de puestos, esta función puede desarrollarla el coordinador SIG y el Jefe de SSTMA.  Enfermedad Ocupacional: Es el daño orgánico o funcional infringido al trabajador como resultado de la exposición a factores de riesgo físico, químicos, biológicos y ergonómicos inherentes a la actividad laboral.

 Ergonomía: Llamada también ingeniería humana, es la ciencia que busca optimizar la interacción entre el trabajador, maquinaria y ambiente de trabajo con el fin de adecuar los puestos, ambientes y la organización del trabajo a las capacidades y características de los trabajadores, a fin de minimizar su seguridad y salud.  Estándares de Trabajo: Es un parámetro que indica la forma correcta de hacer las cosas. El estándar satisface las siguientes preguntas: ¿Qué?, ¿Quién? ¿Cuándo?  Exámenes Médicos (en virtud de lo establecido en el artículo 49 d) de la Ley 29783: Exámenes Médicos de Pre empleo: Son evaluaciones médicas que se realizan al trabajador antes de que este sea admitido en un puesto de trabajo. Tiene por objetivo determinar el estado de salud al momento del ingreso y su mejor ubicación en un puesto de trabajo. Exámenes Médicos Periódicos: Son evaluaciones médicas que se realizan al trabajador durante el ejercicio del vínculo laboral. Esto exámenes tienen por objetivo la promoción de la salud en el trabajo a través de la detección precoz de signos de patologías ocupacionales. Asimismo, permiten definir la eficiencia de las medidas preventivas y de control de riesgos en el trabajo, su impacto, y orientación.

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Exámenes de Retiro: Son evaluaciones médicas realizadas al trabajador una vez concluido el vínculo laboral. Mediante estos exámenes se busca detectar enfermedades ocupacionales, secuelas de accidentes de trabajo y, en general, situaciones de salud agravadas por el trabajo.  Sub-Gerente de Operaciones: Funcionario responsable de la ejecución de los distintos proyectos de la empresa y encargado directo de velar por el cumplimiento y control de los sistemas de seguridad establecidos por la empresa en coordinación con el Coordinador de SSTMA.  Impacto Ambiental: Cualquier cambio en el medio ambiente ya sea adverso o beneficioso, como resultado total o parcial de los aspectos ambientales de una organización. Incidente: Suceso acaecido en el curso del trabajo o en relación con el trabajo, en el que la persona afectada no sufre lesiones corporales, o en que estas solo requieran cuidados de primeros auxilios.  Medio Ambiente: Entorno en el cual una organización opera, incluidos el aire, el agua, el suelo, los recursos naturales, la flora, la fauna, los seres humanos y su interrelación.  Normas de Obligado Cumplimiento (NOC): Normas de gestión que son de obligatorio cumplimiento y aplicación para todas las sociedades de ROCA FUERTE E.I.R.L  No Conformidad (NC): La desviación o incumplimiento de un requisito establecido, tales como: procedimientos, estándares, legalidad y normativas.  Peligro: Situación característica intrínseca de algo capaz de ocasionar daños a la persona, equipo, proceso y ambiente.  Plan de Emergencia: Documento guía de las medidas que se deberán tomar ante ciertas condiciones o situaciones de gran envergadura e incluye responsabilidad de procesos y departamentos, recursos del empleador disponibles para su uso, fuentes de ayuda externas, procedimientos generales a seguir, autoridad para tomar decisiones, las comunicaciones e informes exigidos.  Prevención de Riesgos Laborales: El termino Prevención de Riesgos Laborales es equivalente a Seguridad y Salud en el Trabajo, Seguridad y Salud Ocupacional o Higiene en el Trabajo.  Prevencionista de Riesgos (PDR): Encargado de la inspección y correción de los trabajos desarrollados en la empresa en material de Seguridad, Salud en el trabajo y Medio Ambiente.  Procedimiento Operativo General (POG): Procedimientos de gestión que se aplican en todas las áreas y proyectos de la empresa.  Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo:

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Conjunto de actividades de prevención en Seguridad y Salud en el Trabajo que establece la organización, proyecto o servicio para ejecutar a lo largo de un periodo año. Riesgo: Probabilidad de que un peligro se materialice en unas determinadas condiciones y sea generador de daños a las personas, equipos y al ambiente.  Salud Ocupacional: Rama de la salud pública que tiene por finalidad promover y mantener el mayor grado de bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las ocupaciones; prevenir riesgos en el trabajo; prevenir todo daño a la salud causado por las condiciones de trabajo y por los factores de riesgo; y adecuar el trabajo al trabajador, atendiendo a sus aptitudes y capacidades.  Sistema integrado de Gestión (SIG): Es la administración en forma integrada de los sistemas de gestión de calidad, seguridad, salud ocupacional y medio ambiente. Conjunto de elementos interrelacionados o interactivos que tienen por objetivo establecer una política, objetivos de seguridad y salud en el trabajo, mecanismo y acciones necesarios para alcanzar dichos objetivos, estando íntimamente relacionado con el concepto de responsabilidad social empresarial, en el orden de crear conciencia sobre el ofrecimiento de buenas condiciones laborales a los trabajadores mejorando, de este modo, la calidad de vida de los mismos, así como promoviendo la competitividad de los empleadores en el mercado.

CAPITULO II: LIDERAZGO, COMPROMISO Y POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Y MEDIO AMBIENTE

2.1. Liderazgo y Compromiso Artículo 4.- La alta dirección de la sociedad se encuentra a cargo de implementar políticas de gestión de seguridad, salud en el trabajo y medio ambiente en ROCA FUERTE E.I.R.L. En ese sentido, con relación a la gestión de seguridad, salud ocupacional y medio ambiente se compromete a: a. Liderar y brindar los recursos para el desarrollo de todas las actividades en la organización para el adecuado manejo del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo y medio ambiente a fin de lograr su éxito en la prevención de incidentes y enfermedades ocupacionales y daños ambientales. b. Proveer los recursos necesarios para mantener un ambiente de trabajo seguro y saludable. c. Aprobar los programas de seguridad, salud ocupacional y medio ambiente; medir su desempeño implementando aquellas mejoras propuestos por los órganos especializados de la sociedad que se justifiquen. pág. 11

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d. Fomentar una actuación acorde con las prácticas aceptables de la industria y con pleno cumplimiento de las leyes y reglamentos de seguridad, salud en el trabajo y medio ambiente. e. Velar por la investigación adecuada de las causas de los accidentes de trabajo, enfermedades profesionales e incidentes ocurridos de seguridad y medio ambiente; coordinar el desarrollo de las acciones preventivas que sean pertinentes. f. Fomentar y brindar los recursos necesarios para el entrenamiento y la capacitación del personal de la sociedad a efectos de lograr un desempeño seguro y productivo de parte de estos. g. Mantener un alto nivel de alistamiento para actuar en casos de emergencias promoviendo su integración con el Sistema Nacional de Defensa Civil. h. Definir e implementar las políticas necesarias para que los proveedores y contratistas de la sociedad cumplan con todas las normas aplicables de seguridad, salud en el trabajo y medio ambiente. i. Aprobar los objetivos anuales del área de SSTMA de ROCA FUERTE E.I.R.L, Aprobar el manual, estándares de SSTMA, así como los Procedimientos Operativos Generales de ROCA FUERTE E.I.R.L Aprobar el plan anual de auditorías. j. Aprobar el plan anual de capacitación. k. Realizar la revisión anual del sistema de gestión de SSTMA. l. Velar por que se cumplan las NOC y POG por las instancias correspondientes. De igual forma, en ejercicio de su liderazgo y compromiso, la Alta Dirección designa al Sub Gerente de Operaciones y al Coordinador de SSTMA como los encargados de dar cumplimiento a las políticas y directrices de seguridad, salud en el trabajo y medio ambiente en los Proyectos que ejecute la empresa. 2.2. Política De Seguridad Y Salud En El Trabajo En ROCA FUERTE E.I.R.L., nos dedicamos a la ingeniería y construcción, proporcionando soluciones integrales a nuestros clientes, con especial atención a proyectos de obra civil, hidráulica, y electromecánica; aportando valor a nuestros accionistas y proporcionando a los trabajadores un ambiente de trabajo seguro y saludable a través de una exhaustiva identificación de peligros, evaluación y control de los riesgos a nuestras actividades. Para ello establecemos los siguientes puntos clave:  Normativa legal. - cumplir con la normativa legal aplicable y con otros requisitos que la organización suscriba relacionados con sus peligros para la seguridad y salud en el trabajo.  Sistematización. - Se tiene implantado un sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo basado en la norma OHSAS 18001, el cual es compatible con los sistemas de gestión de la organización.

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 



Mejora continua. - La salud de los trabajadores y la mejora continua de las condiciones de seguridad de los lugares de trabajo son objetivos básicos de la organización basados en la norma OHSAS 18001. Formación. - Proporcionar una formación permanente adecuada que permita la participación del personal en el proceso de mejora continua. Responsabilidad. - Las obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo son inseparables de la actividad o tarea que se realice. Cada trabajador debe asumir su responsabilidad de trabajo con seguridad, en base a la formación e instrucciones recibidas. Involucramiento. - Los trabajadores y sus representantes son consultados y participan activamente en todas las instancias que tiene el sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo.

CAPITULO III: ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR, DE LOS SUPERVISORES, DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES 3.1. Funciones y Responsabilidades 3.1.1. Funciones y Responsabilidades De La Empresa Artículo 5.- ROCA FUERTE E.I.R.L., asume su responsabilidad en la organización del Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo y Medio Ambiente, y garantiza el cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en el presente reglamento para lo que: a. La empresa será responsable de la prevención y conservación de las instalaciones y lugares de trabajo asegurando de que estén concluidos, equipados y dirigidos de manera que suministre una adecuada protección a los trabajadores contra incidentes que afecten su vida, salud e integridad física y el medio ambiente. b. La empresa instruirá a sus trabajadores respecto a los riesgos a los que se encuentren expuestos en las labores que se realizan, adoptando las medidas necesarias para evitar incidentes o enfermedades ocupacionales. c. La empresa instruirá a sus trabajadores respecto a los aspectos ambientales relacionados a sus actividades, así como a los riesgos inherentes a esta, para adoptar medidas necesarias y evitar incidentes o daños en el medio ambiente. d. La empresa desarrolla acciones de sensibilización, capacitación y entrenamiento promoviendo el cumplimiento por parte de los trabajadores de las normas de seguridad, salud ocupacional y medio ambiente. e. La empresa proporcionará a sus trabajadores de los equipos de protección personal de acuerdo a la actividad que realicen y los peligros identificados en la matriz IPER, y dotará a la maquinaria de resguardo y dispositivos de pág. 13

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control necesarios para evitar incidentes ocupacionales y de medio ambiente. f. Dar facilidades y estimular al Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo para el cumplimiento de sus funciones. g. Implementar las recomendaciones del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.

3.1.2. Funciones y Responsabilidades del Sub Gerente de Operaciones Artículo 6.- El Sub Gerente de Operaciones y todo personal designado inmediatamente por debajo del Subgerente de Operaciones encargado de tener una Jefatura de área o de Proyecto asume las siguientes responsabilidades: a. Liderar y predicar con el ejemplo, determinando la responsabilidad en todos los niveles. b. Cumplir con el programa de SST y Plan Ambiental desarrollado para el proyecto. c. Cumplir los objetivos específicos en materia de SSTMA desarrollados para el proyecto. d. Realizar Informes de No Conformidad y prestar atención oportuna a los IRP apertura dos en materia de seguridad y salud en el trabajo. e. Verificar el cumplimiento de las acciones correctivas generadas a raíz de los accidentes, incidentes, actos y condiciones sub estándar. f. Brindar los recursos necesarios para implementar el Programa de SST y Plan Ambiental. g. Asegurar que las responsabilidades de seguridad y salud en el trabajo y, medio ambiente del personal y contratistas estén claramente definidas, de acuerdo a lo estipulado en los procedimientos operativos generales y ejecutivos. h. En ejercicio de sus funciones, solicitar la paralización de cualquier actividad que pudieran suponer una potencial vulneración a las políticas de seguridad y medio ambiente de la empresa y demás normas aplicables, i. Supervisar que en la ejecución de cualquier actividad relacionada a la ejecución de los proyectos a su cargo se cuente, de manera previa, con los permisos, autorizaciones y licencias gubernamentales correspondientes, j. Considerar dentro de las reuniones internas los temas de eco eficiencia aplicados en los proyectos, así como otros temas ambientales. k. Entregar los recursos y tornar las acciones que se necesiten para el levantamiento de las indicaciones nacidas del comité paritario y que busquen directamente mejorar la gestión de seguridad y salud en el trabajo.

3.1.3. Funciones y Responsabilidades del Coordinador de SSTMA

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Artículo 7. - Revisar y actualizar los estándares de SST existentes y elaborar nuevos estándares necesarios para mejorar el control operacional. a. Revisar los Procedimientos Operativos Generales (POG) del sistema de la gestión de la SST.  Actividades relacionadas con el Comité Paritario (Sede Central) y subcomités paritarios (proyectos):  Tener actualizada la carpeta del Comité Paritario (Sede Central), hacer seguimiento y documentar el cumplimiento de los compromisos asumidos en dicho Comité.  Tener actualizado la carpeta que evidencia la realización de los Subcomités Paritarios en los Proyectos (Cada supervisor verificara el cumplimiento de la realización de los subcomités Paritarios de sus proyectos asignados, así como del cumplimiento de los acuerdos y medidas adoptadas). b. Capacitación y Formación:  Elaborar el Plan Anual de Capacitación en temas relacionados, a la SST. Coordinar su realización con las demás áreas de la Organización respecto a la fecha programada y personal convocado (cada supervisor coordinara con la jefatura de los proyectos asignados la participación de su personal en el curso a realizarse).  Propiciar y participar en cursos para difundir las normas y estándares relacionadas a la gestión de la SST al personal de la Organización. c. Elaborar los informes mensuales para el corporativo en base a la información recibida de la gestión de los proyectos. Cada supervisor verifica, revisa y hace el seguimiento a la información enviada por sus proyectos (informe mensual de la gestión de la SST del proyecto). d. Revisar periódicamente y mantener actualizada la matriz de requisitos legales que en materia de SST aplican a la Organización (coordinar con el área legal la actualización de dicha matriz). Difundir periódicamente y cada vez que el estado emite una nueva norma de SST a todas las áreas de la Organización), verificando el cumplimiento del requisito legal aplicables al proyecto asignado. e. Elaborar el programa anual y mensual de auditorías internas y visitas de seguimiento de la gestión de la SST en la Organización, mantener actualizado la información que incluye los informes de auditorías internas y el seguimiento a las medidas correctivas adoptadas para eliminar la causa de No Conformidades halladas. f. El Supervisor realizará la Auditorías internas al proyecto asignado, elaborará el informe correspondiente y hará el seguimiento a las medidas correctivas adoptadas para eliminar la causa de las No Conformidades halladas. Hace el seguimiento hasta el cierre de las No Conformidades. g. Mantener actualizado la carpeta de reportes de incidentes / accidentes ocurridos en la Organización. Analiza los índices de accidentabilidad compara con el objetivo de la Organización y propone acciones para lograr el objetivo, h. Revisa el informe de la investigación del incidente / accidente (del proyecto asignado) y asegura se hayan identificado las causas raíces que provocaron pág. 15

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el evento, hace el seguimiento a la implementación de las medidas correctivas / preventivas adoptadas para eliminar dichas causas. i. Asesorar, capacitar en las herramientas de gestión de la SST a los coordinadores y gestores de la SST de los proyectos. Difundir Reglamentos, normas internas, estándares de SST en los proyectos para mejorar las buenas prácticas y conductas preventivas del personal. j. Gestionar la SST en las oficinas administrativas (Sede Central de la Organización) y almacenes. k. Elabora Programas de SST y prepara documentación relacionada a la gestión de la SST de la Organización cuando lo solicite el área de ofertas, otras áreas o futuros clientes de la Organización.

3.1.4. Funciones y Responsabilidades del Prevencionista de Riesgos Artículo 8.- El Prevencionista de Riesgos es el responsable de hacer velar por el cumplimiento de las políticas y normas de seguridad, salud en el trabajo y medio ambiente de parte de todas las unidades organizativas de la empresa. En el caso de los Proyectos en ejecución a los que se le asigne ejercerá esta función en coordinación con el Coordinador de SSTMA. Asumirá también las siguientes responsabilidades: a. Velar por el cumplimiento las políticas de seguridad y salud en el trabajo, así como de reportar a su superior jerárquico el incumplimiento de las mismas. b. Supervisa la gestión de la seguridad y salud en el trabajo, velando por su cumplimiento. Informa sobre el contenido y alcance de las NOC al Jefe de Proyecto. c. Crear y hacer cumplir los procedimientos de seguridad y salud en el trabajo. d. Ordenar la paralización y/o tomar las medidas de precaución necesarias frente a actividades riesgosas que no cuenten con un procedimiento de seguridad previamente establecido para su ejecución o vulneren el mismo. e. Difundir los cambios del marco normativo de seguridad y salud en el trabajo, así como informar y capacitar sobre los mismos a todos los trabajadores. f. Incorporar los cambios legales y hacer las difusiones pertinentes a todos los niveles según corresponda. Proponer cambios al presente reglamento. g. Analizar y designar los recursos necesarios para la adecuada supervisión de las políticas y normas de seguridad en la empresa y en los distintos proyectos, h. Brindar las facilidades necesarias para que se lleven a cabo los Comités de Seguridad y Salud en el trabajo, así como encargarse de la custodia de los libros de actas respectivos. i. Organizar la realización de simulacros y Planes de Emergencia de la organización. j. Elaborar, controlar y distribuir los Estándares de SSTMA y los Procedimientos Operativos Generales. k. Elaborar, revisar, controlar y distribuir el Plan Anual de Auditorias. pág. 16

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l. Realizar la evaluación periódica de los auditores internos. m. Promover y monitorear los Programas de SSTMA y realizar los respectivos informes de seguimiento, n. Entrenar a los supervisores y auditores en temas aplicativos de SSTMA. o. Revisar y mantener actualizado el listado de las regulaciones locales con impacto en SSTMA, así como de los permisos necesarios para el desarrollo de las actividades. p. Realizar inspecciones y adoptar medidas correctivas para verificar las condiciones seguras de trabajo.

3.1.5. Funciones y Responsabilidades de los Supervisores y Jefes Inmediatos Artículo 9.- Todos los supervisores de la empresa asumen las siguientes responsabilidades: a. Asegurarse que los trabajadores, contratistas y tercero cumplan con el presente Reglamento Interno de SST, Estándares de SST, procedimientos, especificaciones e instructivos de trabajo, liderando y predicando con el ejemplo. b. Tomar toda precaución razonable para proteger, a los trabajadores, identificando los peligros, evaluando y minimizando los riesgos adoptando las medidas de control adecuadas, registrarlas; y evitar los trabajos con riesgos intolerables. c. Responder por la dotación de los implementos de seguridad de los trabajadores. d. Asegurarse que los trabajadores usen máquinas con las guardas de protección colocadas en su lugar. e. Asegurarse que se empleen los procedimientos de bloqueo de maquinaria que no esté segura. f. Detectar y resolver las necesidades y problemas de seguridad de sus subordinados, en particular sus necesidades de formación específica en técnicas de seguridad, en coordinación con el departamento de SSTMA. g. Realizar, con los trabajadores a su cargo el Análisis de seguridad en el trabajo y participar de las charlas de 5min antes de iniciar las actividades bajo su responsabilidad. h. Facilitar los primeros auxilios y la evacuación de los trabajadores) lesionado(s), o que esté(n) en peligro, siempre verificar el plan de contingencia antes de intervenir en la emergencia y coordinarla con los involucrados. i. Actuar inmediatamente sobre cualquier peligro que sea informado en el lugar de trabajo. j. Ser responsable por su seguridad y la de los trabajadores que están en a su mando.

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k. Capacitar al personal en la utilización adecuada de los Estándares de SST, Procedimientos, especificaciones, instructivos y prácticas de trabajo seguro.

3.1.6. Funciones y Responsabilidades de los Trabajadores Artículo 10.- Todo el trabajador de la empresa cualquiera sea su relación laboral (incluyendo contratistas) están obligados a cumplir las normas contenidas en este Reglamento y otras disposiciones complementarias. En este sentido: a. Deberán evitar riesgos innecesarios para su seguridad y su salud y/o la de sus compañeros de trabajo, así también evitarán los daños al medio ambiente. b. Los trabajadores harán uso adecuado de todos los resguardos y/o dispositivos de seguridad y otros medios suministrados para su protección, y obedecerán todas las instrucciones de seguridad procedente o aprobada por la autoridad competente, relacionada con el trabajo. c. Deben informar a su jefe inmediato y estos a su vez a la Gerencia, de los incidentes y accidentes en el trabajo y ambientales ocurridos por menores que sean. d. Ningún trabajador intervendrá, cambiará desplazará, dañará o destruirá los dispositivos de seguridad o aparatos destinados para su protección, o la de terceros, ni cambiará los métodos o procedimientos adoptados por la empresa, de ser el caso este será acreedor a la sanción que corresponda. e. Mantener condiciones de orden y limpieza en todos los lugares y actividades. f. Están prohibidas las bromas y juegos durante la realización de las actividades laborales. g. Cumplir con los Estándares de Seguridad y Salud en el Trabajo y Medio Ambiente; h. Los Procedimientos Ejecutivos establecidos dentro del sistema de gestión de seguridad, salud ocupacional y Medio Ambiente (Parte del Sistema Integrado de Gestión). i. Ser responsables por su seguridad personal y la de sus compañeros de trabajo. j. Tener conocimiento de sus aspectos ambientales y reducirlos para no causar impactos al medio ambiente k. No manipular u operar máquinas, válvulas, tuberías, conductores eléctricos, si no se encuentran capacitados y hayan sido debidamente autorizados, l. Participar en la investigación de los incidentes de seguridad y/o medio ambiente. m. Utilizar correctamente las máquinas, equipos, herramientas y unidades de transporte. n. Está prohibido ingresar al trabajo bajo la influencia de alcohol o de drogas, las Como el introducir dichos productos a estos lugares. o. Cumplir estrictamente las instrucciones y reglamentos internos de seguridad establecidos. pág. 18

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p. Participar activamente en toda capacitación programada (Capacitación de Inducción, Capacitación Integral, Charlas de 5min, Elaboración de AST, etc.). q. Los trabajadores que incumplan con las disposiciones en materia de seguridad, salud en el trabajo, que, por acción u omisión, malogren, alteren o perjudiquen cualquier sistema, aparato, equipo de protección personal, cualquier máquina o implemento de trabajo, serán sancionados según corresponda. r. Los trabajadores que incumplan con las disposiciones en materia de medio ambiente, que por acción u omisión tengan algún impacto en el medio ambiente serán sancionados según corresponda el caso. s. Promover el compromiso, la colaboración y la participación activa de todos los trabajadores en la prevención de los riesgos del trabajo, mediante la comunicación eficaz, la participación de los trabajadores en la solución de los problemas de seguridad, la inducción, la capacitación, el entrenamiento, concursos, simulacros, entre otros, 3.2. Organización interna de seguridad y salud en el trabajo 3.2.1. Funciones y responsabilidades del comité de seguridad y salud en el trabajo Artículo 11.- Las responsabilidades del sub - comité de SST de los proyectos son: El subcomité del proyecto debe cumplir las funciones que se indican: a. Aprobar el programa de SST del proyecto y realizar el seguimiento del cumplimiento respectivo. b. Revisar los objetivos asignados en materia de seguridad y salud en el trabajo, verificar su cumplimiento y mejorar las metas asignadas. c. Realizar inspecciones periódicas en las zonas de trabajo. d. Reunirse mensualmente en forma ordinaria para analizar y evaluar el avance de los objetivos establecidos en el programa anual, y en forma extraordinaria para analizar los accidentes graves o cuando las circunstancias lo exijan. e. Mantener un registro: "Acta de Reunión" de las reuniones de los Comités. f. Analizar las causas y las estadísticas de los incidentes, accidentes y de las enfermedades ocupacionales emitiendo las recomendaciones respectivas. g. Analizar las estadísticas de los accidentes, incidentes, actos y condiciones sub estándar, dar seguimiento a las acciones correctivas para el control de las mismas. h. h) Realizar la investigación de accidentes e incidentes, para la determinación de las causas básicas e inmediatas, i. Aplicar las medidas establecidas en materia de seguridad y salud en el trabajo incluidas en los requisitos legales aplicables, procedimientos y especificaciones de seguridad, manteniendo un ávido interés por los mismos,

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j.

Realizar el seguimiento al programa de capacitación desarrollado en el programa de SST del proyecto. k. Que las actas estén al día y que los Comités se ejecuten, l. Planificar los Sub- Comités a realizarse durante el año o a lo largo del proyecto respectivo, dando aviso oportuno al Comité de SST (Sede Central).

Organigrama del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo

3.2.2. Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo Artículo 12.- El Comité aprueba el Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa y el Sub - Comité aprueba del Programa de SST del proyecto. Este Programa es elaborado por el Coordinador de SSTMA. Este programa está en relación a los objetivos contenidos en el presente Reglamento y a los otros elementos que garanticen un trabajo en forma preventiva y sistemática contra los riesgos existentes en el centro de trabajo. Luego de haber analizado y seleccionado los objetivos, contenidos, acciones, recursos y demás elementos, el comité aprobara el Cronograma del mismo, estableciendo los mecanismos de seguimiento para el cabal cumplimiento del mismo. La empresa prestara todo el apoyo para la ejecución del Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo.

3.2.3. Mapa de Riesgos

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Artículo 13.- El Mapa de Riesgos consiste en una representación gráfica a través de símbolos de uso general, indicándole nivel de exposición ya sea bajo, mediano o alto, de acuerdo a la información de la Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos realizada para cada una de las actividades de ROCA FUERTE E.I.R.L, con el cual se facilita el control y seguimiento de los mismos, mediante la implantación de controles.

3.3. Implementación de Registros y Documentación del Sistema de Gestión de SSTMA Artículo 14.- Para la evaluación del sistema de gestión de SSTMA ROCA FUERTE E.I.R.L, mantiene los siguientes registros:         

El registro de las capacitaciones de Inducción, y de 5 Minutos. El registro de las inspecciones de vehículos, EPP, oficinas, equipos, almacén, etc. El registro de incidentes y accidentes de trabajo en el que consta la investigación y las medidas correctivas adoptadas. El registro de enfermedades ocupacionales: El registro de exámenes médicos ocupacionales. Las estadísticas de seguridad y salud en el trabajo. El registro de equipos de seguridad o emergencia. El registro de los simulacros de emergencias. Las matrices de aspectos ambientales.

3.4. Funciones y responsabilidades de las empresas que brindan servicio para ROCA FUERTE E.I.R.L. Artículo 15.- Todas las empresas contratistas, subcontratistas, o terceras que brindan servicios a ROCA FUERTE E.I.R.L., asumen las siguientes responsabilidades: a. Cumplir con lo establecido por ROCA FUERTE E.I.R.L. mediante el presente reglamento interno de SST, Estándares de SST y MA, procedimientos ejecutivos, especificaciones de seguridad y la normativa legal aplicable. b. Presentar su Programa de Seguridad, Salud en el Trabajo y Plan Ambiental, así como también las directivas, políticas, manuales, procedimientos, instructivos, registros de seguridad, salud ocupacional y medio ambiente, así como los informes mensuales pertinentes a los servicios que brindará para su respectiva evaluación por el área de SSTMA de ROCA FUERTE E.I.R.L Antes de dar inicio a cualquier proyecto o actividad, el contratista deberá brindar charlas de seguridad, colocar señales de seguridad para su personal y el público en general, Elaborará el Análisis de Seguridad del Trabajo AST,

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previo a la actividad a realizar, el cual deberá ser revisado y firmado por el supervisor responsable. c. Capacitar y entrenar permanentemente a su personal en materia seguridad, salud en el trabajo y medio ambiente. Asimismo, deberá contar con los respectivos registros. d. Presentar antes del iniciar cualquier actividad para ROCA FUERTE E.I.R.L las pólizas de seguro de accidentes personales y seguro complementario de trabajo de riesgo, salud y pensión, con la respectiva relación de asegurados vigentes. e. Inmediatamente de todo incidente o accidente de trabajo según lo estipulado en la legislación nacional vigente.

CAPÍTULO IV: ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO EN LAS OPERACIONES Toda actividad que desarrolle ROCA FUERTE E.I.R.L a nivel de proyectos estará controlada por medio de los siguientes estándares de seguridad: 1. Elaboración y desarrollo de AST. 2. Programa de Inspección. 3. Programa de Capacitación. 4. Metodología de la investigación de Accidentes. 5. Señalización de seguridad en el trabajo. 6. Equipos de Protección Personal. 7. Trabajos en caliente. 8. Trabajos en espacios confinados. 9. Trabajos en altura. 10. Montaje y uso de andamios. 11. Selección, uso e inspección de accesorios de izaje. 12. Selección, uso e inspección de escaleras portátiles. 13. Operación de camión grúa. 14. Seguridad durante tormentas eléctricas. 15. Operación con equipo pesado. 16. Escalamiento y descenso de torres estructurales. 17. Manejo de materiales peligrosos. 18. Seguridad en excavaciones y zanjas. 19. Montaje Estructural. 20. Montaje Electromecánico - Líneas de Transmisión, 21. Montaje Electromecánico – Sub estaciones. 22. Obras Civiles 23. Exámenes Médicos Ocupacionales. 24. Vehículos y Conductores. 25. Prevención y control de incendios. 26. Respuesta a emergencias médicas. 27. Acciones a tomar antes, durante y después de un sismo. pág. 22

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28. Uso de botiquines. 29. Instalaciones y equipos eléctricos. Estos estándares se encuentran a disposición de todo el personal en el área de SSTMA de sede central, como de proyectos y también se encuentran desarrollados dentro de los procedimientos ejecutivos de cada actividad que desarrolla ROCA FUERTE E.I.R.L., los cuales son distribuidos y divulgados, y es de obligatorio cumplimiento para todos los trabajadores, contratistas y terceros.

CAPÍTULO V: ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO EN LOS SERVICIOS Y ACTIVIDADES CONEXAS Artículo 16.- Trabajo en Oficinas: El desarrollo de estas actividades puede conllevar a lesiones o enfermedades ocupacionales debido a la repetitividad y posturas inadecuadas que se adoptan para el ejercicio de estas tareas. La organización promueve la práctica segura de esta actividad como sensibilización, capacitación del personal y ambientes adecuados de trabajo, para una mejor prevención se debe tomar en cuenta: a. El Jefe de cada área o sector mantendrá las mejores condiciones de seguridad y salud, así como de protección al trabajador contra posibles riesgos en la oficina. b) Está prohibido:   

Fumar o prender fuego en los interiores de las oficinas. Generar exceso de ruido, que perturben las actividades de las demás personas. La reparación de máquinas o artefactos de uso administrativo deteriorados, por personal no idóneo.

b. Los muebles y enseres estarán distribuidos de modo tal que permitan el libre acceso hacia las salidas y vías de evacuación. c. Todo el personal debe conocer las zonas de seguridad, de reunión o concentración, las escaleras y las-rutas de escape. d. El personal debe reportar las averías de los servicios higiénicos, toma de Corrientes en mal estado y/o alumbrado, a las áreas responsables o a su jefatura. e. Evitar el exceso de documentos innecesarios en las oficinas. f. Los objetos o materiales de oficina que puedan causar una lesión (puntiagudos y/o punzo cortantes) se deben guardar en lugares seguras y mantenerlos con sus respectivos medios de protección. g. Para alcanzar objetos de lugares elevados, se debe usar una escalera u otro dispositivo seguro. h. Evitar dejar objetos pesados al borde de los escritorios, estos podrían caer accidentalmente y producir una lesión en el pie.

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i. j. k. l. m. n.

o.

Siempre que se derrame un líquido en el piso hay que limpiarlo inmediatamente, así podemos evitar que alguien se resbale y se accidente. Bajar las escaleras despacio y sujetándose a los pasamanos. Es necesario mantener los cajones cerrados cuando no se están utilizando, los que se dejan abiertos pueden causar golpes y lesiones, A la hora de abrir los cajones, se debe abrir un sólo cajón la vez y no varios ya que todo el mueble se puede venir abajo, de ser posible se deberán fijar los archivadores. Todo el personal mantendrá su ambiente de trabajo en condiciones de orden y limpieza a fin de evitar riesgos de accidentes, Terminada la jornada de trabajo se apagará todo equipo eléctrico o de alumbrado de las oficinas y se guardarán o depositarán los documentos en los gabinetes, archivadores y armarios o lugares adecuados para tal fin los cuales se mantendrán siempre cerrados, Para actividades de oficina también es obligatorio el cumplimiento de los estándares de segundad y salud ocupacional indicadas en el art. 19 del presente reglamento.

Artículo 17.- Servicios Generales: Sector responsable del desarrollo de trabajos de mantenimiento y limpieza de locales e instalaciones, y seguridad y vigilancia. Sus trabajos son desarrollados teniendo en cuenta sus procedimientos o de los sectores que tengan relación con ellos, entre sus actividades se tienen:   

Limpieza y jardinería en general. Seguridad y resguardo de activos. Mantenimiento de locales administrativos.

Los procedimientos relacionados a estas actividades deberán sujetarse a las medidas de prevención definidas en este Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo. Para las actividades de Servicios Generales también es obligatorio el cumplimiento de los estándares de seguridad y salud en el trabajo indicado en el presente reglamento, así como los estándares de los contratistas y terceras de servicios generales aprobados por ROCA FUERTE E.I.R.L CAPÍTULO VI: PREPARACIÓN Y RESPUESTA PARA CASOS DE EMERGENCIAS

6.1. Consideraciones Generales Artículo 18.- La empresa ha identificado luego de una evaluación de riesgos las situaciones posibles de emergencia durante la realización de los trabajos en sus pág. 24

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diferentes sedes y proyectos. Las disposiciones establecidas para una respuesta efectiva a las emergencias están descritas en el documento "Plan de Emergencias" el mismo que servirá de referencia para la capacitación. 6.2. Plan de emergencia y simulacros. Artículo 19.- Todas las sedes y proyectos de la empresa realizarán dentro de su Programa de SSTMA un plan de emergencias que contemple los procedimientos de respuesta inmediata ante un evento no deseado (accidente, sismo, incendio, etc.), así como también establecerán el nivel de participación y las responsabilidades de los integrantes del proyecto durante la emergencia. Artículo 20.- Dentro de este plan de emergencia se establecerá y fomentará un programa de entrenamiento, capacitación y habilitación para el personal de las brigadas de emergencia. Artículo 21.- En caso de incendios eléctricos, está prohibida la manipulación de equipos eléctricos por personal no experto, debiendo intervenir en este caso únicamente el personal de servicio a cuyo cargo se encuentran las instalaciones eléctricas. Artículo 22.- Se efectuarán simulacros de emergencia periódicos con la finalidad de comprobar la eficacia del sistema de prevención, el entrenamiento de las brigadas y el conocimiento del personal en cuanto al plan de emergencia. Artículo 23.- Los brigadistas serán capacitados en los temas que sean de competencia a la brigada. 6.3 Prevención y Control de Incendios Artículo 24.- El diseño eléctrico debe ser adecuado para permitir confinar o separar las áreas afectadas. Artículo 25.- Los equipos de primera línea (equipos extintores), deben instalarse en las oficinas y proyectos en cantidad, calidad y tamaño de acuerdo al nivel de riesgo de incendio que se tenga. Estos equipos se instalarán, distribuirán y mantendrán de acuerdo con las especificaciones de la NTP 350.043-1 y de la norma NFPA 10. Artículo 26.- Los equipos de segunda línea (Puertas cortafuego, etc.) tienen generalmente la misión de confinar y controlar el incendio hasta que se tenga ayuda del exterior. De acuerdo con las normas NFPA 14,22 y 24. Artículo 27.- Toda edificación y/o campamento habilitado por la empresa o alquilado debe contar con medios suficientes para evitar la propagación del fuego.

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Artículo 28.- Toda edificación de alto riesgo debe tener sistema de detección y alarma y/o de extinción de incendios ya sean manuales o automáticos a fin de detectar los incendios en sus comienzos y sea fácil de combatirlos. Artículo 29.- Las edificaciones con equipos eléctricos de baja, media y alta tensión deben contar con equipo propio que permita el control y extinción de cualquier incendio que se produzca en sus instalaciones. Artículo 30.- El agente extintor debe estar de acuerdo a la clase de incendio y teniendo en cuenta las instalaciones de baja, media y alta tensión, y las condiciones que existan en el medio donde se realizarán las labores, si es una planta industrial donde los riesgos por productos derivados de los hidrocarburos, el agente extintor deberá atender este requerimiento. Artículo 31.- La cantidad de agente extintor y su distribución debe estar de acuerdo al nivel de riesgo y los posibles agentes que puedan provocar un Incendio. 6.4 Medidas de Seguridad en caso de Sismos Artículo 32.- En el caso de sismos, inicialmente el personal debe ubicarse en zonas de seguridad, posteriormente debe desarrollarse la evacuación del personal en forma ordenada y rápida hacía en zonas externas de seguridad. El entrenamiento para caso de sismos se realizará mediante simulacros o ejercicios dos veces al año como mínimo y las veces que programe el Sistema Nacional de Defensa Civil. El personal debe tener pleno conocimiento de las zonas de seguridad, así como de las salidas de emergencia. 6.5 Medidas de Seguridad en caso de Huaycos Articulo 33.- En el caso de huaycos o derrumbes, como medida preventiva debe establecerse un sistema de vigilancia sobre las quebradas que se encuentran cercanas al lugar de trabajo. En caso de peligro inminente, se debe evacuar la zona de trabajo, previa comunicación, hacia una zona segura llevando el equipo de comunicación, rescate y primeros auxilios necesarios. Concluido el siniestro, verificar el estado de los ambientes y del sistema eléctrico y comunicaciones, no debe transitarse por la zona donde ocurrió el huayco. 6.6 Medidas de Seguridad en caso de Inundaciones Artículo 34.- En el caso de inundaciones, en lo posible deben construirse canales de desviación de agua, construir defensas, no estacionar vehículos en zonas en que pueda acumularse agua. En caso de peligro inminente se debe evacuar la zona de trabajo, previa comunicación hacia una zona segura llevando el equipo de

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comunicación, rescate y primeros auxilios necesarios, concluido el siniestro, verificar el estado de los ambientes y del sistema eléctrico y comunicaciones. 6.7 Manipulación de Equipos Eléctricos en caso de Incendio Artículo 35.- En caso de incendios eléctricos está prohibida la manipulación de equipos eléctricos por personal no autorizado, incluido el cuerpo de bomberos o brigadas de emergencia, debiendo intervenir en este caso, solamente el personal de servicio calificado y que se encuentre debidamente entrenado en aplicación de planes de acción o respuesta. Articulo 36.- Reporte de Investigaciones de Emergencias Una vez controlada la emergencia se evaluará la situación y tomaran acciones para la pronta reposición de los servicios. Articulo 37.- Los Planes de Emergencia y/o Contingencias que se realizarán permitirán:  Reportar el evento y realizar las coordinaciones de manera inmediata.  Ejecutar las acciones correctas.  Actuar con seguridad en el menor tiempo posible.  Establecer de manera precisa una línea de mando y control.  Identificar y evaluar las amenazas presentes en la instalación.  Migrar el impacto de las amenazas en caso de producirse.  Establecer un procedimiento de atención para cada tipo de amenaza con indicaciones claras y precisas.  Establecer responsables ante cada tipo de amenaza e instalación.  Determinar los requerimientos suficientes para cada tipo de amenaza.  Determinar una metodología clara y precisa que permita una actuación efectiva ante los eventos que se presenten.  Establecer un programa de simulacros a fin de capacitar a los involucrados en el mencionado plan.  Desarrollar una retroalimentación de eventos a fin de fortalecer el plan de contingencias existentes. Artículo 38.- los planes de contingencias se actualizarán en forma anual, la implementación de estos planes de contingencias y emergencias, tendrá procedimientos eficientes, que permita controlar los sucesos en el momento preciso. Articulo 39.- los planes de contingencias y/o emergencias; deben ser difundidos por los jefes del área de manera efectiva y oportuna, a fin de que el personal se encuentre preparado para actuar y consiste de cada labor a realizar y de las implicancias de los mismos. Artículo 40.- la empresa organizará, capacitará y/o entrenará brigadas de emergencia con los trabajadores. Estas brigadas deberán ser debidamente entrenadas y atender las tres primeras contingencias: pág. 27

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   

Control de amago de incendio. Movilización y evacuación de personal. Atención de heridos y primeros auxilios. Rescate en Alturas

Artículo 41.- Los trabajadores que sean seleccionados para formar brigadas serán físicamente y psicológicamente aptos para realizar los deberes que les puedan ser asignados durante las emergencias. Artículo 42.- Las brigadas de emergencia deberán ser informadas oportunamente de los riesgos especiales existentes en sus ambientes de trabajo, así mismo se les comunicará de cualquier cambio que ocurra con relación a los riesgos especiales. Artículo 43.- La empresa contara con un programa de simulacros, los que deben efectuarse por lo menos dos veces al año con la participación de todo el personal, debiendo coordinarse si fuera necesario con instituciones externas afines. Artículo 44.- En caso de incendios eléctricos está prohibida la manipulación de equipos eléctricos por personal no autorizado, incluido el cuerpo de bomberos o brigadas de emergencia, debiendo intervenir en este caso, solamente el personal de servicio calificado y que se encuentre debidamente entrenado en aplicación de planes de acción o respuesta indicada en el Plan de Contingencias de la empresa.

CAPÍTULO VII IMPLEMENTOS Y EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL Artículo 45.- Los implementos de protección personal son de uso obligatorio dentro de las áreas de trabajo, la empresa empleadora hará entrega de estos equipos siendo el trabajador el responsable del uso adecuado y el mantenimiento de los mismos. Los EPP deberán de cumplir los estándares de seguridad reglamentados tales como ANSI, AS/NZS. Artículo 46.- Se cumplirán todas las disposiciones establecidas y las especificaciones, en cuanto al almacenamiento y cuidados respectivos. El equipo de protección personal básico consta: 





Ropa de Trabajo: Todos los trabajadores deberán de utilizar en forma obligatoria su uniforme dotado por la empresa, durante toda la jornada laboral. Protección de la Cabeza: Todos los trabajadores, incluyendo a los visitantes, deberán usar cascos de seguridad, cuando se encuentren dentro de las áreas de trabajo, a excepción en las oficinas, el casco debe contar con el debido aseguramiento (barbiquejo). Protección de la Vista: Todos personales que se encuentre en el área de trabajo debe hacer uso de los lentes de seguridad y en caso de que la pág. 28

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actividad requiera protección adicional (facial) deberá usar la mica facial y/o careta de soldador dependiendo de la actividad que realiza. Protección de los Oídos: En las áreas de trabajo, donde el nivel de ruido sobrepase el límite de 80 decibeles (dB) para 8 horas de labor, será obligatorio el uso de protectores auditivos. Protección de las Vías Respiratorias: Todo trabajador será protegido contra los riesgos al aparato respiratorio originado por: Polvos, humos o nieblas. Gases y vapores tóxicos, por lo que se encuentra obligado a utilizar la protección adecuada. Protección de las Extremidades Superiores: Para dotar de guantes a los trabajadores, la empresa tomará en consideración, los riesgos a los cuales el usuario puede estar expuesto ya la necesidad del movimiento libre de los dedos, y el trabajador deberá de utilizar dichos guantes en forma obligatoria. Protección de las Extremidades Inferiores: Todo el personal que se encuentre en la ejecución de proyectos o trabajos de campo, está obligado a usar el calzado de seguridad según cada trabajo, peligro y riesgo expuesto identificado en la matriz IPER. Protección anti caída. Arneses y líneas de vida: Es de uso obligatorio para efectuar trabajos a más de 1.80 metros de altura del nivel de piso y para trabajos en profundidad mayores a 2.00m.

CAPÍTULO VIII EQUIPOS DE PROTECCIÓN COLECTIVA 8.1 Equipo Revelador o Detector de Tensión Artículo 47.- Son equipos que permiten verificar si hay o no tensión eléctrica en un circuito o equipo, son usados en la ejecución de maniobras previstas e, imprevistas en sistemas eléctricos, estos reveladores de tensión será Kn acompañados de un bastón (pértigas de operación), debidamente acondicionado.

Es obligatorio el uso de reveladores de tensión antes de la intervención de un circuito eléctrico para verificar que el circuito se encuentre sin energía eléctrica. Se deberá de cumplir el procedimiento de Probar el equipo-Revelar-Probar el equipo. Se deberá utilizar el revelador adecuado de acuerdo al nivel de tensión, las pértigas en buen estado, y guantes dieléctricos para el nivel de tensión adecuado, teniendo en cuenta que el equipo este correctamente calibrado y dentro de la fecha de vencimiento del mismo. Se deberá de cumplir con las distancias mínimas de seguridad al revelar los circuitos.

8.2 Equipo de Puesta a Tierra

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Artículo 48.- Son dispositivos utilizados para conectar un punto dado de un circuito eléctrico o equipo a una tierra local. Artículo 49.- Las operaciones para la instalación del equipo de puesta a tierra deben realizarse en el orden siguiente: a. Prueba: Asegurarse de que todas las piezas de contacto, así como los conductores del aparato, estén en buen estado. b. Antes de instalar los equipos de puesta a tierra, confirme con el revelador que el circuito donde se trabajará se encuentra sin energía eléctrica. c. Limpieza: Para una buena conexión, elimine el óxido y contaminantes del conductor, barras o puntos de contacto. d. Conexión: En primer lugar, se deberá de conectar el cable de descarga a tierra y posteriormente los cables a cada parte del circuito o equipo a aterrar. Se deberá de utilizar guantes dieléctricos de acuerdo al nivel de tensión de la línea, pértigas para realizar las conexiones, debiendo de cumplir que nunca se tenga contacto directo con los cables o equipos. Es completamente obligatorio que todo circuito o equipo a intervenir se encuentre primeramente conexionado a una puesta a tierra como mínimo.

8.3 Pértigas Artículo 50.- Se usarán en trabajos con tensión principalmente en Media Tensión y Alta Tensión, ya que su uso proporciona seguridad al usuario, protegiéndolo contra descargas eléctricas. Artículo 51.- Serán de óptima funcionalidad, es decir calibrados, ligeros, fácilmente manipulables, de fácil traslado y convenientemente protegidos mediante adecuados estuches que protejan sus propiedades dieléctricas. Podrán ser de una sola pieza o desmontable en dos o más, las cabezas serán de bronce fundido, tenaz y de alta resistencia fabricado bajo normas americanas y/o europeas. Artículo 52.- Este equipo deberá ser inspeccionado periódicamente y conservado en buenas condiciones, según lo indique su hoja técnica, siendo reemplazado en caso se encuentre en malas condiciones o calibración vencida.

8.4 Señalización Artículo 53.- Tipos de señales, de acuerdo a lo establecido en la NTP 399.0101.2004 y las normas respectivas para señalización de tránsito: 

Señales de Prohibición. - Estas señales (color rojo) denotan una orden para evitar una acción. pág. 30

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   



Señales de Obligación. - Señal (color azul) que obliga a un comportamiento determinado. Señal de Advertencia. -Señal (color amarillo) que advierte de un riesgo o peligro potencial. Señal de Emergencia. - Señales (color verde) que denotan primeros auxilios, salud equipos de emergencia, evacuación y zonas seguras. Señal contra Incendio. - Señales que denotan la ubicación y el tipo del Agente Extintor, así como también las rutas de evacuación en caso de incendio. Señales en Vía Pública. - Ningún trabajo en la vía pública, se iniciará sin la colocación debida de señales, cercos, tranqueras u otros dispositivos de señalización.

No se dejarán excavaciones abiertas. En caso de suspensión obligada del trabajo estos se protegerán con tablones o cercos que adviertan del peligro. Si la excavación debiera permanecer abierta durante la noche, será obligatorio el uso de lámpara de luces intermitentes En subestaciones convencionales subterráneas, durante los trabajos se pondrán el cerco de protección, quedando a su cuidado una persona. Las señales como tranqueras, conos, cintas, banderines y luces deben ser instaladas adecuadamente en los lugares donde exista riesgo, tales como: mover o estacionar vehículos, partes o equipos energizados que estén expuestos, excavaciones abiertas, construcciones, subestaciones subterráneas u otros. Estas señales (tranqueras, conos, luces, etc.), serán ubicadas a una distancia acorde para advertir de los riesgos a los trabajadores, conductores de vehículos y público en general. Es obligatorio que todos los frentes de trabajo o áreas a intervenir se encuentren adecuadamente señalizadas, no debiendo de iniciar ninguna actividad si no se cuenta con la correcta señalización.

CAPÍTULO IX SEGURIDAD EN OFICINAS 9.1. Condiciones de seguridad para las actividades ejecutadas Artículo 54.- Los ambientes de trabajo estarán diseñados y construidos acorde al Reglamento Nacional de Edificaciones.

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Artículo 55.- El número máximo de personas que laboren en un local deberá adecuarse a lo establecido en las directivas establecidas por el Reglamento Nacional de Edificaciones.

9.2 Puertas y escaleras Artículo 56.- Las salidas estarán claramente señalizadas, las señales se colocarán de tal manera que sean fácilmente visibles y accesibles, y estarán libres de obstrucciones que interfieran el acceso a las mismas. Artículo 57.- Las puertas de entradas y salida de los lugares de trabajo u otros confinados, deberán abrir hacia fuera y estarán debidamente señalizadas. Artículo 58.- Las escaleras estarán provistas de pasamanos y los escalones tendrán material antideslizante. Artículo 59.- Las puertas, escaleras y corredores cumplirán con el Reglamento Nacional de Edificaciones. 9.3 De las instalaciones eléctricas. Artículo 60.- Las instalaciones eléctricas serán empotradas, aisladas, entubadas y/o instaladas en canaletas, de manera tal que no sean visibles los cables eléctricos, acorde a lo establecido en el Código Nacional de Electricidad. Artículo 61.-Estará prohibido sobrecargar los interruptores de equipos eléctricos (computadora, cargadores de celular, radios, etc.) con extensiones eléctricas que no cumplan con las normas técnicas y/o no hayan sido autorizadas. Artículo 62.- Las instalaciones eléctricas permanentes o provisionales en las áreas de trabajo deberán diseñarse e instalarse con los dispositivos y protecciones de seguridad, así como señalizarse de acuerdo al voltaje y corriente de la carga instalada, atendiendo a la naturaleza de las actividades laborales y procesos de la empresa. De acuerdo al Código Nacional de Electricidad. Artículo 63.- El servicio de operación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas de las áreas de trabajo, solamente se realizará por personal capacitado y autorizado por la empresa. Artículo 64.- Todo empleado, al finalizar su jornada, deberá verificar que no queden encendidos (en su puesto de trabajo) los equipos de cómputo, equipos y/o máquinas de trabajo, cualquier otro instrumento o aparato eléctrico/ electrónico. pág. 32

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CAPÍTULO X NORMAS PARA CONDUCTORES DE VEHÍCULOS 10.1. Consideraciones Generales Artículo 65.- Todo conductor y vehículo que ingresen a laborar contarán con lo descrito en las normas y procedimientos legales.

El Jefe de Proyecto deberá velar por el cumplimiento de las normas de seguridad y salud ocupacional, siendo responsable de reportar cualquier incumplimiento del marco normativo referido.

10.2. Prohibiciones para los conductores. Artículo 66.- Las prohibiciones para los conductores de vehículos son las siguientes: a. Está prohibido el uso de bebidas alcohólicas y de sustancias ilegales, y el porte de las mismas en el vehículo de la empresa. Medicamentos con receta que puedan alterar los sentidos o causar somnolencia no podrán ser utilizados antes y durante la conducción. Las sustancias de uso prohibido son:          

Alcohol. Cocaína y sus derivados: "1r-(exo,exo)"-3-(benzoloxi)-8Metil-8-azabicyclo "3.2.1" octave -2-carboxylicacidmetilester. Marihuana: Delta9Tetrahidrocanabinol. Metadona: Clorhidrato de metadona. Anfetaminas. Morfina o derivados: Petidina, Meperidina, Tramadol. Éxtasis 4-bromo-2, S dimetoxifeniletilamina (2-(4-bromo- 2,S-dimetoxifenil) etilamina. Ketamina. LSD.

b. Cualquier conductor que esté sometido a un tratamiento médico debe asegurarse que el medicamento suministrado sea ingerido apropiadamente, correctamente recetado por un médico que conozca la condición de conductor de vehículos y todas las precauciones hayan sido tomadas antes de manejar un vehículo de la empresa.

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c. Ningún conductor deberá manejar un vehículo de manera continua, en exceso del tiempo establecido en el Reglamento de Tránsito vigente y normas complementarias. d. En el caso de los conductores que realicen recorridos en tramos de ruta largos de carretera no continuarán conduciendo el vehículo transcurridas 6 horas de viaje, sin un descanso adecuado. e. Ningún conductor deberá manejar entre las 9.00 p.m. y 5.30 a.m. salvo previa autorización del Jefe de Área y/o Jefe de Proyecto f. El horario restringido podrá ser modificado en coordinación con el área de SSTMA g. y la aprobación de Gerencia General vía el presente documento. h. Todo vehículo de obra pernoctará en la zona de campamentos, salvo indicación expresa del jefe de proyecto. i. Además de otras posibles restricciones, cualquier incumplimiento de esta sección debe ser evaluado por el comité de SSTMA para que el área de Recursos Humanos proceda con aplicar las sanciones correspondientes. Artículo 67.- Las camionetas que realizan servicios eventuales para las visitas, se plegarán al sistema de check list e inspección de vehículos, controlados por el área de SSTMA, quienes se encargarán de la recepción dichos documentos. Las personas a las cuales se les ha de asignar dicha unidad serán los encargados de realizar la verificación de dicho check list para lo cual serán asesorados por el área de SSTMA.

CAPÍTULO XI SALUD EN EL TRABAJO 11.1. Consideraciones Generales Artículo 68.- Todos los trabajadores deberán someterse a los exámenes médicos que estén obligados por norma expresa, siempre y cuando se garantice la confidencialidad del acto médico, en virtud de lo establecido en el artículo 79 e) de la Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. Artículo 69.- Todos los trabajadores son responsables de usar los equipos de protección personal escogidos para su protección de los agentes ambientales asociados al trabajo que realizan y de asistir a las capacitaciones en cuanto al control de los agentes ambientales (físicos, químicos, biológicos, psicosociales y ergonómicos) asociados a su actividad. Artículo 70.- Cuando a juicio de la empresa o del organismo administrador del Seguro se presuman riesgos de enfermedades profesionales, los trabajadores tendrán la obligación de someterse a todos los exámenes que dispongan los servicios médicos del organismo administrador, en la oportunidad y lugar que ellos determinen. Para estos efectos, el empleador expondrá las razones por las cuales se realizan los referidos exámenes médicos. pág. 34

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Artículo 71.- Manipulación de Materiales:    

Utilice un cargador para transportar las cargas. Empuje las cargas en vez de jalarlas. Evite el torcer la espalda al levantar un objeto utilizando los pies para dar pasos cortos y girar el cuerpo entero. Levante una carga, donde el esfuerzo lo realicen las piernas y no con la espalda.

Artículo 72.- Operadores de Computadoras:  



Asegúrese que el monitor esté al mismo nivel de sus ojos para evitar la fatiga en el cuello y en la cabeza El teclado debe estar al mismo nivel de los codos y levemente inclinado para mantener relajadas sus muñecas. Es recomendable usar un filtro para la pantalla del monitor de la computadora. Utilice una silla giratoria y adaptable para evitar el tener que estirarse innecesariamente.

Artículo 73.- Dada la diversidad de actividades que se desarrollan en la Empresa, a continuación, se señalan los procesos generales y los riesgos más relevantes y permanentes que deberán tener presente todos los trabajadores de ésta. Aquellos riesgos específicos que se presenten en los lugares de trabajo, serán oportunamente analizados e informados a los trabajadores involucradas, como así también los procedimientos y métodos que se adopten para ejecutar en forma segura tales labores. Esta capacitación será realizada por la supervisión correspondiente, dejando registrada la constancia de ella. Recomendaciones de Seguridad y Salud en el Trabajo para personal administrativo o por servicio específico, (de acuerdo a lo regulado en el Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo). En equipo



de

Reporte a su Jefe directo si no cuenta con la iluminación adecuada en su plano de

computación

trabajo o si tiene problemas de Enfermedades profesionales

deslumbramiento. •

Use sillas reguladoras de altura.



No se ubique a menos de 50 cm. o más de 70cm. de la pantalla.

Recomendaciones de Seguridad y Salud en el Trabajo para personal en trabajos de obra en proyectos, (de acuerdo a lo regulado en el Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo). pág. 35

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RIESGO

CONSECUENCIAS

GOLPES EN CABEZA CONTUSIONES, EROSIONES, HERIDAS CONTUSAS, CORTANTES, PUNZANTES, LUXACIONES, FRACTURAS, ESGUINCES. TEC, MUERTES.

MEDIDAS PREVENTIVAS El uso de cascos de seguridad proporcionados por la Empresa será obligatorio durante la permanencia en la 41 obra y particularmente en faenas de: •

Oescimbre



De izamiento de materiales



Armado y desarme de andamios

o estructuras Bajo escotillas, aberturas o torres •

En desplazamiento superficies inferiores de torres • •

Excavaciones. Trabajos en alturas

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de

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a)

Las escaleras de mano, deben estar

construidas de acuerdo a normas, sus largueros

deben

sobrepasar

su

punto

superior de apoyo, estar amarradas para evitar desplazamientos y tener presente las siguientes recomendaciones:

CONTUSIONES, HERIDAS, ESGUINCES, LUXACIONES, FRACTURAS, TEC, POLITRAUMATISMOS, MUERTES



Emplearlas en un ángulo seguro.



No subir con las manos ocupadas.



No bajar de espaldas a la escalera.



Mantener sus peldaños limpios.

b) Se debe usar cinturones de seguridad, que les proporciona la Empresa, en los siguientes trabajos: •

Descimbre en altura.



Armado y desarme de andamios o torres.



Montaje y desarmé de estructuras.



En trabajos en andamios en volados y colgantes.



En trabajos puntuales en líneas de alta tensión.



En plataformas en voladas de trabajo en

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altura. •

En descimbre exterior del moldaje de muro.



En trabajos de techos, próximos a bordes desprotegidos, y en todo trabajo de altura que revista riesgo o peligro de



CALDAS A IGUAL NIVEL

Caídas de altura.

c) Protecciones colectivas: Todos los bordes de losa o de excavación, andamios, deben contar con barandas resistentes que impidan CONTUSIONES, HERIDAS, ESGUINCES, LUXACIONES, FRACTURAS, TEC, POLITRAUMATISMOS, MUERTES.

o controlen el riesgo de caldas al vacío. • No correr. • Mirar por donde se camina. • Mantener pisos libres de derrames de líquidos o materias grasas, y a su vez cables (de poder, internet, etc) por las rutas de acceso. • Mantener superficies de trabajo y tránsito niveladas. • Mantener un correcto orden y aseo general de la obra. Confeccionar carreras y pasarelas con a lo menos 3 tablones bien apoyado y consolidados.

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CORTE CON OBJETOS PUNZANTES Y/O

El uso de guantes de seguridad que la

CORTANTES Empresa HERIDAS CONTUSAS CORTANTES Y PUNZANTES

proporcione

seré

obligatorio, en trabajos de: • Picado de concreto. • Estucos y yeso. • Transporte de materiales. • Montaje de piezas y estructuras. • Soldadura y en cualquier trabajo que revista riesgo de accidente para las manos. • Uso cortadora de ladrillos, y en cualquier trabajo que revista riesgo de accidente para las manos del trabajador. El uso de antiparras, lentes, y/o

PROYECCIÓN,

DE

caretas, que proporcione la Empresa, será de uso obligatorio en trabajos de:

PARTÍCULAS

• Picado de concreto (antiparra de malla). CONJUNTIVITIS, QUERATITIS

• Esmerilado de piezas metálicas (lentes policarbonato) Soldaduras (Actlnica o de Oxiacetileno). • Uso de taladro, y en cualquier trabajo

donde

existe

riesgo

de

proyección de partículas a la vista (careta facial y lentes)

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El uso de respiradores, máscaras, EXPOSICIÓN O POLVOS, GASES, ETC.

mascarillas, que proporcione la empresa será de uso obligatorio en trabajos de: • Arenado de piezas (máscara de 2 vías) • En ambientes confinados. • Soldaduras (mascarillas) •

Mezclado de cemento, cal, ambientes saturados de polvo, (máscara de 2 vías)



Cortado de ladrillos, (máscara de 2 vías) Todo trabajador que para efectuar su labor deba bajar, subir o ingresar a un lugar o área poco accesible, estrecha, mal ventilada o iluminada, exponiendo a la acción de agentes o riesgos imprevisibles, haciéndose al

NEUMOCONIOSIS, INTOXICACIONES

mismo tiempo difícil su auxilio, deberá hacerse acompañar por lo

menos de

un ayudante que, además de facilitar su labor, pueda

prestarle

la

ayuda

necesaria en caso de emergencia. En cualquier ambiente saturado que revista peligro de inhalación de gases o polvos tóxicos y/o molestos. La leche no es anti tóxica

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EXPOSICIÓN A RUIDOS

El uso de protectores auditivos, que la Empresa

proporcione,

será

de

uso

obligatorio en trabajos de:

SORDERA TOTAL O PARCIAL



Ruptura de pavimentos (tipo orejera)



Compactación de terrenos (tipo orejera)



Operación de máquinas (tipo orejera)



Operador de equipo (tipo tapón u orejera)

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Perforación con taladro (tipo tapón u orejera)

• En todos aquellos trabajos exposición a ruidos constantes.

CONTACTO CON OBJETOS

QUEMADURAS

de

El uso de manguillas, polainas, cotonas, delantales etc., que proporcione la Empresa, son de uso obligado en trabajos de: • Soldaduras al arco y oxígeno. • Esmerilado, piezas.

desgaste

de

• Operación de fragua.

CAÍDA

En todo trabajo que revista riesgo o peligro de 'quemaduras. • Mantener correcto orden y aseo, zonas

DE MATERIALES

de trabajo y tránsito.•

No dejar herramientas y/o materiales

sueltos propensos a caídas. • HERIDA, FRACTURAS, CONTUSIONES Y OTROS.

Proteger

los

perímetros

de

las

edificaciones con pantallas que impidan la caída de materiales desde altura. •

Asegurarse que todos los andamios

cuenten con rodapiés. •

Techar los sectores de acceso a

edificación. • Considerar condiciones climáticas en trabajos de altura, como por ejemplo, el viento.

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GOLPES POR O CONTRA MATERIAL

O

LESIONES QUE PUEDEN

PARTE O TOTALIDAD DEL CUERPO

BANCO ESMERIL

SIERRA CORTES, ANGULAR

CORTADORA DE LADRILLO.

Utilización de guantes.



Utilización de lentes de seguridad.



Utilización de casco de seguridad.

Uso de equipos con sus protecciones en

puntos de operación y transmisión.

CIRCULAR •





GOLPE CONTRA O

POR MÁQUINAS •

Utilización de calzado de seguridad.

AFECTAR

HERRAMIENTAS





MUTILACIONES, FRACTURAS Y CONTUSIONES PARTE O TOTALIDAD DEL CUERPO



Uso de protector facial.



Uso

de

empujadores

y/o

elementos auxiliares. Todo operador de equipo o maquinaria, deberá reportar a la brevedad, a la supervisión superior de la obra, cualquier desperfecto que ellos presenten, especialmente en sus dispositivos y accesorios de seguridad.

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GOLPES PARTÍCULAS MATERIAL



POR DE

HERIDAS Y LESIONES

Uso

de

herramientas

y

equipos con sus protecciones.

OCULARES,



Uso de protector facial.

CORTES Y



Uso de antiparras y/o lentes.



Uso de guantes.

CONTUSIONES, FACIALES Y A MIEMBROS

• Uso de seguridad.

zapatos

de

SUPERIORES

• Usar cables blindados, extensiones con sus respectivos enchufes. • Verificar existencia y estado de protector

RIESGOS ELÉCTRICOS

HERIDAS,

diferencial en tableros.

QUEMADURAS,

• No trabajar con manos húmedas.

MUTILACIONES,

• Uso de guantes secos y limpios.

CONTUSIONES,

• No utilizar equipos eléctricos en zonas

FRACTURAS A PARTE

de trabajo mojadas o húmedas.

O TOTALIDAD

• No utilizar herramientas eléctricas que

DEL CUERPO

presenten fallas de aislación o cables dañados. • Su equipo o herramienta siempre debe estar conectada a un sistema eléctrico que cuente con protector diferencial. Cuando se trate de labores de reparaciones o ampliación a realizar en las propias redes eléctricas

interiores,

se

desconectarán

completamente los circuitos correspondientes y se asegurarán mediante candados las cajas que encierran el respectivo tablero de comando.

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RIESGO

DE

QUEMADURAS, DAÑO A

• Se deberá aislar la zona de trabajo de

EXPOSICIÓN

A

LA PIEL Y OJOS,

soldadura, con biombos livianos

RADIACIONES

COMPROMISO DE LA

incombustibles.

VISIÓN POR

"Todos los trabajadores que permanezcan en

RADIACIONES:

la zona de faena deberán utilizar máscaras o

ULTRAVIOLETA,

protectores faciales con filtro y guantes.

INFRARROJA, SOLDADURA ELÉCTRICA, OXICETILENO •

RIESGOS QUÍMICOS

DERMATOSIS, LESIONES

En toda tarea que implique contacto directo en cemento, mezclas de éste o gases

A LA PIEL

tóxicos, deberán utilizarse, según sea el caso:

CONTACTO CEMENTO

CON



Guantes de goma.



Botas de goma.



Antiparras (presencia de proyección de partículas)



Máscara antipolvo (presencia de material en suspensión)



Máscara de 2 vías (con filtro químico)

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Para el control de los riesgos que implica las actividades del manejo de materiales, es fundamental que los supervisores y trabajadores conozcan las características de los materiales y los riesgos que estos RIESGO DE MANEJO DE

presentan. Como medidas -preventivas

MATERIALES

señalamos:

SOBRE

ESFUERZO EN EL MANEJO DE MATERIALES



Al levantar materiales, el trabajador deberá doblar las rodillas y mantener la espalda lo más recta posible.



Si es necesario se deberá complementar los métodos manuales con elementos auxiliares de apoyo.



Se deberá utilizar los equipos de protección personal que la situación aconseje.



Guantes.



Calzado de seguridad, etc.



Si no puede levantar una carga pida ayuda.



La carga jamás debe transportarse de manera que limite su visibilidad, fíjese por dónde camina.



Al transportar materiales, considere a sus compañeros en su entorno, puede golpearlos.

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El transporte de personal queda CAÍDA – ATROPELLOS

FRACTURAS,

estrictamente prohibido en los

CONTUSIONES,

siguientes equipos y/o vehículos:

FATALES



Montacargas.



Grúas o camión grúa.

Maquinaria pesado . •



equipo

En todo equipo o vehículo que no esté debidamente diseñado para el transporte del personal y que involucre riesgo de caídas y atrapamientos.

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El uso de calzado en la Empresa, será obligatorio durante todo GOLPE A LOS PIES

el transcurso de la obra y especialmente en: •

Movilización de piezas, estructura u

objetos pesados etc. FRACTURAS, CONTUSIONES, HERIDAS, ETC.



En todo trabajo que revista riesgos de

peligro de accidentes para los pies del trabajador. •

Preparación de mezclas, mortero,

etc. •

Concretadura (botas)



Inclemencia del tiempo.

Si la obra no se mantiene ordenada, ningún zapato impedirá las clavaduras a los pies

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OPERACIÓN

Y

Sólo personal autorizado, debe operar

MANTENCIÓN

DE

las siguientes maquinarias o equipos

EQUIPO

DE

de la Empresa : •

CONSTRUCCIÓN

Equipo tierra

de

movimiento

(cargadores, retroexcavadoras.)

CONTUSIONES, FRACTURAS, FATAL



Montacargas



Sierra Circulares



Taladro de pedestal'



Huinches manuales

Soldadoras - Vibradores de inmersión



Esmeriles angulares o de banco





Grúas.

En todo otro equipo en el cual sea imprescindible un conocimiento técnico previo, para evitar accidentes que pongan en peligro la integridad propia o de otros trabajadores. •

En las operaciones de maquinarias,

instalaciones

de

equipos,

las

protecciones u otros dispositivos de seguridad, se deberá velar por parte de todos

los

trabajadores,

que

estos

mecanismos no sean removidos ni dejados inoperativos. Antes de proceder a la revisión,

pág. 50

de

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limpieza, acondicionamiento reparación

de

o

cualquier

maquinaria, equipo o sistema mecánico o

eléctrico,

evitarse

accionamiento

el

accidental de

debe

ellos,

desconectando completamente el circuito de alimentación eléctrica. ATAQUE DE ANIMALES:

En la ejecución de obra se asocia una serie de factores de riesgo, que a pesar de tomar las medidas de control, existen la probabilidad de un accidente

que

cause

daños

al

trabajador. •

El riesgo de ataque de animales es

considerado

una

Alerta

de

Emergencia Nivel - 02, el cual activará MORDEDURA;

el Plan de Respuesta a Emergencias.

PICADURA

La emergencia médica por afectación al personal puede ser moderada o grave, pudiendo causar incapacidad temporal o posible lesión permanente a menos que se preste atención médica inmediata.

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ATRAPAMIENTO DERRUMBES

En la ejecución de socalzados, se deben adoptar

DE

las

siguientes

medidas

de

seguridad:

TERRENO, CAÍDAS A



Se deben utilizar todos los elementos de protección personal, en especial cinturón de seguridad afianzado a una soga de vida, independiente del lugar de trabajo.

CONTUSIONES, HERIDAS CONTUSAS,



La entibación, en todo su conjunto, deberá ser aprobado por la jefatura, verificando que cumpla con los procedimientos de seguridad.

ASFIXIAS,

pág. 52

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FRACTURAS,



FATAL

Las sogas y baldes que se utilicen deben ser nuevas y bien aseguradas sus azas.



Evitar la socavación y/o contrataludes dentro del pozo.



Se debe acuñar los materiales que presenten riesgos de caídas, como por ejemplo bolones.



Que nunca trabaje sólo.



Ante la presencia de muros, próximo al

socalzado,

éstos

deben

ser

apuntalados previamente. En la ejecución de trabajos en interior de excavaciones

o

zanjas),

se

deben

adoptar las siguientes medidas de seguridad: •

Toda excavación de más de 1,50 m. de profundidad debe estar protegida contra derrumbes,

ya

sea

con

entibaciones, talud seguro o bancos. •

Mantener el material extraído a lo menos a 0,60 m. del borde de la excavación.



Mantener escaleras de acceso a los frentes de trabajo a no más de 10 m. de éstos.



Mantener las excavaciones o zanjas señalizadas, en todo su perímetro y/o longitud.

Mantener pasarelas de tránsito seguras sobre las excavaciones de zanjas.

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En las operaciones de camiones o maquinaria pesada de movimiento de tierra, se deben adoptar las siguientes medidas de seguridad: Supervisor de Obra: •

Cuando el camión deba retroceder tramos

ATRAPAMIENTOS EN MAQUINARIA PESADA DE MOVIMIENTO DE TIERRA RAFE.

largos

se

recomienda

la

colocación de señaleros, en especial en aquellos puntos donde transite personal. •

Disponga de una persona (señalero) para guiar las maquinarias o camiones, en aquellos sitios en lo que hay que

FRACTURAS, CONTUSIONES, FATAL

maniobrar en retroceso. •

Este Señalero, deberá disponer además de todo los implementos de protección personal, de chaleco reflectante y una paleta de señal pintada por un lado rojo y otro verde.



Inspeccionar regularmente la maquinaria.



Cerciorarse que tienen sus alarmas y luces

de

retroceso

funcionando

correctamente y sus espejos retrovisores en buen estado y limpios. Operadores de Maquinaria o Camiones: •

Prohibir estrictamente el transporte de personal en tolvas u otra maquinaria que no esté adaptado específicamente para estos efectos y bajarse del camión cuando está siendo cagado.



Avisar

sobre

cualquier

desperfecto,

especialmente sobre sus accesorios de seguridad: alarma de retroceso, espejos retrovisor, frenos, etc. •

Si la maquinaria o camión, no cuenta con pág. 54

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alarma de retroceso momentáneamente, súplala tocando la bocina a intervalos regulares mientras retrocede y retire el vehículo a mantención. •

Al retroceder sea cuidadoso, aun cuando sea una insignificante maniobra, ya que puede ser causa de un gravísimo accidente si no se adoptan las precauciones necesarias.



Nunca levantar eléctricos.

la

tolva

bajo

tendidos



Las jefaturas no deben permitir que se realicen trabajos con personal a pie y maquinaria pesada

al

mismo

tiempo,

sino

existen

señaleros con pitos que adviertan estas maniobras. Personal de Obra: •

Manténgase

permanentemente

alerta,

advierta a sus compañeros cuando vea una maquinaria o camión en retroceso. Haga siempre uso de sus elementos de protección personal. •

La Supervisión de obra, independiente de estas medidas preventivas, para actividades de movimiento de tierras, debe velar por que se

cumplan

a

cabalidad

las

siguientes

indicaciones internas de la Empresa: Indicaciones para chóferes y operadores. De las responsabilidades y colocación de señaleros

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CAÍDAS DE MATERIALES EN EL ÍZAJE Y TRANSPORTE DE CARGAS, MEDIANTE GRÚAS

CONTUSIONES FRACTURAS FATAL

En las operaciones de izaje y transporte de cargas por medio de grúas, se deben adoptar las siguientes medidas de seguridad: Estrobaje de carga:

pág. 56

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MÓVILES



El operador de la grúa y estrobador no podrán usar jamás estrobos defectuosos, como

tampoco

ganchos

hechizos,

distendidos o trizados, ni cables con torceduras o picados. •

Todo estrobo debe resistir el triple de la carga como mínimo y utilizarlo en un ángulo recto.



Verificar periódicamente el estado de los estrobos

y

accesorios

(ganchos

y

mordazas), e inutilizarlos si presentan anomalías o defectos. •

Estibar perfectamente las cargas para evitar deslizamientos o basculamientos, verificando que no queden materiales sueltos que puedan desprenderse o caer.

Durante los trabajos: •

Durante el izado de cargas, se debe prohibir la permanencia de trabajadores bajo carga suspendida.



"Cuando haya riesgo de oscilaciones o choque de la carga que se iza, se guiará la misma con cables o cuerdas de retención.

Señaleros: Todas las actividades de levantes deben ser dirigidas por un señalero calificado y tener siempre otro personal capacitado para su reemplazo. El o los señaleros deben contar en lo posible con radio para comunicarse con el operador de la grúa, si fuese necesario. Los elementos de protección personal que debe contar el señalero son casco, calzado de seguridad,

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guantes y destacarlo.

chaleco

reflectante

para

Es aconsejable proveer de un pito al señalero para que éste advierta cuando corresponda al personal que pueda ubicarse debajo de la carga. Todos los andamios en uso, deberán cumplir a lo menos con las siguientes medidas de seguridad: CAÍDAS DESDE ANDAMIES



CONTUSIONES, ESGUINCES, LUXACIONES POLITRAUMATIS MOS FRACTURAS FATAL

Todos los andamios deben estar

nivelados y aplomados sobre una base firme, de madera tornillo, equivalente o mejor de ancho 25 cm a 30 cm y su espesor de 5 cm. Todos los andamios en uso, deberán cumplir a lo menos con

las

siguientes

medidas

de

seguridad: •

Todos los andamios deben estar

nivelados y aplomados sobre una base firme, de madera tornillo, equivalente o mejor de ancho 25 cm a 30 cm y su espesor de 5 cm.

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Todos los andamios en uso, deberán cumplir a lo menos con las siguientes medidas de seguridad: CAÍDAS DESDE ANDAMIES

• Todos

los andamios deben estar

nivelados y aplomados sobre una base firme, de madera tornillo, equivalente o mejor de ancho 25 cm a CONTUSIONES, ESGUINCES, LUXACIONES POLITRAUMATIS MOS FRACTURAS FATAL

30 cm y su espesor de 5 cm. • Deben

contar con amarras firmes a la

edificación y mantener siempre colocadas todas sus diagonales. Todos los tablones serán metálicos o de madera tornillo, equivalente o mejor. Esta estrictamente prohibido el uso de tablones de Pino.

Carga (Kg/m)

35

Longitud 3 permisible (m)

70

100 140

2.5

1.8

1

CAPÍTULO XII PROTECCIÓN AMBIENTAL 12.1 Política Ambiental En ROCA FUERTE E.I.R.L nos dedicamos a la ingeniería y construcción, proporcionando soluciones integrales a nuestros clientes, con especial atención a proyectos de obra civil, y electromecánica; aportando valor a nuestros accionistas, respetando siempre el entorno y preservando los recursos naturales mediante la aplicación de un sistema de gestión ambiental acorde a la norma ISO 14001- 2004. Para ello establecemos los siguientes puntos clave: -

Normativa legal.- Cumplir con la normativa legal aplicable y con otros

requisitos que la organización suscriba relacionados con sus aspectos ambientales.

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-

Actitud preventiva.- Usar en forma eficiente los recursos, minimizar la

generación de residuos, ruido, emisiones y vertidos relacionados a nuestras actividades. -

Mejora continua.- Prevenir la contaminación ambiental, mediante la

aplicación de programas de mejora continua y el establecimiento de objetivos y metas ambientales. -

Formación.- Promover un mayor grado de sensibilización ambiental de todo

el personal mediante una formación permanente adecuada. -

Sostenibilidad.- Inventariar las emisiones de gases de efecto invernadero

originadas por nuestras actividades, así como realizar planes de reducción para estas emisiones, que nos permitan contribuir al desarrollo sostenible.

12.2 Protección al Medio Ambiente

Artículo 74.- Toda actividad realizada por la empresa deberá contemplar la mínima afección al medio ambiente, mejorando continuamente el desempeño ambiental. Artículo 75.- Todo los trabajadores deberán realizar sus labores, protegiendo el medio ambiente y sin ocasionar daño alguno. Para lo cual recibirá capacitación permanente del área de SSTMA.

59 Artículo 76.- Cumplir los estándares ambientales dados por el área de SSTMA. Artículo 77.- Los trabajadores podrán registrar actos y condiciones sub - estándares ambientales em la documentación proporcionada por el área de SSTMA.

12.2.1 Protección al Aire Artículo 78.- La generación de contaminantes atmosféricos como ruido, gases y polvos, deben ser monitoreados de acuerdo al plan del estudio de impacto ambiental. Artículo 79.- Cumplir los estándares de nivel de aire para no dañar el medio ambiente. Artículo 80.- Se realizarán inspecciones periódicas a los vehículos para evitar contaminación por gases de combustión. pág. 60

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12.2.2 Protección al Agua Artículo 81.- Evitar que el desagüe de líquidos residuales se vierta a cuerpos de agua en forma directa. Artículo 82.- Iniciar las actividades previa obtención de la habilitación correspondiente y la aprobación de las instalaciones de provisión de agua y de los efluentes residuales industriales respectivos. Artículo 83.- Evitar todo tipo de contaminación al agua por actividades industriales,civiles, etc. Artículo 84.- En cualquier actividad que se realice mantener y conservar el agua como sustancia vital.

12.2.3 Protección al Suelo Artículo 85.- Se tomarán las precauciones del caso, en el acondicionamiento de los residuos sólidos generados por las labores propias de la empresa, para así no afectar el medio ambiente. Artículo 86.- El personal debe estar en capacidad de realizar una adecuada segregación de los residuos, tener presente el uso de las 3 R (reusar, reducir y reciclar) a fin de reducir el impacto al medio ambiente. Artículo 87.- Se evitara, la contaminación a causa de derrames por líquidos combustibles u otros líquidos contaminantes en las áreas de trabajo.

Artículo 88.- En la remoción de escombros se tendrá en cuenta los temas relacionados a los impactos ambientales generados por la disposición de desmonte. También se realizará un inventario de los daños ambientales relacionados al suceso para poder elaborar medidas de control futuras. 12.2.4 PROTECCIÓN AL PATRIMONIO

Artículo 89.- Es tarea de todos proteger y preservar el patrimonio cultural.

Artículo 90.- En actividades de utilización de suelos se debe tener en cuenta la protección de sitios y monumentos tanto arqueológicos como históricos.

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Artículo 91.- Para el tendido de líneas de transmisión eléctrica, redes de agua y desagüe, construcción de carreteras y otras obras de infraestructura, es necesario contar con una evaluación arqueológica. Así mismo se deberá cumplir con lo establecido por el INC y/o cualquiera autoridad competente en la materia respecto a los permisos, autorizaciones y licencias aplicables. Corresponderá al Gerente de Proyecto el velar por el cumplimiento de la presente. Artículo 92.- En el caso de que las obras impliquen un posible daño o deterioro de un sitio arqueológico, será necesario tomar las previsiones adecuadas para el cambio del trazado o de la zonificación del trabajo a efectuar. Artículo 93.- Denunciar ante la Policía Nacional, la Fiscalía de la Nación, la Defensoría del Pueblo y ante el INC cualquier intento de destrucción del patrimonio. Así mismo se deberá informar de inmediato al superior jerárquico y detener la ejecución de la obra mientras no se haya solucionado el problema.

12.2.5 PROTECCIÓN A LA FLORA

Artículo 94.- Está prohibido la recolección y/o adquisición de flora silvestre en todo el ámbito del proyecto. Artículo 95.- No está permitido encender fuego/ fumar, en sitios no habilitados en los 61 frentes/ lugares de trabajo, por el riesgo de generación de incendios que destruyan la flora circundante. Artículo 96.- Está prohibido alterar la vegetación; extraer productos forestales/vegetales fuera de la zona de trabajo autorizada; introducir plantas extrañas a las zonas de trabajo; coger frutas o cualquier otro objeto propiedad de las comunidades.

Artículo 97.- Está prohibido dejar el área o frente de trabajo sucio y desordenado al final de cada jornada.

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Artículo 98.- Restitución de los horizontes superiores del suelo luego de la construcción de pista y caminos de acceso para favorecer la recuperación de la vegetación. Así mismo en otras zonas Intervenidas dependiendo de las características particulares del área.

Corresponderá al Jefe de Proyecto velar por el cumplimiento de las disposiciones señaladas en el presente apartado en el ámbito de ejecución de cada proyecto específico. 12.2.6 PROTECCIÓN A LA FAUNA Artículo 99.- Se prohíbe la caza, pesca y la adquisición de animales silvestres vivos o preservados y/o sus pieles. Artículo 100.- Se deberá reportar al área de SSTMA acerca de la presencia de cazadores furtivos, quién a su vez, informará de dicha presencia al Cliente. Artículo 101.- En los corredores riparios, donde se encuentren evidencias frescas de presencia y tránsito de especies silvestres, se extremarán las medidas de protección y preservación de la fauna evitándose el acercamiento hacia sitios donde la misma pueda verse afectada. Artículo 102.- Está prohibido mantener animales domésticos en cautiverio; adquirir de animales silvestres vivos o preservados y/o sus pieles; capturar reptiles/ tortugas, crías o huevos. Tampoco está permitida la presencia de mascotas en los campamentos. Artículo 103.- Si se verifica el ingreso de animales silvestres a las zonas de alojamiento deberá notificarse al área de SSTMA a fin de tomar los recaudos necesarios para evitar el daño en personas y al animal. Artículo 104.- No molestar/ disturbar los hábitats de aves y/o animales, crías, huevos, etc.

Artículo 105.- Teniendo en cuenta que la apertura de pista y el zanjeo generan depósitos transitorios de restos de árboles talados y de sustrato edáfico excavado que podrían actuar.

como barreras para la fauna, dichos materiales se depositarán a lo largo de la traza en forma discontinua. Deberá disponerse de pasos para la fauna a efectos de no interrumpir

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el cruce de animales de un lado a otro del derecho de vía siempre y cuando las condiciones de seguridad lo permitan. Artículo 106.- En sitios donde la vegetación natural sea cerrada y se encuentre muy próxima a caminos la velocidad máxima permitida será limitada a modo de evitar impactos por arrollamiento de fauna durante el transporte vehicular. En caso de producirse los mismos, debe constatarse la especie y notificar al área de SSTMA sobre el hecho.

Corresponderá al Jefe de Proyecto velar por el cumplimiento de las disposiciones señaladas en el presente apartado en el ámbito de ejecución de cada proyecto específico.

Artículo 107.- Para todas las actividades administrativas se tomarán en cuenta las medidas de eco eficiencia establecidas en el "Manual de eco eficiencia" a fin de aprovechar mejor los recursos naturales, proteger el ambiente creando una cultura de responsabilidad ambiental.

12.2.7 CLASIFICACIÓN Y DISPOSICIÓN DE RESIDUOS Artículo 108.- la empresa en su proceso de generación, transmisión y distribución d energía eléctrica genera una serie de Impactos Ambientales, muchos de ellos afectan directa o indirectamente a la salud de las personas, entre ellos nuestro personal operativo, para tal efecto nuestra organización debe impartir una serie de reglas con el objetivo de aminorar el riesgo en el trabajo.

Artículo 109.- Los supervisores y/o responsables de cada una de las áreas de trabajo deberán determinar los Aspectos Ambientales Significativos (AAS), que puedan generar riesgo a los trabajadores; los cuales deberán estar documentados, actualizados y formaran parte de la base de datos del AAS de la empresa. Esta información deberá ponerse a disposición del personal para su seguridad.

Los residuos generados durante las actividades realizadas por las empresas de telecomunicaciones

representan

uno

de

los

principales

contribuyentes

a

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la

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contaminación ambiental y riesgo para los trabajadores; estos se clasifican de la siguiente manera:

15. 1 Por su naturaleza.

15.1.1 Residuos orgánicos 15.1.2 Residuos inorgánicos 15.2 Por sus característica físicas 15.2.1 Solidos 15.2.2 Líquidos 15.2.3 gaseosos 15.3 Por su peligrosidad 15.3.1 Peligrosos 15.3.2 No peligrosos

Del manejo de residuos dentro de la empresa.

Artículo 110.- en las instalaciones donde se desarrollaran las actividades, se dispondrán en lugares estratégicamente ubicados, recipientes para el acopio de los residuos. Artículo 111.- los residuos generados en centros de transformación, centrales de generación, o establecimientos afines, serán denominados “Residuos industriales”, para tales efectos, en estas instalaciones se dispondrá ambientes determinados, “AMBIENTES DE RESIDUOS” en los que estarán estratégicamente ubicados los “DEPÓSITOS

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ECOLÓGICOS” para cada uno de los residuos generados, los mismos que deberán llevar su denominación respectiva. Artículo 112.- Los residuos considerados como peligrosos y altamente contaminantes, deberán ser depositados única y exclusivamente en los recipientes dispuestos para tal fin. Estos residuos serán depositados solo por personal autorizado y con sus respectivos EPP. Artículo 113.- En los ambientes administrativos, el personal de limpieza serán los encargados de recolectar los residuos sólidos en los “DEPÓSITOS ECOLÓGICOS”, respetando la separación de ellos según su clasificación.

Artículo 114.- Por ningún motivo, deberá almacenarse estos residuos de manera conjunta.

a fin de evitar que reaccionen entre si y causen incendios u otros desastres. Artículo 115.- durante los trabajos de campo, de generarse residuos, luego de finalizar la jornada de trabajo, estos deberán ser recogidos adecuadamente y transportados al destino final que sus características lo requieren, evitando así que los residuos generados queden abandonados en las vías públicas. Los supervisores de cada una de las áreas serán los responsables del cumplimiento de la disposición.

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CAPITULO XVII SEÑALIZACION DE SEGURIDAD Artículo 116.- Todo trabajo que se ejecute en la vía pública se deberá señalizar obligatoriamente para que los transeúntes y conductores de vehículos se percaten de su presencia a fin de prevenir accidentes y demarcar la zona de trabajo. Artículo 117.- las señales de seguridad se adecuaran al equipo de trabajo, colocando letreros con el código de señales y colores en lugares visibles dentro de la zona de trabajo. Articulo 118.- colores de seguridad.

Todos los trabajadores respetaran el código de colores utilizados en señales de seguridad, tal como se dan en la siguiente tabla:

SIGNIFICADO GENERAL DE LOS COLORES DE SEGURIDAD

COLOR

DE

SIGNIFICADO U OBJETIVO

EJEMPLO DE USO

SEGURIDAD

Señal de prohibición. Rojo

Prohibición

Señal de parada. Prada de emergencia. Señal de obligación de uso de equipo de protección personal.

Azul

Acción obligatoria

Es considerado un color de seguridad solamente si se utiliza en la figura con forma circular.

Precaución

Amarillo

Precaución, riesgo de peligro

de

obstáculos.

Indicaciones de peligro,(fuego, explosión, radiación, riesgos tóxicos, etc.).

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verde

Condición de seguridad

Rutas

de

escape.

Salidas de emergencia.

Articulo 119.- si se requiere un “color de contraste” para un “color de seguridad”, este deberá ser uno de los presentados en la siguiente tabla. COLORES DE CONTRASTE COLOR DE SEGURIDAD

CORRESPONDIENTE COLOR

DE

CONTRASTE Blanco

Rojo Azul

Blanco

Amarillo

Negro

verde

blanco

Articulo 120.- Formas geométricas y significado de las señales de seguridad 1. En esta parte se muestran las formas geométricas de las señales de seguridad. 2. En la tabla siguiente presenta el significado general de las formas geométricas.

FORMA GEOMETRICA Y SIGNIFICADO

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Articulo 121.- ante eventuales labores nocturnas, los trabajadores deberán estar implementados con chalecos reflectivos y/o uniforme reflectivo.

67 Articulo 122.- los vehículos pertenecientes a la empresa portaran su bando reflectivo, colocado según lo indicado en el reglamento de tránsito vigente, las escaleras que se encuentren en la tolva deben de portar su banderín de color rojo señal de peligro. Articulo 123.- en la operación y mantenimiento de los equipos electromecánicos se señalizará mediante tarjetas que indiquen las maniobras y los trabajos que se están realizando. Se indicara mediante estas tarjetas el no uso de equipos, los circuitos energizados, no energizar circuitos, no conectar equipos, los equipos defectuosos, no cerrar circuitos, no arrancar equipos, etc. Articulo 124.- lo indicado en estas etiquetas deberá ser cumplido hasta que no se indique lo contrario por el encargado directo o supervisor de estos trabajos. Artículo 125.- se cercara las condiciones de riesgo y seguridad mediante señalizaciones.

Artículo 126.- la pintura utilizada para los colores de las señales será de material reflectivo para mayor visibilidad nocturna. Articulo 127.- clasificación de las señales de seguridad.

1. Generalidades.- Las señales se clasifican en.

Señales reglamentarias.



Señales de advertencia.



Señales de información.

a. Señales reglamentarias.

Prohibición.- Estas señales denotan una orden para cumplir una acción.

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 Señal de símbolo: Esta señal deberá tener una imagen negra ubicada en un disco blanco. El símbolo o texto debe ubicarse en el centro y no debe cubrir la barra cruzada.

SEÑAL DE PROHIBICION • Color de fondo: Rojo • Banda circular y barra cruzada: rojo

• Símbolo o texto: negro

 Obligatorias.- Estas señales denotan un orden requiriendo una acción.

Señal de símbolo: Esta señal deberá presentar una imagen blanca ubicada en un disco azul. El símbolo o texto se ubicará en la parte central.

SEÑAL DE ACCION OBLIGATORIA •

Color de fondo: Azul



Símbolo o texto: Blanco

b. Señales de advertencia. Precaución y peligro.- estas señales denotan un riesgo potencial.

Señal de símbolo: Esta señal deberá presentar una imagen negra ubicada dentro de un triángulo equilátero amarillo. El símbolo o texto debe ubicarse en la parte central.

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SEÑAL DE PROHIBICION Color de fondo: Rojo Banda circular y barra cruzada: rojo Símbolo o texto: negro

c. Señales de información. Emergencia.- Estas señales denotan primeros auxilios, salud, protección contra incendios, lucha contra incendios, equipos de emergencia. Señal de símbolo: Esta señal deberá presentar una imagen blanca. El símbolo o texto se ubica en la parte central y la forma de la señal será cuadrada o rectangular, según sea necesario para adecuar el símbolo o texto.

SEÑAL DE INFORMACION

• Color de fondo: Verde

• Símbolo o texto: Blanco

2. Señales de símbolos con texto.- Para todas las clasificaciones; la forma de la señal será rectangular y sus medidas estarán de acuerdo a las proporciones establecidas. Estas señales tendrán un fondo gris oscuro en el que se ubicara, centrada en la parte superior la señal de símbolo con borde blanco, y en la parte inferior el texto en color blanco.

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Articulo 128.- relación entre las dimensiones de las señales de seguridad y la distancia de observación. Articulo 129.- señalización. Se utilizaran los siguientes tipos de señalización.

1. Señales reglamentarias Prohibición.- se utilizaran las siguientes señales:

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SEÑAL DE SIMBOLO

DESCRIPCION

MEDIDAS

Prohibido hacer fuego abierto Área donde se encuentra prohibido hacer fuego abierto.

Con texto: 48 cm X 30 cm

Prohibido uso de agua como agente extintor Está prohibido el uso de agua en caso de incendio en un determinado área.

Con texto: 20 cm X 13 cm

No usar en caso de sismo o incendio Está prohibido el uso de alguna ruta en caso de sismo o incendio en todas las personas que ocupan el

Con texto: 20 cm X 13 cm

Prohibido personal no autorizado Prohibido el ingreso de personas ajenas a algún

Con texto: 35.2 cm X 22 cm

área Prohibido fumar específica. Está prohibido fumar, especialmente en lugares públicos, según ley 25357.

Sin texto: 15 cm X 15 cm

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 Obligatorias.- se utilizaran las siguientes señales:

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Y MEDIO AMBIENTE DE LA EMPRESA ROCA FUERTE E.I.R.L. SEÑAL DE SIMBOLO DESCRIPCION MEDIDAS

Debe utilizarse protección para la cabeza Área donde se encuentra prohibido hacer fuego abierto.

Debe utilizarse protección para los ojos

Sin texto: 22 cm X 22 cm

Sin texto: 22 cm X 22 cm

Está prohibido el uso de agua en caso de incendio en Debe utilizarse protección para los oídos Está prohibido el uso de alguna ruta en caso de sismo o incendio en todas las personas que ocupan el

Sin texto: 22 cm X 22 cm

Zapatos de seguridad Prohibido el ingreso de personas ajenas a algún área específica.

Sin texto: 22 cm X 22 cm

Debe

utilizarse

protección para las Sin texto: 22 cm X 22 cm

manos Está

prohibido

fumar,

especialmente en lugares

Debe utilizarse ropa de seguridad

Sin texto: 22 cm X 22 cm

 Obligatorias de residuos.- se utilizaran las siguientes señales:

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1.

Señales de advertencia  Precaución. - se utilizaran las siguientes señales:

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SEÑAL DE SIMBOLO

DESCRIPCION

MEDIDAS

¡Precaución! Piso resbaladizo Para indicar una condición temporal de un piso resbaladizo.

Con texto: 20 cm X 13 cm

¡Precaución! Escalera resbaladiza Para indicar el riesgo potencial de las escaleras resbaladizas.

20 Con texto: cm X 13 cm

 Peligro.- se utilizaran las siguientes señales:

SEÑAL DE SIMBOLO

DESCRIPCION ¡Peligro! Riesgo eléctrico

MEDIDAS Con

texto:

48 cm X 30 cm

Para indicar una la presencia

O

de un riesgo eléctrico. ¡Peligro! Riesgo de fuego Para indicar el riesgo potencial de combustión.

Con texto: 35.2 cm X 22 cm

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¡Peligro! Químico corrosivo Para indicar la presencia de un químico altamente

3.

Con texto: 35.2 cm X 22 cm

Señales de información  Emergencia.SEÑAL DE SIMBOLO

DESCRIPCION Salida

MEDIDAS Con texto: 20 cm X 30 cm

Dirección por donde se encuentra la salida. Zona de seguridad en caso de sismo Para orientar sobre la ubicación de zonas seguras en caso no sea posible una evacuación inmediata.

Con

texto:

30 cm X 20 cm

Primeros auxilios

Sin texto: 22 cm X 22 cm

Discapacitados

Sin texto: 10 cm X 10 cm

Teléfono

Sin texto: 22 cm X 22 cm

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 Contra incendios.- se utilizaran las siguiente señales:

pág. 79

SEÑAL DE SIMBOLO

DESCRIPCION

MEDIDAS

Extintor

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Y MEDIO Con texto: cm X ÁreaDEdonde se encuentra AMBIENTE LA EMPRESA ROCA FUERTE E.I.R.L.

prohibido abierto.

hacer

fuego

Manguera contra incendios Está prohibido el uso de agua en caso de incendio en un determinado área.

48

30 cm

Con texto: cm X 13 cm

20

Grifo contra incendios

4.

Está prohibido el uso de alguna ruta en caso de Con texto: cm X sismo o incendio en 13 cm todas las personas que ocupan el 20 edificio. Alarma contra incendios Con texto: Prohibido el ingreso de personas ajenas a algún área específica. Señales de trabajos en vías publicas SEÑAL DE SIMBOLO DESCRIPCION Cono de seguridad Se usa para orientar el tránsito vehicular y peatonal a fin de demarcar la zona de seguridad.

35.2 cm X 22 cm

MEDIDAS •

Color: naranja fosforescente. • Material: plástico flexible. • Tamaño: 33.3 cm de diámetro X 50 cm de altura.



Soporte de mallas y cintas Para orientar sobre la ubicación de zonas seguras en caso no sea posible una evacuación inmediata. Tranquera Es una señal del uso preventivo, y se coloca cuando se desea cerrar o desviar el tránsito peatonal en un tramo de la vía.

Color: blanco con rojo. • Altura: 120 cm. • Material: madera y Bloque de concreto. Tamaño: 25 cm de • lado X 10 cm de altura. •

Color: blanco con rojo, franjas naranjas. Mensaje: en el tablero superior lleva el mensaje” ROCA FUERTE E.I.R.L” ZONA DE TRABAJO. pág. 80

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Cinta señalizadora Nos permite demarcar y aislar la zona de trabajo, cumpliendo objetivos como alertar.



Color: fondo amarilloMaterial: metálico. • con franjas negras. • Mensaje: peligro no pasar

“ROCA

FUERTE

E.I.R.L Material: plástico tipo sticker. • Malla de protección Se utiliza para cercar la zona de trabajo y evitar que peatones ingresen

medidas: 13.5 cm de • alto y 500m de largo. Color: anaranjado. Material: polietileno de alta densidad no Conductor eléctrico. Medidas: 100 cm de alto y 50m de largo.

CAPITULO XVII INFRACCIONES, SANCIONES Y RECLAMOS

1. Consideraciones Generales

Artículo 130.- Los trabajadores y empleados de ROCA FUERTE E.I.R.L que infrinjan las instrucciones contenidas en el presente reglamento, los estándares de seguridad, las instrucciones del área de SSTMA o del Comité de Seguridad y Salud en el trabajo, serán sancionados dependiendo de la gravedad del caso, con alguna de las siguientes medidas:

- Amonestación Escrita. - Suspensión. - Despido. Este anunciado no implica que las sanciones deban aplicarse en el orden correlativo antes señalado; la sanción que se imponga al trabajador estará en función a la gravedad de la infracción cometida. pág. 81

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Artículo 131.- Las infracciones serán de 3 tipos: Leves, graves y muy graves, las mismas que se encuentran enumeradas en el anexo 01. Son causas justas de amonestación escrita la comisión de infracción leve, la reiterada actitud que genere una infracción leve por 2 eventos la convierte en una infracción grave asignándosela una sanción como tal.

Son causas justas de suspensión como mínimo 3 días y un máximo de 7 días sin goce de haber.

Son causas justas de despido la comisión de infracción muy grave, la ocurrencia en tres oportunidades de una infracción leve o la ocurrencia en dos oportunidades de una infracción grave.

Artículo 132.- Las obligaciones, prohibiciones y sanciones señaladas en este reglamento, deben conocerlas todos los trabajadores, personal propio, personal de contratista y terceros. Todo lo señalado en el presente capítulo está conforme a lo establecido en los dispositivos legales vigentes respecto a las relaciones laborales.

Artículo 133.- Los documentos de amonestación escrita, sanción o despido serán emitidos por la Gerencia General, Jefaturas de Área, el Área de Recursos Humanos, debiendo el trabajador firmar el cargo de recepción. Una copia se archivará en el file del trabajador y otra copia podrá ser presentada por La empresa ante el Ministerio de Trabajo.

Artículo 134.- Para el despido de un trabajador es indispensable la existencia de una infracción considerada muy grave, estas infracciones muy graves, se configuran por su comprobación objetiva en el procedimiento laboral.

2. Sanciones

pág. 82

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Artículo 135.- Generalidades

Los trabajos en general requieren de mucha destreza y responsabilidad por parte de los trabajadores, ya que son trabajos de alto riesgo por lo que cada trabajador deberá cumplir con los procedimientos establecidos para desarrollar el trabajo con seguridad.

Artículo 136.- Responsabilidades

Las responsabilidades por incumplimiento de las disposiciones establecidas en el presente reglamento, ley N°29783 ley de seguridad y salud en el trabajo y su reglamento, RESESATAE, análisis de seguridad de trabajo – AST, procedimientos, normas, directivas y demás disposiciones que se emanen sobre seguridad y medio ambiente, corresponderá a todos los trabajadores de la empresa y del contratista en la parte que les compete. Hechos en contra de lo expresado en el párrafo anterior, serán comunicados al supervisor de seguridad y medio ambiente y a su vez el comunicara al comité de seguridad para la aplicación de la sanción correspondiente. El comité de seguridad y después de una investigación y tratamiento exhaustivo de algún incumplimiento de las disposiciones 7979 establecidas en la normatividad vigente en materia de seguridad; recomendada a la gerencia general de sanciones que corresponda.

Artículo 137.- de acuerdo a la gravedad de la falta, las sanciones podrán ser desde amonestaciones escritas hasta despido del trabajador de la empresa (concordante con el reglamento interno de trabajo). 3. Estímulos Artículo 138.- se brindará un reconocimiento al área que durante el año no haya tenido ningún accidente. Se premiará al área de trabajo que haya tenido la mínima o ninguna observación de incumplimiento a la LEY N° 29783 y su reglamento, RESESATAE y RISST. Se premiará anualmente al supervisor o supervisores que durante el año hayan trabajado eficazmente en la prevención de accidentes e incidentes. pág. 83

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Artículo 139.- todos los premios y estímulos serán financiados con los recursos provenientes de las sanciones pecuniarias a las empresas contratistas por incumplimiento de la LEY N° 29783 y su reglamento, RESESATAE y RISST.

DISPOSICIONES FINALES Primera. En todo lo no previsto en el presente reglamento, se aplicará supletoriamente el D.S. N° 005 -2012-TR , "Reglamento de la Ley N° 29783, Ley Seguridad y Salud en el Trabajo", Y D.S.Nº 0062014-TR Modificatoria del reglamento de la ley de seguridad y salud en el trabajo y el Reglamento de la Ley Modificatoria 30222 y, sus normas modificatorias, sustitutorias, así como toda norma legal emitida por las autoridades competentes. ANEXOS ANEXO 01. REQUISITOS.

“REQUISITOS DE SEGURIDAD SALUD OCUPACIONAL Y AMBIENTAL PARA PERSONAL CONTRATISTA”

El trabajador deberá iniciar el trámite de autorizaciones de ingreso a las oficinas e instalaciones de la empresa una vez recibido la buena pro del proceso de selección convocado, para lo cual en coordinación con el área usuaria deberá presentar por mesa de partes los Requisitos de Seguridad Salud Ocupacional y Ambiental, establecidos antes de la suscripción dl contrato, orden de servicio u orden de compra. Estos requisitos deberán ser presentados en el plazo que establece la ley de contrataciones del estado. El trabajador está obligado a presentar y cumplir estos requisitos, siendo su responsabilidad los retrasos que ocasione la presentación de información incompleta o incorrecta. REQUISITOS GENERALES

Una vez revisada la documentación y en caso de existir observaciones el área de seguridad integral y medio ambiente coordinara con el contratista para la subsanación de las observaciones formuladas.

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El trabajador está obligado a cumplir los requisitos legales en materia de seguridad salud en el trabajo y ambiental aplicables a sus actividades y las normas internas de ROCA

FUERTE E.I.R.L., tales como:



Ley N° 29783 ley de seguridad y salud en el trabajo.



D.S N°005-2012-TR reglamento de la ley de seguridad y salud en el trabajo.



D.S.Nº 006-2014-TR modificatoria del reglamento de la ley de seguridad y salud en el trabajo.



R.M N° 161-2007-MEM/DM reglamento de seguridad y salud en los trabajos de las actividades eléctricas.



REQUISITOS

D.S N° 003-98-SA Normas técnicas del seguro complementario de trabajo de riesgo.

ESPECÍFICOS 

Reglamento nacional de edificaciones.



Reglamento interno de seguridad y salud en el trabajo de ROCA

FUERTE

E.I.R.L Decreto ley N° 25844, ley de concesiones eléctricas y su reglamento. b.

Para los trabajadores que la empresa considere conveniente en función del tipo autorizaciones de ingreso se solicitará antes del inicio de sus actividades lo siguiente: 1.

Presentar en digital el área de seguridad integral y medio ambiente: 

La relación del personal a trabajar.



Documento nacional de identidad.



Carne del seguro.

Así mismo deberá hacerle entrega a cada trabajador de un carnet de identificación, quien deberá portarlo en forma visible. El carnet de identificación deberá contener lo siguiente: 

Logo de la empresa.



Nombres y apellidos.



Fotografía.



Cargo.



Número de DNI.



N° carne de seguro – lugar de atención en caso de emergencia.



Teléfono en caso de emergencia.

pág. 85

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Y MEDIO AMBIENTE DE LA EMPRESA ROCA FUERTE E.I.R.L. I.

La presente directiva guarda estrecha relación con las normas establecidas en el RESESATAE y el RISST. El incumplimiento de la presente directiva acarreara sanciones administrativas previstas en el reglamento interno del trabajo de ROCA FUERTE E.I.R.L El supervisor de seguridad integral y medio ambiente, el comité de seguridad y salud en el trabajo y el sub comité de seguridad y salud en el trabajo, quedan facultados a paralizar trabajos técnicos operativos realizados por personal estable, contratado y de terceros, cuando sus labores infrinjan al RESESATAE y el RISST, directivas internas en materia de seguridad y salud en el trabajo o se prevea que las acciones realizadas durante los trabajos puedan generar riesgos que causen accidentes.

II.

III.

DISPOSICIONES FINALES IV.

La gerencia general delega a la oficina d seguridad integral y medio ambiente el cumplimiento y difusión a todo el personal de la presente directiva, dando las facilidades necesarias para su adecuación.

ANEXO 02.- PAPELETAS Nivel de gravedad CLASE DE ACTO INSEGURO NIVEL GRAVEDAD

DE

Clase A

Muy grave

Cl as e Grave

Cla se C Leve

Escala de sanciones Para el personal técnico operativo CLASE DE ACTO INSEGURO

SANCIÓN SEGÚN LA CLASE

TIPO DE FALTA

1ERA VEZ

2DA VEZ

3ERA VEZ

pág. 86

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Y MEDIO AMBIENTE DE LA EMPRESA ROCA FUERTE E.I.R.L.

CLASE A

MUY GRAVE

Suspensión 07

GRAVE

Suspensión 03

días días Amonestación verbal

CLASE B

Despido

LEVE

Suspensión 10 días

Despido

Llamada de atención por escrito.

Suspensión 03 días.

CLASE C Para jefes y supervisores CLASE DE TIPO SANCIÓN SEGÚN LA ACTO CLASE DE INSEGURO FALTA 1ERA VEZ 2DA VEZ CLASE A

MUY GRAVE

Suspensión 07 días

Despido

GRAVE

Suspensión 03 días

Suspensión 07 días

despido

Amonestación verbal

Llamada de atención por escrito.

Suspensión 03 días.

CLASE B

CLASE C

3ERA VEZ

LEVE

pág. 87

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Y MEDIO AMBIENTE DE LA EMPRESA ROCA FUERTE E.I.R.L.

A

No cumplir con los procedimientos de trabajo seguros ATS en las labores realizadas. 1.

2.

Realizar acciones temerarias que atenten contra la seguridad del

propio trabajador, la de sus compañeros, público en general y del proceso. Quitar señales de peligro tarjetas de no energizar, durante trabajos de mantenimiento. 3.

4.

No hacer uso de los EPP, adecuados para los trabajos que se estén

realizando (casco, guantes, zapatos, etc.). 5.

No hacer usos de los EPP otorgados.

6.

Trabajar bajo el efecto de alcohol o drogas.

7.

Manejar vehículos sin contar con la licencia de conducir.

8.

No hacer uso del cinturón de seguridad al conducir el vehículo.

9.

Conducir un vehículo en estado de ebriedad o bajo la influencia de

drogas y/o permitir que se conduzca un vehículo en estas condiciones. Un usar señalizaciones en trabajaos en la vía pública ni delimitar zona de trabajo. 10.

11.

Ingresar o permitir el ingreso a áreas energizadas, sin implementos

y/o equipos de protección personal sin autorización. 12.

Viajar sentado en los bordes de la tolva de las unidades móviles y/o

permitir el transporte en estas condiciones. 13.

Fumar o hacer fuego en lugares donde exista material inflamable

con peligro de explosión y/o donde está prohibido hacerlo. No cumplir con el informe de la ocurrencia de un accidente dentro de las 24 horas. 14.

15.

Manejar u operar equipos sin autorización.

16.

Realizar maniobras u operación de los equipos y/o en el sistema sin

haber realizado las gestiones y sin tener autorización respectiva del caso. 17.

Obviar y no hacer uso de los elementos y/o disposiciones de

protección para trabajos en el sistema eléctrico (uso de equipos de tierras franca, y temporales, uso de las boletas de seguridad, uso de la orden de trabajo, etc.) 18.

Permitir que los trabajadores realicen sus tareas con implementos

de protección en mal estado; sin tener un procedimiento seguro de trabajo,

pág. 88

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Y MEDIO AMBIENTE DE LA EMPRESA ROCA FUERTE E.I.R.L.

bajo condiciones inseguras de las personas en general, los equipos y la continuidad de la operaciones del sistema. 19.

Permitir o autorizar la dotación de herramientas, equipos, materiales

e implementos que no cuenten con especificaciones técnicas debidamente aprobadas y que por lo tanto atenten contra la integridad de los trabajadores, la infraestructura y las operaciones en general. 20.

Autorizar la ejecución de trabajos por parte de las empresas de

terceros y/o contratistas, que no cuenten con un contrato de locación y/o orden de servicio que no cuenten con una calificación optima y por lo tanto no garantice la seguridad y calidad necesaria. Autorizar la relación de trabajadores que no cuenten con las medidas de seguridad adecuadas para evitar accidentes y pérdidas de cualquier índole. 21.

pág. 89

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Y MEDIO AMBIENTE DE LA EMPRESA ROCA FUERTE E.I.R.L. 22.

Permitir que los trabajadores desarrollen sus actividades, sin contar para esto con el seguro complementario de riesgo eléctrico y demás requisitos indispensables.

23.

No dar aviso a las jefaturas, sobre el inicio de trabajos por parte de las empresas contratistas o de terceros.

Otros actos que pueden tener consecuencias consideradas como muy graves (depende la magnitud de los hechos o las probables situaciones que se puede originar a raíz de estos actos). 1. Malograr EPP otorgados por la empresa. 24.

2.

Mal uso de equipos y herramientas manuales y/o eléctricas.

3.

No reportar a la oficina de seguridad y medio ambiente (inspectores y/o supervisores) sobre la programación d los distintos trabajos que se desarrollan en cada una de las áreas operativas.

4.

No reportar las condiciones inseguras, lo que se traduce como comportamiento permisivo.

5.

Utilizar vehículos en mal estado y/o no reportar las fallas que estos presenten.

6.

Manejar vehículos a velocidades superiores a las indicadas en el reglamento de tránsito permitir que conduzca un vehículo en

B

estas condiciones. 7.

Cargar elementos punzocortantes de manera incorrecta.

8.

Levantar pesos de manera incorrecta.

9.

No brindar una explicación previa en materia técnica y de seguridad acerca de la realización de trabajos (charla d los 5 min.)

10.

No participar en las charlas de seguridad y salud en el trabajo, habiendo sido convocado.

11.

No utilizar las señales de peligro al transportar materiales y/o equipos en las unidades móviles, además de no utilizar las mismas cuando se realiza trabajos en campo.

12.

Otro acto que puede tener consecuencias consideradas como graves (depende de la magnitud de las mismas o de las implicancias que pueda ocasionar la materialización de estos eventos). pág. 90

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Y MEDIO AMBIENTE DE LA EMPRESA ROCA FUERTE E.I.R.L. 1.

Cruzar la calle sin precaución.

2.

Lanzar objetos a los compañeros.

3.

No advertir al copiloto el uso del cinturón de seguridad.

4.

Derramar materiales/aceites en piso y no limpiar.

5.

Jugar o hacer bromas durante actividades laborales.

6.

Distracciones a la hora de trabajo.

7.

No dar aviso de las condiciones de peligro que se observen, o no señalarlas.

8.

Utilizar los equipos de comunicación para otros fines que nos sean laborales (bromas,

C

insultos, etc.) 9.

Atender llamadas por celular cuando se encuentren manejando alguna unidad móvil.

10.

No mantener el orden y limpieza del lugar de trabajo.

pág. 91