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Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo Página 1 de 53 Código: RISST – Outspan Peru SAC Versión: 3 Año: 2

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Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO OUTSPAN PERU S.A.C

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OUTSPAN PERU S.A.C. TÍTULO I. RESUMEN EJECUTIVO

TÍTULO II. OBJETIVOS Y ALCANCES 2.1 OBJETIVOS 2.2 ALCANCES TÍTULO III. LIDERAZGO Y COMPROMISOS, Y POLITICA DE SEGURIDAD Y SALUD 3.1 LIDERAZGO Y COMPROMISO 3.2 POLITICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO TÍTULO IV. ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DE LA EMPRESA Y DE LOS TRABAJADORES 4.1 FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES 4.1.1 DEL EMPLEADOR 4.1.2 DE LOS TRABAJADORES 4.2 ORGANIZACIÓN INTERNA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 4.2.1 FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 4.2.2 ORGANIGRAMA DEL COMITÉ 4.2.3 SANCIONES 4.2.4 PROGRAMAS 4.2.5 MAPA DE RIESGOS 4.3 IMPLEMENTACIÓN DE REGISTROS Y DOCUMENTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 4.4 FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LA EMPRESAS, ENTIDADES QUE BRINDAN SERVICIO TÍTULO V. ESTANDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OPERACIONES O PROCESOS 5.1 SEGURIDAD DE LA MAQUINARIA 5.2 EN EL PROCESO DE PRODUCCIÓN DE PAPRIKA 5.3 MEDIDAS DE SEGURIDAD ESTIBA - DESESTIBA 5.4 LABORATORIO 5.5 MEDIDAS DE SEGURIDAD EN LA RUMA DE SACOS ELABORADO Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo

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5.6 SALA DE MÁQUINAS 5.7 SEGURIDAD ELÉCTRICA TÍTULO VI ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS SERVICIOS Y ACTIVIDADES CONEXAS 6.1 MANTENIMIENTO Y REPARACIONES 6.2 MANTENIMIENTO DEL ORDEN Y LA LIMPIEZA TÍTULO VII ESTÁNDARES DE CONTROL DE PELIGRO EXISTENTES Y RIESGOS EVALUADOS 7.1 CONDICIONES DE SEGURIDAD EN LAS INSTALACIONES CIVILES 7.2 ACCIDENTES DE TRABAJO TÍTULO VIII. PREPARACIÓN Y RESPUESTAS A EMERGENCIAS 8.1 PREVENCIÓN Y PROTECCION CONTRA INCENDIOS 8.2 PROTECCIÓN EN CASO DE SISMOS 8.3 SISTEMAS DE ALARMA Y SIMULACROS DE INCENDIO 8.4 ALMACENAJE DE EXPLOSIVOS Y MANIPULEO DE SUSTANCIA INFLAMABLES 8.5 ELIMINACIÓN DE DESPERDICIOS 8.6 SEÑALES DE SEGURIDAD 8.7 PRIMEROS AUXILIOS ANEXOS

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PRESENTACIÓN OUTSPAN PERU S.A.C., considera de su entera responsabilidad la prevención de accidentes, la seguridad y salud laboral de su personal, y esta responsabilidad es compartida por sus trabajadores mediante el estricto cumplimiento de disposiciones y pautas que contiene el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo de OUTSPAN PERU S.A.C. Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento han sido elaboradas con el objeto de proporcionar a todo nuestro personal los elementos necesarios para evitar accidentes y realizar sus labores en forma segura. La naturaleza preventiva de este Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo (RISST), se fundamenta en el convencimiento de que siguiendo las reglas indicadas y aplicando la experiencia adquirida por el propio trabajador, es factible lograr una disminución de los accidentes de trabajo y reducir al máximo su incidencia dentro de la actividad económica que se desarrolla en la Empresa. Este reglamento y la política de la Empresa, persiguen defender la vida, la salud, la integridad física del trabajador en su propio interés, el de su familia y de la comunidad de la cual forma parte. TÍTULO I. RESUMEN EJECUTIVO Nuestra Empresa OUTSPAN

PERU SAC, tiene como actividad principal la

EXPORTACIÓN DE PÁPRIKA, cuenta un solo turno de trabajo, nuestra planta principal está ubicada en Av. Los Eucaliptos S/N, Sector Sta. Genoveva (con calle Los Ceibos parcela 3-4) y abarca un área construida de 5400 m2. Se encuentra ubicada en la Región Lima. Outspan Peru S.A.C. tiene sucursales en ubicada en: TÍTULO II. OBJETIVOS Y ALCANCES 2.1 OBJETIVOS Art. 1.- Este Reglamento tiene como objetivo: a) Garantizar las condiciones de seguridad laboral para salvaguardar la vida, salud, integridad física y el bienestar de los trabajadores y de terceros, mediante la prevención y eliminación de las causas de accidentes y enfermedades ocupacionales.

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b) Propiciar el mejoramiento continuo de las condiciones de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, a fin de evitar y prevenir daños a la salud, a las instalaciones o a los procesos, en las diferentes actividades ejecutadas facilitando la identificación de los riesgos existentes, su evaluación, control y corrección. c)

Promover una cultura de prevención de riesgos laborales en los trabajadores, socios, clientes y todos aquellos que presenten servicios en relación a la empresa, con el fin de garantizar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

d) Proteger las instalaciones y bienes de la empresa, con el objetivo de garantizar la fuente de trabajo y mejora continua. e) Estimular y fomentar un mayor desarrollo de la conciencia de prevención entre los trabajadores, incluyendo regímenes de intermediación y tercerización, modalidad formativa e incluso entre los que presten servicios de manera esporádica en las instalaciones del empleador, con el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. 2.2 ALCANCES Art. 2.- El alcance de este RISST se aplica a todas las actividades, servicios y procesos que desarrolla OUTSPAN PERU S.A.C. en todas sus sucursales a nivel nacional. Por otra parte, establece las funciones y responsabilidades que con relación a la seguridad y salud en el trabajo deben cumplir obligatoriamente todos los trabajadores, incluyendo al personal sujeto a los regímenes de intermediación y tercerización, modalidades formativas laborales y los que prestan servicios de manera independiente, siempre que éstos desarrollen sus actividades totales o parcialmente en las instalaciones de la empresa. TÍTULO III. LIDERAZGO Y COMPROMISOS Y POLITICA DE SEGURIDAD Y SALUD 3.1 LIDERAZGO Y COMPROMISO Art. 3.- El personal directivo o la Alta Dirección de OUTSPAN PERU S.A.C. se compromete a: a) Liderar y brindar los recursos necesarios para el desarrollo de todas las actividades en la organización y para la implementación del Sistema de ELABORADO Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo

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Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo a fin de lograr su éxito en la prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales. b) Asumir la responsabilidad de la prevención de accidentes de trabajo y las enfermedades

profesionales,

fomentando

el

compromiso

de

cada

trabajador mediante el estricto cumplimiento de disposiciones que contiene el presente reglamento. c) Proveer los recursos necesarios para mantener un ambiente de trabajo seguro y saludable. d) Establecer programas de seguridad y salud en el trabajo definidos y medir el desempeño en la seguridad y salud, llevando a cabo las mejoras que se justifiquen. e) Operar en concordancia con las prácticas aceptables en la industria, y con pleno cumplimiento de las leyes y reglamentos de seguridad y salud en el trabajo. f) Investigar

las

causas

de

accidentes

de

trabajo,

enfermedades

ocupacionales, incidentes peligrosos y otros incidentes; así como desarrollar acciones preventivas en forma efectiva. g) Fomentar una cultura de prevención de los riesgos laborales para lo cual se inducirá, entrenará, capacitará y formará a los trabajadores en el desempeño seguro y productivo de sus labores. h)

Mantener un alto nivel de alistamiento para actuar en casos de emergencia, promoviendo su integración con el Sistema Nacional de Defensa Civil.

i)

Exigir a clientes, socias, y todos aquellos que presenten servicios en relación a la empresa, cumplir con todas las normas aplicables de Seguridad y Salud en el Trabajo del presente Reglamento.

j) Respetar y cumplir las normas vigentes sobre la materia. 3.2 POLITICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Art. 4.- La declaración escrita de una política de salud y seguridad en el trabajo, reflejará efectivamente la actitud positiva y el compromiso de la gerencia. OUTSPAN PERU S.A.C. tiene como política de seguridad y salud, la siguiente:

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Garantizar la seguridad y salud en el trabajo para contribuir con el desarrollo del personal en nuestra empresa, para lo cual se fomentará una cultura de prevención de riesgos laborales y un sistema de gestión que permita la protección de la seguridad y salud de todos los miembros de la organización mediante la prevención de las lesiones, dolencias, enfermedades e incidentes relacionados con el trabajo; así como con la prevención de los riesgos locativos, mecánicos, físicos, químicos, biológicos, ergonómicos y psicosociales en concordancia con la normativa pertinente. Nuestra organización está comprometida con el cumplimiento de los registros legales en materia de seguridad y salud en el trabajo vigentes en nuestro país. Considera que su capital más importante es su personal y es consciente de su responsabilidad social por lo que se compromete a generar condiciones para la existencia de un ambiente de trabajo seguro y saludable, a promover la participación de los trabajadores en los elementos de Sistema de gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, y a mejorar el desempeño del mismo. TÍTULO IV. ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DE LA EMPRESA Y DE LOS TRABAJADORES 4.1 FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES 4.1.1.- DEL EMPLEADOR: Art. 5 El empleador asume su responsabilidad en la organización del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo; y, garantiza el cumplimiento de todas las obligaciones que sobre el particular establece la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y su Reglamento, para la cual: a) El empleador será responsable de la prevención y conservación del local de trabajo asegurando de que esté constituido, equipado y dirigido de manera que suministre una adecuada protección a los trabajadores, contra accidentes que afecten su vida, salud e integridad física. b) El empleador instruirá a sus trabajadores, incluyendo al personal sujeto a los regímenes de intermediación y tercerización, modalidades formativas laborales y los que prestan servicios de manera independiente, siempre que éstos desarrollen sus actividades total o parcial en las instalaciones de ELABORADO Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo

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la empresa, respecto a los riesgos a que se encuentren expuestos en las labores que realizan y particularmente aquellos relacionados con el puesto o función (a efectos de que el trabajador conozca de manera fehaciente los riesgos a los que está expuesto y las medidas de prevención y protección que debe adoptar o exigir al empleador), adoptando las medidas

necesarias

para

evitar

accidentes

o

enfermedades

ocupacionales. c) La empresa desarrolla acciones de sensibilización, capacitación y entrenamientos

destinados

a

promover

el

cumplimiento

por

los

trabajadores de la norma de seguridad y salud en el trabajo. Las capacitaciones se realizarán dentro de la jornada de trabajo, sin implicar costo alguno para el trabajador. d) La empresa proporcionará a sus trabajadores de los equipos de protección personal de acuerdo a la actividad que realicen y dotará a la maquinaria de resguardos y dispositivos de control necesarios para evitar accidentes. e) La empresa promoverá en todos los niveles una cultura de prevención de los riesgos en el trabajo. f) Para el caso del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo: La empresa dará facilidades y adoptará medidas adecuadas que aseguren el funcionamiento efectivo del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, y brindará la autoridad que requiera para llevar a cabo sus funciones. g) Para el caso del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo: La empresa garantizará el cumplimiento de los acuerdo adoptados por el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, de conformidad con lo previsto en el artículo 54° del Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. 4.1.2.- DE LOS TRABAJADORES: Art. 6: En la aplicación del principio de prevención, todo trabajador está obligado a cumplir las normas contenidas en este reglamento y otras disposiciones complementarias,

incluyendo

al

personal

intermediación y tercerización, modalidades

sujeto

a

los

regímenes

de

formativas laborales y a los que

prestan servicios de manera independiente, siempre que éstos desarrollen sus

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actividades total o parcialmente en las instalaciones de la empresa, en lo que les resulte aplicable. En ese sentido, los trabajadores: a) Harán uso adecuado de todos los resguardos, dispositivos de seguridad y demás medios suministrados de acuerdo con lo dispuesto en el presente Reglamento, para su protección o la de terceros. Asimismo, cumplirán todas las instrucciones se seguridad procedentes o aprobadas por la autoridad competente, relacionada con el trabajo. b) Deberán informar a su jefe inmediato, y estos a su vez a la Instancia Superior, de los accidentes e incidentes ocurridos por menores que estos sean. c)

Se abstendrán de intervenir, modificar, desplazar, dañar o destruir los dispositivos de seguridad o aparatos destinados para su protección y la de terceros; asimismo, no modificarán los métodos o procedimientos adoptados por la empresa.

d)

Mantendrán condiciones de orden y limpieza en todos los lugares y actividades.

e) Se someterán a los exámenes médicos a que estén obligados por norma expresa, siempre y cuando se garantice la confidencialidad del acto médico. f) Estarán prohibidos de efectuar bromas que pongan en riesgo la vida de otro trabajador y de terceros, los juegos bruscos y, bajo ninguna circunstancia, trabajar bajo el efecto de alcohol o estupefacientes. g) Los trabajadores usarán su equipo de protección personal únicamente en el centro de trabajo, y el que lo inhabilitara o perdiera por mal uso o negligencia asumirá los descuentos correspondientes. h) No operar o manipular los equipos, maquinarias, herramientas u otros elementos para los cuales no hayan sido autorizados. i) Cooperar y participar en el proceso de investigación de los accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales cuando la autoridad competente lo requiera. j) Informar al supervisor de producción, lo más pronto posible, a cerca de una posible pérdida y lesión. En cualquier caso, la posible pérdida y lesión

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debe ser informada a su Supervisor, dentro de las 24 horas de ocurrido el hecho. k) Concurrencia Obligatoria a la capacitación y entrenamiento sobre seguridad y salud en el trabajo. 4.2 ORGANIZACIÓN INTERNA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 4.2.1.- FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Art. 7: Toda reunión, acuerdo o evento del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, debe ser asentado en un libro de Actas, exclusivamente destinado para estos fines (En el caso del Supervisor de Seguridad y Salud en el trabajo, éste debe llevar un registro donde consten los acuerdos adoptados con la máxima autoridad de la Empresa). Para el caso del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo: El Comité de Seguridad y Salud en el trabajo tendrá las siguientes FUNCIONES: a)

Conocer los documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo que sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como los procedentes de la actividad del servicio de seguridad y salud en el trabajo.

b)

Aprobar el Reglamento Interno de Seguridad y Salud del empleador.

c)

Aprobar el Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo.

d)

Conocer y aprobar la Programación Anual del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo.

e)

Participar en la elaboración, aprobación, puesta en práctica y evaluación de las políticas, planes y programas de promoción de la seguridad y salud en el trabajo, de la prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales.

f)

Aprobar el Plan Anual de Capacitaciones de los trabajadores sobre seguridad y salud en el trabajo.

g)

Promover que todos los nuevos trabajadores reciban una adecuada formación, instrucción y orientación sobre prevención de riesgos.

h)

Vigilar el cumplimiento de la legislación, las normas internas y las especificaciones técnicas del trabajo relacionadas con la seguridad y

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salud en el lugar de trabajo; así como, el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo. i) Asegurar que los trabajadores conozcan los reglamentos, instrucciones, especificaciones técnicas de trabajo, avisos y demás materiales escritos o gráficos relativos a la prevención de los riesgos en el lugar de trabajo. j)

Promover el compromiso, la colaboración y la participación activa de todos los trabajadores en la prevención de los riesgos del trabajo, mediante la comunicación eficaz, la participación de los trabajadores en la solución de los problemas de seguridad, la inducción, la capacitación, el entrenamiento, simulacros, entre otros.

k) Realizar inspecciones periódicas en las áreas administrativas, áreas operativas, instalaciones, maquinarias y equipos, a fin de reforzar la gestión preventiva. l)

Considerar las circunstancias e investigar las causas de todos los incidentes, accidentes y de las enfermedades ocupacionales que ocurran en el lugar de trabajo, emitiendo las recomendaciones respectivas para evitar la repetición de éstos.

m) Verificar el cumplimiento y eficacia de sus recomendaciones para evitar la repetición de los accidentes y la ocurrencia de enfermedades ocupacionales. n)

Hacer recomendaciones apropiadas para el mejoramiento de las condiciones y el medio ambiente de trabajo, velar porque se lleven a cabo las medidas adoptadas y examinar su eficiencia.

o)

Analizar y emitir informes de las estadísticas de los incidentes, accidentes y enfermedades ocupacionales ocurridas en el lugar de trabajo, cuyo registro y evaluación deben ser constantemente actualizados por la unidad orgánica de seguridad y salud en el trabajo de la empresa.

p) Colaborar con los servicios médicos y de primeros auxilios. q)

Supervisar los servicios de seguridad y salud en el trabajo y la asistencia y asesoramiento al empleador y al trabajador.

r)

Reportar a la gerencia la siguiente información:

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r.1) Accidente mortal o incidente peligroso, de manera inmediata dentro de las 24 horas de ocurrido. r.2) Investigación de cada accidente mortal y medidas correctivas adoptadas dentro de los diez (10) días de ocurrido. r.3) Las estadísticas trimestrales de accidentes, incidentes y enfermedades ocupacionales. r.4) Las actividades trimestrales del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo s) Llevar en el libro de Actas el control del cumplimiento de los acuerdos. t)

Reunirse mensualmente en forma ordinaria para analizar y evaluar el avance de los objetivos establecidos en el programa Anual, y en forma extraordinaria para analizar accidente que revistan gravedad o cuando las circunstancias lo exijan.

El Comité de seguridad y Salud en el trabajo tendrá las siguientes RESPONSABILIDADES. a)

Debe desarrollar sus funciones de sujeción a lo señalado en la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y su Reglamento, no estando facultado a realizar actividades con fines distintos a la prevención y protección de la seguridad.

b) Coordina y apoya las actividades de los Subcomités o del Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo, de ser el caso. c)

Realiza sus actividades en coordinación con el Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo.

d) Anualmente redacta un informe resumen de sus labores realizadas. 4.2.2.- ORGANIGRAMA DEL COMITÉ: Art. 8: El presente organigrama es la representación gráfica de la estructura orgánica del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo. El empleador adoptará el siguiente organigrama funcional para el Comité. ORGANIGRAMA DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DE ELABORADO Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo

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OUSTPAN PERU S.A.C

PRESIDENTE PRESIDENTE

SECRETARIO SECRETARIO

MIEMBRO MIEMBRO

MIEMBRO MIEMBRO

MIEMBRO MIEMBRO

4.2.3 SANCIONES Art. 9: Será causal de sanción disciplinaria, de acuerdo a los reglamentos internos vigentes: a) Los trabajadores que desactiven, retiren, pierdan o dañen dispositivos o sistemas de seguridad, y pongan en riesgo al personal y al patrimonio de OUSTPAN PERU S.A.C. b) El incumplimiento injustificado de las obligaciones, reiterada resistencia o deliberada omisión del presente reglamento, las normas y procedimientos de seguridad vigentes. c) Exponerse o exponer a los trabajadores a situaciones de riesgo sin haber tomado las medidas de seguridad correspondiente Art. 10: Las sanciones disciplinarias serán determinadas con criterio de justicia y de acuerdo a las circunstancia de cada caso. Asimismo, se aplicaran en forma proporcional a la naturaleza y gravedad de la falta cometida, así como a la habitualidad y a los antecedentes disciplinarios del trabajador. Tratándose de la comisión de una misma falta por varios trabajadores, La Empresa podrá imponer sanciones diversas a todos ellos, en atención a las circunstancias señaladas en el presente artículo.

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Artículo 11: Las sanciones aplicables a los trabajadores de La Empresa, según el caso, son los siguientes: a. Amonestación Verbal b. Amonestación escrita c. Suspensión sin goce de haber d. Despido El orden de las sanciones es meramente enunciativo y, como tal, La Empresa aplicara cualquiera de las medidas disciplinarias de acuerdo a los hechos, a la gravedad de la falta y a los antecedentes del trabajador. Por lo mismo, no significa que deben aplicarse correlativa o sucesivamente. 4.2.4 PROGRAMAS Art. 12: El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo aprobará el Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo, que es el conjunto de actividades de prevención en seguridad y salud en el trabajo que establece la empresa, para ejecutar a lo largo de un año. Este programa deberá ser elaborado por quienes tienen a su cargo la seguridad y salud en el trabajo en la empresa, y forma parte de la documentación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo que debe exhibir el empleador. Este programa deberá estar en relación a los objetivos contenidos en el presente Reglamento y a los otros elementos que garanticen un trabajo en forma preventiva y sistemática contra los riesgos existentes en los centros de trabajo. Los objetivos deben ser medibles y trazables. Luego de haber analizado y seleccionado los objetivos, contenidos, acciones, recursos y otros elementos, el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo aprobará el mencionado programa; asimismo, participa en la puesta en práctica y evaluación del mismo. OUTSPAN PERU S.A.C asume el liderazgo del Sistema de Gestión y Salud en el Trabajo. 4.2.5 MAPA DE RIESGOS Art. 13: El Mapa de Riesgo es un plano de las condiciones de trabajo, que puede emplear diversas técnicas para identificar y localizar los problemas y las ELABORADO Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo

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acciones de promoción y protección de la salud en los trabajadores en la organización del empleador y los servicios que presta. Es una herramienta participativa y necesaria para llevar a cabo las actividades de localizar, controlar, dar seguimiento y representar en forma gráfica, los agentes generadores de riesgos que ocasionan accidentes, incidentes peligrosos, otros incidentes y enfermedades ocupacionales en el trabajo. 4.3 IMPLEMENTACIÓN DE REGISTROS Y DOCUMENTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Art. 14: Para la evaluación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, el empleador deberá tener los siguientes registros: a) Registros de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales, incidentes peligrosos y otros incidentes, en el que deben constar la investigación y las medidas correctivas. b) Registro de exámenes médicos ocupacionales. c) Registro del monitoreo de agentes físicos, químicos, biológicos, psicosociales y factores de riesgo Disergonómicos. d) Registro de inspecciones internas de seguridad y salud en el trabajo. e) Registro de estadísticas de seguridad y salud. f)

Registro de equipos de seguridad o emergencia.

g) Registro de inducción, capacitación, entrenamiento y simulacros de emergencia. h) Registro de auditorías. 4.4 FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LA EMPRESAS, ENTIDADES QUE BRINDAN SERVICIOS. Art. 15: Las empresas contratistas, subcontratistas, empresas especiales de servicios y cooperativas de trabajadores deberán garantizar: a) La seguridad y salud de los trabajadores que se encuentren en el lugar donde fueron destacados. b) La concentración de los seguros de acuerdo a las normas vigentes durante la ejecución del trabajo.

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c) El cumplimiento de la normatividad en materia de seguridad y salud en el trabajo y la cláusula de seguridad con la protección del capital humano, asi como el de salvaguardar los intereses y responsabilidades de la Empresa d) Todo trabajador contratista debe contar con los equipos de protección personal necesarios para el trabajo que va a realizar. e) Deberán cumplir con los procedimientos de trabajo TÍTULO V. ESTANDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OPERACIONES O PROCESOS SEGURIDAD DE LA MAQUINARIA Objetivos Art. 16: Muchos de los accidentes serios en el trabajo involucran la maquinaria. Esta sección sirve para resaltar los riesgos asociados a la maquinaria, así como para recomendar las acciones para eliminar o reducir los riesgos. TOLVA DE ABASTECIMIENTO -

Entrampamiento

-

Impacto

FAJAS ELEVADORAS Y DE SELECCIÓN -

Entrampamiento

-

Impacto

DOSIFICADOR DE SEMILLAS - Entrampamiento -

Contacto

DESPEDRADORA -

Impacto

-

Eyección

LUSTRADORA -

Impacto

MOLINO TROZADOR -

Entrampamiento

-

Impacto

TORNILLOS TRANSPORTADORES ELABORADO Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo

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-

Entrampamiento

-

Contacto

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SECADORA -

Contacto

MOLINOS - Entrampamiento -

Impacto

CICLONES - Entrampamiento ESCLUSAS - Entrampamiento TURBOVENTILADORES - Entrampamiento -

Contacto

COLECTORES DE POLVO - Entrampamiento SWING SIFTER -

Impacto

MEZCLADORA - Entrampamiento -

Contacto

DETECTOR DE METALES - Contacto MAP MACHINE - Contacto Peligros Art. 17: Hay un gran número de peligros asociados a la maquinaria. Las máquinas pueden causar lesión principalmente de cinco maneras: a) Entrampamiento - donde parte del cuerpo, como los dedos, son atrapados en alguna parte de la máquina; b) Impacto - donde el cuerpo es aprisionado por partes de la máquina en movimiento o por los artículos que están siendo procesados; ELABORADO Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo

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c) Contacto - donde el cuerpo toca los bordes afilados (corte), los artículos calientes (quemadura), artículos eléctricos o superficies abrasivas; d) Enredar - donde parte del cuerpo, como el cabello o una prenda de vestir o una joya, resulta atrapada por alguna de las partes de la máquina; e) Eyección - donde partes de una máquina o materiales que están siendo usados en ésta, salen por los aires pegando contra un cuerpo. Funcionamiento seguro Art. 18: a) Usar la maquinaria sólo para el propósito correcto. b) Establecer los procedimientos de trabajo seguro para toda la maquinaria en la línea con las instrucciones y recomendaciones del fabricante. c) Entrenar e instruir a los operadores apropiadamente. d) Supervisar a los operadores jóvenes o inexpertos. e) Asegurar que los procedimientos de seguridad se sigan diligentemente. Prohibiciones Art. 19: a)

Vestir ropa suelta, corbatas, joyería y cabello largo que no esté atado hacia atrás.

b)

Trabajar bajo la influencia del alcohol y las drogas.

c)

Manipulación de cualquier dispositivo de seguridad u otros.

d)

Operar cualquier maquinaria sin entrenamiento ni autorización.

e)

Encender cualquier maquinaria que tenga una etiqueta o señal de peligro adherida a ella; las señales sólo deben ser retiradas por una persona autorizada que esté satisfecha con el funcionamiento de la maquinaria o el proceso, que estén seguros.

Condiciones Generales Art. 20: Se protegerán todas las partes móviles de las máquinas, transmisiones, acoplamientos, ejes, etc., a menos que estén construidos o colocados de tal manera que eviten que una persona u objeto entre en contacto con ellas. ELABORADO Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo

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Art. 21: Los trabajadores darán cuenta inmediata de los defectos o deficiencias que detecten en una máquina, resguardo o dispositivos, a efecto de detener su funcionamiento y prohibir su uso, hasta que se hayan hecho las reparaciones necesarias, debiéndose colocar los avisos de prevención respectivos. Art. 22: Cerciórese, antes de uso, de que las máquinas y equipos no tienen quitados los dispositivos de seguridad, enclavamiento y emergencia. Bajo ningún concepto, salvo en operaciones de reparación y mantenimiento con la máquina desconectada, deben quitarse nunca estos dispositivos de seguridad. Art. 23: Respetar las zonas señalizadas como de acción de las máquinas que disponen de partes móviles. No penetrar en el interior de las áreas de riesgo mientras la máquina esté en funcionamiento o conectada. Art. 24: Atender a la señalización de seguridad (pictogramas) que marca los riesgos potenciales de los lugares de trabajo. Art. 25: No fumar, comer o beber durante la realización de las tareas. Llevar el pelo corto o recogido y no llevar prendas (bufandas, pañuelos, ropa colgante, pulseras, anillos, etc.) que puedan dar lugar a atrapamiento por las partes móviles de las máquinas o enganches. Art. 26: Mantener limpio y ordenado el lugar y puesto de trabajo: máquinas, suelos y paredes libres de desechos, derrames, virutas o papeles. En ningún caso adopte actitudes peligrosas o temerarias a la hora de manipular equipos, herramientas o máquinas. Art. 27: Los motores eléctricos estarán previstos de cubiertas permanentes o guardas de seguridad y demás resguardos adecuados, dispuestos de tal manera que prevengan el contacto con personas u objetos. Art. 28: Antes de arrancar máquinas, se tomarán las precauciones de seguridad en torno al personal que labora cerca de ella. Todo trabajo de mantenimiento, ajuste o reparación se efectuará cuando la máquina esté parada. Art. 29: Las transmisiones por cadenas, correas, cuerdas, engranajes, etc. estarán siempre resguardadas. Art. 30: Los botones de arranque y paradas pedales, etc., estarán aislados de manera que eviten ser accionados en forma accidental. Art. 31: Una máquina averiada debe quedar fuera de servicio, y tal condición advertida mediante señalización. Las reparaciones de máquinas y equipos de ELABORADO Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo

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trabajo deben ser llevadas a cabo exclusivamente por personal competente técnicamente y con experiencia suficiente. Art. 32: Conocer y aplicar los procedimientos de trabajo seguro que se dispongan en las áreas de producción, laboratorio o taller y de presentarse alguna duda consultar con el Jefe correspondiente. SEGURIDAD EN EL PROCESO DE PRODUCCIÓN DE PÁPRIKA ALMACENES Art. 33: Cuando se tenga que almacenar sacos de páprika, u otras cosas, fuera del almacén, estos se colocarán sobre parihuelas, en lugares donde no obstaculicen el tránsito ni oculten u obstruyan los equipos de extinción de fuego. Art. 34: Para sacar o mover productos o sacos de la parte superior de lo almacenado, los trabajadores deben utilizar las escaleras tipo plataforma que se dotará al almacén de productos terminados. Art. 35: Los trabajadores que realicen actividades de carga y descarga utilizarán casco así como cinturón de seguridad para poder poner o sacar productos de la parte superior de los sacos. Art. 36: Dentro de los almacenes se delimitará mediante líneas de color amarilla los lugares de almacenamiento, los cuales no deberán ser sobrepasados a fin de mantener en todo momento el orden y un camino libre de tránsito para el personal que labora en ellos. Art. 37: Los trabajadores (estibadores) que tengan que levantar carga a mano deberán seguir las siguientes reglas: a) Aproximarse a la carga. b)

Levantar el saco entre 02 personas siempre y cuando el peso supere lo

establecido. c) Asegurar un buen apoyo de los pies manteniéndolos separados. d)

Mantener la espalda recta, doblar las rodillas, no la espalda, sin alterar de

este modo el centro de gravedad del cuerpo. e) Utilizar los músculos más fuertes y mejor preparados (brazos y piernas). f)

Mantener la carga tan próxima al cuerpo como sea posible “abrazando” el

peso, pues aumenta mucho la capacidad de levantamiento. Llevar la carga equilibrada, levantándola gradualmente y sin sacudidas. ELABORADO Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo

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g) Utilizar siempre que sea necesario elementos auxiliares tales como cinchas o mochilas. h)

El peso máximo que se recomienda no sobrepasar es de 40 Kilos para

personas con entrenamiento. i) En circunstancias especiales, trabajadores sanos y entrenados físicamente podrían manipular cargas de hasta 40 kg, siempre que la tarea se realice de forma esporádica y en condiciones seguras. Art. 38: Si transporta materiales se usará carretillas manuales, éstas no deberán ser sobrecargadas, ni utilizarse para patinar o transportar personas, una vez terminado su uso, éstas deberán colocarse en lugares donde no dificulten el tránsito del personal. Art. 39: La empresa contará con depósitos, estantes o anaqueles debidamente distribuidos según sus necesidades de almacenamiento. MEDIDAS DE SEGURIDAD ESTIBA – DESESTIBA De acuerdo al flujograma interno de los procesos productivos de OUTSPAN se detallan 04 actividades que realizan los operarios y se han tomado las siguientes medidas de seguridad implementadas. Art. 40: Primera Actividad Operarios a) Todos los trabajadores tienen conocimiento de las medidas de seguridad a tomar en cuenta de acuerdo a su propia actividad de estiba y desestiba. b) Las unidades de páprika (sacos, pacas u otra presentación) son levantadas entre una a dos personas (dependiendo el peso de cada unidad) y son colocados en paletas de madera para su pesado, luego son trasladadas en carretillas hidráulicas hacia la zona de almacén designada haciendo camas de 3 para pacas y de 5 para sacos. c) Los trabajadores cuentan con sus respectivos Equipos de Protección Personal (EPP´s) para la realización del trabajo. d) Antes del inicio de las actividades reciben una inducción de seguridad por el Área de Seguridad y Salud en el Trabajo.

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Art. 41: Segunda Actividad Operarios. a) Los sacos son retirados desde lo alto de la ruma entre 02 personas y la materia prima es llevada en carretillas hidráulicas a una distancia desde 5 a 25 metros. Se procede a abrir los sacos y verterlos en la tolva de procesamiento. b) Los procedimientos de seguridad son tomados una vez que el trabajador sube a la parte superior de la ruma: 

Se verifica que la ruma esté bien apilada,



Para garantizar la integridad del trabajador se verifica el uso correcto de sus EPP.



Si es necesario, se usará un cinturón o arnés de seguridad.



Se verificará que cuente con su casco y el barbiquejo respectivo.

c) En esta segunda actividad, está prohibido las distracciones y bromas o cualquier otra distracción que pueda perjudicar la actividad de los trabajadores. Art. 42: Tercera Actividad Operarios. a) Las unidades de producto terminado son levantados por carretillas eléctricas, los cuales son llevados hasta el Almacén en donde serán apilados hasta una altura: 

3 cajas (totes).



2 big bags



7 filas de cajas pequeñas (para mesa) por 8 de cama y la octava fila de 4 cajas.



4 camas de 3 pacas cada una

b) Las medidas de seguridad para cada actividad realizada en esta etapa hasta el almacén consta de verificar que los trabajadores usen correctamente las carretillas transportadoras y que sean de fácil desplazamiento hasta el almacén. Art. 43: Cuarta Actividad Operarios a) Se retiran las impurezas orgánicas e inorgánicas, acumuladas en las máquinas. Los desechos son transportados en las carretillas. b) El personal tomará todas las medidas de seguridad para los procedimientos de limpieza de las máquinas; es decir, usarán obligatoriamente las mascarillas ELABORADO Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo

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de seguridad para iniciar la actividad de retiro de impurezas, usarán también los lentes de seguridad para proteger la vista. c) El transporte de los desechos serán de acuerdo a las normas de seguridad dadas por el Jefe de Planta. MEDIDAS DE SEGURIDAD POR PUESTO DE TRABAJO ABASTECIMIENTO a) Los sacos son retirados desde lo alto de la ruma entre 02 personas y la materia prima es llevada en carretillas hidráulicas a una distancia desde 5 a 25 metros. Se procede a abrir los sacos y verterlos en la tolva de procesamiento. LIMPIEZA Y SELECCIÓN a) El personal retira las impurezas orgánicas e inorgánicas de la faja de selección de forma manual. b) El personal selecciona las impurezas orgánicas e inorgánicas de la semilla una vez que el producto ha pasado por la lustradora. TROZADOR

a) El operador revisa periódicamente (2 a 3 veces por turno) el molino trozador para evitar atoros en el equipo o en los equipos anteriores a este. Si sucediera, el operador detiene la línea previa al equipo o baja la velocidad de abastecimiento de la lustradora para evitar los atoros. SECADOR a) El operador del secador regula la temperatura de ingreso del aire caliente al tambor para evitar dañar al producto y al equipo (intercambiador de calor). b) Encadena el imán que está a la salida del tornillo del secador para atrapar cualquier impureza metálica. MOLINO a) El operador del molino revisar periódicamente los amperajes de los motores para evitar que los relays se activen y detengan el proceso de molienda.

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b) El operador desactiva la línea de molienda para abrir los equipos y proceder a limpiarlos internamente y/o a cambiar algún accesorio (martillos, fajas, ejes, varillas, mallas, chumaceras, rodajes, etc) ENVASADO a) El operador de envasado de producto molido traslada las paletas con los envases (vació o llenos) por los rodillos evitando caminar sobre ellos para no originar alguna caída. b) El operador retira el producto terminado (molido o entero) con apiladores (eléctricos o hidráulicos) y los desplaza hacia el almacén de producto terminado. ALMACÉN a) El personal de almacén dispone de los lugares para los producto recepcionados (ya sea materia prima, envases o producto terminado) empleando los diferentes ambientes que dispone la planta para evitar contaminaciones cruzadas y para una mejor distribución. b) El personal de almacé no apila más alto de lo ya establecido. Así evita caída de producto. Art. 44: EN GENERAL 1. No llevar personal en las carretillas manuales. 2. Todos los trabajadores deberán solicitar capacitación sobre las máquinas y procesos si estos son cambiados de puesto de trabajo. 3. Todos están obligados a usar los equipos de protección personal, incluyendo las visitas, clientes y/o personal administrativo de la empresa siempre y cuando ingresen a las áreas productivas. 4. Los trabajadores son responsables de su propia seguridad. LABORATORIO Art. 45: Los trabajadores de los laboratorios observarán las siguientes reglas: a) Los recipientes que contengan productos químicos, deberán ser debidamente rotulados; en el caso de soluciones, en el rótulo se especificará el nombre y concentración de la solución. ELABORADO Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo

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b) Los recipientes que contengan ácidos, bases o compuestos químicos tóxicos, llevarán en la etiqueta la palabra “Peligro o veneno”, según sea el caso. c) Los equipos y artefactos eléctricos del laboratorio deberán tener conexiones a tierra, sus conductores eléctricos deberán ser inspeccionados frecuentemente para verificar el estado de sus aislamientos. d) Nunca use material de vidrio roto, rajado o defectuoso, éste debe ser desechado inmediatamente. e) Cuando transporte frascos que contenga ácidos o soluciones cáusticas, use canastilla de seguridad apropiada. f) Usar tenazas o guantes de asbesto cuando se manipule vasos o recipientes calientes. g) Las pruebas o reacciones químicas hágala siempre dentro de los gabinetes con la campana de extracción encendida. h) Tenga cuidado con el GLP, si se produce una fuga, evacue. i) Los recipientes que contengan líquidos volátiles, tales como alcohol, acetona, etc., deberán mantenerse alejados de toda fuente de calor. No fume en el laboratorio. Art. 46: Materia Prima-Recepción. a) En todo momento se deberá mantener el orden y limpieza de la planta con la finalidad de que ingresen sin mayores dificultades los camiones que dejarán las cargas b) El personal de estibadores tomará todas las medidas de protección indicados en el presente reglamento. c) Los vehículos que ingresan a la planta para la descarga de sacos apagarán por completo sus vehículos. Art. 47: Manipulación. a) Para la manipulación de las unidades, estos no excederán el peso máximo permitido y en todo caso excediera los sacos, deberán ser trasladados en una carretilla mecánica o manual. b) Los estibadores usarán sus EPP´s como guantes de protección, zapatos industriales, mascarillas con filtro para partículas, lentes de seguridad. c) Tener precaución con las sobrecargas. ELABORADO Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo

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d) Vigilar permanentemente que todos los estibadores cumplan las normas de seguridad así sean externos. Art. 48: Despacho a) En todo momento se deberá mantener el orden y limpieza en las áreas en la que se realizará el despacho de las unidades con la finalidad de evitar caídas o tropiezo al momento de manipular las unidades de páprika. b) Las unidades serán transportados por un apilador, montacarga o carretilla hidráulica, eléctrica o a combustión (según sea el caso) y se tomarán las medidas preventivas para el uso de la máquina. MEDIDAS DE SEGURIDAD EN LA RUMA DE SACOS Art. 49: a) Los sacos solo serán arrumados por personal autorizado por el Jefe de Planta y/o Jefe de Almacén. b) La ruma será como máximo de altura de 4 metros desde el nivel del suelo. c) El suelo deberá estar a nivel no deberá tener grietas. d) Las zonas de ruma deberán estar delimitadas. e) Está prohibido que los trabajadores descansen cerca a las rumas de sacos. f) El apilamiento deberá garantizar la seguridad del trabajador que se encuentra en la parte superior de la ruma. g) Solo subirán la cantidad de trabajadores que ameriten estar arriba. h) Por ningún motivo los sacos deberán están inclinados por ninguno de sus lados. i) Solo se usarán herramientas o máquinas autorizadas para apilar o desapilar las unidades de páprika. SALA DE MÁQUINAS Art. 50: Condiciones Generales Riesgos: a) Proyecciones de partículas a los ojos. b) Cortes y pinchazos. c) Golpes y caídas de las herramientas. ELABORADO Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo

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d) Explosión o incendio (chispas en ambientes explosivos o inflamables). e) Esguinces por sobre esfuerzos o gestos violentos. Art. 51: Medidas Preventivas Generales a) En cada trabajo, se utilizará la herramienta adecuada, empleándola para la función que fueron diseñadas. No se emplearán, por ejemplo, llaves por martillos, destornilladores por cortafríos, etc. b) Cada usuario comprobará el buen estado de las herramientas antes de su uso, inspeccionando cuidadosamente mangos, filos, zonas de ajuste, partes móviles, cortantes y susceptibles de proyección, y será responsable de la conservación tanto de las herramientas que él tenga encomendadas como de las que utilice ocasionalmente. Deberá dar cuenta de los defectos que se observe a su superior inmediato, quien las sustituirá si aprecia cualquier anomalía. c) Las herramientas se mantendrán limpias y en buenas condiciones. d) No se utilizarán herramientas con mangos flojos, mal ajustados y astillados. Se tendrá especial atención en los martillos y mazas. e) Se prohíbe lanzar herramientas, deben entregarse en mano. f) Las herramientas de corte se mantendrán afiladas y con el corte protegido o tapado mediante tapabocas de caucho, plástico, cuero, etc. g) Las herramientas deberán estar ordenadas adecuadamente, tanto durante su uso como en su almacenamiento, procurando no mezclar las que sean de diferentes características. h) En caso de duda sobre la utilización correcta de una determinada herramienta, se pedirán aclaraciones al jefe inmediato antes de ponerse a su uso. Art. 52: En las operaciones de hacer funcionar máquinas tales como: taladros, esmeriles y otras que desprendan partículas cortantes o abrasivas, se deberán dotar a los trabajadores expuestos, de anteojos adecuados para proteger la vista. Art. 53: Cuando se efectúen labores de mantenimiento, los trabajadores asignados tienen que estar seguros de que la máquina que repararán esté ELABORADO Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo

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desconectada eléctricamente y sin funcionamiento, antes de empezar cualquier trabajo. Art. 54: Los pisos deben estar limpios y cuidar que no existan charcos de agua, aceite u otras sustancias grasosas, que puedan provocar caídas o resbalones. Art. 55: Cuando se utilicen los equipos de soldadura eléctrica u oxiacetilénica, los trabajadores utilizarán pantallas o gafas de soldar y un extintor portátil. Art. 56: Para la utilización y manipuleo de los equipos de soldadura o corte, regirán las siguientes condiciones de seguridad con el fin de evitar los siguientes riesgos: a) Riesgo eléctrico. b) Quemaduras por contacto. c) Lesiones por las radiaciones infrarrojas y ultravioletas. d) Proyecciones de partículas a los ojos. e) Humos de soldadura. f) Riesgo de incendio. g) Riesgo de explosión. Art. 57: Soldadura Oxiacetilénica o Autógena: a) En las botellas de oxígeno, las válvulas y la reductora de presión deben estar limpias de grasas y aceites. b) Las máquinas de soldar, nunca serán situadas debajo del lugar en que se esté efectuando el trabajo, para evitar la caída de chispas y proyecciones sobre las botellas. d) Ante un incendio fortuito en el equipo de soldadura antes de intentar sofocarlo se procederá a cerrar rápidamente las válvulas de alimentación, si es posible. e) Nunca se soldará o cortarán bidones que hayan contenido líquidos o gases inflamables. f) Las botellas de gases se colocarán y fijarán para mantenerlas siempre en posición vertical, lejos de los focos de calor o llamas. g) Las bocas de los grifos de las botellas de oxigeno y acetileno deben apuntar en direcciones opuestas. h) Para el transporte se utilizará siempre un carro porta-botellas. Transportar las botellas con los grifos cerrados y las caperuzas puestas. Se permite el ELABORADO Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo

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transporte en el carro de soldar sin poner las tapas protectoras, si es para un simple traslado y uso inmediato, pero deben tener sus válvulas cerradas durante el transporte. i) El equipo oxiacetilénico llevará válvulas de seguridad contra retrocesos en las botellas y en el soplete. j) Las mangueras para la conducción de gas acetileno u otro gas combustible serán de diferente color que las usadas para conducir oxígeno. k) Las fugas de gas en manguera o valvulería se buscarán siempre con agua jabonosa y jamás mediante llama. l) Nunca se estrangulará una manguera para detener temporalmente el flujo de gas, por ejemplo para cambiar un soplete o una boquilla. Art. 58: Soldadura Eléctrica: a) Siempre que se suelde con arco eléctrico se utilizarán medios adecuados para proteger o aislar al personal de las radiaciones lumínicas. No mirar jamás directamente el arco eléctrico. b) Se deben proteger los ojos de posibles proyecciones al picar o repasar el cordón de soldadura. c) Antes de efectuar un cambio de intensidad desconecte el equipo. d) La superficie exterior de los porta electrodos y los bornes de conexión para circuitos de alimentación de los aparatos de soldadura, deberán estar cuidadosamente dimensionados y aislados. e) Comprobar que los terminales de llegada de corriente no están al descubierto. f) En lugares húmedos, aíslese trabajando sobre una base de madera seca o alfombra aislante. g) No tocar la pinza y apoyarse en la mesa al mismo tiempo. h) No se deben apoyar las piezas sobre suelos sin aislarlas convenientemente de ellos. i) No tocar el electrodo una vez conectado al equipo. j) No introducir jamás el electrodo en agua para enfriarlo. Puede causar un accidente eléctrico.

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k) Se dispondrá junto al soldador de un recipiente o cubeta resistente al fuego para recoger los cabos de electrodo calientes al objeto de evitar incendios y quemaduras al personal. SEGURIDAD ELÉCTRICA Alcance y Definiciones Art. 59: Esta sección cubre todos los trabajos realizados sobre la maquinaria o cerca de ella (incluyendo equipos de comprobación, herramientas, etc.) impulsados por electricidad. Instalaciones Seguras Art. 60: a) Cargar excesivamente los enchufes, usando adaptadores, puede causar un incendio. Se aprovisionará de tomacorrientes suficientes, y si es necesario, utilizar una regleta multi-enchufe. b) Fusible, interruptores de circuito, y otros dispositivos deben ser correctamente calibrados para el circuito que ellos protegen. c) En ningún momento, el agua debe entrar en contacto con la electricidad. Aislamiento, protección, y puesta a tierra Art. 61: a)

Los cables de Fuerza a las máquinas estarán bien aislados, por ejemplo forrados, empaquetados o instalados dentro de un canal.

Las

conexiones a tierra deben estar en buenas condiciones. b)

Algunas herramientas son doblemente aisladas para una protección extra y estos tienen sólo dos cables (negativo y positivo); asegúrese que estén conectados apropiadamente.

c)

Todos los enchufes, tomacorrientes y demás ajustes deben ser suficientemente fuertes y adecuadamente protegidos para el ambiente en el que trabajarán.

d)

Los cables quemados o dañados deben ser reemplazados completamente y de forma inmediata.

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e)

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Los cables sólo pueden ser unidos utilizando conectores apropiados o uniones para cable.

f)

Bombas de luz u otros artículos que puedan dañarse fácilmente con el uso deben ser protegidos.

g)

Cuando transporte o vierta líquidos inflamables, use cisternas metálicas cerradas y asegúrese que todo el trabajo de metal sea de garantía y puesto a tierra.

Art. 62: Líneas eléctricas aéreas a)

Las líneas eléctricas pueden viajar en forma aérea siempre que no toquen las estructuras de la planta ni los equipos.

b)

Cuando un personal no calificado para esta área, esté trabajando en una posición elevada cerca de las líneas aéreas (como un pintor que esté trabajando sobre una escalera de mano), la distancia mínima entre las líneas aéreas y la persona / equipo es de 3 metros.

Art. 63: Todos los equipos eléctricos como tableros de distribución, encendidos de motor, relay , control de tableros, desconectores, cajas de interrupción, y tableros de fusibles deben ser apropiadamente etiquetados con su voltaje (220 Voltios, 380 Voltios, etc.) y con una indicación que diga “Precaución. Riesgo Eléctrico”. Sólo puede ser abierto por personal calificado. Avise al Departamento de Mantenimiento o Jefe de Planta. Art. 64: Todos los trabajadores que laboran con maquinaria eléctrica o cerca ella, deben reconocer los problemas e informarlos inmediatamente. Algunas señales de un problema incluyen: a)

Daño en los tomacorrientes, enchufes, o cables;

b)

Evidencia de sobrecalentamiento, como olor a quemado o enchufes negreados;

c)

Frecuentemente voladura de fusibles o shocks eléctricos.

Equipo de Protección Personal Art. 65: A todo el personal que al trabajar quede expuesto a las partes eléctricas se les proporcionará los equipos de protección aislantes como son: los guantes, mandiles, botas dieléctricas, etc. ELABORADO Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo

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Art. 66: Los artículos conductores de joyería y vestido (como correas de reloj, pulseras, anillos, cadenas, collares, etc.) no puede llevarse ya que ellos podrían entrar en contacto con las partes eléctricas expuestas. Sub-Estación de Distribución Art. 67: Todos los conductores eléctricos de la sub-estación estarán adecuadamente aislados, fijados sólidamente y protegidos con barreras adecuadas. Art. 68: El local de la sub-estación eléctrica dispondrá de alumbrado indirecto y ventilación apropiada para evitar recalentamiento y/o prevenir riesgos de incendio y explosión. Art. 69: El ingreso al área de transformadores es permitido solamente al jefe electricista y/o al personal técnico que expresamente sea autorizado. Art. 70: El piso de la sub-estación deberá mantenerse siempre limpio, evitando rociar agua o elementos inflamables. Art. 71: Las barras de baja y alta tensión y aisladores deben estar libres de acumulación de polvo, grasa, etc. Gases Comprimidos Art. 72: a) Los cilindros de gases combustibles no se almacenarán en lugares donde se efectúen operaciones de soldadura o corte, y los de oxígeno se almacenarán separados de otros cilindros, salvo que se utilicen. b) Los cilindros que contengan gases licuados, se almacenarán en posición vertical o cercana a la vertical, debidamente sujetados en cadenas o sogas para evitar su caída. c) No dejarán caer, ni se expondrá a choques violentos los cilindros de gases. d) Cuando se utilicen cilindros, éstos se sujetarán con correas, collares o cadenas, para evitar que se vuelquen. e) Los casquetes de protección de las válvulas de los cilindros de gases, estarán colocados en su posición cuando los cilindros se transporten o cuando no estén en uso.

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f) Los cilindros de oxígeno no se manipularán con las manos o guantes grasientos y no se empleará grasa ni aceite como lubricante de las válvulas, accesorios, manómetros o en el equipo regulador. Compresoras Art. 73: Las compresoras se instalarán sobre bases sólidas y aseguradas firmemente en su lugar. Art. 74: Las compresoras estarán equipadas de mecanismos automáticos que detendrán la compresión antes de que la presión de descarga exceda la presión máxima permitida. Art. 75: El mecanismo de control automático, el sistema de enfriamiento del aire y la válvula de seguridad de las compresoras, se revisarán, limpiarán y harán funcionar frecuentemente para mantenerla en óptima condiciones de trabajo. Art. 76: Las tomas de aire estarán situadas en un lugar donde el aire sea tan puro y limpio como sea posible y libre de gases y emanaciones inflamables. Art. 77: El trabajo prolongado con pantallas de visualización de datos puede producir una serie de molestias, que pueden reducirse o minimizarse realizando las siguientes mejoras en diversos aspectos. Para ello tendremos en cuenta las siguientes recomendaciones: a) Disponer la pantalla de forma vertical para que no refleje los puntos de luz o los fluorescentes del techo. b) Colocar la pantalla en dirección paralela al paramento donde se encuentran las ventanas, para evitar el reflejo sobre la misma y que la luz que entra del exterior incida directamente sobre los ojos. c) Utilizar persianas o cortinas para controlar la cantidad de luz diurna que entra en la sala. Art. 78: Para obtener una correcta postura corporal debemos seguir los siguientes pasos: a) Regular la altura de la silla o de la superficie de trabajo, de forma que sus antebrazos queden paralelos al suelo y sus muñecas no se doblen. b) Colocar el monitor a una distancia comprendida entre 60 y 80 cm.

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c) La línea superior de la pantalla no debe encontrarse por encima de la altura de los ojos. d) Es recomendable la utilización de un atril para documentos, colocado al mismo nivel que la pantalla y junto a la misma. e) Colocar los pies de forma plana sobre el suelo. Si la silla es alta, utilizar reposapiés. f)

La zona lumbar debe quedar cómodamente apoyada.

g) Adoptar una posición relajada y erguida. Evitar inclinarse hacia adelante o hacia atrás. Art. 79: Para cuidados de la vista deben efectuar los siguientes: a)

Efectuar pausas frecuentes y descansar la vista.

b)

Mantener limpias las gafas, lentes de contacto y la pantalla.

c)

Si utiliza un filtro de pantalla, limpiarlo siguiendo las instrucciones del fabricante.

Art. 80: Es muy importante conservar el orden y limpieza y para ello debemos: a) Mantener los pasillos entre escritorios y puestos de trabajo libres de cajas, papeleras, cables, carros, etc. b) Cerrar los cajones de los archivadores y las puertas de los armarios. c) Mantener la mesa ordenada para evitar la caída de objetos a las zonas de paso. d) No almacenar carpetas, cajas u otros objetos de forma inestable sobre armarios. e) Guardar de forma segura las chinchetas, tijeras, abrecartas, etc. f)

Disminuir el riesgo de incendio.

TÍTULO VI. ESTANDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS SERVICIOS Y ACTIVIDADES CONEXAS 6.1 MANTENIMIENTO Y REPARACIONES Art. 81: Cuando lleven a cabo reparaciones estructurales, extensiones o trabajos de pintado, se tomarán las medidas necesarias para proteger al personal cuyo trabajo se realice en la proximidad de los equipos a tensión.

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Art.82: Cualquier empleado de la planta que descubra desperfectos o condiciones peligrosas en el local o parte de él, en su estructura, maquinaria, instalaciones, herramientas, equipos o cualquier otro accesorio o instrumento, está obligado a informar inmediatamente dichos desperfectos o condiciones al encargado de seguridad o jefe de área. Art. 83.- En caso de que los defectos puedan ocasionar peligros a la vida o salud del personal o de tercero, o alrededor del edificio y de la planta se tomará de inmediato las medidas para evitar accidentes. Art. 84: Las escaleras de todos los locales se conservarán siempre en buenas condiciones para una evacuación rápida y segura. 6.2 MANTENIMIENTO DEL ORDEN Y LA LIMPIEZA Art. 85: En todo ambiente de la empresa como salón, cocina, oficinas, pasadizos y cualquier lugar análogo, donde labora el personal se debería apartar y, en lo posible, eliminar completamente todo objeto que pueda hacer caer, resbalar o tropezar a los trabajadores. Art. 86: Normas para el mantenimiento del orden y la limpieza: a) Mantenga aseado y ordenado su sitio de trabajo. b) Cuando realice la limpieza y mantenimiento de las computadoras debe tener el equipo apagado y desconectado. c) Limpie la pantalla de su computador con un paño húmedo (la pantalla tiende a acumular polvo debido a su carga electrostática, por ello la frecuencia de limpieza debe ser diaria) d) Limpie el teclado mensualmente con el fin de evitar sobreesfuerzos en la digitación, proceda a invertir el teclado y sacudirlo suavemente o limpiarlo con un cepillo seco. e) Al menos una vez al año se debe solicitar el mantenimiento de los equipos. f)

No beba cerca o junto equipos o sistemas eléctricos, lo cual incluye computadores.

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TÍTULO VII. ESTANDARES DE CONTROL DE PELIGROS EXISTENTES Y RIESGOS EVALUADOS 7.1 CONDICIONES DE SEGURIDAD EN LAS INSTALACIONES CIVILES Art. 87: Todas las construcciones e instalaciones de la Empresa serán de construcción segura y firme para evitar el riesgo de desplome y deberá reunir las exigencias de los Reglamentos de construcción o de las normas técnicas respectivas. Art. 88: Los techos tendrán suficiente resistencia, para proteger a los trabajadores de las condiciones climatológicas normales de la zona y cuando sea necesario para soportar la suspensión de los cargas. Art. 89: Los cimientos y pisos tendrán suficiente resistencia para sostener con seguridad las cargas para las cuales han sido calculadas y no serán sobrecargadas. 7.2 ACCIDENTES DE TRABAJO Art. 90: Se considera accidente de trabajo a toda lesión orgánica o funcional que en forma violenta o repentina sufran los trabajadores, debido a causas externas a la víctima o al esfuerzo realizado por ésta y que origine una reducción temporal o permanente en su capacidad de trabajo o produzca su fallecimiento. Art. 91: Asimismo se considera accidente de trabajo: a) El que sobrevenga al trabajador en la ejecución de órdenes del empleador, aún fuera del lugar y las horas de trabajo. b) El que sobrevenga antes, durante y en las interrupciones del trabajo, si el trabajador se hallase por razón de sus obligaciones laborales, en el lugar de trabajo de los locales de la Empresa. c) El que sobrevenga por acción de tercera persona, o por acción del empleador o del otro trabajador durante la ejecución del trabajo. 7.2.1 NOTIFICACIÓN DE ACCIDENTES Art. 92: Todo accidente de trabajo por más leve que este sea deberá ser informado a la brevedad posible al jefe del área y al Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo. ELABORADO Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo

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Art. 93: El Jefe del área llenará el formato “Registro de accidentes”, por todo lo ocurrido en su área aún cuando éste no haya dado por resultado una lesión en un plazo máximo de veinticuatro horas, luego de ocurrido el accidente, para obtener información relacionada con los actos y condiciones inseguras. 7.2.2 INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES Art. 94: La investigación de un accidente o de alguna ocurrencia, tendrá como fin determinar responsabilidades y descubrir las prácticas y condiciones peligrosas existentes, a fin de que aquellos otros accidentes que puedan llegar a pasar por causas similares sean prevenidos. Art. 95: Deberá investigar con el lesionado o con los testigos: a) Cómo ocurrió el accidente b) Por qué ocurrió el accidente c) Qué causo el accidente. 7.2.3 ESTADISTICAS DE ACCIDENTES Art. 96: Las estadísticas de los accidentes de trabajo que ocurran en la empresa servirá para evaluar la efectividad de los programas de seguridad trazados, así como para planificar las futuras actividades. Art. 97: Se definirá como índice de frecuencia, a la tasa utilizada para indicar la cantidad de accidentes por lesiones incapacitantes, más de una jornada de trabajo perdida por cada millón de horas hombre trabajadas (HHT) en un período determinado, puede ser mensual, trimestral, semestral o anual. La expresión utilizada para su cálculo es la siguiente: IF = Número de días perdidos x 1´000, 000 Horas hombre de trabajo Art. 98: se definirá como índice de severidad, a la tasa utilizada para indicar la gravedad de las lesiones ocurridas por accidentes del trabajo por cada millón de HHT. El período considerado para el cálculo de este índice puede ser semestral o anual. IS = Número de días perdidos x 1´000, 000 Horas hombre de trabajo Art.99: El cálculo de horas hombre de trabajo, es la siguiente: ELABORADO Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo

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HHT= Número de trabajadores x Horas trabajadas en un día x Días trabajados en una semana x Número de semanas en el periodo TÍTULO VIII. PREPARACIÓN Y RESPUESTAS A EMERGENCIAS 8.1 PREVENCIÓN Y PROTECCION CONTRA INCENDIOS 8.1.1 PREVENCIÓN DE INCENDIOS Art. 100: Todos los locales deben estar provistos de suficientes equipos para la extinción de incendios que se adapten a los riesgos particulares que estos presentan. Las personas entrenadas en el uso correcto de estos equipos se harán presentes durante todos los periodos normales de trabajo. Art. 101: Los equipos y las instalaciones que presenten grandes riesgos de los incendios deben ser construidos e instalados, siempre que sea factible, de manera que sea fácil aislarlos en caso de incendio. 8.1.1.1. PASILLOS Y PASADIZOS Art. 102: En los lugares de trabajo; el ancho del pasillo entre máquinas, instalaciones y rumas de materiales, no deben ser menor a 60 cm. Art. 103: Donde no se dispongan de acceso inmediato a las salidas se debe disponer, en todo momento, de pasajes o corredores continuos y seguros, que tengan un ancho libre no menor de 1.12 mt y que conduzcan directamente a la salida (Ref: Art 121 del D.S. N° 42-f). 8.1.1.2 ESCALERAS, PUERTAS Y SALIDAS Art. 104: Todos los accesos de las escaleras que puedan ser usadas como medio de escape, deben ser marcados de tal modo que la dirección de salida hacia la calle sea clara. Art. 105: Las puertas de salida se colocan de tal manera que sean fácilmente visibles y no se deben permitir obstrucciones que interfieran el acceso o la visibilidad de las mismas. Art. 106: Las salidas deben estar instaladas en número suficiente y dispuestas de tal manera que las personas ocupadas en los lugares de trabajo puedan abandonarlas inmediatamente, con toda seguridad, en caso de emergencia. El ancho mínimo de las salidas será de 1.12mt. ELABORADO Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo

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Art. 107: Las puertas y pasadizo de salida, deben ser claramente marcados con señales que indiquen la vía de salida y deben estar dispuestas de tal manera que sean fácilmente ubicables. 8.2 PROTECCION CONTRA INCENDIOS 8.2.1 CONDICIONES GENERALES Art. 108: El fuego es una oxidación rápida de un material combustible, que produce desprendimiento de luz y calor, pudiendo iniciarse por la interacción de tres elementos: Oxigeno, combustible y calor. La ausencia de uno de los elementos mencionados evitará que se inicie el fuego. Los incendios se clasifican de acuerdo con el tipo de material combustible que arde en: .Los

cilindros

que

contienen

gases

inflamables

o

comburentes

deben

almacenarse en lugares ventilados, con cadenas de seguridad contra vuelco en casos de sismo, señalizados. INCENDIO CLASE A: son fuegos que se producen en materiales combustibles sólidos, tales como: madera, papel, cartón, tela, etc. INCENDIO CLASE B: son fuegos producidos por líquidos inflamables tales como: Gasolina, aceite, pintura, solvente, etc. INCENDIO CLASE C: Son fuegos producidos en equipos eléctricos como: motores, interruptores, reóstatos, etc. INCENDIO CLASE D: Son fuegos que tienen su origen en cierto tipo de metales combustibles como: Zinc en polvo, aluminio en polvo, magnesio, titanio, zirconio, Sodio, potasio, litio, calcio. INCENDIO CLASE K: Los fuegos clase K, son aquellos donde se ven involucrados Grasas y aceites Vegetales y animales de cocina que arden con temperaturas superficiales muy altas. Art. 109: Cualquier trabajador de la empresa que detecte un incendio, procederá de la forma siguiente: a. Dar la alarma interna y externa. b. Comunicar a los integrantes de la brigada contra incendios. c. Seguir las indicaciones de las brigadas correspondientes. ELABORADO Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo

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d. Evacuar el área de manera ordenada con dirección a la puerta de salida más cercana. Art.110: Consideraciones generales importantes: a. La mejor forma de combatir incendios es evitando que estos se produzcan. b. Mantengan su área de trabajo limpio, ordenado y en lo posible libre de materiales combustibles y líquidos inflamables. c. No obstruya las puertas, vías de acceso o pasadizos, con materiales que puedan dificultar la libre circulación de las personas. d. Informe a su Superior sobre cualquier equipo eléctrico defectuoso. e. Familiarícese con la ubicación y forma de uso de los extintores y grifos contra incendios. f. En caso de incendio de equipos eléctricos desconecte el fluido eléctrico. No use agua ni extintores que lo contengan si no se ha cortado la energía eléctrica. g. La operación de emplear un extintor dura muy poco tiempo; Por consiguiente, utilícelo bien, acérquese lo más que pueda, dirija el chorro a la base de las llamas, no desperdicie su contenido. h. Obedezca los avisos de seguridad y familiarícese con los principios fundamentales de primeros auxilios. 8.2.2 AGUA, ABASTECIMIENTO, USO Y EQUIPO Art. 111: La empresa garantizará un abastecimiento de agua adecuado a presión mínima de 60 libras, en caso de incendio de materiales combustibles ordinarios (Clase A). Art. 112: Las bombas para incendios estarán situadas y protegidas de tal modo que no se interrumpa su funcionamiento cuando se produzca un incendio. Art. 113: Los grifos contra incendios deberán ser de fácil acceso y estarán conservados y mantenidos en buenas condiciones de funcionamiento. Art. 114: En los incendios de tipo B y C, no se usará agua para extinguirlos, debiéndose usar otros medios de extinción adecuados.

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8.2.3 EXTINTORES PORTÁTILES Art. 115: La empresa, dotará de extintores de incendios adecuados al tipo de incendio que pueda ocurrir, considerando la naturaleza de los procesos y operaciones. Art. 116: Los aparatos portátiles contra incendios, serán inspeccionados por lo menos una vez por mes y serán recargados cuando se venza su tiempo de vigencia o se utilicen, se gaste o no toda la carga. Art. 117: Todos los extintores se colocarán en lugares visibles, de fácil acceso, los que pesen menos de 18 Kg., Se colgarán a una altura máxima de 1.50 m medidos del suelo a la parte superior del extintor, al centro de un recuadro pintado con franjas oblicuas de colores alternados rojo y blanco de aproximadamente 20 cm. de diámetro y 45° de inclinación. Art. 118: Cuando ocurran incendios que implican equipos eléctricos, los extintores para combatirlos serán de polvo químico seco; en caso de que el incendio sea en el centro de cómputo, laboratorios o implique equipos sofisticados, se utilizarán los extintores de gas carbónico (CO2), para su extinción. 8.3 SISTEMAS DE ALARMA Y SIMULACROS DE INCENDIO Art. 119: La empresa debe disponer un número suficiente de estaciones de alarma operadas a mano, colocadas en lugares visibles, en el recorrido natural de escape de un incendio y debidamente señalizadas. La empresa realizaran ejercicios de simulacros de incendio, además se adiestrará al personal en el uso de los extintores portátiles, evacuación y primeros auxilios y búsqueda y rescate. Se realizarán capacitaciones periódicas y ejercicios de seguridad industrial según programa anual establecido. a. Para los simulacros de evacuación, el personal deberá seguir la señalización de seguridad indicada como SALIDA. b. Para combatir los siniestros que puedan ocurrir, la empresa formará brigada contra incendios, de primeros auxilios, de evacuación, de búsqueda y rescate. c. Cuando se realiza el simulacro o en el caso de un siniestro real, se activan alarmas audibles por pisos, las que dan el indicador de evacuación. ELABORADO Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo

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d. La alarma de Incendio, tendrá un sonido característico distinto a la de evacuación. 8.4: ALMACENAJE DE EXPLOSIVOS Y MANIPULEO DE SUSTANCIAS INFLAMABLES. Art. 120: Podrán ser depositados al aire libre, de pie, debidamente atados con una cadena, estando adecuadamente protegidos contra los cambios excesivos de temperatura y los rayos directos del sol o de la humedad permanente. Art. 121: No hacer rodar los cilindros, estos deben transportarse en sus carritos respectivos. Art. 122: No dejarán caer, ni se expondrá a choques violentos los cilindros. Art. 123: Los cilindros serán transportados en la planta mediante dispositivos apropiados. Art. 124: Los cilindros se mantendrán a distancias suficientes, desde el punto de vista de la seguridad, de todo trabajo en el que se produzcan llamas, chispas o metal fundido, que ocasione un calentamiento excesivo en los cilindros. Art. 125: La manipulación de cilindros será realizada con manos o guantes libres de compuestos combustibles como aceite o grasa, ni se empleará la misma para lubricación del cilindro, válvulas o accesorios. Art. 126: En las áreas donde se use, manipule, almacene, transporte, etc., materiales o líquidos inflamables, está terminantemente prohibido fumar o usar llamas descubiertas o luces que no sean a prueba de fuego o explosión. 8.4.1

MANIPULACION Y ALMACENAJE DE GASES COMPRIMIDOS

Art. 127: Podrán ser depositados al aire libre, de pie, debidamente atados con una cadena, o correas, estando adecuadamente protegidos contra los cambios excesivos de temperatura y los rayos directos del sol o de la humedad permanente. Art. 128: Los cilindros de acetileno, oxigeno u otros gases deben ser manejados con precauciones por personas experimentadas. No se depositarán gases comprimidos cerca de sustancias inflamables. Art. 129: No hacer rodar los cilindros, estos deben transportarse en sus carritos respectivos. Art. 130: No dejarán caer, ni se expondrá a choques violentos los cilindros. ELABORADO Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo

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Art. 131: Los cilindros serán transportados en la planta mediante dispositivos apropiados. Art. 132: Los cilindros se mantendrán a distancias suficientes, desde el punto de vista de la seguridad, de todo trabajo en el que se produzcan llamas, chispas o metal fundido, que ocasione un calentamiento excesivo en los cilindros. Art. 133: Los cilindros de oxigeno no se manipularan con las manos o guantes grasientos y no se empleara grasa ni aceite como lubricante en las válvulas, accesorios, manómetros o en el equipo regulador. Art. 134: Manipulación de cilindros será realizada con manos o guantes libres de compuestos combustibles como aceite o grasa, ni se empleará la misma para lubricación del cilindro, válvulas o accesorios. Art. 135: Los casquetes de protección de las válvulas de los cilindros de gases estarán colocados en su posición cuando los cilindros se transporten o cuando no están en uso. 8.5

ELIMINACIÓN DE DESPERDICIOS

Art. 136: No se debe permitir que se acumulen en el piso desperdicios de material inflamable, los cuales deben ser destruidos o acumulados separadamente de otros desperdicios. Art. 137: Se debe disponer de recipientes para recoger inmediatamente los trapos saturados de aceite, pintura u otros materiales combustibles, sujeto a combustión espontánea en los lugares de trabajo donde estos se produzcan. Art. 138: Diariamente el encargado de limpieza debe recolectar los recipientes de basura de cada ambiente, colocándose en un lugar determinado para ser erradicados de la empresa, entidad pública o privada. Art. 139: Para los desperdicios líquidos como es el caso de residuos ácidos son neutralizados con un compuesto básico antes de su eliminación. Art 140: Para el Caso de Cartuchos de Tintas, Tóner y afines, son devueltos al proveedor para su recarga. Art. 141: Para el Caso de Productos rechazados por no conformidad del proceso, se realiza la destrucción del mismo antes que se deseche. Art. 142: Para el recojo de los desperdicios se utiliza un proveedor de servicio de recojo de desechos con la autorización debida. ELABORADO Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo

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8.6 SEÑALES DE SEGURIDAD 8.6.1 OBJETO: Art. 143: El objeto de las señales de seguridad será el hacer conocer, con la mayor rapidez posible (Visual) los peligros, probabilidades de accidentes y las medidas de prevención y protección. 8.6.2 DIMENSIONES DE LAS SEÑALES DE SEGURIDAD Art.144: Las señales de seguridad serán tan grandes como sea posible y su tamaño será congruente con el lugar en que se colocan o el tamaño de los objetos, dispositivos o materiales a los cuales se fijan, en todos los casos, el símbolo de seguridad, debe ser identificado desde una distancia segura. Art. 145: Las dimensiones de las señales de seguridad serán las siguientes: 

Círculo: 20 cm. de diámetro



Cuadrado: 20 cm. de lado



Rectángulo: 20 cm. de altura y 30 cm. de base



Triángulo equilátero: 20 cm. de lado.

Estas dimensiones pueden multiplicarse por las series siguientes: 1.25, 1.75, 2, 2.25, 2.5 y 3.5, según sea necesario ampliar el tamaño. 8.6.3 APLICACIÓN DE LOS COLORES Y SIMBOLOS EN LAS SEÑALES DE SEGURIDAD: Art. 146: Las señales de prohibición tienen como color de fondo blanco, la corona circular y la barra transversal son rojos, el símbolo de seguridad negro y se ubica al centro y no se superpone a la barra transversal, el color rojo cubre como mínimo el 35% del área de la señal. Art. 147: Las señales de advertencia tienen como color de fondo el amarillo, la banda triangular negra, el símbolo de seguridad negro y ubicado en el centro, el color amarillo debe cubrir como mínimo el 50% de área de la señal.

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Art. 148: Las señales de obligatoriedad tendrán un color de fondo azul, la banda circular es blanca, el símbolo de seguridad es blanco y debe estar ubicado en el centro, el centro azul cubre como mínimo el 50% del área de la señal. Art. 149: Las señales informativas se deben ubicar en equipos de seguridad en general, rutas de escape, etc. Las formas de las señales informativas deben ser cuadradas o rectangulares, según convenga a la ubicación del símbolo de seguridad o el texto. El símbolo de seguridad es blanco, el color de fondo es verde y debe cubrir como mínimo el 50 % del área de la señal. 8.7 PRIMEROS AUXILIOS 8.7.1 GENERALIDADES. Art. 150: El principal objetivo de los primeros auxilios, es la de evitar, por todos los medios posibles, la muerte o la invalidez de la persona accidentada. Otro de los objetivos principales es que mediante los mismos se brindan un auxilio a la persona accidentada mientras se espera la llegada del médico o se le traslada aun hospital. 8.7.2 REGLAS GENERALES Art. 151: Cuando se presente la necesidad de un tratamiento de emergencia, siga éstas reglas básicas: a. Evite el nerviosismo y el pánico. b. Si se requiere acción inmediata para salvar una vida (respiración artificial, control de hemorragias, etc.), haga el tratamiento adecuado sin demora. c. Haga un examen cuidadoso de la víctima. d. Nunca mueva a la persona lesionada a menos que sea absolutamente necesario para retirarla del peligro. e. Avise al médico inmediatamente. 8.7.3 TRATAMIENTOS 8.7.3.1 SHOCK Art. 152: Cuando ocurra un “shock” siga estas reglas básicas: a. Acostar al paciente con la cabeza hacia abajo, esto se puede conseguir levantando los pies de la camilla o banca. donde esté acostado el paciente, 6 pulgadas mas alto que la cabeza. ELABORADO Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo

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b. Constatar que la boca esté libre de cuerpos extraños y que la lengua esté hacia adelante. c.

Suministrarle abundante cantidad de aire fresco u oxigeno si existe disponible.

d. Evitar al paciente el enfriamiento, se le debe abrigar con una frazada y llevarlo al médico. 8.7.3.2 HERIDAS CON HEMORRAGIAS Art. 153: Seguir el siguiente tratamiento: a. Se puede parar o retardar la hemorragia, colocando una venda o pañuelo limpio sobre la herida, presionando moderadamente. b. Si la hemorragia persiste aplique el torniquete (cinturón, pañuelo, etc.), en la zona inmediatamente superior a la herida y ajuste fuertemente. c. Acueste al paciente y trate de mantenerlo abrigado. d. Conduzca al herido al hospital. e. Si el viaje es largo, suelte el torniquete cada 15 minutos para que circule la sangre. 8.7.3.3 FRACTURAS Art.154: Siga el siguiente tratamiento: a. No doble, ni tuerza, ni jale el miembro fracturado. b. Mantenga al paciente descansando y abrigado. c. Por fracturas de espalda, cuello, brazo o de la pierna, no mueva al paciente y llame al médico. d. Por fracturas de cualquier otra parte del cuerpo, lleve al accidentado al médico. e. Si hay duda acerca de si un hueso esta ó no fracturado, trátese como fractura.

8.7.3.4 QUEMADURAS

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Art. 155: Son lesiones que se producen a causa del calor seco o del calor húmedo y se clasifican deacuerdo al grado de lesión que causa en los tejidos del cuerpo en 1er, 2do, y 3er grado. a. Para quemaduras leves o de 1er grado se puede aplicar ungüento y puede ser cubierta por una gasa esterilizada. b. Para quemaduras de 2 do y 3er grado quite la ropa suelta y aplique una gasa esterilizada suficientemente grande para cubrir la quemadura y la zona circundante y lo suficientemente larga para evitar el contacto del aire con la quemadura. 8.7.3.5 RESPIRACION BOCA A BOCA: Art. 156: Es un método efectivo mediante el cual se revive a una persona que no puede respirar por si misma, su aplicación nunca daña a la víctima, aunque la falta de esta se puede resultar fatal ya que cualquier demora puede producir consecuencias graves o fatales. a. Acueste de espaldas y en su posición horizontal al lesionado y colóquese al lado junto a la cabeza. b. Levante la mandíbula inferior para asegurar el paso del aire. c. Trate de cubrir la boca, para ello introduzca el dedo, pulgar y tire del mentón hacia adelante con la otra mano tape los orificios nasales (esto evita la pérdida del aire). d. Respire profundamente y coloque su boca sobre la de la víctima y sople en forma suave y regular. e. Retire su boca para permitir que la víctima exhale, vuelva a soplar y repita 12 veces por minuto como mínimo. Algunas veces la víctima cierra la boca fuertemente que resulta difícil abrirla, en estos casos sople el aire por la nariz, selle los labios con el índice de la mano que contiene la barbilla. 8.7.4 BOTIQUÍN DE PRIMEROS AUXILIOS Art.157: La empresa abastecerá de manera que haya siempre un stock permanente los siguientes medicamentos y materiales en el botiquín: a. Instrumentos: Tijeras, Pinzas, Termómetro bucal y Otros ELABORADO Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo

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b. Vendas: Gasas esterilizadas, rollo de tela adhesiva o Esparadrapo, caja de curitas, paquetes de algodón absorbente, Otros. c. Medicamentos: Agua oxigenada, Alcohol, yodo, mercurio, cromo, picrato de butesin, jabón germicida, aspirina (o equivalente), antibiótico, calmantes de dolor, entre otros. Art. 158: El personal encargado: a. Las personas encargadas del botiquín son los miembros de la brigada de primeros auxilios las cuales revisaran el stock mensualmente. b. En caso de ser mayor la gravedad de accidente, la empresa trasladará al trabajador afectado al Hospital más cercano, en donde se le prestará la atención integral. c. Adicionalmente a esto, la empresa contrata un seguro complementario de riesgo para el personal. EQUIPAMIENTO BASICO

BOTIQUIN DE PRIMEROS AUXILIOS MATERIALES

CANTIDAD

Vendas (3" x 5 yardas) Vendas (4" x 5 yardas) Gasas (10 x 10cm) Gasas (7.5 x 7.5cm) Venda Triangular de tela de 100x100x142cm

3 3 4 4 1

Apósitos estériles para quemaduras(Gasa Jelonet 10cm x 10 cm)

2

Crema para quemaduras (Picrato de Butesin) Crema antiinflamatoria (Hirudoid ) Agua Oxigenada de 125 ml Alcohol de 96 % 250 ml Solución antiséptica de 120 ml (yodopovidona) Esparadrapo antialérgico 3M (2.5cmx4.5m) Algodón hidrófilo 50 gr Imperdibles para vendas (par) Tijera de acero de 15 cm Pinza de acero Termómetro de Mercurio Guantes quirúrgicos (par) Caja de Curitas ( 50 unidades) Baja lenguas Block de Notas

1 1 1 1 1 1 1 10 1 1 1 6 1 10 1

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8.7.5 NORMAS BASICAS DE PRIMEROS AUXILIOS Art. 159.- Al encontrarnos frente a una situación donde deban brindarse los primeros auxilios, es necesario seguir con las siguientes normas básicas, teniendo en cuenta que lo descrito aquí no nos convierte en expertos del tema: a) Tranquilizar al accidentado manteniendo frente a él la serenidad debida, evitando crear pánico y zozobra. De este modo es posible que la atención sufra mayores efectos. b) Planificar los procedimientos a seguir, teniendo en cuenta el tipo de accidente o enfermedad generada. c)

Se hace necesario también planificar el uso de los medios y recursos materiales humanos con que se dispone.

d) Utilizar solo las medidas y técnicas apropiadas para brindar los primeros auxilios, no deben realizarse maniobras forzadas que puedan causar daños irreparables. e) Evite comentarios con otras personas en el lugar del accidente y abstenerse del diagnóstico de cualquier naturaleza que resulten contraproducente. f) Atender al accidentado y estar a cargo de él hasta que pueda ser confiado a personas calificadas, o hasta que se recupere o esté en manos de sus familiares. g) El que presta los primeros auxilios no deben extralimitarse mas allá de sus conocimientos y capacidad, debe procurar no causar más daño de que ha recibido el accidentado. h) Si lo tiene al alcance pida ayuda médica o de personas calificadas. Art. 160: Para realizar los tratamientos necesarios en cada caso, aplique las técnicas que se describen a continuación para cada caso:

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Clase de Lesión CORTADURA

Síntomas

Tratamiento

Una incisión recta o una laceración sangrante, con bordes irregulares o, quizá con cuerpos extraños incrustados ABRASIÓN Una raspadura que sangra poco y quizás con tierra y otros objetos extraños incrustados PUNZO Una herida PENETRANTE profunda, generalmente que sangra poco y que tiene objetos extraños incrustados HEMORRAGIA INTERNA: Hematoma (acumulación de sangre) Pulso débil. Palidez. Sed. Respiración rápida y superficial. EXTERNA: Se presentan los síntomas anteriores, además de la expulsión de sangre al exterior (por la arteria la sangre es roja brillante, y el chorro intermitente; por la vena la sangre es roja oscura y la salida es continua.

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Detener la hemorragia ejerciendo presión con una gasa esterilizada, Lavar con jabón y agua para eliminar cualquier objeto extraño y limpiar la herida. Desinfectar. Si fuese necesario, aplicar una venda esterilizada. Cambiar el vendaje dos veces por día y examinar para asegurarse de que no haya una infección. Lavar la herida con abundante agua corriente para limpiada. Si fuese necesario, aplicar una venda esterilizada. Cambiar el vendaje dos veces por día y examinar la herida para asegurarse de que no haya una infección. Quitar solamente los objetos que penetraron superficialmente, por ejemplo, una astilla. Tratar luego la lesión como una cortadura. No quitar el objeto si, este es grande o está muy incrustado.

HERIDAS: Lavar la herida con agua oxigenada (o hervida) y jabón, del centro hacia fuera. Cubrir con una gasa limpia. Sostener con pañuelo o venda. Conducir al paciente a un centro asistencial. Nunca utilizar algodón para limpiar una herida. No hurgar la herida. No untar pomadas, polvos ni sustancias colorantes. HEMORRAGIA INTERNA: Transportar a un centro asistencial. Revisar si presenta salida de sangre por la boca, oído, nariz, ano o vías urinarias. Colocar bolsa de hielo en la parte afectada. HEMORRAGIA EXTERNA: Hacer presión con la mano, con una gasa o pañuelo limpio sobre la herida. Si continúa sangrando, poner más gasa u otro trapo limpio, sin quitar el anterior y continuar la presión. Si no hay fractura, levantar los brazos y/o las piernas. Si la hemorragia es en el tronco o cabeza haga presión sobre la herida con un pañuelo o gasa

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Clase de Lesión

CONTUSIÓN

Síntomas

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Tratamiento limpia. Conduzca al herido al hospital. Precauciones: No tratar de introducir los órganos que se hayan podido salir por la herida. Si la herida es en el tórax o abdomen, no se debe retirar el objeto que esté causando la lesión, ni ningún otro objeto que se halle dentro de la herida. Aplicar compresas frías durante las primeras 24 horas para reducir la hinchazón, Luego aplicar durante las próximas 48 horas para aumentar la circulación y expulsar las impurezas.

Coloración rojiza y dolor, seguido por una mancha coloreada y una leve hinchazón inicial Enrojecimiento de la Lavar con agua fría y jabón. piel Colocar compresas de agua fría.

QUEMADURA DE PRIMER GRADO QUEMADURA Ampollas en la piel DE SEGUNDO GRADO QUEMADURA DE TERCER GRADO QUEMADURA QUÍMICA

FRACTURAS

Lavar con agua hervida, fría y jabón. No reventar ampollas, llamar a una ambulancia o llevarlo a un centro asistencial si la extensión es mayor que la palma de la mano. Carbonización o Lavar con agua hervida fría. ennegrecimiento de Cubrir con gasa. la piel. Llamar a su servicio de Emergencias Médicas o llevar a un centro asistencial. Dependiendo de la Lavar la quemadura con agua corriente durante severidad, esta 15 minutos. Continuar la irrigación con agua podría ser una mientras se consulta la instrucción para el quemadura de tratamiento que da el envase para casos de primero, segundo o quemadura. Desinfectar y colocar vendajes a las tercer grado. quemaduras de primer y segundo grado. Dolor Inmovilizar la parte afectada entablillándola Deformidad Si hay herida, colocar primero una gasa o Hinchazón pañuelo limpio. Amoratamiento Transportar adecuadamente, evitando cualquier Chasquido movimiento brusco. Mantenga al paciente descansando y abrigado.

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ANEXO 1 AMBULANCIAS: Alerta Médica Alfa Medic Clave Médica Clave 5 Cruz Roja Contra infartos Plan Vital Servimedic TransMedic BOMBEROS: Central de Emergencias Central Administrativa EMERGENCIAS POLICIALES: Central de emergencia Policía Nacional del Perú central Telefónica Dirección Nacional contra el terrorismo (DIRCOTE) Dirección nacional de Investigación Criminal (DININCRI) Escuadrón de Desactivación de Explosivos (EDEX) Dirección Antidrogas (DINANDRO) Dirección Policial de Turismo y Ecología (DIRTURE) Dirección de Prevención de robos de vehículos (DIPROVE) Dirección policía de Tránsito (DIRPOLTRAN) Escuadrón de Emergencia: Centro Este 1 Este 2 Norte Sur 1 Sur 2 INDECI: INDECI Emergencias

TELÉFONO 2254040 3629519 4377071 4675171 2688109 4464620 4111911 3326720 4753521 116 2220222 105 2250220 4315865 4334461 4313106 2212421 4601060 3282403 3248381 4313040 3715796 4594935 5288233 2430073 4960242 115

Art. 161: El presente Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo, busca minimizar posibles accidentes laborales que se puedan presentar en las diferentes actividades que realiza los trabajadores de OUTSPAN PERU S.A.C. a nivel nacional, el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo es la máxima Autoridad y el responsable de implementar el Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo y de velar por la seguridad y salud de todos sus trabajadores.

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FORMATO DE RECEPCIÓN REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO A través de la firma del siguiente formato se deja constancia de la recepción del REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO de la empresa OUTSPAN PERU S.A.C., en cumplimiento de las normas laborales dispuestas por el Ministerio de Trabajo y de Promoción del Empleo. Recibido por:

Nombres:

Apellidos:

DNI:

Fecha de recepción:

Firma:

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