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DERECHO LABORAL RICARDO CESAR LLORENTE AMIN OBJETIVOS  Reconocer y promover el conocimiento de las normas básicas del

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DERECHO LABORAL

RICARDO CESAR LLORENTE AMIN OBJETIVOS  Reconocer y promover el conocimiento de las normas básicas del Derecho Laboral colombiano;  Reconocer los principales aspectos que cambiaron con la reforma laboral y de la seguridad social.

CONCEPTO  Conjunto de normas que regulan las relaciones jurídicas y laborales entre una persona que presta su capacidad de trabajo (Empleado) y la que se beneficia de este (Empleador), y de estos con el Estado.

ANTECEDENTES HISTORICOS I  La legislación laboral en Colombia nace por la comunidad interferida y dominada por intereses extranjeros. Nace la legislación indiana;  Nuestros aborígenes y esclavos no tenían ni el derecho a la vida;  La legislación Laboral nace por el auge del capitalismo industrial, propició que los trabajadores campesinos abandonaran los campos por mejores salarios.  En el s. XIX se dan acontecimientos Sociales, Económicos y Políticos como la masacre de las bananeras promulgaron diferentes leyes sociales.

CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO

 CLASIFICACION Derecho Laboral Sustantivo: derecho Individual; derecho Colectivo. Derecho Laboral: Conjunto de procedimientos y trámites; aplicar y hacerlo efectivo.

 OBJETO Equidad entre Empleado y Empleador. Coordinación Económica Equilibrio Social

 PRINCIPIOS DE APLICACIÓN E INTERPRETACION  Territorial  Empleados Particulares y Oficiales  Interpretación

 CARACTERISTICAS

De Orden Social: Relaciones entre empleado y empleador; Mínimo de Garantía: Derechos mínimos del empleado y empleador; Irrenunciables: Cumplimiento de las normas establecidas.

 SUJETOS DEL DERECHO LABORAL. TRABAJADOR EMPRESA

ESTADO SINDICATOS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD SOCIAL

CONTRATO DE TRABAJO

OBJETIVOS Describir e identificar los elementos que integran el Contrato de Trabajo Determinar las clases de Contrato de Trabajo Distinguir las formas de terminación del Contrato de Trabajo

DEFINICION Código Sustantivo del Trabajo Art.22: Es aquel por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona, natural o jurídica, bajo la continuada dependencia o subordinación de la segunda y mediante la remuneración. Quien presta el servicio se denomina trabajador, quien lo recibe y remunera (Empleador) y la remuneración, cualquiera que sea su forma, salario.

ELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO

CAPACIDAD: Art. 29 del C.S. del T. para mayores de edad; art. 177 C.S. del T. para mayores de 14 años y menores de 18 con restricciones de horario.

CONSENTIMIENTO: hace referencia a la voluntad o libertad para celebrar el contrato de trabajo; No haya (Error, Dolo y Fuerza)

OBJETO LICITO: Lo que se quiere lograr, no debe ir contra la Ley (procesar Drogas Alucinógenas) CAUSA LICITA: Se refiere a la situación que genera el mismo, no debe ir en contra de la Ley (prestar un servicio ilícito a cambio de no agredir físicamente a un familiar.

ELEMENTOS ESENCIALES ART. 22 y 23 C.S. del T. PRESTACIÓN PERSONAL del SERVICIO: Realización de un Trabajo o labor por una persona natural, a favor de otra persona. SUBORDINACION: Facultad que tiene el empleador para exigirle al empleado el cumplir con el tiempo y cantidad de Trabajo; así como con los reglamentos mientras dure el contrato de Trabajo. RETRIBUCION ECONOMICA O REMUNERACION: es el pago ordinario, efectivo o en especie que recibe el trabajador del empleador a cambio de su trabajo

CARACTERISTICAS BILATERAL: cada una de las partes que intervienen empleado y empleador, tienen sus derechos y obligaciones que deben quedar en el Contrato de Trabajo. ONEROSO: utilidad de ambas partes, gravándose cada uno a beneficio del otro CONSENSUAL: para el perfeccionamiento se da por el solo consentimiento de las partes. CONMUTATIVO: lo que las partes se obligan se mira como para ambas partes TRACTO SUCESIVO: las obligaciones sucesivamente y en forma escalonada

se

van

cumpliendo

PRINCIPAL: Subsiste por si solo sin necesidad de otro contrato

CLASIFICACION:

 POR SU FORMA: VERBAL: art.38 C.S. del T. empleado y empleador se ponen de acuerdo a la índole del trabajo y clase de Trabajo ESCRITO: Art.39 C.S. del T, es el más usual y aconsejable, se celebra por medio de un documento escrito, se incluyen las causales mínimas deben estar acordes con la Ley

 POR SU DURACION Término Fijo: Art.46 C.S. del T. consta por escrito y su duración es inferior a (3) años. para la terminación del mismo por vencimiento se dará aviso por escrito al trabajador con 30 días de anticipación Término Indefinido: Art. 47 C.S. del T. es utilizado para el personal altamente técnico o calificado, subsiste mientras seden las causas que dieron origen (Terminación por escrito al trabajador con 30 días de anticipación) De Obra: es específico lo utilizan las Empresas para contratar servicios profesionales como Ingenieros y Abogados. Debe ser por escrito y se estipule la naturaleza o la labor contratada. Se puede dar por terminado una vez cumplida la labor o el 80%

PERIODO DE PRUEBA

 Art. 76 C.S. de. T. Etapa inicial del Contrato de Trabajo, tiene por objeto del empleador conocer las actitudes del empleado y de este la conveniencia de las condiciones de Trabajo.  Puede ser estipulado por escrito y no superará los 2 meses.  Se puede prorrogar o terminar por acuerdo entre las partes.

REVISION Y SUSPENSION:

REVISION: Se puede hacer en cualquier momento, por cualquiera de las partes (decide al respecto el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social) SUSPENSION: cuando se interrumpe las obligaciones adquiridas de la prestación del servicio por parte del trabajador y del pagar por parte del empleador.

OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES DE LAS PARTES Están contenidas en los artículos 56, 57, 58, 59 y 60 del C.S. del T. ART.57: Obligaciones Especiales del Patrono: ART.58: Obligaciones Especiales del Trabajador: ART. 59: Prohibiciones a los Patronos: ART. 60: Prohibiciones a los Trabajadores

TERMINACION O FINALIZACION Art.61 del C.S. del T.: Causales:

    

Muerte del Trabajador; Mutuo consentimiento; Expiración del plazo fijo pactado; Terminación de la labor u obra contratada; Liquidación o clausura de la Empresa

 suspensión de actividades por parte del empleador por más de 120 días  Sentencia ejecutoriada  Decisión unilateral de una de las partes

 No regreso del trabajador a su empleo, al desaparecer la causa de suspensión del contrato.

TERMINACION POR JUSTA CAUSA Art.62 y 63 C.S.T Por parte del Empleador: Por parte del Trabajador: TERMINACION UNILATERAL SIN JUSTA CAUSA ART. 64 C.S.T: Modificado Por la Ley 789 de 2002 art. 28

Tabla de Indemnización a Cargo del Empleador por Terminación Unilateral del Contrato Sin Justa Causa (Art. 64 C.S.T. Reformado por la Ley 789 de 2002 art. 28)

Trabajadores que devenguen menos de diez (10) smmlv: 1. Hasta un (1) año de servicio = 30 días de salario. 2. Más de un año de servicio = treinta 30 días de salario por el primer año y veinte (20) adicionales por cada año y proporcionalmente por fracción.

Trabajadores con diez (10) o más smmlv. 1. Hasta un (1) año de servicio = 20 días de salario; 2. Más de un (1) año = veinte (20) días de salario por el primer año y quince (15) adicionales por cada año y proporcionalmente por fracción de año.

 En los contratos a término fijo, El valor de los salarios correspondientes al tiempo que faltare para cumplir el plazo estipulado en el contrato.

 En los Contratos por la duración del término de la labor contratada la indemnización corresponderá al tiempo que falte para la finalización de la obra o labor, sin que en ningún caso sea inferior a 15 días.  Trabajadores con más de (10) años de servicio el 27 de diciembre/02, se rigen por el artículo 6 de la ley 50 de 1990.