Resumen decreto 1713 2002

Camilo Alexander Castro cod: 200923121 Edilma Yamile Olarte cod: 200923044 RESUMEN DECRETO 1713/2002 TITULO PRELIMINAR

Views 201 Downloads 5 File size 37KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

Camilo Alexander Castro cod: 200923121 Edilma Yamile Olarte cod: 200923044

RESUMEN DECRETO 1713/2002

TITULO PRELIMINAR Capitulo I. Definiciones: se plantean y explican las definiciones a utilizar en este decreto para su total entendimiento. Capitulo II. Disposiciones Generales: establece las generalidades, sin entrar en detalles, para la prestación del servicio de aseo, sobre responsabilidades de la prestadora del servicio y de los entes territoriales, desde el punto de vista ambiental y de calidad del servicio. Además establece los contenidos básicos de los PGIRS y Programas. TITULO I NORMAS SOBRE CARACTERÍSTICAS Y CALIDAD DEL SERVICIO Capitulo I. componentes modalidades y clases: identifica los diferentes componentes o fases que compone el servicio de aseo, desde la recolección de los residuos hasta su disposición final. Además clasifica la prestación del servicio en ordinario y especial, y a los usuarios en residenciales y no residenciales. Capitulo II. Almacenamiento y Presentación: establece las condiciones y características, para el almacenamiento y presentación de los residuos sólidos, por parte de los usuarios, con el fin de hacer más eficiente el servicio y evitar o minimizar impactos ambientales, enfatizando en, las características de los recipientes, horarios, almacenamiento colectivo y responsabilidad del usuario en caso de impacto ambiental. Capitulo III. Recolección: indica las normas a cumplir por parte de la persona prestadora del servicio y del usuario en la etapa de recolección de los residuos, enfatizando en horarios y frecuencias de recolección, establecimiento de micro y macro rutas, empleo de cajas de almacenamiento, Recolección de diferentes residuos (barrido, podas, escombros, industriales), generación por cargue y descargue y por eventos especiales. Capitulo IV. Transporte: Establece las características de diseño de los vehículos de transporte de los residuos sólidos, con el fin de prevenir el impacto ambiental, agilizar el servicio y proteger la salud de los trabajadores y usuarios. Además resalta en el lavado de los mismos y en las condiciones de los equipos para transporte de residuos.

Capitulo V. Barrido y Limpieza de Áreas Públicas: Plantea los deberes y obligaciones de la persona prestadora del servicio en la fase o componente de barrido y limpieza de áreas publicas, en lo referente a frecuencias, horarios, macro y micro rutas, instalación de sestas en calles, barrido manual y mecánico y equipos. Capitulo VI. Estaciones de Transferencia: indica criterios y características a tener en cuenta en diseño, construcción, localización e instalación de las estaciones de transferencia, con el fin de establecer la viabilidad de la misma, minimizar impactos ambientales, proteger la salud de las personas y aumentar la productividad, enmarcado en el PGIRS. Capitulo VII. Sistemas de Aprovechamiento de Residuos Sólidos: Indica algunas características del aprovechamiento de residuos sólidos, como, el propósito de la recuperación, formas de aprovechamiento y selección de los residuos sólidos. Además establece criterios para el aprovechamiento óptimo de los residuos, para la ubicación y diseño de edificaciones y recolección y transporte. Así mismo muestra los requisitos de manejo de aguas residuales, comercialización de productos, todo enmarcado en el PGIRS y garantizando la participación de los recicladores. Capitulo VIII. Disposición Final: establece las normas y criterios para la disposición final de residuos sólidos, basándose en el método de relleno sanitario, desde las características del sito para la disposición final y sus restricciones, para la selección del lugar mediante estudio de alternativas, hasta la clausura, recuperación y uso futuro, pasando por los criterios operacionales. Además propone parámetros de diseño y obras para relleno mecanizado y manual. También define la responsabilidad de la persona prestadora del servicio en el manejo y monitoreo de gases, lixiviados y de la calidad hídrica, definiendo los aspectos básicos de este ultimo. TITULO II PERSONAS PRESTADORAS DEL SERVICIO DE ASEO. Capitulo I. Libertad de competencia y Abuso de Posición Dominante: este capitulo se basa en disposiciones éticas en prestaciones del servicio, operación y celebración de contratos, con el fin de asegurar el buen proceder de la persona prestadora del servicio, en cuanto a competencia, igualdad en licitaciones, igualdad en la prestación del servicio y regulación sobre los proveedores de insumos, por parte de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico. Capitulo II. Obtención de Economías de Escala: se refiere a al obligación de las entidades territoriales, a adoptar en el PGIRS, la economía de escala, con el fin de disminuir tarifas hacia los usuarios, mediante la optima utilización de recursos, equipos y procesos.

Capitulo III. Deberes y Derechos de la Persona Prestadora del Servicio: este capitulo se refiere únicamente a los deberes de la prestadora del servicio, en la calidad, obligaciones y reparaciones por fallas en el servicio, condiciones para el cobro del servicio, además indica las obligaciones a tener en cuenta en la prevención de riesgos ambientales (permisos) y de salud, así como la importancia de las relaciones con los usuarios para la optimización de operaciones y prestación del servicio.

TITULO III USUARIOS DEL SERVICIO DE ASEO. Capitulo I. Relaciones Entre Usuarios y Persona Prestadora del Servicio: indica el régimen jurídico al que se someten las relaciones entre el usuario y la prestadora del servicio, refiriéndose a leyes y decretos, así como la forma de acceder al servicio por parte de los usuarios. Capitulo II. Derechos y Deberes de los Usuarios: establece los derechos de los usuarios, entre otros a, la afiliación, participación en comités de control, consultas peticiones y quejas y servicio de calidad. Y deberes como la separación en la fuente, recolección y presentación de residuos y cumplir los reglamentos del prestador del servicio. TITULO IV AUTORIDADES AMBIENTALES EN LA GIRS. Se refiere a la CAR como la autoridad ambiental que gestionara la GIRS, en el asesoramiento en la elaboración de planes y programas, evaluación y control de usos de recursos naturales y la imposición de sanciones. TITULO V COMPETENCIA VIGILANCIA.

Y

PROCEDIMIENTO

PARA

CONTROL

Y

Establece a quien compete el control y vigilancia del cumplimiento de las normas, de la siguiente forma: las CAR, corporaciones de desarrollo sostenible y grandes centros urbanos, protección ambiental y manejo de recursos naturales. La policía, de la vigilancia de cumplimiento de normas de los usuarios. Y la superintendencia de servicios públicos domiciliarios, del control y vigilancia de actos administrativos. Con el fin de sancionar y vigilar la reparación de los daños. TITULO VI DISPOSICIONES FINALES. Destaca las disposiciones de importancia para el cumplimiento y puesta en marcha del decreto, refiriéndose principalmente a la participación ciudadana, la obligatoriedad del municipio de ejecutar las acciones para la clausura de los

sitios de disposición final y aplicación de normas técnicas del Reglamento Técnico de Agua Potable y Saneamiento Básico.