Requisitos Para Formalizar Una Empresa

REQUISITOS PARA FORMALIZAR UNA EMPRESA Lo primero que debes considerar es si constituirás tu empresa como persona natura

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REQUISITOS PARA FORMALIZAR UNA EMPRESA Lo primero que debes considerar es si constituirás tu empresa como persona natural o como persona jurídica. Con personería natural sólo se pueden constituir EMPRESAS UNIPERSONALES; en cambio con personería jurídica, existen diferentes tipos: La EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (E.I.R.L.), constituyendo algún tipo de sociedad: SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD DE LIMITADA (S.R.L.) o SOCIEDADES ANÓNIMAS que a su vez pueden ser de dos tipos: SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA (S.A.C) o SOCIEDAD ANÓNIMA ABIERTA (S.A.A.) Si decides constituirla como persona natural estarás comprometiendo tu patrimonio personal en el negocio, mientras que, como persona jurídica, la empresa responde por sus deudas y obligaciones.

1. ELABORAR LA MINUTA DE CONSTITUCIÓN La Minuta de Constitución es un documento privado elaborado y firmado por un abogado que contiene el acto de constitución que debo presentar ante un notario para su elevación a escritura pública. Previamente debes reunir los siguientes requisitos: 1.1 Reserva de Nombre en Registros Públicos Realizar la búsqueda mercantil de la razón social para verificar si no existe un nombre similar o igual al de la empresa que se va a constituir. La reserva de denominación social permite retener un nombre por un plazo de 30 días. El trámite se realiza en las oficinas de registros públicos 1.2 Documentos Personales Fotocopia simple y legible del Documento Nacional de Identidad del Titular y/o cada uno de los socios y sus cónyuges, en caso de ser casados. 1.3 Descripción de la Actividad Económica Identificar y describir las ACTIVIDADES que va a desarrollar la empresa a constituir. 1.4 Capital Social Indicar el CAPITAL SOCIAL a aportar, especificando el aporte por cada socio. Este aporte puede ser:



Bienes Dinerarios (efectivo), con la apertura de un depósito en una Cuenta Corriente Bancaria indicando el nombre de la empresa.



Bienes No Dinerarios (muebles, enseres, maquinarias y equipos), mediante un Informe de Valoración.



Bienes Dinerarios y Bienes No Dinerarios. 1.5 Estatutos Se debe incluir el Estatuto que regirá a la empresa. En este debe estar detallado el régimen del directorio, la gerencia, la junta general, los deberes y derechos de los socios y accionistas. Con todos estos requisitos elabora la Minuta de Constitución. La Minuta contiene el tipo de sociedad en la que ha sido constituida, los estatutos que la rigen, datos de los representantes, facultades de los mismos y el tipo de aportes que van a realizar. La minuta debe ser firmada por los socios y un abogado.

2. ESCRITURA PÚBLICA La Escritura Pública es un documento legal elaborado por un notario público para la inscripción de la empresa en Registros Públicos. El notario da fe del contenido y la envía a Registros Públicos para su inscripción. Deberás presentar en la Notaría: 



Una copia de la minuta redactada, adjuntando la boleta de búsqueda mercantil y copia simple del DNI de los titulares, de los cónyuges en caso de aporte de bienes muebles como capital social para elevarla a Escritura Pública. Pagar los derechos notariales.

3. INSCRIPCIÓN EN LOS REGISTROS PÚBLICOS Otorgada la Escritura Pública de Constitución, el titular de la empresa o el notario, lo envía a los Registros Públicos para su debida inscripción. Existen dos tipos de registros: 

Registros de Sociedades



Registros de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

(Estos primeros tres pasos son únicamente para empresas con personería jurídica))

4. OBTENCIÓN DEL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES (RUC) La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), es el órgano administrador de tributos en el Perú. Tiene, entre otras funciones, la de registrar a los contribuyentes, otorgándoles el certificado que acredite su inscripción en el REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES. Se debe determinar el régimen tributario al que se acoge; esto se da una vez que ha obtenido su número de RUC, usted decidirá la forma en que pagará sus tributos. Para ello usted tiene dos opciones:

REQUISITOS PARA EL RUS Los ingresos brutos no deben superar S/. 360,000 por año, ni superar en algún mes S/ 30,000 El valor de los activos fijos no superan en valor S/ 70,000 Realizar tus actividades en un sólo establecimiento o una sede productiva El monto de sus compras no debe superar los S/ 30,000 mensual Pueden acogerse las personas naturales, personas naturales no profesionales, y sucesiones indivisas domiciliadas No pueden acogerse a este régimen: Transportes, comercio exterior, arroz pilado, combustibles, espectáculos, corredores REQUISITOS PARA EL RER El monto de sus ingresos no debe superar los S/ 525,000 por año El valor de los activos fijos no superan en valor S/ 126,000 El personal afectado en la actividad no debe superar en número de 10 El monto de sus compras no debe superar los S/ 525,000 por año No pueden acogerse a este régimen: los transportistas, los constructores, martilleros, notarios, casinos, agentes de viaje, agencias de publicidad, profesionales de salud, abogados, contadores, informáticos, etc.

REQUISITOS PARA EL REGIMEN GENERAL Tipos de contribuyentes Las actividades tales como las comerciales, industriales, mineras, explotación agropecuaria, forestal, pesquera o de otros recursos naturales, la prestación de servicios comerciales, financieros, industriales, transportes, comunicaciones, construcciones, etc. Los corredores de seguros, comisionistas mercantiles, rematadores, martilleros, notarios, el ejercicio en asociación o en sociedad civil de cualquier profesión, arte, ciencia u oficio.

5. INSCRIBIR A LOS TRABAJADORES EN ESSALUD. Este es el paso que implica el registrar a sus trabajadores en esta institución a fin de que puedan acceder al servicio de salud; vale la pena aclarar que esta se realiza al momento en que los trabajadores son declarados SUNAT. De ser el caso que usted no cuente con trabajadores en su empresa, también resultaría útil que se inscriba en esta institución ya que así también podrá acceder a los servicios de salud que esta brinda. El pago que se realiza, es un pago de carácter mensual que usted como dueño de la empresa tiene que asumir y este pago asciende al 9% del sueldo de su trabajador.

6. SOLICITAR PERMISOS ESPECIALES EN CASO REQUIERA SU ACTIVIDAD ECONÓMICA. Las autorizaciones y/o registros especiales son permisos o requisitos que me pide la autoridad competente, según el giro de mi negocio. Ello me permite determinar mi compromiso al momento de registrarse en las entidades públicas respectivas, donde se comprueba y se constata que cumplo con normas técnicas de salud, de seguridad, de infraestructura, etc. para que pueda operar mi negocio sin poner en riesgo la vida humana.

a) Del Ministerio de Agricultura: para empresas de procesamiento de flora y fauna silvestre, beneficios de ganado y aves; b) Del MINCETUR: para hoteles, casinos, restaurantes; c) Del Ministerio de Educación: para academias, centros educativos, CEOS;

d) Del Ministerio de Energía y Minas: para grifos, empresas mineras artesanales; e) Del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: para agencias de empleo, empresas de intermediación laboral; f) De DIGESA: para registro sanitario de alimentos, juguetes y útiles de escritorio, empresas comercializadoras de residuos sólidos; g) De DIGEMID: para establecimientos farmacéuticos, químicos farmacéuticos Se tiene a los siguientes sectores: Ministerio de salud Ministerio de educación Ministerio de comercio exterior y turismo Ministerio de transportes y comunicaciones Ministerio de energía y minas Ministerio del interior Ministerio de trabajo y promoción del empleo Indecopi Osinergmin 7. TRAMITAR LA LICENCIA MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO. Es la autorización que me otorga la municipalidad para el desarrollo de actividades económicas (comerciales, industriales o de prestación de Servicios profesionales) en su jurisdicción, ya sea como persona natural o jurídica, entes colectivos, nacionales o extranjeros. Esta autorización previa, para funcionar u operar, constituye uno de los mecanismos de equilibrio entre el derecho que tengo a ejercer una actividad comercial privada y convivir adecuadamente con mi comunidad.

8. LEGALIZAR LOS LIBROS CONTABLES ANTE NOTARIO PÚBLICO. Los libros contables son aquellos que van a ser aperturados una vez que la empresa entre en funcionamiento. Esta legalización la realiza un notario público Legalización puede realizarse desde la fecha que se inscribe el RUC hasta el primer día del mes siguiente EL RUS - No está obligado a llevar ningún registro, pero si deben mantener los comprobantes de compra y venta que sustentan sus operaciones o actividades