Requisitos Para Contraer El Matrimonio Civil

Requisitos para contraer el Matrimonio Civil Soltero Mayor de 18 años * DNI original y copias simple con holograma de ú

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Requisitos para contraer el Matrimonio Civil

Soltero Mayor de 18 años * DNI original y copias simple con holograma de última votación * Partidas originales de nacimiento de ambos contrayentes actualizadas (con vigencia de tres meses o dispensa judicial) * Publicación de edicto matrimonial * Presentación de los certificados médicos, con validez de tres meses de expedido. * Al menos uno de los contrayentes debe residir en el distrito, caso contrario deberán presentar certificado domiciliario policial. * Los peruanos nacidos en el extranjero deben solicitar el Registro correspondiente a la Dirección General de Migraciones y Naturalización del Ministerio del Interior Menor de 18 años * Partida de Nacimiento actualizada * Presentación de los certificados médicos con validez de tres meses de expedido. * Autorización Judicial o Notarial si los padres de ambos están de acuerdo * Copia simple de Libreta Militar Divorciado * Todos los documentos para peruanos solteros mayores de edad * Partida original de matrimonio anterior con acta de disolución adjunta * Copia certificada de la sentencia de divorcio expedida por el Poder Judicial o Municipalidad * Declaración jurada notarial de bienes y descendencia * En caso de divorciadas, certificado médico expedido por el Ministerio de Salud que acredite no hallarse embarazada, en caso de haber transcurrido trescientos días del divorcio del cónyuge Viudo * Todos los documentos para peruanos solteros mayores de edad * Partida original de defunción del cónyuge correspondiente * Declaración jurada de bienes y descendencia

* En caso de viudas, certificado médico expedido por el Ministerio de Salud que acredite no hallarse embarazada, en caso de haber transcurrido trescientos días del fallecimiento del cónyuge Extranjero * Presentación de original y copia simple de pasaporte o carné de extranjería * Partida de nacimiento original * Documento o Certificado original que acredite su soltería * De ser viudo deberá presentar la partida de defunción del cónyuge fallecido * De ser divorciado deberán presentar la copia certificada de la sentencia de divorcio. * Certificado Domiciliario emitido por la comisaría del Distrito * Certificados médicos correspondientes Recuerda que todo documento expedido por autoridad extranjera deberá ser visado por el Consulado Peruano en el lugar de origen, luego legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores en Lima y finalmente traducido por un traductor oficial en el Perú.

Requisitos para el Matrimonio Civil Solteros (Mayores de edad) 

Pago por derecho de trámite del expediente matrimonial (S/ 47.79)



Partidas de nacimientos originales actualizadas con vigencia de tres meses o dispensa judicial (no se aceptan fotocopias notariales)



Examen Médico pre nupcial (S/. 39.00 por cada uno).



Documento Nacional de Identidad original y copia vigente de ambos contrayentes con holograma de última votación. En el caso de extranjeros, deberán de traer pasaporte o carné de extranjería.



Uno o ambos contrayentes deberán residir en el distrito de Miraflores. El domicilio será acreditado con la presentación del D.N.I. En caso de cambio de domicilio deberán presentar Declaración Jurada de Domicilio acompañando Recibo de Luz, Agua o Teléfono. (Descargar Formato en PDF)



Un testigo por cada contrayente con Documento de Identidad original y copia (constancia de la última votación) que no sean familiares.



Publicación de Edictos (por ocho días calendario)

Todos los documentos deberán de tener una vigencia máxima de 30 días a la fecha de inicio del trámite. En el caso de peruanos nacidos en el extranjero, deberán de estar inscritos en el Registro de Peruanos Nacidos en el Extranjero de la Dirección General de Migraciones y Naturalización del Ministerio del Interior. El Examen Médico Pre Nupcial debe de solicitarse en el Centro Comunal Santa Cruz, Mariano Melgar 247, Santa Cruz, Miraflores,Lunes a Viernes 8 am a 2 pm, teléfono: (01) 617-7535. Viudos Además de la documentación para Solteros indicada en la sección anterior, deberán de presentar: 

Partida de defunción del cónyuge fallecido (original)



Declaración jurada notarial si tiene o no hijos bajo su patria potestad y si administra o no bienes de ellos.



La mujer viuda debe acreditar que han transcurrido por lo menos 300 días desde la muerte del cónyuge, salvo dispensa judicial o la presentación de certificado médico negativo de embarazo.

Divorciados Además de la documentación para Solteros indicada en la primera sección, deberán de presentar:



Copia certificada de la sentencia de divorcio expedida por el Poder Judicial o Municipalidad (no se aceptan fotocopias simples ni legalizadas por notario).



Partida de Matrimonio con la anotación marginal de disolución (original).



Declaración jurada notarial si tiene o no hijos bajo su patria potestad y si administra o no bienes de ellos.



En caso de mujer divorciada, haber transcurrido por lo menos 300 días desde el divorcio, salvo dispensa judicial ó presentación de certificado médico negativo de embarazo.

Menores de dieciocho años 

Dispensa judicial emitida por el juzgado de Familia o Consentimiento notarial de los Padres.

Extranjeros 

Partida de nacimiento original (no se aceptan fotocopias ni legalizadas por notario).



Documento o certificado original que acredite su soltería.



Copia Legalizada o Autenticada del Pasaporte o Carné de Extranjería.



Examen Médico Pre Nupcial.



En caso que el estado civil de los contrayentes sea viudo deberán presentar la partida de defunción y de ser divorciados deberán presentar la copia certificada de la sentencia de divorcio.



Los contrayentes que se encuentren en el extranjero deberán enviar la documentación antes señalada y el Poder Consular fuera del Registro, solo para aperturar el expediente Matrimonial.

Todo documento expedido por autoridad extranjera deberá ser visado por el Consulado Peruano en el lugar de origen, luego legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores en Lima-Perú (cuadra 4 Jr. Lampa con Jr. Ucayali) y finalmente traducido por un traductor oficial en el Perú (traducción individual por cada documento). No se aceptan documentos que no sean traducidos por un traductor oficial del Perú. De conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo No. 086-2009-RE, publicado el 24 de noviembre del 2009, que ratifica el "Convenio suprimiendo la exigencia de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros", aprobado mediante Resolución Legislativa N° 29445, publicada el 20 de noviembre del 2009, cuando corresponda la presentación de documentos públicos extranjeros emitidos por paises miembros del Convenio que suprime la exigencia de la legalización diplomática o consular deben contar con la Apostilla de la autoridad competente.

¿Cómo realizar el trámite? 1. Presentarse ambos contrayentes a la oficina de Registro Civil en Av. Larco 770, tercer piso, en el horario de 8.00 am a 4.00 pm. con documentación completa, más dos testigos (uno por cada contrayente que no sean familiares con su DNI original y copia), con su D.N.I. vigente. A falta de uno o ambos contrayentes presentar carta poder con firma legalizada. En caso de contrayentes en el extranjero deberán enviar Poder Consular fuera de Registro para el inicio del trámite. 2. Compra del Expediente Matrimonial (S/. 47.79) 3. De aperturado el Expediente Matrimonial se hará entrega del Edicto Matrimonial para su publicación en un diario de mayor circulación. Si uno de los contrayentes no reside en el distrito de Miraflores, se le entregará un edicto para que sea exhibido en la oficina de Registros Civiles de la municipalidad donde reside. 4. Una vez publicado el edicto, estarán aptos para contraer matrimonio a partir del noveno día hasta dentro de los 4 meses siguientes; caso contrario los documentos presentados quedarán sin efecto y deberán iniciar nuevamente los trámites con sus respectivos pagos. 5. De publicado el edicto deberán de traer la hoja completa del diario donde se publique el edicto para la separación de fecha y cancelación inmediata de la ceremonia de acuerdo a las tarifas. En caso del edicto que es entregado para ser exhibido en otro distrito, deberá ser retornado para efectuar el pago de la ceremonia de acuerdo a las tarifas. NOTA: Una vez celebrado el Matrimonio, ningún documento del Expediente Matrimonial será devuelto, Podrán solicitar copias certificadas.