Matrimonio Civil

Universidad Rural de Guatemala Carrera Sede: Sub Sede Central Normal zona 13 Curso: Derecho Civil I y código Estudiante

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Universidad Rural de Guatemala Carrera Sede: Sub Sede Central Normal zona 13 Curso: Derecho Civil I y código Estudiante

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Tito Alfredo Jiménez Maldonado

180001287

Jazmín Alejandra Milán Mármol

180000242

Kevin Omar Ramos Julal

170001164

Marvin Aroldo Pérez Pérez

180000841

Semestre académico: 2º Semestre sección:

Única

Docente: Licenciado Alejandro Cueto.

Celebración de Matrimonio.

Guatemala, 15 de enero de 2018

Año 2018

Índice 1

El Matrimonio: ................................................................................................................. 4 1.1

Concepto .................................................................................................................... 4

1.2

Criterios de la Naturaleza del Matrimonio. ........................................................... 4

1.3

Clases de Matrimonio y Sistemas Matrimoniales ................................................. 5

1.4

Clasificación del matrimonio................................................................................... 5

1.5

Requisitos para la validez del Matrimonio ............................................................ 6

1.5.1 Generalidades ......................................................................................................... 6 1.5.2 Capacidad para contraer matrimonio ..................................................................... 6 1.5.3 Impedimentos matrimoniales: ................................................................................ 6 1.5.4 Insubsistencia del matrimonio ................................................................................ 7 1.5.5 Casos que no se puede autorizar el matrimonio ..................................................... 7 1.5.6 No podrá ser celebrado el matrimonio: .................................................................. 8 1.6

Consentimiento: ........................................................................................................ 8

1.7

El cuanto al dolo ....................................................................................................... 8

1.8

Capitulaciones Matrimoniales ................................................................................ 9

2

Requisitos para contraer matrimonio Civil en Guatemala ............................................ 11

3

Registro Nacional de las Personas. ................................................................................ 12 3.1

Inscripciones en el Registro Nacional de las Personas. ....................................... 12

3.1.1 Inscripción de matrimonio en la República de Guatemala ante Notario o Ministro de Culto ............................................................................................................................ 12 3.1.2 Inscripción de matrimonio en la República de Guatemala Municipal ................. 13 3.1.3 Inscripción de matrimonio en el Extranjero Consular ......................................... 13 3.1.4 Inscripción de matrimonio en el Extranjero Notarial ........................................... 13 3.2

Inscripción de Capitulaciones Matrimoniales ..................................................... 13

4

Esquema de matrimonio ................................................................................................. 14

5

Bibliografía y E-grafías................................................................................................... 16

6

Anexos .............................................................................................................................. 17 2

6.1

Acta notarial de matrimonio ................................................................................. 18

6.2

Documeto persoal de idetificacio de ambos de ambos conjuyes ........................ 19

6.3

Partida de Nacimiento de ambos conyuges .......................................................... 20

6.4

Partida de Naciomiento de los padres de ambos conyuges................................. 21

6.5

Partidad de Nacimiento de los abuelos de ambos conyuges .............................. 22

6.6

Certificado Médico de Constancia de buena Salud............................................. 23

6.7

Certificado de matrimonio .................................................................................... 24

3

1

El Matrimonio:

Castán. Dice: Dos acepciones tiene la palabra matrimonio, pues puede significar el vínculo o estado conyugal, o el acto por el cual se origina y constituye dicha relación.

1.1

Concepto

Es el estado de dos personas, de sexo diferente, cuya unión ha sido consagrada por la ley. Es una relación más o menos duradera entre el hombre y la mujer, que se prolonga más allá del acto de la reproducción hasta después del nacimiento de la progenitura. Unión de dos personas de diferente sexo par a la recíproca posesión de por vida de sus cualidades sexuales.

La unión formada entre dos personas de sexo diferente con el propósito de una comunidad perfecta de toda su vida moral, espiritual y física, y de todas las relaciones que son su consecuencia.

Unión de un hombre y una mujer dirigida al establecimiento de una plena comunidad de vida. 1.2

Criterios de la Naturaleza del Matrimonio.

Con respecto a la Naturaleza Jurídica del matrimonio, existen tres teorías doctrinas que la regulan, explique cada una de ellas: 

La doctrina del matrimonio como un contrato: Para la cual el matrimonio es un contrato, es decir un acuerdo de voluntades entre dos personas que hacen surgir derechos y obligaciones entre ellas.



La doctrina del matrimonio como un acto jurídico: Esta doctrina toma como base que existen actos jurídicos públicos y actos privados, los primeros con los cuales actúa el Estado; los segundos los que son realizados por los particulares.



La doctrina del matrimonio como una institución social: Considera al matrimonio como un ente creado y regulado por sus propias normas y reglas que le han sido otorgadas por el Estado con el objeto de darle una seguridad social a dicha institución.

Podemos Distinguir como Fines del Matrimonio, conforme la ley: 

Animo de permanencia



El hecho de vivir juntos 4



La procreación



La educación



Alimentación de los hijos



Auxilio Recíproco

1.3

Clases de Matrimonio y Sistemas Matrimoniales

En relación a la evolución del matrimonio, generalmente se distinguen: El matrimonio por grupos El matrimonio por rapto El matrimonio por compra El matrimonio consensual

1.4

Clasificación del matrimonio.

Matrimonio Religioso: Es el celebrado ante sacerdote o ministro de culto no católico.

Matrimonio Civil: Es el celebrado ante la autoridad facultada para ello y que obligatoriamente debe ser previo al religioso, por disposición de la ley.

De estas dos clases de matrimonio (civil y religioso), han surgido los distintos sistemas matrimoniales: 

Sistema exclusivamente religioso: Que solo admite el matrimonio celebrado ante autoridad eclesiástica, o por lo menos sólo al mismo reconoce efectos.



Sistema exclusivamente civil: Surgido de la revolución francesa, que establece la obligatoriedad del matrimonio civil.



Matrimonio Mixto: Surge como resultado de la existencia y reconocimiento de los matrimonios religioso y civil, a manera de que en casos determinados uno u otro surtan plenos efectos

5

1.5

Requisitos para la validez del Matrimonio

1.5.1 Generalidades

Algunos autores distinguen, como requisitos del matrimonio, los requisitos de existencia, y los requisitos de validez. Otros distinguen entre elementos esenciales y elementos de valides.

El estudio de los requisitos personales para la validez del matrimonio tiene necesaria e íntima relación con los requisitos para su celebración.

1.5.2 Capacidad para contraer matrimonio

La primera condición necesaria para la validez del matrimonio es la capacidad de las partes, es decir, tanto el hombre como la mujer cuenten con la aptitud física, intelectual y moral indispensable para alcanzar los fines de la unión conyugal. 

La exigencia de aptitud física:



La aptitud intelectual:



La aptitud moral:



La aptitud para contraer matrimonio está determinada por la mayoría de edad.

Siguiendo un criterio esencialmente romanista, el código civil, según se infiere de las disposiciones referidas, si bien fija la mayoría de edad como punto de partida a efecto de precisar la aptitud legal para contraer matrimonio, a manera de excepción dispone que puedan celebrarlo el varón mayor de dieciséis años y la mujer mayor de catorce, previa la correspondiente autorización.

1.5.3 Impedimentos matrimoniales: Los impedimentos se dividen en dos grandes categorías: Impedimentos Dirimentes: constituidos por aquellas prohibiciones cuya violación produce la nulidad del matrimonio;

6

Impedimentos impedientes: formados por prohibiciones, pero cuya contravención no afecta la validez del acto, aunque si dan origen a la aplicación de sanciones penales a los contraventores.

La legislación canónica, dividió estos en Absolutos y Relativos.

Impedimentos Dirimentes Absolutos: son aquellos que colocan a una persona en la imposibilidad de celebrar un matrimonio con cualquier otra

Impedimentos Dirimentes Relativos: son aquellos que impiden a una persona contraer matrimonio con otra persona determinada.

Procede utilizar la palabra impedimentos si se juzga la situación personal y familiar de las personas ante la ley, previamente a la celebración del matrimonio. Si se celebra, a pesar de los impedimentos, estos pasan inmediatamente a ser causa de nulidad, absoluta o relativa, del acto.

La ley procura determinar en que casos no debe celebrarse, y si aún así se celebra, fija la intensidad del vicio que afecta al acto, graduándola según las características concurrentes.

1.5.4 Insubsistencia del matrimonio

Tienen impedimento para contraer matrimonio:

El actual Código precisa los impedimentos absolutos, según puede verse en las disposiciones comentadas, basándolos en factores de orden esencialmente parental.

1.5.5 Casos que no se puede autorizar el matrimonio

El Código Civil trata de los casos en que no podrá ser celebrado el matrimonio. Los casos de insubsistencia están referidos a la relación parental entre las personas que pretenden contraer matrimonio, en los casos anteriores expuestos. Las de prohibición de que el matrimonio sea celebrado, inciden en responsabilidad del funcionario que autorice el acto, no obstante la existencia del impedimento, y de las personas culpables de al infracción.

7

1.5.6 No podrá ser celebrado el matrimonio:

Del menor de dieciocho años, decreto 13-2017 Reformas a Decreto Ley 106. Código Civil

1.6

Consentimiento:

El consentimiento es uno de los más importantes requisitos personales para la validez del matrimonio. El código civil francés dispone que no haya matrimonio cuando no hay consentimiento. Fonseca escribe, refiriéndose a ese requisito, que en el hombre y en la mujer debe existir la voluntad consciente y libre de unirse en matrimonio. Es el acto de voluntad por virtud del cual el hombre y la mujer convienen en que surja entre ellos el estado matrimonial con todas las consecuencias que ello produce, singularmente la referencia a la procreación.

No debe confundirse el consentimiento expreso de los cónyuges, con la autorización que dan quienes ejercen la patria potestad o la tutela para que pueda celebrarse el matrimonio de los menores de edad. La falta del libre y expreso consentimiento da lugar a la anulabilidad del matrimonio, “cuando uno o ambos cónyuges han consentido por error, dolo o coacción”.

1.7

El cuanto al dolo

La diferencia entre el error y el dolo, a los efectos de la validez del matrimonio, radica en que para que exista el primero debe emerger su causa de la falta de correcta apreciación, por parte de uno o de ambos contrayentes, de las circunstancias previstas en la ley como determinantes de la anulabilidad del acto, sin mediar deliberado propósito de engaño, maquinación o artificio, lo cual sí debe existir y manifestarse para la concurrencia del dolo.

La coacción, ha de tener por objeto precisamente alcanzar un consentimiento en apariencia libre para contraer el matrimonio deseado por quien la ejerce y precisamente contra quien la ejerce, sea el interesado o un tercero.

8

El Código vigente considera que la coacción puede presentarse en forma de violencia, amenaza o intimidación, y hace especial referencia al matrimonio del raptor con la raptada. 1.8

Capitulaciones Matrimoniales1

Capitulaciones Matrimoniales. Obligatoriedad. Art. 118. Son obligatorias las capitulaciones matrimoniales en los casos siguientes: Cuando alguno de los contrayentes tenga bienes cuyo valor llegue a dos mil quetzales; Si alguno de los contrayentes ejerce profesión, ante un oficio, que le produzca renta o emolumento que exceda de doscientos quetzales al mes; Si alguno de ellos tuviere en administración bienes de menores o incapacitados que estén bajo su patria potestad, tutela o guarda; y Si la mujer fuere guatemalteca y el varón extranjero o guatemalteco naturalizado. Art. 119. Las capitulaciones matrimoniales deberán constar en escritura pública o en acta levantada ante el funcionario que haya de autorizar el matrimonio. El testimonio de la escritura o la certificación del acta, se inscribirán en el Registro Civil, una vez efectuado el matrimonio; y también en el Registro de la Propiedad, si se afectaren bienes inmuebles o derechos reales sobre los mismos.

Publicidad y Formalismos Contenido Art. 121. * Las capitulaciones deberán comprender: *La designación detallada de los bienes que tenga cada uno de los cónyuges al contraer matrimonio; Declaración del monto de las deudas de cada uno; y Declaración expresa de los contrayentes sobre si adoptan al régimen de comunidad absoluta, el de separación absoluta, o el de comunidad de gananciales; o con las modalidades y condiciones a que quieran sujetarlo. * Reformado el inciso 1 por el Artículo 7 del Decreto Ley Número 218 del Jefe del Gobierno de la República.

1

Capitulaciones Matrimoniales Recuperado de: Capitulaciones Matrimoniales. Decreto Ley 106 Código Civil.

9

Regímenes matrimoniales. Los regímenes matrimoniales existentes en la República de Guatemala, son los siguientes: 

Comunidad Absoluta



Separación absoluta



Comunidades gananciales.



Régimen subsidiario.

Art. 122. (Comunidad absoluta). * En el régimen de comunidad absoluta, todos los bienes aportados al matrimonio por los contrayentes o adquiridos durante el mismo, pertenecen al patrimonio conyugal y se dividirán por mitad al disolverse el matrimonio. * Reformado por el Artículo 8 del Decreto Ley Número 218 del Jefe del Gobierno de la República. Art. 123. (Separación absoluta). En el régimen de separación absoluta cada cónyuge conserva la propiedad y administración de los bienes que le pertenecen y será dueño exclusivo de los frutos, productos y accesiones de los mismos. Serán también propios de cada uno de los cónyuges los salarios, sueldos, emolumentos y ganancias que obtuviere por servicios personales o en el ejercicio del comercio o industria. Art. 124. (Comunidades de gananciales). * Mediante el régimen de comunidad de gananciales, el marido y la mujer conservan la propiedad de los bienes que tenían al contraer matrimonio y de los que adquieren durante él, por título gratuito o con el valor de unos y otros; pero harán suyos por mitad, al disolverse el patrimonio conyugal los bienes siguientes: Los frutos de los bienes propios de cada uno de los cónyuges, deducidos los gastos de producción, reparación, conservación y cargas fiscales y municipales de los respectivos bienes; Los que se compren o permuten con esos frutos, aunque se haga la adquisición a nombre de uno solo de los cónyuges; y Los que adquiera cada cónyuge con su trabajo, empleo, profesión o industria. * Reformado en la primera parte por el Artículo 9 del Decreto Ley Número 218 del Jefe del Gobierno de la República. Art. 126. (Régimen subsidiario). A falta de capitulaciones sobre los bienes se entenderá contraído el matrimonio bajo el régimen de comunidad de gananciales.

10

Alteración de las capitulaciones

Art. 125. (Alteración de las capitulaciones). * Los cónyuges tienen derecho irrenunciable de alterar las capitulaciones matrimoniales y adoptar otro régimen económico del patrimonio conyugal, durante el matrimonio. La modificación de las capitulaciones matrimoniales deberá hacerse por medio de escritura pública que se inscribirá en los registros respectivos, y sólo perjudicará a tercero desde la fecha de la inscripción. * Reformado en la primera parte por el Artículo 10 del Decreto Ley Número 218 del Jefe del Gobierno de la República. Art. 127. (Bienes propios de cada cónyuge). * No obstante lo establecido en los artículos anteriores, son bienes propios de cada cónyuge los que adquiera por herencia, donación u otro título gratuito, y las indemnizaciones por accidentes o por seguros de vida, de daños personales o enfermedades, deducidas las primas pagadas durante la comunidad. * Reformado por el Artículo 11 del Decreto Ley 218 del Jefe del Gobierno de la República. Bienes propios de cada cónyuge Disolución de la comunidad de bienes

2

Requisitos para contraer matrimonio Civil en Guatemala2

Según el Código Civil de Guatemala artículo 78, el matrimonio civil es una institución social. De hecho, a través de esto un hombre y una mujer se unen legalmente. Se realiza con ánimo de permanencia y con el fin de vivir juntos, procrear, alimentar y educar a sus hijos y auxiliarse entre sí. Además, en el mismo documento artículo 92 se establece que debe autorizarse por un concejal municipal o por un notario hábil legalmente para el ejercicio de su profesión.

A continuación se detalla los Requisitos para el matrimonio civil 

Original y fotocopia del documento personal de identificación -DPI- de ambos contrayentes.



Certificación de nacimientos originales recientes de cada contrayente.

2

Requisitos para contraer matrimonio civil en Guatemala Recuperado de: Requisitos para contraer matrimonio Civil en Guatemala. Guatemala.com. https://aprende.guatemala.com/tramites/otrosdocumentos-tramites/requisitos-para-contraer-matrimonio-civil-en-guatemala/ Fecha: 2018/08/28

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Certificado médico de ambos contrayentes en el que conste que no padecen ninguna enfermedad contagiosa incurable o perjudicial para el otro contrayente y que no tiene defectos físicos que imposibiliten la procreación.



En caso de que los contrayentes ya vivan juntos o tengan hijos, no deberán presentar el certificado médico.



Cada contrayente deberá presentar el boleto de ornato del año en curso.



En caso de que uno o ambos contrayentes sea viudo o divorciado, deberá constar dicha circunstancia en la certificación de nacimiento, así como en el DPI correspondiente

Información importante Una vez celebrado el matrimonio civil, el mismo día, se hará entrega de la respectiva constancia. Además, con dicho documento se debe realizar la inscripción en el RENAP para obtener la certificación de matrimonio.

3

Registro Nacional de las Personas.

Para que el matrimonio quede legalmente inscrito en la República de Guatemala, se debe de llenar el último requisito. Que es inscribirlo en el Registro Nacional de las Personas. O sus siglas RENAP. A continuación se detalla, los requisitos para la inscripción.

3.1

Inscripciones en el Registro Nacional de las Personas. 

El Registro Nacional de las personas, puede inscribir los matrimonios siguientes:



En la República de Guatemala ante Notario o Ministro de Culto



En la República de Guatemala Municipal



En el Extranjero Consular



En el Extranjero Notarial

3.1.1 Inscripción de matrimonio en la República de Guatemala ante Notario o Ministro de Culto3 Aviso circunstanciado, en el cual debe consignarse si se celebraron o no capitulaciones matrimoniales y si fuera el caso, identificar el documento en el cual se celebraron, así como el régimen económico adoptado;

3

Inscripción de matrimonio en la República de Guatemala ante Notario o Ministro de Culto Recuperado de: Inscripción de matrimonio en la República de Guatemala ante Notario o Ministro de Culto. Renap. ttps://www.renap.gob.gt/servicios/inscripcion-de-matrimonio-en-la-republica-de-guatemala-ante-notario-o-ministro-de-culto Fecha: 2018/08/28

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Nota De conformidad con el Artículo 16 del Acuerdo de Directorio Número 104-2015 del Registro Nacional de las Personas y sus Reformas, Reglamento de Inscripciones del Registro Civil de las Personas, en todas las inscripciones y anotaciones que sean solicitadas deberá presentarse: Boleto de Ornato del año correspondiente, del compareciente, este requisito no aplica para personas exentas del pago de este arbitrio y en las inscripciones y anotaciones que sean requeridas mediante resolución judicial. Formulario proporcionado por el Registro Nacional de las Personas -RENAP-, en los casos de existir, según el tipo de inscripción o anotación. Comprobante de pago por concepto de inscripción extemporánea, cuando corresponda.

3.1.2 Inscripción de matrimonio en la República de Guatemala Municipal Copia certificada del acta de matrimonio, en la cual debe consignarse si se celebraron o no capitulaciones matrimoniales y si fuera el caso, identificar el documento en el cual se celebraron, así como el régimen económico adoptado.

3.1.3 Inscripción de matrimonio en el Extranjero Consular Aviso del matrimonio al consulado de Guatemala del país donde haya ocurrido el mismo; Formulario remitido por parte del Servicio Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores al Registro Civil de las Personas para su inscripción. 3.1.4 Inscripción de matrimonio en el Extranjero Notarial Testimonio de la protocolización del certificado de matrimonio proveniente del extranjero, con los pases de ley y traducción, si fuera el caso, en original y duplicado.

3.2

Inscripción de Capitulaciones Matrimoniales

Para inscribir las capitulaciones matrimoniales es necesaria la siguiente papelería.

Testimonio de la escritura pública de capitulaciones matrimoniales, en original y duplicado o certificación del acta fraccionada ante el funcionario que haya autorizado el matrimonio.

13

4

Esquema de matrimonio

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Ambos conyuges van con el Notario y entregan la siguiente papelería:

El Notario extenderá la constancia del Acta Notarial de matrimonio para que el mismo sea inscrito en el Registro Nacional de las Personas el costo Q25.00

1. Documento Personal de Identificación

1. Compromiso

2. Partidas de Naciomiento Recientes de los contrayentes, los padres de los contrayentes y los abuelos en el caso de los abuelos si supieran los nombres Se solicita en el Renap a razón de Q19.00 x cada una.. 3. Certificado de Buena Salud costo de Q125.00 a Q250.00 4. Boleto de ornato

El Renap extenderá la certificación de matrimonio la cual tiene un costo de Q32.00

Ambos conyuges van a laboratorio clínico dichos laboratorios son los siguientes: VIH

El Notario redactará un acta notarial de matrimonio . a Requerimiento de: Ambos Conyuges. Los honorarios de Notario oscilan entre Q500.00 a Q8000.00 dependiendo el Profesional que realice el matrimonio.

Sifiles Grupo Sanguíneo. El examen cuesta entre Q150.00 a 400.00 por persona en los laboratorios clínicos

Los resultados son revisados por un doctor que entrega un certificado

El Acta Notarial de matrimonio debe contener, el nombre de ambos contrayentes sus generales, el Régimen economico Matrimonial. Consentimiento de ambos conyuges . Datos del certificado médico, Timbre Notarial de Q10.00 en la primera hoja y timbres fiscales Q0.50 en cada hoja base legal codigo de Notariado Firma de los contrayentes

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5

Bibliografía y E-grafías

Leyes Consultadas

Código Civil. Decreto Ley 106. E-grafías Inscripción de matrimonio en la República de Guatemala ante Notario o Ministro de Culto Recuperado de: Inscripción de matrimonio en la República de Guatemala ante Notario o Ministro de Culto. Renap. ttps://www.renap.gob.gt/servicios/inscripcion-de-matrimonio-en-larepublica-de-guatemala-ante-notario-o-ministro-de-culto Fecha: 2018/08/28 Matrimonio. Matrimonio. Recuperado de: https://www.monografias.com/trabajos48/derecho-civil/derecho-civil3.shtml Requisitos para contraer matrimonio civil en Guatemala Recuperado de: Requisitos para contraer matrimonio Civil en Guatemala. Guatemala.com. https://aprende.guatemala.com/tramites/otros-documentos-tramites/requisitos-para-contraermatrimonio-civil-en-guatemala/ Fecha: 2018/08/28

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6

Anexos

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6.1

Acta notarial de matrimonio

18

6.2

Documeto persoal de idetificacio de ambos de ambos conjuyes

19

6.3

Partida de Nacimiento de ambos conyuges

20

6.4

Partida de Naciomiento de los padres de ambos conyuges

21

6.5

Partidad de Nacimiento de los abuelos de ambos conyuges

22

6.6

Certificado Médico de Constancia de buena Salud

23

6.7

Certificado de matrimonio

24