Reglamento Practicas 2017 Rev V1

UNIVERSIDAD SAN PEDRO FACULTAD DE INGENIERÍA REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES ESCUELA DE INGENIERIA INDUSTRIAL

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UNIVERSIDAD SAN PEDRO FACULTAD DE INGENIERÍA

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES ESCUELA DE INGENIERIA INDUSTRIAL

CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Art. 1º Es propósito del presente Reglamento, normar el desarrollo de las Prácticas Pre profesionales de los alumnos del curso de Prácticas Pre-profesionales de la Escuela Profesional de Ingeniería Industrial de la Universidad San Pedro, contemplando aspectos como los procedimientos a seguir, la formalidad de los informes, los plazos a cumplir, los mecanismos de control del desempeño del alumno en las prácticas y la forma de evaluación. Art. 2º Las Prácticas Pre Profesionales tiene como finalidad completar y consolidar la formación profesional de los alumnos aplicando los conocimientos científicos y tecnológicos desarrollados en las aulas universitarias, en las áreas relacionadas con la especialidad de Ingeniería Industrial en las distintas organizaciones Locales, Regionales o Nacionales.

CAPÍTULO II ORGANIZACIÓN, DESARROLLO Y CONVENIOS Art. 3º La Facultad de Ingeniería, firmará convenios con aquellas Instituciones o empresas que reúnan las condiciones necesarias para el desarrollo de las Prácticas Pre-profesionales, a nivel Local, Regional y Nacional. Art. 4º La Empresa o Institución deberá contar con los siguientes requisitos: - Razón social debidamente registrada. - Ubicación física y permanente de la Empresa.

- Flexibilidad para aceptar el nivel de Prácticas Pre-profesionales que la Escuela Profesional requiere para la formación de sus alumnos. - Estar en actividad laboral constante en la mayoría de los casos. - Su rubro de producción debe incluir el ejercicio de la Ingeniería Industrial.

Art. 5º Para desarrollar el curso de Prácticas Pre-Profesionales, los alumnos deberán asistir a una Charla de Inducción a las Prácticas que deberá realizarse un mes antes de culminar el ciclo anterior a dichas prácticas.

CAPITULO III REGISTRO DE PRACTICANTES Art. 5º Para desarrollar el curso de Prácticas Pre-Profesionales, los alumnos deberán haber asistido a la Charla de Inducción a las Practicas, luego registrar matrícula y alcanzar el Plan General de Prácticas a la Dirección de Escuela, solicitando su revisión y aprobación por Docente Asesor de Prácticas designado por la escuela de Ingeniería Industrial Art. 6º Las prácticas serán gestionadas por la Escuela de Ingeniería Industrial ante organizaciones a nivel Local, Regional y Nacional, priorizándose la asignación al tercio superior de la escuela, y serán entregadas en estricto orden de mérito. La organización se reserva el derecho de hacer la evaluación pertinente. Art. 7º El alumno tiene la opción de buscar su propia práctica en una organización en particular. Esta práctica será propuesta ante el Director de Escuela para su evaluación y/o aprobación. Art.8º En un plazo máximo de dos semanas de iniciadas las clases, el alumno llevará a la empresa la carta de presentación firmada por el (la) Director(a) de la Escuela de Ingeniería Industrial.

CAPITULO IV ASIGNACION DE ASESORES Art.9º Para el desarrollo de las Prácticas Pre Profesionales el alumno deberá contar con el asesoramiento de un docente, el cual será designado por el Director de

Escuela y elevado al Decanato de la Facultad de Ingeniería para la elaboración y expedición de la resolución de designación. Art.10º Es responsabilidad del asesor, orientar al alumno en la elaboración del Plan de Prácticas, en su ejecución; una vez culminado el plan de prácticas en el informe final, debiendo el asesor emitir su visto bueno respectivo.

CAPITULO V PRESENTACIÓN Y APROBACIÓN DEL PLAN DE PRÁCTICAS Art. 11º El Plan General de Prácticas Pre profesionales, es presentado por los practicantes a la Dirección de Escuela, solicitando su revisión y aprobación por Docente Asesor de Prácticas de Ingeniería Industrial, para ello deberá contar con el Visto Bueno del jefe inmediato del Practicante en la empresa. Art. 12º La Estructura del Plan General de Practicas Pre-profesionales deberá contemplar los siguientes puntos: a. b.

Carátula (Logotipo, Nombre Universidad, Facultad, Escuela, Curso, Nombre del Plan de Practicas, Autor, Asesor, Fecha). Empresa (Razón social, dirección, representante legal, teléfono, nombre del jefe de prácticas, celular, descripción general)

b. Situación Problemática: Descripción de los problemas, Selección del Problema. c.

Objetivos de la Práctica: General y Específicos.

d.

Metodología (serie de pasos que se van a seguir)

e.

Cronograma de Trabajo (Alineado a los Objetivos Específicos y a los Plazos establecidos en el presente reglamento)

Art.14º La aprobación del Plan de Practicas está a cargo del docente del curso, Art. 15° Luego de la aprobación del Plan de prácticas Pre-profesionales, el docente del curso realizará tareas de asesoramiento, y evaluación del desarrollo de las mismas.

CAPITULO VI DE LA EJECUCIÓN DE LAS PRÁCTICAS

Art. 16º El alumno está obligado a presentar un avance periódico del informe, que permitirá al docente del curso realizar la evaluación de las prácticas preprofesionales respectivas de acuerdo a los cronogramas establecidos. Art. 17ºLos docentes asesores supervisarán el desarrollo de las prácticas pre profesionales en las organizaciones, los referidos docentes deberán registrar los datos recopilados en la supervisión y proceder a calificar en escala vigesimal; la Dirección de la Escuela brindará las facilidades y recursos necesarios para efectivizar la supervisión. Art. 18º El alumno que ejecuta la práctica pre-profesional correspondiente deberá presentar dos informes: informe parcial en la séptima semana y el Informe Final en la quinceava semana del semestre; en ambos casos los presentará en la Secretaría de la Escuela de Ingeniería Industrial. Art. 19º El docente asesor, evaluará el informe parcial, formulando las correcciones si las hubiera, y debiendo consignar una calificación en escala vigesimal. Art. 20º El informe final de Prácticas se presentará en original, y una copia debidamente anillada y 01 CD-ROM (conteniendo el informe y anexos) teniendo en cuenta las siguientes recomendaciones: a)

Escrito en papel formato A-4, digitado a espacio y medio.

b)

Deberá estar acompañado de esquemas, con el fin de aclarar las descripciones del contenido del texto, para estos casos deberán precisarse la fuente del esquema.

c)

Anexar Constancia de Prácticas Pre-Profesionales y la Evaluación de desempeño (ver anexo) emitido por la organización.

Art. 21º El informe final deberá contener como mínimo la siguiente estructura y contenido: a) Carátula b) Índice General c) Índice de Tablas d) Índice de Figuras e) Introducción CAPITULO I: JUSTIFICACION  Importancia de la Practica Pre profesional para la empresa  Objetivos general y específicos CAPITULO II: MARCO CONCEPTUAL Y METODOLOGÍA

(Explicación resumida de la serie de pasos que se han seguido para desarrollar) CAPITULO III: APLICACIÓN DE LA METODOLOGIA O TECNICA CAPITULO IV: Conclusiones y Recomendaciones CAPITULO V: Referencias Bibliográficas Anexos y Apéndices Art. 22º El Informe Final sólo se recibirá dentro del plazo establecido por la Dirección de Escuela. Art. 23° Los docentes asesores deberán registrar la asistencia de los alumnos asesorados, así como y el avance del Plan de Practicas. Art. 24° Todo informe final de prácticas Pre-profesionales deberá estar visado por el docente asesor asignado, caso contrario no será evaluado.

CAPITULO VII CONFORMACION DEL JURADO EVALUADOR Art. 25° El Jurado Evaluador será designado por la Dirección de Escuela, quien procederá a Elaborar el Cronograma de Sustentación de los Informe de Practicas. Art. 26° El Jurado Evaluador estará conformado por un máximo de tres miembros, conformado por tres docentes de la Escuela de Ingeniería Industrial.

CAPITULO VIII EVALUACION DEL INFORME FINAL DE PRÁCTICA Art. 27º La calificación del informe final estará a cargo del jurado evaluador de prácticas Pre-profesionales, quienes realizaran esta labor en el momento de la sustentación de los informes por parte de los practicantes. Art. 28° Para la Sustentación de los Informes Finales de Prácticas se tendrán las siguientes consideraciones:

a) La Sustentación del Informe Final tendrá carácter público y será presentado y sustentado ante los miembros del jurado evaluador, asignado por el Director de la Escuela de Ingeniería Industrial. b) El asesor deberá estar presente en el momento de la sustentación teniendo voz en el proceso de evaluación. c) El practicante de no presentarse a la sustentación del informe final, obtendrá nota (00) por parte del jurado evaluador. d) Sólo es justificable la ausencia a la sustentación del informe final por motivos de salud. e) Toda actitud impropia que se presentase del practicante durante la sustentación de prácticas obtendrá nota cero (00) del parte del jurado. f) La Escuela Profesional de Ingeniería Industrial aperturará un libro de Actas, a fin de que en éste se plasme los detalles de los actos de Sustentación de los Informe de Prácticas Pre-Profesionales.

CAPITULO IX PROMEDIO FINAL DEL CURSO Art. 29° El asesor del practicante deberá entregar la nota correspondiente a la primera unidad la cual se generara de la siguiente manera: - Plan de Práctica (10%) - Supervisión de Prácticas en la Empresa (10 %) - Informe Parcial (80% si hubo supervisión, 90% si no hubo supervisión) Art. 30° El promedio de la segunda unidad será determinada de la siguiente manera: - Aprobación de la Sustentación Informe Final Art. 31° El promedio final del curso se determinará de la siguiente manera: - Promedio Primera Unidad (50%) - Promedio Segunda Unidad (50%) Se considera aprobado al alumno que logre como nota mínima 10.5 en el cálculo del promedio final.

Art. 33° Los alumnos que desaprueben el promedio final, tendrán derecho al Examen de Aplazados, el cual consistirá en una nueva sustentación del informe final (subsanado); el aplazado se desarrollara en la semana 17 del semestre.

DISPOSICIONES FINALES 1° Todo lo no previsto en el presente Reglamento es complementado por la Dirección de la Escuela Profesional de Ingeniería Industrial, lo cual será informado al Decano para ser tratado en el Consejo de Facultad. 2°

El alumno adquirirá un Seguro contra accidentes en una empresa aseguradora por el tiempo que dure sus prácticas pre-profesionales