REGLAMENTO INTERNO DE SSO V6 CERRO SAC

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Índice Contenido PRESENTACION ......................................................................................... 4 MISION DE VOLCAN: ................................................................................... 5 VISION DE VOLCAN:.................................................................................... 5 VALORES: ............................................................................................... 5 I. OBJETIVOS Y ALCANCES ................................................................................ 6 A. Objetivos .......................................................................................... 6 B. Alcance ............................................................................................ 7 C. Base Legal ......................................................................................... 7 II. LIDERAZGO, COMPROMISOS Y LA POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL ........... 7 Liderazgo y Compromiso ............................................................................. 7 A. Política de Seguridad, Salud Ocupacional, Medio Ambiente y Calidad ................... 8 III. ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES ......................................................................10 Funciones y Responsabilidades .....................................................................10 1. De la Empresa ................................................................................10 2. De los Supervisores...........................................................................10 3. De los Trabajadores ..........................................................................12 A. ORGANIZACIÓN INTERNA DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL ........................13 1. Funciones y Responsabilidades del Comité de SSO ......................................13 2. Organigrama del Comité ....................................................................16 3. Programa Anual de SSO ......................................................................17 4. Mapa de Riesgos ..............................................................................17 B. Implementación de Registros y Documentación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo .............................................................................17 C. Funciones y Responsabilidades de las Empresas que brindan servicios .................18 IV. ESTANDARES DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL EN LAS OPERACIONES ...................18 4.1 DISPOSICIONES GENERALES ....................................................................18 4.2 EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL (EPP) ...................................................21 4.3 DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO .............................................................21 4.4 EN EL TRABAJO ..................................................................................22 4.5 ORDEN Y LIMPIEZA...............................................................................24 4.6 MANEJO DE EXPLOSIVOS ........................................................................25 A. MANEJO ........................................................................................24 B. TRANSPORTE ..................................................................................26 C. ALMACENAMIENTO. ...........................................................................27 1

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4.7 REGLAS DE SEGURIDAD PARA PLANTA CONCENTRADORA PARAGSHA /SAN EXPEDITO 28 4.8 LEVANTAMIENTO DE MATERIALES PESADOS ..................................................31 4.9 MANEJO DE MATERIALES ........................................................................31 4.10 LABORATORIO ...................................................................................32 4.11 MANEJO DE HERRAMIENTAS ...................................................................32 4.12 MANTENIMIENTO DE MOTORES Y CONTROLES ELÉCTRICOS ...............................33 4.13 ELECTRICISTAS ..................................................................................34 4.14 MECÁNICOS Y SOLDADORES ...................................................................35 4.15 EQUIPOS OXIACETILENICOS....................................................................37 4.16 MAQUINA DE SOLDAR POR ARCO ELECTRICO ................................................39 4.17 SOLDADURA EN TANQUES......................................................................40 4.18 TALLER DE CARPINTERIA.......................................................................40 4.19 TRABAJOS EN ALTURA .........................................................................41 4.20 ESCALERAS Y ANDAMIOS .......................................................................42 4.21 MANEJO DE VEHICULOS ........................................................................43 4.22 TRANSPORTE DE PERSONAL ...................................................................44 4.23 ACCIDENTES DE TRANSITO CON VEHICULOS MOTORIZADOS ..............................45 4.24 INSPECCIÓN DE EQUIPO LIVIANO .............................................................45 4.25 INSPECCIÓN DE EQUIPO PESADO ..............................................................46 4.26 BLOQUEO DE EQUIPOS .........................................................................47 4.27 AL REPARAR O CAMBIAR TUBERIAS ...........................................................48 4.28 TRABAJOS EN ESPACIOS CONFINADOS .......................................................48 V. ESTANDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN ACTIVIDADES CONEXAS ...............................48 VI. PREPARACION Y RESPUESTA A EMERGENCIAS.......................................................49 VII. GESTION DE SALUD OCUPACIONAL..................................................................58 VIII. SANCIONES ............................................................................................61 IX. LISTA DE ESTANDARESDE GESTIÓN ..................................................................62 X. LISTA DE ESTANDARES OPERATIVOS .................................................................62 XI. LISTA DE PROCEDIMIENTOS ESCRITOS DE TRABAJO SEGURO - PETS ............................63

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PRESENTACION

El presente Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo actualizado y adecuado conforme a la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo Ley N° 29783 y su modificatoria Ley N° 30222; al D.S. 024-2016–EM y su modificatoria D.S. 023-2017-EM, D.S. Nº 005-2012-TR y R.M. N° 050-2013 TR; que es una herramienta que contribuye a la prevención de pérdidas en el marco del cumplimiento del Sistema de Gestión Integrado. El objetivo es prevenir la ocurrencia de incidentes, incidentes peligrosos, accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales y el control de daños a la propiedad de la empresa. Garantizar la seguridad y salud en el trabajo de todos los trabajadores de Compañía, Empresas Contratistas Mineras y Empresas Contratistas de actividades conexas y promover en ellos una cultura de prevención de riesgos laborales. Siendo un instrumento importante para la acción y la cultura preventiva, éste será distribuido a todo el personal quienes además recibirán la capacitación pertinente, de manera que puedan cumplir estrictamente su contenido. Es preciso señalar que con la recepción (firma) del presente Reglamento, usted asume el compromiso de su aplicación, que confiamos permitirá alcanzar el objetivo de Seguridad.

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MISION DE VOLCAN: “Somos un grupo minero de origen peruano que persigue la maximización de valor a sus accionistas, a través de la excelencia operativa y de los más altos estándares de seguridad y manejo ambiental, contribuyendo al desarrollo de su personal y de su entorno”

VISION DE VOLCAN: “Al 2021 ser una de las principales empresas mineras diversificadas en metales base y precisos, líder en crecimiento y excelencia operativa, actuando con responsabilidad social y con un equipo humano comprometido y altamente calificado”.

VALORES: 1. Seguridad Nuestras acciones buscan mitigar todos los riesgos para que en nuestro día a día se garantice la integridad y salud de nuestros trabajadores. 2. Integridad Nuestro comportamiento refleja una actitud honesta, justa, ética y transparente en todas nuestras acciones. 3. Compromiso Nos sentimos parte de un gran proyecto corporativo en el cual creemos firmemente y por el cual damos lo mejor de nosotros mismos. 4. Excelencia Buscamos alcanzar permanentemente los más altos estándares de desempeño en nuestro trabajo para lograr resultados sobre salientes. 5. Respeto Nuestras acciones buscan generar armonía en las relaciones con nuestros trabajadores, comunidades, medio ambiente, clientes y accionistas.

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I. OBJETIVOS Y ALCANCES A. Objetivos Art N° 1.

El presente Reglamento tiene como objetivos:

a. Garantizar las condiciones de seguridad y salvaguardar la vida, integridad física y el bienestar de los trabajadores, mediante la prevención de los incidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales. b. Promover una cultura de prevención de riesgos laborales en los trabajadores, contratistas, proveedores y todos aquellos que presten servicios en relación a la empresa, con el fin de garantizar las condiciones de seguridad y salud ocupacional garantizando condiciones de seguridad para salvaguardar la integridad física y bienestar de los trabajadores, proteger los equipos y las instalaciones, de la empresa con el fin de garantizar la fuente de trabajo y mejorar la productividad, propiciar el mejoramiento continuo de las condiciones de seguridad, salud ocupacional y ambiente de trabajo. c. Propiciar el mejoramiento continuo de las condiciones de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, a fin de evitar y prevenir daños a la salud, a las instalaciones o a los procesos, en las diferentes actividades ejecutadas facilitando la identificación de los riesgos existentes, su evaluación y control respectivo la evaluación de riesgos e implementación de controles y correcciones. d. Proteger las instalaciones y propiedad de la empresa, con el objetivo de garantizar la fuente de trabajo y mejorar la productividad. e. Estimular y fomentar un mayor desarrollo de la conciencia de prevención entre los representantes de la empresa, trabajadores, proveedores, contratistas y todos aquellos que presenten servicios en relación a la empresa en el Sistema Integrado de Gestión de Seguridad, Salud Ocupacional, Medio Ambiente y Calidad. f. Hacer una explotación segura y racional cuidando la salud de los trabajadores y del medio ambiente. g. Fomentar el liderazgo, compromiso, participación y trabajo en equipo de la E.A. Cerro S.A.C. h. Disponer de mecanismos de reconocimiento al personal proactivo interesado en el mejoramiento continuo de la seguridad y salud en el trabajo.

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B. Alcance Art N° 2.

El alcance del presente Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional

comprende todas las actividades de servicios y procesos que desarrolla EA Cerro SAC. El Reglamento establece las funciones y responsabilidades que con relación a la seguridad y salud ocupacional deben cumplir obligatoriamente todos los trabajadores, los contratistas, proveedores, visitantes y otros cuando se encuentren en nuestras instalaciones. C. Base Legal El presente reglamento está elaborado teniendo como base lo siguiente:  Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.  Ley N° 30222, Ley que modifica la Ley N° 29783.  Ley N° 29023, Ley que regula la comercialización y uso del cianuro.  D.S. N° 023-2017-EM, Decreto Supremo que modifica al D.S. Nº 024-2016-EM.  D.S. Nº 024-2016-EM, Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería y su modificatoria D.S. N° 023 – 2017-EM.  D.S. Nº 005-2012-TR, Reglamento de la Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo  R.M. Nº 050-2013-TR, Formatos referenciales con la información mínima que deben contener los registros obligatorios del sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. II.

LIDERAZGO, COMPROMISOS Y LA POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD Liderazgo y Compromiso Art N° 3.

La Gerencia de La E.A. Cerro S.A.C. se compromete a:

a. Liderar y brindar los recursos para el desarrollo de todas las actividades en la organización, manteniendo un ambiente de trabajo seguro y saludable en concordancia con las mejores prácticas laborales en cumplimiento de las leyes y las normas de seguridad para la MEJORA CONTINUA del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo, como parte del Sistema de Gestión Integrado SSOMAC, a fin de lograr su éxito en la prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales. b. Asumir la responsabilidad de la prevención de accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales, fomentando el compromiso de cada trabajador mediante el estricto cumplimiento de disposiciones que contiene el presente Reglamento. c. Proveer los recursos necesarios para mantener un ambiente de trabajo seguro y saludable. 6

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d. Establecer programas de Seguridad y Salud Ocupacional definidos y medir el desempeño en la seguridad y la salud en el trabajo, llevando a cabo las mejoras que se justifiquen. e. Operar en concordancia con las prácticas aceptables de la empresa y con pleno cumplimiento de las leyes y reglamentos de seguridad y salud ocupacional. f.

Investigar las causas de los incidentes, incidentes peligrosos, accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales; así como desarrollar acciones preventivas en forma efectiva.

g. Fomentar una cultura de prevención de los riesgos laborales para lo cual se inducirá, entrenará, capacitará y formará a sus trabajadores en el desempeño seguro y productivo de sus trabajos. h. Mantener un alto nivel de entrenamiento para actuar en casos de emergencia, promoviendo su integración con el Sistema Nacional de Defensa Civil y otras instituciones. i.

Respetar y cumplir las normas vigentes sobre la materia.

j.

Exigir que los proveedores, empresas contratistas mineras y/o conexas cumplan con todas las normas aplicables de seguridad y salud en el trabajo.

k. Permitir la participación de los trabajadores en el Sistema Integrado de Gestión de Seguridad, Salud Ocupacional, Medio Ambiente y Calidad, que garantiza que los trabajadores y sus representantes serán consultados, informados y capacitados en todos los aspectos de seguridad y salud en el trabajo relacionados con su trabajo, incluidas las disposiciones relativas a situaciones de emergencia. A. Política de Seguridad, Salud Ocupacional, Medio Ambiente y Calidad Art N° 4.

Nuestra Organización ha establecido su Política SSOMAC, con el respaldo de la

Gerencia General, sus compromisos son los siguientes:

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III. ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES Funciones y Responsabilidades 1.

De la Empresa

Art N° 5.

La E.A. Cerro SAC, asume su responsabilidad en la organización del Sistema de

Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo; y garantiza el cumplimiento de todas las obligaciones en seguridad y salud en el trabajo, establecidos en la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y su Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional, para lo cual: a. La empresa es responsable de la prevención y conservación del lugar de trabajo asegurando de que esté construido, equipado y dirigido de manera que suministre una adecuada protección a los trabajadores contra incidentes que afecten su vida, salud e integridad física. b. La empresa garantiza la seguridad y salud de los trabajadores en el desempeño de todos los aspectos relacionados con su labor, en el centro de trabajo o con ocasión del mismo. c. La empresa instruye a sus trabajadores, incluyendo al personal contratista y modalidades formativas laborales y los que presentan servicios de manera independiente, siempre que estos desarrollen sus actividades total o parcialmente en las instalaciones de la empresa, respecto a los riesgos a que se encuentren expuestos en las labores que realizan, al momento de su contratación, durante el desempeño de su labor y cuando se produzcan cambios en la función o puesto de trabajo o el la tecnología, adoptando las medidas necesarias para evitar incidentes o enfermedades ocupacionales. d. La empresa desarrolla acciones de sensibilización, capacitación y entrenamiento destinados a promover el cumplimiento de las normas de seguridad y salud ocupacional por los trabajadores. Las capacitaciones se desarrollan dentro de la jornada de trabajo, sin implicar costo alguno para el trabajador. e. La empresa proporciona a sus trabajadores los equipos de protección personal de acuerdo a la actividad que realicen, dotará a la maquinaria de resguardo y dispositivos de control necesario para evitar accidentes. f.

La empresa proveerá en todos los niveles una cultura de prevención de los riesgos en el trabajo.

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g. La empresa desarrolla acciones permanentes con el fin de perfeccionar los niveles de protección existente. h. La empresa da los recursos, facilidades y estimula al Comité de Seguridad y Salud Ocupacional para el cumplimiento de sus funciones y brinda la autoridad que requiera para llevar a cabo sus funciones. i.

La empresa brinda al Supervisor de Seguridad y Salud Ocupacional la autoridad que requiera para llevar a cabo sus funciones.

j.

La empresa implementa las recomendaciones del Comité de Seguridad y Salud Ocupacional y del Supervisor de Seguridad y Salud Ocupacional.

k. La empresa garantiza que las elecciones de los representantes de seguridad y salud ocupacional se realice a través de elecciones democráticas de los trabajadores. l.

Elaborar un mapa de riesgos con la participación de la organización sindical, representantes de los trabajadores, delegados y el Comité de SSO; este mapa debe exhibirse en un lugar visible de las áreas de trabajo.

m. Informar a las autoridades competentes que correspondan, dentro de los plazos previstos, la ocurrencia de incidentes de alto potencial o mortales, así como la muerte de trabajadores suscitada en centros asistenciales derivada de incidentes mortales. Asimismo, debe presentar a las autoridades competentes que correspondan un informe detallado de la investigación en el plazo de diez (10) días calendario de ocurrido el suceso. n. Entregar a cada Trabajador, bajo cargo, copia del Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional, así como del D.S. 024-2016 EM Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería. 2. De los Supervisores Art N° 6.

Los Supervisores deberán:

a. Asegurarse que todos los trabajadores cumplan con la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo 29783, su Reglamento; el D.S. 024-2016 EM y su modificatoria D.S. 023-2017 EM Reglamento de seguridad y salud ocupacional en Minería y el Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional, liderando y predicando con el ejemplo. b. Asegurar el orden y limpieza de las diferentes áreas de trabajo, bajo su responsabilidad. c. Adoptar las medidas preventivas y correctivas necesarias para eliminar o controlar los peligros asociados al trabajo, con la finalidad de proteger a los trabajadores, verificando

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y analizando que se haya dado cumplimiento a la matriz IPERC continuo realizada por los trabajadores en su área de trabajo. d. Capacitar y verificar que los trabajadores conozcan y cumplan con los estándares y PETS y usen adecuadamente el Equipo de Protección Personal apropiado para cada tarea. e. Informar a los trabajadores acerca de los peligros en el lugar de trabajo. f. Investigar situaciones que un trabajador o un miembro del Comité de Seguridad y Salud Ocupacional considere que son peligrosas. g. Investigar todos los incidentes y accidentes de su área de trabajo para determinar la causa raíz y establecer los controles necesarios para evitar su recurrencia. h. Asegurarse que los trabajadores usen máquinas con las guardas de protección colocadas en su lugar. i. Actuar inmediatamente sobre cualquier peligro que sea informado en el lugar de trabajo. j. Ser responsable por su seguridad y la de los trabajadores que laboran en el área a su mando. k. Facilitar los primeros auxilios y la evacuación del trabajador(es) lesionado(s), o que esté(n) en peligro. l. Asegurarse que se cumplan los procedimientos de bloqueo de maquinaria que no esté segura. m. Paralizar las operaciones o labores en situaciones de alto riesgo, hasta que se haya eliminado o minimizado dichas situaciones riesgosas. n. Imponer la presencia permanente de un supervisor en las labores de mina y superficie que sean consideradas como alto riesgo, de acuerdo a la evaluación de riesgos. o. Capacitar al personal en la utilización adecuada de los estándares y procedimientos de trabajo seguro. p. Los supervisores de turno saliente deben informar por escrito a los del turno entrante de cualquier peligro o riesgo que exija atención en las labores sometidas a su respectiva supervisión. q. Los supervisores que incumplan lo dispuesto en los incisos anteriores, así como las recomendaciones del Comité de Seguridad y Salud Ocupacional, de los supervisores, inspectores o fiscalizadores y/o de los funcionarios de la autoridad minera competente

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u otra autoridad competente en materia de Seguridad y Salud Ocupacional, serán sancionados por su jefe inmediato o por el jefe de área correspondiente.

3. De los Trabajadores Art N° 7.

Todos los trabajadores de la empresa cualquiera sea su relación laboral

(incluyendo contratistas) están obligados a cumplir las normas contenidas en el presente Reglamento y otras disposiciones complementarias, incluyendo contratistas y personal bajo modalidades formativas laborales y los que prestan servicios de manera independiente, siempre que estos desarrollen sus actividades total o parcialmente en las instalaciones de la E.A. CERRO S.A.C. En este sentido: a. Los trabajadores harán uso adecuado de todos los instrumentos, materiales de trabajo, resguardos, dispositivos de seguridad, equipos de protección personal y otros medios suministrados de acuerdo con el Reglamento, para su protección o de las personas y cumplirán estrictamente todas las instrucciones de seguridad procedente o aprobada por la autoridad competente, relacionada con el trabajo que realizan. b. Realizar toda acción conducente a prevenir o conjurar cualquier incidente, incidente peligroso y accidentes de trabajo propios y/o de terceros y a informar a su jefe inmediato y estos a su vez a la Gerencia, de los incidentes ocurridos por menores que sean. c. Ser responsables por su seguridad personal y la de sus compañeros de trabajo. d. No manipular u operar máquinas, equipos, vehículos móviles, válvulas, tuberías, conductores eléctricos, si no se encuentran capacitados y autorizados. e. Cumplir con los estándares, PETS, y prácticas de trabajo seguro establecidos dentro del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional. f.

Participar en la investigación de los incidentes, incidentes peligrosos, accidente de trabajo y/o enfermedad profesional u ocupacional; así como, en la identificación de peligros y evaluación de riesgos en el IPERC de línea base.

g. Ningún trabajador intervendrá, cambiará, desplazará, dañará o destruirá los dispositivos de seguridad o aparatos destinados para su protección, o la de terceros, ni cambiará los métodos o procedimientos con el fin de reducir al mínimo los riesgos de accidentes inherentes a su actividad adoptados por la empresa. h. Realizar la identificación de peligros, evaluar los riesgos y aplicar las medidas de control establecidas en los PETS, PETAR, ATS, Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional y otros, al inicio de sus jornadas de trabajo, antes de iniciar actividades en 12

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zonas de alto riesgo y antes del inicio de toda actividad que represente riesgo a su integridad física y salud. i.

Mantener condiciones de orden y limpieza en todos los lugares y actividades.

j.

Utilizar correctamente las máquinas, equipos, herramientas y unidades de transporte.

k. Participar obligatoriamente en toda capacitación programada. l.

Están prohibidas las bromas, juegos bruscos y bajo ninguna circunstancia trabajar bajo el efecto de alcohol o estupefacientes.

m. No ingresar al trabajo bajo la influencia de alcohol ni de drogas, ni introducir dichos productos a estos lugares. En caso se evidencie el uso de dichas sustancias en uno o más trabajadores, se realizará un examen toxicológico y/o de alcoholemia. Siendo esta una FALTA GRAVE. n. Declarar toda patología médica que puedan agravar su condición de salud por situaciones de altura u otros factores en el ejercicio de sus actividades laborales o. Cumplir estrictamente las instrucciones y reglamentos internos de seguridad establecidos. p. En caso de peligro inminente que constituya un riesgo alto o extremo (no aceptable) para la Seguridad y Salud de los trabajadores, en coordinación con su Supervisor pueden interrumpir sus actividades, e incluso, si fuera necesario, abandonar la zona de trabajo. No pudiendo reanudar las actividades mientras el riesgo no se haya reducido o controlado. q. Conocer los peligros y riesgos existentes en el lugar de trabajo que puedan afectar su salud o seguridad a través de la matriz IPERC y el IPERC continúo; así como la información proporcionada por el supervisor. r.

Los trabajadores que incumplan las obligaciones contenidas en el artículo precedente deben ser sancionados de acuerdo al Reglamentos Interno de Trabajo de la E.A. CERRO S.A.C. o de la Empresa contratista según aplique y los dispositivos legales vigentes.

A. ORGANIZACIÓN INTERNA DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL 1. Funciones y Responsabilidades del Comité de SSO Art N° 8.

La empresa contará con un Comité de Seguridad y Salud Ocupacional (o

Supervisor de Seguridad y Salud Ocupacional), debiendo sentar en un Libro de Actas todos los acuerdos adoptados en cada reunión y el cumplimiento de las mismas en el plazo previsto. 13

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El Comité de Seguridad y Salud Ocupacional (o Supervisor de Seguridad y Salud Ocupacional) tendrá las siguientes responsabilidades: a. Conocer los documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo que sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como los procedentes de la actividad del servicio de seguridad y salud ocupacional. b. Asegurar que todos los trabajadores conozcan y cumplan el presente Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional, estándares, PETS, avisos y demás material escrito o gráfico relativos a la prevención de riesgos en el lugar de trabajo. c. Elaborar y aprobar el reglamento y constitución del Comité de Seguridad y Salud Ocupacional de acuerdo a la estructura establecida en el ANEXO Nº 3 del D.S. 024-

2016–EM. d. Aprobar el Programa Anual de Seguridad y Salud Ocupacional. e. Programar las reuniones mensuales ordinarias del Comité de Seguridad y Salud Ocupacional que se llevarán a cabo un día laborable dentro de los primeros diez (10) días calendario de cada mes, para analizar y evaluar los resultados del mes anterior, así como el avance de los objetivos y metas establecidos en el Programa Anual de Seguridad y Salud Ocupacional; mientras que la programación de reuniones extraordinarias se efectuará para analizar los accidentes mortales o cuando las circunstancias lo exijan. f.

Llevar el libro de actas de todas sus reuniones el que puede llevarse de manera electrónica si es que se cuenta con sistema de firmas digitalizadas, donde se anota todo lo tratado en las sesiones del Comité de Seguridad y Salud Ocupacional; cuyas recomendaciones con plazos de ejecución son remitidas por escrito a los responsables e involucrados.

g. Realizar inspecciones mensuales de todas las instalaciones, anotando en el Libro de Seguridad y Salud Ocupacional las recomendaciones con plazos para su implementación; asimismo, verificar el cumplimiento de las recomendaciones de las inspecciones anteriores. h. Aprobar el Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional de la E.A. CERRO S.A.C. i.

Supervisar el cumplimiento del Plan de Minado, anotando en el Libro de Seguridad y Salud Ocupacional las recomendaciones que correspondan con plazos para su implementación; asimismo, verificar el cumplimiento de las recomendaciones de las supervisiones anteriores.

j.

Aprobar y revisar mensualmente el Programa Anual de Capacitación. 14

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k. Analizar mensualmente las causas y las estadísticas de los incidentes, incidentes peligrosos, accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales, emitiendo las recomendaciones pertinentes. l.

Poner en conocimiento de la Alta Gerencia de la titular de actividad minera o del órgano que se precise en el Reglamento Interno correspondiente, el resultado de la investigación de las causas de los incidentes, incidentes peligrosos, accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales con el propósito que se inicie investigación. Los resultados de las investigaciones deben dejarse consignados en el Libro de Actas del Comité de Seguridad y Salud Ocupacional.

m. Participar en la elaboración, aprobación, puesta en práctica y evaluación de las políticas, planes y programas de promoción de la seguridad y salud en el trabajo, de la prevención de incidentes, incidentes peligrosos, accidentes y enfermedades ocupacionales. n. Promover que los trabajadores nuevos reciban la correspondiente capacitación en los temas de prevención de riesgos detallados en los ANEXOS 4 y 5.” o. Vigilar el cumplimiento de la legislación, las normas internas y las especificaciones técnicas del trabajo relacionadas con la seguridad y salud en el lugar de trabajo; así como, el Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional. p. Asegurar que los trabajadores conozcan los reglamentos, instrucciones, especificaciones técnicas de trabajo, avisos y demás materiales escritos o gráficos relativos a la prevención de los riesgos en el lugar de trabajo. q. Promover el compromiso, la colaboración y la participación activa de todos los trabajadores en la prevención de los riesgos del trabajo, mediante la comunicación eficaz, la participación de los trabajadores en la solución de los problemas de seguridad, la inducción, la capacitación, el entrenamiento, concursos, simulacros, entre otros. r. Considerar las circunstancias e investigar las causas de todos los incidentes, accidentes y de las enfermedades ocupacionales que ocurran en el lugar de trabajo, emitiendo las recomendaciones respectivas para evitar la repetición de éstos. s. Verificar el cumplimiento y eficacia de sus recomendaciones para evitar la repetición de los accidentes y la ocurrencia de enfermedades profesionales. t. Hacer recomendaciones apropiadas para el mejoramiento de las condiciones y el medio ambiente de trabajo, velar porque se lleven a cabo las medidas adoptadas y examinar su eficiencia. u. Colaborar con los servicios médicos y de primeros auxilios.

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v. Supervisar los servicios de seguridad y salud ocupacional y la asistencia y asesoramiento al empleador y al trabajador. w. Reportar a la máxima autoridad de E.A. Cerro S.AC las actividades trimestrales del Comité de Seguridad y Salud Ocupacional. x. Reunirse mensualmente en forma ordinaria para analizar y evaluar el avance de los objetivos establecidos en el programa anual, y en forma extraordinaria para analizar accidentes que revistan gravedad o cuando las circunstancias lo exijan. y. Anualmente redactar un informe resumen de los trabajos realizados.

2. Organigrama del Comité Art N° 9.

El presente organigrama es la representación gráfica de la estructura orgánica del

Comité de SSO, así como para prever e implementar los posibles cambios. La empresa adoptará el siguiente organigrama funcional para el Comité.

PRESIDENTE

SECRETARIO

MIEMBRO

MIEMBRO

SUPLENTE

MIEMBRO

SUPLENTE

SUPLENTE

MIEMBRO

SUPLENTE

MIEMBRO

SUPLENTE

SUPLENTE

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SUPLENTE

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3. Programa Anual de Seguridad y Salud Ocupacional Art N° 10. El Programa Anual de Seguridad y Salud Ocupacional, es el conjunto de

actividades de prevención en SSO, que establece la empresa; este Programa deberá estar en relación a los objetivos contenidos en el presente reglamento y a los otros elementos que garanticen un trabajo en forma preventiva y sistemática contra los riesgos existentes en el centro de trabajo. Este programa será elaborado por quienes tienen a su cargo la seguridad y salud ocupacional de la empresa, el Comité aprobará el cronograma del mismo, estableciendo los mecanismos de seguimiento para el cumplimiento del mismo. La empresa prestará todo el apoyo para la ejecución del Programa Anual y se revisará mensualmente. La empresa asume el liderazgo del Sistema Integrado de Gestión de Seguridad, Salud Ocupacional, Medio Ambiente y Calidad.

4. Mapa de Riesgos Art N° 11. El Mapa de Riesgos en un plano de las condiciones de trabajo, que puede emplear

diversas técnicas para identificar y localizar los problemas y las acciones de promoción y protección a la salud de los trabajadores en la empresa.

B. Implementación de Registros y Documentación del Sistema de Gestión de SSOMAC Art N° 12. Para la evaluación del Sistema Integrado de Gestión de Seguridad, Salud

Ocupacional, Medio Ambiente y Calidad de la empresa tiene los siguientes registros: a. El Registro de incidentes de trabajo en el que consta la investigación y las medidas correctivas adoptadas. b. El registro de enfermedades ocupacionales. c. Registro de exámenes médicos ocupacionales. d. Registro del monitoreo de agentes físicos, químicos, biológicos, psicosociales y factores de riesgo disergonómicos. e. Registro de inspecciones internas de seguridad y salud ocupacional. f.

Registro de estadísticas de seguridad y salud ocupacional.

g. Registro de equipos de seguridad o emergencia. h. Registro de inducción, capacitación, entrenamiento y simulacros de emergencia. i.

Registro de auditorías.

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C. Funciones y Responsabilidades de las Empresas que brindan servicios Art N° 13. Toda empresa contratista minera (ECM), empresa contratista de actividades

conexas y otros deberán garantizar: a. La coordinación de la gestión en prevención de riesgos laborales. b. La seguridad y salud de los trabajadores que se encuentren en el lugar donde fueron destacados. c. La contratación de los seguros de acuerdo a las normas vigentes durante la ejecución del trabajo. d. El cumplimiento de la normatividad en materia de seguridad y salud en el trabajo. e. Reportar e investigar los accidentes o incidentes al Departamento de Seguridad y Salud Ocupacional de la E.A. CERRO S.A.C. f. Proporcionar a sus trabajadores capacitación y equipos de protección personal en cantidad y calidad g. Cumplir obligatoriamente con lo establecido en la Ley N° 29783 Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y su Reglamento y el D.S. 024-2016 EM Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería, el presente reglamento, programas de capacitación y demás disposiciones que les fueran aplicables. h. Cumplir las cláusulas de sus contratos, caso contrario la supervisión de Cerro S.A.C. ejecutará las infracciones y multas que devengan por el incumplimiento del mismo y/o infracción. i. Proporcionar equipos de protección personal a todos sus trabajadores de acuerdo a las necesidades requeridas en el trabajo. j. Proporcionar a sus trabajadores capacitación y equipos de protección personal en cantidad y calidad requeridos, de acuerdo a la actividad que dichos trabajadores desarrollan. IV. ESTANDARES DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL EN LAS OPERACIONES 4.1 DISPOSICIONES GENERALES Este Reglamento ha sido elaborado con el fin de proporcionar información para prevenir accidentes, por lo que debe leerse frecuentemente. Art N° 14. Todo trabajador debe tomar las debidas precauciones tratando de proteger su

seguridad y la de sus compañeros. Art N° 15. Obedecer los avisos de seguridad en todo lugar y momento. Art N° 16. Si no entiende una determinada orden de su supervisor, pregunte o solicite

aclaración. No corra riesgos innecesarios, ni ponga en peligro a sus compañeros de trabajo, por no haber entendido una orden. Nunca se quede con la duda.

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Art N° 17. Comunique a su supervisor de cualquier condición insegura que encuentre u

observe método o práctica que entrañe peligro, así como las herramientas o equipos defectuosos. Art N° 18. Es responsabilidad del trabajador evitar en todo momento cualquier posibilidad de

accidentarse o la de sus compañeros de trabajo. Art N° 19. Al ingresar a un área operativa, es obligatorio usar el equipo de protección

personal que le proporciona la Empresa. Art N° 20. Si tuviera alguna duda sobre cualquier regla de seguridad, pida la explicación

necesaria al supervisor o al ingeniero de seguridad. Art N° 21. Queda terminantemente prohibido el ingreso de personas extrañas a las áreas de

trabajo, salvo permiso especial del Gerente de Operaciones y del Departamento de Seguridad. Art N° 22. Está prohibido ingresar a su área de trabajo si se encuentra bajo los efectos de

estados anormales o se encuentra enfermo. Art N° 23. Queda terminantemente prohibido fumar en lugares públicos (Ley N° 28705 y su

modificatoria Ley N°29517). Art N° 24. En

toda labor minera como mínimo deben trabajar dos trabajadores,

especialmente en lugares aislados. Art N° 25. Todo trabajador nuevo debe ir siempre acompañado de uno antiguo. Art N° 26. Todo trabajador que ingrese a mina debe realizar una inspección inicial de su labor

para identificar los peligros y evaluar los riesgos existentes determinando las medidas de control a través del IPERC. Art N° 27. Todo trabajador debe cumplir el procedimiento de desatado de rocas antes,

durante y después de cualquier actividad. Al término del desatado debe golpear las rocas con la barretilla para comprobar que no haya rocas sueltas escondidas (bombos). Art N° 28. Cuando una labor rechina o chispea deberá retirarse hasta que el terreno se

estabilice y se hayan tomado las medidas de control. Art N° 29. Desate los planchones colgados, en caso de que no caigan en forma manual o

mecanizada se procederá al “plasteo”. Art N° 30. Hacer un buen trazo de perforación y utilice los explosivos adecuados para evitar

dañar la roca. Art N° 31. El perforista y los disparadores son responsables del buen arqueo del techo de la

labor para lo cual deben revisar la inclinación, el espaciamiento y la longitud de los taladros de alza y luego realizar el carguío de acuerdo a las técnicas de pre-corte. Art N° 32. Cumplir con los estándares de empernado, lanzado de concreto, armado de

cuadros, cimbras, etc. bajo el principio de “Metro avanzado, metro sostenido”. 19

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Art N° 33. Las labores de rehabilitación deben asegurarse en avanzada, está completamente

prohibido dejar presentados cuadros y/o cimbras sin asegurar al 100% el sostenimiento. Art N° 34. Para todo trabajo que se realice en altura, espacios confinados, traslado de

equipos por el tajo, trabajos en caliente, sostenimiento con cuadros, sostenimiento con cimbras, carga suspendida, etc., obligatoriamente debe gestionarse los respectivos Permisos de Trabajo de Alto Riesgo, en sus áreas de responsabilidad. Art N° 35. Se deberá cumplir estrictamente con el procedimiento de control de ingreso y

salida a interior mina, de no cumplir será considerado FALTA MUY GRAVE. Art N° 36. Es deber y responsabilidad de los jefes, cumplir y hacer cumplir las disposiciones

de seguridad y salud en el trabajo. Art N° 37. Al finalizar la guardia, ningún trabajador podrá quedarse dentro del lugar de trabajo

sin autorización de su Jefe inmediato y por razones de trabajo se quedan a trabajar en su labor, será bajo la responsabilidad del capataz o supervisor. Art N° 38. Es deber de todos los trabajadores cuidar y observar avisos, señales, letreros,

dibujos de seguridad y cumplir estrictamente con las indicaciones para su propia seguridad y la seguridad de los demás. Art N° 39. Todo trabajo de alto riesgo requiere obligatoriamente del Permiso Escrito de

Trabajo de Alto Riesgo (PETAR), autorizado y firmado, cumpliendo el Estándar de PETAR de Cerro S.A.C. 4.2 EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL (EPP) Art N° 40. El empleador proporciona a sus trabajadores equipos de protección personal

adecuados, según el tipo de trabajo y riesgos específicos presentes en el desempeño de sus funciones, cuando no se puedan eliminar en su origen los riesgos laborales o sus efectos perjudiciales para la salud éste verifica el uso efectivo de los mismos. Art N° 41. Queda terminantemente prohibido el ingreso a las instalaciones y realizar trabajos

sin tener su equipo de protección personal, lo mínimo requerido para ingresar a la zona industrial son protector, zapatos con punta de acero y lentes de Seguridad. Art N° 42. Todo equipo de protección personal será entregado a los trabajadores de acuerdo

a su ocupación y cumpliendo las disposiciones. Art N° 43. El trabajador es responsable por el debido uso de su EPP y por el buen estado de

conservación y mantenimiento del mismo debiendo cambiarlo cuando éste sufra deterioro por el uso. Art N° 44. A los trabajadores que ejecutan labores especializadas y peligrosas se les dotará

de equipo de protección personal especial.

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Art N° 45. Los respiradores contra polvo y gases deben estar disponibles todo el tiempo y

serán empleados cuando los límites máximos permisibles hayan sido sobrepasados, pero solamente por periodos razonables de tiempo. Art N° 46. Los trabajadores que malogren alteren o perjudiquen sus equipos de protección

personal serán severamente amonestados o sancionados. 4.3 DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO Art N° 47. Todo accidente personal que ocurra en el lugar de trabajo, debido a causas

externas a él o al esfuerzo realizado por él o en ejecución de órdenes aún fuera de trabajo, se considera como accidente de trabajo. Art N° 48. El titular de actividad minera y las empresas contratistas no serán responsables

del deterioro que se presente y que desencadene en lesiones o perturbaciones funcionales a consecuencia de un accidente si el trabajador omite dar el aviso interno correspondiente en forma inmediata. Art N° 49. En caso de un incidente, incidente peligroso, accidente de trabajo, reportar a la

Central de Emergencia 7911, y comunicar a su supervisor inmediato de la E.A. Cerro S.A.C. y/o Empresa Contratista. El incumplimiento de estas disposiciones dará origen a que el accidente no sea considerado como accidente de trabajo. Art N° 50. En todo accidente trate de proporcionar inmediatamente los primeros auxilios al

accidentado. Si no se encuentra capacitado para aplicar los primeros auxilios, avise inmediatamente a un supervisor inmediato o al personal más cercano. Art N° 51. En caso de accidente grave, no mueva al accidentado más de lo necesario antes

de facilitarle los primeros auxilios. Art N° 52. Ningún trabajador podrá ausentarse de la localidad estando con descanso médico,

sin la debida autorización del médico tratante. Art N° 53. Utilice el procedimiento PAS para reportar un accidente.

4.4 EN EL TRABAJO Art N° 54. Está completamente prohibido jugar, hacer bromas pesadas, luchar, boxear o

distraer a otro trabajador. Art N° 55. Está prohibido incitar pleitos, usar lenguaje incorrecto, crear desorden o confusión

que pueda poner en peligro a otros trabajadores y/o daños a la propiedad de la empresa. Art N° 56. Está prohibido las bebidas alcohólicas o drogas narcóticas en los lugares de

trabajo. Art N° 57. Los trabajadores con síntomas de alcohol o de drogas narcóticas, no serán

admitidos en los lugares de trabajo. 21

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Art N° 58. Los trabajadores de las empresas contratistas mineras y/o conexas en estado de

embriaguez que son detectados mediante un examen de alcoholemia en el ingreso o en el área de trabajo se les hará pasar evaluación con el alcoholímetro, adicionalmente los trabajadores de la E.A. CERRO S.A.C. serán derivados a la Policía Nacional para realizar el análisis de sangre. Art N° 59. Está completamente prohibido dormir en el trabajo. Art N° 60. Utilice siempre los pasamanos en las escaleras. Art N° 61. Nunca mire a los soldadores mientras están soldando. Art N° 62. Nunca intente reparar o ajustar equipos eléctricos a menos que sea parte de su

trabajo. Art N° 63. No se debe caminar por debajo de cargas suspendidas, usar los pasadizos

adecuados. Art N° 64. El equipo de seguridad proporcionado por la empresa, obligatoriamente debe ser

usado durante las horas de trabajo. Art N° 65. El trabajador es responsable del equipo y del buen estado de conservación y

mantenimiento del mismo, debiendo ser cambiado cuando por la naturaleza de trabajo lo requiera, y en forma extraordinaria las veces que sea necesario. Art N° 66. El remplazo de toda pérdida o destrucción intencional del equipo de protección

personal, será por cuenta del trabajador. No está incluido el cobro, en caso de desgaste o destrucción debido al uso normal del equipo en el trabajo. Art N° 67. De acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 29783 y su reglamentación y el D.S. 024-

2016-EM del Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería; los trabajadores que malogren, alteren o perjudiquen, ya sea por acción u omisión, cualquier sistema, aparato o implemento de seguridad o cualquier máquina o implemento de trabajo de minas, plantas e instalaciones sujetas a este Reglamento o que incumplan las Reglas de Seguridad, serán severamente amonestados o sancionados. Art N° 68. Evite el acumulamiento de materiales engrasados, virutas, maderas o líquidos

inflamables, principalmente alrededor de los depósitos de combustibles. Art N° 69. Nunca emplee gasolina u otros combustibles para limpiar equipos que todavía

estén calientes. Art N° 70. Sustancias como gasolina, bencina, aceites, etc. son muy inflamables por lo que

se tiene que tener mucho cuidado en su manejo; evitar exponerlos o acercarlos a llamas descubiertas o a lugares donde existe fuerte calor. Art N° 71. Haga conexión a tierra al trasvasar líquidos inflamables o combustibles de vagón-

tanque a otro tanque. Art N° 72. Nunca fume cerca de sustancias inflamables o en lugares prohibidos. 22

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Art N° 73. Prohibido arrojar cerillos de fósforos y colillas de cigarrillos encendidos, verifique

que estén apagados. Art N° 74. Está prohibido trabajar con equipos eléctricos deteriorados, Art N° 75. No emplee cables en mal estado. Art N° 76. Nunca sobrecargue las instalaciones. Art N° 77. Está completamente prohibido reparar equipos eléctricos deteriorados si no es

electricista. Art N° 78. Conozca la ubicación de los extintores. Art N° 79. Reporte el uso del extintor o cuando lo vea descargado. Art N° 80. El extintor sólo puede usarse una vez, luego debe ser cargado nuevamente. Art N° 81. Está prohibido hacer bromas o jugar con los extintores de incendio. Art N° 82. Maneje cuidadosamente el soplete y la soldadura. Art N° 83. Si nota algún corto circuito en una instalación eléctrica, corte inmediatamente la

corriente eléctrica en esa línea y mande revisar la instalación. Art N° 84. Nunca cubra las paredes y cielo raso de sus habitaciones con papeles, cartones

u otros materiales combustibles. Art N° 85. Las cocinas de gas y los calentadores eléctricos deben usarse correctamente.

Está prohibido el uso de calentadores eléctricos con resistencia (niquelina). Art N° 86. Evitar colocar cortinas u otros materiales combustibles cerca de las cocinas y de

los calentadores. Art N° 87. Nunca suba a una chimenea sin antes verificar que este ventilándose con aire

comprimido y se haya realizado el monitoreo de gases correspondiente. Art N° 88. Nunca ingrese a una labor abandonada, sin antes solicitar al área de Seguridad

que realice una verificación de gases. Art N° 89. Todos los frentes ciegos deberán ser dejados ventilándose al final de la guardia. Art N° 90. Cierre siempre las puertas de ventilación y mantenga funcionando los

ventiladores. En caso de encontrarse apagado enciéndalo previa verificación de alguna advertencia (Tag Out), o realización de trabajos. Art N° 91. Toda chimenea debe tener parrilla con una abertura no mayor de 20 cm. Para

evitar la caída de personas. Art N° 92. Los echaderos deben tener iluminación, señalización adecuada y el ingreso debe

contar con una restricción donde ira un aviso preventivo. Art N° 93. Está totalmente prohibido subir a una chimenea campaneada para colocar plastas.

Deberá utilizarse atacadores y carretes para llegar a la carga campaneada. Art N° 94. Todos los trabajos en instalaciones eléctricas deberán llevarse a cabo con

personal especializado. 23

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Art N° 95. Antes de realizar cualquier trabajo de mantenimiento o reparación de equipos o

circuitos eléctricos se procederá a quitar la energía y bloquear su reconexión mediante el uso de candados y tarjetas. Art N° 96. Los trabajadores que utilicen equipos eléctricos, antes de hacer uso de estos,

deberán verificar que no haya inducción eléctrica. 4.5 ORDEN Y LIMPIEZA Art N° 97. Cada trabajador es responsable de mantener limpio su lugar de trabajo. Art N° 98. Mantenga los pasadizos y lugares de trabajo completamente limpios. Art N° 99. Mantener orden y limpieza en todo momento. Después de cada trabajo debe dejar

todo limpio. Ningún trabajo se considera bien hecho o terminado, si no se ha limpiado el área de trabajo. Art N° 100.

Está prohibido abandonar herramientas, cables materiales o equipos que

puedan ocasionar tropezones, caídas o resbalones. Art N° 101.

Cuando limpie vidrios rotos use siempre escoba y pala (recogedor). Nunca

lo recoja con las manos sin protección. Art N° 102. Está completamente prohibido dejar sobre el piso clavos o maderas con clavos.

Recójalos. 4.6 MANEJO DE EXPLOSIVOS A. MANEJO Art N° 103. El horario de chispeo es a las 6:40 a.m. y 6:40 p.m. Art N° 104. Se cumplirá estrictamente las normas de seguridad sobre preparación,

manipuleo, almacenamiento, transporte y uso de explosivos de acuerdo a lo estipulado en el D.S. 024-2016-EM, todo personal que manipule explosivos debe estar capacitado y contar con la autorización SUCAMEC. Art N° 105. Cuando se va a disparar cerca de tubos o cables eléctricos estos serán retirados

o protegidos adecuadamente. Art N° 106. En labores con temperaturas mayores a 30º C obligatoriamente deben realizarse

mediciones de la temperatura interna de taladros calientes y se aplicará el PETS correspondiente. Art N° 107. El personal mínimo para realizar el chispeo es de dos trabajadores, si el

ayudante es nuevo el capataz debe estar siempre presente. Art N° 108. El encendido de los tiros deberá hacerse siempre en el horario de disparo

establecido. Art N° 109. Después de chispear (iniciar el encendido) debe retirarse del lugar de inmediato;

no espere ver el encendido de las mechas por los conectores. 24

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Art N° 110. Cuando se va chispear se debe cuidar todas las entradas al lugar de la voladura

hasta que termine el disparo. Art N° 111. Luego de la detonación se encenderá el ventilador cuyo interruptor deberá estar

ubicado fuera del área de influencia del disparo. Art N° 112. Después del chispeo no debe regresar a la labor por ningún motivo. Art N° 113. Cuando falle uno o más tiros, se impedirá a toda persona el acceso a ese lugar,

hasta que hayan transcurrido por lo menos 30 minutos. Art N° 114. Informar a sus superiores respectivos de los tiros cortados a fin de que estos

tomen la acción correctiva con el perforista, no debe haber tiros cortados. Art N° 115. Nunca trate de encender nuevamente un tiro cortado, no trate de sacar los

cartuchos

y/o fulminante del taladro de un tiro fallado o cortado, con alambre, clavo,

cucharilla u otro elemento metálico; solo se puede recargar con otro cebo respetando las normas de “plasteo”. Art N° 116. Nunca deje un tiro cortado para la guardia siguiente; es obligatorio eliminarlo. Art N° 117. La perforación en un frente con tacos se debe separar por lo menos ocho (08)

pulgadas entre taco y taco. Art N° 118. Para realizar un "plasteo" o "cachorreo", se requiere la autorización del

supervisor; sólo se puede realizar sin dicha orden, si es para eliminar una condición insegura. Art N° 119. Antes del carguío de tiros para el "cachorreo" que se efectuará en una operación,

se detendrá toda actividad continua y ajena a esta operación. No se permitirá la presencia de persona extraña alguna ni el tránsito de vehículos o equipos en el área delimitada por el jefe responsable de tal operación. Art N° 120. Sólo pueden dispararse un máximo de tres (03) tiros cortados a la vez, salvo que

se inicie con cordón detonante que pueden ser hasta seis (06) en simultáneo, a cualquier hora, por encima de esta cantidad el chispeo se realizará respetando el horario establecido. Art N° 121. Prohibido cortar la guía de seguridad preparada, para la preparación de la plasta,

ésta se debe usar íntegramente. Art N° 122. En campaneos de chimeneas solamente debe “plastear” el personal autorizado. Art N° 123. Nunca ingrese debajo de una chimenea atorada, para colocar la plasta use

listones de Madera. Art N° 124. En el chute de un tajeo avise al personal antes de encender la plasta, el personal

del tajeo servirá de vigía para que nadie baje por el camino o se pare sobre el echadero. Art N° 125. Los disparos en superficie se realizarán en un horario estricto y debidamente

anunciado con carteles y letreros de seguridad.

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Art N° 126. Para anunciar los disparos en superficie debe tocarse una sirena con quince (15)

minutos de anticipación en forma continua y que alcance a todos los extremos de posible proyección del material disparado. Art N° 127. Antes del toque de sirenas se debe iniciar el desalojo del área adyacente al

disparo con una anticipación de otros quince (15) minutos. Art N° 128. Los refugios para protegerse de los disparos deben estar reglamentados y

anunciados con carteles y letreros de seguridad. Art N° 129. Se deben usar dos cajas de madera con tapas de bisagras, aldaba y candado

para

almacenar temporalmente explosivos y accesorios sobrantes y/o en tránsito.

Art N° 130. Úsese solo punzones de madera o cobre para hacer los huecos para la

colocación de los fulminantes en los cartuchos de dinamita. Art N° 131. Durante la carga y descarga de explosivos solo podrán permanecer en las

inmediaciones el personal autorizado, prohibiéndose cualquier otra actividad en un radio de 50 m. como mínimo. B. TRANSPORTE Art N° 132. El transporte de explosivos se hará en los envases originales en perfecto estado

de conservación. Art N° 133. Todo vehículo que transporte explosivos obligatoriamente deberá contar con 2

extintores de PQS mínimo de 6 kg, 2 banderines de color rojo, 2 avisos que indiquen “Peligro Explosivos”, cadena de línea a tierra, caja de madera con tapa y con tratamiento ignifugo, con circulinas roja la cual se mantendrá encendida durante el carguío, transporte y des carguío de explosivos. Art N° 134. Los vehículos para el transporte deben tener un piso bien unido. Cualquier parte

metálica en el interior del vehículo debe ser cubierta o protegida de manera que las cajas de explosivos no puedan estar en contacto con el metal. Art N° 135. El personal responsable del traslado de explosivos será especializado y deberá

conocer las precauciones para su manipuleo. Art N° 136. Queda prohibido transportar fulminantes y explosivos en el mismo vehículo. Art N° 137. Siempre se debe tener apagado el motor del vehículo durante las operaciones

de carga y descarga de explosivos. Art N° 138. Cuando se transporten explosivos en vehículos sin techo, éstos deben ser

cubiertos con lona. Art N° 139. Queda prohibido llevar herramientas de metal o sustancias inflamables dentro

de vehículos que transportan explosivos.

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Art N° 140. Se evitará demoras o paradas innecesarias de los vehículos que transportan

explosivos; tampoco deberán estacionarse en garajes o talleres para su reparación, etc. Art N° 141. Nunca permita fumar en vehículos que transportan explosivos. Art N° 142. Está prohibido abrir las cajas que contienen explosivos en el interior del vehículo.

C. ALMACENAMIENTO. Art N° 143. Está prohibido dejar abandonado los explosivos. Art N° 144. Todos los explosivos deben ser colocados de manera que las existencias más

vistas puedan ser despachadas o usadas primero. Art N° 145. El interior de los polvorines debe permanecer limpio y libre de material extraño. Art N° 146. Manténgase los pisos de los polvorines bien limpios; deseche la basura de los

pisos de los polvorines. Art N° 147. Nunca se debe almacenar cordón detonante con fulminantes. Art N° 148. Está prohibido hacer cualquier reparación dentro de un polvorín hasta que todos

los explosivos hayan sido puestos en un lugar seguro. Art N° 149. Está prohibido almacenar explosivos dañados o deteriorados junto con

existencia en buen estado. Art N° 150. Queda prohibido almacenar cartuchos armados en un polvorín que contiene

otros explosivos. Art N° 151. Los polvorines deben estar frescos, secos y ventilados. Las guías deben ser

guardadas en un lugar fresco y seco. Art N° 152. Los polvorines con piso y anaqueles de madera deben tener tratamiento ignífugo.

4.7 REGLAS DE SEGURIDAD PARA PLANTA CONCENTRADORA PARAGSHA /SAN EXPEDITO Art N° 153. Ninguna persona debe operar, reparar o mantener una máquina o un equipo sin

la capacitación y autorización debida. Art N° 154. Use la herramienta apropiada para cada trabajo y verifique que se encuentre en

buenas condiciones. Art N° 155. Nunca realice engrase, mantenimiento o reparaciones cuando la maquina está

en movimiento. Art N° 156. Nunca utilice aire comprimido para asearse o para limpiar el área de trabajo. Art N° 157. Cuidar de no limpiar con agua muy cerca de los motores eléctricos porque existe

el peligro de explosión y/o quemadura del motor.

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Art N° 158. Estar siempre atento al caminar sobre el piso de parrilla porque podría estar

suelto y ocasionar caídas serias. Art N° 159. Use caretas de seguridad cuando se está cincelando, esmerilando o soplando

con aire comprimido y cuando se maneja metales fundidos, ácidos, álcalis o cuando haya peligro de proyección de partículas. Art N° 160. El personal que maneja cilindros de gases comprimidos debe ser adiestrado en

forma especial y conocer los peligros que estos encierran. Art N° 161. Cuando se emplee reactivos altamente tóxicos tales corno cianuro, arsénico, etc.

debe usarse overol descartable (tyvek), guantes de jebe, careta facial completa, etc.; evitando el contacto directo con la piel y aseándose de inmediato con bastante agua y jabón. Si por alguna razón algún trabajador es alcanzado por ácido debe ir de inmediato a la ducha para diluir el ácido y evitar quemaduras. Art N° 162. El personal que ingrese a una tolva deberá usar arnés y línea de vida y tener un

observador permanente y debe contar con PETAR. Art N° 163. Al subir o descender por las escaleras usar los pasamanos para una mejor

estabilidad con tres puntos de apoyo como mínimo. Art N° 164. Está prohibido utilizar prendas de vestir anchas, chalinas, cabello largo, cadenas,

anillos, etc. porque pueden ser atrapados por las máquinas en movimiento y ocasionar accidentes. Art N° 165. Todos los engranajes, fajas, bombas, molinos, y celdas expuestos deben tener

guarda. Art N° 166. Los trabajadores están prohibidos de quitar las guardas de seguridad de las

maquinarias que así están equipadas y tampoco trabajar las máquinas sin guardas. Cuando se quitan las guardas para hacer reparaciones o por cualquier otra razón es obligación de los trabajadores reponer las guardas antes de abandonar el trabajo. Art N° 167. No debe hacerse ninguna clase de trabajo de reparación o limpieza de las fajas

transportadoras cuando estas están en movimiento. Art N° 168. Está estrictamente prohibido caminar o viajar sobre fajas transportadoras. Art N° 169. Cuando se trabaje en lugares elevados, no debe permitirse que otras personas

pasen o trabajen en la parte inferior Art N° 170. Antes de hacer trabajos sobre cualquier válvula o tubería debe asegurarse que

la presión ha sido previamente disipada o descargada. Art N° 171. Antes de arrancar la chancadora, alimentadores, fajas transportadoras, etc. debe

chequearse que no hay peligro para otros trabajadores. Art N° 172. Cuando circunstancialmente se tenga que ingresarse dentro del molino, el jefe

de guardia asumirá el control total, de tal manera que no descuide nada que pudiera 28

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comprometer la seguridad del personal que está dentro del molino. Debe medirse el gas cianhídrico y el nivel de oxígeno antes de ingresar. Art N° 173. Cuando se repare cualquier maquinaria se deberá colocar la correspondiente

tarjeta y candado de seguridad en la fuente principal de energía. Art N° 174. Gestionar Permisos de Trabajo de Alto Riesgo, en sus áreas de responsabilidad

cuando así, lo requiera. Art N° 175. Es obligación de todos los trabajadores, saber en qué condiciones se encuentran

las plataformas y barandas sobre las cuales trabajan y si estas se encuentran en malas condiciones deben reportar inmediatamente a su supervisor antes de trabajar. Art N° 176. Antes de hacer trabajos sobre cualquier válvula o tubería que pueda tener

presión, los trabajadores deben estar seguros antes de comenzar el trabajo y que la presión ha sido eliminada Art N° 177. Antes de arrancar la chancadora o faja de trasporte, alimentadores, etc.; debe

chequearse que no haya peligro para otros trabajadores, coordine siempre con su supervisor, atento a la alarma. Art N° 178. Cuando trabaje en cualquier lugar de la planta, debe mantener la piel libre de

reactivos, pueden causar irritaciones a la piel. Use los EPP adecuados. Art N° 179. Está prohibido usar cadenas, pulseras, brazaletes, anillos, etc. En los trabajos

de Planta de Beneficio. Art N° 180. Cuando se manipule cianuro deben de seguirse los siguientes reglas:

a. Nunca trabajar solo. b. Usar “full face” (careta facial completa) y con los EPP adecuados, guantes de jebe. c. Si existe contacto con cianuro retirar toda lo contaminado, lavarse con abundante agua y jabón. d. No trabajar con cianuro si tiene cortaduras o heridas en las manos. e. La aplicación del antídoto estará a cargo del personal de la posta médica. (cyanokit) f. Antes de tomar los alimentos cambiarse de ropa de trabajo y lavarse las manos. g. Al final del trabajo, cambiarse la ropa que se ha usado, dejarla en el armario respectivo. Para dirigirse al domicilio usar ropa de calle. h. No comer, no fumar, ni masticar tabaco o goma de mascar en el área de cianuro. i. Siempre recoger cuidadosamente cualquier trozo de cianuro que se caiga sin tener contacto directo con este ya que pueden accidentarse. j. Instrucciones sobre el antídoto de cianuro: tener en cuenta las reglas de cartilla de seguridad de cianuro de sodio y verificar que los botiquines de primeros auxilios este operativos , los kit deberán tener:  Cyanokit 29

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 Disponer de un equipo para vías aéreas que cuente con balón de oxígeno que permita un flujo de oxígeno de diez a quince (10 a 15) litros por minuto, bolsa de resucitación y mascarilla de oxígeno con bolsa reservorio. Art N° 181. Evitar inhalar polvos o gases de cianuro. Art N° 182. Efectuar el manipuleo de soluciones de cianuro en áreas bien ventiladas, usando

guantes de látex y gafas protectoras. Art N° 183. No transportar ni almacenar cianuro junto con alimentos o bebidas. Art N° 184. Evitar el contacto del cianuro con ácidos o sales ácidas ya que puede generar

ácido cianhídrico gaseoso que es muy venenoso. Art N° 185. Agregar hidróxido de sodio (soda cáustica) u otro compuesto alcalino al agua al

preparar una solución de cianuro de sodio o potasio, para evitar la formación de ácido cianhídrico (HCN) al estado de gas venenoso. Art N° 186. Llevar un estricto control del pH en las plantas para evitar la formación de ácido

cianhídrico (HCN). Art N° 187. Cercar los pozos de solución de cianuro y los pozos de soluciones residuales

para el reciclaje, con la finalidad de evitar el acceso de personas o animales. Art N° 188. Neutralizar de inmediato los derrames de soluciones de cianuro, utilizando

hipoclorito y/o peróxido de hidrógeno, así como limpiarlos con agua alcalina. Art N° 189. Para el abandono de residuos de cianuración se debe proceder a su

encapsulado y recubrimiento posterior con desmontes o material estéril, los mismos que deberán quedar cubiertos con tierra y su subsiguiente reforestación. 4.8 LEVANTAMIENTO DE MATERIALES PESADOS Art N° 190. Para levantar materiales pesados desde el suelo debe: Examinar y evaluar la

carga para determinar su peso, forma, tamaño, tratar de levantar la carga ligeramente, no querer impresionar levantando de una sola vez. Inspeccionar si tiene superficies ásperas, resbaladizas, astillas, etc, para esto usar guantes. Tenga presente que los objetos húmedos y grasosos son los más peligrosos de manejar. Art N° 191. Colocar los pies bastante separados uno del otro para mantener el balance. Un

pie un poco más delante que el otro. Art N° 192. Ponerse tan cerca del objeto como sea posible y agacharse doblando las rodillas

para después agarrar la carga. Art N° 193. La espalda deberá estar tan derecha como sea posible, no debe doblarse nunca.

El agarre debe ser firme. Si hay que cambiar el agarre bajar la carga primero. Art N° 194. Usar los músculos de las piernas para enderezar y mantener el objeto,

manteniendo la espalda en posición vertical.

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Art N° 195. Asegurarse de que el lugar por donde vaya a pasar esté libre de obstáculos que

pudieran hacerlo tropezar y caer. Art N° 196. Para bajar la carga doblar las rodillas y bajarla con los músculos de los brazos y

piernas, manteniendo la espalda lo más recta posible. Es un procedimiento inverso al de levantar. Art N° 197. Para mover o levantar cargas pesadas solicite la ayuda de otras personas o

emplee el equipo mecánico que sea apropiado. Art N° 198. Para mover o levantar pesos que requieran la concurrencia de varias personas,

éstas deben trabajar en forma coordinada para evitar accidentes. 4.9 MANEJO DE MATERIALES Art N° 199. Después de finalizar un trabajo, debe quedar todo limpio, con las mangueras y

herramientas colocadas en su sitio. Art N° 200. Las maderas u otros materiales deben quedar apilados ordenadamente. Evitar

derrumbes. Art N° 201. Está prohibido dejar clavos sobresalientes en los enmaderados o maderas

sueltas, siempre debe doblarlos o sacarlos. Art N° 202. Retire las astillas de los bancos, mesas, estantes, sillas, etc. Antes que alguien

se lesione. Art N° 203. Retire o corte las grapas o tira de metal sobresalientes de las cajas paquetes de

producción u otros. Art N° 204. Al cortar transversalmente una pieza de madera usando la sierra eléctrica

obligatoriamente debe usar una cuña de madera como guía al iniciar el corte. Art N° 205. Está completamente prohibido hacer dos trabajos simultáneamente uno arriba y

otro abajo. Art N° 206. Al transportar piezas largas (tubos, escaleras, etc.) cuide los extremos al pasar

las puertas o doblar esquinas, en lo posible el transporte debe ser realizado por dos trabajadores, colocando un distintivo para alertar al personal. Art N° 207. Al retirar la tapa de una alcantarilla o realizar perforaciones en el piso u otro, el

hueco abierto debe ser resguardado con una baranda o soga en su totalidad complementado con avisos de seguridad. 4.10 LABORATORIO Art N° 208. Mantener limpio y ordenado el lugar de trabajo, equipos, maquinarias y utensilios

de laboratorio Art N° 209. No molestar, ni distraer al personal que está trabajando, puede ocasionar

confusiones, alteraciones o accidentes. 31

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Art N° 210. Está prohibido el ingreso de personas extrañas al laboratorio. Art N° 211. Evitar utilizar equipos y maquinas en mal estado de funcionamiento; comunicar

al supervisor para solicitar apoyo de mantenimiento. Art N° 212. Usar sus implementos mínimos de seguridad para cada tipo de trabajo. Cuando

se trabaja con agentes químicos como ácidos, reactivos de flotación, etc. No olvide el empleo de respirador contra gases y tener en funcionando el extractor de gases. Art N° 213. Tener precaución en la manipulación de equipos eléctricos, pues el contacto con

un conductor eléctrico, puede producir lesiones. Art N° 214. Las temperaturas exageradas “golpe de calor” que se dan en el momento de

fundición y copelación, deben evitarse, manteniendo un ambiente ventilado y no exponiéndose directamente al calor por más de 20 minutos y usar siempre mandil, guantes y careta adecuada. Art N° 215. Cuando se tiene el aire viciado por gases, vapores, humos, polvo, etc. Es

necesario tener el ambiente ventilado, abriendo las ventanas y dejar funcionando el extractor. 4.11 MANEJO DE HERRAMIENTAS Art N° 216. Use siempre la herramienta adecuada para cada trabajo. No use ni fabrique

herramientas improvisadas, sino pida a su supervisor la herramienta adecuada. Art N° 217. Use guantes para proteger sus manos cuando manipule tubos, cables de aceros

oxidados o rotos, rieles, etc. y para otros trabajos, donde es necesario proteger las manos. Art N° 218. Prohibido usar una llave o martillo o destornillados como cincel. Art N° 219. Cuídese de las herramientas con bordes filudos. Art N° 220. Mantenga las herramientas en una posición segura cuando no están en uso.

Cuando use o transporte herramientas como cinceles, desarmadores, etc. Apúntelos fuera del cuerpo. Art N° 221. Es obligatorio chequear las condiciones de las herramientas y equipos antes de

usarlos, deben ser mantenidas en buen estado. Nunca use en el trabajo herramientas que estén defectuosas o rotas. Art N° 222. Es obligatorio informar al jefe cuando las herramientas hayan sufrido daños en

el trabajo. Art N° 223. Está prohibido usar herramientas con mangos rotos, astillados, ásperos o flojos. Art N° 224. Está prohibido usar limas sin mangos. No golpee las limas ni las use como

palancas. Art N° 225. Está prohibido usar martillos de acero endurecido para golpear matrices,

herramientas o partes de maquinarias de la misma dureza (acero duro). Puede haber desprendimiento de partículas metálicas. 32

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Art N° 226. Está prohibido llevar herramientas de bordes filudos y/o puntiagudos en sus

bolsillos. Art N° 227. Nunca presione la manguera de aire comprimido, para cerrar el aire use la

válvula provista para este objeto. Art N° 228. Cuando use mangueras con aire comprimido compruebe que todas las

conexiones estén aseguras para evitar que se desconecte. Art N° 229. Está prohibido dejar materiales y herramientas sueltas tales como aceiteras,

tablas, barrenos, escobas, lampas, etc. en los pasadizos escaleras, talleres, etc. 4.12 MANTENIMIENTO DE MOTORES Y CONTROLES ELÉCTRICOS Art N° 230. Está absolutamente prohibido realizar trabajos de mantenimiento en circuitos

energizados. Art N° 231. El equipo que entrará en mantenimiento debe ser inspeccionado previamente de

modo que a su alrededor no exista condición insegura alguna. Art N° 232. Si alrededor del equipo en mantenimiento existen máquinas trabajando y que

éstas constituyen condiciones inseguras, deberán ser paradas. Art N° 233. Toda parada de equipo por mantenimiento, deberá ser previamente coordinada

con el personal de "operaciones". Art N° 234. Antes de iniciar un trabajo de mantenimiento el electricista deberá llevar las

herramientas, materiales u otros equipos de apoyo que se necesitará en el trabajo. Art N° 235. Si el equipo en mantenimiento por su naturaleza requiera de la intervención

alternada entre electricistas y otras especialidades, el trabajo se realizará dentro de una secuencia previamente programada por los responsables, de modo que no se crucen en el evento. Art N° 236. Antes de iniciar el mantenimiento de un motor eléctrico, obligatoriamente retirar

los materiales de su alrededor si los hubiera. Art N° 237. Dejar fuera de operación el equipo desde el pulsador (STOP), verificar que el

motor haya parado. Art N° 238. Abrir o seccionar el elemento desconectador instalado antes del contactor. Art N° 239. Verificar la ausencia de tensión con un probador. Art N° 240. Colocar bloqueador y candado de seguridad. Art N° 241. Colocar tarjeta o placa de "peligro" con el nombre del bloqueo el circuito. Art N° 242. Si paralelamente están trabajando otros especialistas, éstos también deben

colocar sus candados. Art N° 243. Concluido el trabajo el supervisor responsable, verificará dichos trabajos. Art N° 244. El (los) candado (s) y el bloqueador de seguridad deben ser retirados sólo por la

persona que lo puso. 33

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Art N° 245. El electricista es el único que debe reponer la energía para arrancar el equipo. Art N° 246. El electricista que tenga dudas o desconoce la buena aplicación de esta cartilla

debe consultar con el sobrestante o supervisor.

4.13 ELECTRICISTAS Art N° 247. Nunca se deben hacer trabajos de reparación, construcción o mantenimiento en

circuitos energizados, se debe cumplir estrictamente el manual de normas y procedimiento de alta, media y baja tensión. Art N° 248. Inspeccione todos los trabajos terminados antes de cerrar interruptores. Art N° 249. Nunca ponga corriente en cualquier circuito hasta estar seguro de que nadie esté

trabajando en ella. Art N° 250. Trate todos los cables eléctricos como si fueran líneas "vivas". Art N° 251. Nunca remplace un fusible hasta abrir el interruptor del circuito. Art N° 252. Mantenga las mangas de la camisa bajas y abotonadas en el puño, evite

doblarlas. Art N° 253. El personal electricista debe usar obligatoriamente zapatos de seguridad

dieléctrico. Art N° 254. Cuando se efectúe reparaciones en circuitos eléctricos usar obligatoriamente

detector de tensión, guantes de alta tensión, probador de tensión y colocar línea a tierra. Art N° 255. Cuando se va a efectuar trabajos de limpieza, reparación o revisión de motores,

obligatoriamente debe colocar candado y tarjeta de peligro en la caja eléctrica del control principal. Art N° 256. Usar obligatoriamente arnés de seguridad con doble línea de vida cuando se van

a realizar trabajos en altura. Art N° 257. Usar herramientas apropiadas para cada trabajo y en buenas condiciones. Art N° 258. Ponga conexión a tierra a cualquier equipo que trabaje desde 110 voltios a más. Art N° 259. En los mantenimientos o cortocircuitos de líneas de transmisión de alta tensión,

primero debe conectarse a tierra. Art N° 260. Antes de probar una máquina verificar que no haya personal de otros servicios

cerca de dicha máquina. Art N° 261. Para manejar interruptores de alta tensión, obligatoriamente debe estar

capacitados y evidenciar la experiencia. Usar guantes dieléctricos de alto voltaje y siempre debe estar acompañado de un ayudante electricista. Art N° 262. Nunca deje un alambre de alta tensión caído sin la protección adecuada. Art N° 263. La misma persona que ordene abrir un “switch” debe ser la que ordene cerrarlo. Art N° 264. Evite usar cables defectuosos o débiles en trabajos eléctricos. 34

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Art N° 265. Tenga siempre a la mano una soga resistente y en buen estado para bajar a una

persona accidentada de un poste o plataforma. Art N° 266. Nunca use sogas que tengan hilos rotos o que hayan estado expuestas al fuego

o a la acción corrosiva de soluciones ácidas. 4.14 MECÁNICOS Y SOLDADORES Art N° 267. En trabajos en caliente, los mecánicos, soldadores y cortadores deben usar

obligatoriamente ropa adecuada como implementos de cuero, guantes de cuero tipo soldador, casco, anteojos, respirador, etc; deben estar capacitados. Art N° 268. Antes de empezar los trabajos debe planearse adecuadamente y coordinar con

los servicios correspondientes para efectuar dichos trabajos. Art N° 269. Usar herramientas que se encuentren en buenas condiciones y adecuadas para

cada tipo de trabajo. Art N° 270. Al finalizar una reparación o mantenimiento, obligatoriamente dejar el área de

trabajo limpio y ordenado. Art N° 271. Use tenazas para sostener el cincel cuando se golpea con el combo. Art N° 272. Nunca deje barras, tubos, planchas etc. paradas en equilibrio inestable, puede

resbalar y lesionar a los trabajadores, déjelas recostadas y aseguradas en una superficie horizontal. Art N° 273. Use brocha para limpiar las limaduras, nunca use “waipe”, trapo o las manos. Art N° 274. Está completamente prohibido usar aire comprimido para limpiar su banco de

trabajo. Art N° 275. Nunca use tecles, cables, ni cadenas defectuosas para izar materiales pesados. Art N° 276. Al levantar pesos usando gatas, éstas deben estar centradas para no resbalar. Art N° 277. Al trabajar alrededor o bajo cargas sostenidas por gatas, obligatoriamente debe

colocar bloques a ambos lados de la carga. Art N° 278. Cuando se van a efectuar trabajos de reparación, mantenimiento o lubricación

en máquinas o equipos en movimiento, previa coordinación con operaciones, el equipo debe ser puesto fuera de operación (parado), luego se debe colocar candado y tarjeta de peligro en la caja eléctrica del control principal, cumpliendo con el estándar de bloqueo de energía. Art N° 279. Todos los engranajes expuestos deben tener guardas de seguridad. Art N° 280. No hacer trabajar las máquinas sin guardas de seguridad. Art N° 281. Los trabajadores deben reponer las guardas antes de dar por terminado la

reparación. Art N° 282. Nunca se debe usar "Pez" cuando la faja se encuentre en movimiento, para

hacer este trabajo se debe parar la faja transportadora. 35

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Art N° 283. Está prohibido "viajar" o caminar sobre fajas transportadoras en movimiento. Art N° 284. Una faja rota y enredada en el eje o polea no debe ser tocada hasta haber

detenido la máquina. Art N° 285. Nunca se pare delante de poleas o fajas cuando están girando. Art N° 286. Al caminar cerca de máquinas en movimiento hacerlo con precaución, usar los

pasamanos. Art N° 287. Cuando se efectúan reparaciones en lugares elevados se debe usar

obligatoriamente el arnés con su línea de vida (doble cola). Art N° 288. Está completamente prohibido ingresar a una tolva por debajo del material

atracado. Art N° 289. Al apretar “JALE”, nunca EMPUJE, de ésta manera hay menos posibilidad de

lastimarse en caso que la llave resbalara. Art N° 290. El mandril y otros dispositivos no debe ser colocados estando la máquina en

movimiento. Art N° 291. Al taladrar cualquier material, la pieza debe estar bien asegurada y firme. Nunca

intente sostener con las manos un objeto que se está taladrando. Art N° 292. El esmeril debe tener su guarda de seguridad, luna protectora y el descanso

debe estar bien puesto para que no haya posibilidad que las herramientas que se esmerilen se atraquen o se quiebre la piedra. Art N° 293. Las botellas de gases como oxígeno, acetileno, etc. deben colocarse o guardarse

en posición vertical y en lugares apropiados y con su cadena de seguridad. Art N° 294. Antes de usar el equipo de oxi-acetileno y durante la operación, el soldador debe

inspeccionar llenado el “check list” y comprobar que no haya pérdida de acetileno u oxígeno por ninguna unión, mangueras o las válvulas y manómetros. Verificar que el manómetro y el soplete cuenten con válvulas de anti retorno de llama. Art N° 295. Las gafas de cortar obligatoriamente, deben ser usadas siempre que esté

utilizando el soplete de oxi-acetileno. Art N° 296. Los cilindros de oxígeno no deben rodarse echados horizontalmente sobre el

piso, ni deben ser usados como rodillos. Art N° 297. El cadmio como material de revestimiento por galvanoplastia es peligroso,

porque al fundirse emana vapores venenosos. Un revestimiento con cadmio se reconoce al calentarlo lentamente con soplete, ya que formará una película amarilla. En tal caso se tendría que trabajar con una buena ventilación. Art N° 298. Está prohibido arrastrar las mangueras de oxígeno y acetileno sobre superficies

ásperas o bordes cortantes, pueden deteriorarse y provocar incendios o destrucciones.

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Art N° 299. Antes de empezar un trabajo de soldadura, verificar el área para prevenir

incendios. Art N° 300. Está completamente prohibido soldar o cortar recipientes (tanques, cilindros,

etc.), hasta tener la seguridad de que no existe peligro de fuego o explosión. Art N° 301. Cuando termine de usar un equipo de oxi-acetileno, es obligatorio cerrar las

válvulas de los cilindros de oxígeno y acetileno y purgar ambas mangueras. Art N° 302. Cuando se saca la guarda de seguridad para efectuar reparaciones en los

sistemas de transición, es obligatorio colocarlos en un sitio y tratar de evitar la creación de una condición insegura. Art N° 303. Cuando se efectúe trabajos con arco eléctrico usar obligatoriamente máscara de

soldar. Art N° 304. En los talleres donde se efectúa trabajos de soldadura colocar biombos para

evitar que los rayos ultravioletas afecten a los otros trabajadores. 4.15 EQUIPOS OXIACETILENICOS Art N° 305. Las botellas de oxígeno y acetileno deben ser manipulados con mucho cuidado

evitando golpes violentos, su posición debe ser siempre vertical y asegurados fijamente mediante cadenas. Art N° 306. Las botellas sólo deben transportarse en carretillas; circunstancialmente se

podrán girar sobre su base. Art N° 307. Las botellas siempre deberán portar la tapa de protección de válvula (casquete),

nunca coger de cada parte al levantar o bajar las botellas. Art N° 308. Los cilindros vacíos deben ser devueltos al abastecedor marcando VACIA,

cerrando las válvulas y colocando las tapas o casquetes. Art N° 309. Los ambientes para almacenamiento de acetileno deben estar ventilados, en

ellos se prohíbe fumar y usar llamas abiertas, los interruptores eléctricos deberán estar colocados en el exterior del almacén. Art N° 310. Los reguladores se utilizan para mantener constante y uniforme la presión en el

soplete, están diseñados para cada tipo de gas. Art N° 311. El regulador es un aparato muy delicado por tanto no debe dejarse caer ni

golpear; su reparación sólo debe estar a cargo de personal competente. Al trasladar los cilindros de un lugar otro se debe sacar el regulador. Art N° 312. Los reguladores de oxígeno enroscan a la derecha y los del gas combustible a

la izquierda, en forma similar enroscan las mangueras. Art N° 313. La manguera roja generalmente distingue a los gases combustibles y la verde al

oxígeno. Sus conexiones están marcadas con STD OXY para el oxígeno y STD ACET para el acetileno. 37

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Art N° 314. Evitar que las mangueras se enrosquen o doblen, utilizar mangueras largas en

los trabajos de altura evitando subir las botellas. Art N° 315. Antes de instalar los reguladores, primero hay que purgar las válvulas de las

botellas para retirar cualquier material extraño y evitar que ingresen a los reguladores, en cuyo interior pueda ocasionar reacciones químicas violentas. Art N° 316. Aflojar el tornillo de ajuste de los reguladores, antes de abrir las válvulas de las

botellas. Art N° 317. Para abrir las válvulas de las botellas, el operador debe colocarse al lado opuesto

al que se está conectando el regulador. Art N° 318. El operador debe abrir y cerrar las válvulas de las botellas en forma lenta para

reducir el impacto de la presión contra el asiento de hule. Las altas presiones contenidas en las botellas generan calor y aumenta la probabilidad de incendio en el regulador. Art N° 319. Es recomendable abrir la válvula de la botella una sola vuelta. Art N° 320. Seleccionar adecuadamente el mezclador, boquilla o pitón de cortar. Para

cambiar el pitón cerrar previamente la válvula de gas en el regulador. Art N° 321. Purgar individualmente los conductos de oxígeno y gas combustible del soplete

antes de encenderlo, para desalojar el residuo de oxígeno y acetileno que hayan quedado en el interior del soplete. Art N° 322. Recuerde que la mezcla de oxígeno y acetileno es altamente explosiva, sobre

todo si está contenida en áreas reducidas. Art N° 323. Nunca debe usar oxígeno como suministro de aire comprimido, ya que el oxígeno

acelera la combustión. Art N° 324. La ropa es combustible y si se satura con oxígeno puro que es altamente

combustible, solamente faltaría una ligera chispa proveniente de un esmeril, al encender un cigarrillo, etc. para producir un incendio. Art N° 325. Está prohibido usar aceites en las conexiones, válvulas, reguladores, sopletes o

cualquier parte que tenga contacto con el oxígeno. Art N° 326. Recuerde que al liberar el oxígeno, éste pasa por el regulador a una velocidad

mayor a la velocidad del sonido (340m/seg.) la cual genera fricción y calor, y al encontrar aceite o cualquier derivado del petróleo, se incendiará con violencia explosiva. Art N° 327. Las botellas de acetileno deben ser utilizados en forma vertical para evitar que

la acetona se desprenda del interior de las botellas. Art N° 328. Está prohibido usar llama abierta para verificar la hermeticidad; hágalo con agua

jabonosa. Art N° 329. Encender el gas combustible en el soplete, antes de abrir la válvula de oxígeno.

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Art N° 330. Los sopletes deben limpiarse con ácido muriático al 10% seguido de un lavado

con agua limpia. Nunca debe aceitarlos ni engrasarlos. Siempre use un chispero para encender un soplete, nunca un fósforo. Art N° 331. Para apagar la llama, cerrar primero la válvula del gas combustible, luego la del

oxígeno. 4.16 MAQUINA DE SOLDAR POR ARCO ELECTRICO Art N° 332. Asegúrese que la máquina esté correctamente conectada a la toma corriente

respectiva. Art N° 333. Toda máquina de soldar debe tener su cable a tierra conectada para que disipe

lentamente la energía eléctrica de alta tensión generada por inducción al estar en funcionamiento la máquina. Art N° 334. Si no se disipase la energía, el soldador puede recibir una descarga eléctrica al

apoyarse en la máquina de soldar. Art N° 335. Las máquinas se instalarán en zonas libres de polvo, humedad, gases

combustibles y con buena ventilación. Art N° 336. En las máquinas rotativas, el dinamo produce muchas chispas en el colector, por

ello si se trabaja en un ambiente cerrado en presencia de gases explosivos (gasolina, gas propano, acetileno, etc.) puede producirse una gran explosión. Art N° 337. Los cables deben ser de sección adecuada, en buen estado y con sus fusibles

apropiados. Art N° 338. Una máquina de soldar con pérdida de aislamiento (humedecida, aislante de

mala calidad) puede electrocutar al soldador que se apoye en ella. Art N° 339. El porta electrodo y grampa de tierra se conectará a la máquina por medio de

terminales de cobre debidamente empernados. Art N° 340. Conectar siempre el cable de masa directamente a la pieza que está soldando,

un falso contacto ocasiona chispas. Art N° 341. En espacios cerrados, debe verificarse que no haya vapores inflamables. Art N° 342. No se debe transitar por encima de los cables, estos no deben tener dobleces ni

aplastamientos, pueden producirse corto circuitos y fugas de energía eléctrica. Art N° 343. Siempre debe usar la tenaza completamente aislada. Art N° 344. La tenaza se recalienta por un falso contacto del cable, nunca enfriarla con agua.

4.17 SOLDADURA EN TANQUES Art N° 345. Se deben evacuar los residuos de combustible ya que de no ser eliminados

generarán gases, por lo que hay que abrir las tapas y todas las válvulas de descarga. Antes

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de iniciar el trabajo de soldadura, obligatoriamente llamar a las áreas de Ventilación o Seguridad para que realicen las mediciones correspondientes de límite de explosividad. Art N° 346. Utilizar aspersores de agua para cubrir el volumen del recipiente. Art N° 347. Se debe utilizar tintes penetrantes para determinar las fisuras. Art N° 348. Al soldar recipientes que contenían combustibles, se debe asegurar una limpieza

interior del recipiente con vapor. Art N° 349. La presencia de residuos produce gases combustibles y al mezclarse con el aire

producen explosiones en presencia de calor. Art N° 350. Adicionalmente verificar la evacuación de los gases con un explosímetro. Art N° 351. El área a soldar debe estar limpia y exenta de grasa, pintura, etc. Art N° 352. De ser posible los tanques se deben llenar con agua y mantener libre únicamente

la zona de la soldadura Art N° 353. Finalizado el trabajo de soldadura se debe inspeccionar el área, para ello se

puede emplear tintes penetrantes y detectar fisuras superficiales. 4.18 TALLER DE CARPINTERIA Art N° 354. El orden y la limpieza del área de trabajo deben ser constantes. Art N° 355. Es obligatorio usar su equipo completo de protección personal. Art N° 356. Mantener letrero de seguridad en el área de trabajo. Art N° 357. Las sierras eléctricas, las máquinas cepilladoras o cualquier otra máquina del

taller, nunca deben ser manejadas por personal no autorizado. Art N° 358. Si no ha recibido la instrucción necesaria, evite manejar las máquinas del taller. Art N° 359. Regule la altura de la sierra circular eléctrica y la posición de la guía según la

tabla a cortar. Art N° 360. Colocar la guarda protectora sobre la sierra, máquina cepilladora o desgrosadora

antes de iniciar un trabajo. Art N° 361. Nunca use una sierra que está embotada. Art N° 362. Nunca se pare delante de la sierra en movimiento. Párese al lado derecho o al

lado izquierdo. Art N° 363. Pasar una tabla, luego apaga la máquina, esperar que se detenga la sierra. Art N° 364. Tomar otra tabla, regular a la altura de la sierra y el espaciamiento de la guía,

luego prenderla, pasar la tabla hasta la mitad por un lado y recoger por el otro lado de acuerdo a la longitud. Se procede igual en las máquinas cepilladoras. Art N° 365. Repasar la madera por el otro lado para el cepillado de la otra cara, graduar

previamente de acuerdo a necesidad. Art N° 366. Siempre debe verificar la medida de la madera cepillada.

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Art N° 367. Colocar la madera en la cepilladora y graduar la abertura, según lo requerido

chequear que la madera sea nueva sin clavos ni impregnaciones. Art N° 368. Para el aserrado de tablones más gruesos debe colocarse el protector contra

protección de virutas. Art N° 369. Al terminar su labor, parar la máquina, bajar el interruptor principal, retirar el

protector, bajar la sierra y recoger las herramientas. Art N° 370. Sostener firme la madera al aserrar, puede volver o saltar. Art N° 371. Limpiar el área al terminar, luego revisar el buen estado de la sierra. Art N° 372. Está prohibido la presencia de extraños en el área del taller de carpintería. Art N° 373. Nunca se retire dejando en movimiento la sierra, la cepilladora u otra máquina.

4.19 TRABAJOS EN ALTURA Art N° 374. Al trabajar en lugares elevados (postes, paredes altas, techos, árboles, tolvas,

talud del tajo abierto, etc.) se debe usar el arnés con doble línea de vida, debiendo estar amarrada o enganchada en una base segura. Art N° 375. Cuando trabaje en lugares elevados recuerde que puede haber personal debajo

de usted, por ello debe colocar señales de advertencia (avisos) o barreras indicando el peligro. Art N° 376. Está prohibido dejar caer y arrojar herramientas o materiales; use baldes con

soga para subir o bajar lo que necesita. Art N° 377. Nunca camine sobre un techo a menos que tenga la completa seguridad de que

el material del techo resistirá el peso de su persona y de su equipo y en todo momento debe contar con arnés y sujetado a un cable de seguridad. Art N° 378. Únicamente se permite a los electricistas autorizados, subir a los postes de alta

tensión, luz y teléfonos. 4.20 ESCALERAS Y ANDAMIOS Art N° 379. No deben usarse escaleras con peldaños o largueros laterales rotos, partidos o

con otros defectos. Deben estar construidas de madera sólida y fibra pareja. Art N° 380. Asegure y amarre la escalera antes de subirse en ella. Las patas de la escalera

deben estar apoyadas en una base sólida y a una distancia de la pared sobre el cual se apoya, de un cuarto del largo de la escalera. Art N° 381. Las escaleras deben inspeccionarse frecuentemente para localizar daños y

deterioros por corrosión, desgaste falla estructural. Art N° 382. En las escaleras o andamios de metal se debe impedir la acumulación de

materiales que destruyen las propiedades anti resbalantes.

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Art N° 383. Nunca pinte las escaleras o andamios. La pintura puede cubrir algún defecto,

Use barniz o aceite de linaza para preservar la madera Art N° 384. Los tablones y todo el material usado en la construcción de andamios, deberán

se sólidos y sin nudos. Art N° 385. En los andamios y escaleras de metal el grosor o diámetro no deben estar

oxidados y al usarlos no deben flexionarse. Art N° 386. Los andamios deben ser revisados por el supervisor antes de usarlos, debiendo

estar seguro que el andamio es lo suficientemente fuerte como para resistir el peso que se supone soportará. Art N° 387. Está prohibido usar escaleras metálicas para trabajar en circuitos eléctricos. Art N° 388. Cuando deba subir, siempre use una escalera. Recuerde que las sillas, las cajas

u otros sustitutos, pueden causarle una caída de graves consecuencias. Art N° 389. Al subir o bajar una escalera hágalo de frente a ella, con las manos libres para

agarrarse de los escalones y usar una bolsa para las herramientas. Art N° 390. Nunca lleve objetos en las manos al subir o bajar de la escalera, puede caer y

accidentarse. Art N° 391. Cuando suba una escalera mire constantemente hacia arriba para evitar

golpearse la cabeza. Art N° 392. Las escaleras deberán ser por lo menos 60 cm. más largas que el punto más

alto a alcanzar. Art N° 393. La reparación de escaleras deberá ser efectuada por el personal autorizado. Art N° 394. Está prohibido dejar equipos o herramientas sobre una escalera. Al caer pueden

causar accidentes. Art N° 395. Antes de usar escaleras de tijera plegables, vea que estén completamente

abiertas y aseguradas, deben estar en buenas condiciones y que las cuatro patas descansen bien sobre una base firme. Art N° 396. Nunca se pare en el último peldaño de la escalera plegable. Art N° 397. Nunca se debe alcanzar superficies alejadas sin cambiar de lugar las escaleras. Art N° 398. Las escaleras cortas no deben atarse para formarse secciones más largas. Art N° 399. Las escaleras no deben usarse cuando haya viento fuerte, excepto en casos de

emergencia, debiendo amarrarlas para que no puedan caerse. Art N° 400. Las escaleras deben guardarse bajo techo para protegerlas de la intemperie. Art N° 401. Cuando se almacenan horizontalmente deberán sostenerse de tres puntos, a los

extremos y al medio para evitar que se “combeen” al centro. 4.21 MANEJO DE VEHICULOS

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Art N° 402. Podrán conducir vehículos de la empresa únicamente aquellas personas

autorizadas, debiendo contar con licencia de conducir expedido por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones, así como la tarjeta de propiedad del vehículo. Art N° 403. Es obligatorio de todo conductor cumplir con el Reglamento General de Tránsito

así como las reglas fijadas por la empresa. Art N° 404. Antes de iniciar la marcha de un vehículo o equipo obligatoriamente debe tocar

la bocina 2 veces hacia adelante y 3 toques hacia atrás y esperar 5 segundos antes de iniciar la marcha Art N° 405. Está prohibido usar vehículos que no estén en perfectas condiciones. Art N° 406. Obligatoriamente, conductor y pasajeros deben usar los cinturones de seguridad

en los vehículos. Art N° 407. El chofer es responsable de la condición de su vehículo, debiendo chequear los

frenos, las luces, las llantas, etc. Y reportar cualquier defecto. También debe llevar las herramientas necesarias para casos de emergencia, como Botiquín de Primeros Auxilios, linterna, juego de llaves, cuñas, conos etc. Art N° 408. Al aproximarse a un aviso de "pare" o "alto", el chofer debe detener su vehículo

y asegurarse que la vía principal esté libre, antes de continuar su marcha. Art N° 409. Si hay avisos de "Límite de velocidad" éste debe ser obligatoriamente respetado. Art N° 410. El chofer de un vehículo obligatoriamente debe detenerse a unos cinco metros

del riel más cercano de un cruce a nivel de ferrocarril, reiniciando la marcha solamente cuando esté seguro que no existe posibilidad de accidente. Art N° 411. Al retroceder con un vehículo, asegúrese que tiene espacio suficiente para

efectuar la maniobra, retroceda despacio tocando bocina para alertar a los que estén cerca. Art N° 412. Está prohibido dejar un vehículo con el motor funcionando. Art N° 413. Está prohibido conducir un vehículo si está fatigado, cansado, con sueño o bajo

influencia de drogas o licor. Art N° 414. Nunca deje las llaves de encendido en su vehículo. Art N° 415. Cambie a luz baja cuando se aproxime otro vehículo en sentido contrario. Art N° 416. Siempre conduzca su vehículo a la defensiva. Tenga presente que los peatones

pueden cometer equivocaciones. Art N° 417. En caso de incendio del vehículo que maneja use inmediatamente su extintor. Art N° 418. El uso de vehículos motorizados de la empresa será exclusivamente para

servicios relacionados con el trabajo y en todos los casos con autorización y bajo responsabilidad del jefe inmediato.

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Art N° 419. Sólo en casos de emergencia el jefe inmediato podrá autorizar a un trabajador

que se encuentre en el listado correspondiente, para que maneje un vehículo teniendo en cuenta el artículo anterior. 4.22 TRANSPORTE DE PERSONAL Art N° 420. El chofer de los vehículos de transporte de personal antes de iniciar su marcha,

obligatoriamente debe cerrar las puertas. Art N° 421. Está prohibido bajar o subir a un vehículo en movimiento. Art N° 422. Solo se permite tres personas en la caseta de un camión liviano, en las

camionetas de doble cabina conductor, 1 pasajero adelante y 3 atrás; otros vehículos según indique en la tarjeta de propiedad, Art N° 423. Los choferes no deben transportar en los vehículos de la empresa y vehículos

contratados (camionetas, camiones, ómnibus) a personas que no son trabajadores de la empresa y solo deberán ser usados por y para el trabajo. Art N° 424. Los choferes que transporten personal desde las instalaciones de la empresa

hacia sus domicilios y viceversa, deben respetar el Reglamento General de Tránsito y las Normas Internas de nuestra compañía. Art N° 425. Los trabajadores que viajan como pasajeros en algún vehículo de la empresa o

vehículo particular contratado, deben permanecer sentados correctamente, usando su cinturón de seguridad, mientras el vehículo está en marcha. Art N° 426. Queda prohibido transportar personas y materiales a la vez en la tolva.

4.23 ACCIDENTES DE TRANSITO CON VEHICULOS MOTORIZADOS Art N° 427. Protéjase de los vehículos pesados y livianos que pueden atropellarlo buscando

un refugio con anticipación y no a último momento. Art N° 428. En caso de no encontrar un refugio a tiempo realizar las señas con la luz de la

lámpara hasta que el vehículo o equipo se detenga. Art N° 429. Nunca se pare en una curva pues al girar el equipo podría darle un culatazo. Art N° 430. Utilice mamelucos anaranjados con cintas reflectivas en buen estado para poder

ser visto por los operadores de vehículos livianos o pesados. Art N° 431. Todo accidente de tránsito, por leve que sea, deberá ser informado y registrado

en el Departamento de Seguridad. Art N° 432. El conductor, una vez ocurrido el accidente deberá:

 Ayudar a los lesionados si hubiera.  Cumplir con las disposiciones legales ante la Policía Nacional  Comunicar por la vía más rápida a su jefe inmediato, al Departamento de Seguridad o al puesto de Seguridad Patrimonial más próxima. 44

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 Sentar la denuncia policial en la Comisaría respectiva.  Obligatoriamente deberá someterse a la prueba de dosaje etílico. Art N° 433. Si el conductor se encontrase incapacitado para hacer la denuncia policial,

cualquier otro trabajador ocupante del vehículo estará obligado a dar el aviso correspondiente a la Policía Nacional, ayudar a las personas lesionadas y comunicar a la empresa. 4.24 INSPECCIÓN DE EQUIPO LIVIANO Art N° 434. Todo equipo liviano será operado sólo por personal autorizado, debiendo contar

con licencia de conducir expedida por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la autorización de manejo de vehículo expedido por el área de Seguridad de la empresa. Art N° 435. Es obligatorio que cada conductor verifique las buenas condiciones del vehículo

al inicio de sus labores habituales antes de ponerlo en funcionamiento, llenar el formato del Check list, firmarlo y entregarlo a su jefe inmediato. Art N° 436. Cumplir estrictamente lo indicado en la Cartilla de Seguridad, sobre el uso de la

correa de seguridad para el conductor y sus pasajeros. Art N° 437. Si hubiese algún problema luego de llenar la Hoja de Inspección (Check List),

coordinar de inmediato con las áreas de Garaje y Mantenimiento las acciones necesarias para garantizar su normal operación. Art N° 438. Ningún vehículo deberá operar si presenta fallas, desperfectos o falta de

accesorios detectados en la Hoja de Inspección (Check List). Art N° 439. Todos los días el Jefe de área o Superintendente al cual reportan los conductores

deben revisar el “check list”, firmar si está conforme y archivarla para control. Si hay observaciones que ameriten reparaciones mayores y mantenimientos extraordinarios necesarios, deberá enviar el vehículo para su revisión y reparación. Art N° 440. El personal de Mantenimiento es el responsable de las observaciones

detectadas en la Hoja de Inspección y del mantenimiento periódico necesario para garantizar la normal operación de los vehículos, obligatoriamente se llevará un historial de cada vehículo. Art N° 441. Los conductores de vehículos que realizan viajes a la ciudad de Lima u otra

ciudad del país obligatoriamente deben llenar el “check list de Equipo liviano antes de iniciar el

viaje, verificando con mayor celo el estado de las llantas, freno, dirección y la

implementación de botiquín, extintor, balón de oxígeno, linterna, etc. Art N° 442. Es obligatorio conducir a la defensiva, debiendo:

Cumplir el Código de Tránsito y Seguridad Vial.  Conducir según los límites establecidos. 45

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 Evitar seguir a otros vehículos muy cerca.  Eliminar las distracciones.  Usar procedimientos prácticos para conducir en la ciudad, en la autopista y en las áreas rurales.  Ajustar espejos retrovisores antes de iniciar la marcha.  Cumplir estrictamente la Regla de los dos segundos.  Descansar adecuadamente cada cuatro (4) horas de conducción en forma continua, estando prohibido conducir bajo la influencia de drogas o alcohol  Detenerse en los cruces o niveles del ferrocarril.  En carretera circular con luces bajas.  Rellenar la Hoja de Ruta con los tiempos estimados de viaje, según los límites de velocidad seguros de la E.A. CERRO S.A.C.  Obedecer las instrucciones del despachador o del carro guía en caso de una Caravana. Art N° 443. Es responsabilidad de la Superintendencia de Mantenimiento hacer cumplir

estas instrucciones. El Departamento de Seguridad verificará las Hojas de Inspección (Check List) en el archivo. 4.25 INSPECCIÓN DE EQUIPO PESADO Art N° 444. Todo equipo será operado solo por el personal autorizado: titular y remplazante. Art N° 445. Es obligatorio que cada operador verifique las buenas condiciones del equipo al

inicio de cada guardia antes de operarlo. Art N° 446. El operador debe llenar la Hoja de Verificación (Check List) al inicio de cada

guardia, firmarla y entregarla al jefe inmediato. Art N° 447. El jefe de guardia o sección debe verificar la hoja de inspección llenada por el

operador y firmarla dando su conformidad; caso contrario, coordinar de inmediato con Mantenimiento las acciones necesarias para garantizar su normal operación. Art N° 448. Ningún equipo debe operar si presenta fallas, desperfectos o falta de accesorios

detectados en la hoja de verificación. Art N° 449. Todos los días el Jefe de Área o sección debe revisar el Check List, firmar si está

conforme, programar inmediatamente si requiere la reparación. Art N° 450. El personal de Mantenimiento de Compañía y E.C.M. son los responsables de

las reparaciones detectadas en el Check List y de Mantenimiento Periódico, necesario para garantizar la normal operación de los equipos, llevando un historial de cada equipo. Art N° 451. Al dejar de operar el equipo o al final de cada guardia, obligatoriamente se debe

bloquear el sistema de arranque para evitar que sea operado por terceras personas.

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Art N° 452. Es responsabilidad del Superintendente o Jefe de área hacer cumplir estas

instrucciones. 4.26 BLOQUEO DE EQUIPOS Art N° 453. El Jefe de guardia solicitará al reparador o electricista poner fuera de operación

el equipo que se requiere reparar, inspeccionar o realizar una labor específica. Art N° 454. En la sala de control eléctrico el operador de Planta entregará al electricista el

candado con la etiqueta o aviso de peligro. Art N° 455. El electricista una vez identificado el panel o caja de distribución eléctrica

procederá a abrir el circuito para dejar fuera de operación al equipo, colocando el interruptor en la posición OFF/OUT. Art N° 456. Colocará el candado utilizando su bloqueador con agujeros múltiples. Art N° 457. La tarjeta de aviso consignará la siguiente información; nombre y apellidos del

supervisor que autorizó el trabajo, identificación del lugar de trabajo. Art N° 458. El electricista luego de desconectar el interruptor principal comprobará que el

equipo no se encuentra energizado, accionando en el lugar de trabajo el push botón del equipo o utilizando un medidor de tensión. Art N° 459. Si el equipo dispone de los contactos a tierra deberá instalarlo. Art N° 460. La llave del candado la portará solamente el supervisor que autorizó la

realización del trabajo. Art N° 461. Si en el lugar de trabajo interviene más de un grupo de trabajo, se colocará tantos

candados como tarjetas de aviso sean requeridos. Art N° 462. Terminada la labor el supervisor responsable de los trabajos procederá a retirar

los candados y tarjetas con la participación del electricista. Art N° 463. El electricista en este momento comunicará al supervisor de operadores que el

equipo puede ponerse a prueba. Art N° 464. El lugar de trabajo deberá quedar limpio y ordenado.

4.27 AL REPARAR O CAMBIAR TUBERIAS Art N° 465. El supervisor responsable de los trabajos dispondrá el cierre de las válvulas más

cercanas a la reparación, luego se colocará el candado de seguridad en la cadena de bloqueo adjuntando la tarjeta de aviso. Esta tarjeta contendrá información similar a la del caso anterior. Art N° 466. Antes de iniciar los trabajos, drenar la tubería con mucho cuidado, en especial si

contiene ácido o fluido a presión, para lo que deberá aflojar la unión, brida o purga. Art N° 467. Una vez verificada que la tubería se encuentra drenada comience la reparación.

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Art N° 468. Concluidas las reparaciones se comunicará al personal de operaciones que el

trabajo ha sido terminado. Art N° 469. El supervisor responsable del trabajo dispondrá el retiro del sistema de bloqueo

de la válvula principal. Art N° 470. Dejar el lugar de trabajo limpio y ordenado.

4.28 TRABAJOS EN ESPACIOS CONFINADOS Art N° 471. Se entiende por espacio confinado al espacio que: Mayormente es de

proporciones reducidas, con poco oxígeno, donde un trabajador tendrá limitaciones para desempeñar la tarea asignada. Tiene medios limitados o restringidos para su acceso o salida. Art N° 472. Verificar que los sistemas de ventilación inducidos al ducto estén completamente

parados, además de revisar que las compuertas de ingreso y salida de los ventiladores estén bajadas (cerradas) completamente. Art N° 473. Verificar que los ductos de by-pass del ventilador parado estén abiertos y

trabajando el ventilador auxiliar. Art N° 474. Verificar que las compuertas y ventanas de ventilación natural estén

completamente abiertas (levantadas) y aseguradas. Art N° 475. Verificar que las condiciones de iluminación dentro de los espacios confinados

sean aceptables para los trabajos a realizar. Art N° 476. El personal de Seguridad deberá tomar todas las precauciones de su propia

integridad y protección personal antes de empezar a monitorear la presencia de gases tóxicos dentro del espacio confinado, por lo que previamente deberá verificar lo siguiente:  Probar que las baterías de los monitores digitales estén en buenas condiciones.  Hacer uso de la extensión telescópica antes de ingresar a los espacios confinados.  Asegurarse y verificar que las concentraciones de gases tóxicos se encuentren por debajo de los límites máximos permisibles.  De ser necesario reforzar la ventilación del área de trabajo con el uso de “venturis”.  Dar las recomendaciones a través de una charla de inducción al equipo de trabajo asignado y liderado por el supervisor responsable según indique el Permiso de Alto Riesgo recordándoles que en adelante, el retiro y/o evacuación inmediata del área si esto fuera necesario, será mediante una alarma sonora de código identificado por todos.  Disponer la instalación de equipos con línea de aire si fuera necesario para garantizar la seguridad del trabajador, de ser éste el caso, el personal de Seguridad se encargará de verificar la presión del aire y regular a la necesidad del operador, e instalar las mangueras de conexión rápida a la máscara respectiva.

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 Disponer el uso de máscaras ”full-face” con “canister” para polvos y gases (all service), en lugares donde existan gases tóxicos cercanos a la concentración

máxima

permisible y la necesidad del trabajo sea muy urgente. Art N° 477. El personal de ventilación responsable de autorizar el ingreso de los

trabajadores, deberá continuar junto a la cuadrilla todo el tiempo que sea necesario mientras dure el trabajo, efectuando mediciones permanentes de gases tóxicos. Si las condiciones del ambiente fueran adversas a los Límites Máximos Permisibles, indicará la evacuación inmediata de todo el personal; en otros casos será necesario que el personal tome periodos cortos de descanso. V. ESTANDARES DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL EN ACTIVIDADES CONEXAS Art N° 478. El presente Reglamento ha sido elaborado con el fin de prevenir accidentes, las

reglas de seguridad, su cumplimiento es estricto también para el personal de las empresas contratistas mineras, de actividades conexas y otros. VI. PREPARACION Y RESPUESTA A EMERGENCIAS A. PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS A.1. PREVENCION DE INCENDIOS Art N° 479. Todos los locales estarán provistos de suficiente equipo para la extinción de

incendios que se adapte a los riesgos particulares que estos presentan; las personas entrenadas en el uso correcto de este equipo se hallaran presentes durante todos los períodos normales de trabajo. Art N° 480. El equipo y las instalaciones que presenten grandes riesgos de incendio deberán

ser construidos e instalados, siempre que sea factible, de manera que sea fácil aislarlos en casos de incendio A.2. PASILLOS Y PASADIZOS Art N° 481. En los lugares de trabajo, el ancho de los pasillos entre máquinas, instalaciones

y rumas de materiales, no será menor de 60 cm. Art N° 482. Donde no se disponga de acceso inmediato a las salidas, se dispondrá en todo

momento, de pasajes o corredores continuos y seguros, que tengan un ancho libre no menor de 1.12 m, y que conduzcan directamente a la salida. A.3. ESCALERAS, PUERTAS Y SALIDAS Art N° 483. Todos los accesos de las escaleras que puedan ser usadas como medios de

salida, serán marcados de tal modo que la dirección de salida hacia la calle sea clara. Art N° 484. Las puertas de salida se colocarán de tal manera que sean fácilmente visibles y

no se permitirán obstrucciones que interfieran el acceso o la visibilidad de las mismas. 49

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Art N° 485. Las salidas estarán instaladas en número suficiente y dispuestas de tal manera

que las personas ocupadas en los lugares de trabajo puedan abandonarlas inmediatamente con toda seguridad, en caso de emergencia. El ancho mínimo de las salidas será de 1.12 m. Art N° 486. Las puertas y pasadizos de salida, serán claramente marcados con señales que

indiquen la vía de salida y estarán dispuestos de tal manera que sean fácilmente ubicables. B. PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS B.1. CONDICIONES GENERALES Art N° 487. El fuego es una oxidación rápida de un material combustible, que produce

desprendimiento de luz y calor, pudiendo iniciarse por la interacción de tres elementos: Oxigeno, combustible y calor. La ausencia de uno de los elementos mencionados evitará que se inicie el fuego. Los incendios se clasifican de acuerdo con el tipo de material combustible: INCENDIO CLASE A: son fuegos que se producen en materiales combustibles sólidos, tales como: madera, papel, cartón, tela, etc. INCENDIO CLASE B: son fuegos producidos por liquidas inflamables tales como: Gasolina, aceite, pintura, solvente, etc. INCENDIO CLASE C: Son fuegos producidos en equipos eléctricos como motores, interruptores, reóstatos. etc. Art N° 488. Cualquier trabajador de la empresa que detecte un incendio debe.

Dar la alarma interna y externa. a) Comunicar a los integrantes de la brigada contra incendios. b) Seguir las indicaciones de las brigadas correspondientes. c) Evacuar el área de manera ordenada con dirección a la puerta de salida más cercana Art N° 489. Consideraciones generales importantes:

a. La mejor forma de combatir incendios es evitando que estos se produzcan. b. Mantenga su área de trabajo limpio, ordenado y en lo posible libre de materiales combustibles y liquidas inflamables. c. No obstruya las puertas, vías de acceso o pasadizos, con materiales que puedan dificultar la libre circulación de las personas. d. Informe a su superior sobre cualquier equipo eléctrico defectuoso. 50

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e. Familiarícese con la ubicación y forma de uso de los extintores y grifos contra incendios (si se cuenta con este medio) f.

En caso de incendio de equipos eléctricos desconecte el fluido eléctrico. No use agua ni extintores que lo contengan si no se ha cortado la energía eléctrica.

g. La operación de emplear un extintor dura muy poco tiempo; Por consiguiente utilícelo bien, acérquese lo más que pueda, dirija el chorro a la base de las llamas, no desperdicie su contenido. h. Obedezca los avisos de seguridad y familiarícese con los principios fundamentales de primeros auxilios. B.2. AGUA: ABASTECIMIENTO USO Y EQUIPO Art N° 490. La empresa garantizará un abastecimiento de agua adecuado a presión mínima

de 60 libras, en caso de incendio de materiales combustibles ordinarios (Clase A). Art N° 491. Las bombas para incendios estarán situadas y protegidas de tal manera que no

se interrumpa su funcionamiento cuando se produzca un incendio. Art N° 492. Los grifos contra incendios deberán ser de fácil acceso y estarán conservados y

mantenidos en buenas condiciones de funcionamiento. Art N° 493. Art. Nº 466.- En los incendios de tipo B y C, no se usará agua para extinguirlos,

debiéndose usar otros medios de extinción adecuados.

B.3. EXTINTORES PORTÁTILES Art N° 494. La empresa, dotará de extintores de incendios adecuados al tipo de incendio que

pueda ocurrir, considerando la naturaleza de los procesos y operaciones. Art N° 495. Los aparatos portátiles contra incendios, serán inspeccionados por lo menos una

vez por mes y serán recargados cuando se venza su tiempo de vigencia o se utilicen, se gaste o no toda la carga. Art N° 496. Todos los extintores se colocarán en lugares visibles, de fácil acceso, los que

pesen menos de 18 kg se colgarán a una altura máxima de 1.50 m., medidos del suelo a la parte superior del extintor Art N° 497. Cuando ocurran incendios que implican equipos eléctricos, los extintores para

combatirlos serán de polvo químico seco; en caso de que el incendio sea en el centro de cómputo, laboratorios o implique equipos sofisticados, se utilizarán los extintores de gas carbónico (C02), para su extinción.

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C. SISTEMAS DE ALARMAS Y SIMULACROS DE INCENDIOS Art N° 498. La empresa dispondrá de un número suficiente de estaciones de alarma

operados a mano, colocadas en lugares visibles, en el recorrido natural de escape de un incendio y debidamente señalizados. Art N° 499. En la empresa se realizarán ejercicios de modo que se simulen las condiciones

de un

incendio, además se adiestrará a las brigadas en el empleo de los extintores

portátiles, evacuación y primeros auxilios e inundación. Art N° 500. En casos de evacuación, el personal deberá seguir la señalización indicada

como SALIDA. Art N° 501. Para combatir los incendios que puedan ocurrir, la empresa formará la Brigada

Contra Incendios. D. ALMACENAJE DE SUSTANCIAS INFLAMABLES También hay que tomar medidas de seguridad en el caso que se almacene ANFO, dinamita u otras sustancias explosivas. Art N° 502. El almacenaje de grandes cantidades de sustancias inflamables se efectuará en

un tanque subterráneo de construcción resistente al fuego. Art N° 503. Se tomarán las medidas para evitar escapes de líquidos inflamables hacia

desagües y detener cualquier pérdida de líquido dentro de la zona de seguridad, así como también para evitar la formación de mezclas explosivas o inflamables de vapores y aire, especialmente durante el trasiego. Art N° 504. Queda terminantemente prohibido el empleo de líquidos inflamables para fines

de limpieza en general, excepto en aquellos casos en que las condiciones técnicas del trabajo, así lo exijan, en cuyo caso estos trabajos se efectuarán en locales adecuados, libres de otras materias combustibles y dotados de los sistemas preventivos contra incendios. Art N° 505. En los locales, donde se use, manipule, almacene, transporte, etc., materiales o

líquidos combustibles o inflamables, será terminantemente prohibido fumar o usar llamas descubiertas o luces que no sean a prueba de fuego o explosión. D.1. GASES COMPRIMIDOS Art N° 506. Para manipular los cilindros que contengan gases comprimidos, se observará lo

siguiente: a. Podrán ser depositados al aire libre, de pie, debidamente atados con una cadena, estando adecuadamente protegidos contra los cambios excesivos de temperatura y los rayos directos del sol o de la humedad permanente.

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b. Los cilindros de acetileno, oxigeno u otros gases deben ser manejados con precaución por personas experimentadas. No se depositarán gases comprimidos cerca de sustancias inflamables. c. No hacer rodar los cilindros, estos deben transportarse en sus carritos respectivos. d. Los cilindros que contengan gases licuados, se almacenarán en posición vertical o cercana a la vertical, debidamente sujetados con cadenas o sogas para evitar su caída. e. No dejarán caer, ni se expondrá a choques violentos los cilindros de gases. f. Cuando se utilicen cilindros, estos se sujetarán con correas, collares o cadenas, para evitar que se vuelquen. g. Los cilindros de gases serán transportados en la planta mediante dispositivos apropiados. h. Las tapas de protección de las válvulas de los cilindros de gases, estarán colocados en su posición cuando los cilindros se transporten o cuando no estén en uso. i. Los cilindros se mantendrán a distancia mínima de 15 m., de todo trabajo en el que se produzcan llamas, chispas o metal fundido, que ocasione un calentamiento excesivo en los cilindros. j. Los cilindros de oxigeno no se manipularán con las manos o guantes grasientos y no se empleará grasa ni aceite como lubricante en las válvulas, accesorios, manómetros o en el equipo regulador. k. Los manómetros deberán contar con válvulas anti retorno de flama. E. ELIMINACION DE DESPERDICIOS Art N° 507. No se permitirá que se acumulen en el piso desperdicios de material inflamable,

los cuales serán destruidos o acumulados separadamente de otros desperdicios. Art N° 508. Se dispondrá de recipientes para recoger inmediatamente los trapos saturados

de aceite, pintura u otros materiales combustibles, sujeto a combustión espontánea, en los lugares de trabajo donde estos se produzcan. Art N° 509. Diariamente el encargado de limpieza recolectará los recipientes de residuos de

cada ambiente, colocándolos en un lugar determinado para ser erradicados de la empresa. F. SEÑALES DE SEGURIDAD F.1 OBJETIVO Art N° 510. El objetivo de las señales de seguridad será el hacer conocer, con la mayor

rapidez posible, la posibilidad de accidente, el tipo de accidente y también la existencia de circunstancias particulares. F.2.- DIMENSIONES DE LAS SEÑALES DE SEGURIDAD Art N° 511. Las señales de seguridad serán tan grandes como sea posible y su tamaño será

congruente con el lugar en que se colocan o el tamaño de los objetos, dispositivos o 53

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materiales a los cuales se fijan, en todos los casos, el símbolo de Seguridad, debe ser identificado desde una distancia segura. Art N° 512. Las dimensiones de las señales de seguridad serán las siguientes:

Circulo:

20 cm. de diámetro

Cuadrado:

20 cm. de lado

Rectángulo:

20 cm. de altura y 30 cm. de base

Triángulo equilátero:

20 cm. de lado

Estas dimensiones pueden multiplicarse por las series siguientes: 1.25 - 1.75- 2 - 2.25 - 2.5 y 3.5. Según sea necesario ampliar el tamaño. F.3.- APLICACIÓN DEL CÓDIGO DE COLORES SEGÚN NTP 399.010-1 2016 EN LAS SEÑALES DE SEGURIDAD Art N° 513. Las señales de prohibición tendrán de color de fondo blanco, la corona circular y

la barra transversal será roja, el símbolo de seguridad será negro y se ubicará al centro y no se superpondrá a la barra transversal, el color rojo cubrirá como mínimo el 35% del área de la señal. Art N° 514. Las señales de advertencia tendrán un color de fondo amarillo, la banda

triangular será negra, el símbolo de Seguridad será negro y estará ubicado en el centro, el color amarillo cubrirá como mínimo el 50% de área de la señal. Art N° 515. Las señales de obligatoriedad tendrán un color de fondo azul, la banda circular

será blanca, el símbolo de seguridad será blanco y estará ubicado en el centro, el color azul cubrirá como mínimo el 50% del área de la señal. Art N° 516. Las señales informativas se ubicarán en equipos de seguridad en general, rutas

de escape, etc. Las formas de las señales informativas serán cuadradas o rectangulares, según convengan a la ubicación del símbolo de seguridad o el texto, el símbolo de seguridad será blanco, el color de fondo será verde, el color verde cubrirá como mínimo el 50% del área de la señal. G. PRIMEROS AUXILIOS G.1. GENERALIDADES Art N° 517. El principal objetivo de los primeros auxilios, es el de evitar por todos los medios

posibles, la muerte o la invalidez de la persona accidentada. Otro de los objetivos principales es que mediante los mismos se brinde un auxilio a la persona accidentada mientras se espera la llegada del médico o se le traslada a un hospital.

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G.2.- REGLAS GENERALES Art N° 518. Cuando se presente la necesidad de un tratamiento de emergencia siga éstas

reglas básicas: a. Evite el nerviosismo y el pánico. b. Si se requiere acción inmediata para salvar una vida (respiración artificial, control de hemorragias, etc.), haga el tratamiento adecuado sin demora. c. Haga un examen cuidadoso de la víctima. d. Nunca mueva a la persona lesionada a menos que sea absolutamente necesario para retirarla del peligro. e. Avise al médico inmediatamente. G.3.- TRATAMIENTOS. 1. SHOCK Art N° 519. Cuando ocurra un "shock "siga estas reglas básicas:

a. Acostar al paciente con la cabeza hacia abajo, esto se puede conseguir levantando los pies de la camilla o banca, donde esté acostado el paciente, 6 pulgadas más alto que la cabeza. b. Constatar que la boca esté libre de cuerpos extraños y que la lengua este hacia adelante. c. Suministrarle abundante cantidad de aire fresco u oxígeno sí existe disponible. d. Evitar al paciente el enfriamiento, se le debe abrigar con una frazada y llevarlo al médico. 2. HERIDAS CON HEMORRAGIAS: Art N° 520. Seguir el siguiente tratamiento:

a. Se puede parar o retardar la hemorragia, colocando una venda o pañuelo limpio sobre la herida, presionando moderadamente. b. Si la hemorragia persiste aplique el torniquete (cinturón, pañuelo, etc.), en la zona inmediatamente superior a la herida y ajuste fuertemente. c. Acueste al paciente y trate de mantenerlo abrigado. d. Conduzca al herido a la posta. e. Si el viaje es largo. suelte el torniquete cada 15 minutos para que circule la sangre.

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3. FRACTURAS: Art N° 521. Siga el siguiente tratamiento:

a. No doble, ni tuerza, ni jale el miembro fracturado. b. Mantenga al paciente descansando y abrigado. c. Por fracturas de espalda, cuello, brazo o de la pierna, no mueva al paciente y llame al médico. d. Por fracturas de cualquier otra parte del cuerpo, lleve al accidentado al médico. e. Si hay duda acerca de si un hueso está o no fracturado, trátese como fractura. 4. QUEMADURAS Art N° 522. Son lesiones que se producen a causa del calor seco o del calor húmedo y se

clasifican de acuerdo al grado de lesión que causa en los tejidos del cuerpo en 1er, 2do y 3er grado. a. Para quemaduras leves o de 1er grado se puede aplicar ungüento y puede ser cubierta por una gasa esterilizada. b. Para quemaduras de 2 do y 3er grado quite la ropa suelta y aplique una gasa esterilizada suficientemente grande para cubrir la quemadura y la zona circundante y lo suficientemente larga para evitar el contacto del aire con la quemadura. 5. RESPIRACIÓN BOCA A BOCA Art N° 523. Es un método efectivo mediante el cual se revive a una persona que no puede

respirar por sí misma, su aplicación nunca daña a la víctima, aunque la falta de ésta puede resultar fatal ya que cualquier demora puede producir consecuencias graves o fatales. a. Acueste de espaldas y en posición horizontal al lesionado y colóquese al lado, junto a la cabeza. b. Levante la mandíbula inferior para asegurar el paso del aire. c. Trate de cubrir la boca, para ello introduzca el dedo, pulgar y tire del mentón hacia adelante con la otra mano tape los orificios nasales (esto evita la pérdida del aire). d. Respire profundamente y coloque su boca sobre la de la víctima y sople en forma suave y regular. e. Retire su boca para permitir que la víctima exhale, vuelva a soplar y repita 12 veces por minuto como mínimo. Algunas veces la victima cierra la boca fuertemente que resulta difícil abrirla, en estos casos sople el aire por la nariz, selle los labios con el índice de la mano que contiene la barbilla. 56

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6. INTOXICACION POR GAS CIANHIDRICO Art N° 524. Para la activación se deberá contar con el Kit de cianuro y accesorio, se

procederá con los siguientes pasos: f. Retirar de la zona de trabajo por equipo especializados con todas las condiciones seguras. g. Descontaminar al paciente (retirar todo el material contaminado). h. Verificar respiración (retirar a una ambiente libre de contaminación y ventilado) i. Colocar al paciente en posición de seguridad. j. Oxigenoterapia 10 lts x min. (verificar condiciones de del paciente inconsciente o consiente) k. La aplicación del antídoto Cyanokit lo realizara personal especializado de la posta médica. 7. BOTIQUIN DE PRIMEROS AUXILIOS Art N° 525. La empresa abastecerá de manera que siempre exista un stock permanente de

los siguientes materiales en el Botiquín: Vendas, gasa esterilizada, rollo de tela adhesiva o esparadrapo, caja de curitas, paquetes de algodón absorbente, agua oxigenada. H. REFERENCIAS PARA CASOS DE EMERGENCIA Art N° 526. En caso de emergencia llamar a los siguientes números telefónicos de acuerdo

a la ocurrencia:

EMERGENCIAS 

Teléfonos de emergencia

7911

 RPM 950554023

Centro Control

 RPC 986905375

Centro Control

 Whatsapp 940870002 Centro control 

Centro de Control (Radio) Numero Interno 54350

Comunicación vía radio canal mina a supervisión y seguridad (*) Toda emergencia, se deberá cumplir con el Plan de Respuesta a Emergencias.

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VII. GESTION DE SALUD OCUPACIONAL Art N° 527. La Gestión de Salud Ocupacional, debe incluir:

a. El reconocimiento y evaluación de la salud de los trabajadores con relación a su exposición a factores de riesgo de origen ocupacional, incluyendo el conocimiento de los niveles de exposición y emisión de las fuentes de riesgo. b. Participar en la incorporación de prácticas y procedimientos seguros y saludables a todo nivel de la operación. c. El registro de enfermedades ocurridas por exposición ocupacional, descansos médicos, ausentismo por enfermedades, planes de acción y evaluación estadística de los resultados. d. El asesoramiento técnico y participación en materia de control de salud del trabajador, enfermedad ocupacional, primeros auxilios, atención de urgencias y emergencias médicas por accidentes de trabajo y enfermedad ocupacional y Equipos de Protección Personal (EPP). e. Participación en los Comités de Seguridad y Salud Ocupacional respecto a los aspectos de salud ocupacional; f.

La promoción de la participación de los trabajadores en el desarrollo e implementación de actividades de salud ocupacional.

g. El control de riesgos respecto a los agentes físicos, químicos, ergonómicos y biológicos cuando se supere los límites permisibles. Art N° 528. Anualmente se realizará la identificación de peligros, evaluación y control de

riesgos que afecte la seguridad y salud ocupacional de los trabajadores o cuando existan cambios en el equipamiento, tecnología, etc. A. AGENTES FÍSICOS Art N° 529. El Departamento de Seguridad y Salud Ocupacional, así como el área de

ventilación realizará el monitoreo de los agentes físicos presentes en las operaciones de la E.A. CERRO SAC y publicarlos tales como: ruido, temperaturas extremas, vibraciones, iluminación y radiaciones ionizantes y otros. Art N° 530. Se proporcionará protección auditiva cuando el nivel de ruido o el tiempo de

exposición supere los valores de Nivel de Ruido establecidos en el ANEXO N° 12 del D.S. 024-2016-EM. A partir de 100 decibeles se debe utilizar doble protección auditiva mientras se implementa las medidas de control necesarias. 58

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NIVEL DE RUIDO Escala de ponderación "A"

Tiempo de Exposición Máximo en una jornada laboral

82 decibeles 83 decibeles 85 decibeles 88 decibeles 91 decibeles 94 decibeles 97 decibeles 100 decibeles

16 horas/día 12 horas/día 8 horas/día 4 horas/día 1 1/2 horas/día 1 hora/día 1/2 hora/día 1/4 hora / día

Fuente: ANEXO N° 12 del D.S. 024-2016-EM. MSHA (Mine Safety and Health Agency de USA)

No debe exponerse al personal a ruido continuo, intermitente o de impacto por encima de un nivel de 140 dB en la escala de ponderación “C”. Art N° 531. En las áreas de trabajo donde se supere Los 30°C se deberá proporcionar

períodos de descanso dentro del turno de trabajo, suministro de agua para beber no menor a 600 mililitros por hora de trabajo, aclimatación, tabletas de sal, etc. para controlar la fatiga, deshidratación y otros efectos sobre el personal. Art N° 532. En los lugares o áreas de trabajo donde la temperatura del ambiente signifique

un riesgo de congelamiento para las partes expuestas del cuerpo del trabajador, se tomará las medidas necesarias a fin de minimizar dicho riesgo. Art N° 533. Luego de la evaluación médica realizada por personal médico de salud, de

enfermería o auxiliar de enfermería, si la temperatura corporal del trabajador supera los 38 °C o registra menos de 36 °C no deberá permitirse su acceso o que continúe laborando. Art N° 534. Se realizará la medición de radiaciones de acuerdo a lo establecido por el IPEN

(Instituto Peruano de Energía Nuclear) tanto para mediciones de área como para las dosimetrías. Art N° 535. En trabajos que implican exposición a radiación solar se determinará como parte

del Equipo de Protección Personal (EPP) el uso de bloqueador solar con el Factor de Protección Solar (FPS) recomendable y/o bloqueador con un FPS de 30, también se usarán viseras, cortavientos, etc. Art N° 536. Para el caso de exposición de los trabajadores a vibraciones se debe cumplir

con los valores que se indican a continuación. a. Para Exposición a Vibración en Cuerpo Completo: el valor máximo de la aceleración en 8 horas será de 0.5m/seg2. b. Para Exposición a Vibración en Mano-Brazo:

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Duración total diaria de la exposición1 4 horas a menos de 8 horas 2 horas a menos de 4 horas 1 horas a menos de 2 horas Menos de 1 hora

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Valores a no exceder por el componente de la aceleración dominante, rms y ponderada2 (m/s2) 4 6 8 12

1: El tiempo total en que la vibración ingresa a la mano por día, ya sea continua o intermitente. 2: Usualmente uno de los ejes (x, y o z) de la vibración es el dominante (de mayor valor) sobre los otros dos. Si uno o más ejes exceden la exposición total diaria, entonces el límite ha sido excedido. B. AGENTES QUÍMICOS Art N° 537. Cerro SAC y las Empresas Contratistas efectuarán mediciones periódicas y las

registrará de acuerdo al plan de monitoreo de los agentes químicos tales como: polvos, vapores, gases, humos metálicos, neblinas, entre otros que puedan presentarse en las labores e instalaciones, sobre todo en los lugares susceptibles de mayor concentración, verificando que se encuentren por debajo de los Límites de Exposición Ocupacional para Agentes Químicos. Dióxido de Carbono

5000 ppm

Dióxido de Nitrógeno

3 ppm

Monóxido de Carbono

25 ppm

Monóxido de _Nitrógeno

1mg/m3

Oxígeno

0.05 ppm

Polvo inhalable

3 mg/m3

Polvo Respirable

0.2 mg/m3

Art N° 538. En la mina subterránea, las mediciones de emisión de CO de los equipos diésel

(camiones, camionetas, scoops, jumbos, empernador, dumper, alpha, mixer, etc), no deberá exceder de quinientos (500) ppm de monóxido de carbono o de cien (100) ppm de dióxido de nitrógeno, medidos en las labores subterráneas donde desarrollen sus actividades. . C. AGENTES BIOLÓGICOS Art N° 539. En coordinación con el área de Salud Ocupacional Corporativo, se programará

monitoreos biológicos tales como: mohos, hongos, bacterias, parásitos gastrointestinales y otros agentes que puedan presentarse en las labores e instalaciones, incluyendo las áreas de vivienda y oficinas. 60

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D. ERGONOMÍA Art N° 540. Se realizará la identificación de factores, se evaluará y se controlará los riesgos

ergonómicos, tomando en cuenta la interacción hombre - máquina – ambiente; para que las áreas de trabajo sean seguras, eficientes y cómodas, considerando los siguientes aspectos: diseño del lugar de trabajo, posición en el lugar de trabajo, manejo manual de cargas, carga límite recomendada, posicionamiento postural en los puestos de trabajo, movimiento repetitivo, ciclos de trabajo - descanso, sobrecarga perceptual y mental, equipos y herramientas en los puestos de trabajo. E. VIGILANCIA MÉDICA OCUPACIONAL Art N° 541. Todos los trabajadores de la E.A. CERRO S.A.C., Empresas Contratistas y

Empresa Conexas, se someterán a los exámenes médicos pre-ocupacionales, de control anual y de retiro, las que serán asumidos por su empleador. Los exámenes preocupacionales y de control anual incluirán exámenes psicológicos y ascenso para grandes altitudes. Para la obtención de las autorizaciones de manejo se realizarán exámenes psicosomáticos. Art N° 542. Los trabajadores que no acudan a los exámenes médicos ocupacionales serán

sometidos a una sanción disciplinaria. Art N° 543. Los trabajadores que requieran un cambio de puesto o retorno al trabajo luego

de un descanso prolongado deberán ser evaluados en la Posta Médica. Art N° 544. El trabajador que no cuente con la constancia de aptitud emitida por el área de

salud ocupacional no podrá laborar. Art N° 545. Cuando el trabajo deba ser desarrollado en altitudes por encima de 2500 (dos

mil quinientos) msnm, los trabajadores cuya permanencia haya sobrepasado las tres (03) semanas por debajo de esta altitud, deberán someterse a una “Evaluación Médica para Ascenso a Grandes Altitudes”, después de la cual se determinará su aptitud o no para su subida. La evaluación médica para ascenso a grandes altitudes indicadas en el presente reglamento deberá incluirse en el examen médico pre-ocupacional y anual.

VIII. SANCIONES Trascripción literal del Art. 49 del Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería, dado por D.S. Nº 024-2016-EM. Art N° 546. Los trabajadores que malogren, alteren o perjudiquen, ya sea por acción u

omisión, cualquier sistema, aparato o EPP o cualquier máquina o implemento de trabajo de mina, planta e instalaciones, o que incumplan las reglas de seguridad, serán sancionados por su jefe inmediato o por el jefe de área correspondiente, de acuerdo a lo establecido por

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los dispositivos legales vigentes respecto de las relaciones laborales, debidamente comprobado con intervención del comité paritario. Art N° 547. El incumplimiento de los estándares y PETS, contempla las sanciones indicadas

en el Estándar de Gestión de consecuencias. Art N° 548. Listado de Estándares y procedimientos Operativos de la E.A. CERRO SAC:

IX. LISTA DE ESTANDARES DE GESTIÓN Estándar Gestión de riesgos Estándar de Gestión de Consecuencias Control de documentos del Sistema de Gestión Integrado Estándar de disciplina Operativa Estándar de Auditorias de Comportamiento Seguro Estándar de administración de condiciones subestándar Estándar de gestión de contratistas Estándar Corporativo de Inspecciones Estándar Observación Planeada de Tarea (OPT) Estándar de exámenes médico ocupacionales Estándar de investigación y análisis de incidentes y accidentes Control de registros del Sistema de Gestión Integrado Estándar de Permisos de Trabajo de Alto Riesgo Estándar de Inspecciones X. LISTA DE ESTANDARES OPERATIVOS Est 01 Control de terreno Est 02 Accesos y Vías de Escape Est 03 Ventilación Est 04 Drenaje Est 05 Explosivos Est 06 Perforación y Voladura Est 07 Transporte, Carga, Acarreo y Descarga Est 08 Operaciones en Concesiones de Beneficio Planta Est 09 Prevención y Control de Incendios Est 10 Control de Sustancias Peligrosas Est 11 Planos y Mapas, Labores Mineras Est 12 Manejo de Materiales Est 13 Electricidad, Mtto y Operaciones del Sistema Eléctrica y Sub Estaciones Est 14 Sistema de candado y Tarjetas Seguridad (Lock Out y Tag Oug) Est 15 Iluminación Est 16 Agua, Aire Comprimido y Tanques a Presión Est 17 Sistema de Izaje Est 18 Escaleras y andamios. Est 19 Maquinarias, Equipos y Herramientas Est 21 Transporte de Personal Est 22 Guardas de seguridad Est 23 Inspecciones Est 24 Equipos de Protección Personal EPP Est 27 Servicios de Terceros y Empresas Especializadas Est 28 Señalización de las Áreas de Trabajo y Código de Colores 62

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Est 29 Ergonomía Est 30 Trabajo en altura Est 31 Trabajo en Caliente Est 32 Vestuarios Est 33 Instalación de Guardacabeza Est 34 Secciones Típicas

XI. LISTA DE PROCEDIMIENTOS ESCRITOS DE TRABAJO SEGURO - PETS Mina PETS-CE-MIN-02-01_DESATADO DE ROCAS MANUAL PETS-CE-MIN-02-02_INSTALACION DE VENTILADORES PETS-CE-MIN-02-03_INSTALACION DE MANGAS DE VENTILACION PETS-CE-MIN-02-04_ARMADO DE CUADROS DE MADERA PETS-CE-MIN-02-05_DESARMADO DE CUADROS DE MADERA PETS-CE-MIN-02-06_ARMADO CIMBRAS PETS-CE-MIN-02-07_INTERMEDIACION DE CIMBRAS PETS-CE-MIN-02-08_TRANSPORTE DE MATERIALES CON CAMION PETS-CE-MIN-02-09_TRANSPORTE DE DESMONTE, MATERIAL O LODOS CON CARRO MINERO PETS-CE-MIN-02-10_TRANSPORTE DE PERSONAL CON CAMIONETA. PETS-CE-MIN-02-11_LIMPIEZA DE SUMIDEROS CON BOMBA DE LODOS PETS-CE-MIN-02-12_LIMPIEZA DE SUMIDEROS CON CARROS MINEROS PETS-CE-MIN-02-13_INSTALACION DE TUBERIAS DE AGUA - AIRE PETS-CE-MIN-02-14_TRANPORTE DE MATERIALES CON SCOOPTRAM PETS-CE-MIN-02-15_LIMPIEZA DE CUNETAS DEL SISTEMA DE DRENAJE PETS-CE-MIN-02-16_LIMPIEZA DE VIAS CON SCOOPTRAM PETS-CE-MIN-02-17_INTERMEDIACION Y DESARMADO DE CUADROS DE MADERA PETS-CE-MIN-02-18_TRANSPORTES DE MATERIALES POR PIQUE PETS-CE-MIN-02-19_BAJADA DE PERSONAL POR PIQUE PETS-CE-MIN-02-20_REPARACION DE ELEMENTOS DE MADERA EN PIQUE PETS-CE-MIN-02-21_SOSTENIMIENTO CON SPLIT SETS CON MAQUINA JACK LEGG PETS-CE-MIN-02-22_SOSTENIMIENTO CON MALLA SPLIT SETS CON MAQUINA JACK LEGG PETS-CE-MIN-02-25_DOSIFICACION DE AGUAS NEUTRAS CON SULFURO DE SODIO DISUELTO. PETS-CE-MIN-02-26_DESMONTAJE Y MONTAJE DE RIELES. PETS-CE-MIN-02-27_CEMENTO DE COBRE PETS-CE-MIN-02-28_CORTE DE ESTRUCTURAS METALICAS CON EQUIPO OXICORTE.

PLANTA PETS-CE-PLA-02-02 LIMPIEZA DE FAJAS TRANSPORTADORAS PETS-CE-PLA-02- 03 REVISION DE CARGA MOLTURANTE EN LOS MOLINOS DE BOLAS Y BARRAS PETS-CE-PLA-02- 05 REVISION DE HIDROCICLONES PETS-CE-PLA-02- 08 PREPARACON DE LECHADA DE CAL PETS-CE-PLA-02- 12 DESPLANTADO DE CELDAS DE FLOTACION PETS-CE-PLA-02- 13 DESPLANTADO DE ESPESADORES PETS-CE-PLA-02- 14 OPERACIÓN DEL FILTRO CIDELCO PETS-CE-PLA-02-15 DESPLANTADO DE FAJAS TRANSPORTADORAS PETS-CE-PLA-02- 17 TRASLADO DE CAL DESDE EL STOCK HACIA EL TANQUE DE PREPARACIÓN PETS-CE-PLA-02- 18 DESARENADO DE LA LINEA DE CAL PETS-CE-PLA-02- 19 DESCARGA DE FIERROS DEL MAGNETO DE LA FAJA TRANSPORTADORA. PETS-CE-PLA-02-20 OPERACIÓN DE FAJAS TRANPORTADORAS PETS-CE-PLA-02- 22 PREPARACION DE SULFATO DE COBRE PETS-CE-PLA-02- 30 ARRANQUE DE BOMBAS RPH PETS-CE-PLA-02- 33 DESPLANTADO DE CHANCADORA TAJO PETS-CE-PLA-02-34 OPERACIÓN DE ALIMENTADORES VIBRATORIOS DE VENTANAS PETS-CE-PLA-02-36 ARRANQUE DE LA CHANCADORA GIRATORIA HP – 500 PETS-CE-PLA-02- 38 DESPLANTADO DE CHANCADORA SYMONS N°3 PETS-CE-PLA-02- 40 OPERACIÓN DEL TRIPPER CAR PETS-CE-PLA-02- 41 DESATORAR EL CHUTE DE ALIMENTO AL MOLINO 63

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PETS-CE-PLA-02- 44 ARRANQUE DE SOPLADOR SPENCER PETS-CE-PLA-02- 73 OPERACIÓN CELDA FLASH PETS-CE-PLA-02- 74 FILTRADO Y SECADO DE MUESTRAS EN LABORATORIO PETS-CE-PLA-02- 76 ANALISIS GRANULOMETRICO PETS-CE-PLA-02- 77 MOLIENDA DE MINERALES A NIVEL LABORATORIO PETS-CE-PLA-02- 78 REDUCCION DE TAMAÑO DE MINERAL A MALLA – 10 PETS-CE-PLA-02- 79 – PREPARACION Y CUARTEO DE MUESTRAS PETS-CE-PLA-02- 83 OPERACIÓN DE LOS CIRCUITOS DE FLOTACION DE PLOMO Y ZINC PETS-CE-PLA-02- 87 PREPARACION DE REACTIVOS EN LABORATORIO PETS-CE-PLA-02- 88 FLOTACION DE MINERALES A NIVEL LABORATORIO PETS-CE-PLA-02- 89 OP. DEL CUARTO DE CONTROL ELEC. DE CHANCADO PLANTA PETS-CE-PLA-02-90 ABASTECIMIENTO DE MINERAL A LOS CONOS CON CARGADOR FRONTAL PETS-CE-PLA-02- 91 ARRANQUE, OPERACIÓN Y PARADA DEL CIRCUITO CHANCADO PRIMARIO PETS-CE-PLA-02- 92 ARRANQUE, OP. Y PARADA DEL CIRCUITO CHANCADO SEC. TERC PETS-CE-PLA-02- 93 OPERACIÓN DE LA SECCION MOLIENDA Y REMOLIENDA PETS-CE-PLA-02- 94 ADICION DE EJES A LOS MOLINOS DE BARRAS PETS-CE-PLA-02- 95 DESATORO DE LA LINEA DE AIRE EN EL ARBOL DE LA CELDA PETS-CE-PLA-02- 96 ARRANQUE Y PARADA DE UNA BOMBA HORIZONTAL PETS-CE-PLA-02- 97 PREPARACION DE COMPLEJO DEPRESOR DE PIRITA Y ZINC PETS-CE-PLA-02- 98 MANIPULACION Y DOSIFICACION DE REACTIVOS LIQUIDOS PETS-CE-PLA-02- 99 PREPARACION DE SOLUCION DE XANTATOS PETS-CE-PLA-02-100 ARRANQUE, OPERACIÓN Y PARADA DE CHANCADO TAJO PETS-CE-PLA-02- 101 ADICION DE BOLAS DE ACERO A LOS MOLINOS SECUNDARIOS PETS-CE-PLA-02- 102 ARRANQUE Y PARADA DE UNA BOMBA VERTICAL PETS-CE-PLA-02- 107 PREPARACION DE SULFURO DE SODIO PETS-CE-PLA-02- 108 SECADO DEL CONCENTRADO DE PLOMO Y MANEJO AMBIENTAL PETS-CE-PLA-02- 109 PINTADO DE LETREROS, BARANDAS Y ESTRUCTURAS PETS-CE-PLA-02- 110 ARRANQUE, OPERACIÓN Y PARADA DEL CIRCUITO SORTING PETS-CE-PLA-02- 111 CAMBIO DE TUBERIAS EN ALTURA PETS-CE-PLA-02- 112 CONTROL DE ESPEJO DE AGUA DE LA RELAVERA DE OCROYOC PETS-CE-PLA-02- 113 INSPECCION DE CANALES DE CORONACION DERECHO A IZQUIERDO PETS-CE-PLA-02- 114 INSTALACION Y TERMOFUSIONADODE TUBERIA HDPE PETS-CE-PLA-02- 115 LIMPIEZA DE CANALES DE CORONACION RELAVERA OCROYOC PETS-CE-PLA-02- 116 MANEJO DE AGUA DECANTADA DE LA PRESA OCROYOC PETS-CE-PLA-02- 117 MANEJO DE BASE DE DATOS PETS-CE-PLA-02- 118 PINTADO Y SEÑALIZACION DE TUBERIAS PETS-CE-PLA-02- 119 PARCHADO DE LA TUBERIA DE RELAVES EN ALTURA PETS-CE-PLA-02- 120 RECEPCION DE TUBERIAS PETS-CE-PLA-02- 121 RECUPERACION DE TUBERIAS HDPE PETS-CE-PLA-02- 122 RECUPERACION Y TRANSPORTE DE TUBERIAS METALICAS PETS-CE-PLA-02- 123 REPARACION Y SOLDADURA HDPE CON SOPLETE PETS-CE-PLA-02- 124 ROTULADO DE CELDAS PETS-CE-PLA-02- 125 TRASLADO DE EQUIPO TERMOFUSION PETS-CE-PLA-02- 126 TRASLADO DE TUBERIAS PETS-CE-PLA-02- 127 DESATORO Y LIMPIEZA DE LOS ALIMENTADORES VIBRATORIOS A LOS SORTER PETS-CE-PLA-02- 128 PREPARACION DE SOLUCION DE SULFATO DE COBRE PETS-CE-PLA-02- 129 LIMPIEZA Y DESATORO DE CHUTE DE FILTRO DE PLOMO PETS-CE-PLA-02-130 LIMPIEZA Y DESATORO DE CHUTE PETS-CE-PLA-02-131 DESATORO DE CHUTE DE DESCARGA DE LA CHANCADORA SANDVICK PETS-CE-PLA-02-132 LIMPIEZA DE CEDAZOS DE CHANCADO SECUNDARIO – TERCIARIO PETS-CE-PLA-02-133 EVAC. DE AGUA ACUM. EN PISOS DE CONTRAP.Y POLEAS DE LAS FAJAS TRANS. PETS-CE-PLA-02-134 LIMPIEZA Y DESATORO DEL CHUTE DEL TRIPPER CAR PETS-CE-PLA-02-135 DESATORO DEL SPOUT FEDER DE UN MOLINO DE BARRAS PETS-CE-PLA-02-136 DESCAMPANEO DE VENTANAS PETS-CE-PLA-02-137 RETIRO DE BANCOS DE LAS FAJAS PETS-CE-PLA-02-138 DESATOROS DE BANCOS EN ALIMENTADOR DE VENTANAS – FAJAS C - 1 MANTENIMIENTO PETS-CE-MAN-02-01_CAMBIO DE BOMBA O EJE EN EL SISTEMA DE BOMBEO MINA. PETS-CE-MAN-02-02_OEPRACION DE BOMBAS CENTRIFUGAS SISTEMA DE BOMBEO PETS-CE-MAN-02-03_CAMBIO DE VALVULAS DE RETENCION COMPUERTA MRIPOSA Y ACCESORIOS DE LAS TUBERIA PETS-CE-MAN-02-04_REPARACION Y CAMBIO DE TUBERIA DE DESCARGA Y O SUCCION PETS-CE-MAN-02-05_APERTURA Y CIERRE DE LA COMPUERTA EN EL NIVEL 2100 CB 2125 PETS-CE-MAN-02-06_EMERGENCIAS EN CAMARA DE BOMBA 1281 64

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PETS-CE-MAN-02-07_EMERGENCIA EN SISTEMA DE BOMBEO EN INTERIOR PETS-CE-MAN-02-08_EMERGENCIAS EN CAMARAS DE BOMBAS 8212 – 1640 PETS-CE-MAN-02-09_TRANSPORTE DE EQUIPO PESADO AVERIADO EN INTERIOR MINA PETS-CE-MAN-02-10_CAMBIO DE LLANTAS DE EQUIPOS PESADOS PETS-CE-MAN-02-11_TRANSPORTE DE BOMBA COMPLETA- EJE IMPULSOR PETS-CE-MAN-02-12_MANTTO PREVENTIVO BOMBA CENTRIFUGA PETS-CE-MAN-02-13_CAMBIO DE POZAS EN CB 2125 PETS-CE-MAN-02-14_USO CORRECTO DE ESCALERAS EN INTERIOR MINA Y SUPERFICIE PETS-CE-MAN-02-19_ARMADO DE LLANTAS EN GENERAL PETS-CE-MAN-02-22_MANTTO PREDICTIVO DE EQUIPO PESADO EN INTERIOR MINA – SUPERFICIE PETS-CE-MAN-02-26_RECTIFICADO EN TORNO VERTICAL PETS-CE-MAN-02-27_RECTIFICADO EN FRESADORA PETS-CE-MAN-02-28_RECTIFICADO EN TORNO HORIZONTAL PETS-CE-MAN-02-30_REPARACION Y SOLDADURA DE COMPONENTES PETS-CE-MAN-02-31_CAMBIO DE TUBERIA DE DESCARGA DEL REACTOR DE ACIDO CARO PETS-CE-MAN-02-32_INSPECCION O CAMBIO DE REACTOR ACIDO PETS-CE-MAN-02-33_OPERACION Y MANTTO DE PUENTE GRUA PETS-CE-MAN-02-35_REPARACION E INSTALACION(MONTAJE Y O DESMONTAJE DE BOMBA SUMERGIBLE) PETS-CE-MAN-02-42_MONTAJE Y DESMONTAJE DE BOMBA EN RELLENO HIDRAULICO PETS-CE-MAN-02-47 INSPECCION DE ESTRUCTURAS DE PIQUES PETS-CE-MAN-02-50 CORTE DE CABLE EN TAMBORA LADO CONTRAPESO EN WINCHES PETS-CE-MAN-02-51 OPERACION DE WINCHE PARA TRANSPORTE DE PERSONAL PETS-CE-MAN-02-56 INSPECCION ELECTROMAGNETICA DE CABLE EN WINCHES PETS-CE-MAN-02-61 REPARACION DE VENTILADORES AXIALES PETS-CE-MAN-02-63_INSTALACIONES ELECTRICAS EN MINA EN BAJA TENSION 440 VAC. PETS-CE-MAN-02-64_RETIRO TEMPORAL DE TABLEROS Y CABLES DE BAJA TENSION. PETS-CE-MAN-02-65_CAMBIO DE PUNTA CONICA DEL ROMPE ROCAS PETS-CE-MAN-02-68_CAMBIO DE BANDA DE FAJA TRANSPORTADORA PETS-CE-MAN-02-70_REPARACION DE LAMPARAS MINERAS NLT GII. PETS-CE-MAN-02-71_AJUSTE DE PERNOS DEL CILINDRO DEL MOLINO BARRAS BOLAS PETS-CE-MAN-02-72 CAMBIO DE MOTOR ELECTRICO PETS-CE-MAN-02-73 BALANCEO DINAMICO PETS-CE-MAN-02-75 CAMBIO DE FORRO DEL MOLINO DE BOLAS 12X12´’ PETS-CE-MAN-02-76 CAMBIO DE FORRO DEL MOLINO DE BOLAS 10.5X14´’ PETS-CE-MAN-02-77 CAMBIO DE GUARDILLAS DE FAJA TRANPOSTADORA PETS-CE-MAN-02-78_CAMBIO DE MALLA DE ZARANDA –CEDAZO VIBRATORIO PETS-CE-MAN-02-79 MANTTO. Y REPARACION DE LAS RADIOS DE LA W LOURDES 1 PETS-CE-MAN-02-80 SISTEMA DE BLOQUEO Y QTIQUETADO LOCK OUT Y TAG OUT PETS-CE-MAN-02-81 MANTENIMIENTO DE SUB ESTACIONES DE DISTRIBUCION PETS-CE-MAN-02-82 REPARACION Y MANTENIMIENTO DE MOTORES ELECTRICOS PETS-CE-MAN-02-83 INSPECCION Y CAMBIO DE APEX DE NIDO DE CICLONES PETS-CE-MAN-02-84 LUBRICACION GENERAL DE EQUIPOS - PLANTA PETS-CE-MAN-02-85 TRABAJOS SOLDADURA PARTES EQUIPO PRO-CE-MAN-02-86_INSPECCION TERMOGRAFICA EN SUB ESTACIONES ELECTRICAS PRO-CE-MAN-02-87_ CAMBIO DE BOCINA DE LA EXCENTRICA CHANCADORA HP 300-400 PRO-CE-MAN-02-88_INSPECCION Y MONITOREO VIBRACIONAL A EQUIPOS EN INTERIOR MINA PRO-CE-MAN-02-89_CAMBIO DE BOCINAS Y CONTRA – EJE CHANCADORA HP 300 400 PRO-CE-MAN-02-92_CAMBIO DE POLEAS Y CORREAS DE TRANSMISION PETS-CE-MAN-02-93 CAMBIO DE RODAMIENTOS Y EJE PIÑON DE LOS MOLINOS PETS-CE-MAN-02-94 CAMBIO DE ACEITE DE LUBRICACION A LA CHANCADORA SYMONS PETS-CE-MAN-02-95 CAMBIO DE RODAMIENTO A LA EXCENTRICA DE ZARANDAS VIBRATORIOS PETS-CE-MAN-02-96 CAMBIO DE RASPADOR DE FAJA TRANSPORTADORA PETS-CE-MAN-02-97 CAMBIO DE SPOUD FEEDER Y SELLO DE MOLINOS PETS-CE-MAN-02-98 TRABAJOS DE SOLDADURA, AMOLADO Y OXICORTE EN EL TALLER PETS-CE-MAN-02-99 CAMBIO DE FORROS TOTAL A MOLINOS PETS-CE-MAN-02-100 CAMBIO DE CILINDRO A LAS BOMBAS HORIZONTALES PETS-CE-MAN-02-101 CAMBIO DE FORROS DE CAJA LADO BOMBAS ASH PETS-CE-MAN-02-102 CAMBIO DE UNIDADES DE AGITACION DE CELDAS OK- 50 PETS-CE-MAN-02-103 CAMBIO DE RODAJE, IMPULSOR, CAJA, MARCO PETS-CE-MAN-02-104 CAMBIO DE RODAJE Y RETENES A LAS BOMBAS VERTICALES PETS-CE-MAN-02-105 CAMBIO DE FAJA TRANSPORTADORA PETS-CE-MAN-02-106 COMPLETAR Y CAMBIAR LAS CORREAS DE TRANSMISIÓN A LAS BOMBAS DE LA PLANTA PETS-CE-MAN-02-107 CAMBIO TOTAL DE FORROS DE MOLINOS DE BOLAS PETS-CE-MAN-02-108 CAMBIO DE GRAPAS, GUARDILLAS Y RASPADORES EN LAS FAJAS TRANSPORTADORAS PETS-CE-MAN-02-109 REVISION LLENADO DE GRASA EN CHUMACERAS DE MOLINOS, REVISION CASQUILLO Y CONTROL TEMPERARURA DE CHUMACERAS DE MOLINOS PETS-CE-MAN-02-110 CAMBIO DE FORROS EN LA CHANCADORA QUIJADA SVEDALA JAW MASTER SANDVIK 65

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PETS-CE-MAN-02-111 CAMBIO DE UNIDADES DE AGITACION DE CELDAS PETS-CE-MAN-02-112 CAMBIO DE PARRILLA Y RODAMIENTOS AL GRIZZLY SANDVIK PETS-CE-MAN-02-113 CAMBIO DE FORROS A LA CHANCADORA HP-500 PETS-CE-MAN-02-114 TRABAJOS DE LUBRICACION EN PLANTA PETS-CE-MAN-02-115 CAMBIO DE UNIDADES DE AGITACION EN CELDAS DE FLOTACION RCS-15 y RCS-30 PETS-CE-MAN-02-116 CAMBIO DE IMPULSOR Y REDUCTOR EN LOS ACONDICIONADORES PETS-CE-MAN-02-118 CAMBIO DE PLACAS, LONAS EN LOS FILTROS EIMCO, CIDELCO PETS-CE-MAN-02-127 MANTENIMIENTO DE TABLEROS Y ARRANCADORES PETS-CE-PLA-02- 128 OPERACIÓN DE COMPRENSORA DE AIRE PETS-CE-PLA-02- 129 OPERACIÓN CON PRENSA HIDRAULICA PETS-CE-PLA-02-130 OPERACIÓN DE LA ENLLANTADORA PETS-CE-PLA-02-131 OPERACIÓN DEL ELEVADOR DE VEHICULOS PETS-CE-PLA-02-133 REPARACION Y MANTENIMIENTO DE FRENOS DE VEHICUOLOS LIVIANOS. PETS-CE-PLA-02-134 REVISION Y MANTENNIMIENTO DE SISTEMA ELECTRICO DE VEHICULOS PETS-CE-PLA-02-135 REVISION Y MANTENIMIENTO DE MOTOR DE VEHICULOS LIVIANOS PETS-CE-PLA-02-136 CAMBIO DE ACEITE PETS-CE-PLA-02-137 CAMBIO DE FILTRO DE AIRE PETS-CE-PLA-02-138 CAMBIO DE ZAPATAS PETS-CE-PLA-02-139 CAMBIO DE PASTILLAS DE FRENO PETS-CE-PLA-02-140 CAMBIO DE BATERIAS DE 12 VOLTIOS PETS-CE-PLA-02- 141 CAMBIO DE FILTRO DE AIRE

PROYECTOS PETS-CE-PROY-02 -01 EXCAVACION MANUAL DE ZANJAS PETS-CE-PROY-02-02_PERFORACION O DEMOLICION DE ROCAS Y ESTRUCTURAS DE CONCRETO PETS-CE-PROY-02-03_PREPARACION DE CONCRETO CON EQUIPO MEZCLADOR PETS-CE-PROY-02-04_ENCOFRADO Y DESENCOFRADO DE MADERA. PETS-CE-PROY-02-05_AMPLIACION Y ELEVACION DEL DIQUE DE OCROYOC PETS-CE-PROY-02-06_CARGUIO Y DESCARGUIO DE MATERIALES YO ESTRUCTURAS METALICAS PETS-CE-PROY-02-07_PINTADO DE INTERIORES Y EXTERIORES PETS-CE-PROY-02-08_PROCEDIMIENTO PARA CAPEO DE PROBETA DE CONCRETO PETS-CE-PROY-02-09_TRABAJO DE BATIMETRIA PETS-CE-PROY-02-10_MONTAJE, DESMONTAJE Y EMPALME DE BANDA TRANSPORTADORA PETS-CE-PROY-02-11_MONTAJE, DESMONTAJE DE EQUIPOS MATERIALES YO ESTRUCTURAS METALICAS PETS-CE-PROY-02-12_MONTAJE DE TABLEROS DE ARRANQUE E INSTALACION DE CABLES ELECTRICOS PETS-CE-PROY-02-13_COMPACTACION DE MATERIAL DE RELLENO PETS-CE-PROY-02-14_EXCAVACION DE TERRENO_EQUIPO PESADO PETS-CE-PROY-02-15_UBICACION Y RETIRO DE CABLES ELECTRICOS DE ALTO VOLTAJE PETS-CE-PROY-02-16_TRABAJO DE HABILITACION DE ACERO PETS-CE-PROY-02-17_VACIADO DE CONCRETO DE PLACAS Y COLUMNAS PETS-CE-PROY-02-18_SISTEMA DE SUB DRENAJE PETS-CE-PROY-02-19_HABILITACION DE PANELES PARA ENCOFRADO PETS-CE-PROY-02-20_SOLDADURA EXOTERMICA EN MALLAS DE PUESTA A TIERRA PETS-CE-PROY-02-21_COMPACTACION CON PLANCHA COMPACTADORA PETS-CE-PROY-02-22_ROTURA DE PROBETA DE CONCRETO PETS-CE-PROY-02-23_SOLDADURA DE TUBERIA DE PLIETILENO HDPE PETS-CE-PROY-02-24_ACARREO DE MATERIAL CON EQUIPO PETS-CE-PROY-02-25_ASENTADO DE BLOQUETAS O LADRILLOS PETS-CE-PROY-02-26_ENCHAPADO DE MAYOLICAS PETS-CE-PROY-02-27_INSTALACION Y TENDIDO DE TUBERIAS HDPE EN POZAS PETS-CE-PROY-02-28_PINTADO DE ESTRUCTURAS METALICAS PETS-CE-PROY-02-29_SOLDADURA DE GEOMENBRANA PETS-CE-PROY-02-30_REPARACION Y SOLDADURA DE TUBERIA HDPE CON SOPLETE A GASOLINA PETS-CE-PROY-02-31_TRANSPORTE DE MATERIALES EN CAMION PETS-CE-PROY-02-32_LEVANTAMIENTO TOPOGRAFICO EN SUPERFICIE Y PLANTA CONCENTRADORA PETS-CE-PROY-02-33_IZAJE DE EQUIPOS, MATERIALES Y ESTRUCTURA CON CAMION GRUA PETS-CE-PROY-02-34_IZAJE DE EQUIPOS, MATERIALES Y ESTRUCTURAS CON TECLE PETS-CE-PRO-02-35 INSTALACION DE CERCO PERIMETRICO CON MALLA- ALAMBRES PUA. PETS-CE-PRO-02-36 DEMOLICION DE MUROS CON HERRAMIENTAS MANUALES EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PROY-02-37 RETIRO DE ESTRCUTURAS CON HERRAMIENTAS MANUALES EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-38 DEMOLICION DE CONCRETO CON PICK HAMMER NEUMATICO EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-39 ELIMINACION DE DESMONTE CON QUIPOS EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-40 EXCAVACION Y NIVELACION DE TERRENO CON EQUIPO SORTING 66

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PETS-CE-PRO-02-41 DEMOLICION DE TERRENO ROCOSO CON PICK HAMMER NEUMATICO EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-42 NIVELACION Y PERFILADO DE TERRENO CON EQUIPO EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-43 COMPACTACION DE TERRENO CON PLANCHA COMPACTADORA EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-44 HABILITADO Y ARMADO DE ACERO EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-45 ENCOFRADO CON MADERA EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-46 VACEADO DE CONCRETO CON MIXER EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-47 VACEADO DE CONCRETO MANUAL EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-48 DESENCOFRADO DE MADERA EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-49 LIMPIEZA DE ZONA DE TRABAJO EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-50 ARMADO DE ANDAMIOS EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-51 DESMONTAJE DE CALAMINAS EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-52 DESMONTAJE DE ESTRUCTURAS CON CHANFER PETS-CE-PRO-02-53 TRASLADO DE MATERIALES Y HERRAMIENTAS CON CAMION EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-54 NIVELACION DE TUERCAS DE PERNOS DE ANCLAJE EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-55 TRASLADO DE ESTRUCTURAS CON CAMION GRUA EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-56 ARMADO DE ESTRUCTURAS A NIVEL DE TERRENO EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-57 MONTAJE DE ESTRUCTURAS METALICAS CON GRUA EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-58 MONTAJE DE COBERTURAS EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-59 TORQUE DE PERNOS DE CONEXIÓN EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-60 PINTADO DE ESTRUCTURAS EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-61 MONTAJE DE ESTRCUTURAS DE ACERO PARA CHUTE EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-62 INSTALACION DE PLANCHAS ANTI ABRASIVAS PARA CHTUTE EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-63 INSTALACION DE LINEA DE TUBERIA DE AIRE EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-64 PINTADO DE TUBERIAS EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-65 MONTAJE DE SOPORTES PESADOS EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-66 MONTAJE DE SOPORTES LIVIANOS EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-67 MONTAJE DE ENREJADOS DE FAJAS LIVIANOS EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-68 MONTAJE DE BASTIDORES(CELOSIAS) DE FAJAS EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-69 MONTAJE DE PLATAFORMA DE ACCESO EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-70 MONTAJE DE BARANDAS EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-71 MONTAJE DE SOPORTE DE POLEA MOTRIZ EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-72 MONTAJE DE SOORTE DE POLEA TENSORA EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-73 MONTAJE DE SOPORTE DE POLEA CONTRAPESA EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-74 MONTAJE DE SOPORTES DE POLINES EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-75 MONTAJE DE CUBIERTAS REBATIBLES DE FAJAS EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-76 MONTJE DE GUARDAS LATERALES DE FAJAS EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-77 MONTAJE DE POLIN DE CARGA EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-78 MONTAJE DE POLIN DE IMPACTO EN PROYECTOS SORTING PETS-CE-PRO-02-79 MONTAJE DE POLIN DE TRANSICION EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-80 MONTAJE DE POLIN DE CARGA AUTOALINEANTE EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-81 MONTAJE DE POLIN DE RETORNO E DISCO EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-82 MONTAJE DE POLIN DE RETORNO RECTO EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-83 MONTAJE DE RASPADORES PRIMARIO EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-84 MONTAJE DE RASPADORES SECUNDARIO EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-85 MONTAJE DE LIMPIADORES PRIMARIOS EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-86 MONTAJE DE LIMPIADORES SECUNDARIOS EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-87 MONTAJE DE TENSOR PESADO EN PROYECTOS SORTING PETS-CE-PRO-02-88 MONTAJE DE MOTOR ELECTRICO EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-89 MANTAJE DE BANDA DE FAJAS EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-90 MONTAJE DE BANDEJAS PORTA CABLES EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-91 MONTAJE DE TUBERIAS CONDUIT EN PROYECTO SORTING PETS-CE-PRO-02-92 INSTALACION DE TABLEROS ELECTRICOS EN PROYECTO CIRCUITO SORTING PETS-CE-PRO-02-93 INSTALACION DE MOTORES ELECTRICOS EN PROYECTO CIRCUITO SORTING PETS-CE-PRO-02-94 INSTALACION DE EQUIPOS ELECTRICOS EN ALTURA EN PROYECTO CISCUITO SORTING PETS-CE-PRO-02-95 INTERVENCION DE BANDEJA PORTA CABLE CON CONDUCTORES ELESTRICOS EN PARADA DE PLANTA EN PROYECTO CIRCUITO SORTING PETS-CE-PRO-02-96 MONTAJE DE EUIPO SORTING PETS-CE-PRO-02-97 RETIRO DE INTERFERENCIAS CON HERRAMIENTAS MANUALES PETS-CE-PRO-02-98 FABRICACION Y MONTAJE DE SOPORTERIA EN ALTURA EN PROYECTO CIRCUITO SORTING PETS-CE-PRO-02-99 TRASLADO DE TUBERIA DE AIRE EN PROYECTO CISCUITO SORTING

GEOLOGÍA PETS-CE-GEO-02-01_MUESTREO EN MINA SUBTERRANEA 67

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PETS-CE-GEO-02-02_MUESTREO EN CANCHAS Y PLACAS DEL TAJO ABIERTO PETS-CE-GEO-02-03_MUESTREO EN STOCK PILE OXIDOS PETS-CE-GEO-02-05_PREPARACIÓN DE MUESTRAS COMPOSITOS DE STOCK PILE PETS-CE-GEO-02-06_PESAJE DE CAMIONES DE STOCK PILES PETS-CE-GEO-02-07_MUESTREO DE CANCHAS Y PLACAS EN TAJO ABIERTO - RAUL ROJAS PETS-CE-GEO-02-08_TRASLADO DE MAQUINA DIAMANTINA EN SUPERFICIE PETS-CE-GEO-02-09_TRASLADO DE MAQUINA DIAMANTINA HACIA LA CAMARA DE PERFORACION DE MINA SUBTERRÁNEA PETS-CE-GEO-02-10_PERFORACION DIAMANTINA EN MINA SUBTERRANEA PETS-CE-GEO-02-11_PERFORACION DIAMANTINA EN SUPERFICIE PETS-CE-GEO-02-12_INSTALACION-DESINSTALACION DE MAQUINA DIAMANTINA PETS-CE-GEO-02-13_MUESTREO EN STOCK PILE DE OXIDOS PETS-CE-GEO-02-14_PERFORACION RC EN SUPERFICIE PETS-CE-GEO-02-15_TRANSPORTE DE PERSONAL CON EQUIPO LIVIANO PETS-CE-GEO-02-16_CONEO DE MATERIAL CON EXCAVADORA EN STOCK PILE PETS-CE-GEO-02-17_REDUCCIÓN DE TAMAÑO DE ROCAS MINERALIZADAS CON MARTILLO HIDRAULICO PETS-CE-GEO-02-18_DESCARGA DE VOLQUETES PETS-CE-GEO-02-19_TRANSPORTE DE MINERAL CON VOLQUETE PETS-CE-GEO-02-20_OPERACIÓN DE MOTONIVELADORA PETS-CE-GEO-02-21_ABASTECIMIENTO DE AGUA Y REGADO DE VÍAS CON CAMIÓN CISTERNA PETS-CE-GEO-02-22_ABASTECIMIENTO DE COMBUSTIBLE CON CAMIÓN CISTERNA PETS-CE-GEO-02-23_USO DE HERRAMIENTAS PETS-CE-GEO-02-24_CARGUIO DE VOLQUETES CON CARGADOR FRONTAL Y EXCAVADORA PETS-CE-GEO-02-25_ALIMENTACION DE MINERAL A TOLVA DE GRUESOS PETS-CE-GEO-02-26_ESTACIONAMIENTOS DE VEHICULOS PLANEAMIENTO E INGENIERIA PETS-CE-IPL-02-01_PRUEBAS DE ARRANQUE PULL TEST PETS-CE-IPL-02-02_MAPEO GEOMECANICO PARA DETERMINAR EL SISTEMA DE DISCONTINUIDADES PETS-CE-IPL-02-03_SISTEMA DE MONITOREO DE TALUDES TAJO ABIERTO-GEOMOS PETS-CE-IPL-02-04_MEDICION DE PUNTOS DE CONVERGENCIA LOGISTICA PETS-CE-LOG-02-02_RECEPCION, ALMACENAMIENTO Y DESPACHO DE EXPLOSIVOS PETS-CE-LOG-02-03_PESAJE DE VEHÍCULOS EN BALANZA PARAGSHA PETS-CE-LOG-02-04_DESCARGUIO ALMACENAMIENTO Y DESPACHO DE CIANURO DE SODIO PETS-CE-LOG-02-05_PESAJE DE VEHÍCULOS EN BALANZA SAN EXPEDITO PETS-CE-LOG-02-08_RECEPCION Y ALMACENAMIENTO DE PEROXIDO EN ISOTANQUE CON GRÚA MOVIL PETS-CE-LOG-02-09_RECEPCION Y ALMACENAMIENTO DE PEROXIDO Y CIANURO EN ISOTANQUE CON GRÚA MOVIL PETS-CE-LOG-02-10_RECEPCION Y ALMACENAMIENTO DE PEROXIDO EN ISOTANQUE CON GRÚA PUENTE PETS-CE-LOG-02-11_RECEPCION Y ALMACENAMIENTO DE PEROXIDO Y CIANURO EN ISOTANQUE CON GRÚA PUENTE PETS-CE-LOG-02-13_RECEPCION Y ALMACENAMIENTO DE COMBUSTIBLE (DIESEL B5). PETS-CE-LOG-02-14_RECEPCION Y ALMACENAMIENTO DE MADERA PETS-CE-LOG-02-15_RECEPCION Y ALMACENAMIENTO DE CIMBRAS. PETS-CE-LOG-02-16_RECEPCION Y ALMACENAMIENTO DE CAL EN BIG BAGS. PETS-CE-LOG-02-17_RECEPCION Y ALMACENAMIENTO DE LUBRICANTES PETS-CE-LOG-02-18_RECEPCION Y ALMACENAMIENTO DE GASES COMPRIMIDOS PETS-CE-LOG-02-19_RECEPCION Y ALMACENAMIENTO DE CIANURO EN CILINDROS PETS-CE-LOG-02-20_ RECEPCION Y ALMACENAMIENTO DE BOLAS Y BARRAS DE ACERO PETS-CE-LOG-02-21_RECEPCION Y ALMACENAMIENTO DE REACTIVOS SOLIDOS Y LIQUIDOS PETS-CE-LOG-02-24_ALMACENAMIENTO DE MATERIALES DIVERSOS. PETS-CE-LOG-02-25_DISPOSICIÓN DE ISOTANQUES (PEROXIDO Y CIANURO) PETS-CE-LOG-02-26_DESPACHO DE PEROXIDO Y CIANURO EN ISOTANQUES CON GRÚA MOVIL PETS-CE-LOG-02-27_DESPACHO DE PEROXIDO Y CIANURO EN ISOTANQUES CON GRUA PUENTE PETS-CE-LOG-02-28_DESPACHO DE EXPLOSIVOS EN POLVORIN HANANCOCHA PETS-CE-LOG-02-29_DESPACHO DE COMBUSTIBLE (DIESEL B5) PETS-CE-LOG-02-30_DESPACHO DE MADERAS PETS-CE-LOG-02-31_DESPACHO DE CIMBRAS PETS-CE-LOG-02-32_DESPACHO DE CAL EN BIG BAGS. PETS-CE-LOG-02-33_DESPACHO DE CONCENTRADO DE ZINC EN CAMION CON CONTENEDOR SELLADO EN PARAGSHA. PETS-CE-LOG-02-34_DESPACHO DE CONCENTRADO DE PLOMO EN CAMION CON CONTENEDOR SELLADO EN SAN EXPEDITO. 68

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PETS-CE-LOG-02-36_DESPACHO DE CIANURO EN CILINDROS PETS-CE-LOG-02-37_DESPACHO DE REACTIVOS SOLIDOS Y LIQUIDOS PETS-CE-LOG-02-39_DESPACHO DE MATERIALES DIVERSOS PETS-CE-LOG-02-40_DESPACHO DE BOLAS Y BARRAS DE ACERO PETS-CE-LOG-02-42_DESPACHO DE LUBRICANTES PETS-CE-LOG-02-43_DESPACHO DE GASES COMPRIMIDOS PETS-CE-LOG-02-44_CARGA DE ISOTANQUES VACIOS (PEROXIDO Y CIANURO) PETS-CE-LOG-02-45_CARGA DE CHATARRA PESADA. PETS-CE-LOG-02-46_CARGA DE CHATARRA LIVIANA. PETS-CE-LOG-02-47_CARGA DE MATERIALES OBSOLETOS Y EQUIPOS DADO DE BAJA PETS-CE-LOG-02-48_TRASLADO DE REACTIVOS SOLIDOS Y LIQUIDOS PETS-CE-LOG-02-49_TRASLADO DE BOLAS Y BARRAS DE ACERO PETS-CE-LOG-02-50_TRASLADO DE ACIDO SULFURICO A PLANTA OXIDOS. PETS-CE-LOG-02-51_TRASLADO DE CAL EN BIG BAGS. PETS-CE-LOG-02-52_TRASLADO DE PEROXIDO Y CIANURO EN ISOTANQUE A LA PLANTA OXIDOS PETS-CE-LOG-02-53_TRASLADO DE CAL A GRANEL A PLANTA OXIDOS PETS-CE-LOG-02-54_OPERACIÓN DE MONTACARGAS PETS-CE-LOG-02-55_OPERACION DE GRUA MOVILLINK BELT PETS-CE-LOG-02-26_OPERACION DE GRUA ARTICULADA SOBRE CAMION PETS-CE-LOG-02-57_TRABAJO CON EQUIPO OXICORTE. PETS-CE-LOG-02-58_LIMPIEZA DE DISTINTAS AREAS DE LOGISTICA LABORATORIO QUÍMICO PETS-CE-PLA-02-46 MUESTREO DE DESPACHOS PETS-CE-PLA-02-48 MUESTREO EN PLANTA CONCENTRADORA PETS-CE-PLA-02-49 PREPARACION DE MUESTRAS GEOQUIMICAS PETS-CE-PLA-02-50 PREPARACION DE MUESTRAS DE PLANTA CONCENTRADORA PETS-CE-PLA-02-51 ENSAYO QUIMICO PETS-CE-PLA-02-53 MANIPULACION DE ACIDOS PETS-CE-PLA-02-55 TRASLADO DE REACTIVOS QUIMICOS ASUNTOS AMBIENTALES PETS-CE-MA-02-01_ACOPIO DE BOLSAS DE XANTATO Y SULFATO DE COBRE PETS-CE-MA-02-02_FORESTACIÓN Y REFORESTACIÓN PETS-CE-MA-02-03_LIMPIEZA DE CALICHE DE LOS TANQUES Y CANALES PETS-CE-MA-02-04_MANTENIMIENTO DE BARRERAS - MALLAS Y RAFIAS EN POZAS DE RELAVERAS PETS-CE-MA-02-05_LIMPIEZA DE LODOS (CON BOTE Y BOMBA DE LODOS) EN POZAS DE SEDIMENTACIÓN PETS-CE-MA-02-06_COLOCACIÓN DE LLANTAS EN POZA CON CAMIÓN GRÚA PETS-CE-MA-02-07_TRASLADO Y RELLENADO DE MATERIAL SOBRE MURO DE LLANTAS PETS-CE-MA-02-08_ARRANQUE Y PARADA DE BOMBAS-SISTEMA DE BOMBEO – SUPERFICIE PETS-CE-MA-02-09_ARRANQUE DE LAS BOMBAS DE OCROYOC PETS-CE-MA-02-10_MANEJO DE AGUA DECANTADA DE LA PRESA OCROYOC PETS-CE-MA-02-11_ARRANQUE DE LAS BOMBAS RPH PETS-CE-MA-02-12_OPERACIÓN DE LAS BOMBAS DE RELAVES PETS-CE-MA-02-13_RIEGO DE VIAS CON CAMIÓN CISTERNA PETS-CE-MA-02-14_SUCCIÓN, TRASLADO Y DESECHO DE LIXIVIADOS CON CAMIÓN CISTERNA PETS-CE-MA-02-15_BOMBEO DE AGUAS ACIDAS CON CAMIÓN CISTERNA PETS-CE-MA-02-16_RECOJO, TRANSPORTE Y DESCARGA DE RESIDUOS SÓLIDOS DOMÉSTICOS CON CAMIÓN RECOLECTOR PETS-CE-MA-02-17_RECOJO, TRASPORTE Y DESCARGA DE RESIDUOS SÓLIDOS PELIGROSOS CON CAMIÓN RECOLECTOR PETS-CE-MA-02-18_RECOJO, TRANSPORTE Y DESCARGA DE MADERA CON CAMIÓN RECOLECTOR PETS-CE-MA-02-19_RECOJO, TRANSPORTE Y DESCARGA DE RESIDUOS SÓLIDOS METÁLICOS - CHATARRA LIVIANA CON CAMIÓN RECOLECTOR PETS-CE-MA-02-20_DISPOSICIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS DOMÉSTICOS EN LA TRINCHERA DE RESIDUOS SÓLIDOS PETS-CE-MA-02-21OPERACIÓN DE PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE BELLAVISTA PETS-CE-MA-02-22_OPERACIÓN DE BOMBAS RUMIALLANA PETS-CE-MA-02-23_GESTIÓN DEL ACEITE RESIDUAL PETS-CE-MA-02-25_RECOJO, TRANSPORTE Y DESCARGA DE RESIDUOS HOSPITALARIOS CON CAMIÓN RECOLECTOR PETS-CE-MA-02-26_LIMPIEZA DE CANALES DE AGUA RESIDUALES PETS-CE-MA-02-27_RECUBRIMIENTO DE RESIDUOS SÓLIDOS EN LA TRINCHERA PETS-CE-MA-02-28_ARRANQUE Y PARA DE BOMBA DE LODOS PETS-CE-MA-02-29_ABASTECIMIENTO DE CAL EN BIG BAG CON TECLE ELECTRICO 69

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PETS-CE-MA-02-30_LIMPIEZA DE FAJA TRANSPORTADORA PETS-CE-MA-02-31_OPERACIÓN DE BOMBAS DE AGUA ÁCIDA – QUIULACOCHA PETS-CE-MA-02-32_OPERACIÓN Y VERIFICACIÓN DE TANQUES – OCROYOC PETS-CE-MA-02-33_PREPARACIÓN Y DOSIFICACIÓN DE FLOCULANTE PETS-CE-MA-02-34_PREPARACIÓN Y DOSIFICACIÓN DE HIPOCLORITO DE CALCIO PETS-CE-MA-02-35_RECEPCIÓN DE AGUAS RESIDUALES, DESBASTE DE GRUESOS Y BOMBEO PETS-CE-MA-02-36_OPERACIÓN DE LA PLANTA DE NEUTRALIZACIÓN PETS-CE-MA-02-37_HOMOGENIZADOR, DE MEZCLA, REACTOR Y CLARIFICADOR PETS-CE-MA-02-38_OPERACIÓN DE MOLINO DE CAL PETS-CE-MA-02-39_BOMBEO DE AGUA ÁCIDA PULMÓN PETS-CE-MA-02-40_ABASTECIMIENTO DE CAL CON VOLQUETE HACIA LA TOLVA PETS-CE-MA-02-41_ABASTECIMIENTO DE CAL EN BIG BAG CON MONTACARGA HACIA LA TOLVA PETS-CE-MA-02-42_ALMACENAMIENTO DE CAL EN BIG BAG CON MONTACARGA EN EL STOCK PETS-CE-MA-02-43_ALMACENAMIENTO, TRASLADO Y DOSIFICACIÓN DE FLOCULANTE PETS-CE-MA-02-44_DOSIFICACIÓN DE PEROXIDO DE HIDROGENO PETS-CE-MA-02-45_OPERACIÓN DE BOMBAS DE LODOS PETS-CE-MA-02-46_BOMBEO DE AGUA ÁCIDA EL GOLF PETS-CE-MA-02-47_BOMBEO DE AGUA ÁCIDA GARACALZÓN PETS_CE-MA-02-48_LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO DE FAJA TRANSPORTADORA PETS-CE-MA-02-49_LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO DEL MOLINO DE CAL PETS-CE-MA-02-50_MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE SONDA DE Ph PETS-CE-MA-02-51_MEDICIÓN DE PIEZÓMETROS PETS-CE-MA-02-52_MEDICIÓN DE PÁRAMETROS FISICOQUIMICOAS EN EL AGUA PETS-CE-MA-02-53_MUESTREO DE AGUA DE PIEZÓMETROS PETS-CE-MA-02-54_MUESTREO HIDROBIOLÓGICO PETS-CE-MA-02-55_TOMA DE MUESTRAS DE AGUA PARA CONSUMO HUMANO PETS-CE-MA-02-56_TOMA DE MUESTRAS DE CUERPO RECEPTOR Y VERTIMIENTO PETS-CE-MA-02-57_DIGESTION DE METALES TOTALES Y DISUELTOS CON ACIDO NITRICO - ACIDO CLORHIDRICO PETS-CE-MA-02-58_DETERMINACIÓN DE SOLIDOS TOTALES EN SUSPENCIÓN SECADO A 103 - 105°C PETS-CE-MA-02-59_DETERMINACIÓN DE CIANURO PETS-CE-MA-02-60_MANIPUILEO Y TRANSPORTE DE LOS ACIDOS HNO3, H2SO4, HCL, DEL ALMACEN HACIA EL LABORATORIO PETS-CE-MA-02-61_IZAJE Y TRASLADO DE MATERIALES CON CAMION GRUA PETS-CE-MA-02-62_TRASLADO DE MATERIALES PELIGROSOS CON CAMIÓN GRÚA PETS-CE-MA-02-63_INSTALACIÓN DE BAÑOS PORTÁTILES PETS-CE-MA-02-64_LIMPIEZA DE BAÑOS PORTÁTILES EN SUPERFICIE PETS-CE-MA-02-65_RETIRO DE BAÑOS PORTÁTILES PETS-CE-MA-02-66_LIMPIEZA DE BAÑOS PORTÁTILES EN INTERIOR MINA PETS-CE-MA-02-67_BOMBEO DE AGUAS, PARA TRATAMIENTO CON AIREADORES, SISTEMA STAM Y FILTRADO DE LODO PETS-CE-MA-02-68_TRANSPORTE, PREPARACIÓN Y DOSIFICACIÓN DE HIPOCLORITO DE CALCIO PETS-CE-MA-02-69_LIMPIEZA DE TANQUES, PLANTA PTAR –D PETS-CE-MA-02-70_MANTENIMIENTO DE BOMBAS Y MOTORES PETS-CE-MA-02-71_CARGUÍO Y DESPACHO DE CONCENTRADOS DE PLOMO EN CAMIONES CON CARGADOR FRONTAL PETS-CE-MA-02-72_CARGUÍO Y DESPACHO DE CONCENTRADOS DE ZINC EN CARROS METALEROS CON CARGADOR FRONTAL PETS-CE-MA-02-73_DESCARGUIO DE BOLSAS DE CAL EN BIG BAG CON CAMIÓN GRÚA EN EL STOCK – OCROYOC PETS-CE-MA-02-74_PREPARACIÓN Y DOSIFICACIÓN DE SULFURO DE SODIO PETS-CE-MA-02-75_TRASLADO DE SULFURO DE SODIO PETS-CE-MA-02-76_TRATAMIENTO DE RELAVE DE ÓXIDOS (DETOX COMPLEMENTARIO) PETS-CE-MA-02-77_ LIMPIEZA DE SUELO CONTAMINADO PETS-CE-MA-02-78_ALMACENAMIENTO DE SULFURO DE SODIO PETS-CE-MA-02-79_LIMPIEZA DEL TANQUE SULFURADOR PETS-CE-MA-02-80_TRATAMIENTO DE AGUAS INDUSTRIALES RESIDUALES PETS-CE-MA-02-81_LIMPIEZA DE TUBERÍA DE LECHADA DE CAL PETS-CE-MA-02-82_TRATAMIENTO DE AGUA ÁCIDA PETS-CE-MA-02-83_TRASLADO DE SUSTANIAS QUÍMICAS (HIPOCLORITO DE CALCIO, SULFURO DE SODIO Y FLOCULANTE) PETS-CE-MA-02-84_ALMACENAMIENTO DE SUSTANCIAS QUÍMICAS (HIPOCLORITO DE CALCIO, SULFURO DE SODIO Y FLOCULANTE) PETS-CE-MA-02-85_ ALMACENAMIENTO Y DESPACHO DE LAS BOLSAS DE BIG BAG VACIOS PETS-CE-MA-02-86_LIMPIEZA DE TUBERÍA DE SUCCIÓN PETS-CE-MA-02-87_LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO DE TUBERÍA DE DESCARGA DE 1'' Y 2'' DE SULFURACIÓN EN ESPEJO DE AGUA PETS-CE-MA-02-88_BOMBEO DE AGUA ÁCIDA DE POZA PAMA PETS-CE-MA-02-89_PREPARACIÓN Y DOSIFICACIÓN DE SUSTANCIAS 70

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PETS-CE-MA-02-90_LIMPIEZA DE LODO CONTAMINADO PETS-CE-MA-02-91_TRASLADO, ALMACENAMIENTO Y DOSIFICACIÓN DE PERÓXSIDO DE HIDROGENO PETS-CE-MA-02-92_PREPARACIÓN DE LECHADA DE CAL PETS-CE-MA-02-95_DESCARGUÍO DE CAMIONES DE CAL EN BIG BAG CON CAMION GRUA EN EL STOCK PETS-CE-MA-02-96_ALAMCENAMIENTO, TRASLADO Y DOSIFICACIÓN DE SULFURO DE SODIO SEGURIDAD PATRIMONIAL PETS-CE-SP-02-01_CONTROL DE PERSONAL PETS-CE-SP-02-02_CONTROL DE VEHICULOS PETS-CE-SP-02-03_CONTROL DE MATERIALES PETS-CE-SP-02-04_VERIFICACION DE INSTALACIONES Y PROPIEDADES DE LA EMPRESA PETS-CE-SP-02-09_OPERADOR DEL CENTRO DE CONTROL PETS-CE-SP-02-10_ATENCION DE EMERGENCIAS PETS-CE-SP-02-11_MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA DE ARMAS PETS-CE-SP-02-12_USO DE VEHICULOS PETS-CE-SP-02-13_TRASLADO DE PERSONAL CON CAMIONETA GESTIÓN HUMANA PETS-CE-REH-02-01_PREPARACION DE ALIMENTOS PETS-CE-REH-02-02_LAVADO DE TABOLAS Y UTENCILIOS PETS-CE-REH-02-03_LIMPIEZA DE HABITACIONES PETS-CE-REH-02-04_LAVADO DE ROPA PETS-CE-REH-02-05_LIMPIEZA DEOFICINAS SEGURIDAD PETS-CE-SSO-02-01_MONITOREO DE ILUMINACION EN INTERIOR MINA Y SUPERFICIE PETS-CE-SSO-02-02_MONITOREO DE TEMPERATURA EN LABORES SUBTERRANEAS PETS-CE-SSO-02-03_MONITOREO DE GASES DE COMBUSTION PETS-CE-SSO-02-04_MONITOREO DE GASES CO, NOx, SO2 y O2 PETS-CE-SSO-02-05_MONITOREO DE POLVO EN INTERIOR MINA Y SUPERFICIE PETS-CE-SSO-02-06_MONITOREO DE RUIDO ES SUPERFICIE Y MINA PETS-CE-SSO-02-07_PROCEDIMIENTO EN CASO DE TORMENTAS ELECTRICAS POSTA MÉDICA PETS-CE-REH-02-01 TRASLADO DE PACIENTE EN AMBULANCIA PETS-CE-REH-02-02 TRASLADO DE PACIENTES DENTRO Y FUERA DE LA UNIDAD PETS-CE-REH-02-03 ELIMINACIÓN DE RESIDUOS BIOCONTAMINADOS PETS-CE-REH-02-04 ATENCIÓN MÉDICA DE PACIENTE ACCIDENTADO PETS-CE-REH-02-05 ADMINISTRACIÓN DE MEDICAMENTOS POR VÍA PARENTERAL PETS-CE-REH-02-06 EMERGENCIA POR ACCIDENTE FATAL PETS-CE-REH-02-07 PROCEDIMIENTO EN CASO DE MAL DE ALTURA

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CONSTANCIA

Conste por el presente documento que el Sr(a): ………………………………………………… Identificado con DNI N°……………………….., del Área de ……………………………………. trabajador de la EA Cerro SAC, ha recibido un ejemplar del Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional, y se compromete a cumplir con el contenido del texto por su seguridad y la de sus compañeros.

Además ha sido capacitado sobre el presente Reglamento.

Fecha:_______________

________________________ Firma de Trabajador DNI:___________

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