Reglamento General para Directivos Del PDMU

Reglamento General de Directivos del P DMU Reglamento General Para Directivos del Pentathlón Deportivo Militarizado Uni

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Reglamento General de Directivos del P DMU

Reglamento General Para Directivos del Pentathlón Deportivo Militarizado Universitario, A.C. Ángel Gutiérrez González, Jefe Nacional del Pentathlón Deportivo Militarizado Universitario, A.C. en uso de las facultades que me confiere el estatuto de la institución, he tenido a bien expedir el siguiente: Reglamento General Para Directivos del Pentathlón Deportivo Militarizado Universitario, A.C. CAPITULO I DE LAS BAS ES Y SUS DEFINICIONES Artículo 1.

De acuerdo con el art ículo 16 del código fundamental de la institución, el Jefe del Pentathlón conjuntament e con el Estado Mayor General constituyen la voz de mando suprema de la institución.

Artículo 2.

Los Directivos del P DMU, A C. Comandantes de zonas, de Batallón, de Sub Zonas, de cuerpos, Directores de internados, de Escuela de Reclutas, de Cadetes, de Clases, del Pentathlón Femenino, del Pentathlón Menor, Jefes y Oficiales, son aquellos miembros del activo que al momento de haber sido nombrados como tales por el Jefe Nacional del Pentathlón, éste o la persona que el designe les tomará la protesta ante la bandera Guión de la Institución con el siguiente compromiso: “Protesta c umplir y hacer cumplir el Estatuto, sus leyes, sus Reglamentos, Decretos, así como las disposiciones emanadas del Jefe Nacional y Estado Mayor General de la Institución y desempeñando el Cargo de_______________________ del Pentat hlón Deportivo Militarizado Unive rsitario A.C.; con todo celo y con la finalidad de servir fiel y lealmente al Pentathlón y con ello engrandecer y honrar a la patria”. Después de lo anterior el nuevo Directivo deberá cont estar: “Si Protesto”

Artículo 3.

Los directivos una vez nombrados para el cargo y con arreglo a responsabilidad asignada, podrán designar a su vez un cuadro de mando o plana mayor en forma similar al Estado mayor General. Debiéndoles tomar prot esta correspondiente al cargo, enunciada en el art ículo 2 de este reglamento en uso ex profeso, teniendo como testigo la presencia del mando nacional o su present ación oficial dada a un miembro del Estado Mayor General, y para el caso de una zona en la que no sea posible la asistencia del Mando Nacional o su representación, el propio comandante de zona asume la posición de testigo en ausencia. CAPITULO II DE LAS REUNI ONES DE DIRECTIVOS

Artículo 4.

El Jefe nacional y Estado Mayor General de la institución deberán tener reuniones de directivos una vez por semana en forma permanente, y las eventuales que en forma extraordinaria hubiera menester, esto para el caso del D.F. Para el caso de zona se tendrán tres reuniones anuales que serán las siguientes: 4.1.

En la conmemoración del Aniversario de la Fundación del Pentathlón

4.2.

En la c onvención Nacional de Dirigentes y Juegos Nacionales del Pentathlón.

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4.3.

Artículo 5.

En la Reunión de Comandantes del Pentathlón de fin de año además de las reuniones regionales o locales que se requieran.

Los objetivos de las reuniones serán: 5.1.

Oficializar disposiciones.

5.2.

Rendir y/o recibir informes.

5.3.

Elaborar las órdenes y disposiciones correspondientes.

5.4.

Solucionar problemas propios de cada Zona o corporación, que a juicio de su directivo, no tenga respuesta en forma interna.

5.5.

Elaborar en forma conjunta planes, proyectos y programas de la institución.

5.6.

E valuar avanc es de programas de trabajo conforme al calendarizado que obligadament e cada Directivo presentará año con año en la reunión de comandantes de fin de año (noviembre o diciembre), al Jefe Nacional de la Institución.

5.7.

Presentar y/o escuchar ponencias de cualquier índole relacionadas con el Pentathlón Deportivo Militarizado Universitario.

5.8.

Intercambiar ideas, experiencias e información entre los directivos que sean en provec ho y beneficio para la buena marcha de la Institución. Que sirva t ambién para fomentar las relaciones c omo grupo, estrechándolas y fortaleciéndolas.

5.9.

Y los propios para casos de convenciones de acuerdo a su propio reglamento. CAPITULO III DE LAS REUNI ONES

Artículo 6.

Las reuniones se llevarán a cabo en el lugar, el o los días y a la hora en que previamente se haya citado, debiéndose iniciar siempre y en todos los casos puntualmente.

Artículo 7.

La asistencia a las reuniones está dada en forma ineludible para los Directivos con categoría de máxima responsabilidad y para s u segundo o el que le siga en responsabilidad, como parte de las obligaciones contraídas c omo directivo. E n el caso de Zonas: Incluye a su Estado Mayor de Zona.

Artículo 8.

Los directivos podrán hacerse acompañar, si así lo desean, por miembros de su Estado Mayor de Zona o de su Plana May or que juzgue conveniente. A excepción hecha de algún invitado especial, nadie más podrá estar presente participando en estas reuniones de trabajo, regido por el Reglamento respectivo.

Artículo 9.

La suplencia ocasional de un jefe estará dada únicament e a su inmediato inferior, obedecerá a causa de fuerza mayor o por acciones de trabajo con gran importancia para la institución que requieran de su presencia, en ambos casos se deberá obtener la anuencia a juicio del Jefe Nacional y Estado Mayor General de la Institución.

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Artículo 10.

Las reuniones seguirán un orden previsto por el Jefe Nacional y Jefe del Estado Mayor General de la Institución o quien éstos designen para tal efecto, debiéndose mantener un ritmo de agilidad, de participaciones concretas y congruentes a la reunión de manera tal que en lo posible observen características de brevedad y regida por el Reglamento Respectivo.

Artículo 11.

El tratamiento en las reuniones será como todo lo inherente al Pentathlón, revestido de gran s eriedad y formalidad. No permitiéndose por ningún motivo o pretexto la alt eración de la disciplina. CAPITULO IV DE LOS DIRECTIVOS

Artículo 12.

Los directivos del P DMU, AC, serán personal selecto que llenen las características señaladas por el Código Fundamental de la Institución en la parte correspondiente a su artículo 8 y las propias de cada Reglamento en particular.

Artículo 13.

Los directivos del PDMU A C, cesarán en sus funciones en forma inmediata y automáticamente en los casos: 13.1.

En los enunciados en el Artículo 11 del Código Fundamental del Pentathlón Deportivo Militarizado Universitario.

13.1.1. En caso de cometer un delito de orden común. 13.1.2. En caso de Ineptitud. 13.1.3. Incumplimiento de sus funciones. 13.1.4. Abuso de Aut oridad. 13.1.5. Por llevar una vida indecorosa que deshonre a la Institución 13.1.6. En los términos especificados en el Reglamento respectivo. Y en los listados a continuación: 13.2.

En caso de insubordinación flagrante al Jefe Nacional y Estado Mayor General del Pent athlón Deportivo Militarizado Universitario.

13.3.

En caso de deshonra a nuestros símbolos patrios: (Al Escudo Nacional, a la Bandera Nacional o al Himno Nacional).

13.4.

En caso de deshonra a nuestros símbolos Institucionales (Bandera Guión, Código Fundamental, Pentálogo, Ideario Pentathlónico y Legislación Pentathlónica).

13.5.

En caso de falta temporal injustificada a sus deberes y obligaciones como directivo por cuatro semanas consecutivas.

13.6.

En caso de falta por tres ocasiones a reuniones de directivos, sin la anuencia corres pondiente, o por una falta en el caso de Comandantes de Zona para reunión Anual de Dirigentes.

13.7.

Por malversación de fondos económicos, muebles e inmuebles, bienes raíces o cualesquier cosa patrimonio de la institución.

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13.8.

En caso de aprovec hamiento de su investidura y jerarquía Institucional en provecho personal.

13.9.

Cuando no respetado s us canales aut orizados de gestión, inicie o lleve a cabo gestiones en niveles que no le correspondan.

13.10. En desacato y violación a los Art ículos 1, 2, 3, 7 y 20 del presente reglamento de directivos. En caso de fomentar incisión en la organización, el separatismo en las corporaciones, la división en filas, así c omo el deterioro de la imagen personal, en base a sus puestos, de cualesquiera de los integrantes del Pentathlón Deportivo Militarizado Universitario (Punto Número 4 del Pentálogo) Sin embargo en todos estos casos el Jefe Nacional del Pentathlón, está fac ultado para pedir renuncias a Directivos, consignándolo a la opinión del Estado Mayor General de la Institución y en un término perentorio emitir, por mayoría, documento con resolución final. En ese lapso podrá el Directivo ser escuchado. Artículo 14.

Al cesar un Jefe en sus funciones, el S ubjefe y los miembros del Estado Mayor de Zona o la plana mayor, cesarán automáticamente de sus puestos, y se procederá a una auscultación para nombrar nuevo Directivo bajo los lineamientos aquí establecidos. En caso de Zonas se aplicará el Reglamento correspondiente.

Artículo 15.

Los Directivos podrán solicitar permiso por una sola vez con carácter de temporal (nunca más de cinco meses) al Jefe Nacional y Estado May or General de la Institución y ser concedido si existe plena justificación. Tomando el puesto el Subjefe como encargado de la jefatura. Si pasado este tiempo no se reinc orpora a su cargo se procederá con forme al Artículo 14.

Artículo 16.

Son obligaciones de los directivos las especificadas en los manuales de cada zona o corporación, aprobados por el Estado Mayor General y en caso de no existir, es obligación del Directivo en turno someter propuestas de manual, de su ampliación, o modificación vía Sección Técnica del Estado Mayor General.

Artículo 17.

Previo a la toma de protesta correspondi ente, todo Directivo deberá acusar recibo de estar de acuerdo al present e Reglamento, firmándolo en todas sus hojas, de manera tal que en ningún moment o se pret exte desconocimiento.

Artículo 18.

Los directivos del Pentat hlón Deportivo Militarizado Universitario, A.C., hará conciencia de la gran respons abilidad que implica el mando y la enseñanza con sabiduría, ejemplo con la c onstancia. Transmitiendo el mando, cuando llegada sea la hora, con el honor y la satisfacción del deber cumplido.

Artículo 19.

Los directivos como todos los miembros del Pentathlón, tienen el libre derecho de manifestar sus inconformidades, sus dudas y recibir respuesta a ellas. Debiendo hacerlo vía el camino de la honorabilidad, respeto, por escrito y firmado.

Artículo 20.

Todo directivo tendrá como obligación permanente la de fomentar en el personal bajo su mando, la observación de la disciplina y lealtad que caracterizan a nuestra Institución, no permitiendo falta de respet o y menos aus piciarla a ningún superior jerárquico.

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ARTI CULOS TRANCITORIOS PRIMERO

El presente reglamento entrará en vigor a partir de la fecha de su publicación en la Orden de la semana del Pentathlón Deportivo Militarizado Universitario A.C.

SEGUNDO

Quedan derogadas todas las disposiciones y acuerdos que se contrapongan al presente Reglament o.

TERCERO

Queda estrictamente prohibida la modificación del presente reglamento si no es por medio del acuerdo respectivo emitid o por el Jefe Nacional y Estado Mayor General del Pentathlón Deportivo Militarizado Universitario, A.C.

CUARTO

Dado en el Cuartel General del Pentathlón Deportivo Militarizado Universitario, Asociación Civil, a los nueve días del mes de enero del año dos mil cinco.-El Jefe Nacional del P entathlón, Comandante General Ángel Gutiérrez González.-RubricaEl Jefe del Estado Mayor General, 1er. Comandante Raúl Hernández Padilla Rubrica.- El Jefe de la Sección Técnica del E.M.G., 1er. Comandante José Jaime Miranda Flores.-Rubrica- El Jefe de la Sección Militar del E.M.G., 3er. Oficial Edgardo Arrazola Fuentes.-Rubrica. - El Jefe de la Sección Deportiva del E.M.G., 2do. Oficial Fernando García Centeno -Rubrica- El Jefe de la Sección de Organización y Propaganda del E M G., 2do. Comandante Cristóbal Ríos Miguel.Rubrica.- El Jefe la Sección de Investigación y Estadística del E.M.G., 2do. Oficial Alfredo Rendón Rivera.-Rubrica.- La Jefa de la Sección de Detall o Archivo General del E.M.G., Tercer Oficial Karla Montiel Lucio.-Rubrica.- El Jefe de la Sección de Hacienda del E.M.G. 2do. Oficial Francisco Javier lkari Vázquez.- Rubrica- El Jefe de la Sección de Representación de Coordinaciones Regionales del E.M.G., 1er. Comandante Francisco Martínez Sánchez.-Rubrica.-

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