Reglamento de Practicas Preprofesional

INSTITUTO DE EDUCACION SUPERIOR TECNOLOGICO PRIVADO “TECNOTRONIC” REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL Computación e Info

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INSTITUTO DE EDUCACION SUPERIOR TECNOLOGICO PRIVADO “TECNOTRONIC”

REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL Computación e Informática Contabilidad Enfermería Técnica JULIACA – SAN ROMAN – PUNO

2012-I

CAPITULO I GENERALIDADES Articulo 1º.- El presente Reglamento de Practicas Pre-Profesionales establece las normas y procedimientos para regular las prácticas pre-profesionales de los estudiantes de las carreras de Computación e Informática, Contabilidad y Enfermería Técnica del INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PRIVADO “TECNOTRONIC”, de conformidad con lo dispuesto en las normatividades emanadas por el Ministerio de Educación y el Reglamento Interno Institucional. Artículo 2º.- Las disposiciones contenidas en el presente reglamento son de cumplimiento en las carreras profesionales de Computación e Informática, Contabilidad y Enfermería Técnica del INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PRIVADO “TECNOTRONIC” y por parte sus estamentos tutelares.

CAPITULO II DESCRIPCION, FINALIDAD Y OBJETIVOS DE LA PRÁCTICA PRE-PROFESIONAL Articulo 3º.- La practica pre-profesional es el ejercicio de las capacidades y actitudes adquiridas en la formación tecnológica de la carrera profesional a cargo del estudiante, realizadas en condiciones reales de trabajo en las instituciones publicas, privadas, empresas o en la institución, con el fin de afianzar conocimientos y destrezas de la formación profesional tecnológica, es de carácter formativo. Artículo 4º.- La práctica pre-profesional tiene como finalidad consolidar los aprendizajes logrados durante el proceso formativo desarrollado en el INSTITUTO DE EDUCACION SUPERIOR TECNOLOGICO PRIVADO “TECNOTRONIC”, y es un requisito indispensable para que el estudiante acceda a la certificación modular y la titulación como profesional técnico. Artículo 5º.- Son objetivos de la práctica pre-profesional: a) Posibilitar a los estudiantes, la obtención de experiencias reales en un centro de trabajo. b) Vincular a los estudiantes con las empresas e instituciones públicas o privadas, a través del contacto directo en los procesos de su propia carrera profesional. c) Promover en los estudiantes, el aprendizaje y transferencia de nuevas tecnologías. d) Fomentar en los estudiantes la realización personal y social, así como, vivenciar el que hacer propio de la carrera profesional.

Articulo 6º.-La practica pre-profesional tiene las siguientes características. a) Es Integral: porque comprende todo el ámbito de la formación profesional del estudiante permitiéndole desarrollar sus potencialidades bio-psicosocial. b) Es Sistemática: porque permite al estudiante adquirir experiencias sistemáticamente y esta organizada y se desarrolla en función a cada modulo técnico profesional. c) Es Realista: porque permite al estudiante desenvolverse en situaciones reales de trabajo en su centro de práctica, aplicando su formación, en empresas e instituciones de su propio entorno socio económico y permite que adopte decisiones frente a contingencias imprevistas. d) Es participativa, porque intervienen diversos actores sociales: directivos, docentes, administrativos, comunidad y el sector productivo y de servicios. e) Gradual, porque permite al estudiante adquirir experiencias, que sucesivamente, le permitan actuar con mayor autonomía. Articulo 7º.- Este reglamento se fundamenta en las siguientes Bases legales: La constitución política del Perú 1. Ley de educación Nº28044 2. Ley sobre modalidades Formativas Laborales Nº28518 y su reglamento aprobado mediante D.S. Nº007-2005-TR 3. D.S.Nº005-94-ED Reglamento general de institutos y Escuelas de Educación Superior no universitaria 4. D.S. Nº 014-2002-ED, Reglamento de Creación, Revalidación y funcionamiento de instituciones de educación superior no universitaria de formación tecnológica y su modificatoria D.S. Nº 023-2006-ED 5. D.S. Nº 009-20055-ED Reglamento de gestión del Sistema Educativo 6. R.S. Nº 01-2007-ED aprueba el proyecto educativo institucional al 2001, “la educación que queremos para el Perú” 7. R.D. Nº046-2008-ED Aprueba la Directiva Nº 029-2008 DIGESUTP/DESTP “Normas para la aplicación del nuevo diseño curricular básico de educación superior tecnológica en los institutos de educación superior tecnológicos autorizados” 8. R.D. Nº0417-2009-ED aprueba la directiva Nº 0225-2009 DIGESUTP/DESTP “normas para la aplicación del nuevo diseño curricular básico de educación superior tecnológica en los institutos de educación superior tecnológicos autorizados” 9. R.D. Nº0234-2010-ED aprueba las “orientaciones y normas nacionales para el desarrollo de las actividades educativas en el año 2010 en los institutos y escuelas de educación superior que desarrollan carreras tecnológicas. 10. R.D. No- 0401-2010 aprueba “ Lineamientos Generales para el desarrollo de la Practica Pre-Profesional con el nuevo Diseño Curricular Basico”

CAPITULO III DURACION Y AMBITOS DE LA PRÁCTICA PREPROFESIONAL Articulo 8º.- En el diseño curricular basado en competencias, con estructura modular, la formación esta organizada en módulos, siendo el numero de horas de cada modulo técnico profesional el referente para determinar la amplitud (duración) de la practica pre-profesional a realizar. Articulo 9º.- el desarrollo de la practica pre profesional de los estudiantes del I.E.S.T. TECNOTRONIC, tiene una duración como mínimo equivalente al 35% del total de horas de la formación recibida en cada modulo técnico profesional. Articulo 10º.- además, el estudiante para realizar su practica pre profesional con eficiencia, recibe formación proporcionada por los módulos transversales denominados relaciones con el entorno de trabajo, formación y orientación, permitiendo desarrollar eficientemente la practica pre profesional. Articulo 11º.- Para que el estudiante acceda a éste espacio de labor en la empresa, el I.E.S.T. TECNOTRONIC, puede suscribir los convenios que considere necesarios. Articulo 12º.-La realización de la práctica pre-profesional puede tener lugar en los siguientes ámbitos: a) En la empresa o institución del sector privado ó público, donde se planifican, organizan ejecutan y evalúan, de manera objetiva y económica, los procesos de producción de bienes o servicios. b) En el I.E.S.T.P. “TECNOTRONIC”, siempre que cuente con las instalaciones de desarrolle proyectos productivos, acorde con las practicas del módulo. c) Autogestionaria, es aquella que realizan los estudiantes en talleres o laboratorios, en los que participen de manera independiente o asociados, para la producción de bienes o servicios. Este tipo de organización requiere ser de conocimiento previo, autorizada y supervisada por el Comité de Prácticas Pre-Profesionales de las carreras de Computación e Informática, Contabilidad y Enfermería Técnica del I.E.S.T.P. “TECNOTRONIC”.

CAPITULO IV CONVALIDACIÓN DE LA PRÁCTICA PRE-PROFESIONAL Articulo 13º.-De conformidad con al cuarta disposición Complementaria de Decreto Supremo Nº 028-2007-ED, Los estudiantes que participen en el desarrollo de las actividades Productivas y Empresariales de las Instituciones de Educación Superior, podrán convalidar las horas de dichas actividades Productivas con la práctica pre-profesional. La participación de los estudiantes en esta actividades productivas y empresariales, requiere la necesaria

aprobación previa, por parte de la Institución I.E.S.T.P.”TECNOTRONIC”, del respectivo proyecto productivo. Articulo 14º.-Los estudiantes que laboran en puestos de trabajo de empresas o instituciones, cuyas funciones y características coincidan con los contenidos de uno o más módulos técnico profesionales de la carrera, podrán convalidar toda o parte de la práctica pre-profesional, que corresponda a un módulo técnico profesional, para lo cual, el estudiante presentará la documentación pertinente ante el comité de Prácticas Pre-Profesionales de las carreras de Computación e Informática, Contabilidad y Enfermería Y Técnica de la Institución I.E.S.T.P.”TECNOTRONIC”.

CAPITULO V ORGANIZACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA PRÁCTICA PREPROFESIONAL Articulo 15º.- El Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado, a través dela Dirección General, Jefe de Unidad Académica y Jefe de Área Académico, organizara el Comité de Prácticas Pre-Profesionales y un registro que permita facilitar el record de prácticas de cada estudiante. Articulo 16º.- El Comité estará integrado por el Jefe de Unidad Académica y Jefe de Área Académico de las carrera profesional de Computación e informática, Contabilidad y Enfermería Técnica, quien lo presidirá. Articulo 17º.- El comité elaborará el Reglamento Interno de la práctica preprofesional, el cual será aprobado por el director del I.E.S.T.P”TECNOTRONIC”. Asimismo, elaborará todos los instrumentos necesarios para gestionar, supervisar, monitorear, evaluar e informar sobre la práctica pre-profesional. Articulo 18º.- Las carreras profesionales de Computación e Informática, Contabilidad y Enfermería Técnica bajo la coordinación del Jefe de Unidad Académica y Jefe de Área Académica o quien haga sus veces es responsable de garantizar el desarrollo de la práctica pre-profesional de los estudiantes. Articulo 19º.- Las prácticas pre-profesionales se realizan durante o después del desarrollo de cada módulo técnico profesional de la carrera. Articulo 20º.- Las prácticas pre-profesionales están asociados al perfil técnico profesional. Tiene carácter Terminal, Está integrado por un bloque completo, autónomo y coherente, por tanto no es secuencia ni pre requisito para la realización de prácticas pre-profesionales en otros módulos. Articulo 21º.- Las prácticas pre-profesionales de cada módulo se efectuarán considerando los siguientes momentos:

a) Momento de la presentación u observación; esta orientada al momento inicial de contacto gradual con la actividad laboral por parte del estudiante en compañía del docente designado como responsable de las prácticas pre-profesionales de las carreras de Computación e Informática, Contabilidad y Enfermería Técnica del I.E.S.T.P.”TECNOTRONIC”. b) Momento de la práctica intensiva; está orientada al afianzamiento de habilidades y destrezas mediante la realización de actividades productivas y proyectos de producción, presentación de servicios, proyectos de innovación académica y productivo. c) Momento de sistematización; esta orientado a las actividades de análisis, socialización y reflexión sobre logros, dificultades y alternativas de solución en cuanto al desarrollo y ejecución de la práctica pre-profesional. Los que servirán de insumo para la formulación del informe de la práctica pre.profesional.

CAPITULO VI RESPONSABILIDADES DE LA PRÁCTICA PRE-PROFESIONAL Articulo 22º.- Son responsabilidades del Comité de Práctica Pre-Profesional: a) Elaborar el plan de prácticas de las carreras profesionales de Computación e Informática, Contabilidad y Enfermería Técnica. b) Elaborar los convenios para el desarrollo de las prácticas preprofesionales. c) Designar a un docente responsable para la ejecución, supervisión y monitoreo de la práctica pre-profesional. d) Aprobar el plan de Prácticas elaborado por el docente responsable del seguimiento y monitoreo de la práctica pre-profesional. e) Informar a los estudiantes y egresados, a través de los medios correspondientes, sobre las prácticas en las empresas o instituciones, las características del sector productivo al que se incorporará y las funciones en el ámbito laboral. f) Registrar la realización de las prácticas de estudiantes y egresados, indicando las características y modalidades de prácticas pre-profesionales. Articulo 23º.- De los docentes responsables de la realización de las prácticas pre-profesionales. a) Coordinar periódicamente, con el Comité de Practicas Pre-Profesionales de las Carreras profesionales de Computación e Informática y con los representantes de las empresas o instituciones públicas o privadas. b) Elaborar el plan de prácticas y presentarlo a la comisión Coordinadora de prácticas pre-profesionales para su aprobación. c) Orientar y apoyar a los estudiantes durante la realización de la práctica preprofesional. d) Realizar el monitoreo de la práctica pre-profesional.

e) Presentar el informe a las instancias correspondientes al culminar la práctica pre-profesional. Articulo 24º.- De la empresa o Institución a)

b) c) d) e) f)

Firmar los convenios para el desarrollo de las prácticas pre-profesionales. Coordinar con el I.E.S.T.P.”TECNOTRONIC” para la organización de la práctica pre-profesional, apoyar el desarrollo y el monitoreo correspondiente. Designar a un responsable para coordinar la ejecución de las prácticas preprofesionales. Aceptar el plan de práctica, conjuntamente con el responsable del I.E.S.T.P.”TECNOTRONIC”. Recoger y registrar evidencias de las competencias mostradas por el practicante. Emitir informe valorativo de cada practicante, al finalizar el periodo de práctica pre-profesional Otorgarle la respectiva constancia de prácticas pre-profesionales del módulo correspondiente al estudiante expresado en horas.

Articulo 25º.- De los estudiantes a) Cumplir con el desarrollo del plan de práctica pre-profesional aprobado. b) Actuar en forma responsable y respetuosa en el entorno del trabajo e integrarse en el sistema de relaciones socio-laborales de la empresa. c) Cumplir con las normas higiénico-sanitarias, de seguridad y medio ambientales en la empresa. d) Contribuir al rendimiento productivo de la empresa, organización o Institución. e) Elaborar y presentar el informe de práctica pre-profesional realizadas sobre los logros, dificultades y alternativas de solución. f) Cumplir con las normas administrativas de la empresa, organización o institución. g) Participar en los talleres de sistematización.

CAPITULO VII SUPERVISIÓN Y EVALUACIÓN DE LA PRÁCTICA PREPROFESIONAL Articulo 26º.- La Supervisión y monitoreo de la práctica pre-profesional, que desarrolle cada estudiante, estará a cargo de un docente de la carrera profesional de Computación e Informática, Contabilidad o Enfermería Técnica, quien elaborará el plan de ejecución, supervisión y monitoreo, presupuesto correspondiente y el informe final de la ejecución. Los costos serán asumidos por la institución de acuerdo al reglamento institucional aprobado.

Articulo 27º.- Los docentes encargados de la supervisión y monitoreo de la práctica pre-profesional, efectuaran visitas programadas a las empresas o instituciones, en las cuales los estudiantes realizan su práctica; recabaran la información necesaria sobre el estudiante a su cargo. Articulo 28º.- La evaluación de la práctica pre-profesional, debe permitir la comprobación de las capacidades adquiridas. Será cualitativa y es realizada por la persona a cargo de la supervisión y control de la empresa, institución o proyecto productivo del I.E.S.T.P.”TECNOTRONIC”. En el caso de la práctica pre-profesional autogestionaria, donde los estudiantes actúan en ambientes propios o asociados, será autorizada y monitoreada por los responsables de la respectiva carrera profesional. Articulo 29º.- La evaluación cualitativa, se sustenta en los logros obtenidos para consolidar capacidades y actitudes adquiridas en el proceso formativo, para lo cual se tienen en cuenta los siguientes aspectos: a) b) c) d) e) f)

Organización y ejecución del trabajo Capacidad Técnica y empresarial Cumplimiento en el trabajo Calidad en la ejecución Trabajo en equipo Iniciativa

Articulo 30º.- La ponderación de los logros obtenidos será cualitativa y realizada por la persona a cargo de la supervisión en la empresa y/o proyecto de producción, utilizando la siguiente escala: A

Muy Buena

B

Buena

C

Aceptable

D

Deficiente

Articulo 31º.- Los estudiantes que obtengan la ponderación D, “deficiente”, deben volver a realizar la práctica pre-profesional

CAPITULO VII ELABORACIÓN DEL INFORME DE LA PRÁCTICA PREPROFESIONAL Articulo 32º.- Los aspectos que deben contener el profesionales son los siguientes: a) Procedimientos y técnicas

informe de prácticas

b) Objetividad y veracidad c) Aporte personal en el proceso productivo d) Eficiencia y entrega en la labor asignada Articulo 33º.- El informe de prácticas pre-profesionales es el resultado de la sistematización de experiencias y aprendizajes logrados y de los contenidos en la aplicación de los instrumentos de evaluación correspondiente. Articulo 34º.contener: a) b) c) d)

La estructura del informe de la práctica pre-profesional debe

Presentación Aspectos Generales de la empresa, organización o institución Actividades realizadas Anexos

Articulo 35º.- El docente designado como coordinador de las prácticas preprofesionales de las carreras profesionales de Computación e Informática, Contabilidad y Enfermería Técnica será responsable de impartir información y orientaciones especificas sobre el desarrollo de las prácticas en forma permanente, así como la forma de elaborar el informe. Articulo 36º.- Esta terminantemente prohibido el cobro de estipendios o efectuar pagos por conceptos de asesoramiento de practicas pre-profesionales, bajo responsabilidad administrativa de acuerdo al reglamento institucional del I.E.S.T.P.”TECNOTRONIC”. Articulo 37º.- El estudiante tendrá un plazo máximo de 12 meses para cumplir la práctica pre-profesional después de haber aprobado el módulo técnico profesional, su observación o incumplimiento estará sujeto a responsabilidad por deficiencia o incumplimiento de funciones del docente encargado de las prácticas pre-profesionales de la carrera de Computación e Informática, Contabilidad o Enfermería Técnica. Articulo 38º.- La interrupción de la práctica pre-profesional será por motivos de salud o impedimento físico, hecho que deberá comunicarse por escrito inmediatamente a la dirección del instituto, adjuntando la documentación para la justificación en un plazo máximo de 05 días hábiles.

CAPITULO IX MODULOS TECNICO PROFESIONALES PARA LA PRÁCTICA PRE-PROFESIONAL Artículo 39º.- Los módulos técnico profesionales para la realización de las prácticas pre-profesionales de acuerdo al itinerario formativo de la carrera profesional de Computación e Informática, Contabilidad o Enfermería son los siguientes:

Computación E Informática MODULO I: Gestión de soporte técnico, seguridad y tecnologías de la información y comunicación. MODULO II: Desarrollo de software y gestión de base de datos MODULO III: Gestión de aplicaciones para internet y producción multimedia Contabilidad MODULO I: Procesos contables MODULO II: Contabilidad pública y privada MODULO III: Análisis financiero Enfermería Técnica MODULO I: Atención primaria en salud. MODULO II: Servicios técnico de enfermería asistencial. MODULO III: Servicios técnicos de enfermería especializada.

CAPITULO X MODULOS TECNICO PROFESIONALES PARA LA PRÁCTICA PREPROFESIONAL

Articulo 40º.- La ejecución de la práctica pre-profesional es requisito indispensable para la certificación y titulación. Para tal efecto, el instituto a través de los comités consultivos y coordinador responsable de la práctica preprofesional de la carrera establecerá mecanismos de vinculación con las empresas u otras instituciones públicas o privadas para su ejecución. La omisión al respecto derivará en las responsabilidades administrativas correspondientes. Articulo 41º.- Los aspectos no contemplados en el presente reglamento serán resueltos por el órgano dela dirección y el comité de prácticas preprofesionales del Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado “TECNOTRONIC”.

Juliaca, Enero del 2011.

ANEXOS

MINISTERIO DE EDUCACION INSTITUTO DE EDUCACION SUPERIOR TECNOLOGICO PRIVADO “TECNOTRONIC”

CARRERAS PROFESIONALES: COMPUTACION E INFORMATICA - CONTABILIDAD - ENFERMERIA TECNICA MODULO PROFESIONAL Nro. 01: Operatividad y soporte de los sistemas informáticos I.

DATOS GENERALES 1.1 Practicante :……..…………………………………………….…… 1.2 Carrera Profesional :……………………………………………..……..…... 1.3 Periodo de Evaluación :………………………………………………….……… 1.4 Razón social de la empresa o institución: Dirección:……………………Telf.:………………….Email:…………………….. 1.5 Calificador de la Empresa o Institución:…………………………………….……… 1.6 Lugar de Practica: ( ) Oficina ( ) Taller ( ) Laboratorio ( ) Almacén ( ) Otros Especificación:…………………………………………………………………… … 1.7 Horario de Practicas: De ………… A …………Horas Diarias:………………… 1.8 Tareas asignadas durante la práctica en Terminos generales: A. B. C. D.

II.

……………………………………………………………… …………………………………………………………….. ……………………………………………………………… ……………………………………………………………… ……………………………………………………………… ……………………………………………………………… ……………………………………………………………… ………………………………………………………………

INSTRUCCIONES PARA LA EVALUACION: Para el llenado de la presente hoja de evaluación, utilizar bolígrafo de tinta color negro. 2.1 El evaluador según su criterio, debe colocar su puntaje en cada uno de los veinte criterios para la evaluación.

2.2 La ponderación cualitativa del nivel de competencias laborales logrados por el practicante será calificado por la persona a cargo de la evaluación en la empresa, Institución y/o proyecto de producción, utilizando la siguiente escala. Literal Semántica Numérico A Muy Buena 19 - 20 B Buena 16 - 18 C Aceptable 13 - 15 D Deficiente 01 - 12 2.3 la presente hoja de evaluación será remitida al Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado “TECNOTRONIC” con el practicante en su defecto por el docente designado del monitoreo de las practicas. III.

CRITERIOS PARA LA EVALUACION:

A. ORGANIZACIÓN Y EJECUSION DEL TRABAJO 1.

Evaluación Cualitativa (A,B,C,D)

Referencia Cuantitativo (01 – 20)

Demuestra seguridad, habilidad y capacidad en el trabajo 2. Programa acciones convenientemente en su trabajo 3. Dosifica el tiempo de manera optima, para la realización de las tareas encomendadas 4. Calidad, presentación y cuidado en tareas culminadas 5. Utiliza adecuadamente los equipos, maquinarias y herramientas B. CAPACIDAD TECNICO EMPRESARIAL 6. Identifica la visión y misión de la empresa/Institución 7. Plantea sugerencias para mejorar el orden, limpieza y seguridad de los recursos informáticos. 8. Demuestra emprendimiento y liderazgo 9. Toma decisiones acertadas y oportunas 10. Habilidad y creatividad para concebir, organizar y dirigir proyectos de producción o prestación de servicios C. TRABAJO EN EQUIPO Y CUMPLIMIENTO 11. Coopera con la conservación y mantenimiento de equipos 12. Asistencia y puntualidad 13. Disciplina, orden y cumplimiento en la realización de tarea encomendadas 14. Denota interés e iniciativa por aprender cosas nuevas 15. Tiene capacidad de integración, colaboración con los miembros del equipo D. INICIATIVA Y CALIDAD EN LA EJECUSION DE TAREAS Y ACTIVIDADES 16. Se comunica con fluidez y propiedad 17. Participa activamente en las actividades extra

laborales (deportivos y/o culturales) de la empresa – institución. 18. Tiene manifestaciones de cortesía y buen trato (empatía) 19. Realiza tareas en beneficio de sus compañeros por lograr los objetivos de la empresa 20. Ejecuta acciones de adiestramiento espontaneo a sus compañeros de trabajo, cuando lo requiero el caso. IMPORTANTE: la suma total de los valores cuantitativos, divididos entre veinte (20) definirá el logro de la unidad de competencia del modulo correspondiente, la misma que debe ser registrado en la presente hoja de evaluación en forma semántica, literal y su equivalente numérico.

PONDERACION CUALIFICADA DE LA PARCTICA PRE-PROFESIONAL MODULAR: SEMANTICA

LITERAL

NUMERICO

Lugar y Fecha:……………………………………………………………….

………………………………………………………………………………………… .Firma o Sello del Representante de la Empresa o Institución