Reglamento de Practicas Pre Profesionales

CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1°.- FINALIDAD conservar, acrecentar y transmitir la cultura universitaria e

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CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1°.- FINALIDAD conservar, acrecentar y transmitir la cultura universitaria en carrera profesional de derecho y ciencias políticas, siendo parte de la resolución N° 0966-2008-R-UNH, APROBADO y reglamento del programa SECIGRA – DERECHO (Servicio Civil de Graduados), Facultad de Derecho y Ciencias políticas de la Universidad Nacional de Huancavelica; que la misma esta contemplado las practicas pre profesionales. Articulo 2°.- REGLAMENTAR el sistema de procedimientos para la obtención de la resolución de prácticas Pre – Profesionales, siendo un requisito para la obtención del grado de bachiller de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la escuela académica profesional de Derecho y Ciencias Políticas – UNH. Articulo 3°.- ALCANCE la presente directiva tiene su alcance para los estudiantes de los planes de estudio 2007 – 2012 y 2013 – 2018. Artículo 4°.- LAS BASES LEGALES Constitución política del estado Ley universitaria 23733 Ley sobre modalidades formativas laborales ley N° 28518 Estatuto de la universidad nacional de Huancavelica. Resolución N° 278 – R- UNH, resolución de acreditación de la escuela académica profesional de Derecho y Ciencias Políticas.  Resolución N° 0966-2008-R-UNH, APROBAR el reglamento del programa SECIGRA – DERECHO (Servicio Civil de Graduados), Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Nacional de Huancavelica.  Resolución N° 964-2008-R-UNH, de la oficina de Servicio Civil de Graduados SECIGRA – DERECHO (servicio civil de graduados), Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Nacional de Huancavelica.     

CAPITULO II DE LOS PROCEDIMIENTOS DE PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES Articulo 5°.- LOS ALUMNOS de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas que cursen el VI ciclo deberán realizar pasantías en calidad de prácticas preliminares por un periodo de 03 a 06 meses. Articulo 6°.- LOS ESTUDIANTES que se hallan matriculado en el VIII ciclo de la carrera profesional de Derecho y Ciencias Políticas están habilitados para la realización de sus prácticas pre profesionales.

Articulo 7°.- LA PARTICIPACIÓN del estudiante en el programa SECIGRA lo inhabilita a realizar prácticas Pre – Profesionales, salvo que renuncien a tal programa expresamente. Articulo 8°.- EL TIEMPO DE DURACIÓN de las practicas pre – profesionales es de un mínimo de un año calendario, cuando sea intercalado tendrá que cumplir 4 meses adicionales de prácticas tanto en entes públicos, privados, organismos no gubernamentales, consultorios jurídicos o bufetes de abogados encabezados por un abogado colegiado y que realice su función en el distrito Judicial de Huancavelica. Articulo 9°.- LAS DEPENDENCIAS ESPECÍFICAS en las que se desarrollara sus prácticas son las siguientes:  Donde se tramiten y conozcan casos jurisdiccionales  Donde se tramiten casos administrativos sancionatorios  Donde se tramiten procedimientos que tengan que ver con proyectos socios jurídicos Artículo 10°.- EN CONCORDANCIA con el reglamento de SECIGRA el estudiante de prácticas pre - profesionales presentara su requerimiento a la jefatura del área en coordinación con la jefatura de la oficina del programa SECIGRA. Articulo 11°.- LA ENTIDAD que acepta, de la realización de prácticas pre – profesionales designara a un tutor para la correcta realización de sus practicas y su ejecución debe ser en materia jurídica. El jefe de la entidad aceptante emitirá la calificación que le corresponde al estudiante, conforme al modelo que emite la jefatura del área y para tal efecto la dirección de la escuela remitirá en sobre cerrado los ítems de la calificación la misma que será enteramente confidencial. Articulo 12°.- EL ESTUDIANTE que realice practicas pre – profesionales, presentara un informe parcial de las labores que realice en las practicas pre – profesionales, este informe estará sujeto al modelo que informa parte de los ANEXOS, del presente reglamento. Articulo 13°.- AL TERMINO de la realización de sus practicas pre – profesionales es estudiante, en un periodo de tres meses presentara su informe final, en numero TRES ejemplares debidamente empastado y con el visto bueno de la entidad donde realizo sus practicas pre – profesionales, según el modelo que forma parte de los anexos: uno a Decanatura, uno a dirección de la escuela académico profesional de derecho y ciencias políticas y otra para el archivo institucional, con anexo digital de un CD. Artículo 14°.- LOS ESTUDIANTES que trabajen en instituciones estatales o no estatales, como la que se detalla en el presente reglamento (articulo…) podrán presentar su informe preliminar y final adjuntando la documentación pertinente tales como: documento formal de vínculo laboral en original por el tiempo de dos años calendarios consecutivos.

CAPITULO III PROCEDIMIENTO DEL OTORGAMIENTO DE LA RESOLUCION DE PRÁCTICAS PRE – PROFESIONALES DE LA FACULTAD. Artículo 15°.- AL CONCLUIR las practicas Pre- Profesionales, al estudiante de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la UNH, estará en condiciones de: a) Desempeñarse en la profesión que ha elegido, con eficiencia, seguridad y solvencia moral en las diversas realidades. b) Tener contacto con la realidad y establecer una comparación. La que brindara una capacidad de observancia critica, cuyo sustento se vera reflejado en las opiniones y soluciones que proponga, como aporte mediante una aplicación de los conocimientos científicos y humanísticos que la facultad imparte dentro de la su información profesional. c) Consolidar aptitudes que permitan realizar una evaluación permanente de la acción profesional en el marco de la critica y autocritica reflexiva. d) Continuar con el proceso de aprendizaje en el trascurso del desarrollo de su vida profesional. Articulo 16°.- LA CARPETA del practicante, constara de los siguientes documentos: a) Folder de color negro b) Documento de presentación de la escuela académico profesional de derecho a favor del estudiante que solicitara sus practicas pre – profesionales en la entidad correspondiente. c) Informe del jefe de prácticas de la aprobación del informe final presentado por el estudiante. d) Record académico e) Tasa por derecho de trámite y certificación o resolución de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la UNH. f) Constancia de no adeudar libros y otros recursos académicos a la Facultad y a la Universidad. g) Constancia de no adeudar dinero a la Facultad y la Universidad. Articulo 17°.- ANEXOS 1. a) b) c) d) e)

ESTRUCTURA DEL INFORME PARCIAL Titulo de la practica Marco teórico Actividad realizada Cronograma Bibliografía

2. ESTRUCTURA DEL INFORME FINAL  PRESENTACION

a. Objeto del informe b. Periodo de practicas c. Institución donde se realizo las practicas  ASPECTOS GENERALES DE LA ENTIDAD a. Razón social b. Actividad que realizara c. Aspectos técnicos jurídicos d. Organización de la practica 3. ACTIVIDAD QUE REALIZA Enumerar y especificar el tiempo utilizado en la realización de cada uno de las actividades jurídicas durante el periodo de prácticas. 4. DESCRPICION DE LAS ACTIVIDADES REALIZADAS Detallar cada una de las actividades realizadas, teniendo en cuenta los siguientes puntos: a) Objetivo b) Justificación c) Presentación d) Actividades jurídicas desarrolladas durante su práctica de la parte sustantiva y adjetiva e) Resultados alcanzados en su practicas de carácter jurídico f) Análisis del procedimiento jurídico de la practica realizada en la entidad en el aspecto procesal g) Conclusiones y recomendaciones h) Bibliografía 5. LA PORTADA DEL INFORME FINAL DEBERA CONSIDERAR LOS SIGUIENTES DATOS: 5.1 Escudo de la universidad en la parte superior izquierda 5.2 universidad nacional de Huancavelica ( en la parte superior central) 5.3 escudo actual de la facultad de derecho y ciencias políticas en la parte superior derecha. 5.4 Nombre de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas ( en la parte superior central) 5.5 Nombre de la escuela académico profesional de derecho y ciencias políticas. 5.6 Titulo del informe ( en la parte central entre comillas) 5.7 Autor (parte derecha inferior) 5.8 Informe de prácticas pre- profesionales realizado en (centro de practicas) 5.9 Fecha de inicio y fecha de termino mes, año (parte central) 5.10 La presentación de, informe tendrá en cuenta los siguientes aspectos: a) Papel bond 80 gramos, formato A – 4 b) Espacio interlineal 1.5 c) Margen izquierdo 4cm, margen derecho 3cm, margen superior e inferior 3cm d) Numeración de la pagina en la parte superior derecha e) Tipo letra Times New Roman (12c.p) f) Empastado de color negro

DISPOSICION FINAL UNICA.- EL REGLAMENTO tiene alcance para los estudiantes que cursan la estructura curricular 2007 – 2012 y 2013 – 2018 en forma excepcional.

-----------------------------------Abog. Carmen Breña Saravia Jefa de prácticas pre profesionales