REGLAMENTO INTERNO CONDOMINIO COSTA REÑACA Código: I‐46000 Fecha : Julio 2015 Revisión: 10‐2016 Página
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TABLA DE CONTENIDOS 1.‐ Objetivo, alcance y responsabilidades. 2.‐ Sala Multiuso. 3.‐ Quinchos. 4.‐ Shaft de Basura. 5.‐ Tenencia Responsable de Mascotas. 6.‐ Gimnasio. 7.‐ Estacionamientos. 8.‐ Trabajos en Departamentos. 9.‐ Mudanzas. 10.‐ Piscinas. 11.‐ Pago de Gastos Comunes. 12.‐ Otras Regulaciones Importantes. 13.‐ Información Adicional Importante para la Comunidad. 1.‐ OBJETIVO, ALCANCE Y RESPONSABILIDADES Estimados Copropietarios y/o Residentes: a. Las disposiciones del presente Reglamento Interno Condominio Costa Reñaca, serán de carácter obligatorio para todos los Copropietarios, residentes a cualquier título de las Unidades del Condominio y sus visitas, todo ello sin perjuicio de las regulaciones y modificaciones que en el futuro pudiera acordar el Comité de Administración, conforme las atribuciones contenidas en la Ley Nº 19.537 Artículo 21. b. Se debe entender que todas las normas o procedimientos expresados en este reglamento, tienen como principal objetivo resguardar los intereses de la Comunidad, para facilitar la buena convivencia, promover el cuidado y conservación de los espacios y bienes comunes, seguridad, salubridad y todos aquellos aspectos que se consideren principios esenciales para lograr la armonía, sana convivencia y mejorar la calidad de vida de todo los residentes. c. El presente reglamento interno será considerado como anexo y parte integral del Reglamento de Copropiedad y mantendrá su vigencia mientras no sea modificado por la Asamblea Ordinaria de Copropietarios. d. El copropietario no residente, independiente del título por el cual haya cedido el uso y/o goce de su unidad, es solidariamente responsable de cualquier cargo pecuniario que se disponga en el presente Reglamento Provisorio Interno, sea por vía de multas o reposición de daños, las que tendrán el carácter de Gasto Común, para todos los efectos legales. e. Anualmente el Comité de Administración revisará este Reglamento Interno para posibles modificaciones o enmiendas.
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2.‐ SALA MULTIUSO a. La sala Multiuso de la Comunidad, su mobiliario y equipamiento serán de uso exclusivo de los residentes permanentes del edificio, CON SUS GASTOS COMUNES AL DÍA, no cediéndose bajo ningún concepto a personas y/o instituciones de cualquier tipo, ajenas al condominio. b. Solo está autorizado el desarrollo de reuniones y eventos festivos de tipo familiar, quedando excluidas todas aquellas actividades de índole comercial o de organizaciones sociales de cualquier tipo. c. Se prohíbe estrictamente el arriendo de las instalaciones por parte de menores de edad. d. Todo evento que se realice en la sala multiuso, debe velar por la permanente mantención de las buenas costumbres, respeto por los bienes / áreas comunes de la comunidad, y la integridad de las personas. El nivel de sonido no deben ser excesivos, por lo que no se debe provocar molestias al resto de la comunidad, recordando que hay propietarios viviendo abajo este espacio común. e. El uso y goce exclusivo de esta sala no contempla el uso de la piscina u otros espacios comunes. En caso de requerir adicionalmente un quincho, se deberá realizar la reserva respectiva con anterioridad. Todo espacio común es independiente y el uso y goce de esta sala común no contempla el uso de otro. f. El residente permanente deberá proporcionar una lista de los asistentes a su evento al conserje de turno para que este pueda controlar el acceso de los visitantes. g. Las visitas que asistan al evento deberán identificarse en Conserjería mediante la presentación de su cédula de identidad al momento de ingresar al Condominio. Siguiendo el protocolo de ingreso de visitas descrito a continuación en “Procedimiento de ingreso visitas para eventos en espacios comunes” h. La permanencia de los visitantes en lugares externos a la Sala de eventos es de exclusiva responsabilidad del residente que la ocupa. i. Bajo ningún punto de vista será responsabilidad del personal del edificio controlar las acciones que efectúen los asistentes al evento; sean estos adultos o menores. j. El personal de turno será el responsable de entregar y recibir la Sala únicamente de manos del residente que la reservó y del cumplimento de las normas establecidas. k. Ante cualquier incidente que lo justifique, el conserje de turno está facultado para llamar a la fuerza pública, administración y comité correspondiente. Lo anterior deberá figurar como constancia escrita en el respectivo Libro de Novedades del Condominio. l. El residente permanente que solicite la sala y desista de usarla, deberá dar aviso con 24 horas de anticipación a Mayordomo/Administración para permitir que otros residentes puedan disponer de ella. m. La cantidad de invitados no podrá exceder la capacidad real de la Sala (50 personas). En todo momento se deberá mantener bajo control la emisión de ruidos molestos. n. La Sala se entregará totalmente limpia y aseada (incluyendo sanitarios), debiendo devolverse en las mismas condiciones que le fuera entregada. o. En ningún caso un mismo residente podrá hacer uso de la Sala por más de un día continuo. De esta forma, se garantiza que todos los demás residentes puedan disponer de ella. Lo anterior considera como única excepción, el hecho que el recinto no esté solicitado por algún otro copropietario y/o residente. p. La reserva del espacio común debe ser realizada con al menos 3 días de anticipación a la fecha de uso. q. El pago completo del valor de reserva por el uso del espacio común corresponde a la única forma de asegurar la reserva de fecha y hora. Este pago debe ser realizado directamente al Mayordomo quien emitirá el comprobante correspondiente. r. El Copropietario y/o residente permanente se hará responsable por los incidentes y daños que pudiesen provocarse, debiendo pagar tanto las multas correspondientes por las faltas al reglamento cometidas como el 100% del costo y mano de obra de la reparación de daños vía gastos comunes del mes más cercano a la fecha de uso de la Sala.
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El costo por la reserva, el uso y goce exclusivo de la sala asciende a $ 20.000.‐ dejando además un Cheque en garantía cruzado, nominativo y fecha al día de $250.000.‐ el que se cobrará inmediatamente en caso de daños ocurridos. El costo diferencial respecto a la reparación se le cargará en los gastos comunes del mes siguiente. Este cheque le será devuelto inmediatamente al momento de entregar la sala previa revisión del inmueble por el Mayordomo. t. El horario queda establecido en 2 turnos, a saber: • Domingos a Jueves, desde las 12:30 a 17:30 y de 18:30 a 23:00 horas • Viernes, Sábado y vísperas de festivos: turno 1 : de 12:00 a 19:00 horas Turno 2 : de 20:00 a 02:00 horas. u. El incumplimiento de cualquiera de estas normas, además de lo que se expresa de manera específica, será sancionada con una multa inicial de 2UF + Escala de Multas. (Ver escala de multas en Contenido 12: OTRAS REGULACIONES IMPORTANTES). Procedimiento reserva sala multiuso: 1. Se debe reservar la sala con un mínimo de tres días de anticipación, completando una solicitud previamente diseñada y pagando anticipadamente el total del costo por uso y goce exclusivo de esta. 2. Antes de usar la sala, dar aviso en conserjería y firmar la reserva y toma de conocimiento del Reglamento y Multa por incumplimiento presentando la cédula de identidad. El conserje debe ir a la sala multiuso a entregar el espacio y verificar el estado de esta. 3. Al ingresar a la sala el copropietario debe revisar que la sala esté ordenada, limpia y sin daños, en caso contrario, registrar en libro de reclamos una nota en referencia al problema. Al término de su uso, entregar las llaves en conserjería, la cual será revisada en el turno que corresponda. 4. La suspensión del uso de esta debe realizarse al menos con 24 horas de antelación para la devolución del dinero pagado por uso y goce, de lo contrario el dinero no será reembolsado. 5. El incumplimiento de cualquiera de estas normas, además de lo que se expresa de manera específica, será sancionada con una multa inicial de 2UF + Escala de Multas. (Ver escala de multas en Contenido 12: OTRAS REGULACIONES IMPORTANTES). Procedimiento ingreso de visitas a evento en sala multiuso: 1. Posterior a realizar por completo el protocolo para arriendo del espacio común, se debe hacer entrega a portería de la lista de invitados al evento. 2. Al momento de llegar los invitados a portería, el conserje de turno verificará el nombre del invitado mediante la entrega de su cédula de identidad (esta no será retenida) para posteriormente anotar y dejar constancia del nombre, rut, placa patente y número de personas en el vehículo (según corresponda). 3. Se entregará al conductor un cartel con un número de visita el cual corresponde al único número de estacionamiento que deberá ser usado para estacionar el vehículo. 4. El cartel debe estar siempre visible debiendo ser colocado por el interior del parabrisas sobre el tablero. 5. En el caso excepcional de no estar disponible dicho estacionamiento, se deberá comunicar con caseta s.
central mediante el uso de los paneles de comunicación en las puertas de acceso (marcando 100 + ). 6. El conserje de turno será el encargado de asignar un nuevo estacionamiento y colocar posteriormente el cartel correspondiente por fuera del parabrisas. 7. El cartel debe ser entregado en caseta central al momento de retirar el auto de los estacionamientos.
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8. El incumplimiento de cualquiera de estas normas, además de lo que se expresa de manera específica, será sancionada con una multa inicial de 2UF + Escala de Multas. (Ver escala de multas en Contenido 12: OTRAS REGULACIONES IMPORTANTES). 3.‐ QUINCHOS a. Se dispone que los Quinchos serán de uso y goce exclusivo de los residentes permanentes de la comunidad, CON SUS GASTOS COMUNES AL DÍA, no cediéndose bajo ningún concepto a personas y/o instituciones de cualquier tipo ajenas al condominio. b. El uso y goce exclusivo de este recinto no contempla el uso de la piscina u otros espacios comunes distintos a lo solicitado. c. La asignación de uso del quincho deberá ser solicitada, con un mínimo de 3 días de anticipación. La única excepción al caso será contactar directamente al Mayordomo cancelando inmediatamente la cuota respectiva, siempre y cuando el espacio no se encuentre reservado d. Se respetará estrictamente el orden de solicitud recepcionada en conserjería (Registrada en el libro de uso de espacios comunes). El pago completo del valor de reserva por el uso del espacio común corresponde a la única forma de asegurar la reserva de fecha y hora. Este pago debe ser realizado directamente al Mayordomo quien emitirá el comprobante correspondiente e. El quincho no podrá ser utilizado para otro fin que no sea el de su uso, destino y buenas costumbres. f. Todo residente tiene la obligación de velar por el correcto uso de los Quinchos, evitando comportamientos inadecuados, tanto de su parte como de sus invitados, que puedan significar alteración del orden, molestias a los vecinos o daños a los bienes de la comunidad. g. Tanto antes, como después del uso del Quincho, el propietario o residente que lo reservó, procederá a informar al Conserje de Turno sobre el estado del quincho y del área completa al ser recibido y al momento de su entrega para dejar constancia del estado para las eventuales responsabilidades por daños. h. Se prohíbe estrictamente el arriendo de las instalaciones por parte de menores de edad i. Se prohíbe estrictamente cualquier conducta indecorosa, que altere el orden, aseo y tranquilidad del edificio o que signifique riesgo para el mobiliario del Quincho, como de la infraestructura de él y del resto del edificio. j. El Copropietario y/o residente permanente se hará responsable por los daños que pudiesen provocarse, el responsable deberá cancelar el 100% del costo y mano de obra de la reparación vía gastos comunes del mes más cercano a la fecha del uso del Quincho. k. El costo por la reserva, el uso y goce exclusivo asciende a $ 7.000. los cuales deben ser cancelados directamente al Mayordomo. l. El horario queda establecido en 2 turnos, a saber: o Domingos a Jueves, desde las 12:30 a 17:30 y de 18:30 a 23:00 horas. o Viernes, Sábados y vísperas de festivos: Turno 1: 12:00 a 19:00 horas Turno 2 : 20:00 a 02:00 horas. m. El incumplimiento de cualquiera de estas normas, además de lo que se expresa de manera específica, será sancionada con una multa inicial de 2UF + Escala de Multas. (Ver escala de multas en Contenido 12: OTRAS REGULACIONES IMPORTANTES).
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Procedimiento: Los Quinchos deberán ser reservados exclusivamente por el propietario o arrendatario permanente del respectivo departamento, mayores de edad, con un mínimo de tres días de anticipación, presentando su carnet de identidad, completando la solicitud y pagando anticipadamente el valor estipulado anteriormente. El conserje debe ir al quincho a entregar el espacio y verificar que este ordenado y sin daños a simple vista. El copropietario debe revisar que el entorno esté ordenado, limpio y sin daños, en caso contrario, registrar en libro de reclamos una nota en referencia al problema. Al término de su uso, avisar en conserjería, para ser recibido conforme en el turno que corresponda. Procedimiento reserva Quincho: 1. Se debe reservar el quincho con un mínimo de tres días de anticipación, completando una solicitud previamente diseñada y pagando anticipadamente el total del costo por uso y goce exclusivo de este. 2. Antes de usar el quincho, dar aviso en conserjería, firmar la reserva y toma de conocimiento del Reglamento y Multa por incumplimiento presentando la cédula de identidad. El conserje debe ir al quincho a entregar el espacio y verificar el estado de este. que este ordenado y sin daños a simple vista. 3. Al ingresar al quincho el copropietario debe revisar que el área esté ordenada, limpia y sin daños, en caso contrario, registrar en libro de reclamos una nota en referencia al problema. Al término de su uso, entregar las llaves en conserjería, la cual será revisada en el turno que corresponda. 4. La suspensión del uso de este debe realizarse al menos con 24 horas de antelación para la devolución del dinero pagado por uso y goce, de lo contrario el dinero no será reembolsado. 5. El incumplimiento de cualquiera de estas normas, además de lo que se expresa de manera específica, será sancionada con una multa inicial de 2UF + Escala de Multas. (Ver escala de multas en Contenido 12: OTRAS REGULACIONES IMPORTANTES). Procedimiento ingreso de visitas a evento en Quinchos: 1. Posterior a realizar por completo el protocolo para arriendo del espacio común, se debe hacer entrega a portería de la lista de invitados al evento. 2. Al momento de llegar los invitados a portería, el conserje de turno verificará el nombre del invitado mediante la entrega de su cédula de identidad (esta no será retenida) para posteriormente anotar y dejar constancia del nombre, rut, placa patente y número de personas en el vehículo (según corresponda). 3. Se entregará al conductor un cartel con un número de visita el cual corresponde al único número de estacionamiento que deberá ser usado para estacionar el vehiculo. 4. El cartel debe estar siempre visible debiendo ser colocado por el interior del parabrisas sobre el tablero. 5. En el caso excepcional de no estar disponible dicho estacionamiento, se deberá comunicar con caseta central mediante el uso de los paneles de comunicación en las puertas de acceso (marcando 100 + ). 6. El conserje de turno será el encargado de asignar un nuevo estacionamiento y colocar posteriormente el cartel correspondiente por fuera del parabrisas. 7. El cartel debe ser entregado en caseta central al momento de retirar el auto de los estacionamientos. 8. Todo vehículo sin el cartel correspondiente ubicado en estacionamientos de visita será sancionado con la multa correspondiente, la cual será cursada al propietario visitado. 9. El incumplimiento de cualquiera de estas normas, además de lo que se expresa de manera específica, será sancionada con una multa inicial de 2UF + Escala de Multas. (Ver escala de multas en Contenido 12: OTRAS REGULACIONES IMPORTANTES)
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4.‐ SHAFT DE BASURA a. Los Copropietarios o residentes deberán tener especial cuidado en mantener limpios los shaft o nichos de la basura, así como mantener siempre cerrados los espacios de los mismos. b. Se prohíbe botar líquidos, botellas, vidrios, cartones, maderas u otros sólidos similares a través de la tolva del shaft de basura. Estos desperdicios deben dejarse ordenadamente en la Repisa Ecológica. Los desperdicios orgánicos deberán colocarse en bolsas plásticas resistentes, bien atadas y de un tamaño adecuado. c. Los desperdicios de las mascotas de los residentes deberán ser desechadas en los contenedores de basura situados en el estacionamiento de superficie en bolsas dobles o triples para evitar derrames del contenido y emanación de olores. d. No podrá ingresar al interior de la tolva nada que deba ser presionado para pasar por el espacio disponible, ya que esto puede ocasionar que el objeto se atasque en algún punto del ducto. e. Queda estrictamente prohibido arrojar basura desde las 22:00hrs hasta las 07:00hrs. f. El incumplimiento de cualquiera de estas normas, será sancionada con una multa inicial de 2UF, el cuál además dependerá de su reiteración. (Ver escala de multas en Contenido 12: OTRAS REGULACIONES IMPORTANTES). 5.‐ TENENCIA RESPONSABLE DE MASCOTAS a. Se permite la tenencia de mascotas, pero se prohíbe sacarlas a las áreas comunes del edificio destinadas al juego de niños vale decir, piscinas y zona de juegos. b. Solo podrá haber animales domésticos en las unidades (departamentos), siempre y cuando se acaten estrictamente las normas que señale la autoridad sanitaria, el Reglamento de Copropiedad y el presente Reglamento. c. Solo se permitirá la tenencia de animales domésticos que no esté prohibida por la ley vigente. Su tamaño, raza y costumbres deben ser acordes con la VIDA AL INTERIOR DEL CONDOMINIO Y DE UN DEPARTAMENTO, no pudiendo atentar contra la higiene, salubridad, seguridad y tranquilidad de los demás residentes. d. Todos los residentes deben abstenerse de alimentar animales en los bienes y espacios comunes, ya que estos se acostumbran a frecuentar el sector, pudiendo causar daños de diversa índole. e. Es deber del dueño de la mascota cumplir con las necesidades de alimentación, cuidado médico veterinario e higiene. El residente se deberá hacer cargo de las deposiciones y orinas de sus animales en los jardines del edificio interior y exterior y además, debe tener cuidado cuando hace uso de los ascensores, pasillos, hall de entrada, estacionamientos y otras áreas comunes, en fijarse que las mascotas no ensucie las cabinas y el suelo de estos. f. En el interior del Condominio (espacios comunes, pasillos, ascensores, estacionamientos, etc.), las mascotas deberán ser trasladadas siempre con correa. En ningún caso la mascota podrá andar suelta al interior del condominio. g. No se permite la permanencia continua de las mascotas en las terrazas o logias, debiendo pasar la noche al interior de la unidad. Se notificará a los dueños de las mascotas que ocasionen molestias reiteradas durante el día o la noche, por malos olores, ruidos molestos y otros. En caso que éstas continuaran, se notificará a las autoridades pertinentes. h. Los dueños de mascotas deberán eliminar los desechos de éstas en bolsas dobles o triples que serán depositadas directamente en los contenedores de basura situados en el estacionamiento de superficie de la comunidad. i. El residente responsable del departamento en donde habita la mascota es el único responsable de los daños que su mascota pudiera ocasionar en los espacios comunes o particulares.
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j.
El incumplimiento de cualquiera de estas normas, será sancionada con una multa inicial de 2UF, el cuál además dependerá de su reiteración. (Ver escala de multas en Contenido 12: OTRAS REGULACIONES IMPORTANTES).
6.‐ GIMNASIO a. Será utilizado de manera exclusiva por los copropietarios y/o arrendatarios permanentes, CON SUS GASTOS COMUNES AL DÍA. b. Se permite el ingreso para fines propios y sólo en tenida deportiva, especialmente zapatillas y acompañado con una toalla de mano. c. Se prohíbe terminantemente ingerir alimentos o cualquier tipo de bebidas alcohólicas, fumar, consumo de drogas y cualquier otro acto que atente a las buenas costumbres al interior de la sala. d. Se prohíbe el uso del gimnasio a niños menores de catorce años. Los niños que quieran hacer uso del gimnasio deberán estar acompañados de un adulto responsable en todo momento. e. Se prohíbe el ingreso de mascotas. f. El horario de funcionamiento del gimnasio será de lunes a domingo de 06:00 a 23:00 horas. g. Este recinto deberá permanecer cerrado debiendo solicitar su apertura con el conserje de turno, quien procederá a realizar tal solicitud. h. Si existe más de un residente usando el gimnasio se define un límite de 20 minutos de uso por cada máquina. i. El conserje en turno será el encargado de abrirlo y cerrarlo en los horarios descritos, junto con la individualización del residente, el conserje registrará la hora de ingreso y salida del recinto. j. El propietario deberá identificarse a portería al momento del ingreso y retiro del gimnasio, quedando registrado en el libro correspondiente. k. El propietario y/o residente permanente deberá velar por el cumplimiento de las normas descritas, aseo y buen uso de las instalaciones comunes, debiendo avisar a conserjería en caso de haber personas que no estén cumpliendo con las normas. l. El Copropietario y/o residente permanente se hará responsable por los daños que pudiesen provocarse, el responsable deberá cancelar el 100% del costo y mano de obra de la reparación vía gastos comunes del mes más cercano a la fecha de uso del gimnasio m. En caso de que al retirarse del gimnasio el propietario sea la última persona, este deberá apagar las luces a modo de evitar gastos y consumos innecesarios. n. La música debe estar a un volumen adecuado sin ser escuchada fuera de las dependencias comprendidas como gimnasio, con la puerta cerrada y siempre y cuando esta no moleste ni incomode al resto de residentes utilizando las instalaciones. o. Recordemos que bajo las instalaciones hay más residentes viviendo, por lo cual cualquier golpe o ruido sin precaución puede ser interpretado como ruidos molestos ateniéndose a la respectiva multa. p. El cuidado de las instalaciones comunes es responsabilidad de todos, ya que ante daños y necesidad de reparación o reposición de las maquinarias, esto será cobrado a toda la comunidad como gasto común. Es por esta razón que se ruega no dañar las máquinas, no soltar mancuernas ni pesos desde altura, no dejar sucias las sillas o bancos (limpiándolas después de su uso), no mover las máquinas ni bancos desde su lugar establecido y cuidar los pisos de goma. q. El incumplimiento de cualquiera de estas normas, será sancionada con una multa inicial de 2UF, el cuál además dependerá de su reiteración. (Ver escala de multas en Contenido 12: OTRAS REGULACIONES IMPORTANTES).
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7.‐ ESTACIONAMIENTOS a. Este acceso al edificio solo debe ser utilizado solo para tránsito vehicular, está prohibido el tránsito de peatones. b. No lavar vehículos en los estacionamientos. c. Queda estrictamente prohibido que los niños jueguen en zona de estacionamientos. d. Los vehículos estacionados deberán posicionarse de manera tal que no molesten a los demás estacionamientos, corredores o pasillos y espacios comunes. e. La velocidad máxima permitida para circular por los pasillos, calles del condominio y estacionamientos será de 10 Km./Hr. f. Queda prohibido el uso de bocina para solicitar a Conserjería la apertura del acceso a los estacionamientos, por lo que sus usuarios deberán registrarse y esperar la apertura desde la Portería. g. No se podrán almacenar objetos de ninguna índole, ni podrán efectuarse trabajos de ningún tipo. h. Cada propietario deberá hacer uso de su único estacionamiento particular en toda circunstancia. i. El incumplimiento de cualquiera de estas normas, será sancionada con una multa inicial de 2UF, el cuál además dependerá de su reiteración. (Ver escala de multas en Contenido 12: OTRAS REGULACIONES IMPORTANTES) Estacionamientos de Visita: a. No se podrá hacer uso de los estacionamientos de visita para otros fines distintos por el cual fueron creados, tales como almacenamiento de distintos objetos, la realización de trabajos de cualquier tipo, así como tampoco para el estacionamiento de vehículos de los mismos copropietarios del condominio. b. Las visitas podrán hacer uso de los estacionamientos de visitas un máximo de 5 horas en el día (09:00 a 23:00) y 10 horas en la noche (23:00 a 09:00), previo registro de la patente y departamento al cual visitan. c. Se considerarán excepcionalmente condiciones especiales en que algún familiar del residente requiera sobrepasar las 5 horas de permanencia en el estacionamiento de visitas, para lo cual se debe dirigir un correo e‐mail al Sr. Administrador [email protected], con copia al Comité de Administración [email protected] exponiendo el tema, el que deberá ser evaluado y autorizar un plazo definido, dando respuesta por el mismo medio, y dar aviso a conserjería para evitar el cobro de multas según corresponda. d. Todo vehículo de visita deberá estar ubicado únicamente en el estacionamiento asignado y proporcionado desde portería mediante el cartel correspondiente. Dicho cartel debe estar localizado y visible siempre para lo cual se solicita que este sea colocado por el interior del parabrisas sobre el tablero. e. Todo vehículo sin el cartel correspondiente ubicado en estacionamientos de visita será sancionado con la multa correspondiente, la cual será cursada al propietario visitado. f. Toda visita debe respetar la normativa de uso de estacionamiento. De existir faltas están serán de responsabilidad del residente visitado. g. El incumplimiento de cualquiera de estas normas, será sancionada con una multa inicial de 2UF, el cuál además dependerá de su reiteración. (Ver escala de multas en Contenido 12: OTRAS REGULACIONES IMPORTANTES).
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Procedimiento ingreso de visitas: 1. Al momento de llegar la visita a portería, este deberá presentarse con el conserje de turno identificándose con su cédula de identidad (esta no será retenida) e indicando el departamento y propietario a visitar. 2. El conserje de turno deberá contactar SIEMPRE al propietario del departamento para dar aviso de la visita y solicitar la autorización respectiva para su ingreso al condominio (procedimiento que debe ser realizado siempre, independiente de que el conserje conozca a la visita). 3. En caso de no haber contacto con el propietario a ser visitado o rechazo por parte del mismo para el ingreso de la visita, esta NO podrá hacer ingreso al condominio bajo ninguna circunstancia, debiendo esperar en la vía pública. 4. En caso de haber autorización por parte del propietario para el ingreso de la visita, el conserje de turno deberá anotar y dejar constancia del nombre, rut, placa patente y número de personas en el vehículo (según corresponda). 5. Se entregará al conductor un cartel con un número de visita el cual corresponde al único número de estacionamiento que deberá ser usado para estacionar el vehículo. 6. El cartel debe estar siempre visible debiendo ser colocado por el interior del parabrisas sobre el tablero. 7. En el caso excepcional de no estar disponible dicho estacionamiento, se deberá comunicar con caseta central mediante el uso de los paneles de comunicación en las puertas de acceso (marcando 100 + ). 8. El conserje de turno será el encargado de asignar un nuevo estacionamiento y colocar posteriormente el cartel correspondiente por fuera del parabrisas. 9. El cartel debe ser entregado en caseta central al momento de retirar el auto de los estacionamientos. 10. Todo vehículo sin el cartel correspondiente ubicado en estacionamientos de visita será sancionado con la multa correspondiente, la cual será cursada al propietario visitado. 11. El incumplimiento de cualquiera de estas normas, además de lo que se expresa de manera específica, será sancionada con una multa inicial de 2UF + Escala de Multas. (Ver escala de multas en Contenido 12: OTRAS REGULACIONES IMPORTANTES) 8.‐ TRABAJOS EN DEPARTAMENTOS a. Estos tendrán un horario de lunes a viernes de 9:00 a 13:00 y de 15:00 a 20:00 horas y los sábados de 9:00 a 13:00 horas. Queda estrictamente prohibido realizar cualquier tipo de trabajos los días domingos y festivos. b. Cualquier ruido por trabajos provocados por el propietario o empresa externa provocados fuera del horario asignado, será interpretada como ruidos molestos con su respectiva multa. c. Todo residente tiene la obligación de velar por el correcto comportamiento del servicio externo contratado, evitando comportamientos inadecuados, que puedan significar alteración del orden, molestias a los vecinos o daños a los bienes y espacios comunes de la comunidad. d. El personal externo que preste algún servicio a un departamento deberá identificarse en Conserjería mediante cédula de identidad y credencial de identificación de su empresa al momento de ingresar al Condominio y seguir el procedimiento de control de acceso y autorizaciones de ingreso por parte del residente. e. El Copropietario y/o residente se hará responsable por los daños que pudiesen provocarse a los bienes y espacios comunes, el responsable deberá cancelar el 100% del costo y mano de obra de la reparación vía gastos comunes del mes más cercano a la fecha de ocurrido el suceso. f. El incumplimiento de cualquiera de estas normas, será sancionada con una multa inicial de 2UF, el cuál además dependerá de su reiteración. (Ver escala de multas en Contenido 12: OTRAS REGULACIONES IMPORTANTES).
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9.‐ MUDANZA a. Toda mudanza de ingreso o salida debe ser informada en Conserjería con al menos 48 horas de anticipación. A su vez, el Mayordomo informará de este hecho al Administrador. b. El día efectivo de la mudanza debe ser coordinado con el personal de Conserjería para habilitar y proteger el ascensor asignado y para despejar la zona de estacionamiento. c. Para las mudanzas sólo se usará el ascensor N° 1 de cada torre del Edificio debidamente protegido. d. En ningún caso podrán haber dos mudanzas al unísono. e. Los horarios permitidos para realizar mudanzas serán los siguientes: • Lunes a viernes: de 9:00 a 20:00 horas • Sábados : de 9:00 a 14:00 horas f. El copropietario o residente al momento de retirarse de la Comunidad, deberá presentar en Conserjería una fotocopia simple del salvoconducto (Declaración Jurada Notarial – Ley 20.227, Artículo 4º: “Modifica otorgamiento de Salvoconducto de Mudanza”.‐ publicada en el Diario Oficial el día 15 de noviembre de 2007), autorizada por el copropietario. En el caso de no tener Salvoconducto, y si la persona insiste en efectuar la mudanza, el conserje de turno se verá en la obligación de dar aviso a Carabineros. g. El Copropietario y/o residente se hará responsable por los daños que pudiesen provocarse a los bienes y espacios comunes, el responsable deberá cancelar el 100% del costo y mano de obra de la reparación vía gastos comunes del mes más cercano a la fecha de ocurrido el suceso. h. Los camiones autorizados para ingresar al edificio no deberán exceder los 10.000 kilos y las siguientes medidas: no superior a camión tipo ¾ o similar carga incluida. Los camiones que excedan ese peso deberán estacionarse en la vía pública. i. El incumplimiento de cualquiera de estas normas, será sancionada con una multa inicial de 2UF, el cuál además dependerá de su reiteración. (Ver escala de multas en Contenido 12: OTRAS REGULACIONES IMPORTANTES). 10.‐ PISCINA a. La exigencia legal de esta normativa está contenida en el Decreto 209 del Ministerio de Salud. Ejemplos: I. No podrán ingresar a las piscinas las personas que porten parches o vendajes de cualquier tipo o afecciones de la piel, de las mucosas o de las vías espiratorias como asi mismo quienes estén bajo el efecto de alcohol o drogas. II. Queda prohibido escupir, sonarse la nariz, mudas de pañales o contaminar de alguna otra forma el agua de la piscina, como asimismo consumir bebidas, alimentos o masticar chicle dentro de ésta. III. Se prohíbe el ingreso y consumo de bebidas alcohólicas así como de las sustancias prohibidas por la ley de drogas dentro del recinto de la piscina. b. Todo residente que haga uso del recinto (piscina) deberán velar por el orden y limpieza. c. El residente que use la piscina será responsable de cualquier daño o destrozo. En el eventual caso que esto ocurra, el usuario deberá pagar la reparación a la brevedad. El Copropietario y/o residente permanente se hará responsable por los daños que pudiesen provocarse a los bienes y espacios comunes, el responsable deberá cancelar el 100% del costo y mano de obra de la reparación vía gastos comunes del mes más cercano a la fecha de ocurrido el suceso. d. Los horarios de uso deben estar siempre visibles en la puerta de acceso a este recinto; estos serán los siguientes:
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Piscina 1 o Lunes: Cerrada por mantención Martes a domingos de 09:00 a 21:00 horas o Piscina 2 o Martes: Cerrada por mantención o Miércoles a lunes de 09:00 a 21:00 hrs Por seguridad, los niños deberán estar SIEMPRE acompañados por un adulto. No será responsabilidad del personal del Edificio velar por la integridad de los menores. La piscina podrá ser utilizada durante todo el año De no cumplir lo anterior, el residente responsable deberá dejar por escrito la autorización del uso del recinto sin supervisión. Queda estrictamente prohibido concurrir con cualquier tipo de mascotas a la piscina. Los usuarios deben hacer uso racional de la piscina y su entorno, evitando incomodar al resto de los residentes. Por seguridad e higiene se recomienda no consumir alimentos al interior de la piscina. No se pueden eliminar desechos ni basura en sector de piscinas, estas deberán ser guardadas hasta poder ser desechadas en los contenedores habilitados en sector de estacionamientos o en sus propios departamentos. No se permitirá el ingreso de camas para agua o similares al interior de la piscina. Se permitirá el uso de flotadores tipo alitas para niños pequeños. Se encuentra prohibido transitar fuera del área de piscinas, mojado o descalzo o en traje de baño. Está prohibido el ingreso de pasto o partes de plantas que podrían dañar los filtros de agua. Se prohíbe fumar al interior de este recinto. Se prohíbe el uso de música a volumen ambiente, siendo solo permitido el uso de música personal mediante audífonos a modo de evitar que esta pueda molestar o incomodar al resto de los residentes en el área común. La cantidad máxima de acompañantes fuera de los residentes será de 5 personas por departamento. Durante época estival comprendida entre las fechas 15 de Noviembre y 30 marzo, el sector de piscinas estará habilitado con toboganes y salvavidas, se dispondrá del uso de pulseras exclusivas para el acceso de los copropietarios y sus visitas. Toda persona que se encuentre en el sector de piscinas deberá portar obligatoriamente dichas pulseras a modo de ser identificado por el personal, contribuyendo al orden y la seguridad de los mismos residentes. En caso de no portar dichas pulseras el personal está autorizado para solicitar el número de departamento a modo de corroborar que las personas se encuentren habitando en el condominio, mientras que las personas deberán hacer abandono del área hasta obtener sus pulseras o de lo contrario hacer el abandono definitivo del área con su respectiva multa. En caso de que las personas no se encuentren como residentes o visitas en alguno de los departamentos esto será notificado inmediatamente a la fuerza pública para hacer el abandono del condominio. El incumplimiento de cualquiera de estas normas, será sancionada con una multa inicial de 2UF, el cuál además dependerá de su reiteración. (Ver escala de multas en Contenido 12: OTRAS REGULACIONES IMPORTANTES). o
e. f. g. h. i. j.
k. l. m. n. o. n. o.
p.
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11.‐ PAGO DE GASTOS COMUNES La modalidad de pago de gastos comunes podrá ser solamente una de las siguientes: 1. Depósito directo en la Cuenta Corriente de la Comunidad: Banco BCI Cuenta Corriente Nº: 76919307 RUT: 65.090.854‐6 Nombre de la Comunidad: “COMUNIDAD EDIFICIO COSTA REÑACA” El comprobante de este depósito deberá identificar claramente la unidad (departamento), nombre del residente y nombre del Edificio o Comunidad. Será responsabilidad del residente que pagó, enviar un mail a: [email protected] (Edificio Costa Vista), o [email protected] (Edificio Costa Mar) 2. Transferencia Electrónica a la Cuenta Corriente de la Comunidad: Banco BCI Cuenta Corriente Nº: 76919307 Nombre de la Comunidad: “COMUNIDAD EDIFICIO COSTA REÑACA” RUT: 65.090.854‐6 e‐mail: [email protected] (Edificio Costa Vista), o [email protected] (Edificio Costa Mar) El certificado de traspaso deberá identificar claramente la unidad (departamento), y el nombre del residente que realizó el pago. El Comprobante de Ingreso será emitido una vez que la Administración verifique el pago en la cuenta corriente. Será responsabilidad del residente que pagó el envío del respectivo mail de acreditación de la transacción o de entregar en Conserjería el respectivo certificado de traspaso electrónico. 3. Pago con documento, cheque o vale vista. Al realizar un pago con cheque, éste debe ser nominativo y cruzado a nombre de “Comunidad Edificio Costa Reñaca”. El personal de Conserjería no recibirá documentos abiertos. Al reverso del cheque se debe identificar la unidad (departamento). Conserjería deberá emitir el respectivo Comprobante de Ingreso al momento de recibir el documento de pago, señalando el saldo pendiente si lo hubiera. Será responsabilidad de la persona que paga, verificar que el Comprobante de Ingreso emitido por Conserjería contenga toda la información solicitada en dicho formulario. Recuerde que la entrega oportuna del respectivo comprobante de depósito o transferencia electrónica evitará trastornos y ajustes posteriores a los saldos de la unidad. Su Gasto Común figurará como impago hasta el momento que se emita el respectivo Comprobante de Ingreso. De esta forma, la Administración validará su pago. Será responsabilidad de la persona que paga el disponer de los fondos suficientes. De existir falta de fondos el banco protestará el documento al emisor con los respectivos inconvenientes que esto le cause, quien quedará inmediatamente registrado como moroso y solo deberá pagar su cuenta vía Depósito o Transferencia.
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NO SE ACEPTAN CHEQUES A FECHA RECUERDE EXIGIR SU COMPROBANTE DE INGRESO POR EL PAGO REALIZADO El Atraso del pago del Gasto Común: conlleva una multa del 5% mensual que se cumple si no ha pagado su cuota al envío del siguiente mes de gasto común (día 5 de cada mes). Al segundo mes de atraso cumplido se cobrará el 5% + una multa de 1UF. AL tercer mes de atraso cumplido se cobrará el 5% + una multa de 2UF + Corte del suministro eléctrico. Es muy importante recordar que el personal de Conserjería tiene absoluta prohibición de recibir documentos abiertos y dinero en efectivo. 12.‐ OTRAS REGULACIONES IMPORTANTES a. Cada habitante del Edificio, debe utilizar los espacios comunes de manera ordenada y tranquila. b. No provocar ruidos molestos ni desórdenes en horarios que habitualmente se destinen al merecido descanso. c. Queda expresamente prohibido almacenar en bodegas y estacionamientos, materiales malolientes, inflamables, tóxicos o explosivos. Por ejemplo: balones de gas. d. Queda prohibido colgar plantas, maceteros, antenas de televisión, ropas, toallas, sábanas o carteles en las ventanas, balcones o terrazas. e. Se prohíbe botar basura, sacudir alfombras o útiles de aseo por los balcones. f. Queda estrictamente prohibido “baldear” con agua las terrazas y pasillos generando problemas con vecinos en pisos inferiores y autos estacionados en primer piso. g. No podrán realizarse transformaciones que alteren los bienes de uso común, entre los que se incluyen fachadas y pasillos. Tampoco se podrá cambiar colores de muros, cielos, puertas de acceso, ventanas y cualquier otro elemento que dé al exterior del departamento. h. Está prohibido bloquear espacios comunes con muebles o bicicletas, por ejemplo: bicicletas en escaleras de emergencia. i. Los niños que circulen por los espacios comunes del edificio lo deben realizar en compañía de un adulto responsable. j. Se debe cooperar con el orden y limpieza de los espacios comunes, evitando botar basura en estos. Por ejemplo: evitar botar basura en ascensores y manchar espejos de estos. k. Los carros de supermercados deben ser devueltos a su lugar correspondiente (primer piso) luego de utilizarlos. No dejar los carros en estacionamientos inferiores, pasillos, bodegas ni ascensores. l. El acceso de cualquier persona ajena al edificio se efectuará solo previa autorización del residente del departamento y la debida identificación del visitante, previamente descrito en procedimiento ingreso de visitas. m. No se podrán ejecutar actos que puedan comprometer o poner en peligro (directa o indirectamente) la seguridad de los moradores, la salubridad de estos y la solidez estructural del edificio. n. Los únicos colores de cortinas permitidos son colores claros: blanco, beige o crudo. o. Solo está permitida la instalación de mallas de seguridad transparentes. p. No está permitida la bajada de cables de servicio (cables coaxiales o similares), así como tampoco la instalación de artefactos de aire acondicionado, antenas y cobertizos en las fachadas de los departamentos. q. No está permitido colocar adornos o maceteros sobre los antepechos, barandas de las terrazas, balcones y ventanas. Tampoco se podrá colocar maceteros en la pared de la logia que da al exterior para evitar que la potencial caída de estos produzca un accidente.
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r.
s. t. u.
v. w.
Está prohibido lanzar elementos incandescentes como colillas de cigarrillos desde las terrazas, ya que esto representa un potencial riesgo de incendio o daños para la integridad de los residentes de los pisos inferiores y vehículos estacionados. No utilizar parrillas a balón de gas ni carbón en las terrazas. El personal debe ser tratado con total respeto por parte de los residentes y viceversa. Cualquier problema con el personal debe ser directamente informado al comité respectivo y administración. Si Ud. arrienda / asigna su unidad a un tercero tiene la obligación de entregar una copia de este reglamento a esa persona obteniendo registro firmado que acredite dicha recepción. Toda falta detectada faculta a la administración a entregar una copia al residente y cobro de 0,25 UF a la cuenta de gasto común de la unidad, además de la multa respectiva por la falta cometida. Si Ud. Arrienda su propiedad deberá informar a la Administración de este hecho, comunicar detalles de los nuevos residentes El incumplimiento de cualquiera de estas normas, será sancionada con una multa inicial de 2UF, el cuál además dependerá de su reiteración. (Ver escala de multas en Contenido 12: OTRAS REGULACIONES IMPORTANTES).
Multas: El incumplimiento de cualquiera de estas normas, será sancionada con una multa inicial de 2UF, el cual podrá ser modificable por el Comité de Administración, a proposición del Administrador, cuyo monto puede variar atendida su reiteración, será calculada a la fecha de la infracción (en UF) y como se detalla: La 1° infracción o falta al reglamento, independiente del motivo de ésta, será sancionada con una amonestación escrita, dejando registro escrito de toma de conocimiento por parte del infractor e informando vía mail y/o teléfono al Propietario del inmueble y quedando a proposición del Administrador si cursará inmediatamente la sanción de 2UF. o La 2° infracción será sancionada con 2 UF sin apelación. o La 3° infracción será sancionada con 3 UF, y así sumarán en adelante. o La 4° con 4 UF, La 5° con 5 UF, La 6° con 6 UF., etc. sin posibilidad de apelación.
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13.‐ INFORMACIÓN ADICIONAL IMPORTANTE PARA LA COMUNIDAD Señores Copropietarios / Residentes, se adjunta información que puede ser de vuestro interés: • Comunidad Edificio Costa Reñaca o RUT de la Comunidad : 65.090.854‐6 o Dirección: Av. Jardines de Reñaca 50, Jardín del Mar. Viña del Mar. o Fono Conserjería: 032‐2306856 o Cuenta Corriente Banco BCI N° 76919307 • Administrador: ARfacility Ltda. o Fono Administrador: +56 32 ‐ 3355022 o Horario de atención telefónica, de lu. a vi. desde las 09:00 a 14:00 horas y de 15:00 a 18:00 horas o Ante emergencias e imprevistos conserjería cuenta con las instrucciones pertinentes. o Correo Electrónico Administrador: [email protected] • Teléfonos: o Fono Ambulancia: 131 o Fono Bomberos: 132 o Fono Carabineros: 133 o Fono Investigaciones: 134 o Fono Plan Cuadrante Gomez Carreño: +569‐92656916 o Fono Plan Cuadrante Reñaca: +569‐95400010 Estimados Vecinos (Copropietarios y Residentes) esperemos contar con todo vuestro apoyo para cumplir nuestro Reglamento Interno en pro de una sana convivencia en respeto, cordialidad y armonía para todos.